Bases |
Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas de licitación que se encuentran publicadas en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por estas bases, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases de licitación, las aclaraciones que emita CONAF, a través de la página www.mercadopublico.cl, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad Foro del mencionado portal de compras. Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado no podrán participar en la Licitación. Asimismo, la Corporación excluirá de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en estas bases.
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Modificación de las bases |
CONAF podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
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Fecha de la adjudicación |
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
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Objetivo específico de la licitación |
La Corporación requiere contratar los servicios de una o varios proveedores para realizar la mantención de senderos con fines turísticos, cuya construcción se realizó a través de la bonificación forestal establecida en la Ley N°20.283.
Sin perjuicio de lo anterior CONAF podrá proponer, modificar o ampliar el lugar de trabajo, para lo cual, deberá existir acuerdo entre las partes, todo ello para el buen desarrollo del trabajo encomendado.
Las faenas deben desarrollarse en los siguientes predios:
N°
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Nombre Predio
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N° Rol
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Localidad
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Comuna
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N
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E
|
Huso
|
Longitud km
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1
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Lote A2
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137-196
|
Apeche
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Queilen
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5257987
|
612599
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18
|
0,5
|
2
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Gamboa Alto A y B
|
1209-4
|
Gamboa Alto
|
Castro
|
5297945
|
597945
|
18
|
0,49
|
3
|
Quilan
|
155-7
|
Tepuhueico
|
Chonchi
|
5267789
|
585025
|
18
|
3,58
|
4
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Lote N°2
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1213-33
|
Gamboa Alto
|
Castro
|
5296900
|
596300
|
18
|
1,8
|
5
|
Lote A y B
|
112-27
|
Pio Pio
|
Queilen
|
5257750
|
619500
|
18
|
0,56
|
6
|
Parcela 1 E
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1199-55
|
Llicaldad
|
Castro
|
5342191
|
625009
|
18
|
0,14
|
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TOTAL
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7,07
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En la siguiente tabla se indica el presupuesto total asignado:
Provincia, Área de trabajo
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N° de senderos
|
Cantidad de
Km
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Total, Asignación
($)
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Provincia de Chiloé, comuna de Castro.
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3
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2,43
|
$ 9.506.750
|
Provincia de Chiloé, comuna de Chonchi
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1
|
3,58
|
$ 15.685.000
|
Provincia de Chiloé, comuna de Queilen
|
2
|
1,06
|
$ 4.148.000
|
Total Provincia Chiloé
|
6
|
7,07
|
$ 29.339.750
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Sin perjuicio de lo anterior CONAF podrá proponer, modificar la localización o ampliar el área de trabajo, para lo cual, deberá existir acuerdo entre las partes, todo ello para el buen desarrollo del trabajo encomendado.
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Plazo de duración del servicio |
La duración del contrato tendrá como fecha máxima de término el 30 de Noviembre del 2022.
Para la presentación de la última factura de pago de servicios por faenas terminadas y aprobadas, deberán estar cumplidos todos los requisitos señalados en el punto “Acceso a estado de pago” de las presentes bases administrativas.
AUMENTO DE LAS OBRAS:
La Corporación de acuerdo al presupuesto disponible y por razones técnicas fundadas, entre otras, excepcionalmente podrá realizar un aumento de obras contratadas por una sola vez y por el mismo monto ofertado para cada actividad, siempre y cuando el adjudicado posea capacidad de ejecución. El monto del aumento de obras no podrá exceder el 30% del total adjudicado. En este evento, el adjudicatario deberá entregar en el plazo de 5 días hábiles, después de notificado de la ampliación, una boleta de garantía de fiel cumplimiento, de un 10% del valor adicional determinado.
En el caso que, por razones ajenas al contratista no fuese posible dar término a la faena, CONAF podrá autorizar un cambio de la actividad. En este evento, el pago será proporcional a las faenas ejecutadas de acuerdo con la oferta económica realizada por el adjudicatario y/o plan de trabajo acordado con el administrador del contrato.
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Características del oferente |
Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Quedan excluidos quienes, en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal.
Asimismo quedarán excluidos de participar los funcionarios directivos de la Corporación, o personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 54 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente una Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° s 1 y 2 de la Ley 20.393.
Por último se excluyen además todas las personas naturales o jurídicas que en los últimos cinco años hayan sido objeto de término anticipado de contrato por incumplimiento de las faenas o actividades contratadas por la Corporación Nacional Forestal.
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Requisitos de los oferentes |
Los oferentes deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Ser personas naturales o jurídicas, que tengan inicio de actividades en el rubro forestal u otro relacionado con las actividades licitadas.
• No ejercer funciones de supervisión, control o recepción de cualquier tipo de actividad o faenas que se amparen en algún contrato del Programa de Reactivación Económica impulsado por CONAF.
• Poseer experiencia verificable en la planificación, ejecución y supervisión de actividades como: Limpia y preparación de terrenos; Construcción de cercos; construcción de fajas de deslindes prediales rurales y Mantención de senderos. La experiencia deberá ser comprobada mediante documentos que así lo acrediten, tales como, certificados que incluyan el contacto telefónico de la persona que certifica, copias de contratos, finiquitos y/o facturas que indiquen la empresa o persona a la que se le prestó el servicio. Para ello deberá completar el Anexo N°2 y adjuntar los documentos que lo respalden (sólo uno por experiencia a acreditar). La documentación presentada que acredite la experiencia debe estar referida a la persona natural o jurídica que oferta. A su vez, en el caso de las personas jurídicas se considerará para evaluación la experiencia referida al representante legal.
• Proporcionar de manera permanente los Elementos de Protección Personal (EPP) y de Higiene Personal adecuados al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, lentes de protección, casco, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes para la seguridad), así como aquellos elementos sanitarios y de higiene para prevenir el COVID-19 (mascarillas y/o protector facial, alcohol gel) para todo el personal que ejecute las faenas.
