Licitación ID: 1667-10-LQ21
SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, 24 MESES.
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 217
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Accesorios para productos de administración de oxigenoterapia o sus suministros 2000 Unidad
Cod: 42271718
SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, 24 MESES.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTAR CON EL SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL DR. GUILLERMO GRANT BENAVENTE, POR 24 MESES.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Compra de Servicios Clínicos
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
dte@bsale.cl
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-06-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 20-05-2021 11:10:00
Fecha inicio de preguntas: 25-05-2021 8:00:00
Fecha final de preguntas: 30-05-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-06-2021 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-06-2021 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-06-2021 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 13-08-2021 12:43:31
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: 1. El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta: Anexo Nº1 Identificación del oferente Anexo Nº2 Presentación de la oferta económica. Anexo Nº3 Presentación de experiencia Anexo Nº4 Ficha técnica equipamiento Anexo Nº5 Servicio Técnico Anexo Nº6 Inclusividad Anexo Nº7 Cláusula de proveedores de bienes y servicios Anexo Nº8 Presentación descargos de multas Anexo Nº9 Formato recurso de reposición Anexo Nº10 Cumplimiento de antecedentes formales. Formulario Nº1 Declaración jurada sin conflicto de intereses Formulario Nº2 Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo Formulario Nº3 Declaración jurada de socios Formulario Nº4 Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores Formulario Nº5 Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores Formulario Nº6 Declaración jurada causales inhabilidad Formulario Nº7 Declaración jurada responsabilidad penal persona jurídica Formulario Nº8 Declaración simple de conocimiento de bases administrativas y técnicas. Formulario Nº9 Unión temporal de proveedores (completar sólo si existe unión temporal de proveedores). 1. Anexos N° 7y 8, son para conocimiento. 2. Los formularios o anexos que NO APLICAN, deben ser igualmente presentados y firmados, pero indicando NO APLICA. 3. El oferente deberá enviar Garantía Seriedad de la Oferta física o digitalmente a través de Oficina de Partes del Hospital, y en el caso de ser en formato digital, debe ser recepcionado en el correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl 24 horas hábiles antes del cierre de recepción de la oferta.
Documentos Técnicos
1.- DOCUMENTOS TÉCNICOS • Resolución sanitaria vigente DOCUMENTOS PARA ELABORAR CONTRATOS 1. Documento de garantía en las condiciones indicadas en el punto 10.2.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. 2. Resolución Sanitaria vigente si corresponde, en formato papel original firmada ante Notario, requerimiento obligatorio relacionado con proceso de acreditación en salud. La no inclusión de cualquiera de estos antecedentes (administrativos, económicos, técnicos o para la elaboración de contrato) o la omisión de información en los anexos y formularios referidos, obligará al HGGB excluir al oferente del proceso de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- DOCUMENTOS ECONÓMICOS 1. La oferta económica debe indicar el VALOR TOTAL NETO, sin impuestos, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte. 2. Todo documento deberá ser entregado en idioma Español.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Servicio técnico Cuenta con servicio técnico en la Octava Región y asistencia técnica 24/7 • Si: 10% • No: 0% *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 5 10%
2 EXPERIENCIA Se evaluara la experiencia prestando Servicios de similares características a lo licitado, en instituciones públicas como privadas, con certificados de antigüedad laboral, Órdenes de compra y/o Contratos. Debe hacer una separación entre entidades públicas y entidades privadas. • Igual o más de 5 años: 20% • Entre 2 años y menos de 5 años: 10% • Menos de 2 años: 0% *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 3 20%
3 Inclusividad Se entregará 5% a quienes demuestren mediante certificado y/o credencial CONADI que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con ascendencia indígena o capacidades diferentes SENADIS. Se debe adjuntar contrato vigente que acredite vínculo laboral, el cual debe tener una vigencia mínima de 12 meses. *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 6 5%
4 Cumplimiento de los requisitos formales de la ofer • Adjunta todos los documentos administrativos formales y obligatorios 5% • Adjunta todos los documentos administrativos formales, pero solicitando lo faltante a través de aclaración de oferta en el plazo de 48 horas: 0% • No adjunta documentos administrativos formales, ni al momento de ofertar ni subsanando lo pendiente a través del portal, en el plazo establecido. Se declara inadmisible.  Los formularios o anexos que NO APLICAN, deben ser igualmente presentados y firmados, pero indicando NO APLICA. *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 10 5%
