Licitación ID: 1667-10-LE20
Servicio de arriendo de Equipo de Ósmosis Portátil
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 216
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Unidad de hemodiálisis 24 Mes
Cod: 42161632
Arriendo de equipo ósmosis portátil para Hemodiálisis que incluya cambio de repuestos (tales como filtros y otros) e insumos necesarios para funcionamiento del equipo.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de arriendo de Equipo de Ósmosis Portátil
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El hospital Regional Guillermo Grant Benavente requiere adquirir el servicio de arriendo de Equipo de Ósmosis Portátil para pacientes del HGGB de Unidad de Diálisis, por 24 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
Publicidad de ofertas técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Compra de Servicios Clínicos
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martin 1436
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-04-2020 15:00:00
Fecha de Publicación: 26-03-2020 16:18:34
Fecha inicio de preguntas: 27-03-2020 8:00:00
Fecha final de preguntas: 01-04-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-04-2020 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-04-2020 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-04-2020 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 11-06-2020 12:01:15
Fecha de entrega en soporte fisico 31-03-2020
Fecha estimada de firma de contrato 30-04-2020
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta obligatoriamente, de lo contrario la oferta será inadmisible. Anexo Nº1 Presentación de la Oferta Económica. Anexo Nº2 Presentación de Experiencia. Anexo Nº3 Tiempo de respuesta Anexo Nº4 Domicilio Servicio Técnico Anexo Nº5 Identificación del oferente Anexo Nº6 Inclusividad. Anexo Nº7 Cláusula de proveedores de Bienes y Servicios. Anexo N°8 Cumplimiento de Antecedentes Formales Formulario Nº1 Declaración jurada sin conflicto de intereses (*) Formulario Nº2 Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo (**) Formulario Nº3 Declaración jurada de socios Formulario Nº4 Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores Formulario Nº5 Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores Formulario Nº6 Declaración jurada causales inhabilidad Formulario Nº7 Declaración jurada responsabilidad penal persona jurídica Formulario Nº8 Declaración simple de conocimiento de bases administrativas y técnicas. Formulario Nº9 Unión temporal de proveedores (completar sólo si existe unión temporal de proveedores). (*)(**) Se adjunta uno o el otro Otros Anexos: Anexo A: Formato Presentación Descargos De Multas. Anexo B: Formato Recurso de Reposición. El oferente deberá enviar Garantía Seriedad de la Oferta física o digitalmente a través de Oficina de Partes del Hospital, y en el caso de ser en formato digital, debe ser recepcionada en el correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl 24 horas hábiles antes del cierre de recepción de la oferta.
Documentos Técnicos
1.- • Catálogo, ficha o documento resumen, en español, de las maquinas o equipos ofertados. • Certificado que acredite normas de calidad o de buenas prácticas de fabricación de las maquinas (ISO-CASCO 5, 8 u otro, Comunidad Europea, otra certificación). La no inclusión de cualquiera de estos antecedentes o la omisión de información en los formularios o anexos referidos, facultará al HGGB excluir al oferente del proceso de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- • La oferta económica debe indicar el VALOR TOTAL NETO, sin impuestos, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte. • Todo documento deberá ser entregado en idioma Español.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 60%
2 DOMICILIO DEL SERVICIO TÉCNICO Se entregará 5% a quienes demuestren a través de Anexo N°4 región donde proveedor ubica su servicio técnico según los siguientes criterios: - Región del Bio-Bio 5% - Otras regiones del país 0% Anexo N° 4 5%
3 Cumplimiento de los requisitos • Adjunta todos los documentos administrativos formales y obligatorios 5% • Adjunta todos los documentos administrativos formales, pero solicitando lo faltante a través de aclaración de oferta en el plazo de 48 horas: 0% • No adjunta documentos administrativos formales, ni al momento de ofertar ni subsanando lo pendiente a través del portal, en el plazo establecido. Se declara inadmisible.  Se evaluará según lo informado en Anexo N°8  Los formularios o anexos que NO APLICAN, deben ser igualmente presentados y firmados, pero indicando NO APLICA. Anexo N°8 5%
