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REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS |
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11.1 GENERALIDADES
11.1.1 Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Resolución Aprueba Contrato y el Contrato respectivo, que serán Publicadas en el Portal mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.
11.2 DEFINICIONES
• Director: Don Carlos Capurro Dupré.
• Subdirector Médico: Don Boris Oportus Ortiz.
• Subdirector Administrativo: Don Sergio Osorio Lisperguer.
• Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción.
• Licitante: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción.
• Unidad Técnica: Jefe del Servicio de Odontología y Maxilofacial.
11.3 UNIDAD TÉCNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción.
11.4.- DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Hospital sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional Guillermo Grant Benavente a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
11.5 DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases.
Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación.
El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
11.6 INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.
Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación.
11.7 MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
11.8 MODALIDAD DE PAGO
La forma de pago del, ID: 1667-31-LP20 se efectuará mediante estados de pago mensuales, desde la emisión de la factura, que no superen los 30 días, considerando previamente los informes y recepciones conformes emitidos por el mandante o quien este designe validados por Jefe del Servicio de Odontología y Maxilofacial o quién lo subrogue o sea el encargado de su control.
1.- La empresa deberá facturar a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, R.U.T: 61.602.189-3; Dirección San Martin 1436, Concepción.
2.- Para los efectos del pago de los servicios, será requisito obligatorio que la empresa presente mensualmente junto a la factura los siguientes documentos:
• Listado valorizado de pacientes que recibieron sus prótesis terminadas, correspondiente al mes de prestación de los servicios. Posteriormente, este listado será validado por Jefe de Servicio de Odontología y Odontólogo responsable del programa, gestión de validación la realizará Unidad de Compra de Servicios.
• Ordenes de trabajo de cada paciente, las cuales deben ser entregada de forma oportuna para no retrasar proceso de revisión y pago.
• Orden de Compra respectiva.
3.- Para dar cumplimiento al sistema de pago en los plazos estimados y que las facturas puedan ingresar al sistema de pago de la Tesorería General de la República, se debe añadir la casilla dipresrecepcion@custodium.com en su sistema informático de facturación.
Además, si corresponde, deberá enviar los respaldos originales concerniente a la prestación realizada, directamente a la Unidad de Compras de Servicios, dirección Calle San Martin 1436 (Zócalo) Concepción, y al e-mail secrecompraservicio@ssconcepcion.cl.
Revisados los antecedentes, se adjuntarán a la Factura emitida, la cual deberá indicar número de Orden de Compra y detalle del servicio adquirido.
4.- Todo lo anterior, es con el fin de resguardar el tiempo de pago y que no existan retrasos innecesarios en este proceso.
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción conforme, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el apoderado común señalado en el formulario N°9, quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
11.9 DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
11.10 DEL INCUMPLIMIENTO Y SUS SANCIONES
Objetivo
Resguardar el adecuado funcionamiento del convenio vigente, definiendo los procedimientos que se aplicarán cuando exista causal para el cobro de multas por incumplimiento del contrato.
Desarrollo denominada SERVICIO DE CONFECCIÓN DE PRÓTESIS DENTALES REMOVIBLES PARA LOS PACIENTES DEL HGGB POR UN PERIODO DE VEINTICUATRO MESES, ID: 1667-31-LP20, contraído por el Hospital Regional Dr. Guillermo Grant Benavente de Concepción y empresa contratista se ha dispuesto que el Jefe de Servicio de Odontología y Maxilofacial o quién lo subrogue de este Establecimiento sea el encargado de su control.
11.10.1 MULTAS: El incumplimiento de las presentes bases se sancionará con la aplicación de las siguientes multas, en los siguientes casos:
Multas Gravísimas:
El hospital cobrará una multa del 50% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del Servicio de Odontología y Maxilofacial:
• Rechazo por parte de proveedor de realizar trabajos asignados. La multa es por cada solicitud rechazada.
En el caso que estos incumplimientos se repitan en 2 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas.
