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a. Contenido de las bases de licitación. |
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La única fuente de información para los proponentes serán las presentes bases de licitación y las aclaraciones que se produzcan conforme al punto b. siguiente. Si el proponente omite suministrar toda la información requerida, o presenta una oferta que no se ajuste sustancialmente a estas bases, se rechazará su oferta mediante resolución de inadmisibilidad.
Frente a cualquier discrepancia entre las presentes bases y la información contenida en la ficha digital, prima lo estipulado en las bases.
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b. Aclaración de las bases de licitación |
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el mismo portal, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
Todas las aclaraciones que se efectúen pasarán a ser parte integrante de esta licitación.
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c. Gastos, derechos e impuestos. |
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Serán de cargo de los oferentes todos los costos inherentes y/o asociados a su participación en la licitación, a la preparación y presentación de su oferta, así como todos los gastos, derechos e impuestos que tengan su origen en el contrato que se suscriba si lo hubiere o para la implementación o cumplimiento de lo solicitado.
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d. Evaluación y calificación de las ofertas. |
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Las ofertas serán sometidas a evaluación conforme criterios objetivos previamente establecidos en las presentes bases. La evaluación se efectuará a base de la documentación presentada y/o registrada por cada oferente en el sistema de información.
La comisión evaluadora determinará si cada propuesta cumple con los aspectos formales establecidos en las bases en cuanto a la presentación de documentación, antecedentes dentro del plazo y con los requerimientos técnicos mínimos solicitados.
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e. Comisión evaluadora. |
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La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora, designada para este efecto y en este acto por el Director General, la cual estará integrada por los siguientes funcionarios:
• Subdirector General o quien lo reemplace, quien presidirá la comisión evaluadora
• Jefe Departamento de Reclutamiento o quien lo reemplace.
• El encargado del Incentivo al Servicio Militar o quien lo reemplace.
Además, podrán asistir en calidad de asesores:
• Asesor Jurídico.
• Asesor del Depto. Finanzas.
• El encargado de la Sección Adquisiciones, o quien lo reemplace, quien cumplirá a su vez la función de secretario.
• El funcionario administrativo del Incentivo al Servicio Militar.
La Comisión Evaluadora se constituirá a partir de la apertura de las ofertas en el Sistema de Información de Compras, y tendrá por objeto, entre otros aspectos, determinar si concurre alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad que impida contratar con la DGMN, para lo cual se encargará de analizar desde un punto de vista técnico, administrativo y económico las propuestas presentadas por los oferentes durante el proceso. Deberá asimismo, examinar la situación legal administrativa de los oferentes y verificar el cumplimiento de los antecedentes y/o requisitos mínimos establecidos en las bases de licitación, para así, poder pasar a la etapa de calificación por la misma Comisión.
El proceso de evaluación se realizará mediante un proceso estandarizado. Por último, la Comisión Evaluadora dejará constancia de lo realizado en un Acta, la cual deberá contener lo resuelto por ésta con toda la documentación fundante y en la cual se propondrá adjudicar al oferente que obtuviere el mayor puntaje o a ninguno, según sea el caso, conforme a los criterios utilizados en el proceso de evaluación de las presentes bases y atendiendo a los intereses de la DGMN.
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f. Cesión de contrato y subcontrataciones. |
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El contratante no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de este contrato puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.
La DGMN cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el contratante, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
El contratante podrá subcontratar la ejecución de alguna de las actividades a que se obligará con el contrato, si tal subcontratación es autorizada por escrito por la DGMN para el caso específico.
En todo caso, la persona o entidad con la que se subcontrate, previa autorización de la DGMN deberá satisfacer igualmente los requerimientos que se exigieron al contratante adjudicado para la ejecución de estas actividades, sin perder éste la responsabilidad correspondiente, se regirá en todo por lo establecido en la Ley N°20.123 del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios, y deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales mediante certificados emitidos por la Inspección del Trabajo o bien por otros medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
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g. Confidencialidad. |
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Todas las materias, documentación e información que se genere, antes durante y después de los trabajos de planificación, desarrollo y ejecución del servicio encomendado, se deberán tratar con el correspondiente grado de confidencialidad y serán de uso exclusivo de la Dirección General de Movilización Nacional, la que se reserva el derecho de interponer las denuncias y/o demandas, ante los Tribunales de Justicia correspondientes por el mal uso de ellas.
