Bases |
Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas de licitación que se encuentran publicadas en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por estas bases, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases de licitación, las aclaraciones que emita CONAF, a través de la página www.mercadopublico.cl, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad Foro del mencionado portal de compras. Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado no podrán participar en la Licitación. Asimismo, la Corporación excluirá de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en estas bases.
|
|
|
Modificación de las bases |
CONAF podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
|
|
|
Fecha de la adjudicación |
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
|
|
|
Objetivo específico de la licitación |
La Corporación requiere contratar los servicios de uno o más proveedores que ejecute(n) las actividades de “MANEJO FORESTAL PARA BOSQUES DE ESPECIES CONÍFERAS EXÓTICAS, COMUNA DE SAN JUAN DE LA COSTA Y SAN PABLO, en la Provincia de Osorno, Región de Los Lagos, en una superficie referencial de 28,52 hectáreas”. Dichas actividades se enmarcan en el PLAN DE RESTAURACIÓN A GRAN ESCALA, SIEMBRA POR CHILE, PARA PEQUEÑOS(AS) Y MEDIANOS(AS) PROPIETARIOS(AS) FORESTALES, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos.
Los predios donde se ejecutarán las actividades se individualizan en los anexos adjuntos del presente proceso licitatorio, denominado “PREDIOS PARA MANEJO FORESTAL BOSQUES DE ESPECIES CONÍFERAS EXÓTICAS 2022”. Dichos predios se encuentran agrupados en 2 lotes.
En la siguiente tabla se indican los lotes, áreas de trabajo, hectáreas, el número de predio a intervenir, y el presupuesto asignado para cada una de ellas, para la temporada 2022:
LOTE
|
ÁREAS DE TRABAJO
|
ACTIVIDAD
|
HECTÁREAS
|
N° PREDIOS
|
VALOR REFERENCIAL POR LOTE $
|
N°1
|
Comunidad Indígena Namun Lahual
|
MANEJO REGENERACIÓN
RALEO Y PODA
ORDENAMIENTO DESECHOS
|
20,00
|
4
|
$22.000.000
|
Total LOTE N°1
|
|
|
20,00
|
4
|
$22.000.000
|
N°1
|
José Catrilef Huentru
|
RALEO Y PODA
ORDENAMIENTO DESECHOS
|
1,21
|
1
|
$1.149.500
|
N°2
|
José Cañupan Lemui
|
RALEO Y PODA
ORDENAMIENTO DESECHOS
|
5,56
|
1
|
$5.282.000
|
N°3
|
Yolanda Canquil Canquil
|
RALEO Y PODA
ORDENAMIENTO DESECHOS
|
1,75
|
1
|
$1.662.500
|
Total LOTE N°2
|
|
|
8,52
|
3
|
$8.094.000
|
TOTAL
|
|
|
28,52
|
7
|
$30.094.000
|
Los y las Oferentes se obligan a ejecutar todos los servicios requeridos por la Corporación Nacional Forestal, en el territorio geográfico definido en las comunas de San Juan de la Costa y San Pablo, de la Provincia de Osorno, y siguiendo los protocolos y reglamentos indicados por CONAF, Región de Los Lagos.
Sin perjuicio de lo anterior CONAF podrá proponer, aumentar número de predios, modificar o ampliar el área de trabajo, manteniendo valores ofertados, para lo cual, deberá existir acuerdo entre las partes, todo ello para el buen desarrollo del trabajo encomendado.
|
|
|
Plazo de duración del servicio |
La duración del contrato tendrá como fecha el 30 de noviembre de 2022.
Para la presentación de las facturas de pago de servicios por faenas terminadas y aprobadas, deberán estar cumplidos todos los requisitos señalados en el punto “Acceso a estado de pago” de las presentes bases administrativas.
AUMENTO DE OBRAS: Sea el caso que, por razones climáticas, producto de la pandemia, o por razones técnicas fundadas se requiera extender el periodo de servicio del contrato, la Corporación podrá excepcionalmente extender el presente contrato por una sola vez, siempre y cuando el adjudicado posea la capacidad técnica y presupuestaria para finalizar las actividades incompletas.
En caso de que dicha extensión de contrato requiera un aumento de presupuesto, el monto a aumentar para completar los servicios no podrá exceder el 30% del total adjudicado y se deberán respetar los mismos valores ofertados para cada actividad.
De igual manera, si la Corporación lo estima pertinente y esta recibiese un aumento de recursos financieros, esta podrá solicitar una mayor cantidad de servicios en las condiciones técnicas y económicas establecidas en las presentes bases. Las actividades se ajustarán a las exigidas en las bases y a disponibilidad presupuestaria, en un monto que no podrá superar el 30% del presente contrato y respetando los mismos valores ofertados para cada actividad.
En caso de extensión y aumento de presupuesto, el adjudicatario deberá entregar una nueva boleta de garantía correspondiente al 10% del valor adicional requerido. La boleta deberá ser entregada en un plazo máximo de 5 días hábiles después de notificada la aprobación de la extensión, y deberá proceder con el mecanismo de entrega de boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato.
|
|
|
Características del oferente |
Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Pública.
Quedan excluidos quienes, en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal.
Asimismo quedarán excluidos de participar los funcionarios directivos de la Corporación, o personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 54 de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente una Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° s 1 y 2 de la Ley N° 20.393.
|
|
|
Requisitos de los oferentes |
Los oferentes deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Ser personas naturales o jurídicas, que tengan inicio de actividades en el rubro forestal, de la construcción u otro relacionado con la actividad licitada.
• Los profesionales que se adjudicaron licitaciones de supervisor en la misma provincia, quedan excluidos de participar de la presente licitación.
