Bases |
Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas de licitación que se encuentran publicadas en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por estas bases, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases de licitación, las aclaraciones que emita CONAF, a través de la página www.mercadopublico.cl, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad Foro del mencionado portal de compras. Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado no podrán participar en la Licitación. Asimismo, la Corporación podrá excluir de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en estas bases.
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Modificación de las bases |
CONAF podrá complementar o modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
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Fecha de la adjudicación |
En caso de no cumplirse con el plazo máximo de adjudicación indicado en el cronograma de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
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Objetivo específico de la licitación |
La Corporación requiere contratar a un(a) contratista o proveedor(a) para que ejecute los servicios de Restauración Activa de Bosque Nativo lo que implica desarrollar actividades de preparación de terrenos, plantación de especies forestales y la protección de ella en un conjunto de predios de propiedad privada.
Las faenas deben desarrollarse en los siguientes predios:
La ubicación exacta de los predios y las zonas a desarrollar los trabajos se individualizan en el Anexo técnico de las bases técnicas, denominado “Cartografías prediales”.
En la siguiente tabla se indica el presupuesto total asignado:
Provincia, Área de trabajo
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Superficie (ha)
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Total, Asignación
($)
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Provincia de Chiloé, Comuna de Ancud
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53,6
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$ 111.307.720
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Sin perjuicio de lo anterior CONAF podrá proponer, modificar la localización o ampliar el área de trabajo, para lo cual, deberá existir acuerdo entre las partes, todo ello para el buen desarrollo del trabajo encomendado.
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Plazo de duración del servicio |
La fecha de inicio de contrato será a partir de la primera reunión de coordinación, o en su defecto por la fecha de firma de acta de inicio de actividades. La fecha límite de término de contrato es el 30 de noviembre de 2024, considerando que el plazo operativo de ejecución será de acuerdo al plazo de ejecución ofertado por el contratista adjudicado.
Para todos los estados de pago – en caso de existir más de uno – el contratista debe cumplir con todos los requisitos señalados en el punto “Acceso a estado de pago” de las presentes bases administrativas.
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Modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras |
Sea el caso que, por razones climáticas o por razones técnicas fundadas se requiera modificar el plazo de ejecución del servicio del contrato, la Corporación podrá excepcionalmente modificar el plazo del presente contrato por una sola vez, siempre y cuando el adjudicado posea la capacidad técnica y presupuestaria para finalizar las actividades faltantes. De igual forma, si por las razones mencionadas anteriormente se requiere un cambio de predio y/o actividades, éste se podrá realizar siempre que exista un acuerdo entre ambas partes. Si estas modificaciones requieren un aumento de presupuesto, el monto a aumentar para completar los servicios no podrá exceder el 30% del total adjudicado y se deberán respetar los mismos valores ofertados para cada actividad, o existir un acuerdo para valorizar las eventuales nuevas actividades. En caso de modificación del plazo del contrato y/o aumento de presupuesto, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, con fecha de vigencia de acuerdo a la nueva fecha de término de contrato y/o del 10% del aumento de presupuesto. La garantía deberá ser entregada en un plazo máximo de 5 días hábiles después de notificada la aprobación de la modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras, y deberá proceder con el mecanismo de entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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Características del oferente |
Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Pública.
Quedan excluidos quienes, en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal. Asimismo, quedarán excluidos de participar los funcionarios de la Corporación, o personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 54 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente una Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° 1 y 2 de la Ley 20.393.
Por último se excluyen además todas las personas naturales o jurídicas que en los últimos cinco años hayan sido objeto de término anticipado de contrato por incumplimiento de las faenas o actividades contratadas por la Corporación Nacional Forestal.
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Requisitos de los oferentes |
Los oferentes deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Ser personas naturales o jurídicas, que tengan inicio de actividades en el rubro forestal u otro relacionado con las actividades licitadas.
• No ejercer funciones de supervisión, control o recepción de cualquier tipo de actividad o faenas que se amparen en algún contrato del Programa de Restauración de bosques nativos a gran escala – Siembra por Chile impulsado por CONAF.
• No haber sido sancionado por incumplimientos de faenas o actividades contratadas y sujetas a término anticipado de contrato por parte de CONAF en los últimos 5 años.
• Poseer experiencia verificable en la planificación, ejecución y supervisión de actividades como: Restauración, Forestación y Reforestación en bosque nativo, Preparación de terrenos para plantación, Despeje o limpia de vegetación en predios rurales, Construcción de cerco. La experiencia deberá ser comprobada mediante documentos que así lo acrediten, tales como, copias de contratos, finiquitos y/o facturas de cada uno de ellos, los que deberán indicar la empresa o persona a la que se le prestó el servicio. Se exigirá la secuencia completa de estos documentos, con el propósito de dar fe, que la experiencia acreditada fue ejecutada y los trabajos fueron recepcionados conforme a lo contratado. Para ello deberá completar el Anexo N°2 y adjuntar los documentos que lo respalden. La experiencia deberá estar referida a la persona natural o jurídica que oferta, en el caso de las personas jurídicas, también se considerará la experiencia referida al/la representante legal.
• Proporcionar de manera permanente los Elementos de Protección Personal (EPP) y de Higiene Personal adecuados al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, lentes de protección, casco, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes para la seguridad).
• Cumplir plenamente con las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, la cual regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La normativa citada puede ser encontrada en el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que rige las operaciones de CONAF en todo el territorio. Este reglamento se encuentra como archivo adjunto en las presentes bases.
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Apertura electrónica de las ofertas |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras del Estado y será efectuada por el Profesional Administrativo del Programa Siembra por Chile, Encargado Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos Provincial, Abogado(a) de Unidad Jurídica Provincial o quien éstos designen correspondientemente. La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases técnico-administrativas de la presente licitación.
