Licitación ID: 1836-5-LE22
Adquisición vehículo institucional CIP CRC Limache
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE MENORES, Dirección Regional V Región
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Adquisición de vehículo institucional para el CIP-CRC Limache,centro dependiente de la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Nacional de Menores.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición vehículo institucional CIP CRC Limache
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Licitación Pública para la adquisición de vehículo institucional para el CIP-CRC Limache, centro dependiente de la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Nacional de Menores.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Unidad de compra:
Dirección Regional V Región
R.U.T.:
61.008.000-6
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-09-2022 16:00:00
Fecha de Publicación: 23-08-2022 10:53:13
Fecha inicio de preguntas: 23-08-2022 16:00:00
Fecha final de preguntas: 25-08-2022 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-08-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-09-2022 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-09-2022 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 15-09-2022 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
Documentos Técnicos
1.- Anexo 1 Bases Técnicas
 
2.- Anexo 3 Garantía y cobertura
 
3.- Anexo 4 Plazo de entrega
 
4.- Anexo 5 Pauta de evaluación
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 2 Monto o propuesta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Monto de la oferta o precio Según Anexo 5 Pauta de Evaluación 25%
2 Garantía y Cobertura Según Anexo 5 Pauta de Evaluación 20%
3 Cumplimiento de los requisitos formales Según Anexo 5 Pauta de Evaluación 15%
4 Especificaciones técnicas Según Anexo 5 Pauta de Evaluación 20%
5 Plazo de entrega Según Anexo 5 Pauta de Evaluación 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 29
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 60 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ana Peña Santos
e-mail de responsable de pago: ana.pena@sename.cl
Nombre de responsable de contrato: Gissela Henriquez Henriquez
e-mail de responsable de contrato: ghenriquez@sename.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2596272-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar la ejecución del contrato con terceros.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de  empate en  el  puntaje  final de  la evaluación Técnico-Económica de las ofertas,  en primer  lugar se optara  por   la oferta  que mejor  se ajuste  a precio, es decir,  aquella propuesta que obtenga mayor  puntaje' en el  criterio  "Monto de la oferta o precio";   de haber igualdad de condiciones se optara  por   la oferta   que se   ajuste   de   mejor forma   y   presente   mejor   puntaje   en   criterio    "Bases Técnicas", de seguir existiendo   igualdad, se optara  por   la propuesta que  mejor  se ajuste  al "Plazo de entrega" o que presente menor cantidad de días corridos.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
  1. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, vigente a la fecha de la apertura, emitido por la Dirección del Trabajo, sin multas ni deudas.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En esa oportunidad, la Unidad de Administración y Finanzas realizará la apertura electrónica de las ofertas y descargará la documentación publicada por el oferente en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, remitiéndolo a la Comisión Evaluadora, quienes verificarán los antecedentes y otorgarán un plazo de dos días hábiles para que los oferentes subsanen la documentación omitida, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

Dicha solicitud se realizará a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl., declarándose mediante acto administrativo la inadmisibilidad de los oferentes que no cumplan con los antecedentes faltantes dentro del plazo establecido, remitiendo todos los antecedentes a la Comisión Evaluadora.

