1.-
BASES ADMINISTRATIVAS
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS GENERICOS DE LABORATORIO AÑO 2021 Y/O HASTA AGOTAR EL PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA HOSPITAL DE QUINTERO”
1. GENERALIDADES
Teniendo presente lo dispuesto en el Artículo 19º del reglamento de la ley 19.886 y considerando la necesidad de contar de manera oportuna y a un valor de mercado con Insumos Genéricos de Laboratorio que no se encuentran en convenio marco vigente. El establecimiento realiza un llamado a Licitación Pública inferior a 500 U.T.M. El presente llamado tendrá una duración de 10 días corridos por tratarse de contrataciones de bienes de simple y objetiva especificación de acuerdo a lo permitido por el artículo 25 inciso 6º de la Ley 19.886.
Las presentes bases norman el proceso de llamado a Licitación Pública, a través del Sistema www.mercadopublico.cl, para lo cual el Hospital de Quintero, en su calidad de Mandante, hace un llamado para adquisición de suministro de “Insumos Genéricos de Laboratorio año 2021/y o hasta agotar presupuesto disponible” para Servicio de Laboratorio Clínico del establecimiento, de acuerdo al detalle y especificaciones técnicas indicadas en estas bases y sus bases técnicas.
MANDANTE : Hospital de Quintero
RUT MANDANTE : 61.606.603-k
DIRECCIÓN : Aránguiz Tudela #380, Quintero
MODALIDAD LICITACIÓN : Licitación Pública inferior a 500 U.T.M.
TIPO DE LICITACIÓN : Adjudicación múltiple, Propuesta Pública por el Portal www.mercadopublico.cl
2. PRESUPUESTO
El presupuesto disponible total para adquirir suministro de Insumos Genéricos de Laboratorio es de $ 15.000.000.- (Quince millones de pesos) impuesto incluido.
3. REQUISITOS PARA PRESENTARSE A LA PROPUESTA
Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas que cuenten con la disposición de bienes necesaria para la prestación del servicio que se licita y que, además, cumplan con los requisitos establecidos en la ley Nº18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado) y en la Ley Nº19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S. Nº250/04 y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el Art. 4 de la Ley Nº 19.886.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos.
Al momento de la suscripción el contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo certificado de inscripción.
De acuerdo al artículo 4 de la Ley Nº19.886 (“Ley de Compras”), modificado por Ley Nº20.088/06, quedan expresamente excluidos de la licitación los funcionarios “directivos” del Servicio de Salud Viña del Mar Quillota, sus sociedades y sus parientes a que se refiere el artículo 54 letra b) de la ley Nº18.575.
La exclusión alcanza también a los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de estas sociedades. Para estos efectos se entiende como tal el funcionario que cumple una función directiva y/o de jefatura, sea titular o encomendada, incluidos los Jefes de Servicios Clínicos, de Unidades de Apoyo, Jefes de Secciones, etc.
También quedan excluidas aquellas sociedades en que el o los socios sean funcionarios de entidades regidas por el D.L. Nº249/74 (funcionarios de la administración pública en general), siempre y cuando, en conjunto, tales socios representen 10% o más del capital social o cuando la sociedad tengan entre sus trabajadores a personas que sean funcionarios de alguna de esas entidades, y el monto de los servicios a adjudicar sea igual o superior a 200 U.T.M. .,artículo 54 letra a) inciso 3º de la Ley Nº18.575.
Quedarán excluidos quienes, al momento de presentación de las ofertas, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Quedarán excluidos quienes, dentro de dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, conforme lo ordena el artículo 4°, inciso primero, de la ley N°19.886.
Quedarán excluidos quienes se encuentren cumpliendo condena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, contemplada en los artículos 8° y 10° de la Ley N°20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho.
4. ETAPAS Y PLAZOS
4.1. Publicación: La presente Licitación se publicará durante 10 días Hábiles en el Portal Web de Mercado público, sitio http://www.mercadopublico.cl
4.2. Período de Consultas: Las consultas podrán ser ingresadas hasta 4 días corridos luego de la publicación del proceso. Las consultas de los proveedores interesados se recibirán a través del portal http://www.mercadopublico.cl,.
