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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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6.3.- PERSONAL DEL CONTRATISTA
El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la
cantidad de obras por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte.
El Contratista deberá informar mensualmente y mientras dure la obra adjudicada, a la
Unidad Técnica sobre el momento y estado de cumplimento de las obligaciones
laborales y previsionales de sus trabajadores, como, asimismo, de las obligaciones de
igual tipo que tengan los subcontratistas con sus trabajadores.
Esta obligación deberá ser acreditada, respecto de las obligaciones previsionales,
mediante certificado emitido por la respectiva inspección del Trabajo y en cuanto al
cumplimiento de los derechos laborales, mediante la respectiva liquidación de sueldo,
debidamente firmada por el trabajador o bien por medios idóneos que garanticen la
veracidad de dicho monto y estado de cumplimento, tanto respecto de los trabajadores
del Contratista, como de los subcontratistas con sus trabajadores.
En caso que la empresa Contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El Gobierno
Regional de Antofagasta exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y
le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la
obligación. El incumplimiento de esta obligación por parte del Contratista dará derecho
a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en
que el Contratista referido no podrá participar.
Estas exigencias deberán cumplirse igualmente respecto de la subcontratación.
Los trabajadores que se empleen en la ejecución de las obras a que se obliga el
Contratista, deberán ser íntegramente contratados por él y no podrán encontrarse en
forma irregular en el país. En consecuencia, el personal que el Contratista ocupa deberá
estar subordinado a él en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno con el
Gobierno Regional de Antofagasta.
El personal del Contratista, subcontratistas o proveedores, están autorizados a
permanecer sólo en el recinto de la obra y no se les permitirá acceso a otras ya
terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por la inspección
técnica. Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición.
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Pacto de integridad |
11.5- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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