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de apertura electrónica de las mismas.
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Presentación de ofertas técnicas y económicas |
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el ofertante para su resguardo.
Las ofertas deben presentarse de manera completa y detallada para cada actividad según se solicite. Los oferentes deberán cumplir, además, con las especificaciones técnicas y administrativas, que se ponen a disposición en el “Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas”, en el portal www.mercadopublico.cl.
La presentación de ofertas implicará el conocimiento y aceptación de estas Bases de Licitación. Sin perjuicio de las licitaciones en soporte papel contempladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal.
La oferta económica debe considerar el total de predios y actividades consideradas en las bases técnicas y no se aceptarán ofertas parcializadas.
Para facilitar la presentación de las ofertas técnicas y económicas se planificarán visitas a todos los predios objetos de la licitación, para lo cual el oferente que se encuentre interesado en realizarlas deberá contactarse al correo electrónico alejandro.diaz@conaf.cl para fijar fecha, horario y lugar de salida. Estas visitas son de carácter voluntario y se deberán coordinar con un plazo máximo de cuatro días hábiles desde publicada la licitación.
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Consultas y aclaraciones durante el proceso de licitación |
CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta.
Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de licitación, tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN: CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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Comisión evaluadora de las ofertas |
CONAF constituirá una Comisión Técnica Evaluadora, la cual se congregará para revisar y evaluar todas las ofertas técnicas y económicas que cumplan con los requisitos formales de presentación. La Comisión estará integrada por los siguientes funcionarios de la Oficina Provincial de Chiloé y Oficina Regional, o quienes los subroguen o a quien éstos designen:
• Jefa Provincial, Provincia de Chiloé.
• Encargado Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, Provincia de Chiloé.
• Jefa Departamento de Finanzas y Administración, Región de Los Lagos.
• Abogado(a) Unidad Jurídica, Provincia de Chiloé, quien actuará como ministro(a) de fe y asesor(a) jurídico(a) de la Comisión.
En caso de ausencia de alguno de los integrantes de la Comisión, exceptuando el profesional representante de la Unidad Jurídica, podrá ser reemplazado por la Jefatura del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos de la Región de Los Lagos.
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Adjudicación |
La Comisión Técnica Evaluadora, luego de analizar los antecedentes de cada propuesta, emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o éstas fuesen consideradas insuficientes o muy malas en el aspecto técnico. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o si éstas no resultaran convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo 60 puntos. En el caso de existir EMPATE, se discriminará según los criterios de evaluación, en el siguiente orden:
1) Experiencia de los oferentes.
2) Contratación de mano de obra local y mujeres.
3) Tiempo de ejecución.
En caso de persistir en el empate, se adjudicará a la oferta que haya ingreso primero en el portal www.mercadopublico.cl
No se adjudicarán ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado, de acuerdo a lo indicado en el Articulo N°41 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Una vez adjudicado, el oferente deberá presentar los documentos necesarios para la elaboración del respectivo contrato. De no presentar los documentos en el plazo indicado, CONAF quedará facultado para hacer cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta y podrá optar por la segunda oferta mejor evaluada, si corresponde.
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Contrato |
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el oferente adjudicado que señalará los servicios a los cuales se obligan a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
La suscripción del contrato se realizará entre el Director Regional y el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Los adjudicados deberán adjuntar la documentación original que les sea requerida por las Unidades Jurídicas Regional o Provincial dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. Los contratos serán publicados en el ID de la licitación del portal de compras.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF podrá encomendar la ejecución de las actividades al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación o mecanismo de compra que corresponda, declarando inadmisible el proceso.
En dicha situación, CONAF estará facultada para ejecutar la garantía de seriedad de la oferta establecida en las presentes Bases. No obstante, quedan excluidos de esta disposición, los adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas.
Para la firma del contrato el oferente debe adjuntar los siguientes documentos:
• Antecedentes generales y administrativos de la empresa (Anexo N°6).
• Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Sin la oportuna presentación de este documento CONAF no procederá a la firma de contrato.
• Listado de trabajadores que se desempeñarán en las faenas (Anexo N°7, se entregará con posterioridad).
• Propuesta técnica de trabajo (Anexo N°5).
Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato comercial, en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
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Responsabilidad del proveedor |
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes, y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
El Contratista deberá informar al administrador de contrato los movimientos de personal que llegaren a ocurrir durante la ejecución de las obras, sean estas contrataciones o despidos de personal, las cuales deberán ser respaldadas con la documentación respectiva (Contrato o Finiquito).
Al inicio de las faenas el Contratista deberá obligatoriamente, presentar y mantener una carpeta con todos los antecedentes (Ley de Subcontratación N°20.123), que permitan la correcta supervisión de las obras. Dicha carpeta debe contener los siguientes documentos originales o fotocopias:
• Listado de trabajadores(as) que van a realizar el trabajo (Anexo N°7, se entregará con posterioridad).
• Contratos de Trabajo del personal que participará en el trabajo.
• Registro firmado de entrega de Equipo de Protección Personal para cada trabajador.
• Registro firmado de entrega del reglamento interno para cada trabajador, si corresponde.
• Calendario o Carta Gantt de actividades a realizar.
• Reglamento Interno con recepción de la Inspección del Trabajo, si corresponde.
• Registros firmados de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
• Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
• Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, o Higiene y Seguridad según corresponda.
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
• Certificado de afiliación de los trabajadores a una mutualidad Ley 16.744.
• Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
• Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
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Ley de subcontratación |
El proveedor adjudicado podrá realizar la subcontratación del servicio. Para tal efecto deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo”, el cual se encuentra como archivo adjunto en las bases.
Para ilustración del oferente, en dicho documento podrá encontrar todas las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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Responsable del contrato |
La responsabilidad del contrato estará a cargo del Encargado Provincial del Programa de Conservación de Ecosistemas Bascosos y Xerofíticos, o un(a) profesional designado por CONAF, quien:
• Supervisará el contrato, tanto de forma administrativa como en terreno.
• Autorizará la información para el acceso a los estados de pago.
• Evaluará el avance del cronograma de actividades y decidirá las modificaciones al plan de trabajo junto al contratista.
• Autorizará los informes y realizará las evaluaciones al prestador de servicio.
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Modalidad, forma y plazo de pago |
Existirá sólo un modo de pago, el cual será por faenas satisfactoriamente terminadas en cada uno de los predios. Los pagos se ajustarán a los valores ofertados en la Propuesta Económica (Anexo N°3), por las actividades terminadas en cada uno de los predios y los montos que se incluyen en dicha propuesta.
Firmado el contrato, el prestador de servicios en conjunto con la contraparte técnica de CONAF deberán definir en conjunto los plazos o fechas de avance o término de las faenas, por medio de acta de acuerdo.
Este acuerdo, el cual se formalizará a través de un acta y será considerado como la programación oficial de pago para efectos del contrato, y con la cual CONAF procederá a autorizar y ejecutar los estados de pago.
PAGO POR AVANCE DE FAENAS: El pago por avance de faenas consiste en el pago por el monto adjudicado por unidad predial, siempre y cuando se cumplan y den término a todas las actividades contempladas en las especificaciones técnicas por predio, establecidas en el punto “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO” de los Requerimientos Técnicos de esta ficha de Licitación. Para acceder al estado de pago por avance de faenas, el Contratista deberá presentar el informe final de obras (Anexo N°8, se entregará con posterioridad) y la documentación necesaria para acceder al pago de los servicios prestados.
No se podrá solicitar a pago, las faenas terminadas en un predio en el cual no se hayan realizado todas las actividades contempladas para dicha superficie, según especificaciones técnicas del servicio requerido. En caso de que existan observaciones a su gestión o en el informe, éstas deberán ser previamente subsanadas para proceder al estado de pago.
Se considerarán un máximo de cuatro (4) estados de pago, donde la Corporación independiente de los montos de cada estado de pago, podrá retener hasta un 30% del presupuesto adjudicado con el objetivo de velar por la correcta ejecución de las actividades licitadas.
ACCESO A ESTADO DE PAGO: Para acceder a los estados de pago correspondientes, el Contratista deberá entregar el Informe Técnico (Anexo N°8, se entregará con posterioridad) al responsable de contrato, el cual deberá contener los siguientes aspectos:
• Detalle de las actividades realizadas y sus características.
• Set de fotos con fecha de las actividades ejecutadas.
En caso que existan observaciones menores al informe o en la claridad de la información, éstas podrán ser subsanadas por el Contratista. En caso que el informe contenga errores u observaciones de gravedad, podrá ser rechazado por CONAF. El rechazo de este informe impedirá acceder al estado de pago solicitado y el Contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar un nuevo informe. El rechazo del Informe Técnico en tres (3) oportunidades consecutivas dentro del mismo estado de pago, será causal de cobro de multa.
Para acceder a los estados de pagos, el Adjudicatario deberá adjuntar a cada solicitud de pago los siguientes documentos:
• Informe Técnico aprobado por CONAF.
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30-1).
• Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30).
• Fotocopia de las liquidaciones de sueldos firmadas por las y los trabajadores, correspondiente al mes anterior al estado de pago.
• Planilla actualizada de trabajadores firmada, donde se indique que mantienen en su poder los Elementos de Protección Personal (EPP), para cada estado de pago.
El pago se gestionará cuando:
• CONAF recepcione conforme y de su aprobación del Informe Técnico emitido por el operador o contratista, validado por el Responsable del Contrato y/o el Encargado del Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos Provincial.
• CONAF recepcione conforme la documentación respecto al cumplimiento de entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP) y de las obligaciones Laborales y Previsionales de los trabajadores que participan en la obra.
Una vez aprobado el informe de recepción de actividades y recibida la documentación por parte del oferente, se solicitará la emisión de la factura correspondiente para proceder al pago.
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Facturación |
La Factura, deberá ser presentada posterior a la aprobación del informe técnico respectivo.
Dicha Factura, debe considerar los siguientes datos:
DATOS
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Razón Social
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Corporación Nacional Forestal
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R.U.T.
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61.313.000-4
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Giro
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Otros servicios de apoyo a la Silvicultura N.C.P.
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Dirección
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Gamboa N° 424, Castro
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Orden Compra
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N°1860-XX-SE24
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Deberá enviar la factura electrónicamente a windte_dte@custodium.com indicando que dicha factura es a crédito. El envío electrónico de la factura no debe ser superior a un plazo de 48 horas desde la emisión de la factura.
Se deberá indicar en el campo Folio de la Referencia de la Factura el número de la orden de compra el cual debe ser igual al número indicado en la orden de compra, sin puntos ni espacios, pero sí debe considerar todos los guiones (Ejemplo: 1860-XX-SE24).
El documento tributario electrónico DTE, deberá ser presentado una vez que la contraparte técnica apruebe y valide el informe correspondiente. Dicho DTE deberá ser presentado junto con los formularios F30 y F30-1, según lo indicado en el punto “Acceso a estado de pago”.
El servicio se pagará dentro de los 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Factura y el informe, el cual deberá contar con su debido V°B° y autorización de pago del Encargado Provincial del Departamento de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos.