NOTA: Los elementos de seguridad y sanitarios serán exigidos al inicio y durante el transcurso de las obras, su uso es de carácter obligatorio por parte de los trabajadores. Aquellos contratistas que no cumplan con los requisitos solicitados, pueden incurrir en incumplimientos gravísimos de contrato.
• Cumplir plenamente con las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, la cual regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La normativa citada puede ser encontrada en el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que rige las operaciones de CONAF en todo el territorio. Este reglamento se encuentra como archivo adjunto en las presentes bases.
• Respetar y cumplir en todo momento con las medidas de seguridad sanitaria para la prevención y manejo de COVID-19. Las acciones y procedimientos oficiales que deben seguir los contratistas corresponden al Protocolo Transversal COVID - 19 CONAF, en conjunto con las medidas del Plan “Seguimos Cuidándonos, Paso a Paso” elaborado por el Gobierno de Chile. Dicho protocolo se encuentra adjunto en las bases.
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Apertura electrónica de las ofertas |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras del Estado y será efectuada por el Profesional Administrativo del Programa de Restauración, Encargado Programa de Bosques y Cambio Climático Provincial, Encargado de Unidad Jurídica Provincial o quien éstos designen correspondientemente. La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases técnico-administrativas de la presente licitación.
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de apertura electrónica de las mismas.
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Presentación de las ofertas técnicas y económicas |
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el ofertante para su resguardo.
Las ofertas deben presentarse de manera completa y detallada para cada actividad según se solicite. Los oferentes deberán cumplir, además, con las especificaciones técnicas y administrativas, que se ponen a disposición en el “Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas”, en el portal www.mercadopublico.cl.
La presentación de ofertas implicará el conocimiento y aceptación de estas Bases de Licitación. Sin perjuicio de las licitaciones en soporte papel contempladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal.
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Consultas y aclaraciones durante el proceso |
CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN:
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta.
Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias, o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN: CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación. La Corporación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de evaluación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento, de la Ley 19.886.
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Comisión evaluadora |
CONAF constituirá una Comisión Técnica Evaluadora, la cual se congregará para revisar y evaluar todas las ofertas técnicas y económicas que cumplan con los requisitos formales de presentación. La Comisión estará integrada por los siguientes funcionarios de la Oficina Provincial de Chiloé y Oficina Regional, o quienes los subroguen o a quien éstos designen:
• Jefa Provincial, Provincia de Chiloé.
• Encargado Programa de Bosques y Cambio Climático, Provincia de Chiloé.
• Jefa Departamento de Finanzas y Administración, Región de Los Lagos.
• Jefe Unidad Jurídica, Región de Los Lagos, quien actuará como ministro de fe y asesor jurídico de la Comisión.
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Adjudicación |
La Comisión Técnica, luego de evaluar los antecedentes de cada propuesta, emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o estas fuesen consideradas insuficientes o muy malas en el aspecto técnico. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o si éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo 60 puntos. En el caso de existir EMPATE, se discriminará según los criterios de evaluación, en el siguiente orden:
Experiencia de los oferentes.
Contratación de mano de obra local con inclusión de género.
Tiempo de entrega.
Propuesta económica.
Cumplimiento de los requisitos formales.
En caso de persistir en el empate, se adjudicará a la oferta que se haya ingreso primero en el portal www.mercadopublico.cl
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Una vez adjudicado, el oferente deberá presentar los documentos necesarios para la elaboración del respectivo contrato. De no presentar los documentos en el plazo indicado, CONAF quedará facultado para hacer cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta y podrá optar por la segunda oferta mejor evaluada.
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Contrato |
Se suscribirá un contrato entre CONAF y cada oferente adjudicado que señalará los servicios a los cuales se obligan a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
La suscripción del contrato se realizará entre el Director Regional y el adjudicatario dentro de los 15 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Los adjudicados deberán adjuntar la documentación original que les sea requerida por las Unidades Jurídicas Regional o Provincial dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. Los contratos serán publicados en el ID de la licitación del portal de compras.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación o mecanismo de compra que corresponda, declarando inadmisible el proceso.
En dicha situación, CONAF estará facultada para ejecutar la garantía de seriedad de la oferta establecida en las presentes Bases. No obstante, quedan excluidos de esta disposición, los adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas.
Para la firma del contrato el oferente debe adjuntar los siguientes documentos:
• Antecedentes generales y administrativos de la empresa (Anexo N°6).
• Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Sin la oportuna presentación de este documento CONAF no procederá a la firma de contrato.
• Listado de trabajadores que se desempeñarán en las faenas.
• Propuesta técnica de trabajo (Anexo N°5).
Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato comercial, en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
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Responsabilidad del proveedor |
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes, y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
El Contratista deberá informar al administrador de contrato los movimientos de personal que llegaren a ocurrir durante la ejecución de las obras, sean estas contrataciones o despidos de personal, las cuales deberán ser respaldadas con la documentación respectiva (Contrato o Finiquito).
Al inicio de las faenas el Contratista deberá obligatoriamente, presentar y mantener una carpeta con todos los antecedentes (Ley de Subcontratación N° 20.123), que permitan la correcta supervisión de las obras. Dicha carpeta debe contener los siguientes documentos originales o fotocopias:
- Listado de trabajadores(as) que van a realizar el trabajo (Anexo N°7).
- Contratos de Trabajo del personal que participará en el trabajo.
- Registro firmado de entrega de Equipo de Protección Personal para cada trabajador.
- Registro firmado de entrega del reglamento interno para cada trabajador, si corresponde.
- Calendario o Carta Gantt de actividades a realizar.
- Reglamento Interno con recepción de la Inspección del Trabajo, si corresponde.
- Registros firmados de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
- Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
- Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, o Higiene y Seguridad según corresponda.