Multas Graves:
El hospital cobrará una multa de 30% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del Servicio de Odontología y Maxilofacial:
• En el caso que el proveedor no entregue de forma oportuna el o los trabajos encomendados, es decir, en el tiempo y condiciones pactados con los odontólogos del HGGB (5 días hábiles), lo que afecte y retrase el tratamiento del paciente.
La multa aumentará en un 5% por cada día de retraso, con un tope de 4 días.
En el caso que estos incumplimientos se repitan en 3 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas.
Multas Leves:
El hospital cobrará una multa de 20% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del Servicio de Odontología y Maxilofacial:
• Errores en la confección del producto, que afecte el tratamiento del paciente. El cobro de multa no exime a proveedor de hacerse cargo de las reposiciones de artículos devueltos por defectuosos o por no corresponder a lo requerido, dentro del plazo PRUDENTE de 5 días, sin costo adicional y sin ocasionar contratiempos para los pacientes, ni para el Hospital.
En el caso que estos incumplimientos se repitan en 4 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas.
En los casos anteriores y/o por toda falta que sea imputable al oferente y que el HGGB se vea obligado como Institución a comprar este mismo Servicio a un Tercero ajeno a este Contrato, el adjudicatario deberá responder por los gastos emanados de estos servicios y demás perjuicios que pudieren resultar por motivo de la suspensión de prestaciones programadas.
Cabe señalar que las multas no pueden exceder el 50% del contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorgue las presentes bases y la ley de compras públicas.
11.11 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
a) En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere.
b) Tratándose de multa, además se informará su monto.
c) A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos).
d) Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa.
e) Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda.
f) En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.
g) Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Anexo N° 5 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.
h) Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En el caso de que dos o más empresas se encuentren en una situación de empate en la evaluación de ofertas se considerará el criterio de precio para decidir la empresa que se adjudicará la licitación, de persistir el empate se adjudicará a aquella empresa que presente mayor puntaje en el criterio Experiencia, de seguir el empate se considerará el criterio inclusividad. Si a pesar de lo anterior, continúa la igualdad, se efectuara un nuevo proceso licitatorio.
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN. |
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Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del foro, en la plataforma de mercado público
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DETALLE DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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PRECIO 60%
Puntaje se obtendrá, de la siguiente fórmula:
X= (Precio mínimo ofertado /Precio evaluado) *100*60%
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA 5%
• Adjunta todos los documentos administrativos formales al momento de ofertar: 5%
• Adjunta todos los documentos administrativos formales, pero solicitando lo faltante a través de aclaración de oferta en el plazo de 48 horas: 0%
• Si no adjunta documentos administrativos formales, ni al momento de ofertar ni subsanando lo pendiente a través del Portal, en el plazo establecido (Se declara inadmisible).
*Se evaluará según lo informado en Anexo N°8.
TIEMPO DE ENTREGA 15%
Entrega del Servicio finalizado, contado desde la fecha de solicitud estipulada en la orden de trabajo por parte de Odontólogo:
• Entrega en 5 días hábiles o menos: 15%
• Entrega entre 6 y 7 días hábiles: 5%
• Más de 7 días hábiles: 0%.
• No presenta información: 0%
EXPERIENCIA 15%
Se evaluará según listado de clientes del ámbito público o privado en área de Ortodoncia, los últimos 5 años:
• Mayor cantidad de clientes (que en conjunto sumen 24 meses o más de experiencia): 10%
• Mayor cantidad de clientes (que en conjunto sumen menos de 24 meses de experiencia): 0%
• Sin experiencia o no presenta antecedentes: 0%
*Se evaluará según lo informado en Anexo N°3
INCLUSIVIDAD 5%
Se entregará 5% a quienes acrediten mediante certificado y/o credencial que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con alguna ascendencia de etnia indígena (credencial CONADI), o con algún grado de discapacidad (credencial SENADIS). Se debe adjuntar contrato vigente que acredite vínculo laboral, el cual debe tener una vigencia mínima de 12 meses.
• Cumple y acredita: 5%
• No cumple y/o no acredita: 0%.
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EVALUACIÓN TÉCNICA DE LOS ANTECEDENTES OFERTADOS |
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La Comisión de Evaluación Técnica y Administrativa de los Antecedentes Ofertados, estará compuesta por las siguientes personas o quienes los subroguen:
- Jefe Servicio Odontología y Maxilofacial (s)
- Odontólogo responsable programa
- Jefe Finanzas
En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue.
Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Cabe señalar, que los integrantes de la Comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, esta comisión estará compuesta de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos al organismo respectivo, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
Los integrantes de las comisiones evaluadoras, deberán ceñirse al principio de probidad administrativa, plasmado en el decreto con fuerza de ley 1-19653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la LEY N°18.575, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, que en su 52 inciso segundo define ‘‘El principio de probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular’’ en conformidad a la , al inciso cinco del art. 37 del decreto 250/2004 DEL REGLAMENTO DE LA LEY N°19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ‘‘Los miembros de la comisión evaluadora, si existiera, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad a la normativa vigente al momento de la evaluación’’ y N°7 del art. 4 de la Ley N°20.730 que regula EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS, ‘‘Art. 4°.- Son también sujetos pasivos de esta ley, aquellas autoridades y funcionarios que se indican a continuación: …7) .... Asimismo, se considerarán sujetos pasivos de esta ley los integrantes de las comisiones evaluadoras formadas en el marco de la ley 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren comisiones. …’’ . Por consiguiente los miembros de las comisiones evaluadoras, si las hubiese, deberán ceñirse al principio de probidad pública, sin tener conflicto de intereses con los oferentes y reconociéndose como sujetos pasivos a la hora de integrar comisiones evaluadoras en un proceso que involucre la gestión de contratos administrativos de suministros y prestación de servicios.
Transcurrido el plazo que se establezca para la evaluación de la propuesta, la comisión de evaluación, emitirá un informe completo de evaluación, conforme a los criterios de evaluación respectivos, proponiendo al Director, la adjudicación más conveniente a los intereses del Hospital.
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DE LA ADJUDICACIÓN |
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16.1. DE LA ADJUDICACIÓN
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente, adjudicará bajo la modalidad de adjudicación simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.
La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar.
c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 4 y 20.
d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN. |
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Las consultas, observaciones y/o reclamos generados producto de la adjudicación deberán realizarse a través del portal Mercado público dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución Adjudicataria. Fuera de dicho plazo, el reclamo se entenderá desestimado. Presentado el reclamo será la comisión evaluadora la que elaborará y publicará en el sistema de información la respectiva respuesta dentro de un plazo de 3 días hábiles contados desde la presentación del reclamo en el portal
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AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS |
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Al momento de la adjudicación, el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. FORMULA: Cantidad requeridas por ítem x 0.3 del total de cantidades por ítem.
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RESOLUCION DE LA PROPUESTA |
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a) El Director del HGGB, teniendo a la vista todos los antecedentes de la licitación, resolverá, mediante Resolución fundada, adjudicar o desestimar la licitación.
b) Posteriormente dicha unidad técnica redactará el respectivo contrato y la resolución que apruebe el mismo.
c) Una vez tramitado, la Unidad Técnica emitirá la Orden de Compra vía Portal e interna.
d) Se subirán los siguientes documentos a la ID correspondiente:
- Acta de Adjudicación con Informe de Evaluación
- Certificado de Disponibilidad Presupuestaria
- Resolución de Adjudicación
- Contrato
- Resolución Aprobatoria del Contrato
e) Se entenderá notificada la resolución de adjudicación al oferente, una vez que sea publicada a través del Portal Mercado Público.
f) Si el Proveedor desiste de dar cumplimiento al servicio adjudicado, o no acepta la orden de compra, el Mandante podrá pedir su rechazo y licitar nuevamente.
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DEL CONTRATO |
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1. Una vez adjudicada la propuesta; se elaborará el contrato, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta, debiendo ser firmado por proveedor.
2. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 40 días siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 30 días adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 30 días más.
3. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
4. El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la Resolución aprobatoria de contrato, acto que permitirá el envío de la orden de compra.
5. Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario. En consecuencia, el Hospital no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales u otros, vinculados al Contrato, y a los actos que de él se deriven.
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DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
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21.1. DE LAS MODIFICACIONES:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento).