En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
El pago se realizará en moneda nacional (pesos chilenos) a través de Pago Centralizado de la Tesorería General de la República, www.tgr.cl.
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Término anticipado de contrato y/o cobro de garantía |
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato y/o realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la Ley:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones y plazos establecidos en las Bases de Licitación administrativas y técnicas.
3. Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Declaración de quiebra del oferente.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
6. Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Si durante la duración del contrato se cursasen tres (3) sanciones por Incumplimientos Gravísimos.
9. Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo Contrato.
10. Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva, o es formalizado por iguales delitos o por delitos en que CONAF tenga la calidad de víctima.
11. Si el Adjudicatario posea inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
12. Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
13. Si se llegase a detectar que el Contratista ha solicitado dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios o asesorías técnicas. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental.
CONAF y el Adjudicatario, de común acuerdo, podrán resolver poner término al Contrato, caso en el cual no procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato por razones fundadas y previamente aceptadas por CONAF, dando aviso de manera escrita al respectivo Responsable de Contrato, con 30 días de anticipación. El no cumplimiento de los procedimientos y plazos señalados facultará a CONAF para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
En caso de que la Corporación decida unilateralmente terminar anticipadamente el contrato, o cobrar la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario mediante carta certificada, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulados descargos, el Director Regional procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en la Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y, además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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Incumplimientos gravísimos |
Sea detectado un incumplimiento gravísimo por parte del Contratista, la Corporación procederá al cobro de una multa correspondiente al 1% del valor total del contrato. El máximo de multas a aplicar, bajo la denominación de incumplimiento gravísimo, son tres, una vez completada la tercera multa por incumplimiento gravísimo se considerará como causal de término anticipado del contrato. Se considerarán como incumplimientos gravísimos, cuando:
• Si durante la duración del contrato se cursaren en total tres (3) sanciones por concepto de Multa.
• Cuando el prestador de servicio entregue información falsa de su gestión.
• Cuando el Informe Técnico para acceder al estado de pago, sea rechazado por CONAF y devuelto para su corrección en tres (3) oportunidades consecutivas dentro de un mismo estado de pago.
• Si el adjudicatario no cumpliese con la condición de entrega del equipo de EPP a sus trabajadores, al inicio y durante la duración del contrato.
• Si el adjudicatario no presentase alguno de los documentos con los que se adjudicó la licitación.
• El adjudicatario no cumpla con la propuesta de contratación de mano de obra local con inclusión de género, ofertada mediante declaración jurada simple (Anexo N°4), previo o durante la ejecución de las actividades.
• El adjudicatario no cumpla con la propuesta técnica de trabajo, presentada en el Anexo N°5 de las presentes bases administrativas.
No procederá el cobro de multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
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Multas |
Se podrá cobrar una multa de 10 UF, cuando se cometa alguna de las faltas señaladas a continuación. Estas podrán ser acumulables por cada día de retraso, hasta que se subsane dicha falta o la situación que la originó. Las causales de multas son:
• El prestador de servicio presente un retraso en la entrega de la documentación exigida para pago superior a 5 días corridos a contar del plazo acordado para el estado de pago.
• El prestador del servicio no entregue la documentación laboral y previsional requerida al inicio de las faenas y para los estados de pago.
• No mantener alguno de los documentos de carácter obligatorio en la carpeta de documentación de faena.
• Por cada día de atraso que presente en la entrega final de las obras, con respecto al Anexo N°5 presentado en la oferta.
• Si el proveedor no cumple con el plazo de entrega ofertado en la Licitación 1860-2-LP24.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Cumplida tres (3) sanciones de multa por las causales señaladas anteriormente, será considerada como causal de sanción por incumplimiento gravísimo.
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Procedimiento aplicación de multas |
El procedimiento de aplicación de multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Responsable del Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada. El monto máximo a cobrar en concepto de multas, no podrá sobrepasar el 10% del monto total del contrato.
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Procedimiento cobro de garantías |
Para el cobro de garantías, CONAF notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos a CONAF, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada informando el cobro de la Garantía. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (10) diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
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Prohibiciones |
El oferente adjudicado o contratista, no podrá en ningún caso, ceder o traspasar la realización parcial o total de la prestación de los servicios adjudicados. Los derechos y obligaciones que nacen del contrato serán intransferibles. Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que de él emanen serán transferibles, de acuerdo con las reglas del derecho común.
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Seguros |
Respecto de los seguros de los trabajadores, el Adjudicado debe cumplir con todos los requisitos y procedimientos señalados en el punto N°17 del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, otorgado por CONAF.
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Confidencialidad y propiedad intelectual |
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación, reciba o tome conocimiento el adjudicatario, o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después del término de la prestación de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, la empresa o sociedad contratante y/o su o sus representante(s), deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
Los resultados intelectuales y/o materiales, informes y/o productos, que con ocasión de la ejecución de los servicios se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, serán de propiedad de la CONAF, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el adjudicatario o su y/o sus representante(s) realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización escrita de CONAF.
Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
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Prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otro |
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
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Principio de igualdad y no discriminación arbitraria |
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecerlas medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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Requerimientos técnicos |
1 ANTECEDENTES
Los(as) pequeños(as) y medianos(as) propietarios(as) forestales que han sido afectados por incendios forestales y los efectos del cambio climático con la consecuente pérdida del recurso e ingresos asociados a su manejo, han enfrentado efectos catastróficos a nivel socioeconómico, debido a la disminución del ingreso familiar, aumento del desempleo y con ello de la pobreza rural. Por su parte, la crisis sanitaria producto del coronavirus (COVID-19), tendrá mayores impactos en este sector más vulnerable: personas con problemas de salud subyacentes, adultos mayores, jóvenes desempleados, personas subempleadas, mujeres y trabajadores migrantes, quienes son parte de una condición muy propia del mundo rural.