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
- Certificado de afiliación de los trabajadores a una mutualidad Ley 16.744.
- Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
- Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
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Ley de subcontratación |
El proveedor adjudicado podrá realizar la subcontratación de los servicios. Para tal efecto deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley N° 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual se encuentra como archivo anexo de las bases.
Para ilustración del oferente, en dicho documento podrá encontrar todas las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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Administrador o supervisor del contrato |
Las funciones de Supervisar y Administrar el Contrato estarán a cargo del Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático, o el o la profesional designado por CONAF, quién:
• Supervisará el contrato, tanto de forma administrativa como en terreno.
• Autorizará la información para los estados de pago.
• Evaluará el avance del cronograma de actividades y decidirá las modificaciones al plan de trabajo junto al contratista.
• Autorizará los informes y realizará las evaluaciones al prestador de servicio.
Sin perjuicio que para el respectivo estado de pago, será el Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático el responsable de autorizarlos.
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Modalidad, forma y plazo de pago |
Habrá dos modalidades de pagos que son las siguientes:
a) Pago por Avance de Faena
b) Pago por Faena Terminada
Para ambas situaciones, los pagos se ajustarán a los valores ofertados en la Propuesta Económica (Anexo N°3), por los avances de actividades ejecutadas o terminadas y los montos que se incluyen en dicha propuesta.
Firmado el contrato, el prestador de servicios en conjunto con la contraparte técnica de CONAF, acordarán la modalidad de pago a escoger de las señaladas anteriormente, tomando como base la oferta económica entregada por el Adjudicatario(a), se deberán definir en conjunto los plazos o fechas de término o avance de faenas, por medio de acta de acuerdo.
Este acuerdo, el cual se formalizará a través de un acta, será considerado como la programación oficial de pago para efectos del contrato, y con la cual CONAF, procederá a ejecutar los procesos de pago.
PAGO POR AVANCE DE FAENAS:
El pago por avance de faenas considerará uno o más estados de pago, tantos estados de pago como la cantidad de áreas de trabajo que se haya adjudicado el oferente, que corresponderán a las áreas de trabajo establecidas en las presentes bases, para lo cual el contratista deberá completar todas las actividades contempladas en los predios de cada área de trabajo o comuna y entregar el Informe Técnico con los avances de las actividades efectivamente ejecutadas y acordadas con CONAF. El monto a pagar en cada estado de pago o área terminada, será acorde a la oferta económica presentada por el adjudicatario.
Es importante señalar que para solicitar este avance de pago deben estar terminadas todas las actividades consideradas en cada predio de cada área de acuerdo a lo establecido en las bases técnicas de esta licitación.
No se podrá solicitar a pago, predios en el cual no se hayan realizado todas las actividades contempladas, según especificaciones técnicas del servicio requerido. En caso de que existan observaciones a su gestión o en el informe, éstas deberán ser previamente subsanadas, para proceder al estado de pago.
PAGO POR FAENA TERMINADA:
El pago por faena terminada consiste en un (1) solo pago por el valor total de la licitación siempre y cuando se cumplan y den término a todas las actividades contempladas en el contrato. Para acceder al estado de pago por faena terminada, el Contratista deberá presentar el informe final de obras y la documentación necesaria para acceder al pago de los servicios prestados.
ACCESO A ESTADO DE PAGO:
Para acceder a los estados de pago correspondientes, el Contratista deberá entregar el Informe Técnico al administrador de contrato, el cual deberá contener los siguientes aspectos:
• Detalle de las actividades realizadas y sus características.
• Set de fotos con fecha de las actividades ejecutadas.
En caso que existan observaciones menores al informe o en la claridad de la información, éstas podrán ser subsanadas por el Contratista. En caso que el informe contenga errores u observaciones de gravedad, podrá ser rechazado por CONAF. El rechazo de este informe impedirá acceder al estado de pago solicitado y el Contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar un nuevo informe. El rechazo del Informe Técnico en tres (3) oportunidades consecutivas dentro del mismo estado de pago, será causal de incumplimiento gravísimo.
Para acceder a los estados de pagos, el Adjudicatario deberá adjuntar a cada solicitud de pago los siguientes documentos:
• Informe Técnico aprobado por CONAF.
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30-1).
• Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30).
• Fotocopia de las liquidaciones de sueldos firmadas por las y los trabajadores, correspondiente al mes anterior al estado de pago.
• Planilla actualizada de trabajadores firmada, donde se indique que mantienen en su poder los Elementos de Protección Personal (EPP), para cada estado de pago.
El pago se gestionará cuando:
• Conaf recepcione conforme y de su aprobación del Informe Técnico emitido por el operador o contratista, validado por su Supervisor y/o el Encargado del Programa de Bosques y Cambio Climático Provincial o quien designe en su representación. • Conaf recepcione conforme la documentación respecto al cumplimiento de entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP) y de las obligaciones Laborales y Previsionales de los trabajadores que participan en la obra.
Una vez aprobado el informe de recepción de actividades y recibida la documentación por parte del oferente, se solicitará la emisión de la factura correspondiente para proceder al pago.
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Facturación |
La Factura, deberá ser presentada posterior a la aprobación del informe técnico respectivo.
Dicha Factura, debe considerar los siguientes datos:
Datos
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Razón Social
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CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
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R.U.T.
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61.313.000-4
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Giro
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Otros servicios de apoyo a la Silvicultura N.C.P.
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Dirección
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Gamboa N° 424, Castro
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Orden Compra
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1860-X-SE22
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Deberá enviar la factura electrónicamente a windte_dte@custodium.com indicando que dicha factura es a crédito. El envío electrónico de la factura no debe ser superior a un plazo de 48 horas desde la emisión de la factura.