Orden de compra
La presente contratación se formalizará mediante la suscripción de una orden de compra. La orden de compra será enviada al proveedor, a través del portal de compras y contrataciones públicas www.mercadopúblico.cl, una vez esté adjudicado el proceso de licitación, la cual deberá ser aceptada por el oferente. El contrato se entenderá perfeccionado con el solo envío de la orden de compra al proveedor adjudicado y aceptación de esta, y por tanto se regirá de acuerdo a las presentes bases y a la oferta adjudicada.
Plazo de entrega
El plazo de entrega del bien adquirido, no podrá ser superior a 60 días corridos desde la notificación de la adjudicación.
Forma de Pago
El SENAME pagará al adjudicatario, una vez recibida la factura, por los artículos adjudicados y recibido conforme por parte de jefatura administrativa de CIP CRC Limache, o quien a subrogue. La factura se pagará en un plazo máximo de 30 días una vez que la misma es recibida conforme.
Del Término anticipado
i. Término del contrato de común acuerdo entre las partes.
ii. Término del contrato por incumplimiento de sus obligaciones. Sin perjuicio de las demás acciones que procedan, en caso de incumplimiento de las obligaciones del contratante, el Servicio Nacional de Menores podrá, mediante notificación escrita al contratante, resolver el contrato o exigir su cumplimiento forzado, en todo o parte, y en ambos casos con indemnización de perjuicios. Sin perjuicio de lo señalado, se consideran causales de incumplimiento grave de las obligaciones, las siguientes: - El contratante no presta los servicios o no entrega los bienes en los plazos estipulados. - El contratante presta los servicios o ejecuta las prestaciones en forma deficiente, situación que será calificada por el SENAME. - El contratante no cumple por hechos que le son imputables a él o a sus dependientes, cualquiera otra de sus obligaciones contraídas. - El contratante no subsana su incumplimiento dentro del plazo que para ello le otorgue SENAME, en caso de concederse. - El contratante no pague las cotizaciones previsionales, remuneraciones y todas las otras prestaciones que legalmente correspondan al trabajador. - El contratante no cumple cualquiera otra de sus obligaciones contraídas. - Término o disolución de la Persona Jurídica. - Si se constata que los integrantes de la UTP la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia. En dicho caso, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. - Si alguno de los integrantes de la UTP, se retira, y solo el reunía los requisitos que los hacían objeto de la evaluación de la oferta. - Ocultar información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a algunos de los integrantes de la UTP. - Disolución de la UTP. - Inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la misma no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
 ii. Término del contrato por insolvencia: El Sename podrá en cualquier momento poner término al contrato sin indemnización alguna al contratante, notificándolo por escrito, si éste cayera en insolvencia, se disolviere la sociedad o se decretare su quiebra, sin perjuicio de ejercer los derechos e interponer en su contra las acciones civiles y penales que procedan.
 iii. Término Unilateral: Cualquiera de las partes podrá unilateralmente poner término anticipado al presente contrato, en cualquier tiempo, dando a la otra, un aviso por carta certificada, a lo menos, con treinta días de anticipación a la fecha en que dicho término haya de producir sus efectos, sin derecho a indemnización de perjuicios.
 iv. Demás causas legales y reglamentarias: Sin perjuicio de lo ya señalado, el contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales consignadas en los articulas 13 de la Ley N° 19.886 Y 77 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
 v. Por utilización del monto máximo previsto para la presente contratación.
 vi. Falte de idoneidad, veracidad y/o autenticidad de documentos: Se podrá poner término al contrato en caso que se determine que uno o más documentos acompañados en la propuesta no den fe de su contenido o de lo ahí declarado, para lo cual tendrá las más amplias facultades para determinar su idoneidad, veracidad y/o autenticidad. La contraparte técnica del contrato emitirá un informe fundado, en el cual dejará constancia de los hechos y de el/los medios por los cuales comprobó la falta de idoneidad, veracidad y/o autenticidad del o los documentos cuestionados.
Procedimiento de término de contrato.
De la decisión de poner término al contrato, se notificará al contratante por cualquier medio escrito idóneo que asegure la comunicación, inclusive correo electrónico; dejando constancia de la circunstancia que motivaron la decisión, la fecha y hora de la notificación. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde la notificación de la comunicación, para efectuar sus descargos, por escrito, dirigido a la contraparte técnica. Si la contraparte técnica estimare que los descargos no justifican la infracción, la decisión de poner término se materializará por medio de resolución fundada, la cual se entenderá notificada al contratista transcurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 del reglamento de la Ley N° 19.886, y se remitirá copia de la resolución a su domicilio por medio de carta certificada para efectos de publicidad. Contra la resolución que dispone el término anticipado procederán los recursos contemplados en la Ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos del estado. En caso de aplicarse una multa, y sin perjuicio de las demás acciones que procedan por los efectos que pueda generar el incumplimiento, esta podrá hacerse efectiva con cargo al monto total a facturar.
De las Multas
En caso de incumplimiento, el Servicio Nacional de menores cobrará una multa, la cuál será reflejada con una nota de crédito contra factura del oferente adjudicado, por concepto de atraso en la entrega del vehículo adjudicado de acuerdo a la oferta. Por cada día de atraso se solicitará un descuento de un 2% neto sobre el valor del contrato, con un tope de 10 días hábiles. Para este efecto se considerará el día de lunes a viernes desde 08:00 hasta las 16.00 hrs. Las multas aplicadas en total, no podrán exceder de un 20% del contrato. En caso de aplicarse multas, la Dirección Regional de Valparaíso remitirá carta certificada al contratista, en la que se precisarán el o los hechos que constituyen el incumplimiento y la sanción a aplicar. El contratista tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde su notificación, para manifestar sus descargos en relación al eventual incumplimiento ante el Director Regional del SENAME, debiendo presentar estos en la oficina de partes de SENAME ubicada en calle Aldunate N°1693, esquina Edwards, Valparaíso. Formulados los descargos, o transcurrido el plazo para presentarlos, previa certificación de la Oficina de Partes, la Dirección Regional de SENAME deberá resolver, ya sea aplicando, rechazando o rebajando la multa. Si aplica la medida, esta deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información, junto con el envío de la respectiva carta certificada que notifica. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Esta multa podrá hacerse efectiva con cargo al monto total de la factura.
DE LA PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la relación contractual que los regirá. Ello, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
MODIFICACIONES A LAS BASES
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.