4.3. Respuesta a Consultas: Las respuestas a las consultas y aclaraciones que sea necesario entregar, se harán por medio del portal http://www.mercadopublico.cl, estás serán contestadas como fecha tope 3 días hábiles antes del cierre de la propuesta. Las respuestas a las consultas son parte integral de las bases administrativas, por lo que deben ser consideradas para el ingreso de las ofertas.
4.4. Cierre de la Licitación: El cierre se realizará 10 días hábiles luego de la publicación, la fecha quedará establecida en el portal http://www.mercadopublico.cl
4.5. Apertura Electrónica: se realizará luego del cierre de la licitación, la fecha estará indicada en el portal http://www.mercadopublico.cl
5. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
En la presente licitación, podrán participar personas jurídicas y/o naturales. Asimismo, deberán estar registradas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración Pública www.mercadopublico.cl, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
La recepción y apertura de la propuesta electrónica se efectuará según lo establecido en el portal http://www.mercadopublico.cl.
Todos los antecedentes solicitados deberán ser presentados en formato digital, con la firma del representante legal, adjuntándolos en los Anexos respectivos.
Las ofertas no podrán encontrarse sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.
Los antecedentes presentados deberán permitir la completa revisión y comprensión de la oferta. Los antecedentes deberán concordar entre sí.
Aquellos oferentes que puedan acreditar que se encuentran en las circunstancias establecidas en el Art. 62º del Reglamento de la Ley Nº19.886 de Compras Públicas, podrán entregar en soporte de papel, en la Unidad de Abastecimiento del Hospital de Quintero, ubicada en calle Aránguiz Tudela # 380, Comuna de Quintero, hasta las 12:00 horas del día de cierre de recepción de ofertas, que indique el portal.
6. ACLARACIONES A LOS ANTECEDENTES
En consecuencia, si durante o con motivo del estudio de dichos antecedentes o de las presentes bases, surgieran dudas u objeciones que formular, los oferentes deberán solicitar por escrito las consultas pertinentes, a través del portal http://www.mercadopublico.cl, al Hospital de Quintero, en los plazos que se establecen en el mismo portal.
Con motivo de dichas aclaraciones, el servicio podrá rectificar o aclarar estas bases, las Bases Técnicas y los demás antecedentes que formen parte de la licitación, enmiendas que pasarán a formar parte integrante de estas bases y/o del contrato respectivo, y serán informadas por escrito a través del portal http://www.mercadopublico.cl, a todos los interesados que deseen participar en la licitación. Se responderán solo preguntas atingentes al servicio.
7. NORMAS APLICABLES A LA LICITACIÓN
La presente licitación se norma de acuerdo al siguiente orden de preeminencia:
a) Ley de compras públicas y su reglamento.
b) Reglamento Sanitario de los alimentos.
c) Las Bases Administrativas
d) Las aclaraciones, si las hubiere
e) Las Modificaciones realizadas a las Bases.
f) Las Especificaciones Técnicas.
g) Anexos.
h) Oferta Económica de la Empresa
8. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Cada oferente deberá presentar su propuesta sea persona natural o jurídica, en forma individual o colectiva, respecto de las cuales no incurra en alguna de las causales de inhabilidad inciso 1 y 7 Articulo Nº 4 de la Ley 18.886, las personas jurídicas no pueden haber sido condenadas a alguna de las penas establecidas en el Articulo Nº 10 de la Ley Nº 20.362, esta debe hacerse través del Portal http://www.mercadopublico.cl, o en los términos del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas.
Las ofertas deben contener todos los anexos solicitados en las presentes bases, si un proveedor no entrega toda la documentación solicitada el Hospital de Quintero podrá declarar inadmisible la oferta.
El Hospital de Quintero podrá verificar los antecedentes presentados en los contenidos de la Propuesta.
La presentación de los antecedentes descritos en los puntos siguientes, así como los referidos a la Propuesta Económica, son de alta relevancia pues a partir de su análisis Hospital de Quintero determinará su posterior adjudicación, el proveedor que no cumpla con ello quedará fuera de bases.
9. ADMISIBILIDAD PARA OFERTAR ANEXOS
9.1. ANEXO Nº1, los oferentes deberán completar la identificación del oferente y firmarlo.
9.2. ANEXO Nº2, los oferentes deberán realizar una Declaración jurada simple expresando conocer, aceptar y estar conforme con las presentes Bases y con todas las condiciones, antecedentes y exigencias que en ellas se establecen y firmarlo.
