Licitación ID: 1867-11-LE23
mantención de soporte del hardware misión critica
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE MOVILIZACIONN NACIONAL, DIRECCION GENERAL DE MOVILIZACIONN NACIONAL
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Productos o servicios
1
Mantenimiento y soporte de hardware 1 Unidad
Cod: 81111812
servicio de mantención de soporte del hardware y software de los equipos y servidores de misión crítica  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
mantención de soporte del hardware misión critica
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La DGMN requiere licitar servicio de mantención de soporte del hardware y software de los equipos y servidores de misión crítica que garantice tanto los equipos de comunicaciones como los servidores que prestan servicios entregados a los clientes de la DGMN.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION GENERAL DE MOVILIZACIONN NACIONAL
Unidad de compra:
DIRECCION GENERAL DE MOVILIZACIONN NACIONAL
R.U.T.:
61.110.000-0
Dirección:
Vergara 262
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-06-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 30-05-2023 16:19:16
Fecha inicio de preguntas: 30-05-2023 17:01:00
Fecha final de preguntas: 01-06-2023 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-06-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-06-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-06-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 22-06-2023 15:40:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Requisitos Mínimos para Participar a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. c) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente. A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la DGMN podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Unión Temporal de Proveedores (UTP): Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible: Anexo N°1: Declaración jurada simple para ofertar (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. Anexo N°2: Declaración jurada sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores Anexo N°4: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser entregado por el apoderado UTP quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado. En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- El oferente debe especificar en forma detallada su oferta en el archivo técnico, entendiéndose por antecedentes técnicos, la individualización y especificación clara de la oferta. La oferta técnica debe necesariamente incluir todos los requerimientos solicitados en el punto 10. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Bases Técnicas. En caso de que no se presente, la oferta será declarada inadmisible. Oferta Técnica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.
 