Adicionalmente en Chile, según el INE la tasa de desempleo es de un 7,5% a nivel nacional durante el trimestre móvil contemplado para los meses de diciembre del 2021 y febrero del 2022, mientras que la tasa de desocupación por sexo, en mujeres se situó en 8,3%, y la de hombres en 6,9%.
Es por lo anterior, que la gestión forestal sostenible y las soluciones basadas en la naturaleza , podrían volverse un componente fundamental para los esfuerzos de creación de empleos y ofrecer ventajas únicas para cumplir con algunos objetivos económicos, sociales y ambientales, por lo que las inversiones públicas (“verdes”) dirigidas, podrían crear una cantidad importante de nuevos empleos en materia de forestación, recuperación, el manejo de bosques naturales, viveros, recolección de semillas, además de la protección contra incendios forestales.
Estas inversiones verdes, podrían destinarse a absorber a trabajadores (as) desempleados (as) o recientemente despedidos, incrementando sus ingresos y el consumo, contribuyendo a atenuar la espiral económica descendente. La mayor parte de estos empleos surgirían en las áreas rurales donde contribuirían a mejorar los niveles de vida.
Es así como el empleo del sector forestal en Chile en promedio, el empleo directo forestal alcanza los 120 mil trabajadores y la suma del empleo directo con el indirecto es de aproximadamente 300 mil trabajadores (INFOR, 2013a) .
Es de esta forma, que el empleo en las actividades forestales puede ofrecer una solución de emergencia muy necesitada, donde se destaca la gestión del fondo Covid en el año 2021, la cual logró alcanzar un total de 19.481 hectáreas, se generaron 14.372 empleos por concepto de jornadas de faenas forestales, beneficiando así a 10.055 personas, entre personas naturales, comunidades indígenas, comunidades agrícolas y Áreas Silvestres Protegidas. Se trabajó en más de 1.000 predios a nivel nacional, lo que se tradujo en 1.460 propietarios(as) atendidos(as), siendo la mayor parte de estos pequeños(as) propietarios(as) forestales (78%), seguido en un 20% por medianos (as) propietarios (as), por otra parte, un 36% de ellos corresponden a mujeres y un 64% a hombres.
2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
A continuación se detallan las especificaciones técnicas a desarrollar en los 4 predios rurales que serán objetos de esta licitación (ver Cuadro N°1).
Cuadro N°1: Predios y superficies a intervenir.
N°
|
Nombre Predio
|
Rol
|
Propietario
|
Ubicación
|
Superficie a intervenir
|
1
|
Parcela 10 Colonia Degañ
|
1192-8
|
Carlos Seitz
|
Aguas Buenas, Ancud
|
16,4 ha
|
2
|
Lote 1
|
1125-1
|
Reinaldo Barrientos
|
Mechaico, Ancud
|
19,3 ha
|
3
|
Lote B
|
1224-21
|
Augusto Biere
|
Lajas Blancas, Ancud
|
9,0 ha
|
4
|
Lote 1-A Chaquihual Norte
|
1194-11
|
Alessandro Castoldi
|
Aguas Buenas, Ancud
|
8,9 ha
|
TOTAL
|
53,6 ha
|
2.1 Preparación hileras de plantación
Con la utilización de herramientas manuales y/o mecánicos portátiles (motocultor, ahoyador, entre otros) se deberá eliminar todo tipo de maleza existente en el lugar de la reforestación a través del desraizamiento de esta vegetación y el posterior mullido del suelo, también con el uso de herramientas manuales, considerando casillas cuadradas de 80 cm x 80 cm, cuya profundidad mínima de cada una de ellas debe ser de 50 cm. Esta técnica permitirá descompactar el suelo y mejorar su estructura permitiendo que las raíces de las plantas se desarrollen con mayor rapidez y éxito en el suelo.
La valorización de la obra deberá ser presentada en el Anexo N°3 de “Oferta Económica”, presente en las bases administrativas. Se deja establecido en las presentes bases que la postulación debe realizarse considerando el total de predios y actividades contempladas en la licitación.
2.2 Reforestación en hileras
Se requiere el servicio de reforestación para un total aproximado de 26.876 plantas, distribuidas en la totalidad de los predios sujetos a ésta licitación (ver Cuadro N°2) y considerando una densidad de 625 plantas aproximadamente por hectárea, lo que implica plantar a un distanciamiento de 4 m en la hilera y 4 m entre hileras.
Cuadro N°2: Predios y superficies sujetas a reforestación.
N°
|
Nombre Predio
|
Rol
|
Propietario
|
Ubicación
|
Individuos a plantar
|
Superficie a plantar
|
1
|
Parcela 10 Colonia Degañ
|
1192-8
|
Carlos Seitz
|
Aguas Buenas, Ancud
|
5.125
|
8,2 ha
|
2
|
Lote 1
|
1125-1
|
Reinaldo Barrientos
|
Mechaico, Ancud
|
10.563
|
16,9 ha
|
3
|
Lote B
|
1224-21
|
Augusto Biere
|
Lajas Blancas, Ancud
|
5.625
|
9,0 ha
|
4
|
Lote 1-A Chaquihual Norte
|
1194-11
|
Alessandro Castoldi
|
Aguas Buenas, Ancud
|
5.563
|
8,9 ha
|
TOTAL
|
26.876
|
43,0 ha
|
El inicio de la segunda hilera de plantación debe intercalar a la hilera precedente, es decir los árboles deben quedar plantados de manera triangular con el propósito de mejorar la cobertura del terreno. Estas hileras deberán seguir una dirección paralela a las curvas de nivel, especialmente en los casos en que se presenten pendientes moderadas a fuertes.