5 PRECIO X= (Precio mínimo ofertado /Precio evaluado) *100*60% *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 2 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO SECTOR PÚBLICO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: LORETO RODRIGUEZ NEIRA
e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: FANY GARCÍA GARCÍA
e-mail de responsable de contrato: fany.garcia@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2722607-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 08-09-2021
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: DESCRIPCIÓN: por cada oferta presentada el oferente deberá entregar una boleta bancaria o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, ya sea esta físico y/o electrónico, podrá ser tomada por uno o varios integrantes del oferente, incluso puede ser tomado por un tercero, por un monto $1.000.000.- pagadera a la vista y de carácter irrevocable con una vigencia de 90 días, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Entregar en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en San Martin Nº 1436, Concepción. Tiene plazo de entrega hasta un día hábil antes del cierre de ofertas, hasta las 15:00 horas. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que debe ser devuelta. El HGGB, podrá hacer efectiva esta garantía, sin requerimiento alguno, en los siguientes casos: a. En el evento de que el proveedor adjudicado desistiera de su oferta. b. Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. c. Si el adjudicatario no acredita encontrarse hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato. d. Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. e. Si no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento dentro del plazo. f. Si el proveedor no concurre a la firma del Contrato dentro del plazo de 30 días corridos.
Glosa: GLOSA QUE DEBE CONTENER EL DOCUMENTO: SERIEDAD DE LA OFERTA, “SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, PARA PACIENTES DEL HOSPITAL DR. GUILLERMO GRANT BENAVENTE, POR 24 MESES”, ID: 1667-10-LQ21.
Forma y oportunidad de restitución: FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: A las empresas participantes se les devolverá la presente garantía dentro de los 10 días hábiles siguientes a la total tramitación del contrato, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado por el oferente. En caso de garantizarse la seriedad de la oferta mediante una boleta o documento electrónico, la garantía se devolverá en la forma indicada por el oferente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 20-12-2023
Monto: 5 %
Descripción: TIPO DE DOCUMENTO: CAUCIÓN O DOCUMENTO EN GARANTÍA BENEFICIARIO: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3 MONTO: 5% DEL VALOR TOTAL ADJUDICADO Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de una boleta bancaria o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que garantice el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, podrá ser tomada por uno o varios integrantes del oferente, incluso puede ser tomado por un tercero, pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 5% del valor total adjudicado, con vigencia mínima de 60 días hábiles al plazo establecido para el término del convenio. El tomador puede ser el oferente o un tercero. El documento de garantía, deberá ser entregado en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en San Martin Nº 1436, Concepción dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que será restituida. El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el caso de incumplimiento de contrato, según lo estipulado en el número 19 puntos 3 y 4 de las presentes bases, sin perjuicio a los recursos que se le otorgan al contratante.
Glosa: GLOSA QUE DEBE CONTENER EL DOCUMENTO DE GARANTÍA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, PARA PACIENTES DEL HOSPITAL DR. GUILLERMO GRANT BENAVENTE, POR 24 MESES”, ID: 1667-10-LQ21
Forma y oportunidad de restitución: FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: A la empresa adjudicada se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante carta certificada al domicilio del oferente señalado en su propuesta y contrato. En caso de garantizarse el Fiel cumplimiento de contrato mediante una boleta o documento electrónico, la garantía se devolverá en la forma indicada por el oferente. Esta será devuelta una vez finalizada la duración definida en las bases, es decir 90 días posteriores al término del convenio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
10.3. ERRORES EN LAS GARANTÍAS
Si los documentos de garantía presentasen errores de forma en la individualización de la propuesta o en el nombre o RUT del mandante, el oferente podrá presentar un nuevo documento correctamente emitido, en el plazo de cinco días corridos, a partir de la notificación vía “Foro Inverso” del Portal o en su defecto, mediante correo electrónico, excepto si tal plazo vence en días sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se extenderá hasta las 15:00 horas del día hábil siguiente. De no subsanar error o de no presentar nuevo documento de garantía en los tiempos señalados, el HGGB tendrá la facultad de desestimar oferta o re-adjudicar a oferente que le sigue en puntaje, según se trate de Garantías por Seriedad de la Oferta o por Fiel Cumplimiento del Contrato, respectivamente.