21.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
El HGGB, debe declarar, administrativamente, el término del contrato, por alguna de siguientes causales:
1) Por resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes.
1.a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
1.b) Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban el resto de las condiciones de la resciliación.
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3) Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia. A menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4) En el caso que los siguientes incumplimientos sean reiterativos:
Multas Gravísimas:
El hospital cobrará una multa del 50% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del Servicio de Odontología y Maxilofacial:
• Rechazo por parte de proveedor de realizar trabajos asignados. La multa es por cada solicitud rechazada.
En el caso que estos incumplimientos se repitan en 2 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas.
Multas Graves:
El hospital cobrará una multa de 30% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del Servicio de Odontología y Maxilofacial:
• En el caso que el proveedor no entregue de forma oportuna el o los trabajos encomendados, es decir, en el tiempo y condiciones pactados con los odontólogos del HGGB (5 días hábiles), lo que afecte y retrase el tratamiento del paciente.
• La multa aumentará en un 5% por cada día de retraso, con un tope de 4 días.
En el caso que estos incumplimientos se repitan en 3 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas.
Multas Leves:
El hospital cobrará una multa de 20% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del Servicio de Odontología y Maxilofacial:
• Errores en la confección del producto, que afecte el tratamiento del paciente. El cobro de multa no exime a proveedor de hacerse cargo de las reposiciones de artículos devueltos por defectuosos o por no corresponder a lo requerido, dentro del plazo PRUDENTE de 5 días, sin costo adicional y sin ocasionar contratiempos para los pacientes, ni para el Hospital.
En el caso que estos incumplimientos se repitan en 4 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas.
En los casos anteriores y/o por toda falta que sea imputable al oferente y que el HGGB se vea obligado como Institución a comprar este mismo Servicio a un Tercero ajeno a este Contrato, el adjudicatario deberá responder por los gastos emanados de estos servicios y demás perjuicios que pudieren resultar por motivo de la suspensión de prestaciones programadas.
Cabe señalar que las multas no pueden exceder el 50% del contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorgue las presentes bases y la ley de compras públicas.
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PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: |
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En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 2 a 4, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado.
A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen.
Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.
En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 1 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
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MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION |
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1. El HGGB, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
2. En caso de modificación, el HGGB deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
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DEL CONSUMO |
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La cantidad del SERVICIO DE CONFECCIÓN DE PRÓTESIS DENTALES REMOVIBLES PARA LOS PACIENTES DEL HGGB POR UN PERIODO DE VEINTICUATRO MESES ID: 1667-31-LP20, se realizarán por un periodo de veinticuatro meses; reservándose, el Hospital el derecho de requerir una menor cantidad, para el periodo indicado; según las necesidades del HGGB y teniendo siempre como tope máximo, los estipulados en las presentes bases.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD |
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El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
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BASES TÉCNICAS |
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CARACTERISTICAS PRINCIPALES DE LAS PRESTACIONES DE SALUD A OTORGAR POR EL OFERENTE Y CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN DETALLES GENERALES DE LO REQUERIDO
Las peticiones de las Prótesis SERÁN ENTREGADAS en Servicio de Odontología del HGGB, siendo de total responsabilidad de El Proveedor, el oportuno retiro y entrega de los mismos, utilizando los mecanismos administrativos que el Establecimiento señale. Estas acciones, el retiro y entrega, se harán en el Servicio dental y en horario a convenir.
El transporte, de los trabajos deberá realizarse en óptimas condiciones de higiene, tanto de los elementos que se utilizan, como de las personas que intervienen en dichas acciones.
El Proveedor debe considerar el retiro de los modelos desde el HGGB, el cual podrá ser mediante transporte propio o una empresa de transporte a su elección, considerando que es de su responsabilidad los costos y oportunidad en el retiro y la entrega. Los retiros y las entregas podrán ser al menos una vez por semana. Cada retiro y entrega se hará con la presentación de una Orden de Trabajo y Recepción conforme respectivamente, en la que se dejará constancia del nombre y firma de la persona que entrega y recibe. Documentos que posteriormente, serán soporte de la boleta o factura emitida por El Proveedor, para su pago.
