Licitación ID: 1667-48-LR22
ARRIENDO DE PABELLON ESPECIALIDADES PACIENTES HGGB
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO, Compra de Servicios Clínicos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 114
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios quirúrgicos 100 Hora
Cod: 85121609
LINEA 1: Arriendo de Pabellón Quirúrgico por Hora para Neurocirugía. NO incluye Honorarios Médicos.  

2
Servicios quirúrgicos 100 Día
Cod: 85121609
LINEA 1: Cama básica (hospitalización Integral) pacientes Neurocirugía (según norma FONASA)  

3
Servicios quirúrgicos 150 Hora
Cod: 85121609
LINEA 1: Arriendo de Pabellón Quirúrgico por Hora para Cirugía General. NO incluye Honorarios Médicos.  

4
Servicios quirúrgicos 150 Día
Cod: 85121609
LINEA 1: Cama básica (hospitalización Integral) pacientes Cirugía General (según norma FONASA)  

5
Servicios quirúrgicos 100 Hora
Cod: 85121609
LINEA 1: Arriendo de Pabellón Quirúrgico por Hora para Cirugía Otorrino NO incluye Honorarios Médicos.  

6
Servicios quirúrgicos 100 Día
Cod: 85121609
LINEA 1: Cama básica (hospitalización Integral) pacientes Cirugía Otorrino (según norma FONASA)  

7
Servicios quirúrgicos 100 Hora
Cod: 85121609
LINEA 1: Arriendo de Pabellón Quirúrgico por Hora para Cirugía Urología NO incluye Honorarios Médicos  

8
Servicios quirúrgicos 100 Día
Cod: 85121609
LINEA 1: Cama básica (hospitalización Integral) pacientes Cirugía Urología (según norma FONASA)  

9
Servicios de ambulancia 500 Unidad
Cod: 92101902
LINEA 1: Servicio de Traslado de paciente en Ambulancia Básica desde el Centro Resolutor de la cirugía hasta el HGGB y del HGGB hasta el Centro Resolutor de la Cirugía  

10
Servicios quirúrgicos 100 Hora
Cod: 85121609
LINEA 2: Arriendo de Pabellón Quirúrgico por Hora para Neurocirugía. NO incluye Honorarios Médicos.  

11
Servicios quirúrgicos 100 Día
Cod: 85121609
LINEA 2:Cama básica (hospitalización Integral) pacientes Neurocirugía (según norma FONASA)  

12
Servicios quirúrgicos 150 Hora
Cod: 85121609
LINEA 2: Arriendo de Pabellón Quirúrgico por Hora para Cirugía General. NO incluye Honorarios Médicos.  

13
Servicios quirúrgicos 150 Día
Cod: 85121609
LINEA 2: Cama básica (hospitalización Integral) pacientes Cirugía General (según norma FONASA)  

14
Servicios quirúrgicos 100 Hora
Cod: 85121609
LINEA 2: Arriendo de Pabellón Quirúrgico por Hora para Cirugía Otorrino NO incluye Honorarios Médicos.  

15
Servicios quirúrgicos 100 Día
Cod: 85121609
LINEA 2: Cama básica (hospitalización Integral) pacientes Cirugía Otorrino (según norma FONASA)  

16
Servicios quirúrgicos 100 Hora
Cod: 85121609
LINEA 2: Arriendo de Pabellón Quirúrgico por Hora para Cirugía Urología NO incluye Honorarios Médicos  

17
Servicios quirúrgicos 100 Día
Cod: 85121609
LINEA 2: Cama básica (hospitalización Integral) pacientes Cirugía Urología (según norma FONASA)  

