Licitación ID: 1657-44-LE21
INSUMOS PROTECCION COVID-19. SRMS4
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA, Seremi de Salud IV Región
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 133
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Solventes de alcohol 1 Unidad
Cod: 12191601
Alcohol desnaturalizado 70° / 500ml, uso externo, con ftalato dietilo al 0.2%, certificación ISO 9001:2015.  

2
Solventes de alcohol 1 Unidad
Cod: 12191601
Alcohol desnaturalizado 70° / 250ml, uso externo, con ftalato dietilo al 0.2%, certificación ISO 9001:2015.  

3
Solventes de alcohol 1 Unidad
Cod: 12191601
Alcohol gel de mano / 340ml, higienizante de manos, certificación ISO: 9001:2015.  

4
Rociador de la mano 1 Unidad
Cod: 27112903
Pulverizador / 500cc, pulietileno de alta resistencia, flujo regulable.  

5
Cascos de protección 1 Unidad
Cod: 46181704
Casco porta visor / Polietileno de alta densidad, soporte de visos de policarbonato 8*16cm, sistema de ajuste de rosca.  

6
Visor 1 Unidad
Cod: 40141746
Visor (Mica) / Policarbonato 8*16cm con Borde de Aluminio.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
INSUMOS PROTECCION COVID-19. SRMS4
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, requiere comprar insumos de necesarios para la prevención y cuidado contra Covid-19, en actividades diarias de esta SEREMI de Salud, como en la fiscalización en terreno.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA
Unidad de compra:
Seremi de Salud IV Región
R.U.T.:
61.601.000-K
Dirección:
San Joaquin 1801
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-11-2021 15:01:00
Fecha de Publicación: 05-11-2021 16:53:22
Fecha inicio de preguntas: 06-11-2021 18:00:00
Fecha final de preguntas: 09-11-2021 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-11-2021 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-11-2021 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-11-2021 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 19-11-2021 15:14:30
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) Propuesta Administrativa: Proponente Persona Natural debe acompañar: 1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases. 2. Original de la Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-A, debidamente suscrita por el oferente. 3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente. Proponente Persona Jurídica debe acompañar: 1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2.B de las presentes Bases. 2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-B, debidamente suscrita por el (los) Representante (s) Legal (es) de la entidad proponente. 3. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es). 4. Fotocopia simple de la escritura pública o acto administrativo, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representante (s) legal (es) del proponente. 5. Fotocopia simple del RUT del proponente. Proponente Unión Temporal de Proveedores: 1. Formato completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases. 2. Original de la Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº 3-B, debidamente suscrita por el (los) Representantes (s) Legal (es) de la Unión Temporal de Proveedores. 3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del (o los) Representante (s) Legal (es). 4. Fotocopia simple de la documentación que dé cuenta del acuerdo suscrito entre sus integrantes y su forma de materialización posterior según lo prescrito en el artículo 67 bis del D.S. N°250 del Ministerio de Hacienda, en la que conste la personería del (o los) representante (s) legal (es) del proponente.
Documentos Técnicos
1.- b) Propuesta Técnica: Adjuntar Anexo N°4 debidamente firmado por representante legal.
 
