Licitación ID: 1655-21-LP23
CINTA COLESTEROL GLUCOSA AÑO 2023
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLI CENTRAL DIRECCION DE ATENCION PRIMARIA, Subdirección de Atención Primaria
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 46
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Productos o servicios
1
Monitores o medidores de colesterol 36800 Unidad
Cod: 41116202
CINTA PARA DETERMINACION DE COLESTEROL-GLUCOSA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CINTA COLESTEROL GLUCOSA AÑO 2023
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ADQUISICION DE CINTAS COLESTEROL GLUCOSA AÑO 2023, PARA ESTABLECIMIENTOS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA SSMC
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD METROPOLI CENTRAL DIRECCION DE ATENCION PRIMARIA
Unidad de compra:
Subdirección de Atención Primaria
R.U.T.:
61.608.605-7
Dirección:
Victoria Subercaseaux 381, 2° piso.
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-06-2023 18:00:00
Fecha de Publicación: 23-05-2023 14:56:52
Fecha inicio de preguntas: 23-05-2023 15:01:00
Fecha final de preguntas: 25-05-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-05-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-06-2023 18:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-06-2023 18:01:00
Fecha de Adjudicación: 31-07-2023 17:55:53
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1. Identificación del Oferente Anexo N° 2. Declaración jurada simple para ofertar Anexo N° 6. Declaración jurada (Uniones Temporales de Proveedores) Anexo N° 7. Declaración jurada para contratar (deudas vigentes) Anexo N° 8. Declaración jurada simple (Conflictos de interés), suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N° 2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Documentos Técnicos
1.- Anexo Nº4: Oferta técnica Completado por el oferente en el cual se detallará. Ficha técnica o catálogo en el que se pueda corroborar las Características Técnicas del producto ofertado. Anexo N°5: Plazo de Entrega Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos. En aquellos casos en que se requiera que los productos solicitados se asemejen a determinadas marcas o modelos “equivalentes”, dicha indicación tiene por propósito facilitar al proponente la identificación del artículo que se requiere y no denota preferencia alguna, ni la obligación que se suministre precisamente alguno de los modelos o marcas que se asemejen.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°3: Oferta económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, para el sistema de suministro de productos, el que deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio unitario neto, incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a la importación, de los productos ofertados. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos, y lo ingresado como Oferta Económica en el Portal www.mercadopublico.cl, a través del Anexo N°3, se entenderá como válido el valor indicado en el dicho anexo, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN TECNICA DESCRIPCIÓN EVALUACIÓN Programa de capacitación a profesionales de la salud. Aplicación del criterio: 0 ptos.: No considera un calendario de capacitaciones anuales. 10 ptos.: Considera un calendario de capacitación con una actividad mínima al año por centro. Mantenciones preventivas. Aplicación del criterio: 0 ptos.: No considera un calendario de mantenciones preventivas anuales. 10 ptos.: Considera un calendario de mantenciones preventivas con una actividad mínima al año por centro para todos los equipos. Mantenciones correctivas y reemplazo de equipos. 0 ptos.: No considera un calendario de mantenciones correctivas anuales y los tiempos de reemplazo de los equipos son superior a 72 hrs desde notificada la falla. 10 ptos.: Considera un calendario de mantenciones correctivas con una actividad mínima al año por centro para todos los equipos y los tiempos de reemplazo de los son igual o inferior a 24 hrs desde notificada la falla. 30%
2 OFERTA ECONOMICA Se debe completar Anexo N° 3. Esta variable compara los precios de las distintas ofertas basándose en un precio base que será el de la oferta más económica. Para esto se asignará puntaje bajo el criterio “Precio Mínimo”. Aplicación del criterio: Precio Mínimo ofertado * 65 Precio Ofertado 65%
3 Cumplimiento de los requisitos DETALLE DE LA EVALUACIÓN PUNTAJE Presenta la totalidad de la documentación antes del cierre de la licitación. 5 Presenta la totalidad de la documentación fuera del plazo de cierre de la licitación. 2 No presenta la totalidad de la documentación. 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: DIRECCION DE ATENCION PRIMARIA
Monto Total Estimado: 70067200
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: FRANCISCO ROA
e-mail de responsable de pago: francisco.roa@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Andrea Zamora Calderón
e-mail de responsable de contrato: ANDREA.ZAMORA@REDSALUD.GOB.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-99641644-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DIRECCION DE ATENCION PRIMARIA
Fecha de vencimiento: 27-08-2023