Documentos Económicos
1.- El oferente debe especificar en forma detallada su oferta en el archivo económico, señalando valores unitarios y globales según lo solicitado, en pesos chilenos, incluyendo el valor “Neto” de la oferta y el “Total” si incluye impuestos. Para efectos de sus costos en remuneraciones, el oferente deberá considerar el cumplimiento de la normativa vigente que dice relación con el aumento legal y oportuno del sueldo mínimo. Sin perjuicio que el sistema de información requiera ingresar valores netos al momento de ofertar en el portal, se aclara que el valor que la DGMN tomará en cuenta para calificar en el ítem “Aspectos económicos” es el valor total de la oferta, en relación a lo señalado en el punto 7. Montos, duración y subcontratación. De existir discordancia entre el oferente o los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual la presenta, ésta no será evaluada, siendo desestimada del proceso y declarada como inadmisible. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del reglamento de la ley de compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de Envío de Ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante. Oferta económica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Aspectos económicos Aspectos económicos 40%
2 Aspectos técnicos Aspectos técnicos 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 42000000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: La DGMN podrá renovar la contratación con el motivo de tener una continuidad del servicio, con el objeto de apoyar eficientemente el control y administración de las leyes bajo responsabilidad de la Dirección General. Asimismo, satisfacer las necesidades
Observaciones El valor máximo de la propuesta, contemplado para la presente licitación es de 42.000.000.- Cuarenta y dos millones de pesos IVA incluido, valor determinado considerando el valor comercial del mercado, por 24 meses los siguientes periodos y valores.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería General de la República
e-mail de responsable de pago: dipresrecepcion@custodium.com
Nombre de responsable de contrato: Director General de Movilización Nacional
e-mail de responsable de contrato: cmerino@dgmn.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-233277079-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Dirección General de Movilización Nacional
Fecha de vencimiento: 14-08-2023
Monto: 2100000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá suministrar una garantía, a nombre de la Dirección General de Movilización Nacional, de carácter irrevocable y a la vista. La no presentación de este documento antes señalado, en tiempo y/o forma, será causal de inmediato rechazo de la oferta. Si un oferente, presenta más de una oferta, deberá considerar que debe presentar una garantía de seriedad de la oferta por cada una de las ofertas presentadas. Se entenderá por presentación en tiempo y forma, cuando la garantía se entregue en sobre cerrado, a nombre de la Dirección General de Movilización Nacional, en calle Vergara # 262, comuna de Santiago, antes de la hora de cierre de las ofertas indicadas en estas bases de licitación. Señalando, además, todos los antecedentes de la licitación a la cual está ofertando. Si la garantía es en formato digital, esta deberá ser adjuntada a la oferta presentada en el portal mercado público.
Glosa: “Garantía de seriedad de la oferta de licitación pública para contratar la mantención de soporte del hardware y software de los equipos y servidores de misión crítica”
Forma y oportunidad de restitución: La DGMN procederá a devolver las cauciones de seriedad de la oferta a los que no fueron seleccionados, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación (deserción o inadmisibilidad según fuere el caso) en el portal Mercado Público. La devolución de garantías será coordinada directamente con el Jefe del Departamento de Finanzas, quien será a su vez el responsable de su custodia. Respecto del oferente adjudicado, la póliza de seguro electrónico, boleta de garantía bancaria, certificado de fianza o vale vista, a nombre de la Dirección General de Movilización Nacional, de carácter irrevocable y a la vista, será devuelta una vez suscrito el contrato respectivo, contra entrega del instrumento financiero de garantía de fiel cumplimiento correspondiente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección General de Movilización Nacional
Fecha de vencimiento: 22-08-2025
Monto: 10 %
Descripción: El oferente que resulte adjudicado deberá suministrar una garantía a nombre de la Dirección General de Movilización Nacional, de carácter irrevocable, a la vista, por el fiel cumplimiento del contrato, a nombre de la Dirección General de Movilización Nacional, la que ascenderá al 10% (diez) del valor total contratado. Dicha garantía será requisito indispensable para la suscripción del contrato y deberá entregarse a más tardar a los 15 días (hábiles) desde la fecha de notificación de la adjudicación de la presente licitación y deberá tener vigencia al menos hasta 60 días hábiles después del término del servicio contratado. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza.
Glosa: “Garantía de fiel cumplimiento del contrato servicio de mantención de soporte del hardware y software de los equipos y servidores de misión crítica”
Forma y oportunidad de restitución: La DGMN procederá a devolver la caución de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles siguientes una vez transcurridos los sesenta días hábiles posteriores al término del servicio, por el Jefe del Depto. de Finanzas designado como custodio y responsable de dichos documentos mercantiles.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
a. Contenido de las bases de licitación
La única fuente de información para los proponentes serán las presentes bases de licitación y las aclaraciones que se produzcan conforme al punto b. siguiente. Si el proponente omite suministrar toda la información requerida, o presenta una oferta que no se ajuste sustancialmente a estas bases, se rechazará su oferta mediante resolución de inadmisibilidad. Frente a cualquier discrepancia entre las presentes bases y la información contenida en la ficha digital, prima lo estipulado en las bases.
b. Aclaración de las bases de licitación
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el mismo portal, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados. Todas las aclaraciones que se efectúen pasarán a ser parte integrante de esta licitación.
c. Gastos, derechos e impuestos
Serán de cargo de los oferentes todos los costos inherentes y/o asociados a su participación en la licitación, a la preparación y presentación de su oferta, así como todos los gastos, derechos e impuestos que tengan su origen en el contrato que se suscriba si los hubiere o para la implementación o cumplimiento de lo solicitado.
d. Evaluación y calificación de las ofertas
Las ofertas serán sometidas a evaluación conforme criterios objetivos previamente establecidos en las presentes bases. La evaluación se efectuará en base a la documentación presentada y/o registrada por cada oferente en el sistema de información. La comisión evaluadora determinará si cada propuesta cumple con los aspectos formales establecidos en las bases en cuanto a la presentación de documentación, antecedentes dentro del plazo y con los requerimientos técnicos mínimos solicitados.
e. Comisión evaluadora
