Licitación ID: 1750-12-LE23
Diseño y Realización de Talleres de Negociación y Storytelling Visualización de Datos para ADP
Responsable de esta licitación: DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, Dirección Nacional del Servicio Civil
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Productos o servicios
1
Consultorías en desarrollo gerencial 1 Global
Cod: 80111501
Servicio de Consultoría para el Diseño y Realización de Tres (3) Talleres de Negociación y Tres (3) Talleres de Storytelling & Visualización de Datos para las y los ADP.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Diseño y Realización de Talleres de Negociación y Storytelling Visualización de Datos para ADP
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la licitación pública es contratar el servicio de Consultoría para el Diseño y Realización de Tres (3) Talleres de Negociación y Tres (3) Talleres de Storytelling & Visualización de Datos para las y los Altos Directivos Públicos (ADP).
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Unidad de compra:
Dirección Nacional del Servicio Civil
R.U.T.:
65.290.590-0
Dirección:
Morandé Nº 115 Piso 9
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-10-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-10-2023 9:13:34
Fecha inicio de preguntas: 04-10-2023 11:00:00
Fecha final de preguntas: 10-10-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-10-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-10-2023 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-10-2023 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 08-11-2023 8:55:08
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Conforme al punto 9.1. Antecedentes administrativos de las Bases Administrativas.
Documentos Técnicos
1.- Conforme al punto 9.2 Antecedentes técnicos de las Bases Administrativas.
 
Documentos Económicos
1.- Conforme al punto 9.3 Antecedentes económicos de las Bases Administrativas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia de su cédula de identidad
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: Anexo N°5 Declaración jurada simple para contratar
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia del poder del representante legal
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia del poder del representante legal
- I18n entry not found: Anexo N°5 Declaración jurada simple para contratar (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado) que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: Anexo N°5 Declaración jurada simple para contratar (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado) que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia del poder del representante legal
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia del poder del representante legal
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos
- I18n entry not found: Anexo N°5 Declaración jurada simple para contratar
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterios Técnicos Conforme al punto 12.6. Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las ofertas de las bases administrativas de la licitación. 80%
2 Criterio Económico Conforme al punto 12.6. Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las ofertas de las bases administrativas de la licitación. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Dirección Nacional del Servicio Civil
Monto Total Estimado: 34000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones 34.000.000 treinta y cuatro millones de pesos, impuestos incluidos
Tiempo del Contrato 7 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Cristopher Soto
e-mail de responsable de pago: csoto@serviciocivil.cl
Nombre de responsable de contrato: Sonia Ortiz
e-mail de responsable de contrato: sortiz@serviciocivil.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-28734511-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor contratado no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebr
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección Nacional del Servicio Civil
Fecha de vencimiento: 15-11-2024
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el/la proveedor/a adjudicado/a deberá presentar una garantía por el 10% del monto total contratado. Cabe precisar que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato también podrá ser tomada por un/a tercero/a a su nombre (aplica dictamen N° 22.800 y Nº 91113, ambos de 2016). El/la tomador/a deberá consignar en la misma garantía o documento anexo que dicho instrumento es tomado en favor de la o el oferente. La garantía debe ser entregada en la Oficina de Partes del Servicio Civil ubicada en Morandé N° 115 piso 9°, Santiago, dentro de los 30 días corridos contados desde la notificación de la adjudicación (cláusula 6. Etapas y plazos), en horario de oficina, si fueran en soporte de papel. Si la garantía fuera en soporte electrónico, se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl bajo el ID respectivo, o en su defecto, a través del envío de correo electrónico a la cuenta procesoscontratacion@serviciocivil.cl, dentro de los plazos establecidos (cláusula 6. Etapas y plazos). Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la Ley N° 19.886. La garantía deberá tener una vigencia mínima de 90 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 13.8. Vigencia y renovación del Contrato, de las presentes bases de licitación. Será responsabilidad del proveedor/a contratado/a mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 90 días hábiles después de terminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del/la proveedor/a.
Glosa: El instrumento deberá ser tomado a favor de la Dirección Nacional del Servicio Civil, RUT N° 65.290.590-0, detallando la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato derivado de la licitación ID 1750-12-LE23 para la contratación de Servicios de Consultoría para el Diseño y Realización de Tres (3) Talleres de Negociación y Tres (3) Talleres de Storytelling & Visualización de Datos para las y los ADP. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el o la oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. No se aceptan cheques como instrumentos de garantía.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales de la empresa contratada indicadas en las presentes bases (cláusula 13.5. Efectos derivados del incumplimiento), se deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del/la contratado/a.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Subsanación de errores u omisiones formales
En conformidad a lo señalado en el artículo 40 del reglamento de la Ley Nº 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Servicio Civil podrá solicitar a las y los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los/as demás competidores/as, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de las y los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.


 Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 72 horas corridas siguientes de efectuada la solicitud o dentro del plazo que se establezca en la solicitud respectiva, siendo el mismo plazo definido para todas las solicitudes que se realicen, lo que se informará a través del foro inverso disponible en el Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en las y los respectivos oferentes.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante la etapa de evaluación, el Servicio Civil, podrá solicitar a cualquier oferente que: "salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los/as demás competidores/as, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de las y los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto a través del sistema de información". La totalidad de las solicitudes de aclaraciones se pondrán a disposición de todos/as los/as oferentes, en www.mercadopublico.cl para efectos que estos tomen conocimiento de las mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o ruptura del principio de igualdad de las y los oferentes y se orientará a proporcionar los antecedentes para la adecuada comprensión y evaluación de las ofertas.  Mediante la aclaración no podrán modificarse aspectos sustanciales de la oferta, de tal forma que la oferta no podrá mediante las aclaraciones transformarse en otra diferente, ni constituir una nueva oferta.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 72 horas corridas siguientes de efectuada la solicitud o dentro del plazo que se establezca en la solicitud respectiva, siendo el mismo plazo definido para todas las solicitudes que se realicen, lo que se informará a través del foro inverso disponible en el Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los/as respectivos/as oferentes. 

Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
El Servicio Civil declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a la/s y lo/s oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

El Servicio Civil podrá, además, declarar desierta la licitación total o parcialmente, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución totalmente tramitada y no darán derecho a indemnización alguna a las y los oferentes.
De la Adjudicación
El Servicio Civil adjudicará a través de una resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

La adjudicación se efectuará al oferente que haya superado el puntaje mínimo exigido para la evaluación técnica y se ajuste al presupuesto exigido.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl de la resolución debidamente tramitada, que así lo determine, a través del correo electrónico procesoscontratacion@serviciocivil.cl. 

El Servicio Civil dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas a través de la cuenta de correo electrónico mencionada. 





Readjudicación
Si el/la adjudicatario/a desistiere de firmar el contrato o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para su suscripción, el Servicio Civil podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original.
Resolución de Empates

En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:

     1º Criterio Propuesta Técnica;

●    2° Criterio Equipo de Trabajo;

     3° Criterio Experiencia de la empresa;

    4º Criterio Oferta Económica;

    5º Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta.

Si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se envió primero en el portal www.mercadopublico.cl.

Suscripción del contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato el/la proveedor/a deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.


 Si por cualquier causa que no sea imputable al Servicio Civil, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor/a que le siga en puntaje en el ranking establecido. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato respectivo en los plazos establecidos para ello.

 Para suscribir el contrato el/la adjudicado/a debe estar inscrito/a en el Registro de Proveedores, lo cual deberá efectuarse en los plazos dispuestos para ello en estas bases de licitación.
Modificación del contrato
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. En cualquier caso, las modificaciones deberán aprobarse mediante resolución totalmente tramitada.

La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo las condiciones contractuales previamente consensuadas.
Derechos e Impuestos
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contrato y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el contrato o las bases, ha contraído el/la oferente adjudicado/a, serán de cargo exclusivo de éste/a.
Multas

El/la proveedor/a contratado/a deberá pagar multas por atrasos en que incurra en la entrega comprometida de los servicios o por incumplimiento en la prestación de los servicios, de conformidad con las presentes bases, conforme a lo siguiente:

1.- No realización de los talleres en condiciones ofertadas. En caso que uno o más talleres no se realicen conforme a las condiciones establecidas en las bases técnicas y/o a la oferta adjudicada, se aplicará una multa equivalente a 5% del valor total del contrato, por cada situación incumplida.

2.- Atrasos en la entrega de los informes. Estas multas se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calculará como un 2% del valor total del contrato, con un tope de 5 (cinco) días hábiles.

3.- En caso de presentación de informes deficientes en su presentación, tales como: que los contenidos no estén en consonancia con las actividades de los talleres, que no contemplen la totalidad de puntos acordados con la contraparte técnica, faltas de ortografía excesiva, vocabulario inapropiado, redacción deficiente, u otros que se detectaren durante la revisión, se aplicará una multa de 3% del valor total del contrato.