Por último, con el objetivo de maximizar la diversidad de especies en la zona a reforestar, es necesario alternar las especies a medida que se ejecuta la plantación. En ningún caso deben quedar plantas de una misma especie una al lado de la otra. A continuación se presenta una imagen a modo de esquema, que refleja el diseño de plantación solicitado (ver Imagen N°1).
Imagen N°1: Esquema hileras de plantación triangular “tres bolillos”.
Los rectángulos en sentido vertical representan hileras de plantación, los círculos en verde individuos a plantar y las letras en blanco la diversidad de especies forestales.
A modo general para todas las áreas a reforestar, las hileras de plantación deben quedar separadas de los cercos a una distancia de 2 m desde el inicio o en los costados. Las plantas que se utilizarán en estas faenas, corresponden a especies forestales producidas en speelding y contenidas en bandejas plásticas. La altura promedio es de 50 cm y se utilizará la proporción de plantas que indica el siguiente cuadro.
Cuadro N°3: Distribución de especies forestales por hectárea.
Especies*
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Nº Plantas/ha.
|
Nothofagus dombeyi (Coihue)
|
325
|
Drimys winteri (Canelo)
|
100
|
Amomyrtus luma (Luma)
|
100
|
Luma apiculata (Arrayán)
|
100
|
Total
|
625
|
*La especie y cantidad, podría variar dependiendo de la disponibilidad de éstas en viveros.
La provisión de las plantas será de responsabilidad de la Corporación Nacional Forestal y la empresa contratista deberá hacerse responsable y a su entero costo del traslado desde el vivero forestal de CONAF, el que se encuentra ubicado en el sector rural de Butalcura, comuna de Dalcahue, a 54 kilómetros al sur de Ancud y distante 1 kilómetro de la Ruta 5 Sur por camino interior con dirección al predio del INIA. El retiro de las plantas debe ser coordinado previamente con el supervisor del proyecto, o quien este delegue, el que gestionará la emisión de la Guía de despacho electrónico para proceder al traslado de ellas.
Por otro lado, la empresa encargada de las faenas debe tener especial cuidado en el traslado y acopio de las plantas para lo cual debe hacerlo en un medio de movilización adecuado, aplicando medidas preventivas para evitar el daño producido por el viento o el daño físico que pudiera ocurrir al momento de la carga y descarga. Toda planta que presente algún daño y que en consecuencia afecte su probabilidad de prendimiento, deberá ser repuesta a costo del contratista.
En todos los casos, se deben intervenir las respectivas áreas a reforestar acorde al Cuadro N°2, como también lo establecido en las cartografías adjuntas en el anexo técnico.
La valorización de la obra deberá ser presentada en el Anexo N°3 de “Oferta Económica”, presente en las bases administrativas. Se deja establecido en las presentes bases que la postulación debe realizarse considerando el total de predios y actividades contempladas en la licitación.
2.3 Protección de las plantas
El 60% del total de plantas deberá quedar protegida en su altura total para que no sea dañada por el ramoneo del pudú u otro animal, dando prioridad a la especie forestal Nothofagus dombeyi. Para ello, se debe utilizar una malla raschel al 50% de 4,2 m de alto que debe ser sostenida con amarras considerando tutores. Dicho eso, la instalación de la malla debe considerar un perímetro de 150 cm y una altura equivalente al alto de la malla dividida en 4, vale decir 105 cm.
En ningún caso deben quedar ramas y/u hojas desprovistas de esta protección. De existir un caso donde el individuo a plantar supere los 105 cm de altura, se procederá a plantar sin protección y guardar este recurso para un individuo que cumpla con los requisitos. Por otro lado, se debe considerar la instalación de 3 tutores por individuo en forma de triángulo equilátero (ver Imagen N°2), contemplando que el alto del tutor sea igual al alto de la malla instalada, vale decir, 105 cm a nivel del suelo como mínimo. Dicho eso, la profundidad de instalación de los tutores dependerá del alto de cada uno, el cual podrá variar de 130 a 150 cm de altura.
Imagen N°2: Esquema de instalación de malla raschel con sus respectivos tutores.
Los círculos rojos representan los tutores de coligue, las líneas en naranja la malla raschel y el círculo verde el individuo a plantar.
Tanto la malla raschel como los tutores serán proveídos por CONAF y queda a costo de la empresa la adquisición de las amarras para la unión y sujeción de las mallas con los tutores.
La valorización de la obra deberá ser presentada en el Anexo N°3 de “Oferta Económica”, presente en las bases administrativas. Se deja establecido en las presentes bases que la postulación debe realizarse considerando el total de predios y actividades contempladas en la licitación.
2.4 Preparación/Limpieza de sitios
Para los predios N°2 y N°3 (Reinaldo Barrientos y Augusto Biere, respectivamente), se requiere realizar limpieza mecanizada para la extracción de especies invasoras, tales como Ulex europaeus (Espinillo, Chacay) y Chusquea quila (Quila) principalmente. La eliminación de estas especies contempla el descepado (arrancar de raíz) y ordenamiento de los residuos vegetales en fajas o montones, lo que permite el establecimiento de regeneración natural, facilita la accesibilidad al sitio y limita el riesgo de incendio. Exclusivamente para el predio N°2, se requiere realizar una limpieza a Bosque Nativo por una superficie de 0,45 ha, el cual se encuentra suprimido por Chusquea quila. Para ello podrán emplearse medios manuales (rozones, machetes, picotas, entre otras) o bien mecánicos portátiles (motosierras, motodesbrozadoras, entre otras).
