Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Hospital San Martin de Quillota, Rut. 61.606.608-0.
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Fecha de vencimiento:
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09-08-2021
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Monto:
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300000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de sus ofertas, todos los proponentes deberán entregar una garantía por un monto de $300.000.- (Trescientos mil pesos), la cual deberá ser extendida a nombre del Hospital San Martín de Quillota, R.u.t. Nº61.606.608-0, pagadera a la vista, irrevocable, de realización inmediata y tomada por uno o varios integrantes del oferente.
El documento otorgado físicamente deberá ser entregado o bien enviado por correo certificado y recepcionado en Oficina de Partes del Hospital San Martín de Quillota. En cuanto a garantías otorgadas de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos, Electrónicos, firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma, adjuntándola a la oferta. El plazo para la recepción de este documento y el horario de entrega será el indicado en el título I número 6 Cronograma de Licitación. Sobre el particular, corresponde observar que, si el proveedor presenta este último tipo de garantía, no será exigible que la entidad que emitió dicho instrumento financiero firme y timbre el anexo N° 6 “Constancia de Emisión de Documento de Garantía”. No obstante, el proveedor sí deberá firmar, timbrar y fechar dicho Anexo. En caso de no presentar la garantía en alguna de las formas y dentro del plazo señalado anteriormente, la oferta será declarada inadmisible.
Esta garantía deberá tener una vigencia de 90 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, en caso de no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, no entrega de los antecedentes requeridos de acuerdo con las presentes bases para la suscripción del referido contrato, desistimiento de la oferta dentro del plazo de vigencia de 90 días corridos establecidos en las presentes bases. De igual forma, la no inscripción en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado dentro del plazo establecido en el numeral 12 del título IV de las bases administrativas, facultará a la entidad licitante a materializar el cobro de dicha garantía.
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza u otro instrumento a la vista, serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de seriedad de las ofertas. Se hace presente que las garantías pueden ser otorgadas de manera electrónica, acorde con lo establecido en la Ley N° 19.799 y su reglamento.
En caso de presentar pólizas de seguro, el valor de estas corresponderá al equivalente en UF del día de apertura de la presente propuesta pública, no deberán contener cláusula de juicio arbitral ni considerar deducible de cargo de la entidad licitante.
En caso que la entidad financiera se niegue a firmar Anexo N°6 “Constancia de Emisión de Documento de Garantía”, se deberá adjuntar un certificado emitido por dicha entidad el cuál debe tener registrado nombre de quien lo emite, nombre entidad bancaria, sucursal, dirección, nombre del oferente, especificar tipo de garantía, glosa, número del documento, monto y firmado y timbrado por funcionario de la institución que lo emite, sin dejar de adjuntar el Anexo N°6 “Constancia de Emisión de Documento de Garantía” el que debe además estar firmado y fechado por el representante legal de la empresa. Por el contrario, si la emisión del instrumento financiero es de manera electrónica, no será exigible que la entidad que lo emitió firme y timbre el Anexo N° 6. No obstante, el antedicho anexo, siempre deberá estar firmado, fechado y timbrado por el representante legal del proveedor.
En el caso que el proveedor presente una oferta alternativa, de acuerdo a lo indicado en el título III, numeral 2 de las Bases Administrativas Especiales, deberá hacer entrega de un documento de garantía individualizado para esta oferta en cuestión y para cada una de las presentadas, indicando en la glosa “Para Garantizar la Seriedad de la Oferta de la Propuesta Pública ID 1704-12-LE21 (Oferta Alternativa n°XX)”.
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Glosa:
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La garantía deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para Garantizar la Seriedad de la Oferta de la Propuesta Pública ID 1704-12-LE21”. Si el oferente omite señalar la glosa o indica una glosa errónea su oferta será declarada Inadmisible.