4.- En caso de realizar un cambio en los integrantes del equipo sin haber sido acordado con la contraparte técnica del Servicio Civil y/o si el/la nuevo/a integrante del equipo no cuenta con la experiencia solicitada, se aplicará una multa de 2% del valor total del contrato por cada evento.

Término Anticipado del Contrato

Las causales de término anticipado del contrato que se suscriba producto de esta licitación son las siguientes:

1. Resciliación o mutuo acuerdo entre las o los contratantes. 

2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la o el contratante. Se considera incumplimiento grave las siguientes situaciones:

 No cumplir con los estándares de probidad, transparencia e integridad, esto es que el/la contratado/a, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible y/o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

 i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del Servicio Civil, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo contratado y el Servicio Civil. 

ii. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un/a funcionario/a público/a durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 

iii. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del Servicio Civil. 

 3. Subcontratar, ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, salvo en los casos previstos en la cláusula 13.11 de estas bases.

4. Según lo establecido en el número 13.5.1 anterior, relativo a las multas, cuando existan atrasos en la entrega de los informes, por más de 5 (cinco) días hábiles.

5. Por exigir el interés público o la seguridad nacional. 

6. Estado de notoria insolvencia de la empresa, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 

7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores/as o con trabajadores/as contratados/as en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

8. Entrega por parte de la empresa de antecedentes falsos, durante el proceso de licitación y durante la vigencia del contrato a suscribir. 

9. Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra. 

10. Si la empresa se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudora.

 

11. Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada. 

12. Otros incumplimientos considerados graves a estipulaciones descritas en las bases administrativas y técnicas, que causen perjuicio al Servicio Civil en cuanto al impacto de dichos incumplimientos. 

En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, exigido en las bases, salvo cuando la causal sea resciliación o término de mutuo acuerdo, por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, o si la empresa entregará antecedentes suficientes para determinar su exención de responsabilidad.

El término anticipado por incumplimiento se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula relativa a la liquidación del contrato. 

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el Servicio Civil concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encuentren insolutas a la fecha. 

Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, el Servicio Civil notificará inmediatamente de ello a la empresa contratada, por medio de correo electrónico y carta certificada, informando sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. 

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el/la proveedor/a contratado/a tendrá un plazo de 10 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. 

Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada del Servicio Civil. 

Si el/la proveedor/a contratado/a ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Servicio Civil tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del/la respectivo/a proveedor/a deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Servicio Civil, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al/la respectivo/a proveedor/a adjudicado/a por medio de correo electrónico o mediante carta certificada. 

El/la proveedor/a contratado/a dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. El Servicio Civil tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. 

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. 

Con todo, el/la contratado/a será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de los servicios en que se demuestre que fueron fallas ocasionadas por el propio usuario/a o por terceros/as no vinculados al/la contratado/a. Sin perjuicio de lo anterior, el/la contratado/a deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de la entrega de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.

Forma de Pago y Presupuesto Disponible

El presupuesto disponible como máximo para la realización es de $34.000.000 (treinta y cuatro millones de pesos), con IVA incluido.

El pago de los servicios será realizado en 3 cuotas:

Cuota

Contenidos

Porcentaje (%)

N° 1

Contra entrega Informes Hito 1 Propuesta Metodológica.

25%

N° 2

Contra entrega de Informes Hito 2 Informe de ejecución para los 2 talleres en regiones realizados en año 2023.

25%

N° 3

Contra entrega de Informes Hito 3 Informe de ejecución para los 4 talleres realizados en el primer semestre año 2024 e Informe Final.

50%

El pago de los servicios será en pesos chilenos. En el caso de servicios ofertados en unidades de fomento (UF) u otra moneda extranjera el monto a pagar será calculado en base a la conversión del valor del tipo de cambio al día de la fecha de emisión de la orden de compra.

El valor total de los servicios se cancelará una vez provistos todos los servicios y previo visto bueno de la contraparte técnica, para ello deberá entregar la totalidad de productos y servicios comprometidos y que serán objeto de validación.

Las facturas deberán ser extendidas a nombre de la Dirección Nacional del Servicio Civil RUT N°65.290.590-0 y enviadas por correo electrónico en formato XML a la casilla dnscrecepcion@custodium.com, en un plazo de hasta 72 hrs. Indicando en el campo de referencia, el número de la orden de compra respectiva, en el formato 1750-xxx-xxx, sin puntos.