18
Servicios de ambulancia 500 Unidad
Cod: 92101902
LINEA 2: ervicio de Traslado de paciente en Ambulancia Básica desde el Centro Resolutor de la cirugía hasta el HGGB y del HGGB hasta el Centro Resolutor de la Cirugía  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE PABELLON ESPECIALIDADES PACIENTES HGGB
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de mantener un Convenio por el servicio de ARRIENDO DE PABELLON PARA ESPECIALIDADES PARA REDUCIR LISTA DE ESPERA GES Y PRESIDENCIAL. El convenio incluye Cama básica según norma FONASA y traslado de pacientes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Unidad de compra:
Compra de Servicios Clínicos
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
dte@bsale.cl
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-03-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 02-02-2023 16:22:02
Fecha inicio de preguntas: 03-02-2023 8:00:00
Fecha final de preguntas: 13-02-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-02-2023 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-03-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-03-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-03-2023 12:09:17
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta: • Anexo Nº1 Presentación de la Oferta Económica • Anexo Nº2 Disponibilidad de pabellones y sus características. • Anexo N°3 Disponibilidad de Cama Hospitalización Integral (básica) y sus características. • Anexo N°4 Disponibilidad de Ambulancia básica para traslado de pacientes (ida y vuelta). • Anexo Nº5 Presentación de Experiencia. • Anexo N°6 Identificación del Oferente. • Anexo N°7 Inclusividad. • Anexo N°8 Cláusula de proveedores de Bienes y Servicios. • Anexo N°9 Cumplimiento de Antecedentes Formales. • Formulario N°1 Declaración jurada sin conflicto de intereses (*) • Formulario N°2 Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo (**) • Formulario N°3 Declaración jurada de socios • Formulario N°4 Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores (*) • Formulario N°5 Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores (**) • Formulario N°6 Declaración jurada causales inhabilidad • Formulario N°7 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica • Formulario N°8 Declaración Simple de Conocimiento de Bases Administrativas y Técnicas. • Formulario N°9 Unión temporal de proveedores (Completar sólo si existe unión temporal de proveedores). (*)(**) Se completa uno o el otro.
Documentos Técnicos
1.- DOCUMENTOS TÉCNICOS 1. Acreditación en calidad como Prestador Institucional de Salud. 2. Disponibilidad de Pabellones con características indicadas. (Anexo N°2). 3. Disponibilidad de Cama Hospitalización Integral básica y sus características (Anexo N°3). 4. Disponibilidad de Ambulancia básica para traslado de pacientes, ida y vuelta (Anexo N°4). La no inclusión de cualquiera de estos antecedentes o la omisión de información en los anexos o formularios referidos, facultará al HGGB para excluir al oferente del proceso de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- DOCUMENTOS ECONÓMICOS 1. La presente licitación consta de 2 Líneas, esto con la finalidad de que cada línea sea adjudicada a un proveedor distinto, para que la derivación de los pacientes institucionales sea fluida y no se vea limitada a la capacidad diaria de un solo proveedor respecto a la disponibilidad de recursos (pabellones, camas y ambulancias). 2. El servicio principal, es el Arriendo de Pabellón equipado para cirugía por especialidades, los otros servicios requeridos (cama básica integral y traslados), quedan supeditados al servicio principal, ya que estos son necesarios y complementarios entre sí. Por lo tanto, el proveedor que se adjudique el servicio principal, debe obligatoriamente prestar los servicios secundarios y estos, en ningún caso, podrán ser adjudicados a un proveedor distinto, por los motivos señalados anteriormente. 3. La oferta económica debe indicar el VALOR TOTAL NETO, sin impuestos, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte. 4. Las prestaciones de la presente licitación son exentas de IVA. 5. Todo documento deberá ser entregado en idioma Español.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 1- Oferta Económica X= (Precio mínimo ofertado/Precio evaluado) *100*60% *Se evaluará según lo indicado en Anexo N°1. 60%
2 4- Inclusividad Se entregará 5% a quienes acrediten mediante certificado y/o credencial que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con alguna ascendencia de etnia indígena (credencial CONADI), o con algún grado de discapacidad (credencial SENADIS). Se debe adjuntar contrato vigente que acredite vínculo laboral, el cual debe tener una vigencia mínima de 12 meses. • Cumple y acredita: 5% • No cumple y/o no acredita: 0%. *Se evaluará según lo informado en Anexo N°7 5%
3 3- Cumplimiento Antecedentes Formales • Adjunta todos los documentos administrativos formales al momento de ofertar: 5% • Adjunta todos los documentos administrativos formales, pero solicitando lo faltante a través de aclaración de oferta en el plazo de 48 horas: 0% • No adjunta documentos administrativos formales, ni al momento de ofertar ni subsanando lo pendiente a través del Portal, en el plazo establecido (Se declara inadmisible). Se evaluará según lo informado en Anexo N°9. Los formularios o anexos que NO aplican, deben ser igualmente presentados y firmados, pero indicando NO APLICA. 5%
4 2- Experiencia Se evaluará antecedentes que acredite prestación similar (Arriendo de pabellón) en instituciones públicas de salud mediante facturas emitidas y orden de compra que los respalde: • 36 meses o más: 30% • Entre 24 y 35 meses: 10% • Menos de 24 meses: 0% • Sin experiencia o no presenta Anexo: 0 *Se evaluará según lo indicado en Anexo N°5 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LORETO RODRIGUEZ NEIRA
e-mail de responsable de pago: LRODRIGUEZ@SSCONCEPCION.CL
Nombre de responsable de contrato: VALENTINA SPAUDO