• No ejercer funciones de supervisión, control o recepción de cualquier tipo de actividad o faenas que se amparen en algún contrato del Programa de Reactivación Económica impulsado por CONAF.
• Poseer experiencia verificable en la ejecución, planificación o supervisión de actividades como: manejo de bosque nativo, manejo de plantaciones exóticas, poda y raleo, cortas intermedias en bosque nativo, en lo que se refiere específicamente a manejo de monte bajo y raleos o cualquier otra experiencia que sea afín con las actividades requeridas. La experiencia deberá ser comprobada mediante documentos que así lo acrediten, tales como, certificados, copias de contratos, finiquitos o facturas que indiquen la empresa o persona a la que se le prestó el servicio. Para ello deberá completar el Anexo N°2 y adjuntar los documentos que lo respalden. La documentación que acredite experiencia deberá estar referida a la persona natural o jurídica que oferta, en caso de ser persona jurídica se podrá considerar la experiencia referida al representante legal de la misma.
• Proporcionar de manera permanente los Elementos de Protección Personal (EPP) y de Higiene Personal adecuados al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, lentes de protección, casco, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes para la seguridad), así como aquellos elementos para prevenir la COVID-19 (mascarilla y/o protector facial, alcohol gel) para todo el personal que ejecute las faenas.
NOTA: Los elementos de seguridad y sanitarios serán exigidos al inicio y durante el transcurso de las obras, su uso es de carácter obligatorio por parte de los trabajadores. Aquellos contratistas que no cumplan con los requisitos solicitados, pueden incurrir en incumplimientos gravísimos de contrato.
• Cumplir plenamente con las disposiciones legales contenidas en la Ley N° 20.123, la cual regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La normativa citada puede ser encontrada en el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que rige las operaciones de CONAF en todo el territorio. Este reglamento se encuentra como archivo adjunto en las presentes bases.
• Respetar y cumplir en todo momento con las medidas de seguridad sanitaria para la prevención y manejo de COVID-19. Las acciones y procedimientos oficiales que deben seguir los contratistas corresponden al Protocolo Transversal COVID - 19 CONAF, en conjunto con las medidas del Plan Seguimos Cuidándonos Paso a Paso elaborado por el Gobierno de Chile. Dichos reglamento y protocolos se encuentran adjuntos en las bases.
|
|
|
Apertura electrónica de las ofertas |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras del Estado y será efectuada por el Profesional Administrativo del Programa de Reactivación, Encargado de Bosques y Cambio Climático Provincial, Encargado de Unidad Jurídica Provincial o quien éstos designen correspondientemente. La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases técnico-administrativas de la presente licitación.
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de apertura electrónica de las mismas.
|
|
|
Presentación de ofertas técnicas y económicas |
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el ofertante para su resguardo.
Las ofertas deben presentarse de manera completa y detallada para cada actividad según se solicite. Los Oferentes deberán cumplir, además, con las especificaciones técnicas y administrativas, que se ponen a disposición en el “Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas”, en el portal www.mercadopublico.cl.
La presentación de ofertas implicará el conocimiento y aceptación de estas Bases de Licitación. Sin perjuicio de las licitaciones en soporte papel contempladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal.
|
|
|
Consultas y aclaraciones durante el proceso |
CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN:
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta.
Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estime necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN: CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación. La Corporación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectadas durante el proceso de evaluación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 40 ° del Reglamento, de la Ley N° 19.886.
|
|
|
Comisión evaluadora de las ofertas |
CONAF constituirá una Comisión Técnica Evaluadora, la cual se congregará para revisar y evaluar todas las ofertas técnicas y económicas que cumplan con los requisitos formales de presentación. La Comisión estará integrada por los siguientes funcionarios de CONAF, o quienes los subroguen o a quien éstos designen:
• Jefe Provincial, Provincia de Osorno.
• Encargado Programa de Bosques y Cambio Climático, Provincia de Osorno.
• Jefa Departamento de Finanzas y Administración, Región de Los Lagos.
• Abogada Unidad Jurídica, Provincia de Osorno, quien actuará como ministra de fe y asesora jurídica de la Comisión.
|
|
|
Adjudicación |
La Comisión Técnica, luego de evaluar los antecedentes de cada propuesta, emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o estas fuesen consideradas insuficientes en el aspecto técnico. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentasen ofertas, o si éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo 60 puntos. En el caso de existir EMPATE, se discriminará a quien tenga mayor puntaje según los criterios en el siguiente orden:
Experiencia.
Plazo de entrega.
Propuesta económica.
Cumplimiento de los requisitos formales.
Si aun así se mantuviese el EMPATE entre dos o más ofertas, este se dirimirá tomando en consideración la primera oferta ingresada al portal.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Una vez adjudicado, el o la oferente deberá presentar los documentos necesarios para la elaboración del respectivo contrato. De no presentar los documentos en el plazo indicado, CONAF quedará facultado para hacer cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta y podrá optar por la segunda oferta mejor evaluada.
|
|
|
Contrato |
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el oferente adjudicado que señalará los servicios a los cuales se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
La suscripción del contrato se realizará entre el Director Regional y el adjudicatario dentro de los 15 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
El contratista adjudicado deberá adjuntar la documentación original que les sea requerida por las Unidades Jurídicas Regional o Provincial dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. El contrato será publicado en el ID de la licitación del portal de compras.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación u otra modalidad de compra establecida en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, declarando inadmisible el proceso.
En dicha situación, CONAF estará facultada para ejecutar la garantía de seriedad de la oferta establecida en las presentes Bases. No obstante, quedan excluidos de esta disposición, los adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas.