Una vez recibido conforme los servicios correspondientes por parte de la contraparte técnica del Servicio Civil, se efectuará la recepción conforme en el portal www.mercadopublico.cl, que permitirá el pago de la factura. Pago que será realizado directa y centralizadamente por la Tesorería General de la República, la que tiene como plazo para efectuar el pago hasta 30 días corridos desde la recepción del documento en Servicio de Impuestos Internos (SII). Sin perjuicio de ello, el Servicio Civil podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los ocho (8) días siguientes a su recepción; si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago. 

Las consultas en materia de pagos se canalizarán mediante el correo electrónico del Tesorero de la institución csoto@serviciocivil.cl.

Reajuste
El contrato que se suscriba no establece ni contempla condiciones de reajustabilidad.
Vigencia y renovación del Contrato

El contrato comenzará a regir desde la total tramitación de la resolución que lo aprueba, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.

Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio podrán iniciarse reuniones de coordinación a partir de la fecha de suscripción del referido contrato. En este caso, la o el oferente adjudicado debe estar disponible para comenzar las acciones derivadas de la presente licitación a partir del día subsiguiente a la adjudicación, debiendo concurrir a reuniones con la contraparte del Servicio Civil. Con todo, el plazo máximo de ejecución no podrá exceder del 30 de junio de 2024.

Contraparte Técnica

Los servicios contratados contarán con la supervisión que realizará un o una profesional de la Subdirección de ADP, quien actuará como contraparte técnica de los servicios, a quien le corresponderá:

          Asegurar la calidad del servicio, el cumplimiento de los objetivos y plazos como también la entrega de los productos / servicios solicitados.

    Proporcionar toda la información que la o el oferente requiera para su trabajo, participar en las reuniones relacionadas con la prestación del servicio y controlar su ejecución. 

   Discutir temas técnicos asociados a la implementación de los talleres, metodología y análisis, así como la viabilidad de las etapas involucradas.

       Coordinar y sostener reuniones técnicas a fin de discutir los procesos de la implementación de los talleres y dar retroalimentación cuando sea necesario.

      Revisar los productos, informes de avance y las actividades derivadas de la implementación de los talleres y aprobar su recepción.

      Evaluar los servicios prestados y aprobar los pagos a través de la emisión de los certificados de cumplimiento correspondientes. 

  Realizar la evaluación del contrato e informar respecto de cualquier incumplimiento a las obligaciones asumidas por la o el oferente en virtud de lo suscrito.

Subcontratación

La o el proveedor contratado no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el Servicio Civil, con salvedad de lo indicado en el párrafo siguiente. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales procedan ante esta situación.

La subcontratación podrá ser permitida por el Servicio Civil sólo en aquellos casos en que sea estrictamente necesario por razones de especialidad de algún producto o servicio particular requerido por ésta para el desarrollo de los servicios objeto de la contratación. Cuando se permita la subcontratación, la empresa deberá señalar explícitamente cuál es la materia de la subcontratación, el alcance de ésta, la forma en que se implementará y la razones que lo justifican en caso de que se acoja a la subcontratación.

Comportamiento ético del Contratado
La empresa que preste los servicios deberá observar, durante toda la ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los/as funcionarios/as públicos/as. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los/as funcionarios/as de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Comportamiento ético del Contratado
La empresa que preste los servicios deberá observar, durante toda la ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los/as funcionarios/as públicos/as. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los/as funcionarios/as de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Auditorías
La empresa adjudicada podría ser sometida a auditorías externas independientes, contratadas por el Servicio Civil con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el/la adjudicatario/a en su oferta.

Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte de la o el proveedor, éste quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar el Servicio Civil, según las presentes bases.
Confidencialidad
La ejecución de los servicios tendrá carácter de confidencial.

La o el proveedor contratado no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.

La empresa, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.

La o el proveedor contratado debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el Servicio Civil el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que el Servicio Civil entable en su contra las acciones judiciales que correspondan.

Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Tratamiento de datos personales por mandato
En caso de que se encomiende a la o el proveedor contratado el tratamiento de datos personales por cuenta del Servicio Civil, éste deberá suscribir un contrato de mandato escrito con la o el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Sin embargo, deberá tenerse en consideración lo dispuesto en el artículo 10° de la referida ley, en cuanto a que no pueden ser objeto de tratamiento los datos sensibles, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares, según procediera.

