Licitación ID: 1662-10-LE26
INSUMOS_EQUIPO_AUTOMATIZADO_MICROBIOLOGIA
Responsable de esta licitación: Servicio de Salud del Reloncaví
Fecha de Cierre: 30-06-2026 15:10:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 75
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 11 días para que cierre esta licitación.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Kits de ensayo microbiológicos o bacteriológicos, o suministros 1 Global
Cod: 41116129
Identificacion y susceptibilidad microbiana gram positivo y negativo, fastidiosas y levaduras; Puntas filtro y tubos esteriles compatibles pipetas suspensiones bacterianas; Solucion salina esteril inoculos; Cepas ATCC control calidad (SEGUN BASES)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
INSUMOS_EQUIPO_AUTOMATIZADO_MICROBIOLOGIA
Estado:
Publicada
Descripción:
El Hospital de Calbuco realiza llamado a licitación pública para la adquisición de insumos y reactivos destinados al equipo Analizador automatizado de identificación y susceptibilidad microbiológica del Servicio de Laboratorio Clínico, por un período de 12 meses o hasta que se ejecute el presupuesto disponible. El hospital cuenta actualmente con un equipo de análisis microbiológico operativo, por lo cual los oferentes podrán optar por: a Integrar o asociar sus insumos, reactivos, software y sistemas al equipamiento existente, garantizando plena compatibilidad técnica, calidad analítica y trazabilidad de resultados; o b Proponer el acondicionamiento, actualización tecnológica o reemplazo del equipo actual, siempre que la solución ofrecida signifique una mejora comprobable en desempeño, eficiencia o soporte técnico. En ambos casos, el oferente deberá indicar en el Formulario E-1 los valores correspondientes al itemizado y detallar claramente la modalidad propuesta integración, acondicionamiento o nuevo equipo. Todos los insumos y reactivos deberán ser nuevos, cumplir con los estándares de calidad técnica, y contar con una fecha de vencimiento mínima de seis 6 meses. Los oferentes podrán proponer alternativas de equivalencia técnica comprobada, siempre que cumplan con las características y desempeño de las referencias indicadas y representen ventajas para el laboratorio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL CALBUCO
R.U.T.:
61.602.273-3
Dirección:
EULOGIO GOYCOLEA 450
Comuna:
Calbuco
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-06-2026 15:10:00
Fecha de Publicación: 18-06-2026 16:44:58
Fecha inicio de preguntas: 18-06-2026 20:00:00
Fecha final de preguntas: 22-06-2026 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-06-2026 20:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-06-2026 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-06-2026 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 06-07-2026 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario A-1 Identificación del oferente este Formulario contiene los antecedentes generales del proponente.
2.- Formulario A-2 Declaración simple en esta declaración el proponente acredita conocer y aceptar las bases administrativas y técnicas que rigen esta licitación y las consultas, respuestas y aclaraciones si las hubiera.
3.- Formulario A-3 Declaración simple sobre inhabilidades e incompatibilidades para celebrar contratos con los órganos de la administración del Estado.
Documentos Técnicos
1.- Formulario T-1 El oferente deberá indicar que su Oferta Técnica cumple con los requerimientos de cada prestación y según especificaciones técnicas formuladas en las presentes bases
 
2.- Formulario T-2 Tiempo de Entrega, deberá indicar el plazo en días corridos desde el envío de la Orden de Compra. Deberá completar el Formulario E-1 con el precio unitario neto para cada ítem del itemizado. El plazo indicado es vinculante y será evaluado según los criterios del punto 5.2.2.
 