Para la firma del contrato el oferente debe adjuntar los siguientes documentos:
• Antecedentes generales y administrativos de la empresa (Anexo N°4).
• Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Sin la oportuna presentación de este documento CONAF no procederá a la firma de contrato.
• Listado de trabajadores de la empresa que desarrollaran las faenas de la presente licitación (Anexo N°5).
Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato comercial, en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
|
|
|
Responsabilidad del proveedor |
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes, y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
El o la Contratista deberá informar al administrador de contrato los movimientos de personal que llegaren a ocurrir durante la ejecución de las faenas, sean estas contrataciones o despidos de personal, las cuales deberán ser respaldadas con la documentación respectiva (Contrato o Finiquito).
Al inicio de las faenas el Contratista deberá obligatoriamente, presentar y mantener una carpeta con todos los antecedentes (Ley de Subcontratación N° 20.123), que permitan la correcta supervisión de las obras. Dicha carpeta debe contener los siguientes documentos originales o fotocopias:
• Listado de trabajadores que va a realizar el trabajo.
• Contratos de Trabajo del personal que participará en el trabajo.
• Registro firmado de entrega de Equipo de Protección Personal para cada trabajador.
• Registro firmado de entrega del reglamento interno para cada trabajador.
• Calendario o Carta Gantt de actividades a realizar.
- Reglamento Interno con recepción de la Inspección del Trabajo.
• Registros firmados de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
• Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, o Higiene y Seguridad según corresponda.
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
• Certificado de antecedentes laborales emitido por la Dirección del Trabajo (F30).
• Certificado de afiliación de los trabajadores a una mutualidad Ley 16.744.
• Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
• Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
|
|
|
Ley de subcontratación |
El proveedor adjudicado podrá realizar la subcontratación de los servicios. Para tal efecto deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley N° 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual se encuentra como archivo anexo de las bases.
Para ilustración del oferente, en dicho documento podrá encontrar todas las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
|
|
|
Administrador o supervisor del contrato |
Las funciones de Supervisar y Administrar el Contrato estarán a cargo del Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático, o el profesional designado por CONAF, quien:
• Supervisará el contrato, tanto de forma administrativa como en terreno.
• Autorizará la información para los estados de pago.
• Acordará el calendario de faenas y plan de trabajo con el contratista.
• Autorizará informes y evaluaciones al prestador de servicio.
Sin perjuicio que, para el respectivo estado de pago será el Encargado Provincial de Bosques y Cambio Climático, el responsable de autorizar dichos pagos.
|
|
|
Modalidad, forma y plazo de pago |
Habrá dos modalidades de pagos Pago que son las siguientes:
a) Pago por Avance de Faena.
b) Pago por Faena Terminada.
Para ambas situaciones, los pagos se ajustarán a los valores ofertados en la Propuesta Económica (Anexo N°3), por los avances de actividades ejecutadas o terminadas y los montos que se incluyen en dicha propuesta.
Firmado el contrato, el o la prestadora de servicios en conjunto con la contraparte técnica de CONAF, acordarán la modalidad de pago a escoger de las modalidades señaladas anteriormente, tomando como base la oferta económica entregada por el Adjudicatario, se deberán definir en conjunto los plazos o fechas de término o avance de faenas, por medio de acta de acuerdo.
Este acuerdo, el cual se formalizará a través de un acta, será considerado como la programación oficial de pago para efectos del contrato, y con la cual CONAF, supervisará el correcto seguimiento y ejecución de las obras o faenas.
PAGO POR AVANCE DE FAENA:
Para solicitar el pago por avance de faena, el o la prestadora de servicio deberá entregar el Informe Técnico con los avances de las actividades efectivamente ejecutadas y acordadas con CONAF.
El número de estados de pago, los porcentajes de avances de faenas que deben completarse para acceder a dicho estado de pago y el valor a pagar se indican a continuación:
En caso de ser adjudicado ambos lotes a un mismo oferente, existirán tres (3) estados de pago, debiendo ejecutar para el primer estado de pago, el 50% de avance en hectáreas, correspondientes al Lote N°1. Para el segundo estado de pago, se deberá ejecutar el 50% restante de hectáreas, del Lote N°1, descritas en las bases técnicas. Para el tercer estado de pago y final, deberán ejecutar las actividades totales del Lote N°2, en hectáreas. Los montos a pagar serán aquellos ofertados por el adjudicatario en su oferta económica, por cada actividad señalada.
Si los lotes licitados son adjudicados a distintos oferentes, existirán dos (2) estados de pago en caso del Lote N°1. Para acceder al primer estado de pago, el o la contratista deberá ejecutar el 50% de avance en hectáreas y para el segundo estado de pago y final, de deberá ejecutar el 50% restante de la superficie del Lote en hectáreas. El monto a pagar en cada estado de pago será el indicado por el/la adjudicatario/a en su oferta económica, por cada actividad señalada.
En el caso del Lote N°2, se realizará un (1) estado de pago y final, cuando estén concluidas la totalizadas de las actividades en hectáreas. El monto a pagar en el estado de pago final, será el indicado por el/la adjudicatario/a en su oferta económica, por cada actividad señalada.
En caso de que el o la contratista solicite el beneficio de Pago por Avance de Faena, el anticipo del presupuesto adjudicado, si corresponde, será descontado de cada estado de pago solicitado de la siguiente manera: Si son tres (3) estados de pago, 20% en el primer pago, 40% en el segundo y 40% en el pago final; si son dos (2) estados de pago, 40% en el primer pago y 60% en el pago final; si es un (1) estado de pago, el 100%.
No se podrán modificar la cantidad de estados de pago, y las actividades a desarrollar para acceder a cada estado de pago.