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora, designada para este efecto y en este acto por el Director General, la cual será integrada por los siguientes funcionarios: • Jefe Depto. Tecnologías de la Información y Comunicaciones o quien lo reemplace. • Administrador de la sección administración y redes de la DGMN o quien lo reemplace. • Encargado de sección planificación del DETIC o quien lo reemplace. Además, podrán asistir en calidad de asesores: • Un Asesor Jurídico, o quien lo reemplace. • Un funcionario del Departamento Finanzas. • Jefe de Sección de Adquisiciones, o quien lo reemplace, quien cumplirá a su vez la función de secretario. • Y demás asesores que se estimen pertinentes. La Comisión Evaluadora se constituirá a partir de la apertura de las ofertas en el Sistema de Información de Compras, y tendrá por objeto, entre otros aspectos, determinar si concurre alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad que impida contratar con la DGMN, para lo cual se encargará de analizar desde un punto de vista técnico, administrativo y económico las propuestas presentadas por los oferentes durante el proceso. Deberá, asimismo examinar la situación legal administrativa de los oferentes y verificar el cumplimiento de los antecedentes y/o requisitos mínimos establecidos en las bases de licitación, para así, poder pasar a la etapa de calificación por la misma Comisión. El proceso de evaluación se realizará mediante un proceso estandarizado señalado en el punto 10. “Requerimientos técnicos y otras cláusulas”, y en la “Matriz de evaluación” publicada en las presentes bases. Por último, la Comisión Evaluadora dejará constancia de lo realizado en un Acta, la cual deberá contener lo resuelto por ésta con toda la documentación fundante y en la cual se propondrá adjudicar al oferente que obtuviere el mayor puntaje o a ninguno, según sea el caso, conforme a los criterios utilizados en el proceso de evaluación de las presentes bases y atendiendo a los intereses de la DGMN Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán. • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación La DGMN declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. Presentación de propuestas de oferentes Después de la verificación del cumplimiento de todos los requisitos técnicos mínimos señalados en las presentes bases, el oferente pasara a etapa de evaluación.
f. Cesión del contrato y subcontrataciones
El contratante no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de este contrato puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común. La DGMN cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el contratante, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. El contratante podrá subcontratar la ejecución de alguna de las actividades a que se obligará con el contrato, si tal subcontratación es autorizada por escrito por la DGMN para el caso específico. En todo caso, la persona o entidad con la que se subcontrate, previa autorización de la DGMN deberá satisfacer igualmente los requerimientos que se exigieron al contratante adjudicado para la ejecución de estas actividades, sin perder éste la responsabilidad correspondiente, se regirá en todo por lo establecido en la Ley N° 20.123 del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios, y deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales mediante certificados emitidos por la Inspección del Trabajo o bien por otros medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
g. Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes y actividades propias relacionadas con el desarrollo de los servicios. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
h. Responsabilidades y Obligaciones del Adjudicatario
El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la DGMN en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente. Entregar oportunamente informes solicitados por la DGMN
i. Unión Temporal de Proveedores UTP
Los oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la DGMN, por lo que todos y cada uno de los integrantes de una UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP. Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la DGMN. Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique. El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y el contrato. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la DGMN, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. Asimismo, en caso de ser adjudicada su oferta, al momento de formalizar la contratación, el adjudicatario deberá presentar: a) Una copia de Inscripción con vigencia de la persona jurídica, otorgada por la entidad respectiva. De la misma manera, para el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659, deberá presentar el certificado de vigencia y el certificado de estatuto actualizado, ambos otorgados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que no podrán tener una antigüedad superior a 3 meses. b) Una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de directorio reducida a escritura pública, u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) del proveedor y las facultades de que están investidos para representarla. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses. En caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los documentos aludidos en los párrafos que preceden correspondiente a cada una de las personas jurídicas. Respecto de los oferentes que se encuentren constituidos como agencias de sociedades extranjeras, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 447 a 450 del Código de Comercio y artículos 121 a 124 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas, deberán acompañar los documentos señalados en el artículo 447 del Código de Comercio o 121 de la Ley N°18.046, según sea el caso. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.
j. Período de validez de la oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad de la DGMN. Sólo serán de propiedad de la DGMN la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
k. Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el mejor puntaje ponderado de las propuestas (más alto), en los términos descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
l. Caso fortuito o fuerza mayor
Todo incumplimiento de las obligaciones señaladas en las presentes bases por alguna de las partes constituirá una infracción de las mismas, salvo que dicho incumplimiento sea causado por fuerza mayor o caso fortuito (probado por la parte que lo alega). Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito el acontecimiento no imputable a las partes, imprevisible e inevitable, de tal naturaleza que impida total o parcialmente el cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la DGMN, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones.
m. Ejecución de la garantía seriedad de la oferta
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la DGMN en los siguientes casos: 1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde; 2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde; 3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases; 4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error, en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta 5. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases; 6. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado; y 7. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente y que sea atribuible a éste, durante el proceso licitatorio.
n. Ejecución garantía fiel cumplimiento del contrato
La garantía de fiel cumplimiento del contrato, podrá hacerse efectiva por la Dirección General de Movilización Nacional en ocurrencia de alguno de los siguientes supuestos: • Por manifiesto incumplimiento de los trabajos, calidad o alcance de las labores contratadas. • Por cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista (Artículo 72 del Reglamento de la Ley 19.886). • Si la Dirección General de Movilización Nacional fuere demandada o perjudicada directa o indirectamente por la empresa contratada debido a la falta de pago de los trabajadores, de las obligaciones sociales y laborales, atendiendo lo señalado en las leyes N° 20.238 y N° 17.322. • En caso de cumplir con el tope de eventos según aplicación de multas, será motivo suficiente para hacer uso de la caución previa “Resolución de Cobro de Garantía por Fiel cumplimiento del Contrato” • En el evento que el oferente ceda los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, si los hubiere Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la DGMN puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
o. Aplicación de multas
En caso de que el proveedor adjudicado no dé cumplimiento al servicio contratado, la DGMN podrá en forma administrativa mediante resolución fundada y sin forma de juicio, aplicar una (s) multa (s) equivalente al porcentaje determinado sobre el promedio del consumo del mes precedente cancelado por cada evento o servicio incumplido, conforme a lo siguiente:

 

SLA

Situación

Nivel de Servicio

Multa

01

Tiempo de respuesta ante Incidentes

>4 horas

  • 25% del  monto de la facturación mensual, contratada con tope de Seis evento en el año  

02

Tiempo de respuesta ante Incidentes

>5 horas

  • 35%  del  monto de la facturación mensual, contratada con tope de cuatro evento en el año 

03

Tiempo de respuesta ante Incidentes

>6 horas

  • 45% del  monto de la facturación mensual, contratada con tope de tres eventos en el año

04

Tiempo superior de diagnostico

>7 horas

  • 60%  del  monto de la facturación mensual, contratada con tope de dos evento en el año 

Sin perjuicio de lo anterior, las multas, en su conjunto, no podrán superar el 20% del valor total contratado, en caso de que así fuere se entenderá que existe incumplimiento grave del contrato y se podrá poner término anticipado al contrato

El monto de las multas será rebajado del pago que la DGMN deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos. En este caso, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago en que se rebajará. De no ser suficiente este monto, de no existir pagos pendientes, o en caso de no poder descontarse si acaso el pago lo efectuare la Tesorería General de la República, se le cobrará directamente al proveedor para que pague en el plazo de 10 días hábiles, posteriores a la notificación de la resolución que aplica la multa, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el mismo plazo, si la hubiere

La respectiva multa, se efectuará en pesos chilenos, si de este resulta un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos Nº45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.

Una vez evidenciado y registrado el incumplimiento, el administrador de contrato deberá elaborar un informe de incumplimiento y el respectivo respaldo al gestor de contrato de la DGMN, el cual verificará si procede dar inicio al proceso de cobro de multas

Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases administrativas o especificaciones técnicas, prevalecerá el criterio de la DGMN, sin perjuicio de la facultad que compete a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contratación Pública y/o los tribunales de justicia.

La DGMN, estará facultada para exigir al proveedor la respectiva multa, la cual será informada a través del módulo de Gestión de contrato del portal mercado público, y en la que se adjuntará la dictación de la resolución que aplica la sanción.

El adjudicatario deberá dar respuesta, o la acción que estime pertinente, a través del módulo de gestión de contrato de mercado público.