e-mail de responsable de contrato: VSPAUDO@SSCONCEPCION.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2722607-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por especificidad del servicio.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 02-06-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: DESCRIPCIÓN: por cada oferta presentada el oferente deberá entregar una boleta bancaria o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, ya sea esta físico y/o electrónico, podrá ser tomada por uno o varios integrantes del oferente, incluso puede ser tomado por un tercero, por un monto $1.000.000 pagadera a la vista y de carácter irrevocable con una vigencia de 90 días, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Entregar en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en San Martin Nº 1436, Concepción. Tiene plazo de entrega hasta el mismo día del cierre de ofertas, hasta las 14:00 horas. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento de carácter electrónico, deberá entregarse junto a la postulación como archivo adjunto en el apartado de documentos económicos del portal de compras públicas, en el mismo plazo indicado anteriormente, indicando la forma en que debe ser devuelta. El HGGB, podrá hacer efectiva esta garantía, sin requerimiento alguno, en los siguientes casos: a) En el evento de que el proveedor adjudicado desistiera de su oferta. b) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato. d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. e) Si no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento dentro del plazo. f) Si el proveedor no concurre a la firma del Contrato dentro del plazo de 40 días.
Glosa: GLOSA QUE DEBE CONTENER LA GARANTIA: SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN ID 1667-48-LR22, PARA CONTAR CON EL SERVICIO DE ARRIENDO DE PABELLON PARA ESPECIALIDADES PARA REDUCIR LISTA DE ESPERA GES Y PRESIDENCIAL.
Forma y oportunidad de restitución: FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: A las empresas participantes se les devolverá la presente garantía dentro de los 10 días hábiles siguientes a la total tramitación del contrato, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado por el oferente. En caso de garantizarse la seriedad de la oferta mediante una boleta o documento electrónico, la garantía se devolverá en la forma indicada por el oferente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 31-10-2024
Monto: 5 %
Descripción: Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de una boleta bancaria o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que garantice el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, podrá ser tomada por uno o varios integrantes del oferente, incluso puede ser tomado por un tercero, pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 5% del valor total adjudicado, con vigencia mínima de 60 días hábiles al plazo establecido para el término del convenio. El tomador puede ser el oferente o un tercero. El documento de garantía, deberá ser entregado en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en San Martin Nº 1436, Concepción dentro del plazo de 10 días, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que será restituida. El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el caso de incumplimiento de contrato, según lo estipulado en el número 19 de las presentes bases, sin perjuicio a los recursos que se le otorgan al contratante.
Glosa: GLOSA QUE DEBE CONTENER LA GARANTÍA: FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ID 1667-48-LR22, PARA CONTAR CON EL SERVICIO DE ARRIENDO DE PABELLON PARA ESPECIALIDADES PARA REDUCIR LISTA DE ESPERA GES Y PRESIDENCIAL.
Forma y oportunidad de restitución: FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: A la empresa adjudicada se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante carta certificada al domicilio del oferente señalado en su propuesta y contrato. En caso de garantizarse el Fiel cumplimiento de contrato mediante una boleta o documento electrónico, la garantía se devolverá en la forma indicada por el oferente. Esta será devuelta una vez finalizada la duración definida en las bases, es decir 90 días posteriores al término del convenio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
11. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
11.1 GENERALIDADES 11.1.1 Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Resolución Aprueba Contrato y el Contrato respectivo, que serán Publicadas en el Portal mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional. 11.2 DEFINICIONES • Director (s): Dr. Boris Oportus Ortiz • Subdirector Médico (s): Dr. Renato Colima. • Subdirectora Administrativa: Sra. Miriam Valdebenito Elgueta. • Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción. • Licitante: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción. • Unidad Técnica: Jefe CR Quirúrgico. 11.3 UNIDAD TÉCNICA Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. 11.4.- DOCUMENTOS DE LA LICITACION Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: - Las presentes Bases Administrativas. - Las consultas y respuestas. - Las enmiendas del Hospital sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. - Los Formularios. - La oferta adjudicada. - La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional Guillermo Grant Benavente a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen. 11.5 DE LOS PROPONENTES Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar. 11.6 INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación. 11.7 MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl. 11.8 MODALIDAD DE PAGO La forma de pago del servicio de ARRIENDO DE PABELLON PARA ESPECIALIDADES PARA REDUCIR LISTA DE ESPERA GES Y PRESIDENCIAL, ID: 1667-48-LR22. Se efectuará mediante estados de pago mensuales, desde la emisión de la factura, que no superen los 30 días, considerando previamente los informes y recepciones conformes emitidos por el mandante o quien este designe validados por Jefe del CR Quirúrgico o quién lo subrogue o sea el encargado de su control. 1.- La empresa deberá facturar a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, R.U.T: 61.602.189-3; Dirección San Martin 1436, Concepción. 2.- Para los efectos del pago de los servicios, será requisito obligatorio que la empresa presente mensualmente junto a la factura los siguientes documentos: • Listado de los pacientes intervenidos correspondiente al mes de prestación de los servicios valorizada, según formato definido por el hospital. • Protocolos quirúrgicos y/o operatorios de cada paciente. • Informe donde se indique claramente la entrada y salida de pabellón. • Listado de insumos y medicamentos, si corresponde. • Detalle de exámenes realizados, si corresponde. • Detalle de día cama básica, si corresponde. 