Licitación ID: 1803-1-LE20
ATENCIONES MEDICAS EN LA ESPECIALIDAD DE OFTALMOLOGIA PARA LA REGION DE LOS LAGOS
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
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Productos o servicios
1
Personal médico temporal 1200 Unidad
Cod: 80111606
ATENCIONES MEDICAS EN LA ESPECIALIDAD DE OFTALMOLOGIA PARA LA PROVINCIA DE OSORNO (A) AÑOS 2020 Y 2021.  

2
Personal médico temporal 200 Unidad
Cod: 80111606
ATENCIONES MEDICAS EN LA ESPECIALIDAD DE OFTALMOLOGIA PARA LA COMUNA DE CALBUCO AÑOS 2020 Y 2021.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ATENCIONES MEDICAS EN LA ESPECIALIDAD DE OFTALMOLOGIA PARA LA REGION DE LOS LAGOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación del servicio de Atenciones Médicas en la Especialidad de Oftalmología, a realizarse en las comunas urbanas y rurales, de la Región de Los Lagos, para los beneficiarios del Programa de Salud del Estudiante de la Junta de Auxilio Escolar y Becas, para los años 2020 – 2021
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junaeb Región de Los Lagos
R.U.T.:
60.908.000-0
Dirección:
Baquedano 281
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-01-2020 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-01-2020 13:14:12
Fecha inicio de preguntas: 15-01-2020 17:05:00
Fecha final de preguntas: 20-01-2020 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-01-2020 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-01-2020 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-01-2020 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 04-02-2020 13:36:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Al momento de presentar su oferta, el oferente deberá completar la información requerida a través de los “anexos administrativos”, contenidos en Mercado Público, que se indican a continuación: • Anexo Nº 1, denominado “Identificación del oferente”, en el cual deberá declarar el poder suficiente para presentar ofertas, sin perjuicio de la ratificación posterior. • Anexo N° 1-A, denominado “Identificación unión temporal de proveedores” (En caso que corresponda). • Anexo Nº 2, denominado “Declaración jurada simple”. En caso de UTP este anexo debe presentarse por cada uno de sus miembros. • Anexo N° 3, denominado “Pacto de integridad”.
Documentos Técnicos
1.- A su vez, el oferente deberá ingresar la información técnica requerida a través de la opción “anexos técnicos” del sitio Mercado Público, que se indican a continuación: • Anexo N° 5, “Oferta técnica”
 
Documentos Económicos
1.- Asimismo, el oferente deberá completar la información económica requerida en el “anexo económico” dispuesto en el sitio Mercado Público, que se indica a continuación: • Anexo Nº 4, denominado “Oferta económica”. El valor indicado en este anexo, será considerado para la evaluación del factor económico. Cabe mencionar que al momento de presentar su oferta económica, el oferente deberá ingresar el precio unitario neto y el precio unitario final , cuando corresponda, de acuerdo con lo solicitado en el anexo N°4, con el objeto de evaluar el precio total ofertado. Los valores netos se solicitan en virtud de las disposiciones vigentes que regulan el funcionamiento del portal Mercado Público.
2.- Finalmente, JUNAEB pondrá a disposición de los oferentes los siguientes anexos: • Anexo N° 7, denominado “Formato de Rendición estadística”. • Anexo N° 9, denominado “Informe Técnico Anual”. JUNAEB pondrá a disposición de los oferentes los siguientes anexos sólo con fines informativos de manera de permitir una mejor elaboración de ofertas: • Anexo N° 6, denominado “Proceso de Evaluación de Desempeño”. • Anexo N° 8, denominado “Pauta de Supervisión a Prestadores”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación economica Se evaluará de acuerdo a metodologia de evaluación adjunta. 40%
2 1.3. Criterio Cumplimiento de requisitos formales Se evaluará de acuerdo a metodologia de evaluación adjunta. 5%
3 Criterio de Evaluación Técnica Se evaluará de acuerdo a metodologia de evaluación adjunta. 55%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: DEPTO. GESTION DE RECURSOS Y PERSONAS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIO CARDENAS TELLEZ
e-mail de responsable de pago: ccardenas@junaeb.cl
Nombre de responsable de contrato: VIVIANNE SANCHEZ INOSTROZA
e-mail de responsable de contrato: vivianne.sanchez@junaeb.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-584811-4811
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Fecha de vencimiento: 11-04-2022
Monto: 5 %
Descripción: Para la formalización de la firma del Contrato se requiere la previa presentación del documento en garantía. Este debe ser enviado a JUNAEB Dirección Regional Puerto Montt, Los Lagos.
Glosa: Para resguardo del fiel cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato se devolverá una vez que se encuentren cumplidad todas y cada una de las obligaciones contenidas en el contrato y no existiendo multas pendientes de pago.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
4. PARTICIPANTES
Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tengan interés en ello, y cumplan con los requisitos establecidos en la ley N° 19.886, su reglamento y las presentes bases administrativas, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente.
