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REQUISITOS PARA PRESENTACION DE OFERTAS |
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Como resultado de cambios realizados por Chilecompra en el Formulario de Adquisiciones, a contar del día Viernes 14 de Julio de 2006, se obliga a los Servicios Públicos a verificar que los proveedores adjudicados cumplan con las habilidades estipuladas en la normativa de compras públicas vigente, a continuación, se informa la forma en que deberán ser presentadas las ofertas:
Podrán presentar ofertas los proveedores inscritos tanto en Chilecompra como en Chileproveedores.
Para los proveedores que sólo se encuentran inscritos Chilecompra, serán obligatorios los siguientes cinco documentos que deberán adjuntarse como archivos anexos o en soporte de papel el día y hora detallada en la presente convocatoria.
a) Certificado de Deuda emitido por la Tesorería General de la República, con una antigüedad no superior a 30 días.
b) Certificado de Antecedentes Laborales para postulaciones de contratistas a registros, licitaciones u otros fines similares, extendido por la Inspección del Trabajo competente, vigente al momento del acto de apertura.
c) Declaración jurada acreditando no haber sido condenado con sanción de multa de infracción al DFL N° 1 del 2005, en más de 2 oportunidades dentro de un período de 2 años, salvo que hubieren transcurrido 3 años desde el pago de la última multa impuesta.
d) Declaración jurada acreditando no haber sido condenado como consecuencia de incumplimiento de contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley de Compras en los últimos 2 años.
Estar suspendido o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una Resolución fundada de la Dirección de Compras.
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la contratación, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Capitulo IX Registro de Proveedores Párrafo Nº 5, Inhabilidades e Incompatibilidades incluidas en ley 19.886 Art. Nº 92 del reglamento.
1. Normativas de Conflicto de intereses, Art. 4to, ley 19.886
2. Prácticas Antisindicales y derechos fundamentales del trabajador, modificación letra “a” del artículo 4to. Ley Nº 20.238
3. Saldos insolutos con trabajadores dependientes, modificación letra “b” del artículo 4to. Ley Nº 20.238
4. Normativa de Probidad y transparencia, Socios de empresas, Ley Nº 20.285
Los proveedores inscritos en Chileproveedores, el Registro Oficial de Proveedores del Estado, no deberán presentar documentos, ya que se acredita en línea el cumplimiento de la normativa
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