En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega a la o el proveedor (en calidad de mandatario/a), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte de la o el proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue el Servicio Civil (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros/as. Finalmente, si fuera el caso, y salvo que se trate de un caso expresamente autorizado por la ley, para acceder a datos sensibles se requiere contar con el consentimiento del titular.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Durante la vigencia del respectivo contrato la empresa adjudicada deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores/as o con trabajadores/as contratados/as en los últimos 2 años. 

El Servicio Civil podrá requerir a las y los proveedores, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas. 

En caso de que las empresas contratadas registren saldos insolutos de  remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores/as o  con trabajadores/as contratados/as en los últimos 2 años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones,  debiendo las empresas consultoras acreditar que la totalidad de las obligaciones se  encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las  prestaciones, con un máximo de 6 meses. 

El Servicio Civil deberá exigir que las empresas contratadas procedan a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de las empresas dará derecho a terminar la relación contractual (cláusula 13.5.2, N°6 de estas bases), pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 

Normas Laborales
Las empresas contratadas, en su calidad de empleadores/as, serán responsables exclusivos/as del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores/as y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

En consecuencia, las y los proveedores contratados serán responsables, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores/as y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

El Servicio Civil se reserva el derecho a exigir a las empresas, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores/as. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del Servicio Civil, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que las y los proveedores, sus trabajadores/as o integrantes de los equipos presentados por éstos/as, adquieran la calidad de funcionarios/as públicos/as, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el Servicio Civil.
Liquidación del contrato
Para llevar a cabo la finalización de la relación contractual entre las partes, sea por término anticipado o no, la o el proveedor contratado deberá:

● Acordar un calendario de cierre con el Servicio Civil, en donde se establezca un evento o plazo prudencial a partir del cual se entiende que el contrato entre en etapa de cierre.

● Elaborar un protocolo de fin de contrato, que suscribirán ambas partes, y en donde se detallen todas las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado. Este protocolo puede incluir, según el tipo de servicio, elementos como la entrega de códigos fuente, licencias, datos, documentación, soporte técnico, parametrización de sistemas, transferencia de conocimiento, destrucción de información de propiedad del contratante, destrucción de unidades de almacenamiento, devolución de equipos, entre otros.

● Si el Servicio Civil así lo requiere, las y los proveedores contratados deberán prestar colaboración y participar en forma coordinada con aquélla en labores de migración de sistemas u otras similares a un/a nuevo/a proveedor/a.
Pacto de integridad

La o el oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.  Especialmente, la o el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 

i. La o el oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores/as, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el/la oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 

ii. La o el oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o  conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese  su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún/a funcionario/a público/a en relación con  su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o  los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a  ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o  indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la  posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se  deriven. 

iii. La o el oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

iv. La o el oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. 

v. La o el oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

vi. La o el oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

vii. La o el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 

viii. La o el oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias  para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y  cabalmente cumplidas por sus empleados/as, dependientes, asesores/as y/o  agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se  relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente  licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente  responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las  responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen  determinadas por los organismos correspondientes.

Propiedad de la Información
El Servicio Civil será el titular de todos los datos, antecedentes, documentos electrónicos, archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información que se suministre a la o el proveedor contratado o a la cual tenga acceso en virtud del presente proceso licitatorio y la ejecución de los contratos que de él deriven.

La o el proveedor contratado no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita del Servicio Civil.

 De la misma manera, la metodología utilizada en virtud de la presente contratación, instrumentos de evaluación, documentos, manuales, informes, presentaciones y otros que se elaboren y/o utilicen como resultado del presente proceso licitatorio, serán de exclusiva propiedad del Servicio Civil, no pudiendo hacer uso de ellos la empresa, profesionales o personal ligado a la misma, sin autorización previa y por escrito del Servicio Civil.

 La empresa libera de toda responsabilidad al Servicio Civil en caso de acciones entabladas por terceros/as en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los productos / servicios o parte de ellos en Chile.

Cualquier documento acompañado a las ofertas, que imponga algún tipo de restricción u obligación a la Dirección Nacional del Servicio Civil, se mirará como no escrito, salvo aquellas restricciones u obligaciones establecidas en estas bases, en la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y prestación de servicios o, en su caso, en el respectivo contrato.

 Se entenderá que las y los oferentes aceptan lo señalado en esta cláusula por el solo hecho de presentar su oferta en el portal Mercado Público para el presente proceso.