4.1. Normas especiales para unión temporal de proveedores (UTP)
Asimismo, podrán participar y presentar ofertas en la presente licitación, uniones temporales de proveedores (UTP), entendiéndose por tales, asociación de personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que se unen para presentar una oferta en conjunto. Todos y cada uno de los miembros de la unión temporal de proveedores, deberán ser hábiles para contratar con la Administración del Estado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 19.886. Para estos efectos, deberá acompañar conjuntamente con su oferta: a) Anexo N° 1A, denominado “Identificación unión temporal de proveedores” suscrito por todos sus integrantes y su correspondiente representante o apoderado. b) Anexo N° 2, denominado “Declaración jurada simple de inhabilidades” suscrito por cada integrante de la UTP. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de aquellos servicios de especialidad que lo requieran, a lo menos uno de los integrantes de la unión temporal deberá contar con las certificaciones o autorizaciones vigentes emitidas por el o los organismos pertinentes. En este caso, estará prohibido que la ejecución material del contrato, la realice el miembro que carece de dicha certificación o autorización, situación que en caso de verificarse estará sancionada de conformidad con lo dispuesto por el título “Del contrato”, de estas bases administrativas. Las normas del presente título, serán aplicables a las ofertas presentadas por uniones temporales de proveedores, sin perjuicio del estricto cumplimiento de las demás disposiciones generales contenidas en las presentes bases de licitación.
4.2. Prohibiciones
Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley Nº 19.886, para cuyo efecto el oferente deberá suscribir la declaración jurada simple que se acompaña como anexo N° 2 de estas bases, según se trate de persona jurídica o persona natural. Asimismo, los oferentes no podrán encontrarse sujetos a las inhabilidades establecidas en el artículo 8 N° 2 y artículo 10 de la ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, ni encontrarse condenado por el Tribunal de defensa de la libre competencia, en conformidad con la dispuesto en el artículo 26, letra d) del decreto ley N°211, de 1973.
10. ERRORES Y OMISIONES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de Estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, JUNAEB informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal Mercado Público. En caso que JUNAEB solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del portal Mercado Público, denominada “Foro inverso”, para realizar consultas o solicitar información a los oferentes. Asimismo, en caso que al momento de realizar la apertura electrónica cualquiera de los oferentes hubiere incurrido en algún error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del foro inverso. JUNAEB, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el título “Etapas y plazos” o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo fatal que tendrán los oferentes para salvar los errores u omisiones y para presentar certificaciones o antecedentes, que hubieren omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas a través de la aplicación de Foro Inverso contemplada en el portal Mercado Público, será mínimo de 25 horas corridas, contadas desde el requerimiento de JUNAEB a través del sistema de información. El cumplimiento de lo indicado precedentemente, será motivo de evaluación, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de oferta”, de las bases administrativas.
13. DE LA ADJUDICACIÓN
JUNAEB adjudicará mediante acto administrativo notificado a través del portal Mercado Público, la propuesta más ventajosa, entendiendo por tal la que sea más conveniente a los intereses de la Institución, considerando los criterios de evaluación establecidos. JUNAEB podrá adjudicar la presente licitación, ajustando las coberturas referenciales de las líneas de producto con el fin de adjudicar la totalidad de las líneas licitadas, de conformidad al presupuesto declarado en las presentes bases. Un oferente no podrá adjudicar más de 4 líneas de producto. Sin embargo, en caso que las otras líneas de producto definidas por JUNAEB, no hubieren recibido otras ofertas válidas distintas a la del oferente que alcanzó la cantidad máxima a adjudicar, JUNAEB igualmente podrá adjudicarle una cantidad superior al límite definido precedentemente. Los plazos que JUNAEB haya establecido en las presentes bases de licitación podrán ser ampliados excepcionalmente y de manera fundada cuando el adjudicatario presente un impedimento para cumplirlos. Dicha ampliación deberá ser solicitada por escrito con anterioridad al vencimiento del plazo, exponiendo las razones del incumplimiento. JUNAEB, podrá adjudicar ofertas que emanen de quien no tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, siempre que proceda la ratificación posterior, de acuerdo a lo informado en el anexo N° 1 o 1-A, según corresponda. La ratificación de poder para ofertar de quien si cuenta con tal poder, conforme al artículo 41 inciso séptimo del reglamento de la ley 19.886, se deberá efectuar dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación, remitiendo copia del instrumento que corresponda, de acuerdo con la naturaleza con la representación que invoca. Vencido el plazo señalado sin que se haya cumplido con la ratificación, se dará por desistida la oferta, procediendo la Comisión a proponer la adjudicación en el oferente que le siga en puntaje.
14. DE LA RE-ADJUDICACIÓN
En caso que el adjudicatario se desista de firmar el contrato o aceptar la orden de compra, de acuerdo a lo previsto el inciso primero del artículo 63 del reglamento de la Ley N° 19.886, renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados o no diere cumplimiento a los demás requisitos y condiciones establecidas en las bases de licitación para la suscripción de contrato, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, procediendo JUNAEB a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si la hubiere), dejando sin efecto la adjudicación original y re-adjudicando la licitación al oferente que hubiere ocupado el segundo o sucesivos lugares en el ranking de puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original la licitación.