4 INCLUSIVIDAD Se entregará 5% a quienes demuestren mediante certificado y/o credencial CONADI que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con ascendencia indígena o capacidades diferentes SENADIS. Se debe adjuntar contrato vigente que acredite vínculo laboral, el cual debe tener una vigencia mínima de 12 meses Anexo N°6 5%
5 TIEMPO DE RESPUESTA Tiempo de respuesta en que el proveedor se compromete a atender el requerimiento del servicio técnico: X=(Tiempo de respuesta ofertado en hora/Menor tiempo ofertado en horas)*100*10% Anexo N° 3 10%
6 EXPERIENCIA Experiencia presentando el servicio a instituciones privadas o públicas de salud los últimos 5 años: - Mayor cantidad de clientes 15% - Segunda mayor cantidad de clientes 10% - Tercera mayor cantidad de clientes 5% - No informa clientes 0% Se evaluará según lo presentado en Anexo N°2 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: LORETO RODRIGUEZ NEIRA
e-mail de responsable de pago: LRODRIGUEZN@SSCONCEPCION.CL
Nombre de responsable de contrato: Gonzalo Anselmi Alarcón
e-mail de responsable de contrato: gonzalo.anselmi@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2722829-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL GMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 05-06-2020
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: por cada oferta presentada el oferente deberá entregar una boleta bancaria o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, ya sea esta físico y/o electrónico, podrá ser tomada por uno o varios integrantes del oferente, incluso puede ser tomado por un tercero, por un monto $500.000.- pagadera a la vista y de carácter irrevocable con una vigencia de 60 días, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Entregar en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en San Martin Nº 1436, Concepción. Tiene plazo de entrega hasta un día hábil antes del cierre de ofertas, hasta las 15:00 horas. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que debe ser devuelta. El HGGB, podrá hacer efectiva esta garantía, sin requerimiento alguno, en los siguientes casos: a) En el evento de que el proveedor adjudicado desistiera de su oferta b) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato. d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. e) Si no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento dentro del plazo. f) Si el proveedor no concurre a la firma del Contrato dentro del plazo de 30 días corridos.
Glosa: Seriedad de la oferta, SERVICIO DE ARRIENDO DE EQUIPO DE ÓSMOSIS PORTÁTIL PARA PACIENTE AGUDO DEL HGGB POR UN PERIODO DE VEINTICUATRO MESES ID: 1667-10-LE20.
Forma y oportunidad de restitución: A las empresas participantes se les devolverá la presente garantía dentro de los 10 días hábiles siguientes a la total tramitación del contrato, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado por el oferente. En caso de garantizarse la seriedad de la oferta mediante una boleta o documento electrónico, la garantía se devolverá en la forma indicada por el oferente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL GMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 30-07-2022
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de una boleta bancaria o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que garantice el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, podrá ser tomada por uno o varios integrantes del oferente, incluso puede ser tomado por un tercero, pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 10% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia mínima de 60 días hábiles al plazo establecido para el término del convenio. El tomador puede ser el oferente o un tercero. El documento de garantía, deberá ser entregado en sobre cerrado en oficina de partes del HGGB, ubicada en San Martin Nº 1436, Concepción dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que será restituida. El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el caso de incumplimiento de contrato, según lo estipulado en el número 21 de las presentes bases, sin perjuicio a los recursos que se le otorgan al contratante.
Glosa: Garantía de fiel cumplimiento de contrato de la licitación pública SERVICIO DE ARRIENDO DE EQUIPO DE ÓSMOSIS PORTÁTIL PARA PACIENTE AGUDO DEL HGGB POR UN PERIODO DE VEINTICUATRO MESES ID: 1667-10-LE20.
