PARTICIPANTES |
Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tengan interés en ello, y cumplan con los requisitos establecidos en la ley N° 19.886, su reglamento y las presentes bases administrativas.
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Prohibiciones. |
Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley de Compras, para cuyo efecto el oferente deberá suscribir la declaración jurada que se acompaña como anexo N°2 de las bases administrativas o documento dispuesto por la Dirección de Compras, según se trate de persona jurídica o persona natural.
Asimismo, los oferentes no podrán encontrarse sujetos a las inhabilidades establecidas en el artículo 8 N° 2 y artículo 10 de la Ley N° 20.393, así como las establecidas en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N°211.
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DE LAS GARANTÍAS |
Para garantizar la seriedad de las ofertas y posterior cumplimiento del contrato, los oferentes y adjudicatarios, según corresponda, deberán presentar cauciones pagaderas a la vista, con carácter irrevocable y que aseguren el cobro de esta, de manera rápida y efectiva. La referida garantía deberá ser extendida, en forma nominativa, a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, sin perjuicio de aquellos instrumentos que, por su naturaleza, sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF).
En el evento que el oferente presente una póliza de seguro para cumplir con el requisito de ser a la vista, deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al beneficiario deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante de pago de la respectiva prima, debiendo además el oferente solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje y que considere en su cobertura y expresamente en su condicionado particular, las multas derivadas de incumplimiento contractuales, tratándose de la caución de fiel cumplimiento.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. Cuando se otorguen físicamente, los oferentes deberán entregarla en Oficina de Partes de JUNAEB, ubicada en Benavente #952; Puerto Montt; dentro del plazo establecido en el título Nº3, “Etapas y plazos”, de las presentes bases administrativas, esto es, hasta las 15:00 horas del día indicado para el cierre de recepción de ofertas.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, esta se deberá adjuntar como anexo administrativo al presentar su oferta en el portal Mercado Público y entregarse dentro del plazo establecido en el título 3° “Etapas y Plazos”, esto es, hasta las 15:00 horas del día indicado para el cierre de recepción de ofertas, ajustándose a lo indicado en la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002 y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal Mercado Público y no podrán estar sujetas a condición alguna por parte de los oferentes.
Solo se admitirá una oferta por oferente, por cada línea requerida, según corresponda. En caso de presentación de más de una oferta, por parte del mismo oferente, se considerará para efectos de evaluación, la última oferta ingresada, según fecha y hora que conste en el comprobante de ingreso de oferta electrónico del portal Mercado Público. Si hubieren sido presentadas simultáneamente, se considerará la de menor valor en la oferta económica.
Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, JPG, Project, Word, entre otros), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el Sistema de Información. En caso de presentar alguna duda respecto del ingreso de su oferta, deberá contactar a la mesa de ayuda de la Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra).
De conformidad al artículo 9 de la Ley de Compras, JUNAEB evaluará los antecedentes que constituyen la oferta y declarará inadmisible toda oferta que no se ajuste a los requisitos y lleve expresamente a la sanción de inadmisibilidad establecida en las bases administrativas. Dicha declaración podrá, en consecuencia, ser efectuada entre las etapas de apertura y adjudicación, inclusive.
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Resolución de empate. |
En caso de empate, JUNAEB adjudicará aquella oferta que haya sido mejor evaluada de acuerdo al siguiente orden de prelación de criterios o factores:
a. Criterio evaluación técnica.
b. Criterio evaluación económica
c. Factor técnico “Experiencia de los profesionales”.
d. Factor técnico “Capacitación en el área auditiva”.
Si aun así persistiera el empate, JUNAEB seleccionará la primera oferta que haya sido enviada a través del portal Mercado Público, fecha y hora que se validará en el comprobante de oferta, del mismo sistema.
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OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales para él y de sus subcontratistas, en la ejecución del contrato.
Todo el personal que el adjudicatario emplee en la ejecución del contrato será provisto por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin que entre ellos y JUNAEB exista relación contractual alguna. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga desde ya, a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo con la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen.
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CONFIDENCIALIDAD DE DATOS |
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar estricta confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos.
Se entenderá por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, de conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la Ley N° 19.628, se entenderá, “…comunicación o transmisión de datos, dar a conocer de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas”, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título.
Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público.
El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en la Ley N°21.459.
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PROPIEDAD |
Será propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material.
Asimismo, será propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo, por tanto, el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB.
JUNAEB podrá solicitar la devolución de información y/o productos cuando lo estime necesario, en cualquier etapa del contrato y hasta 180 días corridos posteriores a la vigencia del mismo, sean estos generados en la ejecución del contrato o por terceros.
Todos los oferentes deben conocer la “Política de Seguridad de la Información para las relaciones con el Proveedor de JUNAEB”, publicada en la página https://www.junaeb.cl/regula-oferentes.
El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato.
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INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD |
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad.
Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro mensualmente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares.
Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “Inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar.
El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada mensualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato sean trabajadores propios o de su subcontratista, la cual deberá mantener a disposición de JUNAEB.
Será responsabilidad de la contraparte técnica de JUNAEB, verificar el cumplimiento de lo descrito anteriormente.
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