10.4 PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.
11. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
11.1. GENERALIDADES Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Resolución Aprueba Contrato y el Contrato respectivo, que serán Publicadas en el Portal mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional. 11.2. DEFINICIONES • Director (S): Dr. Alejandro Torche Vélez • Subdirector Médico (S): Dr. Miguel Aguayo Castillo • Subdirector Administrativo (S): Sr. Aldo Parra Rodríguez • Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción. • Licitante: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción. • Unidad Técnica: Unidad de Alivio del Dolor y Cuidados Paliativos Oncológicos y Unidad Broncopulmonar. 11.3. UNIDAD TÉCNICA Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. 11.4. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: - Las presentes Bases Administrativas. - Las consultas y respuestas. - Las enmiendas del Hospital sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. - Los Formularios. - La oferta adjudicada. - La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional Guillermo Grant Benavente a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen. 11.5. DE LOS PROPONENTES Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar. 11.6. INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación. 11.7 MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl. 11.8 MODALIDAD DE PAGO La forma de pago del “SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, PARA PACIENTES DEL HOSPITAL DR. GUILLERMO GRANT BENAVENTE, POR 24 MESES”, ID: 1667-10-LQ21, se efectuará mediante estados de pago mensuales, desde la emisión de la factura, que no superen los 30 días, considerando previamente los informes y recepciones conformes emitidos por el mandante o quien este designe, validados por Jefa Unidad de Alivio del Dolor y Cuidados Paliativos Oncológicos, en el caso de pacientes en cuidados paliativos y Jefe Unidad Broncopulmonar en el caso de pacientes pertenecientes a esa unidad, o bien, quien los subrogue o quien esté a cargo de su control. Para los efectos del pago de los servicios, será requisito obligatorio que se presente mensualmente junto a la factura los siguientes documentos: • Memo emitido por Subdirector Médico • Receta a nombre del paciente a quien se le indico oxigenoterapia • Orden de Compra Mercado Público aceptada por el proveedor. • Listado de Pacientes individualizados y validado por la Unidad de estadística. En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el apoderado común señalado en el formulario N°9, quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Antecedentes de Facturación: Razón Social: Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT: 61.602.189-3, Giro: Salud, Dirección: San Martin N°1436 Concepción. Para dar cumplimiento al sistema de pago en los plazos estimados, se requiere que el proveedor actualice su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía Web del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro hospital, donde posteriormente el proveedor podrá validar la recepción, en la Web del Hospital Regional, acceso proveedores. Además, deberá enviar los respaldos originales concerniente a la prestación realizada, directamente a la Unidad de Compras de Servicios, dirección Calle San Martin 1436, Concepción, y a los mail xmedina@ssconcepcion.cl y cpicero@ssconcepcion.cl Para que las facturas puedan ingresar al sistema informático de nuestro Establecimiento se debe Ingresar a una nueva casilla asociada a la dirección de presupuesto dipresrecepcion@custodium.com. Además cada factura debe indicar SÓLO N° de Orden de Compra en el campo 801 (ejemplo: 1667-XXX-SE20). Todo lo anterior, es con el fin de resguardar el tiempo de pago y que no existan retrasos innecesarios en este proceso. 