3.- Formulario T-3 Servicios post venta
 
4.- Formulario T-4 Programa de Integridad
 
Documentos Económicos
1.- Formulario E-1 Propuesta Económica: Detalles por ítems de los productos licitados con precio unitario neto, subtotal neto, total neto, IVA y total con IVA. Se deberá completar en pesos chilenos y debe ser coherente con la oferta en pesos netos de impuestos presentada a través del portal www.mercadopublico.cl
2.- Formulario E-2 Se deberá completar los datos de la cuenta para que al proveedor se le pague mediante transferencia electrónica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos CRITERIO PUNTAJE Entrega la totalidad de formularios solicitados, con la información completa y respaldos solicitados en las bases al momento de presentar la oferta. 100 puntos Si al momento de evaluar, se comprueba que faltan formularios, o la información está incompleta o faltan respaldos solicitados en las bases, y, por ende, debe solicitarse a través del foro inverso. 50 puntos No entrega o no da respuesta a la consulta efectuada en el foro. 0 puntos 5%
2 Plazo de Entrega TIEMPO DE ENTREGA PUNTAJE 1 a 2 días corridos 20 puntos 3 a 4 días corridos 14 puntos 5 a 6 días corridos 8 puntos 7 días corridos o más días. 0 puntos 20%
3 Precio P O E = ((O E B / O E E) * 100) * 60% POE Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB Oferta económica más baja OEE Oferta económica en evaluación 60%
4 Servicio Post Venta Días para el cambio de producto Puntaje 1 a 2 días corridos 10 puntos 3 a 5 días corridos 6 puntos 6 o más días corridos 3 puntos No ofrece servicio de concurrencia ante eventualidades 0 puntos 10%
5 Programas de Integridad Este criterio de evaluación tendrá una ponderación de un 5%, considera el Formulario T-4; donde el proveedor deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Este criterio de evaluación es dictado según disposiciones del Articulo Nº17, del decreto supremo Nº661/2024. El mecanismo de asignación de puntaje será el siguiente: El oferente acredita la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales son conocidos y aplicados por su personal PUNTAJE SI 100 NO 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: La vigencia del contrato corresponderá a 12 meses a contar de la fecha de resolución aprueba contrato. De requerirse el contrato podrá renovarse por un 1 período de 12 meses. En ese caso, los precios podrán reajustarse según variación del IPC.
Observaciones “INSUMOS PARA EQUIPO AUTOMATIZADO MICROBIOLOGIA” por un periodo de 12 meses con un monto referencial de 15.000.000 QUINCE MILLONES DE PESOS CHILENOS IVA INCLUIDO. en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y términos y condiciones 7 bases
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Eugenia Villanueva Chicui
e-mail de responsable de pago: eugenia.villanueva@ssdr.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

6.2.- Resolución de Empates.

De existir más de un proveedor en igualdad de puntaje en primera instancia se discriminará de acuerdo con:

a)    Mejor Evaluación en Evaluación Económica, según Punto N°5.2.1 de las Bases.

b)    Mejor Evaluación en Evaluación Tiempo de entrega, según Punto N°5.2.2 de las Bases.

c)    Mejor Evaluación en Servicio Post Venta, según Punto N°5.2.3 de las Bases.

En caso de persistir el empate, el Director de Hospital de Calbuco decidirá mediante resolución fundada.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

6.3.- Mecanismo para solución de consultas respecto a la Adjudicación.

Existirá la instancia de consulta, a través de correo electrónico de los funcionarios que aparecen como contacto en el proceso de compra pública. La adjudicación de la propuesta se publicará en el portal www.mercadopublico.cl y se hará por medio de una Resolución Exenta del Hospital de Calbuco, la que adjuntará el informe de evaluación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

5.3.- Aclaraciones a los Oferentes.

De considerarlo necesario, el Hospital podrá requerir aclaraciones a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl en el enlace Foro Inverso a algún(os) proponente(s) sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente comprensibles.

El oferente tendrá 25 horas de plazo para ello. De no recibir la aclaración y/o antecedentes adicionales transcurridas 25 horas, por el mismo medio solicitado, dicha propuesta quedará fuera del proceso de evaluación de la presente licitación, siendo inadmisible su oferta.

Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante del contrato y de las bases, en caso de ser adjudicado. Para una mejor evaluación de las ofertas el Hospital de Calbuco, por medio de la Sección Adquisiciones, podrá solicitar antecedentes adicionales, si lo estima conveniente para la evaluación, tales como certificados, pruebas u otra documentación.