Forma y oportunidad de restitución: A la empresa adjudicada se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante carta certificada al domicilio del oferente señalado en su propuesta y contrato. En caso de garantizarse el Fiel cumplimiento de contrato mediante una boleta o documento electrónico, la garantía se devolverá en la forma indicada por el oferente. Esta será devuelta una vez finalizada la duración definida en las bases, es decir 60 días posteriores al término del convenio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
VIGENCIA DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si el HGGB, no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 90 días corridos, debiendo adjudicar el Hospital dentro de 60 días corridos contados desde la revalidación de las ofertas. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación, declarándose desistida su oferta.
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES
7.1. PERSONA NATURAL 7.1.1. Requisitos para ofertar: • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas” • Estar inscritos en Chile proveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Documentos persona natural - Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad - Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886. - Certificado de obligaciones laborales y previsionales. En caso de que los documentos solicitados anteriormente se encuentren en el Sistema de información sólo serán considerados aquellos que tengan una fecha de emisión o validación no superior a 30 días contados desde la fecha de cierre de las ofertas. 7.2. PERSONA JURÍDICA 7.2.1. Requisitos para ofertar: • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. • Las personas jurídicas distintas de sociedades deberán acompañar a sus propuestas los documentos legales que conforme a su naturaleza sean los equivalentes a los requeridos en el mencionado punto N° 7.1. 7.2.2. Requisitos para ser contratado: • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas” • No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). • Estar inscritos en Chile proveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Documentos persona jurídica - Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa - Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886. - Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393. - Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones. - Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días. - Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días. - Certificado de obligaciones laborales y previsionales. En caso de que los documentos solicitados anteriormente se encuentren en el Sistema de información sólo serán considerados aquellos que tengan una fecha de emisión o validación no superior a 30 días contados desde la fecha de cierre de las ofertas. • Las personas jurídicas constituidas a través del procedimiento simplificado que contempla la ley 20.659 y su reglamento contenido en el decreto 45 de 2013 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar, al momento de contratar, los certificados digitales señalados en el artículo 29 del reglamento de la Ley 20.659. 7.3. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES. En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos en el punto N°7.1 y 7.2, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica. 7.3.1. Documentos UTP al momento de ofertar: - Completar Formulario N°9 - Demás antecedentes exigidos en los puntos 7.1.1 y 7.2.1, ya sea que se trate de persona natural o jurídica. - En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio. 7.3.2. Documentos UTP al momento de contratar: - Escritura pública en donde conste la unión, solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado en común con poderes suficientes. - Demás antecedentes señalados en el artículo 67 bis del reglamento de compras públicas. - Demás antecedentes exigidos en los puntos 7.1.2. y 7.2.2, ya sea que se trate de persona natural o jurídica. - Inscripción de cada integrante de la UTP en el registro de Chile proveedores. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
11.1 GENERALIDADES 11.1.1.- Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Resolución que aprueba Contrato y el Contrato respectivo, que serán Publicadas en el Portal Mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional. 11.2 DEFINICIONES • Director: Don Carlos Capurro Dupré. • Subdirector Médico: Don Boris Oportus Ortiz. • Subdirector Administrativo: Sr. Sergio Osorio Lisperguer • Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción. • Licitante: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción. • Unidad Técnica: Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis. 11.3.- UNIDAD TÉCNICA Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. 11.4.- DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: - Las presentes Bases Administrativas. - Las Especificaciones Técnicas - Las consultas y respuestas. - Las enmiendas del HGGB sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. - Los Formularios. - La oferta adjudicada. - La Orden de Compra y/o el Contrato. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del HGGB y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El HGGB podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al HGGB a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen. 11.5 DE LOS PROPONENTES Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar. 11.6 INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación. 11.7.- MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN El HGGB podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El HGGB deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el HGGB a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl. 11.8.