3.- Para dar cumplimiento al sistema de pago en los plazos estimados y para que las facturas puedan ingresar al sistema informático de nuestro Establecimiento se debe Ingresar a una nueva casilla asociada a la dirección de presupuesto dipresrecepcion@custodium.com, además cada factura debe indicar SÓLO N° de Orden de Compra en el campo 801 (ejemplo: 1667-XXX-SE22, sin puntos ni espacios). Todo esto para que no exista rechazo automatizado de facturas. Además, si corresponde, deberá enviar los respaldos originales concerniente a la prestación realizada, directamente a la Unidad de Compras de Servicios, dirección Calle San Martin 1436 (Zócalo) Concepción, y al e-mail secrecompraservicio@ssconcepcion.cl. Revisados los antecedentes, se adjuntarán a la Factura emitida, la cual deberá indicar número de Orden de Compra y detalle del servicio adquirido. 5.- Todo lo anterior, es con el fin de resguardar el tiempo de pago y que no existan retrasos innecesarios en este proceso. En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el apoderado común señalado en el formulario N°9, quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. 11.9 DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN. El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 11.10 DEL INCUMPLIMIENTO Y SUS SANCIONES Objetivo Resguardar el adecuado funcionamiento del convenio vigente, definiendo los procedimientos que se aplicarán cuando exista causal para el cobro de multas por incumplimiento del contrato. Desarrollo Para un efectivo cumplimiento del SERVICIO DE ARRIENDO DE PABELLON PARA ESPECIALIDADES PARA REDUCIR LISTA DE ESPERA GES Y PRESIDENCIAL, ID: 1667-48-LR22, contraído por el Hospital Regional Dr. Guillermo Grant Benavente de Concepción y empresa contratista se ha dispuesto que el Jefe de CR Quirúrgico o quién lo subrogue de este Establecimiento sea el encargado de su control. 11.10.1 MULTAS: El incumplimiento de las presentes bases se sancionará con la aplicación de las siguientes multas, en los siguientes casos: Multas Gravísimas: El hospital cobrará una multa del 50% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del CR Quirúrgico: • Suspensión de la cirugía programada por responsabilidad de la adjudicataria. • No disponibilidad de pabellones para los días asignados, o no disponibilidad completa de las horas reservadas para nuestro establecimiento. • No disponibilidad de cajas quirúrgicas y/o equipos necesarios para cada especialidad. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 2 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Graves: El hospital cobrará una multa de 30% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del CR Quirúrgico: • No disponibilidad de cama hospitalización integral básica para los pacientes intervenidos por licitación. • No disponibilidad de traslado en Ambulancia básica para los pacientes intervenidos por licitación. • Incorrecta conservación y rotulado de biopsia, según estándares contenidos en “Protocolo cadena de custodia de biopsias en etapa pre analítica, analítica y post analítica” de Unidad de Anatomía Patológica HGGB, si corresponde. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 3 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Leves: El hospital cobrará una multa de 20% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del CR Quirúrgico: • Retraso considerable (más de 45 minutos de la hora estipulada con anterioridad) en el retiro de los pacientes por parte de las ambulancias dispuestas por proveedor para tal efecto. • Irregularidades en el acto del traslado, es decir, trato degradante al paciente o cualquier situación que ponga en riesgo su integridad física y emocional. • Retraso en el envío de los antecedentes de pacientes atendidos en sus dependencias. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 4 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. En los casos anteriores y/o por toda falta que sea imputable al oferente y que el HGGB se vea obligado como Institución a comprar este mismo Servicio a un Tercero ajeno a este Contrato, el adjudicatario deberá responder por los gastos emanados de estos servicios y demás perjuicios que pudieren resultar por motivo de la suspensión de prestaciones programadas. 11.11 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS a) En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. b) Tratándose de multa, además se informará su monto. c) A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). d) Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. e) Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. f) En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. g) Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Anexo N° 5 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. h) Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
12.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el caso de que dos o más empresas se encuentren en una situación de empate en la evaluación de ofertas se considerará el criterio de PRECIO para decidir la empresa que se adjudicará la licitación, de persistir el empate se adjudicará a aquella empresa que presente mayor puntaje en el criterio EXPERIENCIA, de seguir el empate se considerará el criterio INCLUSIVIDAD. Si a pesar de lo anterior, continúa la igualdad, se efectuara un nuevo proceso licitatorio.
13.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del foro, en la plataforma de mercado público.
14.- DETALLE DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