El único medio oficial de notificaciones lo constituye la publicación en www.mercadopublico.cl, por  cuanto el artículo 6 del reglamento dispone que “todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo v de la ley de compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente reglamento, incluso respecto de la resolución de adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde la publicación en el sistema de información el documento, acto o resolución objeto de la notificación”. -fuente: términos y condiciones www.mercado publico.cl-

p. Notificaciones
Toda citación, notificación o requerimiento entre las partes, deberá hacerse por vía electrónica (correo institucional). Para ello, ambas partes deberán informar las casillas de correo dispuestas para tales efectos. Salvo lo dispuesto en aplicación de multas.
q. Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la DGMN notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la DGMN tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La DGMN tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el recurso presentado. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas que no sea de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.
r. Vigencia del contrato
El Contrato entrará en vigencia una vez que se notifique al contratista la circunstancia de encontrarse totalmente tramitada la resolución aprobatoria del Contrato, y se extenderá por un periodo de 24 meses. No obstante, por razones impostergables y de buen servicio, la prestación a que se refiere las presentes Bases, comenzará a ejecutarse anticipadamente 01. julio.2023, aun cuando no se haya dado la total tramitación a la resolución que aprueba el contrato. Asimismo, las partes expresan que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se han pactado sólo se cursará una vez que la Resolución Exenta que lo aprueba se encuentre totalmente tramitada.
s. Renovación de Contrato
La DGMN podrá renovar la contratación con el motivo de tener una continuidad del servicio, con el objeto de apoyar eficientemente el control y administración de las leyes bajo responsabilidad de la Dirección General. Asimismo, satisfacer las necesidades computacionales de organismos internos de la Dirección. Consecuente con lo anterior, se establece la posibilidad de renovar el contrato por una sola vez, por el mismo periodo de tiempo contratado inicialmente, siempre y cuando se cumpla cierto requisito: • Cuando no se hubiese aplicado alguna multa (indistintamente de la causal) y esta se encuentra debidamente aplicada. • Que la DGMN cuente con el presupuesto disponible para el periodo siguiente o su autorización previa por parte del Ministerio de Hacienda. • Que se haga entrega de una garantía de fiel cumplimiento de contrato, en las condiciones señaladas en el punto 9. sobre monto y vigencia actualizada a 60 días hábiles posteriores a la nueva fecha de término del contrato respectivo. El valor de la renovación será con un tope máximo del 20% Anual.
t. Modificaciones al Contratos
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas desde el punto de vista estratégico con el fin de generar el mayor impacto posible y según la contingencia del país. Las modificaciones no podrán afectar la naturaleza de la negociación. Estas modificaciones se realizarán sólo previa, autorización por parte del Director General de la DGMN, modificación que se establecerá mediante resolución exenta y adjuntada al proceso de compra. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. Si la modificación al contrato produce un costo este, no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la DGMN pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
u. Comportamiento ético del adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante todo el tiempo de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
v. Auditorias
El adjudicatario podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por la entidad licitante a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el adjudicatario en su oferta. Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del adjudicatario, el proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar la entidad licitante, según las presentes bases.
w. Término anticipado del contrato
La DGMN está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 2) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor. 6) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada. 7) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución de la licitación, y propiciaren prácticas corruptas, tales como: a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 8) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 10 días hábiles. 9) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20 % del valor total contratado. 10) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. 11) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a.- Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. b.- De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. c.- Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d.- Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. e.-Disolución de la UTP. 12) No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo establecido en la cláusula 8.2 de las bases de licitación. 13) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula sobre “Cesión de contrato y Subcontratación” 14) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. 15) Por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio 16) En el caso de no contar con la asignación presupuestaria por parte del estado. En todos los casos señalados, a excepción del numeral 3, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, la DGMN y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
x. Forma de pago
El pago se realizará en pesos chilenos, en cuotas mensuales e iguales a un veinticuatroavo del valor total contratado, en forma posterior a la verificación del cumplimiento total del servicio contratado. Para ello el jefe del Departamento Tecnologías de la Información y Comunicaciones, deberá emitir el respectivo informe, y comunicar al proveedor que a partir de esa fecha podrá emitir la factura. Junto con la respectiva factura, el contratista deberá presentar los siguientes documentos: • Copia de planillas de imposiciones de sus trabajadores, correspondientes al mes anterior al pago (1 ejemplar de c/u). • Copia de liquidaciones de sueldos correspondientes al mes anterior, firmadas por los empleados En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N°19.886. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. El adjudicatario deberá adjuntar a la factura la respectiva orden de compra para el trámite de pago. La factura, deberá ser remitida, solo en días hábiles y en horario de oficina, a la plataforma Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) de la DIPRES, la cual tiene por fin recepcionar la información de los DTE (facturas), desde el SII y las enviadas por los proveedores del Estado. En dicha plataforma, existe una casilla de intercambio para la DGMN, en donde todos los proveedores tienen que emitir sus archivos. La casilla es: dipresrecepcion@custodium.com Una vez la plataforma de Gobierno, recepcione conforme y vise la factura, ésta será enviada a la DGMN, la que será pagada dentro del plazo de 30 días, contados desde la recepción de la misma, conforme a las normas establecidas para el sector público. Dicha factura deberá contener la siguiente información: • Razón Social: Dirección General de Movilización Nacional • Rut: 61.110.000-0 • Giro: Gobierno Central • Dirección: Vergara #262, Santiago, RM.
y. Mecanismo de resolución de consultas de la adjudicación
Los oferentes que deseen efectuar consultas sobre la adjudicación deberán realizarlas dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico cmerino@dgmn.cl La DGMN dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
z. Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la DGMN podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
aa. Supervisión y coordinación del contrato.
Supervisión y coordinación del contrato DGMN (administrador del contrato) Como contraparte técnica para la coordinación del contrato se desempeñará un funcionario designado por la DGMN, quien tendrá las siguientes funciones: • Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato. • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del servicio contratado. • Dar el visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también del trámite de los pagos y sanciones por incumplimiento del servicio contratado. Coordinación del contrato (adjudicatario) El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada a la DGMN (nombre, cargo, teléfono correo etc.-) En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: 1. Informar oportunamente a la DGMN, de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. 2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. 3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario a la DGMN, más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico designado por la institución.
bb. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. La DGMN podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. La entidad licitante deberá exigir que el adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
cc. Normas laborales
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. La DGMN se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
dd. Bases técnicas
  1. Descripción general.