Cuadro N°4: Predios y superficies sujetas a limpieza.
N°
|
Nombre Predio
|
Rol
|
Propietario
|
Ubicación
|
Superficie a limpiar
|
1
|
Parcela 10 Colonia Degañ
|
1192-8
|
Carlos Seitz
|
Aguas Buenas, Ancud
|
8,2 ha
|
2
|
Lote 1
|
1125-1
|
Reinaldo Barrientos
|
Mechaico, Ancud
|
19,3 ha*
|
3
|
Lote B
|
1224-21
|
Augusto Biere
|
Lajas Blancas, Ancud
|
7,5 ha
|
TOTAL
|
35,0 ha
|
* 0,45 ha de esta superficie corresponde a una limpieza de Bosque Nativo suprimido por Chusquea quila.
De forma exclusiva, para el predio N°1 (Carlos Seitz) se solicita una limpieza mecanizada para el arrastre y ordenamiento de residuos forestales originados post-incendio. Para ello, se deben realizar fajas de limpieza en dirección oeste-este para no generar pasillos de viento en las épocas secas cuando predominan los vientos continentales, con el fin de reducir el riesgo de propagación de incendios en la dirección de estos vientos. Las fajas de limpieza deberán tener un ancho de 10 m (en proyección horizontal) y se deberá acopiar los residuos forestales al costado de esta faja, puesto que se debe considerar una separación entre fajas de 10 m. Dicho eso, las hileras de plantación deberán quedar distanciadas a 1 m por cada lado de la faja como medida de amortiguación. De esta manera se pueden implementar 3 hileras de plantación por faja, tal y como lo indica la Imagen N°3.
Imagen N°3: Esquema de faja para el arrastre y ordenamiento de residuos forestales post-incendio y sus respectivas hileras de plantación.
El rectángulo verde oliva representa la faja a reforestar de 8 m de ancho, mientras que los rectángulos color canela representan el metro de distancia (por ambos lados de la faja) que se deben considerar al momento de preparar las hileras de plantación, dando como resultado 10 m de ancho de faja sujeta a limpieza. Las hileras de plantación están representadas por líneas en azul claro y con su respectiva enumeración. Por último, los círculos en verde representan los individuos a plantar y los rectángulos en color rojo claro representan el costado de la faja en donde se deben apilar los residuos forestales. Asimismo, éstos rectángulos también son parte de la separación entre fajas de 10 m.
A modo general, se deberá re-direccionar la faja en situaciones en donde sea inviable su ejecución por algún hecho que no ha sido previsto. Un ejemplo de esto, vendría siendo la presencia de tocones grandes de árboles quemados o bien muertos en pie, entre los más destacados. Para ello, se solicita desviarse lo menos posible del trazado original de la faja, asimilando esta desviación con la idea de un bypass, con el fin de plantar el total de individuos indicados para éste predio (ver Imagen N°4). Dicho eso, la empresa contratista junto a personal de CONAF, podrán evaluar en terreno cuál es el mejor sector para realizar estas fajas de limpieza.
Imagen N°4: Esquema re-dirección de faja para el arrastre y ordenamiento de residuos forestales post-incendio.
En verde se representan las fajas de plantación y en rojo la separación entre fajas. El círculo de color canela representa un bosquete de tocones quemados o bien de árboles muertos en pie (ejemplos). Por último, la figura con marco verde y fondo transparente, representa la faja de plantación sujeta a desviación con su respectiva re-dirección, las cuales se indican con flechas negras.
Ambas actividades de limpieza mecanizada deberán realizarse con maquinaria mayor, tales como tractores agrícolas, mini-retroexcavadora o cualquier otra maquinaria similar afín. En todos los casos, se deben realizar las respectivas limpiezas acorde a los predios y superficies indicadas en el cuadro N°4, como también lo establecido en las cartografías adjuntas en el anexo técnico.
La valorización de la obra deberá ser presentada en el Anexo N°3 de “Oferta Económica”, presente en las bases administrativas. Se deja establecido en las presentes bases que la postulación debe realizarse considerando el total de predios y actividades contempladas en la licitación.
2.5 Cercado reforestaciones
Para los predios N°1 y N°3 se requiere la construcción de 2.181 metros de cerco de alambre de púas en conjunto. Por otro lado, para el predio N°2 se requiere el levantamiento de 5.542 metros de cerco eléctrico (ver Cuadro N°5).
Cuadro N°5. Predios y cercado a construir.
N°
|
Nombre Predio
|
Rol
|
Propietario
|
Ubicación
|
Metros de cerco
|
1
|
Parcela 10 Colonia Degañ
|
1192-8
|
Carlos Seitz
|
Aguas Buenas, Ancud
|
1.515 m
|
2
|
Lote 1
|
1125-1
|
Reinaldo Barrientos
|
Mechaico, Ancud
|
5.542 m
|
3
|
Lote B
|
1224-21
|
Augusto Biere
|
Lajas Blancas, Ancud
|
666 m
|
TOTAL
|
7.723 m
|
Los cercos deberán construirse con el objeto de proteger las áreas a reforestar, tal y como lo establecen las cartografías adjuntas en el anexo técnico. Para ello, en los predios N°1 y N°3 se deben utilizar 4 hebras de alambre de púas N°16 galvanizado, el que deberá ser instalado utilizando grampas galvanizadas de 1” ¼ o de similar medida que permita una adecuada sujeción de este material en los respectivos polines y/o estacas. A modo similar, para el predio N°2 se deben utilizar 4 hebras de alambre eléctrico tipo Gallagher 6SS, el que deberá ser instalado utilizando barras galvanizadas tipo Gallagher.