Y solo podrán aceptarse antecedentes que se hayan obtenido con anterioridad al cierre de las ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el referido plazo y el periodo de evaluación.

Todo lo anterior, es procedente en la medida que no se otorgue a los proponentes una situación de privilegio y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes.

Pacto de integridad

13.- PACTO DE INTEGRIDAD

 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.

3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.

6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.

7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondiente.
3.1.- Consultas y Aclaraciones.
Las consultas y/o aclaraciones de los proponentes deberán ser realizadas a través del Foro electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. El Hospital de Calbuco, realizará aclaraciones a las bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información. Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, quienes no podrán alegar desconocimiento de las mismas. Hasta el día de vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, indicado en la presente Licitación, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las bases que estime pertinentes.
4.1.- Condiciones de la Recepción de Antecedentes y Apertura Electrónica
La apertura electrónica de las ofertas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en el plazo previsto en las presentes bases por el profesional a cargo de la licitación y en la modalidad de una etapa. Se deja expresamente establecido que, frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del portal Mercado Público, impidiendo la apertura electrónica, el Hospital de Calbuco estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa del proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación del Portal de la Dirección de Compras Públicas. Consideraciones: • No se recibirá ningún antecedente fuera del lugar, día y hora señalados en las bases de licitación. • Se deja claramente establecido que no se aceptarán ofertas económicas y técnicas enviadas por otra vía que no sea vía portal. • Se deja constancia que el Hospital es un usuario más del portal, por lo que no se responsabiliza por los errores u omisiones que se produzcan al ingresar la información a este. • Se procederá a la revisión de la propuesta de cada oferente, verificándose la presentación de toda la documentación exigida en el Punto Nº3.3.- “Formas de Presentación de las Propuestas” de las presentes bases. De no subir la información solicitada, el Hospital de Calbuco podrá en una única oportunidad, solicitar los antecedentes faltantes vía foro electrónico establecido para ello y dentro del plazo establecido de 25 horas desde su publicación. Si el oferente, no entrega los antecedentes faltantes en esa única oportunidad, quedará fuera del proceso de evaluación de la presente licitación siendo inadmisible su oferta. • Una vez concluida la verificación de todas y cada una de las ofertas subidas al portal de www.mercadopublico.cl se procederá a efectuar Acto de Apertura Electrónica.
4.2.- Rechazo de las Ofertas Electrónicas.
Se verificará el rechazo de las ofertas en los siguientes casos: • Si el oferente no realiza su oferta por el portal Mercado Publico. • Si el oferente no da respuesta y/o no adjunta todos los documentos vía foro inverso en caso de solicitarse. • Si el oferente no adjunta todos los documentos solicitados mediante el foro inverso. • Por la distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las bases durante el proceso de evaluación o adjudicación de la presente licitación. • Ofertas que no indiquen frecuencia de llegada. • Postular por el total de 12 ítems requeridos de acuerdo con el formulario T-1 • No cumple con la fecha de vencimiento mínima establecida en el punto 17.4 • El no adjuntar ficha técnica de cada insumo. • Que no se cumpla con alguno de los requisitos técnicos, según punto 17 en general.
4.3.-Declaración de inadmisibilidad de las propuestas.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en la no validación administrativa en el acta de apertura electrónica y la no validación técnica en la etapa de evaluación o incluso, en el acto de resolución mediante el cual se decide el proceso. La inadmisibilidad de una oferta quedará siempre reflejada tanto en el informe de evaluación de la comisión de evaluación, como en la resolución exenta que adjudica el proceso de contratación pública.
4.4.- Validez de las Propuestas
Las ofertas tendrán una validez de 90 días desde la fecha de apertura de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Hospital de Calbuco, podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.
