Licitación ID: 1696-56-LE19
CONVENIO DE PRECIOS SERVICIO DE OBRAS CIVILES
Responsable de esta licitación: CORP ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 19
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONVENIO DE PRECIOS SERVICIO DE OBRAS CIVILES PARA LOS EDIFICIOS DE LA JURISDICCIÓN DE ARICA Y PARINACOTA XV REGIÓN  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE PRECIOS SERVICIO DE OBRAS CIVILES
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
CONVENIO DE PRECIOS SERVICIO DE OBRAS CIVILES PARA LOS EDIFICIOS DE LA JURISDICCIÓN DE ARICA Y PARINACOTA XV REGIÓN
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Corp. Adm. del Poder Judicial - Arica
R.U.T.:
60.301.001-9
Dirección:
Salvo 1096
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-12-2019 16:00:00
Fecha de Publicación: 20-12-2019 16:13:28
Fecha inicio de preguntas: 20-12-2019 16:31:00
Fecha final de preguntas: 26-12-2019 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-12-2019 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-12-2019 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-12-2019 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-01-2020 10:32:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- BASES ADMINISTRATIVAS
Documentos Técnicos
1.- BASES TECNICAS
 
Documentos Económicos
1.- ITEMIZADO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calificación Evaluación Técnica. Antigüedad de la Empresa Se acreditara con el certificado actualizado del SII. 20% 6 años o mas = 10 pts. Desde 3 y menor a 6 años = 6 pts. Desde 1 y menor a 3 años = 3 pts. Menor a 1 año = 0 pts. Número de trabajos o contratos similares. Se acreditara con nómina de trabajos o contratos de similares características al que se está contratando. (Anexo 3.1) 30% Sobre 10 trabajos = 10 pts. 2 25%
2 Calificación de Oferta Económica. De acuerdo a suma ponderada descrita en el punto número 15.3.1.- Listado de partidas y su ponderador de las presentes bases administrativas. PRECIO SEGÚN SUMA PONDERADA =10 x Mejor Suma ponderada DEL TOTAL ANEXO ITEMIZADO Suma ponderada que se evalúa. 70%
3 Calificación de Formalidad. según orden solicitado y el cumplimiento de la totalidad de la documentación solicitada en las presentes Bases Administrativas. El proponente cumple con el total de los requisitos administrativos en los plazos solicitados. 10 puntos El proponente NO cumple con el total de los requisitos administrativos en los plazos solicitados 0 puntos Será declarada inadmisible la oferta que, finalmente, no adjunte los documentos solicitados, salvo aquélla que omita la presentación de documentos destinados a acreditar la experiencia de la empresa, subcontratistas o equipo de profesionales, los cuales serán evaluados de conformidad a los documentos que efectivamente acrediten la experiencia ofertada. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 2020
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Rosa Yucra
e-mail de responsable de pago: ryucra@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Enrique Campos
e-mail de responsable de contrato: ecamposc@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2232676-123
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
38. FRAUDE O CORRUPCIÓN
La Corporación exige a todas las empresas, entidades o personas oferentes por participar o participando del presente proceso (incluyendo a sus respectivos funcionarios, empleados y representantes) observar los más altos niveles éticos y denunciar a la Corporación, todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tengan conocimiento o sea informado durante el proceso de selección, negociación o ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de: - Cohecho; - Extorsión o coerción; - Fraude; y - Colusión.
35. CUMPLIMIENTO Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
Sin prejuicio a lo señalado en el numeral anterior la Corporación se reserva el derecho a realizar la contratación directa de los servicios con terceros para cubrir las necesidades no prestadas por el proveedor dentro de los pazos establecidos, el pago de estos servicios por trato directo lo efectuará la Corporación del Poder Judicial con cargo al presupuesto del Convenio de precios.
34. MULTAS
No cumplimiento de plazos de respuesta establecidas en las bases técnicas: La Corporación o el tribunal, estarán facultados para aplicar una multa diaria de 0.5 UF por cada Requerimiento no satisfecho, cuya atención o respuesta, por parte del proveedor, exceda el tiempo establecido en el punto número 1 letra f) de las bases técnicas, contadas desde la solicitud formal enviada por correo electrónico, con un máximo de 6 días corridos, pasado este tiempo se podrá aplicar a criterio de la unidad el numeral N° 35 de las presentes Bases Administrativas. Para aplicar la multa se medirá el tiempo indicado en el punto número 1 letra f) de las bases técnicas entre la notificación y la respuesta del contratista a los requerimientos solicitados, se entenderá por notificado al primer contacto telefónico establecido con el contratista, por lo tanto, para dejar constancia y registro se enviará un correo electrónico donde quede señalada en hora y minutos la primera llamada, el cual deberá ser enviado dentro de las 24 hr efectuado el primer llamado telefónico, o al día hábil siguiente en caso de caer en días feriados, festivos u otros. Si la Corporación considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al proveedor, indicando el monto y fundamento de la misma. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos. Transcurrido este plazo o desechada la reposición la Corporación quedará facultada para hacer efectiva la multa. Con el mérito de ellos, la Corporación resolverá sobre el particular mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole copia de ella al adjudicatario. La multa aplicada se deducirá preferentemente del próximo pago que deba hacerse al proveedor o de cualquier suma que la Corporación adeude al adjudicatario o pueda adeudarle a futuro, o se cobrarán judicialmente, en su caso. Las multas no serán aplicables en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales deberán fundamentarse por escrito a la Corporación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.