- MODALIDAD DE PAGO La forma de pago del “SERVICIO DE ARRIENDO DE EQUIPO DE ÓSMOSIS PORTÁTIL PARA PACIENTE AGUDO DEL HGGB POR UN PERIODO DE VEINTICUATRO MESES”, ID: 1667-10-LE20. Se efectuará mediante estados de pago mensuales, desde la emisión de la factura, que no superen los 30 días, considerando previamente los informes y recepciones conformes emitidos por el mandante o quien este designe validados por Jefe Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis o quién lo subrogue sea el encargado de su control. 1.- La empresa deberá facturar a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, R.U.T: 61.602.189-3; Dirección San Martin 1436, Concepción. 2.- Para los efectos del pago de los servicios, será requisito obligatorio que se presente mensualmente junto a la factura los siguientes documentos:  Informe emitido por el mandante o quien éste designe  O.C. Mercado Público aceptada por el proveedor En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 “se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía(s) de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiese sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el apoderado común señalado en el formulario N°9, quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Pago de la factura se efectuará dentro de los 45 días. Para dar cumplimiento al sistema de pago en los plazos estimados, se requiere que el proveedor actualice su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía Web del SII al correo dte_prod@ssconcepcion.cl de nuestro hospital, donde posteriormente el proveedor podrá validar la recepción, en la Web del Hospital Regional, acceso proveedores. Además, deberá enviar los respaldos originales concerniente a la prestación realizada, directamente a la Unidad de Compras de Servicios, dirección Calle San Martin 1436 (Zócalo) Concepción, y al mail secrecompraservicio@ssconcepcion.cl. Revisados los antecedentes, se adjuntarán a la Factura emitida, la cual deberá indicar número de Orden de Compra y detalle del servicio adquirido. 3.- En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación a dte_prod@ssconcepcion.cl para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados. Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente: Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII. 4.- Todo lo anterior, es con el fin de resguardar el tiempo de pago y que no existan retrasos innecesarios en este proceso. 11.9.- DEL INCUMPLIMIENTO Y SUS SANCIONES El incumplimiento de las presentes bases se sancionará con la aplicación de las siguientes multas, en los siguientes casos: Multas Gravísimas: El hospital cobrará una multa del 50% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe de Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis: • Por no tener disponible en Calidad de Arrendado el equipo de Osmosis portátil al HGGB en el día y lugar acordado por el Jefe de sección de Nefrología y Unidad de Diálisis o quién lo subrogue sea el encargado de su control, pudiendo provocar un menoscabo y detrimento en la salud de los pacientes. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 2 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Graves: • Por no cumplimiento del tiempo de respuesta en terreno por parte del servicio técnico provocando un menoscabo y detrimento en la salud de los pacientes. El cálculo se hará teniendo como referencia la fecha y hora del email enviado al proveedor solicitando la asistencia técnica, versus el tiempo de respuesta que se comprometió el proveedor en oferta de licitación presentado en el Anexo N°3. El hospital cobrará una multa de 30% del valor de la prestación, en el caso de incumplimiento, denunciado debidamente por escrito por Jefe de Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis. Por cada día más de atraso en la atención en terreno, la multa irá aumentando en un 5% del valor total del arriendo, con un tope máximo del 50% del valor de la prestación. En el caso que este incumplimiento se repita en 3 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Leves: El hospital cobrará una multa de 20% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe de Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis: • Por falla del equipo, que no afecte directamente el funcionamiento de la máquina y/o que no permita realizar la terapia, como problemas en el chasis o ruedas del equipo. • Por no cumplimiento de la realización de capacitación para el personal del HGGB, el cual debe considerar como mínimo a 2 médicos, 3 enfermeras, 4 técnicos paramédicos y podrá exigirse en dos oportunidades mientras dure el contrato. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 4 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. En los casos anteriores y/o por toda falta que sea imputable al oferente y que el HGGB se vea obligado como Institución a comprar este mismo Servicio a un Tercero ajeno a este Contrato, el adjudicatario deberá responder por los gastos emanados de estos servicios y demás perjuicios que pudieren resultar por motivo de la suspensión de prestaciones programadas. 11.10.- PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS a) En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. b) Tratándose de multa, además se informará su monto. c) A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). d) Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. e) Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. f) En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. g) Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Anexo N° 5 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. h) Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Forma de pago de multas: Una vez informado el proponente de la multa definitiva, tendrá un plazo máximo de 30 días corridos para proceder a ingresar el monto total de las multas en caja del HGGB o en la cuenta corriente que se les defina en su oportunidad formalmente. De no cumplirse el pago se procederá a descontar del pago de la factura del mes siguiente al incumplimiento del plazo establecido.