La DGMN, requiere contar con un servicio de mantención de soporte del hardware y software de los equipos y servidores de misión crítica.

El servicio deberá ser bajo la modalidad 24x7 (Las 24 horas del día x 7 días a la semana,) durante los 365 días del año, o en su defecto 366 días cuando sea este año calendario bisiesto.

a.       Los puntos señalados abajo, detallan el hardware de propiedad de la DGMN, y consideraciones especiales que deberán ser cumplidas:

1.      01 Switch Cisco Catalys 9200L (hardware y software)

2.      01 Firewall ASA series 5500 (hardware y software)

3.      02 Firewall Fortinet (hardware y software)

4.      02 Firewall Juniper (Virtual)

5.      15 Switch Cisco Serie Catalysts (hardware y software)

6.      08 Servidores DL380 G8 y G9 (HP) S.O y VMWARE

7.      04 Servidores DL380 G10(HP) S.O y VMWARE

8.      01 STORAGE (HP)

9.      08 Servidores (HP) S.O Linux y Microsoft (hardware y software)

10.    Soporte Plataforma de Virtualización VMWARE.

11.    Soporte a Cisco Meraki mx250 y 04 AP asociados.

b.      El oferente adjudicado, deberá dar cumplimiento a lo siguiente, dentro de los plazos señalados:

Dentro de los 10 días siguientes de notificada la resolución de adjudicación, deberá realizar un informe técnico detallado sobre el hardware y software, remitiendo el diagnóstico inicial e informando por escrito, a través de un documento al Jefe del DETIC.

c.       La empresa adjudicada, deberá realizar las siguientes actividades en la revisión y/o monitoreo de los equipos” que son materia del contrato licitado de estas bases de licitación:

1.      Seguridad de equipos y Switch

•        Revisión completa de los controles de acceso.

•        Implementación de políticas de seguridad.

•        Update de sistema operativo y parches de seguridad.

•        Apoyo en los requerimientos que se generen mensualmente.

