Garantías de Seriedad de Ofertas
|
Beneficiario:
|
Hospital San Martín de Quillota
|
|
Fecha de vencimiento:
|
04-11-2024
|
|
Monto:
|
300000
Peso Chileno
|
|
|
Descripción:
|
El documento otorgado físicamente deberá ser entregado o bien enviado por correo certificado y recepcionado en Oficina de Partes del Hospital San Martín de Quillota. En cuanto a garantías otorgadas de manera electrónica, deberán ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma, adjuntándola a la oferta. El plazo para la recepción de este documento y el horario de entrega será el indicado en el Título I numeral 6 Cronograma de Licitación. Sobre el particular, corresponde observar que, si el proveedor presenta garantía mediante documento electrónico, no será exigible que el oferente presente el Anexo N°4 “Constancia de Emisión de Documento de Garantía”. En caso de no presentar la garantía en alguna de las formas y dentro del plazo señalado anteriormente la oferta será declarada inadmisible.
Esta garantía deberá tener una vigencia de 90 días corridos a contar del cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, en caso de no aceptar la orden de compra por causas atribuibles al proveedor adjudicado en el plazo establecido, no entrega de los antecedentes requeridos de acuerdo con las presentes bases para aceptar la orden de compra, desistimiento de la oferta dentro del plazo de vigencia de 90 días corridos establecidos en las presentes bases. De igual forma, la no inscripción en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado dentro del plazo para celebrar el contrato, facultará a la entidad licitante a materializar el cobro de dicha garantía.
Para aquellos instrumentos financieros que no se les permita indicar glosa, el proveedor deberá presentar un documento al momento de entregar o enviar por correo certificado la Garantía de Seriedad de la Oferta en Oficina de Partes del Hospital Biprovincial Quillota - Petorca, tratándose de instrumento físico; o adjuntándolo a su oferta en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl, tratándose de documento electrónico. En ambos casos, el documento deberá encontrarse firmado por el oferente, hacer alusión a la glosa señalada en el párrafo precedente y ser presentado o recepcionado antes del cierre de recepción de las ofertas.
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza u otro instrumento a la vista, serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de seriedad de las ofertas. Se hace presente que las garantías pueden ser otorgadas de manera electrónica, acorde con lo establecido en la Ley N° 19.799 y su reglamento.
En caso de presentar pólizas de seguro, el valor de éstas corresponderá al equivalente en Unidades de Fomento (UF) del día de presentación de la oferta, no deberán contener cláusula de juicio arbitral, ni considerar pago de deducible de cargo de la entidad licitante, el que será siempre de cargo del oferente.
En caso de garantía emitida en documento físico y la entidad financiera se niegue a firmar Anexo N°4 “Constancia de Emisión de Documento de Garantía”, se deberá adjuntar un certificado emitido por dicha entidad el cuál debe tener registrado nombre de quien lo emite, nombre entidad emisora, sucursal, dirección, nombre del oferente , especificar tipo de garantía, glosa, número del documento, monto y firmado y timbrado por funcionario de la institución que lo emite, sin dejar de adjuntar el Anexo N°4 “Constancia de Emisión de Documento de Garantía”.
|
|
|
Glosa:
|
“Para Garantizar la Seriedad de la Oferta de la Propuesta Pública ID 1704-18-LE24.
|
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
En el caso que el proveedor presente una oferta alternativa, de acuerdo a lo indicado en la Título III, numeral 2 de las Bases Administrativas Especiales, deberá hacer entrega de un documento de garantía individualizado para esta oferta en cuestión y para cada una de las presentadas, indicando en la glosa “Para Garantizar la Seriedad de la Oferta de la Propuesta Pública ID 1704-18-LE24 (Oferta Alternativa n°XX)”.
La devolución de la garantía de seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación. Sin embargo, respecto del oferente cuya oferta siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación para el caso que este último oferente se desistiera de celebrar el respectivo contrato y el hospital adjudicare en los casos previstos en el numeral 12 del Título IV, la devolución se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el proveedor readjudicado. En cambio, si el proveedor adjudicado suscribe el contrato definitivo, la devolución de la garantía del oferente cuya oferta siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, será dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
La devolución de la garantía de seriedad de la oferta del proveedor adjudicado, será efectuada dentro de 30 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
Sin perjuicio de lo anterior en caso que la entidad licitante readjudicare la presente licitación en una o más oportunidades, se encontrará facultada para exigir al proveedor readjudicado la entrega de una nueva garantía de seriedad de la oferta o la prórroga de la presentada en su oportunidad, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de readjudicación correspondiente en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, la que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el presente numeral, con una vigencia de 60 días corridos contados desde la publicación de la resolución de readjudicación. En caso que el oferente readjudicado no cumpla lo señalado, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la resolución de readjudicación, determinando a su vez si readjudica a la siguiente oferta mejor evaluada, o declara desierta la licitación y efectúa un nuevo llamado a licitación.
|
|