PAGO POR FAENA TERMINADA:
El pago por faena terminada consiste en un (1) solo pago por el valor total del(los) lotes adjudicado(s), siempre y cuando se cumplan y den término a todas las actividades contempladas en el contrato. Para acceder al estado de pago, el o la contratista deberá presentar el informe final de obras y la documentación necesaria para acceder al estado de pago.
El o la contratista deberá manifestar su deseo de optar por el mecanismo de un solo pago durante la reunión de coordinación de inicio con el Administrador del Contrato.
Este acuerdo será considerado como la programación oficial de pago para efectos del contrato, y con la cual CONAF supervisará el correcto seguimiento y ejecución de las obras. La modificación de esta deberá ser de mutuo acuerdo entre las partes y se establecerá por medio de acta de acuerdo para la ejecución de las obras y modalidad de pago.
ACCESO A ESTADO DE PAGO: Para acceder a los estados de pago correspondientes, el Contratista deberá entregar el Informe Técnico al Administrador de contrato, el cual deberá contener los siguientes aspectos:
• Listado detallado de predios con las actividades terminadas y sus respectivas superficies en hectáreas según corresponda.
• Resumen de Faenas programadas versus realizadas, según Carta Gantt.
• Set de fotos con fecha de las actividades ejecutadas.
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30-1).
• Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30).
• Planilla actualizada de trabajadores firmada, donde se indique que mantienen en su poder los Elementos de Protección Personal (EPP), para cada estado de pago.
En caso de que existan observaciones a su gestión, o en la claridad de la información presentada en el informe, éstas podrán ser subsanadas por el o la Contratista. En caso de que el informe contenga errores u observaciones de gravedad, podrá ser aceptado o rechazado por CONAF. El rechazo de este informe impedirá acceder al estado de pago solicitado y el Contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar un nuevo informe. El rechazo del Informe Técnico en tres (3) oportunidades consecutivas dentro del mismo estado de pago, será causal de cobro de multa.
Para acceder a los estados de pagos, el Adjudicatario deberá adjuntar a cada solicitud de pago los siguientes documentos:
• Informe Técnico aprobado por CONAF.
No obstante, la Corporación podrá solicitar otros documentos para comprobar que los contratistas mantienen al día el pago de sueldos y las obligaciones laborales y previsionales.
El pago se gestionará cuando:
• Conaf recepcione conforme y de su aprobación del Informe Técnico emitido por el operador/a o contratista, validado por su Supervisor y/o el Encargado del Departamento de Bosques y Cambio Climático Provincial o quien designe en su representación.
• Conaf recepcione conforme y sin observaciones la documentación respecto al cumplimiento de entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP) y de las obligaciones Laborales y Previsionales de los trabajadores que participan en la obra (F30 y F30-1).
Una vez aprobado el informe de recepción de actividades y recibida la documentación por parte del o la oferente sin observaciones, se solicitará la emisión de la factura correspondiente para proceder al pago. La factura en ningún caso podrá ser emitida antes de lo señalado precedentemente.
|
|
|
Facturación |
La Factura, deberá ser presentada posterior a la aprobación del informe técnico respectivo.
Dicha Factura, debe considerar los siguientes datos:
Datos
|
|
Razón Social
|
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
|
R.U.T.
|
61.313.000-4
|
Giro
|
Otros servicios de apoyo a la Silvicultura N.C.P.
|
Dirección
|
Martínez de Rozas 430, Osorno
|
Orden Compra
|
1859-XX-SE22
|
Con la finalidad de evitar que se presenten problemas de rechazo de facturas en la plataforma Acepta.com, y de pagos por parte de Tesorería General de la República, por situaciones sobre forma y contenido en la emisión de facturas, solicitamos considerar lo siguiente al momento de facturar:
1.- Se debe ingresar en el campo Referencia, solamente el número de la orden de compra, ejemplo: 1859-X-SE22, sin agregar ningún carácter más, ni alguna otra información adicional, para que no sea rechazada de manera automática en la plataforma Acepta.com.
2.- Al emitirla debe decir CRÉDITO en la Forma de Pago, porque si erróneamente se ingresa Contado, Tesorería General de la República no pagará esas facturas, pues las asumirá pagadas.
3.- Cada vez que se emita una factura se deberá enviar una copia en formato XML, dentro de las 48 horas siguientes de su emisión, a la siguiente dirección de correo:
Receptor: 61.313.000-4 CORP NACIONAL FORESTAL windte_dte@custodium.com
El documento tributario electrónico DTE, deberá ser presentado una vez que la contraparte técnica apruebe y valide el informe correspondiente. Dicho DTE deberá ser presentado junto con los formularios F30 y F30-1, según lo indicado en el punto “Acceso a estado de pago”.
En caso de que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
El servicio se pagará dentro de los 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Factura y el informe, el cual deberá contar con su debido V°B° y autorización de pago del Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático.
El pago se realizará en moneda nacional (pesos chilenos) a través de Pago Centralizado de la Tesorería General de la República, www.tgr.cl.
|
|
|
Término anticipado del contrato y/o cobro de la garantía |
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, o bien llamar a licitación nuevamente o realizar trato directo, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la ley:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones y plazos establecidos en las Bases de Licitación administrativas y técnicas.
3. Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Declaración de quiebra del oferente.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
6. Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Si durante la ejecución del contrato se cursasen tres (3) sanciones de incumplimiento gravísimo.
9. Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo Contrato.
10. Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva, o es formalizado por iguales delitos o por delitos en que CONAF tenga la calidad de víctima.
11. Si el Adjudicatario cayere en inhabilidades de la Ley N° 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley N° 20.393.