Plataforma de equipos, Servidores, S.O y Virtualizadores VMWARE

•        Realizar respaldo de equipos y configuraciones.

•        Mantener el update de los equipos, servidores y S.O

2.          Configuraciones de equipos y Software

•        Velar por la correcta performance de los equipos y software.

•        Mantener un respaldo listo para ser aplicado en caso de desastres.

•        Normalización y actualización de sistema operativos según corresponda.

3.      Hardware de reemplazo y plataformas de monitoreo

•        Deberá entregar y mantener hardware en dependencias de la DGMN para reemplazo rápido en caso de fallas, según tabla de evaluación, tendrá 10 días hábiles para entregar el hardware una vez adjudicado.

•        En caso de una falla mayor el oferente adjudicado deber reemplazar equipos y/o hardware necesarios para asegurar la continuidad de los servicios.

•        Deberá implementar una Plataforma de monitoreo para host VMWARE y el hardware indicado en bases, según tabla de evaluación.

d.      Actualizaciones

Se deberán realizar las actualizaciones de rigor cuando aparezcan nuevas versiones, ya sean del firmware o de los módulos de seguridad cuando sean necesarios, las que deben ser informadas, a través de documentos escritos, señalando la versión anterior, la nueva versión y fechas, dirigidas al Jefe del Departamento de Informática, cuyas especificaciones deberán estar indicadas en el informe mensual.

e.       Tiempo de respuesta ante Incidentes

Se considerará “tiempo de respuesta ante incidentes” un máximo de cuatro horas, desde el instante en que es reportado a la mesa de ayuda del proveedor. Cualquier lapso superior a éste, será considerado un atraso y será aplicada la multa señalada en las Bases Administrativas.

f.       Mantenimiento

El proveedor adjudicado, deberá realizar un chequeo mensual sobre el hardware y software soportado, realizando las rutinas de control y chequeos que correspondan, evacuando un informe técnico el cual deberá ser enviado al jefe del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y/o al encargado técnico dispuesto por la jefatura, dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante correo electrónico, adjuntando un archivo PDF.  El retraso en la entrega de este informe será causal de aplicación de multa. En caso de no existir entrega de este informe, nos encontraremos ante una causal de incumplimiento de contrato, con el consecuente, término anticipado del contrato.

g.       Visita Preventiva mensual:

El acceso a los equipos, serán realizados en forma presencial y/o según circunstancias excepcionales de forma remota, cada visita deberá ser coordinada previamente con el jefe del Departamento Tecnologías de la Información y Comunicaciones, o en su defecto a quien él delegue.

h.      Certificaciones

El oferente, deberá, como mínimo contar con certificación de “Certificación VMWARE 6 o Superior” y “Certificación Windows Server 2016 o Active Directory o Superior”, los cuales deben corresponder al profesional que entregará el servicio, debiendo acreditar los certificados respectivos, adjuntándolos al ofertar al resto de la documentación solicitada y autentificadas por notario público (requisito excluyente)


ee. Matriz de evaluación
El procedimiento de evaluación consiste en verificar inicialmente el cumplimiento de los requisitos exigidos por ley, como segunda etapa el cumplimiento de los requisitos mínimos de participación, y en tercera y última etapa evaluar dos aspectos de la oferta: los aspectos técnicos y los económicos, cada uno de los cuales será ponderado de acuerdo al “Cuadro de Ponderaciones”. Con la suma de los dos puntajes ponderados se obtendrá el puntaje total de cada oferente. La que obtenga mayor calificación será la oferta seleccionada.

Cuadro de Ponderaciones:

Ítem

Ponderación

1.

Aspectos técnicos

 60%

2.

Aspectos económicos 

40%

Total

100%

  1. Aspectos técnicos.

Factores

Ponderación

Puntaje

EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA PROPUESTA

1.

Implementará Plataforma Gestión de performance de Host VMWARE

20%

Si

20

NO

0

2.

Implementará Plataforma Monitoreo de equipos de Comunicaciones

20%

Si

20

NO

0

3. Tiempo de Implementación de requerimientos días hábiles 15%

Tiempo Implementación =     Menor tiempo de implementación X 100 X 15%

                        Tiempo Implementación Indicado

4.