OFERTA ECONOMICA 60% X= (Precio mínimo ofertado/Precio evaluado) *100*60% *Se evaluará según lo indicado en Anexo N°1. EXPERIENCIA 30% Se evaluará antecedentes que acredite prestación similar (Arriendo de pabellón) en instituciones públicas de salud mediante facturas emitidas y orden de compra que los respalde: • 36 meses o más: 30% • Entre 24 y 35 meses: 10% • Menos de 24 meses: 0% • Sin experiencia o no presenta Anexo: 0% *Se evaluará según lo indicado en Anexo N°5. CUMPLIMIENTO DE ANTECEDENTES FORMALES 5% • Adjunta todos los documentos administrativos formales al momento de ofertar: 5% • Adjunta todos los documentos administrativos formales, pero solicitando lo faltante a través de aclaración de oferta en el plazo de 48 horas: 0% • No adjunta documentos administrativos formales, ni al momento de ofertar ni subsanando lo pendiente a través del Portal, en el plazo establecido (Se declara inadmisible). • Se evaluará según lo informado en Anexo N°9. Los formularios o anexos que NO aplican, deben ser igualmente presentados y firmados, pero indicando NO APLICA. INCLUSIVIDAD 5% Se entregará 5% a quienes acrediten mediante certificado y/o credencial que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con alguna ascendencia de etnia indígena (credencial CONADI), o con algún grado de discapacidad (credencial SENADIS). Se debe adjuntar contrato vigente que acredite vínculo laboral, el cual debe tener una vigencia mínima de 12 meses. • Cumple y acredita: 5% • No cumple y/o no acredita: 0%. *Se evaluará según lo informado en Anexo N°7.
15.- EVALUACIÓN TÉCNICA DE LOS ANTECEDENTES OFERTADOS
La Comisión de Evaluación Técnica y Administrativa de los Antecedentes Ofertados, estará compuesta por las siguientes personas o quienes los subroguen: - Jefe Servicio Cirugía - Jefe Unidad Gestión de la Demanda - Jefe Unidad Gestión de la Demanda no GES. - Jefe Unidad Pabellón, anestesia y recuperación. - Jefe Unidad Estadística y Producción Cabe señalar, que los integrantes de la Comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, esta comisión estará compuesta de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos al organismo respectivo, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. Los integrantes de las comisiones evaluadoras, deberán ceñirse al principio de probidad administrativa, plasmado en el decreto con fuerza de ley 1-19653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la LEY N°18.575, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, que en su 52 inciso segundo define ‘‘El principio de probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular’’ en conformidad a la , al inciso cinco del art. 37 del decreto 250/2004 DEL REGLAMENTO DE LA LEY N°19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ‘‘Los miembros de la comisión evaluadora, si existiera, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad a la normativa vigente al momento de la evaluación’’ y N°7 del art. 4 de la Ley N°20.730 que regula EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS, ‘‘Art. 4°.- Son también sujetos pasivos de esta ley, aquellas autoridades y funcionarios que se indican a continuación: …7) .... Asimismo, se considerarán sujetos pasivos de esta ley los integrantes de las comisiones evaluadoras formadas en el marco de la ley 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren comisiones. …’’ . Por consiguiente los miembros de las comisiones evaluadoras, si las hubiese, deberán ceñirse al principio de probidad pública, sin tener conflicto de intereses con los oferentes y reconociéndose como sujetos pasivos a la hora de integrar comisiones evaluadoras en un proceso que involucre la gestión de contratos administrativos de suministros y prestación de servicios. Transcurrido el plazo que se establezca para la evaluación de la propuesta, la comisión de evaluación, emitirá un informe completo de evaluación, conforme a los criterios de evaluación respectivos, proponiendo al Director, la adjudicación más conveniente a los intereses del Hospital.
16.- DE LA ADJUDICACIÓN
16.1. DE LA ADJUDICACIÓN Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente, adjudicará bajo la modalidad de adjudicación múltiple0, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. La presente licitación consta de 2 Líneas, esto con la finalidad de que cada línea sea adjudicada a un proveedor distinto, para que la derivación de los pacientes institucionales sea fluida y no se vea limitada a la capacidad diaria de un solo proveedor respecto a la disponibilidad de recursos (pabellones, camas y ambulancias). Por lo que cada línea debe ser adjudicada a un proveedor distinto. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar. c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 4 y 20. d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.
17.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN.
Las consultas, observaciones y/o reclamos generados producto de la adjudicación deberán realizarse a través del portal Mercado público dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución Adjudicataria. Fuera de dicho plazo, el reclamo se entenderá desestimado. Presentado el reclamo será la comisión evaluadora la que elaborará y publicará en el sistema de información la respectiva respuesta dentro de un plazo de 3 días hábiles contados desde la presentación del reclamo en el portal.
18.- AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
Al momento de la adjudicación, el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. FORMULA: Cantidad requeridas por ítem x 0.3 del total de cantidades por ítem.
19.- RESOLUCION DE LA PROPUESTA
a) El Director del HGGB, teniendo a la vista todos los antecedentes de la licitación, resolverá, mediante Resolución fundada, adjudicar o desestimar la licitación. b) Posteriormente dicha unidad técnica redactará el respectivo contrato y la resolución que apruebe el mismo. c) Una vez tramitado, la Unidad Técnica emitirá la Orden de Compra vía Portal e interna. d) Se subirán los siguientes documentos a la ID correspondiente: - Acta de Adjudicación con Informe de Evaluación - Certificado de Disponibilidad Presupuestaria - Resolución de Adjudicación - Contrato - Resolución Aprobatoria del Contrato e) Se entenderá notificada la resolución de adjudicación al oferente, una vez que sea publicada a través del Portal Mercado Público. f) Si el Proveedor desiste de dar cumplimiento al servicio adjudicado, o no acepta la orden de compra, el Mandante podrá pedir su rechazo y licitar nuevamente.
20.- DEL CONTRATO
1. Una vez adjudicada la propuesta; se elaborará el contrato, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta, debiendo ser firmado por proveedor. 2. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 40 días siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 30 días adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 30 días más. 3. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. 4. El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la Resolución aprobatoria de contrato, acto que permitirá el envío de la orden de compra. 5. Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario. En consecuencia, el Hospital no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales u otros, vinculados al Contrato, y a los actos que de él se deriven.