CONAF y el Adjudicatario, de común acuerdo, podrán resolver poner término al Contrato, caso en el cual no procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato por razones fundadas y previamente aceptadas por CONAF, dando aviso de manera escrita al respectivo Administrador de Contrato de CONAF, con 30 días de anticipación. El no cumplimiento de los procedimientos y plazos señalados facultará a CONAF para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
En caso de que la Corporación decida unilateralmente terminar anticipadamente el contrato, o cobrar la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario mediante carta certificada, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulados descargos, el Administrador de Contrato procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en la Ley N° 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y, además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
|
|
|
Incumplimientos gravísimos |
Sea detectado un incumplimiento gravísimo por parte del Contratista, la Corporación procederá al cobro de una multa correspondiente al 1% del valor total del contrato. El máximo de multas a aplicar, bajo la denominación de incumplimiento gravísimo, son tres, una vez completada la tercera multa por incumplimiento gravísimo se considerará como causal de término anticipado del contrato. Se considerarán como incumplimientos gravísimos, cuando:
• Cuando el prestador de servicio entregue información falsa de su gestión.
• Cuando el Informe Técnico para acceder al estado de pago, sea rechazado por CONAF y devuelto para su corrección en tres (3) oportunidades consecutivas dentro del mismo estado de pago.
• Si el adjudicatario no cumpliese con la condición de entrega del equipo de EPP y de prevención de Covid-19 a sus trabajadores, al inicio y durante la duración del contrato.
• Si el adjudicatario no presentase alguno de los documentos con los que se adjudicó la licitación.
• Si se llegase a detectar que el Contratista ha solicitado dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios o asesorías técnicas. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental.
• Por cada semana de atraso, que presente en la entrega final de las obras, de acuerdo con lo contemplado en la planificación original y/o el plazo de término señalado por el contratista en su oferta.
No se contemplará como incumplimiento gravísimo si este se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor. La reiteración de incumplimientos gravísimos podrá dar la potestad a CONAF el dar término al contrato de forma anticipada.
|
|
|
Multas |
Se podrá cobrar una multa de 2 UF, cuando se cometa alguna de las faltas señaladas a continuación. Estas podrán ser acumulables por cada día de retraso, hasta que se subsane dicha falta o la situación que la originó. Las causales de multas son:
• El prestador de servicio presente un retraso en la entrega de la documentación exigida para pago superior a 10 días corridos a contar del plazo acordado para el estado de pago.
• El prestador del servicio no entregue la documentación laboral y previsional requerida al inicio de las faenas y para los estados de pago.
• No mantener alguno de los documentos de carácter obligatorio en la carpeta de documentación de faena.
• Por cada día de atraso que presente en la entrega final de las obras, con respecto al plazo de término señalado en el contrato.
Las multas que aplique la Corporación al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba hacer a futuro al adjudicatario, sea el caso en que el contrato considere varios estados de pago. No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Cumplidas tres (3) sanciones de multa por las causales señaladas anteriormente, será considerada como causal de sanción por incumplimiento gravísimo.
|
|
|
Procedimiento aplicación de multas |
El Procedimiento de Aplicación de Multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Encargado de Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, Conaf dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, Conaf tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
El monto máximo a cobrar en concepto de multas, no podrá sobrepasar el 10% del monto total del contrato.
|
|
|
Procedimiento cobro de garantías |
Para el cobro de garantías, la CONAF notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos a CONAF, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, Conaf dictará la respectiva resolución fundada informando el cobro de la Garantía. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (10) diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
|
|
|
Prohibiciones |
El oferente seleccionado o Contratista, no podrá en ningún caso, ceder o traspasar la realización parcial o total de la prestación de los servicios adjudicados. Los derechos y obligaciones que nacen del contrato serán intransferibles. Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que de él emanen serán transferibles, de acuerdo con las reglas del derecho común.
|
|
|
Seguros |
Respecto de los seguros de los trabajadores, el Adjudicado debe cumplir con todos los requisitos y procedimientos señalados en el punto N°11 del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, otorgado por CONAF.
|
|
|
Confidencialidad |
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación, reciba o tome conocimiento el adjudicatario, o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después del término de la prestación de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, la empresa o Sociedad contratante y/o su o sus representante(s), deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
Los resultados intelectuales y/o materiales, informes y/o productos, que con ocasión de la ejecución de los servicios se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, serán de propiedad de la Corporación, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el adjudicatario o su y/o sus representantes realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización escrita de CONAF. Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
|
|
|
Requerimiento prevención COVID-19 |
Será obligación para la o el Adjudicatario velar por el cumplimiento de las acciones y medidas preventivas para evitar el contagio por COVID-19 en todas las faenas y áreas de trabajo donde se desenvuelva el personal. Para tal efecto las y los Contratistas deberán seguir el PROTOCOLO ÚNICO NACIONAL COVID–19 CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, CONAF, además de todas las medidas dictadas por el Plan Paso a Paso y aquellas emanadas del Protocolo Nacional “MODO COVID DE VIDA” o cualquier reglamento que se encuentre vigente o actualizado a la fecha. De igual manera, será responsabilidad del o la Contratista estar informado de todos los cambios que pudiesen acontecer en relación al Plan Paso a Paso y la pandemia sanitaria del COVID-19.
|
|
|
Requerimientos técnicos |
1 ANTECEDENTES
Los (as) pequeños (as) y medianos (as) propietarios (as) forestales que han sido afectados por incendios forestales y los efectos del cambio climático con la consecuente pérdida del recurso e ingresos asociados a su manejo, han enfrentado efectos catastróficos a nivel socioeconómico, debido a la disminución del ingreso familiar, aumento del desempleo y con ello de la pobreza rural.