El Proveedor se debe hacer cargo de las reposiciones de artículos devueltos por defectuosos o por no corresponder a lo requerido, dentro del plazo PRUDENTE de 5 días, sin costo adicional y sin ocasionar contratiempos para los pacientes, ni para el Hospital.
Corresponderá a la Dirección del Hospital, a través de la Jefatura del Servicio de Odontología y Maxilofacial, velar por el adecuado funcionamiento de los servicios que otorga El Proveedor, como así mismo fiscalizar la calidad y procedimientos técnicos, para tal efecto existirá una contraparte técnica o coordinación del contrato designado por la Dirección del Establecimiento, pudiendo ser la Jefatura del Servicio de Odontología y Maxilofacial o el profesional que designe para el efecto, quien supervisará los aspectos técnicos y administrativos del contrato.
Si en el acto de recepción del producto terminado, la coordinación comprobare, que estos no cumplen con las características de calidad e higiene ya indicados, se procederá a la devolución a que haya lugar, siendo de responsabilidad del Proveedor solucionar el problema.
Todas las herramientas, aparatos o equipos, como el personal técnico necesario para la ejecución de los aparatos de ortodoncia serán de exclusivo cargo de El Proveedor sin costo alguno para el Servicio de Salud ni para el HGGB.
El contacto del Laboratorio deberá mantener una comunicación constante con la coordinación del contrato con el fin de solucionar cualquier inconveniente que presenten los trabajos.
Requisitos necesarios de los oferentes:
- Laboratorio dental o Laboratorista dedicado al área de prótesis removibles.
Deseable experiencia en el sector público de salud ya sea mediante contratación o prestación de servicios.
Para el caso de Proveedores que no tengan domicilio en Concepción, se les exigirá mantener un domicilio en la ciudad dotado de personal suficiente para la ejecución de la presente licitación.
DE LA SEGURIDAD DEL PACIENTE
La Empresa Adjudicataria se compromete a resguardar en todo momento la Seguridad e Integridad del paciente del Hosp. Regional Gmo. Grant Benavente, asegurándole en todo momento un trato Digno, Oportuno y de Calidad. Procurando manejar los mismos o más criterios de calidad en la atención de los pacientes, por parte del personal no médico. Por lo que el oferente que adjudique, en caso el de negligencia, acción u omisión que atenten contra el paciente serán responsables solidariamente con el HGGB.
DE LOS PARTICIPANTES Y CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN
• El o los adjudicados deben presentar domicilio en Concepción, en donde se realizarán las intervenciones y deben encontrarse dotado de personal suficiente para la ejecución de la presente licitación.
• En el caso de que una persona o sociedad se adjudique la Licitación, será necesario que esta se encuentre inscrita en Chile proveedores y en el Registro de Personas Jurídicas receptoras de fondos públicos.
• En la contratación de sociedades médicas, en que formen parte funcionarios de la entidad que requiere la prestación de servicios contratada; procede siempre que tales profesionales no se encuentren afectos a algunas de las inhabilidades contempladas en el artículo 54 de la ley N° 18.575, de bases Generales de la Administración del Estado.
• El adjudicatario será jurídicamente responsable del manejo y de la administración de las prestaciones de salud que asume por este contrato.
• Los registros del proceso de atención de los pacientes, deben cumplir las normas de calidad según los estándares habituales del Hospital Guillermo Grant Benavente.
DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
B.- BASES TÉCNICAS
ANTECEDENTES:
Una prótesis dental, es un elemento artificial destinado a restaurar la anatomía de una o varias piezas dentarias, restaurando también la relación entre los maxilares, a la vez que devuelve la dimensión vertical, y repone tanto la dentición natural como las estructuras periodontales.
El encargado de elaborar y fabricar estos aparatos o elementos artificiales, es el Técnico Laboratorista dental quien realiza su trabajo en un laboratorio dental recibiendo las indicaciones del odontólogo, que trabaja en clínica.