9.3. ANEXO N° 3, Formulario cumplimiento Ley N° 19.886.
9.4. ANEXO N° 4, Especificaciones técnicas.
Ficha técnica de Insumos: procedencia, indicar fabricante, vencimiento mínimo de 12 meses. Todo insumo deben contar con N° de Registro I.S.P Incorporarlo señalando nombre del documento claramente.
Que, independiente del lote o serie, marca y origen, el Registro Sanitario del producto ofertado no haya sido objeto de retiro voluntario o instruido por parte del ISP, dentro de los doce meses anteriores a la fecha del llamado a publicación. Lo anterior mediante declaración jurada.
En el evento de que el oferente no sea titular del registro sanitario ofertado, se deberá acompañar documento emitido por el titular del Registro sanitario que autorice al oferente para ofertar y/o comercializar el producto licitado.
La información ingresada por parte del oferente en el Anexo N°4 debe ser respaldada con documentación según corresponda a las respuesta del proveedor, la cual deberá permitir acreditar el cumplimiento de las especificaciones solicitadas. En caso de que la documentación adjuntada no de respuesta al requerimiento solicitado, el Hospital de Quintero se reservará el derecho a no continuar la evaluación de la oferta.
En caso de no indicar la fecha exacta con día, mes y año (ej. 01/01/2021) la oferta no será evaluada, por contener información incompleta.
9.5. ANEXO N° 5, Económico.
Se considerarán incluidos en la oferta los costos y gastos que demanden la ejecución del servicio contratado y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, incluidos todos los seguros, fletes y especificaciones técnicas, del servicio ofertado.
El precio deberá estar expresado en Pesos Chilenos (en su valor NETO), debiendo contemplar todos los gastos y riesgos necesarios, para que se cumpla el objetivo del llamado a propuesta, considerando el valor unitario de cada ítem. La oferta deberá coincidir con el valor de la oferta indicada en el portal. En caso de no coincidir, prevalecerá el valor ofertado en el Anexo económico.
Este formulario debe ser presentado por cada ítem ofertado. El método de evaluación se detalla en los “Criterios de evaluación”.
En caso de no adjuntar el Anexo económico y/o no se encuentre completo en la totalidad de información solicitada, la oferta no será evaluada por falta de información.
9.6. ANEXO N°6, Corresponde al documento en el que se declaran el compromiso del despacho y flete independiente del mínimo del monto adjudicado y la distribución que deban realizar. Los oferentes deberán presentar el anexo N°6 firmado.
10.-RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La Recepción y Apertura de las Propuestas serán el día, lugar y hora que se indica en el Portal www.mercadopublico.cl, oportunidad en que se reunirá la Comisión de Evaluación.
En primer lugar, se realizará la apertura electrónica, verificando que los oferentes hayan presentado todos los antecedentes administrativos solicitados en el punto 9.1 -9.2, de las presentes Bases Administrativas.
En segundo lugar, se abrirá la “Propuesta Técnica” según los antecedentes solicitados en el punto 9.4-9.5, de las presentes bases.
En tercer lugar, se abrirá la “Propuesta Económica” según los antecedentes solicitados en el punto 9,5 de las presentes bases.
11.-ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal web www.mercadopublico.cl.
Se permitirá la entrega de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Es por esto que se incluye, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
El plazo tope para entrega de estos antecedentes es de 2 días hábiles. Si el oferente no da respuesta en los plazos establecidos por la entidad licitante podrá ser causal suficiente para quedar fuera del proceso de licitación.
12.-EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
Se constituirá una Comisión de Evaluación de las ofertas, la cual estará compuesta por tres funcionarios del Servicio de Salud, Hospital de Quintero o en efecto sus respectivos reemplazos.
• DR. Hector Pinto Acuña Subdirector Médico.
• D. Ivonne Valdés Caldera Subdirectora Administrativa
• D. Mathius Andunce Gandarillas Jefe de Abastecimiento
Las propuestas serán evaluadas por la Comisión de Evaluación, la que propondrá previo análisis de cada una de ellas, la adjudicación o rechazo, mediante un Informe de Evaluación que indicará las razones técnicas, financieras y jurídicas del rechazo o de la propuesta de adjudicación, según sea el caso.