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento, multas y sanciones que afecten al contratante del contrato denominado: [nombre de la licitación] y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario Deberá citarse el nombre y Nº ID de la presente licitación. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Para el caso de vale vista, la glosa deberá escribirse en la parte posterior de la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: A la fecha de su vencimiento y una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones del contratante a satisfacción de la Entidad licitante. Para efectos de lo anterior, se entiende que las obligaciones del proveedor tienen el carácter de indivisibles. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado. En caso de prorrogarse el contrato, esta garantía será devuelta al momento de entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las condiciones señaladas en las presentes Bases.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Dirección de Atención Primaria podrá readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dejando sin efecto la adjudicación previa, en un plazo de hasta 180 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, y en general, en los siguientes casos: a. Si el adjudicatario se desiste de la oferta. b. Si la orden de compra no se acepta o bien no se celebra el contrato según como se formalice la licitación dentro del plazo señalado en las Bases por causas atribuibles al adjudicatario. c. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras, o en virtud de la Ley N° 20.393, o del artículo 26 letra d del Decreto Ley N° 211 de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición. d. Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas. e. Si el adjudicatario no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la emisión de la orden de compra o la celebración del contrato, según corresponda. Resuelta la adjudicación, o la readjudicación en caso de haber operado, deberá hacer entrega del Formulario N° F-30, esto es, el Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo, con una antigüedad no menor a 30 días corridos, a contar de la fecha de la notificación de la resolución de adjudicación.
DESEMPATE DE OFERTAS
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por orden de prelación: a. Adjudicando al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Evaluación Oferta Económica”. b. Si el empate persiste, primará el puntaje más alto en el criterio “Evaluación Oferta Técnica”. c. Si el empate persiste, primará el puntaje más alto en el criterio “Evaluación Plazo de Entrega”. d. Si el empate persiste, primará el puntaje más alto en el criterio “Evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales”. e. Finalmente, si aún persiste el empate se adjudicará al proveedor que primero haya ingresado su oferta, cronológicamente (fecha y hora), de acuerdo a lo consignado en el Comprobante de Ingreso de Oferta.
ADJUDICACION DE LAS PROPUESTAS
Entidad Licitante adjudicará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las Bases y en el Reglamento. Cada ítem o línea de la presente licitación tendrá un solo proveedor adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, cada proveedor podrá adjudicarse una o varias líneas según el puntaje obtenido. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del Portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución de la Dirección de Atención Primaria, la que será notificada y publicada a los oferentes y al contratante por el mismo medio, de acuerdo con el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Compras. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad. La Dirección de Atención Primaria, se reserva el derecho a suprimir partidas completas o itemizados específicos, según convenga a sus intereses o en resguardo de las disponibilidades presupuestarias, siempre y cuando no se vea afectado el principio de igualdad de los oferentes seleccionados para el proceso de adjudicación. En el evento de producirse esa situación, esas modificaciones, por una parte, no podrán ser de tal magnitud, que afecten la correcta ejecución del proyecto y, por la otra, no podrán implicar la eliminación de los componentes o partidas consultadas, en términos que afecten la naturaleza propia del proyecto. La Dirección de Atención Primaria, se reserva el derecho a desestimar todas las ofertas, fundamentando su decisión y los proponentes no tendrán derecho a reclamo o indemnización alguna. Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Referencia Técnica de la Dirección que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, y la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.
Pacto de integridad
 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

b.  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o las órdenes de compra que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

d.  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  2. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y la formalización que derive de la misma.

g.  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h.  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y NORMAS LABORALES
Durante la vigencia de la respectiva contratación el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas. En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la aceptación de la orden de compra o la celebración del contrato no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.