11.9 DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN. • El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. • Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. • Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 11.10. DEL INCUMPLIMIENTO Y SUS SANCIONES Objetivo Resguardar el adecuado funcionamiento del convenio vigente, definiendo los procedimientos que se aplicarán cuando exista causal para el cobro de multas por incumplimiento del contrato. Desarrollo Para un efectivo cumplimiento del convenio “SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, PARA PACIENTES DEL HOSPITAL DR. GUILLERMO GRANT BENAVENTE, POR 24 MESES”, ID: 1667-10-LQ21, contraído por el Hospital Regional Dr. Guillermo Grant Benavente de Concepción y empresas contratistas se ha dispuesto que la Jefa Unidad de Alivio del Dolor y Cuidados Paliativos Oncológicos, en el caso de pacientes en cuidados paliativos y Jefe Unidad Broncopulmonar en el caso de pacientes pertenecientes a esa unidad, o bien, quien los subrogue sean los encargado de su control. El incumplimiento de las presentes bases se sancionará con la aplicación de las siguientes multas, en los siguientes casos. Multas Gravísimas: 1) No cumplimiento del tiempo de instalación: El hospital cobrará una Multa de un 50% del costo del Servicio de Oxigenoterapia, cuando el tiempo de instalación supere las 48 horas, desde la solicitud del Hospital. 2) Reposición del servicio de Oxigenoterapia: El hospital cobrará una Multa de un 50% del costo del Servicio de Oxigenoterapia, cuando no cumpla en el tiempo de reposición del servicio. • 4 horas en caso de falla del equipo. • 12 horas de balón de transporte. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 5 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Graves: 1. Confirmación de instalación del Servicio en el domicilio del paciente: El hospital cobrará una multa del 20% del valor del servicio de Oxigenoterapia, cuando la empresa adjudicada no confirme que recibió la petición de instalación del equipo de oxigenoterapia. 2. Fallecimiento del Usuario: El hospital cobrará una multa del 20% del valor del servicio de Oxigenoterapia, cuando al fallecer un paciente, el equipo no es retirado antes de 72 horas corridas, desde que los familiares y/o trabajadora social den aviso del suceso. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 6 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Leves: Mantención mensual de equipo: El hospital cobrará una multa del 20% del valor del servicio de Oxigenoterapia, en el caso que no envíe planilla accesoria vía mail a Trabajadora Social del Hospital para corroborar dicha evaluación. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 7 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Además, en el caso de que el monto total de las multas supere el valor de 20% del total del contrato, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. En los casos anteriores y/o por toda falta que sea imputable al oferente y que el HGGB se vea obligado como Institución a comprar este mismo Servicio a un Tercero ajeno a este Contrato, el adjudicatario deberá responder por los gastos emanados de estos servicios y demás perjuicios que pudieren resultar por motivo de la suspensión de prestaciones programadas. 11.11. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS  En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere.  Tratándose de multa, además se informará su monto. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos).  Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa.  Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda.  En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.  Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Anexo N° 1 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.  Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
12. RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el caso de que dos o más empresas se encuentren en una situación de empate en la evaluación de ofertas, se considerará el criterio de PRECIO para decidir la empresa que se adjudicará la licitación, de persistir el empate se adjudicará a aquella empresa que presente mayor puntaje en el criterio EXPERIENCIA, de seguir el empate se considerará el criterio INCLUSIVIDAD. Si a pesar de lo anterior, continúa la igualdad, se efectuara un nuevo proceso licitatorio.
13. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN.
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del foro, en la plataforma de mercado público.