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h. Período de validez de la oferta. |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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i. Ejecución garantía fiel cumplimiento del contrato. |
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La garantía de fiel cumplimiento del contrato, podrá hacerse efectiva por la Dirección General de Movilización Nacional en ocurrencia de alguno de los siguientes supuestos:
1) Por manifiesto incumplimiento de los servicios contratados, se entenderá que existe manifiesto incumplimiento en las siguientes situaciones, las que no son excluyentes, exclusivas ni taxativas.
• No realizar algún traslado de los coordinados.
• No realizar reemplazo de bus en caso de fallas técnicas.
• No dar solución a los problemas que se originen con ocasión de fallas técnicas en los traslados.
2) Cuando deba hacerse efectiva una o más multas respectivas, si no existiera factura pendiente de pago. En este caso, la DGMN presentará a cobro el documento mercantil de fiel cumplimiento del contrato, y descontará de éste el monto correspondiente, entregando el saldo, si lo hubiere, al proveedor, contra entrega de una nueva boleta de garantía por el monto total, conforme lo solicitado al punto 9 de Bases Administrativas.
3) Por cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista (Artículo 72 del Reglamento de la Ley Nº19.886).
4) Si la Dirección General de Movilización Nacional fuere demandada o perjudicada directa o indirectamente por la empresa contratada debido a la falta de pago de los trabajadores, de las obligaciones sociales y laborales, atendiendo lo señalado en las leyes N°20.238 y N°17.322.
5) Si se produjeren más de cinco eventos de multa cualquiera de las indicadas en el punto 10. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, letra k. Aplicación de Multas de las Bases Administrativas.
6) En el evento que el oferente ceda los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la DGMN puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
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j. Caso fortuito o fuerza mayor. |
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Todo incumplimiento de las obligaciones señaladas en las presentes bases por alguna de las partes constituirá una infracción de las mismas, salvo que dicho incumplimiento sea causado por fuerza mayor o caso fortuito (probado por la parte que lo alega).
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito el acontecimiento no imputable a las partes, imprevisible e inevitable, de tal naturaleza que impida total o parcialmente el cumplimiento de las obligaciones que impone el servicio contratado.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la DGMN, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones.
En conformidad a los constantes cambios en las medidas restrictivas de desplazamiento dispuestas por la Autoridad Sanitaria producto del Covid-19 y ante la eventual participación en el control de estas restricciones del personal que será trasladado, el adjudicatario tendrá que permitir el cambio de fechas en los traslados, de todos o de algún grupo en particular, situación que será informada a la brevedad por la DGMN, una vez se tenga la información confirmada de las autoridades respectivas.
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k. Aplicación de multas. |
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En caso que el proveedor adjudicado no dé cumplimiento al servicio contratado, la DGMN podrá en forma administrativa mediante resolución fundada, aplicar una multa de un 1 % del total adjudicado por cada evento o servicio incumplido, conforme a lo siguiente:
1) Si los vehículos o medios de transporte no cumplen con la capacidad para transportar a los pasajeros solicitados.
2) Si los medios terrestres contratados no lleguen a la hora debida a los lugares de embarque, impidiendo que los soldados se embarquen a tiempo.
3) Cuando exista retraso en el tiempo de reemplazo de buses, que deban reemplazarse por fallas técnicas durante el trayecto.
4) Retraso en la pronta solución a los problemas que puedan originarse con ocasión de fallas técnicas que se presenten en los traslados, imputables al contratante, por ejemplo si un bus queda en pana durante el trayecto y deban pernoctar en otra ciudad, en este caso, la empresa debe dar solución al problema, asegurando una estadía adecuada de acuerdo a la situación que se vive, dando a lo menos, alimentación y transporte para los soldados que realizan ese trayecto.
Las multas anteriores no podrán superar los cinco eventos. En dicho, caso, será causal de término del contrato y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Nota: El monto de la multa respectiva será descontado de la factura pendiente de pago o de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato, según el caso. Por su conceptualización, las multas están exentas de IVA.