Se deberá indicar en el campo Folio de la Referencia de la Factura el número de la orden de compra el cual debe ser igual al número indicado en la orden de compra, sin puntos ni espacios, pero sí debe considerar todos los guiones (Ejemplo: 1860-X-SE22).
El documento tributario electrónico DTE, deberá ser presentado una vez que la contraparte técnica apruebe y valide el informe correspondiente. Dicho DTE deberá ser presentado junto con los formularios F30 y F30-1, según lo indicado en el punto “Acceso a estado de pago”.
El servicio se pagará dentro de los 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Factura y el informe, el cual deberá contar con su debido V°B° y autorización de pago del Encargado Provincial del Departamento de Bosques y Cambio Climático.
En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
El pago se realizará en moneda nacional (pesos chilenos) a través de Pago Centralizado de la Tesorería General de la República, www.tgr.cl.
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Término anticipado del contrato y/o cobro de la garantía |
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato y/o realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la ley:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones y plazos establecidos en las Bases de Licitación administrativas y técnicas.
3. Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Declaración de quiebra del oferente.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
6. Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Si durante la duración del contrato se cursasen tres (3) sanciones por Incumplimientos Gravísimos.
9. Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo Contrato.
10. Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva, o es formalizado por iguales delitos o por delitos en que CONAF tenga la calidad de víctima.
11. Si el Adjudicatario posea inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
CONAF y el Adjudicatario, de común acuerdo, podrán resolver poner término al Contrato, caso en el cual no procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato por razones fundadas y previamente aceptadas por CONAF, dando aviso de manera escrita al respectivo Administrador de Contrato, con 30 días de anticipación. El no cumplimiento de los procedimientos y plazos señalados facultará a CONAF para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
En caso de que la Corporación decida unilateralmente terminar anticipadamente el contrato, o cobrar la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario mediante carta certificada, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulados descargos, el Director Regional procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en la Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y, además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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Incumplimientos gravísimos |
Sea detectado un incumplimiento gravísimo por parte del Contratista, la Corporación procederá al cobro de una multa correspondiente al 1% del valor total del contrato. El máximo de multas a aplicar, bajo la denominación de incumplimiento gravísimo, son tres, una vez completada la tercera multa por incumplimiento gravísimo se considerará como causal de término anticipado del contrato.
Se considerarán como incumplimientos gravísimos, cuando:
• Si durante la duración del contrato se cursaren en total tres (3) sanciones de Multa.
• Cuando el prestador de servicio entregue información falsa de su gestión.
• Cuando el Informe Técnico para acceder al estado de pago, sea rechazado por CONAF y devuelto para su corrección en tres (3) oportunidades consecutivas dentro del mismo estado de pago.
• Si el adjudicatario no cumpliese con la condición de entrega del equipo de EPP y de prevención de Covid-19 a sus trabajadores, al inicio y durante la duración del contrato.
• Si el adjudicatario no presentase alguno de los documentos con los que se adjudicó la licitación.
• Si se llegase a detectar que el Contratista ha solicitado dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios o asesorías técnicas. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental.
• El adjudicatario no cumpla con la propuesta de contratación de mano de obra local con enfoque de género, ofertada mediante declaración jurada simple (Anexo N°4).
• El adjudicatario no cumpla con la propuesta técnica de trabajo, presentada en el Anexo N°5 de las presentes bases administrativas.
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Multas |
Se podrá cobrar una multa de 3 UF, cuando se cometa alguna de las faltas señaladas a continuación. Estas podrán ser acumulables por cada día de retraso, hasta que se subsane dicha falta o la situación que la originó. Las causales de multas son:
• El prestador de servicio presente un retraso en la entrega de la documentación exigida para pago superior a 10 días corridos a contar del plazo acordado para el estado de pago.
• El prestador del servicio no entregue la documentación laboral y previsional requerida al inicio de las faenas y para los estados de pago.
• No mantener alguno de los documentos de carácter obligatorio en la carpeta de documentación de faena.
• Por cada día de atraso que presente en la entrega final de las obras, con respecto al Anexo N°5 presentado en la oferta.
• Si el proveedor no cumple con el plazo de entrega ofertado en la Licitación 1860-11-LE22.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Cumplida tres (3) sanciones de multa por las causales señaladas anteriormente, será considerada como causal de sanción por incumplimiento gravísimo.
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Procedimiento aplicación de multas |
El Procedimiento de Aplicación de Multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Encargado de Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, Conaf dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, Conaf tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
El monto máximo a cobrar en concepto de multas, no podrá sobrepasar el 10% del monto total del contrato.
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Procedimiento cobro de garantías |
Para el cobro de garantías, la CONAF notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos a CONAF, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada informando el cobro de la Garantía. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (10) diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
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Prohibiciones |
El oferente seleccionado o Contratista, no podrá en ningún caso, ceder o traspasar la realización parcial o total de la prestación de los servicios adjudicados. Los derechos y obligaciones que nacen del contrato serán intransferibles. Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que de él emanen serán transferibles, de acuerdo con las reglas del derecho común.
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Seguros |
Respecto de los seguros de los trabajadores, el Adjudicado debe cumplir con todos los requisitos y procedimientos señalados en el punto N°17 del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, otorgado por CONAF.
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Confidencialidad |
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación, reciba o tome conocimiento el adjudicatario, o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después del término de la prestación de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, la empresa o Sociedad contratante y/o su o sus representante(s), deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
Los resultados intelectuales y/o materiales, informes y/o productos, que con ocasión de la ejecución de los servicios se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, serán de propiedad de la Corporación, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el adjudicatario o su y/o sus representante(s) realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización escrita de CONAF. Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
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Requerimiento prevención COVID-19 |
Será obligación para el Adjudicatario velar por el cumplimiento de las acciones y medidas preventivas para evitar el contagio por COVID-19 en todas las faenas y áreas de trabajo donde se desenvuelva el personal. Para tal efecto los Contratistas deberán seguir el PROTOCOLO ÚNICO NACIONAL COVID–19 CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, CONAF, además de todas las medidas dictadas por el Plan “Seguimos Cuidándonos, Paso a Paso” o cualquier reglamento que se encuentre vigente o actualizado a la fecha. De igual manera, será responsabilidad del Contratista estar informado de todos los cambios que pudiesen acontecer en relación al Plan Paso a Paso y la pandemia sanitaria del COVID-19.