Documentos Económicos
1.- c) Propuesta Económicos: Adjuntar Anexo N°4 debidamente firmado por representante legal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Económico Se evaluará con puntaje (100 pts.) al menor precio ofertado según siguiente formula: x= (MENOR PRECIO OFERTADO)/(PRECIO OFERTADO EN REVISION) X 100 Se considerará el monto a evaluar, el valor declarado en el anexo N°4 incluido el impuesto 65%
2 Técnicos Especificaciones Técnicas del Servicio (60%) Plazo de Entrega del Producto (40%) Ver detalles en bases de licitación 30%
3 Cumplimientos de requisitos de presentación El oferente que ingrese su oferta, dando cumplimiento a todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, respaldados con certificados obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando las haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación de las ofertas, en virtud del artículo 40, inciso segundo del Reglamento de la Ley 19.886, obtendrá 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gabriel Cortés Álvarez
e-mail de responsable de pago: gabriel.cortesa@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Gonzalo Alberto Contreras Pinto
e-mail de responsable de contrato: gonzalo.contreras@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2331477-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se considerará la readjudicación en el caso de que el primer adjudicado, desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el art. 15 de las bases, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. La Seremi de Salud podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en el puntaje, dentro del plazo de duración del contrato desde la publicación de la adjudicación original.
ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN:
De las propuestas seleccionadas, la SEREMI de Salud decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 8° de las presentes Bases. La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la SEREMI de Salud Región de Coquimbo. Asimismo, mediante resolución fundada, podrá considerar inadmisibles las ofertas, cuando no reúnan los requisitos establecidos en estas Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas, con todo esto el mandante podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la Institución. Los participantes se entenderán notificados de la adjudicación luego de las 24 horas transcurridas desde que la Seremi de Salud publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables la SEREMI de Salud dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación (según artículo 41 del reglamento). En efecto, si la SEREMI de Salud no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información. Se considerará la readjudicación en el caso de que el primer adjudicado, desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el art. 15 de las bases, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. La Seremi de Salud podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en el puntaje, dentro del plazo de duración del contrato desde la publicación de la adjudicación original.
CONDICION, PLAZO Y MODO DEL PAGO:
El pago se efectuará contra la emisión de factura, y siempre que se cuente con Recepción Conforme de los productos, aprobado por la Jefatura del Departamento. Para el pago de los servicios adquiridos se solicita enviar factura electrónica a través de la plataforma de S.I.I., indicando obligatoriamente en el campo de referencias del documento, el número de orden de compra. El archivo XML de la factura debe enviarse a subsalrecepcion@custodium.com.El pago se realizará efectivo dentro de los 30 días de recibida la factura o boleta y contra certificado de cumplimiento del servicio solicitado. Sin perjuicio de lo anterior, no se procederá al pago mientras no se encuentre totalmente tramitado acto administrativo que apruebe el respectivo contrato de prestación de servicios.
VIGENCIA Y CLAUSULAS DEL CONTRATO
El convenio tendrá una vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2022, desde el día hábil siguiente a la adjudicación. En el caso de que el oferente adjudicado incurra en algún incumplimiento de cualquiera de las obligaciones impuestas en esta licitación, sus anexos o términos que lo complementan, la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Coquimbo, se reserva el derecho a poner término anticipado al servicio, mediante carta certificada dirigida al domicilio del proveedor fijado en el contrato, enviada con una anticipación no inferior a 10 días corridos a la fecha de término decidida. En ningún caso la Secretaría Regional Ministerial de Salud pagará por concepto de término anticipado indemnización o multa alguna, comprometiéndose a pagar sólo por el servicio efectivamente prestado.
DEL CONTRATO
Por considerarse productos de simple y objetiva especificación, el contrato se formalizará según lo establecido en el artículo 63.-Contratos y Validez de la Oferta del Reglamento de la Ley N° 19.886, Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios los contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse los contratos superiores a este monto e inferiores a 1000 UTM, cuando se trate de bienes y servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación. Si el proveedor no cumple con lo ofertado, se podrá cancelar la orden de compra emitida.
AMONESTACIONES
Si el proveedor infringe sus obligaciones establecidas en el numeral Nº 2 de las presentes bases, el departamento requirente emitirá una carta de amonestación al proveedor donde se detalla las obligaciones incumplidas
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, la SEREMI de Salud de Coquimbo podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento del mismo. Causales de Término anticipado del contrato: a. Dos amonestaciones formales y escritas presentadas por el Departamento requirente. b. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. c. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, hecho que deberá certificar el Administrador del contrato. d. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e. El atraso en la prestación de los servicios, que fuere imputable al oferente adjudicado, ya sea, para la atención oportuna ante un llamado de urgencia o programado, conforme a los plazos solicitados, la entrega conforme de los trabajos (resultado esperado), o para efectuar las correcciones solicitadas por la institución, facultará a la Seremi de Salud Coquimbo para poner término anticipado al contrato. f. Cuando el servicio entregado, presente errores y/o no cumpla con las especificaciones técnicas entregadas por la SEREMI de Salud Coquimbo. g. Cuando el servicio entregado no corresponda a lo presentado en la oferta técnica. h. Si el proveedor es declarado en quiebra o solicita su propia quiebra. Si el proveedor presenta proposiciones de convenio extrajudicial a sus acreedores con arreglo a los artículos 169 a 172 de la Ley de Quiebras Nº18.175 y sus modificaciones, en especial la contenida en la Ley Nº20.073. Si el proveedor presenta proposiciones de convenio preventivo a sus acreedores, con arreglo a los artículos 173 y siguientes de la Ley de Quiebras mencionada o si el proveedor hace uso del derecho contemplado en el artículo 177 de la mencionada Ley Nº18.175 El término anticipado del contrato definitivo o su modificación, se realizará mediante resolución, que dictará la SEREMI de Salud Coquimbo y se publicará en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
SUPERVISIÓN TÉCNICA DEL CONTRATO
La supervisión técnica del contrato será realizada por la Encargada de La Unidad de Recursos Físicos o quien designe, con plenas facultades para asumir esta función desde la perspectiva técnica.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes dejan expresamente establecido que toda información respecto del SEREMI, de la Subsecretaría de Salud y cualquier función administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del presente servicio, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia de este contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor se obliga a: Abstenerse a utilizar la información para su propio beneficio o con cualquier otro propósito distinto al de prestar los servicios en los términos y condiciones establecidos en el Contrato. Jamás revelar información de los Contratantes a terceros, excepto a aquellos de sus empleados o asesores, que requieran conocer dicha Información a fin de poder prestar el referido Servicio. Bajo ninguna circunstancia este hecho relevará al proveedor de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato. Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación y uso indebido de la información. Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación, acceso, cesión y uso indebido de los datos personales, sensibles o no, a los pudiera tener acceso con objeto de la prestación de servicios, haciendo responsable de todo daño por estas acciones o las de sus dependientes. Con todo, aún si la información fuera divulgada con antelación a la suscripción del contrato o fuera divulgada públicamente posteriormente, como resultado de la exigencia de una autoridad judicial o administrativa, el contratante no podrá tratarla para fines diversos. La obligación de confidencialidad de la información tendrá duración indefinida, a contar de la fecha de suscripción del Contrato respectivo. La Empresa se obliga en forma irrevocable a que toda información que la Secretaria Regional Ministerial le haya proporcionado o le proporcione con motivo de la prestación de servicios, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, archivos computacionales o en cualquier otra forma. El oferente seleccionado sólo utilizará la Información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de esta compra y no divulgará, publicará ni permitirá cualquier tratamiento de todo o parte de esta información. Tampoco podrá efectuar tratamiento de esta con fines diversos. Así mismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal contratado bajo cualquier modalidad sólo tenga acceso a la información que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en esta compra. Al momento del término, por cualquier causa, de la presente compra, la Empresa debe restituir, según lo indique la Secretaría Regional Ministerial de Salud, la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, medios magnéticos o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de esta, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, la Empresa se viere obligada a divulgar todo o parte de la información confidencial, debe notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia a la SEREMI de Salud. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte de la Empresa durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar a la SEREMI de Salud a entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA GENERAL DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Por el sólo hecho de participar en el presente procedimiento de compras, el oferente debe dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion, las cuales se presumen conocidas por el oferente, para todos los efectos legales. Todo el personal externo que desarrolle labores para la SEREMI de Salud deberá tomar conocimiento de la Política General de Seguridad de la Información, disponible en el sitio web de MINSAL, observando sus directrices y colaborando en su aplicación dentro de su ámbito de acción. Para estos efectos, el trabajo o proyectos realizados por el proveedor deben ser compatibles con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL. En caso de incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, el contratante se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción, así como las sanciones legales y contractuales, que se consideren pertinentes en relación a la empresa o persona contratada. Bajo ninguna circunstancia este hecho relevará a la Empresa de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato. a. Seguridad de Acceso y Confidencialidad de Datos Sensibles Cualquier tipo de intercambio de información que se produzca entre la SEREMI de Salud y las empresas proveedoras se entenderá que ha sido realizado dentro del marco establecido por el contrato de provisión de servicios correspondiente, de modo que dicha información no podrá ser utilizada en ningún caso fuera de dicho marco, ni para fines diferentes a los asociados a dicho contrato. Así, el proveedor deberá mantener la confidencialidad de lo que tome conocimiento en las dependencias del MINSAL. Asimismo, el proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa del sector salud: DFL 1, Código Sanitario, Ley N° 20.584, referida a Deberes y Derechos que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud; y en materia de protección de datos personales: la Ley N° 19.628, referida a Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa complementaria. En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los requerimientos de la nueva normativa. En relación a la protección de los datos personales y datos personales sensibles, las partes deben adoptar las medidas conducentes para garantizar el mayor grado de seguridad y confidencialidad en el manejo de la información relacionada con el Contrato. La obligación de confidencialidad de la información tiene una duración indefinida, a contar de la fecha de suscripción del Contrato. La falta de cualquiera de las medidas precedentes se considerará como Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la Empresa.
Resolución de Empates