15. DEL CONTRATO
15.1. Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato Para proceder a la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl. En caso de no encontrarse inscrito y hábil en dicho registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días hábiles, contados desde que se notifique la adjudicación de su oferta. Tratándose de una unión temporal de proveedores, cada integrante de la unión deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. Los documentos requeridos para la suscripción del contrato se individualizarán en el Informe final de la comisión evaluadora.
15.2. Vigencia del contrato
El contrato comenzará a regir a contar de la notificación de la resolución que lo apruebe y se extenderá hasta 31 de diciembre de 2021. Sin perjuicio de las extensiones de plazo a que hubiera lugar de acuerdo a las bases y al contrato. Por razones de buen servicio y en observancia del principio de continuidad de la función pública, la ejecución de las prestaciones que nace del contrato podrá comenzar una vez suscrito, con anterioridad a la total tramitación del acto que lo apruebe. No obstante, no se efectuará pago alguno antes de la total tramitación del acto aprobatorio.
19. SUBCONTRATACIÓN
El proveedor se encuentra facultado para concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato en hasta el 30% de las obligaciones contraídas debiendo el subcontratado cumplir con los mismos requisitos establecidos en las presentes bases de licitación. En tal sentido, no procederá la subcontratación, en los casos que la persona del subcontratista, sus socios o administradores, estén afectos a alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidades establecidas en el artículo 4 de la ley Nº 19.886 y en el párrafo quinto del capítulo 9° del reglamento de Compras Públicas, lo que deberá ser certificado por la contraparte técnica, antes de aprobar la subcontratación. En todo caso las subcontrataciones deberán ser informadas a la Contraparte Técnica de JUNAEB, con una anticipación no inferior a 5 días hábiles anteriores a la fecha en la cual debiese iniciarse la ejecución de la subcontratación y deberá contar con la autorización previa y por escrito de dicha Contraparte. Con todo, la responsabilidad por el íntegro y cabal cumplimiento de las obligaciones que emanan de esta licitación y de su respectivo contrato recaen exclusivamente en él contratado, debiendo éste responder por cualquier incumplimiento que se produzca en la ejecución del contrato por parte del subcontratado, sin que se genere vínculo jurídico alguno, ni laboral, ni tributario, ni comercial, ni de ningún otro tipo entre las personas jurídicas o naturales subcontratadas y JUNAEB, salvo las excepciones legales. En los casos en que se concerte con terceros la ejecución parcial del contrato, se aplicará lo dispuesto en el título 183-C del Código del Trabajo, por tanto, JUNAEB cuando así lo solicite, tendrá derecho a ser informado por el contratante sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. Ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a JUNAEB de ser informado y de retención, consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el título 183-D del Código del Trabajo. En el caso que el contratado o el subcontratado no acredite oportunamente a JUNAEB el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, JUNAEB podrá retener de las obligaciones que tenga a favor del contratado o subcontratado el monto de que es responsable. Si se efectuara dicha retención, JUNAEB estará obligado a pagar con ella al o los trabajadores o institución previsional acreedora.
20. OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales para él y de sus subcontratistas, en la ejecución del contrato. El adjudicatario tendrá la responsabilidad de dirigir, monitorear, fiscalizar, controlar, administrar, coordinar, programar y ejecutar técnicamente el contrato, de acuerdo a las condiciones fijadas en las presentes bases, sin perjuicio de las facultades de supervisión y control contractual que le competen a JUNAEB. Todo el personal que el adjudicatario emplee en la ejecución del contrato, será provisto por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin que entre ellos y JUNAEB exista relación contractual alguna. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que emanen de la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad social vigente.
21. CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título. Asimismo, en conformidad al artículo 7 del mismo cuerpo legal, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público. El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N° 19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática. Será de propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material. Asimismo, serán de propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB. Todos los oferentes deben conocer la “Política de Seguridad de la Información para las relaciones con el Proveedor de Junaeb” publicada en la página www.junaeb.cl, en el banner de Gobierno transparente/ Actos con efectos sobre terceros/ Otros.
22. INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad. Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares. Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “Inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar. El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada anualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, la cual deberá mantener a disposición de JUNAEB. Será responsabilidad de la contraparte técnica de JUNAEB, validar el cumplimiento de lo descrito anteriormente.
11.5. Resolución de empate
En caso de empate JUNAEB adjudicará aquella oferta que haya sido mejor evaluada de acuerdo al siguiente orden de prelación de criterios o factores: a) Criterio de evaluación Técnico b) Criterio de evaluación Económico c) Factor Meses de Disponibilidad del criterio de evaluación técnica d) Factor Horas de Disponibilidad del criterio de evaluación técnica Si una vez aplicado el mecanismo de desempate antes señalado, persistiera el empate, JUNAEB seleccionará la primera oferta que haya sido enviada a través del portal Mercado Público, fecha y hora que se validará en el comprobante de oferta, del mismo sistema.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.