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Requerimientos técnicos |
ANTECEDENTES
Los (as) pequeños (as) y medianos (as) propietarios (as) forestales que han sido afectados por incendios forestales y los efectos del cambio climático con la consecuente pérdida del recurso e ingresos asociados a su manejo, han enfrentado efectos catastróficos a nivel socioeconómico, debido a la disminución del ingreso familiar, aumento del desempleo y con ello de la pobreza rural.
Por su parte, la crisis sanitaria producto del coronavirus (COVID-19), tendrá mayores impactos en este sector más vulnerable: personas con problemas de salud subyacentes, adultos mayores, jóvenes desempleados, personas subempleadas, mujeres y trabajadores migrantes, quienes son parte de una condición muy propia del mundo rural.
Adicionalmente en Chile, según el INE la tasa de desempleo es de un 7,5% a nivel nacional durante el trimestre móvil contemplado para los meses de diciembre del 2021 y febrero del 2022, mientras que la tasa de desocupación por sexo, en mujeres se situó en 8,3%, y la de hombres en 6,9%.
Es por lo anterior, que la gestión forestal sostenible y las soluciones basadas en la naturaleza , podrían volverse un componente fundamental para los esfuerzos de creación de empleos y ofrecer ventajas únicas para cumplir con algunos objetivos económicos, sociales y ambientales, por lo que las inversiones públicas (“verdes”) dirigidas, podrían crear una cantidad importante de nuevos empleos en materia de forestación, recuperación, el manejo de bosques naturales, viveros, recolección de semillas, además de la protección contra incendios forestales.
Estas inversiones verdes, podrían destinarse a absorber a trabajadores (as) desempleados (as) o recientemente despedidos, incrementando sus ingresos y el consumo, contribuyendo a atenuar la espiral económica descendiente. La mayor parte de estos empleos surgirían en las áreas rurales donde contribuirían a mejorar los niveles de vida.
Es así como el empleo del sector forestal en Chile en promedio, el empleo directo forestal alcanza los 120 mil trabajadores y la suma del empleo directo con el indirecto es de aproximadamente 300 mil trabajadores (INFOR, 2013a) .
Es de esta forma, que el empleo en las actividades forestales puede ofrecer una solución de emergencia muy necesitada, en donde se destaca que con la gestión del fondo Covid, en el año 2021, se logró alcanzar un total de 19.481 hectáreas, se generaron 14.372 empleos, por concepto de jornadas de faenas forestales, beneficiando a 10.055 personas, entre personas naturales, comunidades indígenas, comunidades agrícolas y Áreas Silvestres Protegidas. Se trabajó en más de 1.000 predios a nivel nacional, lo que se tradujo en 1.460 propietarios (as) atendidos (as), siendo la mayor parte de estos pequeños (as) propietarios (as) forestales (78%), seguido en un 20% por medianos (as) propietarios (as), por otra parte, un 36% de ellos corresponden a mujeres y un 64% a hombres.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
La mantención de cada sendero busca la recuperación de la infraestructura complementaria a la senda a través de la reparación de escalinatas, pasarelas, pasamanos, puentes, letreros y zonas de observación y/o descanso. En segundo lugar busca realizar la mantención de la senda o faja de transito del sendero cuyo ancho es de 1,5 metros, para asegurar el tránsito de manera expedita y segura de las personas.
A continuación se detallan las obras y trabajos de mantención a realizar en cada uno de los senderos que son parte del proyecto:
1. Sendero El Pudú, sector Apeche de Queilen:
Este sendero se encuentra ubicado a 28 km (aprox.) de la comuna de Chonchi y a 30 km (aprox.) de Queilen. Tiene una longitud total de 500 metros y afecta a 4,0 ha.
Las obras de despeje dentro de la actividad de mantención se realizarán en toda la longitud del sendero, ya que en la actualidad se encuentra cubierta por quila y ramas, producto del crecimiento de la vegetación circundante y el duro invierno de este año. En algunos sectores la faja de tránsito se encuentra cerrada producto de la caída de árboles muertos por el viento.
A continuación, se detalla lo anterior con fotografías: Fotografía N°:1 Acceso al sendero. Se deben reparar barandas (1,5 m por lado, total 3 m) y escalinata (5 peldaños). En seguida al acceso, existen 2,0 metros más de baranda que reponer a ambos lados (total 4 m).
Fotografía N°2: En el cartel del Coigue. Reparación de 8 metros de baranda por un solo lado.
Fotografía N°3: Puente con alcantarilla donde hay que cambiar barandas. La medida es de aproximadamente 2,5 metros por ambos lados.
Fotografía N°4: Pasarela a mantener de 7 metros. Se sugieren 4 piezas de 8 a 10 pulgadas para ambos lados.
Fotografía N°5: En el canelo, reparación de 5 metros de baranda por ambos lados (total 10 m), y cambiar 10 peldaños de escalinata (total 4 m).
Fotografía N°6: En la Tiaca, reparar baranda de 5 metros por un solo lado y subirla en altura; además, reparar 10 peldaños, total 6 m de escalinata. Más adelante, arreglar 5,5 metros de baranda por un solo lado.
Fotografía N°7: Reparar 40 metros de baranda que termina en mesón.
Fotografía N°8: Reparar 3 metros de escalinata con 6 peldaños donde está la luma y cordel de apoyo. Un poquito más adelante, reparar baranda de 10 metros por un solo lado y 15 peldaños, total 7,5 m de escalinata.