Los objetivos específicos son:
Funcionalidad
Tal vez sea el objetivo de mayor importancia en una prótesis, puesto que recuperar la funcionalidad de una boca es lo básico para el bienestar del paciente, y es lo primero, aunque no lo único, que ha de lograrse. Las funciones de la boca que ante todo se deben recuperar son: primero una masticación eficaz (eficiente trituración de los alimentos), sin que la prótesis interfiera en la deglución, puesto que ambas funciones influyen directamente en algo tan fundamental como lo es la alimentación, y segundo una fonética adecuada que permita al paciente una correcta comunicación, sin que la prótesis interfiera en ella, sino todo lo contrario, que la posibilite. Además de esto, obviamente debe tenerse en cuenta que las prótesis no deben interferir en la respiración.
Para lograr la funcionalidad de la prótesis, se deben tener en cuenta 3 factores:
Retención
Toda prótesis, sea del tipo que sea, debe tener un sistema de retención eficiente, es decir, que la restauración se mantenga sujeta en la boca y no se caiga o salga de su posición, ya que de no ser así la masticación, deglución y fonética, se verán afectadas e incluso imposibilitadas.
En una prótesis removible metálica, la disposición de los ganchos metálicos, así como la eficacia de los mismos, debe ser la adecuada, puesto que básicamente la retención de la prótesis será producida por los mismos.
Si la prótesis es mixta, el atache deberá funcionar correctamente, pues es este el que facilita la retención.
Soporte
El soporte de las prótesis, es decir las estructuras de la boca (dientes y periodonto) que soportarán las prótesis, deberán ser cuidadosamente escogidas, ya que tanto la estabilidad como la retención, dependerá en parte de un buen soporte. Debe tenerse en cuenta las fuerzas oclusales para que el soporte sea, dentro de lo posible, el más amplio y mejor repartido en boca.
Las prótesis de bases metálicas son:
Dentomucosoportadas:
Aquellas que combinan los dos tipos de soportes anteriormente mencionados, es decir, se soportan tanto en los dientes remanentes del paciente como en el proceso alveolar.
Estabilidad
La estabilidad de una prótesis es fundamental, ya que una prótesis inestable (que "baila" en la boca), entre otras cosas se balanceará al morder por uno u otro lado, por lo que no es una prótesis funcional ya que dificulta la masticación y la fonética, además de ser ya de por sí incómoda en boca. La estabilidad deberá ser observada mientras se buscan el soporte y la retención más adecuadas, para lograr que los tres principios fundamentales estén interrelacionados y conseguidos equilibradamente.
Tanto la unidad de retención, como de soporte o estabilidad contrarrestan el movimiento protésico atento a las diferentes fuerzas que actúan sobre el aparato protésico y, de no estar correctamente diseñado, inevitablemente desplazarían al aparato de su inserción.
Por lo que, además de los factores expuestos anteriormente, deberíamos agregar un cuarto:
Fijación
La Fijación no depende del aparato protésico, sino del terreno de soporte. En la prótesis parcial removible de base metálica estará dada por la relación de inserción periodontal de las piezas pilares con respecto a la corona clínica del mismo.
Salud
La sola funcionalidad de la prótesis ya significa calidad de vida y por tanto salud para el paciente, pero además de esto, otro objetivo fundamental es evitar que el resto de las estructuras dentarias del aparato masticador sufran deterioros, puesto que las prótesis reparan incluso la dimensión vertical de la boca, evitando así mal posiciones articulares que tendrían efectos muy dispares. Cuando una boca carece de la totalidad o parcialidad de las piezas dentarias, las diferentes estructuras que componen dicha cavidad oral se van adaptando a la nueva situación, lo que producirá posibles situaciones inadecuadas para la salud de los dientes o para la salud oral en general. Las prótesis dentales deben tener en cuenta las fuerzas oclusales o masticatorias, que son las presiones que se realizan durante la masticación de alimentos, para que esta presión esté repartida y equilibrada, evitando así el sufrimiento mecánico de la boca y futuros problemas desencadenados.