Para aquellos instrumentos financieros que no se les permita indicar glosa, el proveedor deberá adjuntar un documento al momento de entregar la Garantía de Seriedad de la Oferta en oficina de partes del Hospital San Martín de Quillota y antes del cierre de recepción de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, firmado y timbrado por el propio proveedor, el cual haga alusión a la glosa señalada en el párrafo precedente.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de la garantía de seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación. Sin embargo, respecto del oferente cuya oferta siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último oferente se desistiera de celebrar el respectivo contrato y el hospital adjudicare en los casos previstos en el numeral 12 del título IV, la devolución se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el proveedor readjudicado. En cambio, si el proveedor adjudicado suscribe el contrato definitivo, la devolución de la garantía del oferente cuya oferta siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, será dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
La devolución de la garantía de seriedad de la oferta del proveedor adjudicado, será devuelta dentro de 30 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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HOSPITAL SAN MARTÍN DE QUILLOTA 61.606.608-0
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Fecha de vencimiento:
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31-03-2022
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Monto:
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7
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del respectivo contrato, el proveedor adjudicado deberá presentar una garantía por un valor equivalente en unidad monetaria de Chile al menos al 7% del precio total del respectivo contrato, a nombre del Hospital San Martín de Quillota, Rut. 61.606.608-0, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, de realización inmediata y ser presentada por el adjudicatario.
La garantía otorgada físicamente deberá ser entregada por el adjudicatario o bien enviada por correo certificado y recibida en la Oficina de Partes del Hospital San Martín de Quillota. En cuanto a garantías otorgadas de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos, Electrónicos, firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma, y debe ser enviada al correo electrónico que indique el Hospital. El plazo para la recepción de este documento será dentro de los 20 días corridos siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
La fecha de vencimiento de la garantía debe corresponder al menos a los 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato. En caso de prórroga del respectivo contrato, esta garantía deberá prorrogarse por el mismo plazo que este, aumentado en 60 días hábiles.
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza a la vista u otro instrumento a la vista, serán aceptados como instrumentos validos de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Asimismo, dichos instrumentos asegurarán el pago de las multas que se puedan cursar conforme lo establecido en las presentes bases. En el caso de las pólizas de seguro, estas no deberán contener cláusula de juicio arbitral, ni considerar deducible de cargo de la entidad licitante.
En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
En caso de prórroga del contrato, el proveedor deberá presentar otra garantía de iguales características, con vigencia de al menos 60 días hábiles posteriores a la culminación de la respectiva prórroga de contrato.
Será la Unidad de Licitaciones y Convenios la encargada de revisar que la garantía fuese entregada de manera correcta, y por ende en el caso que la garantía se encuentra errónea se notificará al proveedor a través de correo electrónico, el cual deberá retirar dicho documento del plazo de 2 días corridos contados desde la notificación efectuada por el Hospital San Martín de Quillota, y restituir el instrumento dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde el vencimiento del plazo para retiro de la garantía erróneamente emitida. En caso que el proveedor registre domicilio fuera de la Región de Valparaíso, la garantía referida será enviada por correo certificado para su posterior modificación. De verificarse la falta de autenticidad de las misma, esta se entenderá como no presentada, para todos sus efectos legales sin perjuicio de las demás acciones legales que corresponda impetrar.
Será responsabilidad del proveedor mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato hasta 60 días hábiles posteriores a la culminación del respectivo contrato. En caso de renovación del contrato, y cuando la garantía tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el proveedor deberá reemplazarla, dentro de los últimos 5 días corridos de vigencia de la misma, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
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Glosa:
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La devolución de la garantía de seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación. Sin embargo, respecto del oferente cuya oferta siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último oferente se desistiera de celebrar el respectivo contrato y el hospital adjudicare en los casos previstos en el numeral 12 del título IV, la devolución se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el proveedor readjudicado. En cambio, si el proveedor adjudicado suscribe el contrato definitivo, la devolución de la garantía del oferente cuya oferta siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, será dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
La devolución de la garantía de seriedad de la oferta del proveedor adjudicado, será devuelta dentro de 30 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La restitución de la respectiva garantía será realizada 60 días hábiles después del término del contrato o luego de 60 días hábiles después del término de la prórroga, según corresponda.
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