Fotografía N°9: Sólo un poco más adelante que la anterior fotografía, al final de la vuelta norte, reparar 20 metros de baranda y escalinata de 7,5 m con 15 peldaños.
2. Sendero Río Gamboa, Castro:
Este sendero se ubica en el sector de Gamboa Alto en la comuna de Castro, a unos 5,6 km desde la plaza de la ciudad. La longitud del sendero es de 490 m y afecta a 3,2 ha.
La mantención debe considerar la reparación de 76 metros de barandas o pasamanos, 28 m de escalinatas con 28 peldaños aproximadamente y reparar los dos asientos de una zona de descanso.
Respecto a la mantención de la senda, esta se deberá despejar en forma leve o mínimamente, eliminando la quila presente y algunas ramas y troncos de árboles que han caído dentro de la faja de tránsito producto del viento en toda su extensión.
Las reparaciones se detallan en las siguientes fotografías:
Fotografía N°1: A la entrada del sendero, reparar 10 metros de barandas por ambos lados (20 m en total), y 12 peldaños que están en mal estado.
Fotografía N°2: Un poco más adelante, en la curva, reparar 12 metros de barandas dobles por ambos lados (24 m en total).
Fotografía N°3: En la curva de la tepa reparar 7 metros de barandas dobles por ambos lados (14 m total), más, 9 peldaños.
Fotografía N°4: Reparar 2 metros de barandas dobles por ambos lados (4 m total), donde cayó el primer árbol.
Fotografía N°5: Reparar 2 metros de barandas dobles por ambos lados (4 m total), donde cayó el segundo árbol.
Fotografía N°6: Reparar dos asientos en mal estado en zona de descanso de una dimensión de 2,5 metros cada uno.
Fotografía N°7: Pasando la tepa juvenil, reparar 5 metros de barandas dobles por ambos lados (10 m en total), además de 7 peldaños.
3. Senderos Catedral de Arrayanes y Los Mañíos o Río Bravo, Parque Tepuhueico:
Este sendero se encuentra ubicado a 45 km (aprox.) de la comuna de Castro en el sector de Huillinco, Chonchi. El primero tiene una longitud total de 710 metros y afecta a 5,61 ha; el segundo sendero, es de 2.870 metros en 22,7 ha.
Las obras de despeje dentro de la actividad de mantención se realizarán en toda la longitud del sendero, ya que en la actualidad se encuentra cubierta por quila y ramas, producto del crecimiento de la vegetación circundante y el duro invierno de este año.
A continuación, se detalla lo anterior con fotografías:
Fotografía N°1: Las primeras reparaciones hacia la Catedral de arrayanes son mejorar 12 metros de barandas por un sólo lado y 6 metros de escalinatas y 12 peldaños que están en mal estado. Un poco más adelante, cambiar 18 metros de baranda en un solo lado y 10 metros de escalinata con 20 peldaños.
Antes de la estación 6, reparar 6 metros de baranda en un solo lado y 6 metros de escalinata con 12 peldaños (levantar), más adelante, cambiar 10 metros de baranda y 3 metros de escalinata con 6 peldaños.
Después del letrero de señalización hacia la Catedral de Arrayanes, reparar 9 metros de baranda en un solo lado y 5 metros de escalinata con 10 peldaños.
Fotografía N°2: Luego de los primeros mañíos grandes hacia la Catedral de arrayanes, reparar 5 metros de barandas por un sólo lado y 3 metros de escalinata con 6 peldaños que están en mal estado.
Fotografía N°3 Y N°4: En la bajada inicio de los arrayanes, cambiar 12 metros de baranda en mal estado y reparar descanso 4 metros cuadrado, cuneta y 6 metros de escalinata con 12 peldaños.
Fotografía N°5 y N°6: En la bajada luego del descanso en los arrayanes, reparar 2 metros de baranda en pasarela.
Fotografía N°7: Luego del puente, mejorar 2 metros de baranda y 2 metros de escalinata con 4 peldaños.
Fotografía N°8: En la gran bajada reparar 31 metros de baranda en un solo lado y 2.5 metros de escalinata con 5 peldaños.
Fotografía N°9: Un poco más adelante, reparar 6 metros de baranda y 6 metros de escalinata con 8 peldaños.
Fotografía N°10: Mejorar 4 metros de baranda y pasarela en mal estado.
Fotografía N°11: En el punto 8 de 20, reparar pasarela de 9 metros.
Fotografía N°12: Un poco más adelante, entre los puntos 8 y 9 (de 20), cambiar 12 metros de pasamanos en mal estado.
Fotografía N°13: Un poquito antes de los mañíos más grandes (y lugar de descanso), reparar cuneta y alargar pasarela en 11 metros de longitud. Cambiar pasamanos en mal estado (8 y 12 metros).
4. Sendero “El Ñaudapo”:
Este sendero se ubica en el sector rural de Pio - Pio, comuna de Queilen. El acceso es por vía terrestre desde Chonchi por ruta W853 en dirección a Queilen, hasta llegar al cruce Laguna Pio Pio. Desde ahí avanzar 3 km. accediendo al sendero a orilla de camino.
La longitud del sendero es de 560 m y la mantención debe considerar el mejoramiento de la senda ya que en algunos lugares se encuentra angosta producto de la vegetación circundante.
Se debe considerar además la reparación de un mirador de 15 m2 en donde se necesita instalar 12 pilares de 4 m de alto los cuales irán empotrados en el terreno existente en al menos 50 cm. Sobre ellos se deberán instalar vigas de 3x6 para toda la estructura de la plataforma. El piso deberá considerar piezas de 2x6 y se requiere la reparación de las barandas en todo el contorno de la plataforma la que deberá ser considerada con rollizos o polines y para evitar caídas se deberán instalar tablas o varas.