Por su parte, la crisis sanitaria producto del coronavirus (COVID-19), tendrá mayores impactos en este sector más vulnerable: personas con problemas de salud subyacentes, adultos mayores, jóvenes desempleados, personas subempleadas, mujeres y trabajadores migrantes, pueblos indígenas, entre otros, quienes son parte de una condición muy propia del mundo rural: la vulnerabilidad multidimensional.
Adicionalmente en Chile, según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) la tasa de desempleo es de un 7,8% a nivel nacional durante el trimestre móvil contemplado para los meses de enero y marzo 2022, mientras que la tasa de desocupación por sexo, en mujeres se situó en un 8,7% y la de hombres en 7,2%.
Es por lo anterior, que la gestión forestal sostenible y las soluciones basadas en la naturaleza , la restauración de los recursos vegetacionales en general, podrían volverse un componente fundamental para los esfuerzos de creación de empleos y ofrecer oportunidades únicas que permitan mejorar algunos objetivos económicos, sociales y ambientales, en pos del bienestar humano de los grupos vulnerables a través de inversiones públicas (“verdes”) dirigidas, las que podrían crear una cantidad importante de nuevos empleos en materia de forestación, recuperación, el manejo de bosques naturales, viveros, recolección de semillas, además de la protección contra incendios forestales.
Estas inversiones verdes, podrían destinarse a generar oportunidades para trabajadores (as) desempleados (as) o recientemente despedidos, incrementando sus ingresos y contribuyendo a atenuar la espiral económica descendente. La mayor parte de estos empleos surgirían en las áreas rurales donde contribuirían a mejorar los niveles de vida.
En este contexto el empleo del sector forestal en Chile se desglosa en el empleo directo forestal, que alcanza los 120 mil trabajadores y la suma del empleo directo con el indirecto es de aproximadamente 300 mil trabajadores (INFOR, 2013a) . Estas cifras son relevantes si se considera que las encuestas de caracterización socioeconómica (CASEN) y estudios oficiales del INE, muestran que persistentemente la pobreza es varios puntos más alta en las zonas rurales que en las zonas urbanas. Y al disgregar la pobreza rural por hombres y mujeres, siempre estás últimas tienen mayor vulnerabilidad que los hombres, mismo fenómeno que se da entre población rural indígena y no indígena, siendo la primera la que tiene los peores indicadores. Es importante indicar también, que este mismo tipo de tendencias persiste en la pobreza multidimensional .
Bajo este escenario el Plan considera acciones para iniciar procesos de restauración de bosques nativos a gran escala, priorizando en zonas de conservación y protección de suelos, humedales, cabeceras de cuenca y cuerpos de agua. Para ello se realizarán las siguientes acciones:
1. Ejecución de actividades para iniciar procesos de restauración in situ: acciones de exclusión (cerco), preparación de sitio para establecimiento de regeneración, entrega de plantas e insumos para enriquecimiento, reforestación y recuperación de bosques nativos, faenas para el control de especies invasoras que compiten con la regeneración del bosque, restauración en núcleos, protección individual, entre las más relevantes.
2. Programa de Recolección de Semillas que pueda satisfacer las demandas actuales y futuras para planes de restauración en el territorio, que considere la identificación de áreas productoras de semilla, faenas de establecimiento de áreas productoras de semilla, recolección de semillas y capacitaciones.
3. Fortalecimiento de viveros de CONAF y convenios con viveros privados, que permitan entregar capacitación en viverización, generar mano de obra para producción de plantas nativas en vivero, establecer protocolos para la producción de plantas en viveros y realizar inversiones en tecnología.
Con estas acciones se espera alcanzar una superficie de 6.000 hectáreas, entre las regiones de Coquimbo a Magallanes para fomentar la reactivación económica y la generación de empleo del mundo rural, así como mitigar los efectos del cambio climático. Además, la iniciativa considera mejorar la condición de ingreso directo de 2.700 familias, es decir 8.370 personas que en promedio componen el grupo familiar .
En términos de empleos, el plan considera la generación de 18.674 empleos (6.717 directos y 11.957 empleos indirectos ).
Cabe destacar que uno de los objetivos principales es asegurar y disminuir la desigualdad en todo ámbito, tendiendo a equiparar el empleo entre hombres y mujeres. Es por ello que, en el componente de fortalecimiento de viveros, se destaca el trabajo por parte de mujeres jefas de hogar, dónde esta oportunidad de empleo permitirá producir plantas y aportar directamente en la recuperación de cuencas y en la mejora del bosque nativo, mitigando los efectos del cambio climático.
De esta forma el plan contribuirá directamente al restablecimiento de los ingresos económicos de este grupo objetivo y la dinamización de las economías locales, para de esta forma mejorar la calidad de vida de los (las) pequeños (as) y medianos (as) propietarios (as) y contribuir de manera directa a los desafíos del país en materia de cambio climático (carbono neutralidad, NDC, ODC).
2 ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA EL SERVICIO
Las actividades, materiales y requerimientos del servicio solicitado son las siguientes:
2.1 Manejo de regeneración natural de Pino Oregón
Actividad
|
Descripción
|
Manejo de Regeneración Natural
|
- Se requiere reducir la densidad de la regeneración natural establecidas en el rodal, mediante una corta intermedia (raleo) a desecho, seleccionando los mejores individuos de Pino Oregón (Pseudoutsuga menziessi) para dejarlos como árboles futuros.