5.1.- Comisión de Evaluación.
Las propuestas serán evaluadas y calificadas por la Comisión de Evaluación de la Licitación Pública. Esta comisión propondrá la adjudicación parcial o total de la licitación. Por otro lado, estas propuestas serán evaluadas y analizadas conforme a los factores y criterios de evaluación, que se señalan en el Punto N°5.2. Serán tareas de la comisión de Evaluación: • Revisar el cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases a los oferentes. • Las ofertas serán analizadas y evaluadas, Evaluar las ofertas de las licitaciones públicas desde el punto de vista administrativo, técnico y económico sobre la base de planilla previamente establecida, conforme a los Factores y Criterios de Evaluación, utilizando para ello los antecedentes solicitados en las presentes bases. • Confeccionar el informe final de las evaluaciones de las ofertas, considerando las evaluaciones Técnicas, Económicas y Administrativas. • Se dejará constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las ofertas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá dejar constancia de ello. • Evaluar y verificar la legalidad y autenticidad de los documentos declarados por los proveedores postulantes, como a su vez, velar por el correcto uso de la legalidad en los actos administrativos que se generen por cualquier irregularidad de estos. • Denunciar la falsificación de cualquier documento solicitado en este proceso de contratación pública, ante las autoridades correspondientes. Finalmente, ante la omisión, distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las bases, que sea detectada por la Comisión Evaluadora, la Unidad de Adquisiciones deberá rechazar la oferta correspondiente, situación que deberá ser comunicada a través del Informe de Evaluación, y publicada en el portal www.mercadopublico.cl. Por último, señalar, que en la Comisión de Evaluación participarán funcionarios contratados por el Hospital de Calbuco, que se individualizan a continuación: Nombre Profesión Cargo Calidad jurídica Dependencia Natalie Marín Montoya Tecnólogo médico Jefatura laboratorio clínico Contrata Hospital de Calbuco Eduardo Castro Ulloa Tecnólogo médico Jefatura subrogante laboratorio clínico Contrata Hospital de Calbuco Nicole Calisto Ruiz Tecnólogo médico Referente Microbiología Contrata Hospital de Calbuco Pablo Alemparte Guerrero Ingeniero Comercial Profesional Adquisiciones Honorarios Ministro de Fe DESAM Calbuco
5.4.- Informe de Evaluación.
La Comisión Evaluadora, confeccionará el Informe de Evaluación, en el que se analizarán las ofertas presentadas y fundadamente se establecerán las razones administrativas, técnicas, legales y económicas que le permiten efectuar una recomendación de adjudicación. El Informe de Evaluación debe contener la siguiente información: • Cuadro de todas las ofertas aceptadas, no aceptadas y orden del puntaje total obtenido. • Análisis o Conclusión de evaluación y de observaciones. • Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes. Asimismo, y según el Artículo N°57 del DS N°661/2024, el Informe de Evaluación deberá contener como mínimo lo siguiente: • Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. • Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley de compras o el reglamento 661/2024; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del reglamento 661/2024. • La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentarán ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante. • La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. • La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El Informe será elaborado por la Comisión y fundado en, los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases, de la cual se obtendrá la calificación de oferta más conveniente y deberá ser firmado por todos sus integrantes y entregado al Director del Hospital de Calbuco. La decisión de adjudicación será propuesta por la Comisión de Evaluación al Director del Hospital de Calbuco, quien autorizará la propuesta de Adjudicación.
8.- MULTAS
