Licitación ID: 1658-389-LE23
SERVICIO DE PRODUCCIÓN EQUIPOS TÉCNICOS - TEMUCO CUENTA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE TEMUCO, I MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 41
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Productos o servicios
1
Servicios de organización y producción de eventos deportivos 1 Unidad
Cod: 94121513
SERVICIO DE PRODUCCIÓN EQUIPOS TÉCNICOS - TEMUCO CUENTA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE PRODUCCIÓN EQUIPOS TÉCNICOS - TEMUCO CUENTA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE PRODUCCIÓN EQUIPOS TÉCNICOS - TEMUCO CUENTA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
Unidad de compra:
I MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
R.U.T.:
69.190.700-7
Dirección:
Arturo Prat 650
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-06-2023 16:01:00
Fecha de Publicación: 25-05-2023 17:41:34
Fecha inicio de preguntas: 25-05-2023 21:00:00
Fecha final de preguntas: 29-05-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 31-05-2023 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-06-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-06-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 09-06-2023 10:13:05
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- REMÍTASE AL ART. 8.a.- DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA QUE DEBERÁ INGRESAR AL PORTAL EN SOPORTE ELECTRÓNICO
2.- DECRETO APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
3.- ANEXOS
Documentos Técnicos
1.- REMÍTASE AL ART. 8.b.- DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA QUE DEBERÁ INGRESAR AL PORTAL EN SOPORTE ELECTRÓNICO
 
Documentos Económicos
1.- REMÍTASE AL ART. 8.c.- DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS: DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA QUE DEBERÁ INGRESAR AL PORTAL EN SOPORTE ELECTRÓNICO
2.- ITEMIZADO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA REMÍTASE AL ART. 9 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
2 Comportamiento contractual anterior REMÍTASE AL ART. 9 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
3 OFERTA ECONOMICA REMÍTASE AL ART. 9 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 65%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES REMÍTASE AL ART. 9 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
5 CANTIDAD PANTALLAS LED REMÍTASE AL ART. 9 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
6 EMPRESA REGIONAL REMÍTASE AL ART. 9 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL PRESUPUESTO REFERENCIAL INCLUYE IVA.
Duración de Contrato Contrato de Ejecución Inmediata
Tiempo del Contrato 1 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GLORIA BIELEFELD SOTO
e-mail de responsable de pago: GBIELEFELD@TEMUCO.CL
Nombre de responsable de contrato: GLORIA BIELEFELD SOTO
e-mail de responsable de contrato: GBIELEFELD@TEMUCO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2973373-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
Fecha de vencimiento: 29-09-2023
Monto: 5 %
Descripción: REMÍTASE AL ART. 16.2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
Glosa: REMÍTASE AL ART. 16.2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
Forma y oportunidad de restitución: REMÍTASE AL ART. 16.2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicara al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio con mayor ponderación  En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio que le siga en ponderación y asi sucesivamente con todos los criterios de evaluación que tenga la Licitación .-En caso que aplicando los criterios señalados en esta cláusula, no se resolviera el empate de 2 ó más proveedores, se adjudicará al proveedor perteneciente a la Comuna de Temuco, en 1er. lugar ; Región de la AraucanÍa en 2do. lugar. De persistir el empate se seleccionará al proveedor que haya realizado más ventas satisfactoriamente terminadas (pagadas) con la Municipalidad de Temuco, durante el año en curso.-

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
REMÍTASE AL ART. 11 DE LAS B.A.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
REMITASE AL ART. 7  DE LAS B.A
FECHA ADJUDICACIÓN
La Municipalidad podrá adjudicar en una fecha distinta a la estipulada dentro de los plazos obligatorios, cuando por razones de orden tecnico y/o administrativo no sea posible cumplir con dichos plazos.