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.- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Según se trate de un proponente que tenga la calidad de persona natural o jurídica, éstos deberán presentar antes de la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas indicada en el cronograma dispuesto en las presentes bases, los siguientes antecedentes administrativos:
I. Persona Natural.
- Formato completo de identificación del oferente (Anexo N° 1).
- Declaración Jurada Simple del Proponente (Anexo N°2).
- Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente, por ambos lados.
- Fotocopia simple del certificado de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
II. Persona Jurídica.
- Identificación del proponente (Anexo 1).
- Declaración Jurada Simple del Proponente (Anexo 2).
- Copia de la escritura pública de Constitución de la Sociedad o Certificado de Estatuto Actualizado, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
- Fotocopia simple del certificado de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
- En caso de modificaciones efectuadas a la sociedad, copia de la o las escrituras públicas de modificación, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es requisito para el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659).
- Copia con certificado de Vigencia y anotaciones marginales, de no más de 60 días a la fecha de publicación de las bases, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
- Certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
- En caso de no constar la personería del representante legal del proponente en la documentación citada en las letras anteriores, debe adjuntarse copia de escritura pública en que conste su designación.
- Fotocopia simple del RUT del proponente y de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).
III. Unión Temporal de Proveedores:
a) Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, y designar a uno de sus integrantes como representante para los efectos de la licitación.
b) Identificación del proponente (Anexo 1).
c) Declaración Jurada Simple del Proponente (Anexo N° 2)
d) Al momento de ofertar, el representante de la Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un instrumento público o privado en el cual conste el Acuerdo de Unión Temporal, el que deberá contener al menos las siguientes declaraciones:
Expresa mención de que se unen con el objeto de participar en la propuesta pública para el “Suministro de Medicamentos para el Programa TeledermatologÍa”, para los Establecimientos dependientes de la Dirección de Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central. Los proveedores que forman parte de la Unión, serán solidariamente responsables respecto de todas las obligaciones que se generen con la Dirección de Atención Primaria. El consorcio comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Dirección de Atención Primaria podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Dirección de Atención Primaria a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha.
- El nombramiento del representante o apoderado común de la Unión con poderes suficientes.
- Tener una vigencia no inferior a la contratación adjudicada. El artículo 67 bis inciso 6° del Reglamento de la Ley 19.886 dispone que: “no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento”.
Sin perjuicio de lo anterior, deberán incluir los antecedentes que al efecto correspondan según se trate de una Unión Temporal de Proveedores de personas naturales o jurídica, y que se encuentran mencionados precedentemente.
La falta de cualquiera de los requisitos antes señalados será considerada como causa suficiente para declarar inadmisible en cuanto Unión, y tampoco será argumento para considerar las ofertas de los proveedores como presentadas individualmente. En todo lo no dispuesto en el presente párrafo respecto de la Unión Temporal de Proveedores, regirá lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886, y demás normas que le sean aplicables.
Sea que se trate de una persona natural, jurídica o de una Unión Temporal de Proveedores, por el sólo hecho de participar y presentar sus ofertas en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, cumpliendo además con la presentación de los requisitos de admisibilidad y presentación de los anexos de licitación, en los formatos aquí establecidos.
En el caso que alguno de los antecedentes administrativos solicitados al proponente se encuentren disponibles en el portal www.mercadopublico.cl, incorporados en su Ficha Electrónica Única en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntarlos, siempre y cuando se trate de documentos con no más de 60 días de antigüedad y que el oferente así lo indique expresamente.
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