El sistema de multa tiene por objeto estimular la eficiencia del proveedor en la entrega de los servicios objeto de esta licitación. Se sancionará con una multa por las infracciones al contrato aceptado que se detecten. 8.1.- Multas Administrativas y Técnicas 8.1.1 Plazo de Entrega Si el adjudicatario no entrega dentro del plazo ofertado, según la oferta establecida en el formulario T-2, los productos objeto de la licitación ello, obligará al “Proveedor” a pagar una multa por incumplimiento por los días corridos de atraso en la entrega con recepción conforme según el detalle siguiente, calculada sobre el precio del valor total de cada entrega, considerando la tributación: DESCRIPCION CATEGORIA MONTO DE LA MULTA a) De 01 a 2 días corridos de atraso, de acuerdo con el plazo ofertado en el formulario T-1 y a contar del día de envío de la Orden de compra. Falta menos grave 0,5% diario b) De 3 días hasta 5 días corridos de atraso, de acuerdo con el plazo ofertado en el formulario T-1 y a contar del día de envío de la Orden de compra. Falta grave 0,8% diario c) De 6 hasta 8 corridos de atraso, de acuerdo con el plazo ofertado en el formulario T-1 y a contar del día de envío de la Orden de compra. Falta muy grave 1% diario El tope máximo para la aplicación de la multa será de un 10% del precio de la orden de compra, considerando la tributación. La multa se aplicará por tramos. Cuando el incumplimiento de los plazos indicados supere los 30 días corridos y no pueda ser atribuido a causas justificadas, el Hospital de Calbuco podrá poner término anticipado al contrato. 8.1.2 Post Venta Si el adjudicatario incumple las fechas de entrega esto obligará al “Proveedor” a pagar una multa por incumplimiento en la entrega del servicio según el detalle siguiente, calculada sobre el precio del valor total de cada entrega, considerando la tributación: DESCRIPCION CATEGORIA MONTO DE LA MULTA a) Los productos no son entregados en el día correspondiente de acuerdo con lo ofrecido en el post venta. Falta menos grave 0,3% diario b) Los productos no son entregados y cuentan con dos días de atraso de acuerdo con lo ofrecido en post venta. Falta grave 0,5% diario c) Los productos no son entregados en con 3 o más días de atraso de acuerdo a la post venta. Falta muy grave 0,8% diario El tope máximo para la aplicación de la multa será de un 10% del precio de la orden de compra, considerando la tributación. La multa se aplicará por tramos. Cuando el incumplimiento de los plazos indicados supere los 20 días corridos y no pueda ser atribuido a causas justificadas, el servicio podrá poner término anticipado al contrato. 8.1.3 Insumos con fecha de vencimiento insuficiente Si el proveedor entrega insumos con fecha de vencimiento inferior a seis (6) meses contados desde la fecha de entrega, conforme al requisito establecido en el punto 17.4 de las presentes bases, estará obligado a acompañar a la factura una Carta de Política de Canje del producto afectado. El incumplimiento de esta obligación se sancionará con una multa equivalente al 20% del valor total de la entrega, calculada sobre el precio afecto a tributación. El proveedor tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para presentar la Carta de Canje una vez solicitada por el Hospital de Calbuco. La clasificación de esta falta es falta muy grave. 8.2.- Mecanismos de Cobro de Multas. En caso de incumplimiento del proveedor de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, para el caso que según estas se deba aplicar multa, ejecutar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o poner término anticipado al mismo, se procederá de la siguiente manera: • Una vez recibido los antecedentes que acrediten el incumplimiento por parte del Hospital de Calbuco el encargado de Gestión de Contratos de la Unidad de Adquisiciones notificará al proveedor mediante Oficio del director del Hospital. En dicho Oficio se informará sobre el incumplimiento cometido según las causales de cobro de multa establecidas en las bases, señalando los días de atraso, el detalle del monto a pagar, los datos bancarios para el pago de la multa; el plazo para presentación de los descargos y el plazo de respuesta que tendrá el Servicio. Ante lo anterior, el proveedor tendrá 5 días hábiles para hacer sus descargos, mediante vía formal. • Si el proveedor impugna la multa, se le enviaran estos datos a la asesora jurídica del Hospital de Calbuco, donde este se pronunciará sobre la impugnación del proveedor. En caso de acoger dicha apelación el proceso se dará por finalizado, sin cobro alguno. Por otro lado, si se rechaza la impugnación, o, en otras palabras, no se acoge los descargos del proveedor se le notificara mediante oficio, que tiene 30 días corridos para hacer efectivo el pago de dicha multa al Hospital de Calbuco. • Si el proveedor paga, dentro del plazo establecido, se dictará una Resolución Exenta que formalizará el término del procedimiento. Si el proveedor NO paga dentro del plazo establecido, se dictará una resolución Exenta para formalizar el pago de dicha multa a través de la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, y a ejercer acciones legales en caso de ser necesario. En caso de que se determine la aplicación de sanción, esta será sin perjuicio de la facultad del Hospital de poner término anticipado al contrato en los casos previstos a él y en estas bases y hacer efectivas las garantías de cumplimiento. 