Estética
Tal vez podría decirse que en la sociedad actual, como en tiempos pasados, la estética se busca por necesidad y por ello, ya sea una necesidad impuesta o autoimpuesta, la estética y buena apariencia, se convertirá en otro objetivo más para las prótesis. La belleza es algo cultural, un concepto abstracto y subjetivo, por ello tal vez no siempre el paciente tendrá el mismo criterio de 'prótesis estética' con respecto al de los profesionales sanitarios. Cuando se habla de estética en este campo, puede aparecer el error de relacionar lo mejor y más bello con lo más perfecto, dentaduras blancas, dientes alineados a la perfección y sin ningún tipo de desgaste, etc., no obstante, el objetivo protésico será conseguir una dentadura de aspecto estético, pero no tan perfecto como sí natural, teniendo en cuenta la edad del paciente, sexo del paciente, morfología facial del paciente, tamaño de la cara y la propia dentadura del paciente. Los dientes deberán colocarse del mismo color y forma que las piezas naturales, sobre todo si el paciente conserva parcialmente su dentadura. Estéticamente, una dentadura completa y sana es importante, sin embargo, las prótesis no se limitan a restaurar las dentaduras, sino que también restauran la dimensión vertical de la boca y el aspecto global de la cara.
A la hora de confeccionar una prótesis de base metálica se deberá considerar la ubicación de los retenedores cautelando la estética del paciente.
Las prótesis removibles metálicas, también conocidas como esqueléticas, son prótesis parciales dentomucosoportadas. Es decir, se sujetan tanto en los dientes como en la mucosa, y se realizan cuando el paciente aún conserva algunos de sus dientes naturales. Estas prótesis son removibles, o lo que es lo mismo, pueden ser extraídas y colocadas por el paciente.
Se hacen mediante una estructura metálica colada (que puede ser de diferentes aleaciones, tanto nobles como no nobles) a partir de un patrón de cera realizado manualmente, y con el uso de preformas, sobre los modelos de revestimiento. Los dientes y reconstrucciones de la encía son de resina acrílica.
Las partes de las que se componen estas prótesis, son:
• Conector mayor o armadura o estructura metálica
• Conectores menores
• Retenedores
• Bases
• Apoyos oclusales
• Elementos estabilizadores y retenedores indirectos
Conector mayor
Es el elemento básico (metálico) de la prótesis al cual van unidos el resto de componentes. Debe tener una rigidez adecuada para una efectiva distribución de las fuerzas producidas durante la masticación. Debe cumplir los siguientes requisitos:
• Rigidez
• Respeto al soporte osteo-mucoso
• Comodidad para el paciente
Según el tipo de diseño que realicemos, observamos:
Conectores mayores del maxilar superior
• Plancha palatina de recubrimiento total
• Placa en forma de U, en herradura o galapago
• Placa palatina única o plancha palatina media
• Placa palatina anterior y posterior
• Barra palatina
• Doble barra palatina
Conectores mayores mandibulares
Los conectores mayores mandibulares se clasifican en:
• Linguales:
o Barra lingual; 1,6 mm, 3-4 mm del reborde gingival
o Doble barra lingual
o Placa lingual
o Placa cingular
• Labiales:
o Barra labial
• Mixtos:
o Swing-Look
Conector menor
Es un elemento metálico que sirve de unión entre el conector mayor y otros elementos de la prótesis (como pueden ser retenedores y apoyos). Deben ser muy rígidos, reforzados y adaptados a los espacios interdentarios que previamente deben ser preparados en la boca. Sus principales funciones son las siguientes: - unen las partes de una prótesis parcial al conector mayor; - transfieren las cargas funcionales recibidas a los dientes pilares en que se apoyan; - transmiten las fuerzas aplicadas a cualquiera de los elementos de las prótesis parciales removible, al conector mayor y a los tejidos blandos que los rodean.
Retenedores o ganchos
Los retenedores de las prótesis removibles metálicas, son retenedores por prensión, que retienen a las prótesis en la boca aplicando su acción sobre el contorno del diente. Se construyen y se cuelan al mismo tiempo que el resto de la estructura metálica.
Constan de un brazo retentivo, que es la parte activa del retenedor, debiendo ser flexible y situándose apoyado sobre el esmalte por debajo de la línea de máximo contorno. El brazo recíproco, rígido, es el que se opone a la fuerza ejercida por el brazo flexible sobre el diente pilar.