En todos los casos, se deben utilizar polines de Pino impregnado tipo IPV y/o estacas provenientes de especies nativas como es el Tepú, Luma, Coihue, Ulmo y/o Tineo y cuyo diámetro promedio de ellos debe estar en el rango de 3 a 4 pulgadas y longitud de 2,4 m. Los polines y/o estacas deben ser instalados cada 3 m de distancia y previo a la instalación deben encontrarse recubiertos por carbonileo desde su base hasta los 20 cm sobre el nivel del suelo, con el propósito de aumentar su durabilidad. En las esquinas del cerco se debe considerar la instalación de diagonales de madera impregnada y/o proveniente de especies nativas como es el Ulmo, Coihue o Tineo con el propósito de tensar y otorgar mayor firmeza a la estructura que sostiene el alambrado.
Es importante señalar que la totalidad del alambre de púas, polines y los diferentes materiales correspondientes al levantamiento del cerco eléctrico, serán todos entregados por CONAF, lo que implica que la empresa contratista es responsable del retiro y traslado desde la bodega de CONAF, la que se encuentra ubicada en el mismo lugar de retiro de las plantas, hacia el lugar de las faenas a su entero costo en un medio de transporte adecuado para evitar la pérdida y cuidado de los productos. El resto de los insumos que se requieren para la construcción de los cercos, las herramientas y la mano de obra a utilizar, son a costo de la empresa contratista a través del presupuesto total asignado para la faena. Es responsabilidad de la empresa realizar la compra directa de los materiales faltantes e insumos que se requieran. Esto también aplica para el punto "2.6 Mantención de cerco" que se encuentra a continuación.
La longitud final de los diferentes cercos podrá tener una variación de acuerdo con lo solicitado en el contrato, debido a la pendiente existente del terreno. Sin embargo, lo máximo a construir y a pagar será la distancia indicada en la presente licitación. Si la longitud del cerco resultase menor para cumplir el objetivo, se pagará esa longitud de cerco construida. Las distancias finales para pagar serán medidas con huincha. Esto también aplica para el punto "2.6 Mantención de cerco" que se encuentra a continuación.
La valorización de la obra deberá ser presentada en el Anexo N°3 de “Oferta Económica”, presente en las bases administrativas. Se deja establecido en las presentes bases que la postulación debe realizarse considerando el total de predios y actividades contempladas en la licitación.
2.6 Mantención de cerco
Para el caso exclusivo del predio N°2, se requiere ejecutar la mantención de 240 m de cercado con alambre de púas, tal y como lo establece la cartografía adjunta en el anexo técnico y siguiendo las mismas especificaciones descritas en el punto "2.5 Cercado reforestaciones". Esta actividad considera el recambio de hasta un 50% del alambrado, polines/estacas y grampas. Para ello, la empresa contratista junto a personal de CONAF, podrán evaluar en terreno cuál es el mejor tramo conservado del cerco y así definir el otro tramo al cual realizarle mantención.
La valorización de la obra deberá ser presentada en el Anexo N°3 de “Oferta Económica”, presente en las bases administrativas. Se deja establecido en las presentes bases que la postulación debe realizarse considerando el total de predios y actividades contempladas en la licitación.
3 PROGRAMACIÓN DE PAGOS Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS
Para la adecuada ejecución de actividades por parte de la empresa contratista, y la correcta supervisión de la contraparte de CONAF, se sostendrá una reunión inicial de coordinación entre las partes con el objetivo de definir la modalidad de pago, además se definirán los canales oficiales de comunicación, se construirá itinerario de predios y se resolverá cualquier tipo de dudas que se presenten. En la reunión de coordinación se abordarán y concretarán los siguientes puntos:
• Al iniciar la prestación de servicios, el o la representante de la empresa contratista y CONAF definirán en conjunto la programación de pago y fecha término de las faenas en base a la propuesta presentada en el proceso de licitación pública. Dichas definiciones permitirán tener como referencia las actividades y plazos para el correcto desarrollo del contrato y será considerado como el calendario oficial de actividades para efectos del mismo, con el cual CONAF supervisará el correcto seguimiento y ejecución de las obras, para ello se deberá realizar a lo menos una reunión mensual con el Encargado o supervisor de contrato para analizar el avance y cumplimiento de las actividades, la observancia de las instrucciones, los posibles ajustes a las faenas y a la programación de ser necesario, aspecto que deberá quedar registrado por escrito a través de un acta acuerdo entre las partes. Teniendo presente que la fecha final de término de servicio es el 30 de noviembre de 2024.
• La empresa contratista deberá presentar previo a cada estado de pago, un Informe de cierre de faenas (Anexo N°8, se entregará con posterioridad) para las actividades ejecutadas durante el período a rendir, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por el Encargado designado por CONAF. • El Informe que emita la empresa deberá ser aprobado por CONAF para acceder al pago de los servicios. Sin embargo, si existieran observaciones estas deberán ser corregidas previo a la autorización del pago. El no cumplimiento reiterado de esta exigencia podrá ser considerado como causal de multas y de ser un comportamiento reiterativo el Supervisor podrá proponer término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas, así como también la publicación en el portal de Mercado Público las observaciones de mal comportamiento en la prestación del servicio.
CONAF, se reserva el derecho de supervisar la gestión de la empresa contratista pudiendo en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades.
De existir observaciones técnicas o administrativas a las faenas en ejecución o ejecutadas, estas serán comunicadas por escrito al operador o contratista y deberán ser subsanadas o corregidas por éste, en un plazo que será definido por CONAF.
La Empresa deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
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