8.2.1 Cobro directo al Proveedor. Para las multas indicadas en el Punto N°8.1- de las bases administrativas que rigen el proceso, la comunicación será informada al proveedor a través del Ejecutivo Coordinador; donde se notificará vía formal (correo certificado) y mediante resolución el detalle y monto de la multa. El proveedor deberá enviar un cheque nominativo cruzado, depósito o transferencia electrónica a nombre del Hospital de Calbuco, por el valor de la multa notificada al Ejecutivo Coordinador. Se coordinará entre el Ejecutivo Coordinador representante del proveedor y el Encargado de la Licitación Pública para que informe sobre la emisión del cheque nominativo cruzado, depósito o transferencia electrónica a nombre del Hospital de Calbuco, para ello, se dará como plazo quince (15) días corridos desde el aviso de cobro de multas. En el caso que el proveedor no dé respuesta a lo comunicado, el Hospital de Calbuco, hará efectivo el cobro de la multa, mediante resolución exenta, la cual será susceptible de ser impugnada por los recursos administrativos de la Ley N° 19.880. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, la Dirección del Hospital de Calbuco podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
9.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Se podrá dar Término anticipado o modificación del contrato siempre y cuando se cumplan con las siguientes condiciones y características, planteadas en los numerales 9.1 y 9.2 de estas bases Administrativas y según disposiciones del artículo 130 del reglamento 661/2024. Asimismo, la resolución que establece estos términos anticipados no está sujeta al trámite de toma de razón, conforme a lo establecido en la resolución N°7, de 2019, de este origen, es decir se tramitará resolución exenta para estos fines. 9.1.- Causales de Término Anticipado y Modificación de Contrato A. Incumplimiento Grave de las Obligaciones contraídas por Contratante indicadas en su oferta: 1) Incumplimiento en los plazos de entrega superior a los 7 días corridos y no atribuible a causas justificadas. 2) En caso de que las multas cursadas sobrepasen el 10% del valor total contratado. 3) Si el proveedor hiciese traspaso o cesión del contrato. 4) Por surgir impedimentos propios del proveedor, que no le permitan, aunque sea de manera temporal, continuar con la ejecución y cumplimiento del contrato. 5) Si se detecta documentación o antecedentes adulterados o falsificados por parte del proveedor, declarados en la oferta del proveedor, los cuales serán evaluados y analizados por el equipo directivo y/o el asesor jurídico. 6) Por la no solución de parte de adjudicatario, de los reparos que le sean formulados por escrito por parte del Hospital de Calbuco o establecimientos dentro de un plazo máximo de un mes. B. Estado de Notoria Insolvencia (A menos que se mejoren las cauciones entregadas; o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato). C. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. D. Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la entrega encomendada, derivada de los problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. E. Por infracción a lo estipulado en la Ley N°20.238 del 19/01/2008, que modifica la Ley N°19.886 (Asegurando la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la Administración del Estado). F. Registrar saldos insolutos de remuneración o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. G. Las partes podrán de mutuo acuerdo poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización y/o compensación alguna (El aviso de término anticipado se hará por carta certificada, despachada al domicilio registrado por éste, con diez (10) días corridos de antelación a la fecha en que se desea terminar el contrato). Tratándose de las causales indicadas, el Hospital notificará por escrito al proveedor mediante resolución exenta, que pone término anticipado al contrato, Sin perjuicio que, una vez liquidado el contrato, se puedan hacer efectivas las garantías y multas que correspondan (excepto en las causales de términos anticipado que no lo permitan), además de las acciones legales pertinentes. Asimismo, el Hospital notificará por escrito al proveedor del término anticipado y de la resolución exenta que dio por concluido la relación contractual. 9.2.