Por último para poder acceder a la plataforma del mirador se debe habilitar una escalera de madera cuyo ancho es de 2 m, esta deberá ser construida con piezas de madera de 2 pulgadas de espesor.
Respecto a la mantención de la senda, está se deberá despejar manteniendo un ancho promedio de 2 m, eliminando la Quila presente y algunas ramas y troncos de árboles que han caído dentro de la faja de transito producto del viento en toda su extensión.
Fotografía N°1: Estado actual del mirador.
5. Sendero Llicaldad:
Este sendero se ubica en el sector rural de Llicaldad, comuna de Castro. El acceso es por vía terrestre desde Castro por ruta 5 en dirección a Chonchi hasta el cruce de Llicaldad. Desde ahí tomar a la derecha camino ripiado y avanzar 5 kilómetros, accediendo al predio en su límite sur.
La longitud del sendero es de 140 m y la mantención debe considerar el mejoramiento de la zona de observación de 6 m2 (2x3 m), la que deberá ser reparada con madera de pino impregnado o nativa utilizando seis bases o apoyos de madera los que deberán ir enterrados en el suelo y pintados con carbonileum. Sobre ellos se deberán instalar vigas de 2x3 para toda la estructura de la plataforma. El piso deberá considerar piezas de 2x5 y se requiere la reparación de las barandas y banca de descanso en todo el contorno de la plataforma.
Fotografía N°1: Lugar habilitación zona observación.
Por otro lado se requiere el recambio de seis letreros de identificación de especies de animales, cuya medida de cada uno es 50 x 50 cm. El material a utilizar para los letreros debe ser en trovisel con lámina adhesiva. Su instalación deberá ser a un metro sobre el suelo utilizando unos polines o soporte de madera.
Fotografía N°2:Es importante señalar que la imagen es del letrero que se encuentra en malas condiciones y estos deben ser fabricados nuevamente e instalados.
6. Sendero Gamboa Alto:
Para acceder al sendero se debe salir desde Castro por ruta 5 sur en dirección salida sur, en los semáforos de Gamboa, doblar a la derecha y avanzar hasta el cruce estación eléctrica Saesa. Desde ahí tomar camino a la derecha y dirigirse al sector rural denominado Gamboa Alto, avanzar unos 5 km por camino principal y se llega a una entrada a mano izquierda donde existe un portón y se debe pasar por varios predios, desde ahí avanzar 1 km y se llega hasta el límite norte del predio.
La longitud total de los senderos (cuatro) es de 1.800 m y en general la mantención debe considerar el mejoramiento de barandas, pasarelas y pasamanos en toda la extensión, además de la nivelación del terreno y recuperación de escalones de tierra en donde se indique. Por último también se debe realizar el mejoramiento de la infraestructura de un mirador de 3,5 m de ancho por 6,3 m de largo lo que equivale a 22,05 m2 de superficie.
Actividades a ejecutar en el sendero N°1:
Fotografía N°1: Mejoramiento pasarela de 4 m de largo por 1,5 m de ancho utilizando madera nativa la que deberá quedar puesta sobre unas vigas para que quede instalada sobre el nivel del suelo.
Fotografía N°2: En este lugar se deberá instalar una escalinata de 5 m de largo con un ancho de 1,5 m cuyos peldaños deben habilitarse dentro de la misma senda de manera directa en la tierra. La escalinata debe ser complementada con la recuperación de una baranda del mismo largo la que debe tener una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión.
Actividades a ejecutar en el sendero N°2:
Fotografía N°3: A continuación se deberá habilitar 14 m de barandas, considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión.
Fotografía N°4: Imagen referencial diseño de barandas existentes y que deben ser utilizadas en el sendero, altura 90 cm.
Fotografía N°5: En este lugar se deberán habilitar 15 m de barandas, considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. También se debe nivelar el terreno para que el tránsito sea más seguro.
Fotografía N°6: En este lugar se deberán habilitar 20 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. También se debe nivelar el terreno para que el tránsito sea más seguro.
Fotografía N°7: En este lugar se deberán habilitar 16,5 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. También se debe nivelar el terreno para que el tránsito sea más seguro.
Fotografía N°8: Esta zona está antes del acceso al río Uco, lugar en donde se deberán habilitar 7 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. También se debe nivelar el terreno para que el tránsito sea más seguro.
Fotografía N°9: En este lugar después del río Uco se deberán habilitar 17 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. También se deben construir una escalinata de 1 m de ancho utilizando tablas de madera por cada peldaño las cuales deberán quedar fijadas a estacas o piezas de madera para sostener el peldaño de madera.
Fotografía N°10: El mirador tiene una superficie de 22,05 m2 y tal como se observa en la imagen deberá ser habilitado en esta superficie un piso de madera utilizando pino impregnado o nativa utilizando bases o apoyos de madera los que deberán ir enterrados en el suelo y pintados con carbonileum. Sobre ellos se deberán instalar vigas de 2x3 para toda la estructura de la plataforma. El piso debe ser habilitado con piezas de 2x5 y se requiere la reparación de las barandas y bancas de descanso en todo el contorno de la plataforma.
Fotografía N°11: Para acceder al mirador se deberá habilitar una escalinata de 2 m de largo y 1,5 m de ancho utilizando madera nativa o pino impregnado.
Fotografía N°13: Inmediatamente después de salir del mirador existe una huella de tierra que permite ingresar al sendero número tres. Está huella debe ser limpiada, extrayendo zarzamora, Ulex, pasto y nivelada en una extensión de 10 m de largo por 1,5 m de ancho de acuerdo a lo que se observa en la fotografía.
Actividades a desarrollar en el sendero 3:
Fotografía N°14: En este lugar se deberán habilitar 2,5 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. También se debe habilitar una escalinata de 1 m de ancho utilizando tablas de madera por cada peldaño las cuales deberán quedar fijadas a estacas para sostener el peldaño de madera.