Resolución de Empates

En el caso de que dos o más empresas se encuentren en una situación de empate en la evaluación de ofertas se considerará el criterio de precio para decidir la empresa que se adjudicará la licitación, de persistir el empate se adjudicará a aquella empresa que presente mayor puntaje en el criterio Experiencia, de seguir el empate se considerará el criterio Tiempo de respuesta, y por último el criterio de Domicilio Servicio Técnico. Si a pesar de lo anterior, continúa la igualdad, se efectuara un nuevo proceso licitatorio.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del foro, en la plataforma de mercado público.

DETALLE DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PRECIO 60% Puntaje se obtendrá, de la siguiente fórmula: X= (Precio mínimo ofertado /Precio evaluado) *100*60% Anexo N°1 EXPERIENCIA 15% Experiencia presentando el servicio a instituciones privadas o públicas de salud los últimos 5 años: - Mayor cantidad de clientes 15% - Segunda mayor cantidad de clientes 10% - Tercera mayor cantidad de clientes 5% - No informa clientes 0% Anexo N°2 TIEMPO DE RESPUESTA 10% Tiempo de respuesta en que el proveedor se compromete a atender el requerimiento del servicio técnico: X= (Tiempo de respuesta ofertado en hora/Menor tiempo ofertado en horas)*100*10% Anexo N° 3 DOMICILIO DEL SERVICIO TÉCNICO 5% Se entregará 5% a quienes demuestren a través de Anexo N°4 región donde proveedor ubica su servicio técnico según los siguientes criterios: - Región del Bio-Bio 5% - Otras regiones del país 0% Anexo N°4 INCLUSIVIDAD 5% Se entregará 5% a quienes demuestren mediante certificado y/o credencial CONADI que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con ascendencia indígena o capacidades diferentes SENADIS. Se debe adjuntar contrato vigente que acredite vínculo laboral, el cual debe tener una vigencia mínima de 12 meses. Anexo N°6 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA 5% Puntaje se obtendrá, de la siguiente manera, de acuerdo a los siguientes casos: • Adjunta todos los documentos administrativos formales y obligatorios: 5% • Adjunta todos los documentos administrativos formales, pero solicitando lo faltante a través de aclaración de oferta en el plazo de 48 horas: 0% • No adjunta documentos administrativos formales, ni al momento de ofertar ni subsanando lo pendiente a través del portal, en el plazo establecido. Se declara inadmisible. Anexo N°8 Los formularios o anexos que NO APLICAN, deben ser igualmente presentados y firmados, pero indicando NO APLICA.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LOS ANTECEDENTES OFERTADOS
La Comisión de Evaluación Técnica y Administrativa de los Antecedentes Ofertados, estará compuesta por los siguientes cargos o quienes los subroguen: • Jefe/a Unidad de Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis • Enfermera/o Supervisora Diálisis • Jefe/a de Finanzas En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley N° 19.886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda. Cabe señalar, que los integrantes de la Comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, esta comisión estará compuesta de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos al organismo respectivo, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. Los integrantes de las comisiones evaluadoras, deberán ceñirse al principio de probidad administrativa, plasmado en el decreto con fuerza de ley 1-19653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la LEY N°18.575, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, que en su 52 inciso segundo define ‘‘El principio de probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular’’ en conformidad a al inciso cinco del art. 37 del decreto 250/2004 DEL REGLAMENTO DE LA LEY N°19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ‘‘Los miembros de la comisión evaluadora, si existiera, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad a la normativa vigente al momento de la evaluación’’ y N°7 del art. 4 de la Ley N°20.730 que regula EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS, ‘‘Art. 4°.- Son también sujetos pasivos de esta ley, aquellas autoridades y funcionarios que se indican a continuación: …7) .... Asimismo, se considerarán sujetos pasivos de esta ley los integrantes de las comisiones evaluadoras formadas en el marco de la ley 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren comisiones. …’’. Por consiguiente los miembros de las comisiones evaluadoras, si las hubiese, deberán ceñirse al principio de probidad pública, sin tener conflicto de intereses con los oferentes y reconociéndose como sujetos pasivos a la hora de integrar comisiones evaluadoras en un proceso que involucre la gestión de contratos administrativos de suministros y prestación de servicios. Transcurrido el plazo que se establezca para la evaluación de la propuesta, la comisión de evaluación, emitirá un informe completo de evaluación, conforme a los criterios respectivos, proponiendo al Director, la adjudicación más conveniente a los intereses del Hospital.