14. DETALLE DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PRECIO 60% X= (Precio mínimo ofertado /Precio evaluado) *100*60% *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 2 EXPERIENCIA 20% Se evaluara la experiencia prestando Servicios de similares características a lo licitado, en instituciones públicas como privadas, con certificados de antigüedad laboral, Órdenes de compra y/o Contratos. Debe hacer una separación entre entidades públicas y entidades privadas. • Igual o más de 5 años: 20% • Entre 2 años y menos de 5 años: 10% • Menos de 2 años: 0% *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 3 SERVICIO TÉCNICO 10% Cuenta con servicio técnico en la Octava Región y asistencia técnica 24/7 • Si: 10% • No: 0% *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 5 INCLUSIVIDAD 5% Se entregará 5% a quienes demuestren mediante certificado y/o credencial CONADI que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con ascendencia indígena o capacidades diferentes SENADIS. Se debe adjuntar contrato vigente que acredite vínculo laboral, el cual debe tener una vigencia mínima de 12 meses. *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 6 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA 5% • Adjunta todos los documentos administrativos formales y obligatorios 5% • Adjunta todos los documentos administrativos formales, pero solicitando lo faltante a través de aclaración de oferta en el plazo de 48 horas: 0% • No adjunta documentos administrativos formales, ni al momento de ofertar ni subsanando lo pendiente a través del portal, en el plazo establecido. Se declara inadmisible.  Los formularios o anexos que NO APLICAN, deben ser igualmente presentados y firmados, pero indicando NO APLICA. *Se evaluara según lo informado en el Anexo N° 10
15. EVALUACIÓN TÉCNICA DE LOS ANTECEDENTES OFERTADOS
La Comisión de Evaluación Técnica y Administrativa de los Antecedentes Ofertados, estará compuesta por las siguientes personas o quienes los subroguen:  Jefa Unidad de Alivio del Dolor y Cuidados Paliativos Oncológicos  Médico encargado de oxigenoterapia domiciliaria y cuidados paliativos  Enfermera encargada de cuidados paliativos  Jefe Unidad de Servicio Social Clínico  Jefe Unidad Broncopulmonar  Jefa de Unidad de Estadística y Producción  Jefa Finanzas En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda. Cabe señalar, que los integrantes de la Comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, esta comisión estará compuesta de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos al organismo respectivo, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. Los integrantes de las comisiones evaluadoras, deberán ceñirse al principio de probidad administrativa, plasmado en el decreto con fuerza de ley 1-19653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la LEY N°18.575, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, que en su 52 inciso segundo define ‘‘El principio de probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular’’ en conformidad a la , al inciso cinco del art. 37 del decreto 250/2004 DEL REGLAMENTO DE LA LEY N°19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ‘‘Los miembros de la comisión evaluadora, si existiera, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad a la normativa vigente al momento de la evaluación’’ y N°7 del art. 4 de la Ley N°20.730 que regula EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS, ‘‘Art. 4°.- Son también sujetos pasivos de esta ley, aquellas autoridades y funcionarios que se indican a continuación: …7) .... Asimismo, se considerarán sujetos pasivos de esta ley los integrantes de las comisiones evaluadoras formadas en el marco de la ley 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren comisiones. …’’ . Por consiguiente los miembros de las comisiones evaluadoras, si las hubiese, deberán ceñirse al principio de probidad pública, sin tener conflicto de intereses con los oferentes y reconociéndose como sujetos pasivos a la hora de integrar comisiones evaluadoras en un proceso que involucre la gestión de contratos administrativos de suministros y prestación de servicios. Transcurrido el plazo que se establezca para la evaluación de la propuesta, la comisión de evaluación, emitirá un informe completo de evaluación, conforme a los criterios de evaluación respectivos, proponiendo al Director, la adjudicación más conveniente a los intereses del Hospital.
16. DE LA ADJUDICACIÓN
16.1. DE LA ADJUDICACIÓN Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente, adjudicará bajo la modalidad de adjudicación simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar. c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 7 y 15. d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Servicio podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.
17. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN.
Las consultas, observaciones y/o reclamos generados producto de la adjudicación deberán realizarse a través del portal Mercado público dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución Adjudicataria. Fuera de dicho plazo, el reclamo se entenderá desestimado. Presentado el reclamo será la comisión evaluadora la que elaborará y publicará en el sistema de información la respectiva respuesta dentro de un plazo de 3 días hábiles contados desde la presentación del reclamo en el portal.
18. AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
Al momento de la adjudicación, el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. FORMULA: Cantidad requeridas por ítem x 0.3 del total de cantidades por ítem.
19. RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA
a) El Director del HGGB, teniendo a la vista todos los antecedentes de la licitación, resolverá, mediante Resolución fundada, adjudicar o desestimar la licitación. b) Posteriormente dicha unidad técnica redactará el respectivo contrato y la resolución que apruebe el mismo. c) Una vez tramitado, la Unidad Técnica emitirá la Orden de Compra vía Portal e interna. d) Se subirán los siguientes documentos a la ID correspondiente:  Acta de Adjudicación con Informe de Evaluación  Certificado de Disponibilidad Presupuestaria  Resolución de Adjudicación  Contrato  Resolución Aprobatoria del Contrato e) Se entenderá notificada la resolución de adjudicación al oferente, una vez que sea publicada a través del Portal Mercado Público. f) Si el Proveedor desiste de dar cumplimiento al servicio adjudicado, o no acepta la orden de compra, el Mandante podrá pedir su rechazo y licitar nuevamente.
20. DEL CONTRATO
1. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 40 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 30 días corridos adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 30 días corridos más. 2. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. 3. El contrato entrará en vigencia a contar de la total Resolución aprobatoria de contrato, acto que permitirá el envío de la orden de compra.
21. DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
21.1. DE LAS MODIFICACIONES:  Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato.  Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo.  Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento). 21.2. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El HGGB, debe declarar, administrativamente, el término del contrato, por alguna de siguientes causales: 1. Por resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. b) Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban el resto de las condiciones de la resciliación. 2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 3. Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia. A menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. En el caso que los siguientes incumplimientos sean reiterativos: Multas Gravísimas: 1) No cumplimiento del tiempo de instalación: El hospital cobrará una Multa de un 50% del costo del Servicio de Oxigenoterapia, cuando el tiempo de instalación supere las 48 horas, desde la solicitud del Hospital. 2) Reposición del servicio de Oxigenoterapia: El hospital cobrará una Multa de un 50% del costo del Servicio de Oxigenoterapia, cuando no cumpla en el tiempo de reposición del servicio. • 4 horas en caso de falla del equipo. • 12 horas de balón de transporte. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 5 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Graves: 1. Confirmación de instalación del Servicio en el domicilio del paciente: El hospital cobrará una multa del 20% del valor del servicio de Oxigenoterapia, cuando la empresa adjudicada no confirme que recibió la petición de instalación del equipo de oxigenoterapia. 2. Fallecimiento del Usuario: El hospital cobrará una multa del 20% del valor del servicio de Oxigenoterapia, cuando al fallecer un paciente, el equipo no es retirado antes de 72 horas corridas, desde que los familiares y/o trabajadora social den aviso del suceso. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 6 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Leves: Mantención mensual de equipo: El hospital cobrará una multa del 20% del valor del servicio de Oxigenoterapia, en el caso que no envíe planilla accesoria vía mail a Trabajadora Social del Hospital para corroborar dicha evaluación. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 7 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Además, en el caso de que el monto total de las multas supere el valor de 20% del total del contrato, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. En los casos anteriores y/o por toda falta que sea imputable al oferente y que el HGGB se vea obligado como Institución a comprar este mismo Servicio a un Tercero ajeno a este Contrato, el adjudicatario deberá responder por los gastos emanados de estos servicios y demás perjuicios que pudieren resultar por motivo de la suspensión de prestaciones programadas.
22. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 2 a 4, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 1 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
23. MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
1. El HGGB, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. 2. En caso de modificación, el HGGB deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
24. DEL CONSUMO
La cantidad de “SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, PARA PACIENTES DEL HOSPITAL DR. GUILLERMO GRANT BENAVENTE, POR 24 MESES”, ID: 1667-10-LQ21, se realizarán desde la resolución aprobatoria de contrato; reservándose, el Hospital el derecho de requerir una menor cantidad, para el periodo indicado; según las necesidades del HGGB, y teniendo siempre como tope máximo, los estipulados en las presentes bases.
25. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
26. DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
B - BASES TÉCNICAS
1. Objetivo del Servicio 1. Entregar atención oportuna, personalizada y de calidad a usuarios que cursan con infecciones respiratorias agudas y presentan enfermedades respiratorias crónicas, pertenecientes a la unidad de Broncopulmonar del HGGB, contribuyendo a disminuir complicaciones y mortalidad prematura, como también a la mejoría de la calidad de vida de éstos. 2. Entregar atención oportuna, personalizada y de calidad a pacientes de la Unidad de Cuidados paliativos Oncológicos, que cursan con diagnóstico confirmado de cáncer, ya sea progresivo o no progresivo, que presentan síntomas de disnea. 2. Objetivos Específicos 1. Contribuir a mejorar la calidad de vida relacionada a salud de los pacientes seleccionados con oxigenoterapia domiciliaria y lograr reintegrarlos en el núcleo familiar, actividades escolares y laborales. 2. Proveer un servicio en domicilio de oxigenoterapia domiciliaria en pacientes con estabilidad clínica, que cumplan con los criterios médicos y la evaluación social requerida para un manejo eficiente y seguro. 3. Liberar recursos de cama, especialmente camas críticas para el manejo de pacientes agudos. 3. Descripción del Programa El programa provee de oxígeno a los usuarios que cumplen criterios de inclusión, la indicación es de responsabilidad del médico broncopulmonar o del médico oncólogo, encargados del programa. El objetivo es suministrar oxígeno a pacientes pertenecientes a FONASA, con insuficiencia respiratoria crónica en donde determine un beneficio clínico objetivable. 4. Antecedentes generales Cuidados paliativos Los cuidados paliativos son los cuidados para mejorar la calidad de vida de los pacientes que tienen una enfermedad grave o que pone la vida en peligro, como el cáncer. Los cuidados paliativos son un planteamiento de los cuidados que responde a la persona en su totalidad, no solo a su enfermedad. El objetivo de los cuidados paliativos es evitar o tratar, lo más pronto posible, los síntomas y los efectos secundarios de una enfermedad y de su tratamiento, y los problemas psicológicos, sociales y espirituales correspondientes. Los cuidados paliativos se llaman también cuidado de alivio, cuidados médicos de apoyo y control de síntomas control de síntomas. Los pacientes pueden recibir cuidados paliativos en el hospital, en una clínica ambulatoria, en un establecimiento de cuidados a largo plazo o en casa bajo la dirección de un médico. Disnea La disnea es la dificultad respiratoria o falta de aire. Es una sensación subjetiva y por lo tanto de difícil definición. La dificultad respiratoria es una afección que involucra una sensación de dificultad o incomodidad al respirar o la sensación de no estar recibiendo suficiente aire. La disnea es uno de los síntomas que genera mayor impacto en el paciente en fase avanzada del cáncer, así como en su familia y en el equipo tratante. Ventilación mecánica La ventilación mecánica no invasiva es un soporte ventilatorio que se proporciona a un paciente a través de equipos generadores de flujo con entrega de presión positiva en la vía aérea en modalidad CPAP (Presión continua en la vía aérea) o presión diferencial en 2 niveles BIPAP (Presión de dos niveles en la vía aérea) por medio de interfaces como mascarillas nasales y/o nasobucales. Está destinada a disminuir la carga de trabajo o a complementar la función ventilatoria en pacientes con falla de bomba respiratoria y/o Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño (SAOS). 5. Características del servicio La prestación deberá incluir al menos dos fuentes de administración de oxígeno de uso flexible, de acuerdo al paciente, considerando: Edad, patología base, necesidad de desplazamiento y consumo de oxígeno. Para desplazamientos se usará el balón tipo E, con un respaldo de 4 cargas al mes en promedio. Existen algunos pacientes que requerirán más de 4 cargas/mes para el balón tipo E, debido a la diversidad de controles a los que deben asistir, estos casos serán justificados con la firma de los especialistas respectivos. 