13.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las propuestas, se realizará mediante la aplicación de los criterios de evaluación con su correspondiente ponderación y fórmula de cálculo, según se indica a continuación:
Criterios y Ponderación
Propuesta Económica
El proveedor con el menor precio obtendrá nota 10 y proporcionalmente disminuirá la nota, evaluándose de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Oferta de Menor Valor/ Oferta Evaluada) *10 30%
Plazo de entrega (10 puntos)
Deben indicar Nº de horas o días desde que se emite la Orden de compra desde la Unidad de Abastecimiento.
El plazo de entrega óptimo requerido por el Servicio es de 3 días hábiles una vez aceptada la orden de compra.
Se asignarán las siguientes puntajes:
• Plazo de 3 días hábiles: 10 puntos
• Plazo de 4 días hábiles : 5 puntos
• Plazo mayor a 5 días hábiles: Nota 1
Los plazos que superen más de 6 días hábiles no serán evaluados.
En caso que el oferente indique un plazo mínimo y máximo de despacho se considerara para efectos de evaluación el plazo máximo ofertado.
Los costos de flete deben ser considerados por el proveedor, el Servicio se reserva al derecho a eliminar ofertas con mínimo de despacho y/o mínimo de facturación. 15%
Especificaciones Técnicas (10 puntos)
Para el Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas de Insumo Clínicos se evaluará las especificaciones técnicas solicitadas en el anexo complementario, con un puntaje total del 30%:
• Cumple con las especificaciones técnicas : 10 puntos
• No cumple con las especificaciones técnicas: 1 punto 30%
Fecha de vencimiento (10 puntos)
• Fecha de vencimiento (debe indicar fecha exacta de vencimiento) 12 meses o superior y carta de canje: 10 puntos
• Fecha de vencimiento (debe indicar fecha exacta de vencimiento) menor a 12 meses con carta de canje: 5 puntos
• Fecha de vencimiento (debe indicar fecha exacta de vencimiento) menor a 12 meses sin carta de canje: OFERTA INADMISIBLE, ya que la carta de canje es requisito de admisibilidad.
La oferta debe indicar fecha exacta de vencimiento, en caso que esto no ocurra su propuesta se declarará inadmisible. 15 %
Cumplimiento de los requisitos formales.(10 puntos)
Los oferentes que no presenten algunos de los documentos solicitados, no cumplen con los formatos, podrán salvar errores u omisiones según el artículo Nº 40 de la Ley de compras públicas, pero se le descontara puntaje según lo siguiente:
• El oferente entrega todos los documentos requeridos en tiempo y forma según lo solicitado en las bases de licitación 10 puntos.
• El oferente no presenta toda la documentación solicitada y/o salva errores u omisiones en tiempo extraordinario 1 punto 10%
14.-RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de producirse empate entre 2 o más oferentes participantes en la Licitación, para desempatar primará la oferta que obtuviera mayor puntaje en el cumplimiento de las especificaciones técnicas (30%). De persistir el empate, se desempata en el siguiente orden de análisis de criterios:
● Oferta económica (30%).
● Plazo de entrega (15%)
15.-MODIFICACIÓN FECHA DE ADJUDICACIÓN, en caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
16.-ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
El Hospital aceptará una oferta mediante acto administrativo debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que están definidos en las presentes bases, y que permitirán al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La adjudicación se hará por resolución exenta y será publicada a través del portal www.mercadopublico.cl, conjuntamente serán publicados en el mismo sitio los resultados de la evaluación de los proponentes.
En el caso que no se hayan presentado ofertas, la licitación será declarada desierta.
En el caso que las ofertas recibidas resulten inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases, o si no resultan convenientes a los intereses, la propuesta será declarada desierta, a través de Resolución fundada.
17.-FACULTAD DE DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN
De acuerdo a lo establecido en el artículo 9 la Ley de Compras, el Hospital podrá declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o bien cuando estas no resultaren convenientes a los intereses del Hospital.
18.-FACULTAD DE READJUDICAR
El Hospital de Quintero podrá readjudicar la licitación al o los oferentes que siga en orden de prelación de acuerdo al puntaje obtenido en los siguientes casos:
a) Si el proveedor no entrega los productos en el plazo establecido en su oferta.
b) Si el adjudicatario se desistiese de su oferta. Esto debe efectuarse mediante notificación escrita.
c) Si el o los adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la
Ley Nº 19.886 ó no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
d) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado.
e) Si se constata que el o los adjudicatarios presentaron documentación falsa o adulterada.