Provee Fuente de poder para servidor HP descrito en bases técnicas

5%

SI

5

NO

0

5.

Provee 02 Discos SAS 900 G.B para servidor HP descrito en bases técnicas

5%

SI

5

NO

0

6.

Provee 02 Memorias RAM de 8 Gb c/u Compatibles con Server servidor HP descrito en bases técnicas

5%

SI

5

NO

0

7.

Provee 01 Switch Cisco 3560G

15%

SI

15

NO

0

8.

Provee 01 Switch Cisco 2960

15%

SI

15

NO

0

Ponderación Aspecto Técnico

100%

Ponderación Parcial

60%

  1. Aspectos económicos.


Oferta económica=                Precio Mínimo ofertado             X 100 X 40%

                                                                Precio oferta

Puntaje final ponderado

Ponderación

Aspectos técnicos

Aspectos económicos

Total


ff. Mecanismo de desempate
En caso de empate entre dos o más oferentes, que obtuvieren la mayor ponderación, el desempate será en el factor “Técnico”. De haber empate nuevamente será para el que obtenga mayor ponderación en el factor “Económico”, de haber empate nuevamente será para quien ingreso primero su oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl para finalmente proponer la adjudicación de un oferente o declarar inadmisibles las ofertas.
ANEXO N° 1
ANEXO N° 1 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR (ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES) Yo, , en mi calidad de oferente o en representación del proveedor , RUT N° , con domicilio en , , , declaro bajo juramento que: - No he sido o mi representada no ha sido condenada por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. - Asimismo, declaro que no he sido o mi representada no ha sido sancionada por el Tribunal de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. - Por último, declaro que, si mi representada fuera una persona jurídica, no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. , __________________________ NOTAS: 1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente. 2. En el caso de UTP, este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma, respecto de la situación particular de su empresa.
ANEXO N° 2
ANEXO N° 2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE CONFLICTOS DE INTERÉS (ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES) Yo, , en mi calidad de oferente o en representación del proveedor, , RUT N° , con domicilio en , , , declaro bajo juramento que: 1. No soy funcionario directivo de la Entidad Licitante, ni me encuentro unido a ninguno de ellos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 2. Mi representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la entidad licitante, o bien las personas unidas a ellos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, formen parte. 3. Mi representada no es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que algunas de las personas indicadas en el N°2 precedente sea accionista. 4. Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en el N°2 ante precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital. 5. No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. 6. Asimismo, declaro conocer que los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. 7. La información contenida en la presente declaración deberá ser permanentemente actualizada. , NOTA: 1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente. 2. Este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma, respecto de la situación particular de su empresa, salvo por el miembro que presenta la oferta a través del Sistema.
ANEXO N° 3
ANEXO N° 3 DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR (Deudas Vigentes con Trabajadores) Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada: (En el espacio en blanco, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda): “____ registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.” Asimismo, declaro que por este acto vengo en ratificar todo lo obrado por el proveedor que represento en la licitación que resultó adjudicada, sea que se trate de actuaciones efectuadas por personas con poder suficiente para representarla o no. , _____________________________________ Nota: 1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente que sea adjudicado. 2. En el caso de UTP, este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma, respecto de la situación particular de su empresa, 3. Esta declaración será exigida al momento de suscribir el respectivo contrato.
ANEXO N° 4
ANEXO N° 4 DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES) Nombre de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): ……………………………………………………………………… Integrantes de la UTP: N° RAZÓN SOCIAL RUT 1 2 3 (Agregue tantas filas como integrantes tenga la UTP) Criterios Técnicos: Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de sus integrantes. CRITERIO DE EVALUACIÓN RAZÓN SOCIAL RUT La siguiente información debe ser coincidente con el instrumento constitutivo de la UTP. Para su elaboración considere, a lo menos, las exigencias dispuestas en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y las recomendaciones de la Directiva N°22, de 2015. 1. Objeto UTP: 2. Solidaridad: (todos los integrantes responden respecto de todas las obligaciones que se generen para la UTP) 3. Duración/Vigencia: (no inferior a la vigencia del convenio marco) 4. Apoderado: (nombre, apellidos, RUT y datos de contacto) Firma