DE LA ADJUDICACIÓN
16.1.- DE LA ADJUDICACIÓN: Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el HGGB, adjudicará bajo la modalidad de adjudicación simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. El HGGB declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el HGGB, dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) En el evento de que el proveedor adjudicado desistiera de su oferta. b) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. c) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar. d) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 20. e) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. El HGGB se reserva el derecho de aplazar hasta en 10 días hábiles la fecha de adjudicación mediante resolución aprobada por el Director, señalada en el Portal en los siguientes casos: • Cuando no fuere posible reunir a las Comisiones en la fecha acordada • Cuando se presentaran más de 5 ofertas y por ende se requiera de más tiempo para su estudio • Cuando se soliciten aclaraciones a través del Portal Lo anterior será debidamente informado en el Portal, a todos los oferentes. En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Servicio podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El HGGB tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del HGGB que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.
MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas, observaciones y/o reclamos generados producto de la adjudicación deberán realizarse a través del portal Mercado público dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución Adjudicataria. Fuera de dicho plazo, el reclamo se entenderá desestimado. Presentado el reclamo será la comisión evaluadora la que elaborará y publicará en el sistema de información la respectiva respuesta dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación del reclamo en el portal.
AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
Al momento de la adjudicación, el HGGB se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. FÓRMULA: Cantidad requeridas por ítem x 0.3 del total de cantidades por ítem.
RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA
El Director del HGGB, teniendo a la vista todos los antecedentes de la licitación, resolverá, mediante Resolución fundada, adjudicar o desestimar la licitación. b) Posteriormente dicha unidad técnica redactará el respectivo contrato y la resolución que apruebe el mismo. c) Una vez tramitado, la Unidad Técnica emitirá la Orden de Compra vía Portal e interna. d) Se subirán los siguientes documentos a la ID correspondiente: - Acta de Adjudicación con Informe de Evaluación - Certificado de Disponibilidad Presupuestaria - Resolución de Adjudicación - Contrato - Resolución Aprobatoria del Contrato e) Se entenderá notificada la resolución de adjudicación al oferente, una vez que sea publicada a través del Portal Mercado Público. f) Si el Proveedor desiste de dar cumplimiento al servicio adjudicado, o no acepta la orden de compra, el Mandante podrá pedir su rechazo y licitar nuevamente.
DEL CONTRATO
1. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 30 días corridos adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 30 días corridos más. 2. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. 3. Los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación y de su respectivo contrato y/o resolución serán intransferibles. Para todos los efectos de esta licitación, el Adjudicatario fijará su domicilio en la comuna de Concepción. Los gastos notariales y de impuestos que se generen o produzcan para ser contratados, por causa o con ocasión de inscripciones en algún registro, serna de cargo exclusivo del Adjudicatario. 4. El contrato que suscriba tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la total tramitación de la resolución de adjudicación.
DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
DE LAS MODIFICACIONES: Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento). 21.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: 1. Por resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. b) Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban el resto de las condiciones de la resciliación. 2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 3. Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia. A menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. En el caso que los siguientes incumplimientos sean reiterativos: Multas Gravísimas: El hospital cobrará una multa del 50% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe de Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis: • Por no tener disponible en Calidad de Arrendado el equipo de Osmosis portátil al HGGB en el día y lugar acordado por el Jefe de sección de Nefrología y Unidad de Diálisis o quién lo subrogue sea el encargado de su control, pudiendo provocar un menoscabo y detrimento en la salud de los pacientes. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 2 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Graves: • Por no cumplimiento del tiempo de respuesta en terreno por parte del servicio técnico provocando un menoscabo y detrimento en la salud de los pacientes. El cálculo se hará teniendo como referencia la fecha y hora del email enviado al proveedor solicitando la asistencia técnica, versus el tiempo de respuesta que se comprometió el proveedor en oferta de licitación presentado en el Anexo N°3. El hospital cobrará una multa de 30% del valor de la prestación, en el caso de incumplimiento, denunciado debidamente por escrito por Jefe de Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis. Por cada día más de atraso en la atención en terreno, la multa irá aumentando en un 5% del valor total del arriendo, con un tope máximo del 50% del valor de la prestación. En el caso que este incumplimiento se repita en 3 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Leves: El hospital cobrará una multa de 20% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe de Sección de Nefrología y Unidad de Diálisis: • Por falla del equipo, que no afecte directamente el funcionamiento de la máquina y/o que no permita realizar la terapia, como problemas en el chasis o ruedas del equipo. • Por no cumplimiento de la realización de capacitación para el personal del HGGB, el cual debe considerar como mínimo a 2 médicos, 3 enfermeras, 4 técnicos paramédicos y podrá exigirse en dos oportunidades mientras dure el contrato. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 4 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. En los casos anteriores y/o por toda falta que sea imputable al oferente y que el HGGB se vea obligado como Institución a comprar este mismo Servicio a un Tercero ajeno a este Contrato, el adjudicatario deberá responder por los gastos emanados de estos servicios y demás perjuicios que pudieren resultar por motivo de la suspensión de prestaciones programadas.
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 2 a 4, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de 20 días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El HGGB tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 1 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente cláusula.
MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
1. El HGGB, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. 2. En caso de modificación, el HGGB deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
DEL CONSUMO
La cantidad de SERVICIO DE ARRIENDO DE EQUIPO DE ÓSMOSIS PORTÁTIL PARA PACIENTE AGUDO DEL HGGB POR UN PERIODO DE VEINTICUATRO MESES, tienen una vigencia de 24 meses; reservándose, el Hospital el derecho de requerir una menor cantidad, para el periodo indicado; según las necesidades del HGGB y teniendo siempre como tope máximo, los estipulados en las presentes bases.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el HGGB y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
DE LOS PARTICIPANTES Y CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN
27.1 En el caso de que una persona o sociedad se adjudique la Licitación, será necesario que esta se encuentre inscrita en Chile proveedores. 27.2 Los participantes deberán comprometer su disponibilidad permanente en la ciudad de Concepción, para entregar las prestaciones ofertadas según corresponda. Aquella disponibilidad deberá ser permanente. Esto será especialmente importante para poder realizar en forma oportuna las reparaciones pertinentes. 27.3 En la contratación de sociedades médicas, en que formen parte funcionarios de la entidad que requiere la prestación de servicios contratada; procede siempre que tales profesionales no se encuentren afectos a algunas de las inhabilidades contempladas en el artículo 54 de la ley N° 18.575, de bases Generales de la Administración del Estado. 27.4 El adjudicatario será jurídicamente responsable del manejo y de la administración de las prestaciones de salud que asume por este contrato. 27.5 El o los adjudicados deben presentar domicilio en Concepción, en donde se realizarán las intervenciones y deben encontrarse dotado de personal suficiente para la ejecución de la presente licitación. 27.6 En el caso de que una persona o sociedad se adjudique la Licitación, será necesario que esta se encuentre inscrita en Chile proveedores y en el Registro de Personas Jurídicas receptoras de fondos públicos. 27.7 El hospital no se obliga a arrendar la totalidad de los servicios solicitados, estos se realizarán dependiendo de la demanda que se va a ir dando a través del tiempo.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.