19. FACULTAD DE PRÓRROGA O RENOVACION DE LA LICITACIÓN
La adquisición de los bienes materia de la presente licitación se extenderá por el valor asignado con impuesto incluido, no será objeto de prórroga ni de renovación.
20. CONTRATO
Efectuada la adjudicación, el Hospital emitirá las respectivas Órdenes de Compras las que se formalizaran como contrato una vez aceptadas por el proveedor. El o los oferentes adjudicados deberán dar cumplimiento en todo momento a los requerimientos del Hospital que se encuentren establecidos en las bases administrativas, bases técnicas y demás antecedentes que rigen el proceso de licitación, como asimismo a los antecedentes de su oferta.
21. FORMA DE PAGO
Para el pago el proponente adjudicado deberá presentar lo siguiente:
Las facturas deberán ser emitidas a nombre de:
Nombre Hospital de Quintero
RUT 61606603-k
Domicilio Aránguiz Tudela N°380, Quintero
Giro Salud
Para que la factura sea aceptada en el portal ACEPTA, Programa de la División de Presupuesto del Ministerio, la factura debe indicar los siguientes campos al momento de generarla en el Servicio de Impuestos Internos, ejemplo:
Orden de compra en portal mercado público se encuentre ACEPTADA
Factura indique el número de la orden de compra en el campo destinado para este uso, que es el señalado en imagen
Proveedor envíe el formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com
• Factura debe detallar el servicio o bien entregado, guías y/o mes que aplique para la respectiva cobranza , indicar el N°de orden de compra .
• Factura deberá ser entregada en Subdepartamento de Abastecimiento del Hospital de Quintero, ubicada en Aránguiz Tudela N°380, Quintero.
• El pago será en un plazo que no podrá exceder de 45 días hábiles, a contar de la fecha en que la factura sea recepcionada conforme. Ello de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Presupuesto año del año en curso.
• El Hospital de Quintero devolverá al proveedor la factura si tiene errores o no se ajustan a los términos establecidos en las bases administrativas, bases técnicas y demás antecedentes que rigen el proceso de licitación, como asimismo a los antecedentes de su oferta. En este caso el Proveedor deberá solucionar lo notificado en el plazo máximo de 3 días hábiles.
- NORMA ESPECIAL SOBRE FACTORING
El Hospital de Quintero deberá cumplir con lo establecido en los contratos de “factoring” suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
22. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El proveedor adjudicado deberá ceñirse a las condiciones establecidas en las siguientes normas e instrumentos que rigen la ejecución del servicio encomendado, de acuerdo al siguiente orden de relación:
• El set de respuestas a las consultas y aclaraciones realizadas a las bases de la licitación, elaborado a través del Portal www.mercadopublico.cl.
• Bases Administrativas
• Bases Técnicas y demás antecedentes técnicos de la licitación.
• Antecedentes de su oferta.
• Oferta económica de la empresa
Deberá además el proveedor cumplir fiel y oportunamente sus obligaciones contractuales, comerciales, laborales, previsionales y tributarias. Pagar oportunamente las remuneraciones de su personal y cotizaciones previsionales.
La Dirección del Hospital de Quintero quedará facultada para efectuar pagos, por el proveedor en caso de mora de las obligaciones laborales, previsionales y tributarias, con cargo a las facturaciones respectivas.
23.-MULTAS
El sistema de multas tiene como objetivo estimular la eficiencia del proveedor en el cumplimiento de su contrato. Se sancionará con una multa los incumplimientos de la empresa que se evalúen con las pautas siguientes.
La multa se hará efectiva, de la siguiente forma: El monto de las multas será rebajado del pago que el Hospital de Quintero deba efectuar a la empresa en la factura del estado de pago correspondiente a la fecha de aplicación de la multa y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se les cobrará directamente.
Multas:
El sistema de multas tiene por objetivo estimular la eficiencia del Proveedor en la entrega de los medicamentos adjudicados, los plazos que se establecen en la presente licitación son de exclusiva responsabilidad del proveedor, en las presentes Bases Técnicas que consideraron como multas:
• Si el proveedor no cumple con el plazo de entrega ofertado de la totalidad de los medicamentos y con el lugar de entrega, se aplicará una multa del 5% del monto facturado por cada día de atraso, con un tope máximo de hasta un 70% del total de la compra, luego del cual procederá el término anticipado del contrato.