Los retenedores o ganchos pueden ser Supraretentivos o Infraretentivos.
Los Suprarententivos son los que llegan a la zona retentiva desde oclusal.
Los Infraretentivos son los que llegan a la zona retentiva desde cervical.
Según el punto de unión con la estructura de la prótesis, distinguimos:
Retenedores de unión proximal
• Retenedor de Ackers
• Retenedor en horquilla
• Retenedor simple de brazo único
• Retenedor en anillo
Retenedores de unión lingual
• Retenedor de Nally Martinet
• Retenedor de Bonwil
Retenedores de barra (o con brazo accesorio)
• Retenedor en T y en Y
• Retenedor en I
• Retenedor del sistema RPI
Apoyos oclusales
Son apoyos todo elemento de la prótesis removible metálica que descanse sobre una superficie dental, y sirva para dar soporte vertical a dichas prótesis. Previene el hundimiento de la prótesis (enclavamiento), evitando así daños sobre mucosa y encía. La otra función importante de los apoyos es la distribución, hacia los dientes pilares, de las fuerzas recibidas durante la masticación. Además de eso, los apoyos deben ser realizados por mesial de los premolares y molares, y cuando se colocan sobre los dientes del grupo anterior se realizan en los cíngulos. En cuanto a su forma, pueden ser triangulares en los dientes del sector o grupo posterior, y en forma de "dedo" o "techo de rancho" en los del sector anterior.
Bases o sillas
Son los componentes cuya principal función es servir de soporte a los dientes artificiales y a la resina estética en forma de encía. Estas bases transfieren las fuerzas oclusales a la mucosa y, por tanto, también a las estructuras orales que la soportan. Estas también son conocidas como topes hísticos, además son las únicas estructuras que pueden hacer contacto con el tejido gingival.
REQUISITOS DEL OFERENTE PARA BASES METÁLICAS DE CROMO COBALTO
• Profesional Técnico Laboratorista, con experiencia en la especialidad de Prótesis removible y confección de bases metálicas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases. Presentar Título Profesional y Currículum Vitae.
• El Laboratorio Dental debe cumplir con los requisitos establecidos por la autoridad sanitaria para su funcionamiento.
• El Laboratorio debe tener ubicación geográfica expedita, es decir, en el radio urbano de Concepción.
• Horario
• El oferente debe comprometer la entrega de los trabajos en un plazo máximo de 5 días hábiles. (Vaciado y recorte modelo primario, cubeta individual, confección modelo definitivo o secundario, bases metálicas, rodetes de registro, articulación y ordenación dentaria, terminación de prótesis y entrega en fecha solicitada por el profesional).
• Horarios flexibles y continuados. De Lunes a Sábado de 08 a 21 Hrs.
• Comunicación expedita vía telefónica.
• Ejecutar los siguientes procedimientos administrativos:
o Identificación del profesional que ordena la ejecución del trabajo.
o Identificación de los trabajos, con el nombre de los pacientes.
o Se dejará constancia del nombre y firma de quien entrega y recibe los trabajos.
• Facturar presentando un listado con el número de bases metálicas confeccionadas, nombre del profesional que imparte la orden y nombre del paciente para verificación.
Nº DE BASES METÁLICAS:
Abastecer la demanda generada de aparatos protésicos.
SUPERVISION Y CONTROL
La supervisión estará a cargo de los Odontólogos tratantes quienes evaluarán en clínica la calidad de los trabajos.
Los trabajos con deficiencias técnicas no se considerarán terminados hasta la corrección de las deficiencias.
Será causal de rescisión del contrato la frecuencia en el número de prótesis confeccionadas con deficiencias técnicas inexcusables (que incumpla alguno de los cinco puntos de la pauta de evaluación) en un porcentaje superior al 3% del número de bases metálicas totales licitadas, la no entrega oportuna de los trabajos para prueba en boca y la presentación de fracturas por el uso de metal reciclado.
Pauta de evaluación de bases metálicas de cromo-cobalto
Bases de cromo-cobalto Cumple SI / NO
Estabilidad
Retención
Contactos bilateral simultáneo
Retenedores en posición
Estética
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