- Se requiere realizar poda de formación a individuos de Pino Oregón (Pseudoutsuga menziessi), en una densidad mínima de 350 árboles / hectárea.
|
Ordenamiento de desechos
|
- Se requiere posterior a las actividades de manejo ordenar los desechos, especialmente los resultantes a orilla de caminos y vías a fin de reducir el peligro de incendios forestales.
|
2.2 Manejo de Pino Radiata: Poda y raleo
Actividad
|
Descripción
|
Manejo coníferas exóticas
Poda y Raleo
|
- Se requiere realizar corta intermedia, raleo, seleccionando los mejores individuos de las especies presentes: Pinus radiata (Pino insigne) para dejarlos como arboles futuros.
- Se requiere realizar poda en altura a los mejores individuos de en los rodales de Pinus radiata (Pino insigne)
|
Ordenamiento de desechos
|
- Se requiere posterior a las actividades de manejo la ordenación de los desechos de la poda y raleo en los rodales especialmente los presentes a orilla de camino y vías a fin de reducir el peligro de incendios forestales.
|
Independiente de las medidas indicadas con anterioridad, el o la adjudicatario(a) deberá cumplir con la normativa forestal vigente.
CONAF podrá supervisar de manera técnica y administrativa las faenas, emitiendo las observaciones pertinentes al o la Contratista, el cual deberá hacer las correcciones necesarias. Si las correcciones no fuesen cumplidas y el Informe Técnico de evaluación por actividad es rechazado tres veces podrá ser considerado como causal de multa y de ser un comportamiento reiterativo el Supervisor podrá poner término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas.
3 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS ACTIVIDADES
Las características técnicas de estas actividades se entregan a continuación:
3.1 MANEJO CONÍFERAS EXÓTICAS – PODA RALEO
Se requiere realizar cortas intermedias, Raleo a desecho y Raleo selectivo, seleccionando los mejores individuos de las especies presentes: Pinus radiata (Pino insigne) y Pseudotsuga menziesii (Pino Oregón). Además, poda en altura a una parte de los seleccionados.
Raleo a desecho 1: dirigido a los individuos de Pino insigne y Pino Oregón, bajo 10 cm, clase 7,5 cm. Se requiere cortar un 50 % de los árboles y ordenar sus desechos.
Raleo a desecho 2: dirigido a los individuos de Pino insigne y Pino Oregón, extracción del 40 a 50 % de la densidad. Se requiere cortar los árboles y ordenar sus desechos.
Raleo selectivo: dirigido a los mejores individuos de Pino insigne y Pino Oregón. Se requiere seleccionar los árboles con las mejores características de sanidad y forma, un diámetro mínimo de 10 cm de DAP, interviniendo el 50% de ellos entre las clases 12,5 cm y 17,5 cm. Sobre ellas, la intervención por clase diamétrica presente se reduce a la corta de un máximo del 20% de los individuos.
Poda 1: dirigida a los mejores individuos de Pino insigne y Pino Oregón. Se requiere seleccionar entre 350 y 500 árboles por hectárea con las mejores características de sanidad y forma, un diámetro mínimo de 10 cm de DAP y altura total mínima de 4 m.
Poda 2: para el caso de rodales con individuos de altura mayor a 10 metros, donde se realiza poda a 5,8 metros.
Los parámetros silvícolas de intervención, estarán contenidos en el respectivo Plan de Manejo aprobado para cada predio
Se deberá mantener la vegetación existente en áreas de protección de cauces y/o quebradas, para evitar procesos erosivos de mayor efecto, de acuerdo con lo que indica el "Reglamento de suelos, agua y humedales" (Decreto Supremo N°82).
En cada predio en que se realice esta actividad se deberá cumplir con las prescripciones técnicas vigentes de los planes de manejo en cada uno de los predios, aprobados por la Corporación respecto medidas de protección contra incendios forestales y de protección ambiental (flora y fauna, suelos y recursos hídricos), así como todas las regulaciones legales vigentes.
3.2 MANEJO DE REGENERACIÓN NATURAL
Se aplicará una disminución de la densidad de la regeneración establecida de las especies exóticas presentes, con DAP bajo o igual a 10 centímetros y altura menor a 2 metros. 50% en fajas de 3 metros de ancho, siguiendo curvas de nivel, en densidad mayor a 10.000 árboles por hectárea. 50% pie a pie, siguiendo curvas de nivel, en densidad menor a 10.000 árboles por hectárea.
3.3 ORDENAMIENTO DE DESECHOS
Los desechos provenientes del material cortado deben ordenarse en fajas, pilas o montones. No deben quedar sectores con acumulación excesiva de desechos, ni árboles seleccionados y sus acompañantes cubiertos con ellos, ni desechos en los caminos. Ello para facilitar el acceso y discontinuar combustibles en caso de incendios. Las pilas o montones de desechos no pueden superar los 1,5 metros de alto y 3 metros de ancho
En los bordes de cada rodal a intervenir, que sea paralelo a caminos públicos y/o a caminos interiores del predio, se deberá dejar una faja libre de combustible vegetal de desecho en un ancho de 5,0 metros a fin de disminuir el peligro de incendios forestales y su propagación.
En torno a la presencia de tendidos eléctricos, se dejará una faja libre de vegetación con una distancia horizontal de 5,0 metros, a ambos lados, medidos a partir de los conductores eléctricos, de acuerdo con lo indicado en la circular N°26.035 del 15/12/2017, del Ministerio de Energía; Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
No se podrán poner desechos vegetales en cursos de aguas, cunetas, alcantarillas, caminos, cortafuegos y zonas de protección.
3.4 CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
El o la contratista deberá programar las faenas de manera que el avance de las actividades sea geográficamente ordenada, no pudiendo dejar predios rezagados sin intervenir. El avance podrá tener más de un frente de trabajo, a condición que se respete el sentido acordado, y que una misma cuadrilla, no inicie faenas en un sector sin haber finalizado totalmente el sector anterior, salvo cuando de común acuerdo y por condiciones ajenas al o la contratista, no se puedan continuar las faenas en el lugar programado.