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l. Vigencia del contrato. |
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El contrato tendrá validez desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba hasta el término de los traslados, es decir 30. NOV.2021. No obstante, por razones impostergables y de buen servicio, la prestación a que se refiere las presentes Bases de Licitación, comenzará a ejecutarse anticipadamente el 21.JUL.2021, aun cuando no se haya dado la total tramitación a la resolución que aprueba el contrato.
Asimismo, las partes expresan que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se han pactado sólo se cursará una vez que la Resolución Exenta que lo aprueba se encuentre totalmente tramitada.
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m. Término anticipado del contrato. |
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La DGMN tendrá la facultad para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en forma unilateral, sin derecho a indemnización alguna para el oferente contratado bajo este concepto, si ocurre alguna de las siguientes causales:
• Si el adjudicado fuera declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
• Si se disuelve la empresa adjudicada.
• Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario y las contenidas en las especificaciones técnicas.
• Cuando de común acuerdo, la DGMN y el adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
• Por falta de pago a los trabajadores de obligaciones sociales y laborales, atendiendo lo señalado en la Ley N°20.238 y Ley N°17.322.
• Por las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley N°19.886 y Artículo 77 de su Reglamento.
• En caso de producirse más de cinco eventos de Aplicación de multas.
• Cede los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial los establecidos en el contrato.
• Si es condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
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n. Forma de pago. |
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El pago se realizará en pesos chilenos, posterior a la verificación del cumplimiento del servicio ejecutado.
El contratista deberá comunicar el término de la totalidad de los servicios, mediante correo electrónico.
La contraparte técnica de la DGM, deberá emitir un informe de cumplimiento, dicho informe se deberá presentar en un plazo máximo de 05 días hábiles, a continuación se solicitará al proveedor la emisión de la respectiva factura, la cual deberá contener la siguiente información:
• Razón Social: Dirección General de Movilización Nacional.
• Rut: 61.110.000-0.
• Giro: Gobierno Central.
• Dirección: Vergara 262, Santiago, RM.
• Enviar factura al correo: factura.electrónica@dgmn.cl.
• Descripción detallada de los servicios realizados.
El pago se realizará en pesos chilenos, siendo esta pagada dentro del plazo de 30 días siguientes de la recepción de la factura, conforme a las normas establecidas para el sector público.
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o. Mecanismo de resolución de consultas de la adjudicación. |
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Los oferentes que deseen efectuar consultas posteriormente o referentes a la adjudicación, deberán remitir una carta dirigida al Jefe del Servicio, y entregarla en Vergara Nº262, Santiago centro, o mediante correo electrónico a adquisiciones@dgmn.cl.
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p. Re adjudicación. |
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Si el respectivo adjudicado se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento de contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, la DGMN podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación
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q. Supervisión y coordinación del contrato. |
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Como contraparte técnica para la coordinación del contrato se desempeñará el Jefe del Departamento de Reclutamiento y/o el encargado de Incentivo al Servicio Militar, quien tendrá las siguientes funciones:
• Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
• Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del servicio contratado.
Dar el visto bueno y recepción conforme de los servicios contratados, como también del trámite de los pagos y sanciones por incumplimiento del servicio contratado.
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r. Declaraciones juradas. |
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1) Declaración jurada simple para ofertar.
a) Para personas jurídicas.
El declarante (representante legal) expresa bajo juramento, que no le asiste a él ni a los socios ni ejecutivos de la empresa que participa en esta licitación, ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del Artículo 4 de la Ley N°19.886.
En Santiago a XX días del mes de XXXX de 2021.
b) Para personas naturales.
El declarante que suscribe esta declaración, expresa bajo juramento, que no le asiste ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del Artículo 4 de la Ley N°19.886, para participar en la presente licitación.
En Santiago a XX días del mes de XXXX de 2021.
2) Declaración jurada simple para contratar.
El proponente (persona jurídica debidamente representada por su representante legal) declara bajo juramento que la empresa no ha sido condenada a la pena contenida en el artículo 8 N°2 de la Ley N°20.393, sobre responsabilidad penal de personas jurídicas, esta es, prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado.
En Santiago a XX días del mes de XXXX de 2021.
Las declaraciones juradas deberán venir firmadas por quien tiene poder legal para hacerlo, con indicación expresa de su fecha de emisión.