• Si el proveedor realiza un despacho parcializado se aplicará una multa del 5% del monto total (impuesto incluido) facturado en el primer despacho por cada día de atraso, luego se aplicará una multa del 10% del monto total (impuesto incluido) facturado en el segundo despacho por cada día de atraso con un tope máximo de hasta un 80% del total de la compra y se registrará una evaluación negativa en el portal de Chileproveedores. Posterior a ello indicar que se dará término anticipado al contrato.
• En caso que el proveedor no proceda a la entrega de los productos adjudicados, esto será informado con una evaluación negativa en el Portal Mercado Público y Chileproveedores.
24. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS, SANCIONES Y COBRO DE GARANTÍAS.
Por parte del Hospital de Quintero, previo requerimiento del Referente Técnico, se procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que éste fijó en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa, la boleta que se cobrará o el contrato al que se pone término. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, la empresa tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
El Hospital de Quintero deberá resolver a contar de la recepción de los descargos o, en su caso, desde el vencimiento del plazo para presentar descargos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución exenta, comunicándose a través de carta certificada al interesado.
En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Conforme al artículo 57 de la Ley 19.880, la interposición de recursos administrativos no suspenderá la ejecución del acto impugnado.
Conforme a la misma disposición legal, la autoridad llamada a resolver el recurso, a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso.
En consecuencia, el cobro de la multa o el término anticipado del contrato, se harán exigibles y se ejecutarán desde que se notifique al interesado la resolución exenta.
El monto de las multas será rebajado del pago que el Hospital Adriana Cousiño de Quintero deba efectuar a la empresa en la factura del estado de pago correspondiente a la fecha de aplicación de la multa y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se les cobrará directamente.
Si el proceso se ha iniciado por cobro de multa, después de transcurrido el plazo tope de atraso de 15 días corridos para que la empresa pague la multa, el Hospital Adriana Cousiño de Quintero, se encuentra facultado para dar termino al contrato. Todo lo anterior conforme a las reglas indicadas en artículo 79 ter de reglamento Ley de Compras Públicas.
Los montos recaudados por concepto de multas serán ingresados al presupuesto del Hospital Adriana Cousiño de Quintero que pertenece al Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota.
25.-SANCIONES
Los incumplimientos a lo establecido en las presentes Bases Administrativas, facultará al Hospital Adriana Cousiño de Quintero que pertenece al Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota para aplicar de acuerdo a su gravedad, una o varias de las siguientes sanciones:
a) Terminar anticipadamente el contrato.
b) Exigir el cumplimiento judicial del contrato.
c) Aplicar las multas correspondientes.
d) Exigir la indemnización de los perjuicios causados.
Para aplicación de sanciones se observará el procedimiento contemplado en las presentes bases.
26. REFERENTE TÉCNICO DEL CONTRATO
El referente técnico es el funcionario (a) responsable, en un contrato y/o orden de compra de la supervisión de los servicios o productos entregados. Para esto el Hospital de Quintero designa como referente técnico a TM. D. Diego Muñoz Jefe (S) de Laboratorio Clínico.
El que tendrá designada las siguientes facultades:
a) Monitorear y controlar el cumplimiento de todas aquellas exigencias impuestas en las presentes bases a las ayudas técnicas.
b) Monitorear y controlar la calidad y plazos de entrega de lo establecido en bases técnicas.
c) Monitorear y controlando capacitaciones de acuerdo a lograr el cumplimiento de lo ofertado por cada proveedor.
d) Redactar el Informe de conformidad de lo contratado.
e) Enviar la Subdireccion del establecimiento la solicitud de multas por incumpliendo del convenio, adjuntando los antecedentes e informes que lo justifique.
Para fiscalizar el correcto cumpliendo del contrato, el adjudicatario deberá proporcionar al Hospital de Quintero, a través de su referente técnico, toda la información que este requiera, estando expresamente facultado para revisar y recabar todo otro antecedente que se estime pertinente, debiendo dársele todas las facilidades del caso.
27. DOMICILIO DEL PROVEEDOR
Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas Bases, así como de los que se deriven de la ejecución de lo requerido, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Viña del Mar.
|
|
|