En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento, en el orden señalado:

1er criterio de desempate: En caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta mejor evaluada en el criterio “Económico”

2do criterio de desempate: En caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta mejor evaluada en el criterio “Técnico”

3er criterio de desempate: En caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta mejor evaluada en el “cumplimiento de requisitos de presentación”

4°to Criterio de desempate: Si persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.com

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Todas las consultas respecto a la adjudicación del presente proceso licitatorio durante el periodo en el que se encuentre publicado, podrán realizarse única y exclusivamente a través del foro de consultas de la presente licitación, para mantener la igualdad de oferentes, cualquier respuesta se les enviará vía correo electrónico a todos los oferentes que hayan postulado. Parar realizar una consulta posterior a la adjudicación del proceso se solicita a los oferentes realizarla al siguiente correo electrónico del Encargado de Compras: rrff.seremi4@redsalud.gov.cl

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia de esta contratación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la SEREMI, sino que exclusivamente con el Proveedor.

Durante la ejecución del servicio, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para el cumplimiento del Servicio. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la Seremi de Salud.

Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que la Seremi de Salud así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por la Seremi del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. La Seremi de Salud exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará a la Seremi de Salud para poner término anticipado a la contratación. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Seremi de Salud podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

La Seremi de Salud podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, la Seremi de Salud a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo fatal para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con cero punto en el criterio “Cumplimiento de Requisitos de Presentación” descrito en el artículo 8 de estas Bases.

Tratándose de oferentes inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.chileproveedores.cl