5.1. Indicación Médica El médico tratante deberá emitir receta con las indicaciones para cada paciente nuevo que entre al programa de oxigenoterapia domiciliaria, donde debe indicar: • Dosificación que contempla Flujo (litros/minuto) • Tiempo de utilización: permanente o parcial expresado en horas. • Uso de Cánula Nasal (bigotera) o Mascarilla Simple. • El uso de concentrador • El uso de balón de transporte 5.2. Tipo de requerimiento: • Instalación de oxigeno domiciliario para usuario Nuevo • Usuario Nuevo con requerimiento Urgente • Recarga de Cilindro de 10 m3 • Recarga de Cilindro Urgente • Recarga de Cilindro de Traslado de 0,7 m3 • Revisión técnica de equipo de oxigenoterapia • Oximetría Nocturna Domiciliaria 5.3. Indicación de Equipo • Cilindro de 10 m3 • Concentrador 1-5 lts/min • Concentrador 1-10 lts/min • Oxígeno Líquido Adulto- Pediátrico 5.4. Cilindro de oxígeno gaseoso medicinal • Se entregará en cilindros de 10 m3, con válvula reguladora y manómetro con flujómetro graduado que permita administrar oxígeno desde 0,1 o 0,125 Litros/minuto a 3 Litros/minuto. • Se deberá entregar con humidificador, mangueras extensoras, cánulas nasales y/o máscara para administrar oxígeno (se deberá entregar material nuevo y desechable por cada paciente). 5.5. Concentrador de Oxígeno Equipo eléctrico que funciona a 220 V, que deberá constar de un regulador de flujo con control de horas de uso y sistema de movilidad o transporte en el domicilio del paciente. Deberá ser silencioso, con nivel sonoro de 40 Db como máximo. Deberá poseer alarma visual y sonora ante eventuales fallas de funcionamiento. Se deberá entregar con el material desechable: vaso humidificador, mangueras de extensión, cánulas nasales y/o máscara para administrar el oxígeno según corresponda (se deberá entregar material nuevo y desechable por cada paciente). 5.6. Plazos • Usuarios nuevos El oferente tendrá un plazo máximo de entrega e instalación del respectivo equipo de oxigenoterapia 48 horas cumplidas post solicitud enviada por correo electrónico. Incluyendo sábados, domingos y festivos. • Usuarios con requerimiento urgente El oferente tendrá un plazo máximo de entrega e instalación del respectivo requerimiento 24 horas cumplidas post solicitud enviada por correo electrónico o llamado telefónico. Incluyendo sábados, domingos y festivos. • Recarga de cilindro El oferente tendrá un plazo máximo de entrega de recarga de oxigeno de 6 horas post solicitud enviada por correo electrónico o llamado telefónico. Incluyendo sábados, domingos y festivos. • Servicio técnico permanente Ante necesidades de recambio de fuente de oxígeno o de sustitución de equipos por fallas de funcionamiento, sin cargo adicional, proporcionando de esta manera asistencia técnica durante las 24 horas, de los 365 días del año. El tiempo crítico de respuesta no debe ser superior a 4 horas. • Cilindro de respaldo En el caso de los usuarios con concentrador, se les deberá instalar un cilindro de 10 m3 con sus respectivos insumos para eventuales cortes de energía eléctrica y cilindro tipo E con carro para traslado. • Visitas mensuales El adjudicatario realizará visitas mensuales para el control preventivo de cada equipo, donde se verificará la concentración de oxígeno entregada por el concentrador para cada flujo. Por cada visita, el contratista entregará un comprobante al usuario del oxígeno. • Educación de los pacientes y sus familias El adjudicatario deberá entregar educación sobre utilización, higiene, cuidados y consignas de seguridad de los equipos instalados en el domicilio, con entrega de manual de instrucciones. • Transporte e instalación El transporte e instalación de equipos en y hacia el domicilio del paciente debe ser en vehículos especialmente adaptados y equipados para este propósito (traslado de gases envasados a alta presión) con personal capacitado y debidamente calificado. Dicho transporte debe ser exclusivo para este tipo de servicios y la entrega debe hacerse en condiciones óptimas de presentación e higiene. La instalación de los cilindros y concentradores debe realizarla el personal capacitado de la empresa. Los cilindros deben tener un mecanismo de fijación en la pared que permita una utilización segura del equipo por parte de los usuarios. En el caso de los concentradores de oxígeno, el personal de la empresa adjudicataria deberá hacer una evaluación de la seguridad de la instalación eléctrica y hacer las pruebas pertinentes para el caso. • Suministro Cilindros con tapas de transporte, precintados (el precinto debe destruirse en presencia del paciente o familiar a cargo del paciente) y con la etiqueta de calidad correspondiente.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.