21.- DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
21.1. DE LAS MODIFICACIONES: Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento). En el caso que el HGGB se encuentre en la necesidad de ampliar el plazo del convenio una vez terminado el tiempo del contrato establecido o la cantidad adjudicada, este podrá extender o renovar su vigencia hasta un plazo de 3 meses de consumo promedio, monto el cual no debe exceder 1000 UTM, y en total la licitación no podrá superar las 10.000 UTM. La presente licitación podrá ser prorrogable por un monto no superior a 1000 UTM en un plazo no mayor a 3 meses. 21.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El HGGB, debe declarar, administrativamente, el término del contrato, por alguna de siguientes causales: 1) Por resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. 1.a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. 1.b) Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban el resto de las condiciones de la resciliación. 2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 3) Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia. A menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) En el caso que los siguientes incumplimientos sean reiterativos: Multas Gravísimas: El hospital cobrará una multa del 50% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del CR Quirúrgico: • Suspensión de la cirugía programada por responsabilidad de la adjudicataria. • No disponibilidad de pabellones para los días asignados, o no disponibilidad completa de las horas reservadas para nuestro establecimiento. • No disponibilidad de cajas quirúrgicas y/o equipos necesarios para cada especialidad. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 2 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Graves: El hospital cobrará una multa de 30% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del CR Quirúrgico: • No disponibilidad de cama hospitalización integral básica para los pacientes intervenidos por licitación. • No disponibilidad de traslado en Ambulancia básica para los pacientes intervenidos por licitación. • Incorrecta conservación y rotulado de biopsia, según estándares contenidos en “Protocolo cadena de custodia de biopsias en etapa pre analítica, analítica y post analítica” de Unidad de Anatomía Patológica HGGB, si corresponde. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 3 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. Multas Leves: El hospital cobrará una multa de 20% del valor de la prestación, en el caso de los incumplimientos, denunciados debidamente por escrito por Jefe del CR Quirúrgico: • Retraso considerable (más de 45 minutos de la hora estipulada con anterioridad) en el retiro de los pacientes por parte de las ambulancias dispuestas por proveedor para tal efecto. • Irregularidades en el acto del traslado, es decir, trato degradante al paciente o cualquier situación que ponga en riesgo su integridad física y emocional. • Retraso en el envío de los antecedentes de pacientes atendidos en sus dependencias. En el caso que estos incumplimientos se repitan en 4 oportunidades, el Hospital deberá poner término anticipado de contrato y hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los recursos administrativos que le otorguen las presentes bases y la ley de compras públicas. En los casos anteriores y/o por toda falta que sea imputable al oferente y que el HGGB se vea obligado como Institución a comprar este mismo Servicio a un Tercero ajeno a este Contrato, el adjudicatario deberá responder por los gastos emanados de estos servicios y demás perjuicios que pudieren resultar por motivo de la suspensión de prestaciones programadas.
22. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 2 a 4, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Hospital Regional Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 1 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
23. MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION
1. El HGGB, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. 2. En caso de modificación, el HGGB deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
24.- DEL CONSUMO
La cantidad de Servicio de SERVICIO DE ARRIENDO DE PABELLON PARA ESPECIALIDADES PARA REDUCIR LISTA DE ESPERA GES Y PRESIDENCIAL ID: 1667-48-LR22, se realizarán por un periodo de doce meses; reservándose, el Hospital el derecho de requerir una menor cantidad, para el periodo indicado; según las necesidades del HGGB y teniendo siempre como tope máximo, los estipulados en las presentes bases.
25.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
26. DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
BASES TÉCNICAS
CARACTERISTICAS PRINCIPALES DE LAS PRESTACIONES DE SALUD A OTORGAR POR EL OFERENTE Y CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN. i. El detalle del servicio requerido: a) Pabellones implementados para cirugía especialidades: Neurocirugía, Cirugía Otorrino, Cirugía General, Cirugía Urología, es decir, con caja de instrumentación para cada una de las cirugías indicadas.  El valor ofertado debe incluir personal no médico, las instalaciones, sala de recuperación post-anestésica, equipos, instrumental quirúrgico, servicio de esterilización para éste, insumos y medicamentos utilizados en dicha intervención, todo lo anterior, de acuerdo al Derecho a Pabellón señalada Norma Fonasa MAI, según especificaciones técnicas que se detallan en las presentes bases. b) Cama Básica Hospitalización Integral adulto para pacientes post operados, corresponde cuando se trate de la permanencia de un paciente en un establecimiento asistencial, ocupando una cama y cumpliéndose además la condición de pernoctar, según norma Fonasa MAI. c) Traslado Ambulancia Básica desde y hacia el hospital. ii. El Hospital no proporcionará ningún instrumental ni equipamiento médico para estos efectos, así como tampoco personal de pabellón. iii. El registro de cada atención deberá quedar incorporado en la ficha clínica del usuario, incluyendo los exámenes solicitados y el