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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia Oferente”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "Cumplimiento de Requisitos”. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Especificaciones Tecnicas |
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El trabajo consistirá en la realización de las actividades que a continuación se detallan:
1. Faenas Diarias:
1.1. Barrido, trapeado, aspirado y lustrado de pisos de la totalidad de las oficinas, pasillos, baño y en general todas las dependencias de uso diario de la Unidad de Porvenir.
1.2. Vaciado y limpiado de papeleros.
1.3. Extracción de polvo a escritorios y muebles de oficina en general.
1.4. Sacudido y limpieza de los implementos de escritorio y computadores.
1.5. Limpieza y desinfección de sanitarios en baños y cocina.
1.6. Desmanchado de vidrios interiores, como también los que se encuentran en muros divisorios, si procede.
1.7. Extracción de escombros, en los casos que proceda.
1.8. Lavado de loza, ya sea de uso diario como de algún evento, realizado en las dependencias de la Unidad, o fuera de ella.
1.9. Retiro de la basura diariamente y su traslado a un lugar habilitado para el efecto.
1.10. Aplicación de desodorante ambiental en todas las oficinas y dependencias, en especial en las de mayor afluencia de público.
1.11. En general, todos aquellos trabajos necesarios para mantener el orden y limpieza
1.12. Limpieza del Frente de las dependencias, en periodo invernal (si se requiere)
2.- Faenas Semanales:
2.1. Aseo profundo de todas las oficinas, pasillos, cocina y baño.
2.2. Lavado de papeleros, en los casos que sea necesario.
2.3. Limpieza de vidrios interiores.
2.4. Extracción de polvo y sacudido de vanos y ventanas.
2.5. Limpieza profunda y desinfección de sanitarios en baño y cocina.
2.6. Extracción de polvo a cuadros, afiches y adornos existentes.
2.7. Pulido de bronces, si procede.
2.8. Encerado de pasillos de circulación, si procede.
2.9 Cuidado y mantención de plantas de todas las jardineras, si procede.
3.- Faenas Quincenales:
3.1. Desmanchado de muros y puertas de todas las dependencias.
3.2. Limpieza de guardapolvos, cornisas y lámparas.
3.3. Limpieza de pisos flotantes.
3.4. Pasado de lustra muebles al mobiliario de madera.
3.5. Limpieza de todas las persianas.
4.- Faenas Mensuales
4.1. Limpieza de vidrios exteriores en la totalidad de los ventanales de la Unidad de Porvenir.
4.2 Destrucción y eliminación de documentos mediante incineración que, eventualmente, le sean encomendados por este Servicio.
4.3 Limpieza profunda de los pisos flotantes.
Para la supervisión y control del cumplimiento de las faenas indicadas en las especificaciones Técnicas la unidad llevara un Chek List mensual de las tareas señaladas en los puntos del 1 al 4 en Bases y especificaciones Técnicas, con el fin de corroborar la ejecución de las tareas señaladas.
5.- Materiales de Aseo
Todos los materiales, insumos y equipos para llevar a cabo las actividades señaladas precedentemente serán de cargo del contratista y deben ser de primera calidad, situación que será calificada por el Jefe de Unidad SII Porvenir y/o por el Jefe del Departamento Regional de Administración del Servicio de Impuestos Internos o quien lo subrogue. Se Exceptúa el papel higiénico.
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Multas |
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Para efectos derivados de incumplimiento parcial o total de los servicios ofertados por el proveedor, se aplicará una multa equivalente al 0,2 U.F. por cada día hábil de atraso (el valor de la UF corresponderá al día de incumplimiento), con un tope de $200.000.-.
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Procedimiento de Aplicación de Multas |
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El proceso de aplicación de multas se ceñirá al procedimiento que se contiene en este numeral, se efectuará por vía administrativa y podrá iniciarse en cualquier tiempo mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción de la acción para ello.
Si los hechos que dan lugar a la aplicación de multas se producen por hechos de caso fortuito o fuerza mayor, u otras causas que fueren atribuibles al Servicio, no procederá la aplicación de multas al contratista.
Las notificaciones que se señalan en este numeral se efectuarán mediante carta certificada, y se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de correos.
Los antecedentes que pudieran justificar la aplicación de una multa, serán remitidos en un informe, por el usuario interno requirente, al Jefe del Departamento de Administración, en el caso de las Direcciones Regionales. Dicho informe contendrá el detalle de los incumplimientos que dan origen al procedimiento precisando la normativa de las bases de licitación y contrato que se transgrede. El informe y los antecedentes serán notificados mediante carta certificada al domicilio indicado en el contrato. El contratista dispondrá de un plazo fatal de 5 días hábiles completos, contados desde la notificación, para presentar sus descargos, ante el Jefe del Departamento de Administración, en el caso de las Direcciones Regionales, quien remitirá copia de los descargos realizados al usuario interno requirente.
Transcurrido este plazo, y en caso de existir descargos por parte del contratista, estos serán sometidos ante el órgano que elaboró el informe de incumplimiento respectivo a efecto que los pondere e informe si ellos motivan variar las conclusiones del informe anterior.
Posteriormente, con los antecedentes que el Servicio disponga y los que el contratista haya aportado, el Subdirector Jurídico resolverá sobre los hechos, determinando en su caso la procedencia de la sanción y su cuantía.
La resolución fundada que se emita al efecto será notificada al contratista.
La resolución será impugnable mediante los recursos establecidos la Ley 19.880.
En general, las multas antes mencionadas se aplicarán sin perjuicio de las medidas tendientes a mantener la continuidad de servicio que deba efectuar el SII, por cuenta, costo y riesgo del contratista, previa notificación al mismo. Para estos efectos, a modo ejemplar, se entenderán como medidas correctivas, el tener que recurrir para la ejecución de las obligaciones contractuales del contratista a la contratación de terceros.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal.
Las multas podrán hacerse efectivas en cualquier pago pendiente que el Servicio deba efectuar al contratista con motivo del contrato respectivo o, en su defecto, en la garantía de fiel cumplimiento, sin perjuicio de la facultad del contratista de pagar la multa impuesta en efectivo, con cualquier otro medio legal de pago, o vale vista a nombre del Servicio de Impuestos Internos.
En el caso que la multa sea determinada en Unidades variables (V. Gr.: UF, dólar americano u otra), se calculará su equivalencia en pesos chilenos al valor de la unidad a la fecha de la resolución que fija la multa correspondiente.”.
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Otras Clausulas |
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Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los
siguientes documentos:
i) Bases de licitación adjuntas.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan
recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los
documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases. Todas la regulación de este proceso concursal deben ser revisadas en las bases de licitación que se adjunta a esta ficha.
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