La Dirección General de Movilización Nacional se reserva el derecho a solicitar que éstas sean nuevamente emitidas si fuere ilegible su texto o firma.
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s. BASES TÉCNICAS |
Generalidades. Los oferentes deberán realizar el traslado por medio del servicio de transporte terrestre y marítimo, ida y regreso, para los soldados conscriptos pertenecientes a la I, II, IV, V y VI División de Ejército, hasta los destinos finales en las ciudades mencionadas en el punto siguiente, servicios que se deben realizar entre los meses de Julio y Noviembre de 2021.
Requerimientos específicos formales. a) Los traslados se realizaran principalmente, desde Julio hasta Noviembre de 2021.
Las fechas y horarios específicos serán confirmados por la DGMN la tercera semana de Julio a la empresa contratante. Los tramos y cantidad de soldados a trasladar es el siguiente:
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TRASLADOS ZONA NORTE
TIPO DE SERVICIO: BUSES SERVICIO SEMI CAMA IDA Y VUELTA
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CIUDAD: ARICA.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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1ra. BRIACO
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AEROPUERTO ARICA
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1 Bus 19 Pjs.
1 Bus 18 Pjs.
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BRIMOT N°4
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AEROPUERTO ARICA
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1 Bus 48 Pjs.
1 Bus 43 Pjs.
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BRIMOT N°24 (PUTRE)
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REG. LOG. N°6 – AEROPUERTO ARICA
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1 Bus 50 Pjs.
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CIUDAD: IQUIQUE.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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2da. BRIACO
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Aeropuerto Iquique
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1 Bus 15 Pjs.
1 Bus 12 Pjs.
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CIUDAD: CALAMA.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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BRIMOT N°1
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Aeropuerto Calama
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1 Bus 40 Pjs.
1 Bus 39 Pjs.
1 Bus 56 Pjs.
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CIUDAD: ANTOFAGASTA.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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Reg. Log. N°1
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Escuela de Caballería Blindada Iquique
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01 Bus 27 Pjs.
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CIUDAD: COPIAPÓ.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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REG. N°23
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Aeropuerto Copiapó
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01 Bus 63 Pjs.
01 Bus 63 Pjs.
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CIUDAD: LA SERENA
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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Aeropuerto La Serena
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REG. N°21 (La Serena)
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1 Bus 56 Pjs.
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CIUDAD: SANTIAGO.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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Aeropuerto AMB
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REG. INF. N°1 Buin
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1 Bus 19 Pjs.
1 Bus 18 Pjs.
1 Bus 48 Pjs.
1 Bus 43 Pjs.
1 Bus 50 Pjs.
1 Bus 40 Pjs.
1 Bus 39 Pjs.
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REG. INF. N°1 Buin – ESC. ART. LINARES
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1 Bus 63 Pjs.
1 Bus 63 Pjs.
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TRASLADOS ZONA SUR
TIPO DE SERVICIO: BUSES SERVICIO SEMI CAMA IDA Y VUELTA
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CIUDADES: COYHAIQUE Y PUERTO AYSÉN.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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DESMOT N°14 (Coyhaique)
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Aeropuerto Coyhaique
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1 Bus 57 Pjs.
1 Bus 57 Pjs.
1 Bus 62 Pjs.
1 Bus 42 Pjs.
1 Bus 44 Pjs.
1 Bus 39 Pjs.
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REG.ING. N°8 Chiloé (Aysén)
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1 Bus 30 Pjs.
1 Bus 44 Pjs.
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CIUDAD: PUNTA ARENAS.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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REG.LOG. N°5
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Aeropuerto Punta Arenas
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1 Bus 27 Pjs.
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DESACO N°5 (Puerto Natales)
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Aeropuerto Punta Arenas
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1 Bus 46 Pjs.
2 Buses 58 Pjs.
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REG. Nº10 Pudeto
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Aeropuerto Punta Arenas
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1 Bus 57 Pjs.
2 Buses 103 Pjs.
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4ta. BRIACO (Ojo Bueno)
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Aeropuerto Punta Arenas
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1 Bus 37 Pjs.
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REG.LOG. N°5 - Aeropuerto Punta Arenas
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1 Bus 45 Pjs.