tratamiento indicado. iv. Además el proveedor entregará mensualmente una lista valorizada de los pacientes atendidos, con los protocolos operatorios correspondientes, situación que certificará su ejecución. Dicha lista será visada por el Jefe del CR Quirúrgico en el formato definido por este y será condición para considerar ejecutada y pagaderas las prestaciones. v. La Adjudicataria en caso alguno podrá suspender la prestación que ha sido establecida previamente por el HGGB, salvo las que digan relación con la condición sanitaria del paciente, debiendo por tanto disponer de profesionales en forma permanente. vi. En el caso de existir suspensión de alguna intervención quirúrgica por parte del médico cirujano o médico anestesista y por razones médicas fundadas, el adjudicatario deberá dar aviso inmediato a la Unidad de Compra de Servicios del HGGB, quien administra el convenio, y enviar listado de insumos y medicamentos utilizados en paciente suspendido, o su traslado, con la finalidad de que dicho cobro sea revisado y validado por el HGGB antes de que sea emitida la factura. vii. Corresponderá a la Dirección del Hospital, a través de la Jefatura de CR Quirúrgico, velar por el adecuado funcionamiento de los servicios que otorga El Proveedor, como así mismo fiscalizar la calidad y procedimientos técnicos, para tal efecto existirá una contraparte técnica o coordinación del contrato designado por la Dirección del Establecimiento, pudiendo ser la Jefatura del CR Quirúrgico o el profesional que designe para el efecto, quien supervisará los aspectos técnicos y administrativos del contrato. viii. En el caso de las intervenciones derivadas a las cuales se les solicite la toma de biopsias, proveedor deberá cumplir con los estándares generales contenidos en “PROTOCOLO CADENA DE CUSTODIA DE BIOPSIAS EN ETAPA PRE ANALITICA, ANALITICA Y POST ANALITICA” de la Unidad de Anatomía Patológica del HGGB, sin perjuicio de la responsabilidad del HGGB de velar por el correcto cumplimiento de la trazabilidad de la muestra, es decir, su adecuada conservación, traslado y registro de la misma. ix. La reserva de hemocomponentes para cada paciente derivado que solicita el HGGB, forma parte inherente del servicio principal “Arriendo de Pabellón”, por lo que no debe ser cobrado como un servicio adicional. En el caso que un paciente haya sido efectivamente transfundido, corresponde cobro del set de exámenes previos por unidad de sangre transfundida, para lo cual se deben presentar los antecedentes respectivos que respalden dicha acción. DE LA SEGURIDAD DEL PACIENTE DERIVADO La Empresa Adjudicataria se compromete a resguardar en todo momento la Seguridad e Integridad del paciente derivado desde el Hosp. Regional Gmo. Grant Benavente, asegurándole en todo momento un trato Digno, Oportuno y de Calidad. Procurando manejar los mismos o más criterios de calidad en la atención de los pacientes, por parte del personal no médico. Por lo que el oferente que adjudique, en caso el de negligencia, acción u omisión que atenten contra el paciente serán responsables solidariamente con el HGGB. DE LOS PARTICIPANTES Y CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN • El o los adjudicados deben presentar domicilio en Concepción, en donde se realizarán las intervenciones y deben encontrarse dotado de personal suficiente para la ejecución de la presente licitación. • En el caso de que una persona o sociedad se adjudique la Licitación, será necesario que esta se encuentre inscrita en Chile proveedores y en el Registro de Personas Jurídicas receptoras de fondos públicos. • En la contratación de sociedades médicas, en que formen parte funcionarios de la entidad que requiere la prestación de servicios contratada; procede siempre que tales profesionales no se encuentren afectos a algunas de las inhabilidades contempladas en el artículo 54 de la ley N° 18.575, de bases Generales de la Administración del Estado. • El adjudicatario será jurídicamente responsable del manejo y de la administración de las prestaciones de salud que asume por este contrato. • El hospital no se obliga a arrendar la totalidad de los servicios solicitados, estos se realizarán dependiendo de la demanda que se vaya presentando a través del tiempo, por lo que es necesario que el Oferente haga su propuesta Económica de manera clara, ofertando: Disponibilidad diaria de Pabellón que el HGGB podrá usar entre las 08 hrs. y las 14:00 hrs., según coordinación previa, esto quiere decir valor único por hora y que incluya los medicamentos e insumos que están dentro del Derecho a Pabellón señalada Norma Fonasa MAI. El HGGB pagará sólo las horas de pabellón realmente ocupados al mes, con listado de pacientes intervenidos diariamente y copia de los protocolos respectivos. • El valor ofertado debe incluir personal no médico, las instalaciones, sala de recuperación post-anestésica, equipos, instrumental quirúrgico, servicio de esterilización para éste, insumos y medicamentos utilizados en dicha intervención, todo lo anterior, de acuerdo al Derecho a Pabellón indicado en la Norma Fonasa MAI, según especificaciones técnicas que se detallan en las presentes bases. • La unidad de medida será el valor por hora, pero en el caso de que las intervenciones durasen más o menos de una hora se pagará el proporcional del valor ofertado por minuto y para medir éstos, se deberá contar con el registro de entrada y salida del paciente desde Pabellón. • Los registros del proceso de atención de los pacientes, deben cumplir las normas de calidad según los estándares habituales del Hospital Guillermo Grant Benavente. • Se realizarán y pagarán sólo cirugías que hayan sido acordadas con el HGGB, efectuándose todas aquellas que de acuerdo a la necesidad del establecimiento se demanden. La nómina de pacientes a resolver, será la entregada por Jefe de Servicio de cada especialidad, o quien lo subrogue o este designe. • Se podrá cobrar los elementos que habiendo sido utilizados en pabellón, no estén considerados en las bases técnicas de este documento, como asimismo las prótesis que se implanten, siempre que no estén incluidas en el valor de la respectiva prestación. Para esto, la adjudicataria deberá confeccionar una lista de materiales, medicamentos e insumos utilizados con sus respectivos valores, diferenciando el lugar de uso (pabellón, post operado, cama básica, cama crítica, u otro), aun así, este cobro deberá ser ratificado por el hospital con la finalidad de verificar que no se encuentren incluidos en la norma Fonasa MAI. • La prestación de Apoyo transfusional será llevada a cabo por la Unidad de medicina transfusional del centro proveedor de Pabellones quirúrgicos con sus recursos, para lo cual deberá acreditar Autorización sanitaria y existencia de Documentos de Acreditación APTr 1.2 vigentes. • Cuando exista transfusión efectiva a un paciente del HGGB atendido en el extrasistema con cargo a la presente licitación, proveedor del servicio debe dar aviso a UMT del HGGB según protocolo existente. Cualquier coordinación debe realizarse con UMT (41-2722556) y mail a jefeumt@ssconcepcion.cl. ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL ARRIENDO DE PABELLON Y CAMA BASICA INTEGRAL SEGUN NORMA FONASA El Derecho a Pabellón Quirúrgico, solicitado en esta Licitación se rige de acuerdo al establecido por la Norma de Fonasa MAI: Resolución Exenta N°50 del 30.01.2009 “Normas Técnico Administrativas para la aplicación del Arancel del Régimen de Prestaciones de Salud en la Modalidad de Atención Institucional”, por lo tanto se considera incluido en su valor, el uso de las instalaciones, equipos, instrumental, elementos e insumos que a continuación se indican: MUEBLES E INSTALACIONES. • Mesas quirúrgicas • Vitrinas y muebles para almacenamiento del instrumental • Equipos de iluminación de emergencia • Lámpara central y lámparas móviles. • Calefacción y aire acondicionado • Unidad o Sala de recuperación post anestésica EQUIPOS E INSTRUMENTAL. • Máquinas de anestesia y equipos de intubación traqueal. • Equipos para control cardiorrespiratorio, resucitadores y monitores de todo tipo. (Incluyendo conexiones y accesorios). • Equipos de ventilación mecánica. • Equipos de Rayos X (no incluye medios de contraste, ni placas). • Microscopio. • Aspiración y bombas de aspiración de emergencia, portátiles o no • Electrobisturí o láser quirúrgico. • Cajas con instrumental básico y especial completo para todo tipo de intervenciones • Equipo completo de cirugía videolaparoscópica y similares. • Equipos de endoscopias. INSUMOS Y ELEMENTOS. • Hojas de bisturí. • Guantes de uso quirúrgico o para procedimientos (estériles o no). • Gasa, algodón, tórulas, apósitos de cualquier tipo. • Tela adhesiva y similares, de todo tipo. • Agujas de todo tipo. • Bránulas, conexiones, alargadores, tapas o tapones, etc. • Jeringas de vidrio o desechables • Catéteres corrientes y/o similares, de cualquier tipo. • Cánulas y sondas desechables o recuperables. • Drenajes de todo tipo. • Equipos de fleboclisis. • Implementos de administración de oxígeno y nebulizaciones. • Conexiones y receptáculos de máquinas de aspiración y sondas. • Recolectores de orina. • Bombas de infusión continúa con sus bajadas correspondientes. • Todo tipo de material de sutura. • Equipo completo de ropa esterilizada o no para intervenciones (Paños esterilizados para campo operatorio, para cubrir mesas, compresas, etc) • Ropa esterilizada para el equipo de médicos, personal paramédico y auxiliar. • Antisépticos y desinfectantes de todo tipo (líquido, en polvo, aerosol, etc) y formalina. • Jabones para lavado quirúrgico y escobillas esterilizadas. GASES: Oxígeno y aire comprimido. ANESTESIA Y OTROS: Anestésicos, neurolepto analgésicos y relajantes musculares de cualquier tipo. MEDICAMENTOS Los medicamentos que a continuación se indican, o sus similares, se consideran incluidos en el derecho de pabellón, cualquiera sea el uso y forma de administrar: • Analgésicos y Antiespasmódicos: Dipirona / Morfina /Meperidina (por ej.: Demerol) /Pentazocina (por ej.: Sosegón) /Baralgina. • Anticoagulantes: Heparina. • Antiheméticos: Tietilferazina (por ej.: Torecán) / Perfenacina (por ej.: Trilafón). • Antihistamínicos: Clorfenamina (por ej.: Clorprimetón). • Bloqueadores Alfa Adrenérgicos: Fentolamina / Fenoxibenzamina. • Bloqueadores Beta Adrenérgicos: Propanolol / Pindolol. • Bloqueadores Alfa y Beta Adrenérgicos: Labetalol. • Bloqueadores de Calcio: Verapamilo /Nifedipino/ Diltiazem (por ej.: Dialtezam). • Broncodilatadores (Aerosol y/o Ampollas): Aminofilina/ Teofilina/ Salbutamol (por ej.: Aerolín) • Corticosteroides: Betametasona/ Dexametasona/ Metilprednisolona/ Hidrocortisona. • Diuréticos: Furosemida. • Fenotiazinas: Prometazina/ Clorpromazina/ Promazina clorhidrato. • Hipoglicemiantes: Insulina. • Misceláneos: ­ Agua destilada y oxigenada ­ Amiodarona ­ Bicarbonato de Sodio 10% ­ Bicarbonato de Sodio 1/6M, 1/3M, 2/3M ­ Cimetidina ­ Cloruro de Calcio 10% ­ Cloruro de Sodio 9% ­ Cloruro de Sodio 10% ­ Cloruro de Potasio 10% ­ Dextran 40 y 70% ­ Domperidon (por ej.: Domperidona) ­ Dantroleno (por ej.: Dentrolene) ­ Dopamina ­ Dobutamina ­ Gluconato de Calcio 10% ­ Glucosa 15 y 20% ­ Manitol 15 y 20% ­ Metoclopramida (por ej.: Peryan) ­ Protamina ­ Reserpina ­ Suero Glucosado al 4%, 5%, 10%, 20% y 30% ­ Suero Glucosalino Isotónico e Hipertónico ­ Suero Fisiológico ­ Suero Ringer ­ Suero Ringer Lactato ­ Tintura de Yodo y sucedáneos • Ocitósicos: Ocitocina sintética (por ej.: Sintocinón)/ Ocitocina/ Metilergometrina (por ej.: Methergin) • Simpaticomiméticos: Aramina/ Efedrina/ Etilefrina Clorhidrato (por ej.: Alupent)/ Adrenalina/ /Noradrenalina/ Isoprenalina/ Neosinefrina. • Tónicos Cardíacos: Lanatósido (por ej.: Cedilanid). • Vasodilatadores: Nitroglicerina / Nitroprusiato de Sodio / Diazoxida (por ej.: Diazoxide)/ Bretilium (por ej.: Brepirium)/ Hidrolazina/ Isorbide. • Vitaminas K1 y K3 CAMA BÁSICA HOSPITALIZACION INTEGRAL El valor ofertado debe incluir: • Uso de un catre clínico con la respectiva ropa de cama. • Alimentación oral diaria. • Atención de todos los profesionales de la salud y personal paramédico. • Procedimientos de enfermería tales como tomas de muestras para exámenes, curaciones, administración de terapias, colocación de sondas, inyectables, enemas, administración de fleboclisis y transfusiones. • Medicamentos y dispositivos médicos de uso habitual. • Materiales y elementos de enfermería no desechables. • Insumos de uso general tales como gasa, algodón, apósitos de cualquier tipo, tela adhesiva y similares, guantes quirúrgicos y de procedimientos, antisépticos y desinfectantes de todo tipo. • Oxígeno y aire comprimido.