Fotografía N°15: Aquí se deberán habilitar 7 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. También se debe recuperar los peldaños de una escalinata de 1 m de ancho que están construidos directamente en la tierra utilizando tablas de madera por cada peldaño las cuales deberán quedar fijadas a estacas para sostener el peldaño de madera.
Fotografía N°16: En este lugar se deberá habilitar 10 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. Junto con ello se debe recuperar los peldaños para dejar escalinata de 1 m de ancho que están construidos directamente en la tierra, utilizando tablas de madera por cada peldaño las cuales deberán quedar fijadas a estacas para sostener el peldaño de madera.
Fotografía N°17: Pasado el río sin nombre, se deberán habilitar 10,5 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión.
Fotografía N°18 y N°19: En ambos puntos se deberán despejar 20 m de largo, habilitando una faja de 1,5 m de ancho en donde se deberán cortar las ramas y maderas que estén obstaculizando la conexión del sendero producto de la caída de árboles. La faena considera sólo el despeje rodeando los árboles y no la corta de estos.
Actividades a desarrollar en el sendero 4:
Fotografía N°20: En este lugar se deberá habilitar 13 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión.
Fotografía N°21: En este lugar se deberá habilitar 14 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. Junto con ello se debe tratar de nivelar el terreno con un ancho de 1 m en aquellos lugares en donde las raíces de los arboles aledaños lo permitan.
Fotografía N°22: En esta etapa se inicia el ascenso al sendero por cuanto se deberá habilitar 12 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión.
Fotografías N°23 y N°24: En ambos lugares se deberá habilitar 27 m de barandas considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión.
Fotografía N°28: En la última etapa de este sendero, se deberá habilitar 9 m de barandas, considerando una protección a mitad de la altura de ella en toda su extensión. Junto con ello se debe recuperar los peldaños para dejar escalinata de 1 m de ancho que están construidos directamente en la tierra, utilizando tablas de madera por cada peldaño las cuales deberán quedar fijadas a estacas para sostener el peldaño de madera.
Todo el material vegetal cortado en los cuatros senderos deberá ser ordenado y dejado en un lugar aledaño al sendero con el objetivo que no sea visible por quienes transitan por la senda.
El costo de los materiales y mano de obra para la ejecución de los servicios contratados será a cargo del presupuesto total asignado. Esto implica que será responsabilidad de la empresa realizar la compra directa de estos bienes.
La cantidad de kilómetros a realizar en la mantención y su respectiva valorización, deberán ser presentados en el Anexo N°3 de “Oferta Económica”, de las bases administrativas.
Se deja establecido en las presentes bases que la postulación puede realizarse en una o en la totalidad de las comunas establecidas en las áreas de trabajo identificadas en las presentes bases, considerando que es obligatorio realizar la mantención a la longitud total de los senderos que son parte de la comuna postulada.
Sin perjuicio de lo anterior los predios establecidos podrán ser cambiados, teniendo en consideración que pueden existir impedimentos logísticos justificables, factores externos propios del territorio que impliquen esta modificación o ante el desistimiento de las y los beneficiarios. Para estos fines deberá existir acuerdo mutuo entre las partes, lo que deberá reflejarse en una modificación de contrato el que permitirá una eventual extensión presupuestaria señalada en el punto “Aumento de obras” de las bases administrativas.
PROGRAMACIÓN DE PAGOS Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS
Para la adecuada ejecución de actividades por parte del Contratista y la correcta supervisión de la contraparte CONAF, se sostendrá una reunión inicial de coordinación entre las partes con el objetivo de definir la modalidad de pago, plazos, además se definirán definir los canales oficiales de comunicación y resolver cualquier tipo de dudas que se presenten. En la reunión de coordinación se abordarán y concretarán los siguientes puntos:
- Al iniciar la prestación de servicios, el Contratista y CONAF definirán en conjunto la modalidad de pago, fecha entrega de faenas u obra. Dichas definiciones permitirá tener como referencia las actividades y plazos para el correcto desarrollo del contrato y será considerado como el calendario oficial de actividades para efectos del contrato, con el cual CONAF supervisará el correcto seguimiento y ejecución de las obras, para ello se deberá realizar a lo menos una reunión mensual con el Encargado o Supervisor de Contrato para analizar el avance y cumplimiento de las actividades, la observancia de las instrucciones, los posibles ajustes a las faenas y a la programación de ser necesario, aspecto que deberá quedar registrado por escrito a través de un acta acuerdo entre las partes. Teniendo presente que la fecha final de término de servicio es el 30 de Noviembre del 2022.
- La empresa contratista deberá presentar previo a cada estado de pago, un Informe de cierre de faenas para las actividades ejecutadas en cada predio, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por el Encargado o Supervisor designado por CONAF.
- El Informe a pago que emita la empresa deberá ser aprobado por CONAF para acceder al pago de los servicios. Sin embargo, si existieran observaciones estas deberán ser corregidas previo a la autorización del pago. El no cumplimiento reiterado de esta exigencia podrá ser considerado como causal de multas y de ser un comportamiento reiterativo el Supervisor podrá proponer término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas, así como también la publicación en el portal de Mercado Publico las observaciones de mal comportamiento en la prestación del servicio.
CONAF, se reserva el derecho de supervisar la gestión de la Empresa pudiendo en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades.
De existir observaciones técnicas o administrativas a las faenas en ejecución o ejecutadas, estas serán comunicadas por escrito al operador u contratista y deberán ser subsanas o corregidas por este, en un plazo que será definido por CONAF. El no cumplimiento reiterado de observación realizadas por CONAF podrá ser considerado como causal de multas y de ser un comportamiento reiterativo el Supervisor podrá proponer término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas.
La Empresa deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
*Fotografías adjuntas en anexo técnico.
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