Una vez terminada la actividad de manejo en cada predio, el o la contratista deberá velar y corroborar que todas las herramientas, equipos y residuos provenientes de la faena de manejo, hayan sido retirados del lugar.
A continuación, se enumeran los aspectos relevantes y condiciones que debe cumplir y considerar el contratista forestal que ejecute las actividades:
a) Todas las herramientas a utilizar en el presente servicio de manejo mixto serán aportadas por el o la adjudicataria. Los costos operativos de transporte, alimentación, alojamiento o campamento serán de cargo del adjudicatario.
b) El o la adjudicataria deberá dar cumplimiento a medidas ambientales, tales como, el manejo de la basura, prohibición de ingreso de mascotas, protección de recursos de flora y fauna, y todas las medidas que le informe el personal de la Corporación. En especial, está estrictamente prohibido hacer fuego o usar fuentes de calor en zonas donde no está expresamente permitido. También está prohibido fumar en los sectores de faena.
c) Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, al momento de realizar llenado de combustible de maquinarias (motosierras, etc.). Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), así como también los provenientes de vehículos o maquinarias (combustibles, petróleo, aceites usados, trapos impregnados con derivados de hidrocarburos u otros) se deberán colocar en recipientes herméticos, sellados con tapa y su disposición final será fuera de los límites de los predios, en lugares autorizados por el Servicio de Salud.
d) Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores.
e) En los rodales donde se desarrolle el servicio de manejo mixto, el o la adjudicataria deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas como arbustivas.
Se deberá acompañar a la oferta la elaboración de una Carta Gantt que incluya al menos la programación de las actividades y los plazos de cada una. La elaboración de este cronograma será de formato libre y la programación podrá ser estimada de manera mensual o semanal según estime el o la oferente.
Se considera una charla de inducción, presencial o telemática por parte de los profesionales de la Corporación a fin de atender posibles dudas del o la contratista y personal respecto del Plan de Manejo aprobado, manejo silvícola y medidas de protección.
Se debe considerar reuniones quincenales con la contraparte técnica para ir revisando avances y ratificando o modificando la Carta Gantt de actividades, estas reuniones podrán ser ya sea telemáticas y/o presenciales. No obstante a lo anterior, la contraparte técnica podrá solicitar reuniones periódicas al o la contratista cuando lo estime pertinente.
Para solicitar el pago en las actividades de Manejo Regeneración Natural de Pino Oregón, Lote N°1, se deben cumplir copulativamente las siguientes situaciones:
1. Manejo de regeneración natural.
2. Disminución densidad (raleo desecho) poda de formación.
3. Ordenamiento de desechos.
Para solicitar el pago en las actividades de Manejo Bosque de Especies Coníferas Exóticas, Lote N°2, se deben cumplir copulativamente las siguientes situaciones:
1. Manejo de poda y raleo.
2. Ordenamiento de desechos.
Solamente, se podrá solicitar el pago cuando se cumplan todas las situaciones al mismo tiempo. Detalles de pago por avance de faenas y pago por faena terminada, y descuentos por anticipo por presupuesto anticipado, en Bases Administrativas.
4 PROGRAMACIÓN DE PAGOS Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS
Para la adecuada ejecución de actividades por parte del o la Contratista, y la correcta supervisión de la contraparte CONAF, se sostendrá una reunión inicial de coordinación entre las partes con el objetivo de definir la modalidad de pagos, plazos, además se definirán los canales oficiales de comunicación y resolver cualquier tipo de dudas que se presenten. En la reunión de coordinación se abordarán y concretarán los siguientes puntos:
- Al iniciar la prestación de servicios, la o el Contratista y CONAF definirán en conjunto la modalidad de pago, fecha entrega de faenas en virtud a lo propuesto por el oferente en su carta Gantt de postulación. Dichas definiciones permitirá tener como referencia las actividades y plazos para el correcto desarrollo del contrato y será considerado como el calendario oficial de actividades para efectos del contrato, con el cual CONAF supervisará el correcto seguimiento y ejecución de las obras, para ello se deberá realizar a lo menos una reunión mensual con el Encargado o Supervisor de Contrato para analizar el avance y cumplimiento de las actividades, la observancia de las instrucciones, los posibles ajustes a las faenas y a la programación de ser necesario, aspecto que deberá quedar registrado por escrito a través de un acta acuerdo entre las partes. Teniendo presente que la fecha final de término de servicio es el 30 de noviembre del 2022.
- La empresa deberá presentar previo a cada estado de pago, un Informe de cierre de faenas para las actividades ejecutadas durante el período a rendir, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por el Encargado o Supervisor designado por CONAF.
- El Informe a pago que emita la empresa deberá ser aprobado por CONAF para acceder al pago de los servicios. Sin embargo, si existieran observaciones estas deberán ser corregidas previo a la autorización del pago.
- El no cumplimiento reiterado de esta exigencia podrá ser considerado como causal de multas y de ser un comportamiento reiterativo el Supervisor podrá proponer término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas, así como también la publicación en el portal de Mercado Publico las observaciones de mal comportamiento en la prestación del servicio.
CONAF, se reserva el derecho de supervisar la gestión de la Empresa pudiendo en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades.
De existir observaciones técnicas o administrativas a las faenas en ejecución o ejecutadas, estas serán comunicadas por escrito al operador u contratista y deberán ser subsanadas o corregidas por este, en un plazo que será definido por CONAF.
La Empresa deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
|
|
|