En caso de empate entre dos o más proponentes, la comisión considerará para dirimir tal situación entre la calificación más alta obtenida en los criterios de la pauta de evaluación establecidos en Artículo 15 de acuerdo con el siguiente orden descendente:
- Menor Oferta Económica
- Mayor puntaje experiencia del oferente
- Mayor puntaje tiempo de respuesta resultados de exámenes
- Mayor cumplimiento de requisitos formales
Si pese a lo anteriormente señalado, no pudiese dirimirse el empate, la autoridad competente resolverá en uso de sus atribuciones, al oferente con mejor calificación en “Experiencial profesional” en el portal www.mercadopublico.cl y si finalmente tal criterio no pudiese aplicarse, se adjudicará la oferta que primero haya ingresado al portal www.mercadopublico.cl.
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