- Causales de Modificación del contrato Para esta contratación se podrá modificar el contrato inicialmente pactado por las partes, y autorizado previamente por una resolución fundada bajo lo establecido en los incisos penúltimo y ultimo del artículo N°129 del DS N°661. Para lo anterior, las causales de modificación de este contrato serán las siguientes: A) En caso de que el presupuesto asignado, adjudicado y contratado originalmente no alcanzare dentro de la vigencia misma del contrato debido a que la ejecución se vio modificada por hechos o imprevistos que afectaron la planificación inicial. B) En caso de que por necesidad del Hospital de Calbuco y mientras exista mutuo acuerdo entre las partes, se pueda implementar el uso de nuevas tecnologías que mejoren de forma integral el Servicio objeto de la contratación. En casos que el Hospital se limite a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. En casos que se respete el equilibrio financiero del contrato y mientras exista mutuo acuerdo entre las partes, se pueda implementar el uso de nuevas tecnologías que mejoren de forma integral el Hospital objeto de la contratación. Finalmente, en caso de aplicarse la Letra A o B de este apartado, se deja establecido que las modificaciones presupuestarias tendrán un tope de hasta un 30% de lo originalmente contratado. Ambas modificaciones deberán expresarse en un Anexo u Addendum de Contrato autorizado por Resolución Fundada, el cual, estará sujeto a Toma de Razón por la Contraloría General de la República.
11.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
El Hospital deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el proveedor adjudicado, ya sea por materias tributarias, laborales u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante, deberán tenerse presente las atribuciones que el ordenamiento jurídico confiere a la Contraloría General de la República. Cualquier duda, conflicto o problema en la ejecución, aplicación e interpretación del contrato, será resuelto de común acuerdo por los representantes legales de las partes contratantes. En su defecto, le corresponderá conocer y resolver a los tribunales Ordinarios de Justicia de Calbuco, para lo cual las partes fijan domicilio en la ciudad de Calbuco y se someten a la Jurisdicción y competencia de dicho tribunal. Por razones administrativas, no se devolverá a "Los Oferentes" los antecedentes que fueron entregados para la evaluación de las ofertas. En caso de incumplimiento del proveedor de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, para el caso que según éstas se deba aplicar multa, ejecutar el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o poner término anticipado al mismo, se deberá comunicar al proveedor a través de su ejecutivo coordinador, debiendo el proveedor efectuar sus descargos dentro de 5 días hábiles, desde recibida la notificación respectiva, para pronunciarse sobre ésta, pasado esa fecha y si no hay respuesta el Servicio aplicará la medida que corresponda. Una vez recibida la carta de reconsideración, el Servicio tendrá un plazo de 15 días hábiles, para dar respuesta, y podrá dejar sin efecto la decisión, en mérito de los antecedentes o aplicar lo que corresponda, mediante resolución exenta, la cual será susceptible de ser impugnada por los recursos administrativos de la Ley N°19.880. En caso de que se determine la aplicación de multas, ésta será sin perjuicio de la facultad del Hospital de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas Bases y hacer efectivas las garantías de cumplimiento.
12.- DECLARACIÓN ESENCIAL
El o los representantes de cada proponente deberán declarar, de conformidad con el Formulario A-2 de las Bases lo siguiente: 1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. 2. Haber revisado los términos de la presente licitación: Bases Administrativas- Técnicas, Especificaciones Técnicas y Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia. 3. Estar legalmente constituido, reconocida y vigente en Chile; y son personeros debidamente investidos en Chile. 4. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar y someterse a las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en las Bases Administrativas - Técnicas, Especificaciones Técnicas, preguntas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes. 5. Pacto de Integridad, los proveedores se comprometen a actuar con transparencia, probidad y veracidad en la información y antecedentes presentados en ésta propuesta. 6. Que los proveedores adjudicados, no podrán pedir condiciones especiales de despacho. 7. No estar inhabilitados por condenas por delitos concursales, según la Ley de quiebras, dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato. 8. Estar de acuerdo con la forma de facturación y pago propuesta en estas bases administrativas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.