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DESMOT N°11 Porvenir (Tres Puentes)
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REG. Nº10 Pudeto
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1 Bus 27 Pjs.
1 Bus 50 Pjs.
1 Bus 28 Pjs.
1 Bus 51 Pjs.
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REG. Nº10 Pudeto (Traslada al DESMOT N°11)
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Aeropuerto Punta Arenas
|
1 Bus 27 Pjs.
1 Bus 50 Pjs.
1 Bus 28 Pjs.
1 Bus 51 Pjs.
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|
CIUDAD: PUERTO MONTT
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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Aeropuerto Puerto Montt
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REG. LOG. N°3 (Victoria)
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1 Bus 42 Pjs.
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DESMÑA. N°8 (Temuco)
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1 Bus 44 Pjs.
1 Bus 24 Pjs.
1 Bus 58 Pjs.
1 Bus 28 Pjs.
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REG. N°12 (Puerto Montt) - BAT. TEL. DIV. N°4 (Valdivia)
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1 Bus 39 Pjs.
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TERM. BUSES (Puerto Montt)
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1 Bus 27 Pjs.
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BAT. TEL. DIV. N°4 (Valdivia) - DESMÑA. N°8 (Temuco)
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1 Bus 37 Pjs.
1 Bus 50 Pjs.
1 Bus 45 Pjs.
1 Bus 51 Pjs.
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CIUDAD: CONCEPCIÓN.
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DESDE
|
HASTA
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TRANSPORTE
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Aeropuerto Concepción
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DESMÑA. N°17 (Los Ángeles)
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01 Bus 46 Pjs
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REG. N°9 (Chillán)
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01 Bus 57 Pjs
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REG. N°6 (Concepción)
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02 Buses 102 Pjs.
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CIUDAD: SANTIAGO.
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|
DESDE
|
HASTA
|
TRANSPORTE
|
|
Aeropuerto AMB
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ESC. INF. (San Bernardo)
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01 Bus 57 Pjs.
01 Bus 30 Pjs.
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Term. Buses Alameda –
ESC. INF. (San Bernardo)
|
01 Bus 57 Pjs.
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ESC. INF. (San Bernardo) – ESC. ART. (Linares) –
REG. N°6 (Concepción)
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01 Bus 62 Pjs.
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|
ESC. INF. (San Bernardo) –
REG. N°6 (Concepción)
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01 Bus 44 Pjs.
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TIPO DE SERVICIO: TRASLADO MARÍTIMO IDA Y VUELTA.
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE SUGERIDO
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CANTIDAD DE SLC
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Porvenir (DESMOT N°11)
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Tres Puentes, Punta Arenas.
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Barcaza (Austral Broom)
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156 SLC
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PASAJES INDIVIDUALES IDA Y VUELTA
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DESDE
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HASTA
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TRANSPORTE
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Calama
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Copiapó
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2 Pjes. individuales
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Antofagasta
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Diego de Almagro o cercano
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1 Pje. individual
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Copiapó
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3 Pjes. individuales
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Vallenar
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1 Pje. individual
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La Serena
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Ovalle
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7 Pjes. individuales
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Los Vilos
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1 Pje. individual
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Santiago
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Valparaíso
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15 Pjes. individuales
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Chillán
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1 Pje. individual
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Curicó
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13 Pjes. individuales
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Talca
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8 Pjes. individuales
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Linares
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1 Pje. individual
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Concepción
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4 Pjes.individuales
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Los Ángeles
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14 Pjes.individuales
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Temuco
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5 Pjes.individuales
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Concepción
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Chillán
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11 Pjes. individuales
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Puerto Montt
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Quellón
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1 Pje. individual
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Chaitén
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1 Pje. individual
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Temuco
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9 Pjes. individuales
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a) Los oferentes deberán considerar todos los tramos y cantidad de pasajeros solicitados, por lo que la oferta que no considere la totalidad de los traslados no será considerada para evaluación. siendo este un requisito excluyente de participación, se requiere que el oferente señale expresamente en su oferta lo solicitado.
b) Los oferentes deberán nombrar un ejecutivo coordinador a cargo, con un sistema de comunicación satisfactorio, red fija y/o celular, con poder de decisión ante eventualidades y coordinaciones de última hora, para responder dudas y consultas de los horarios de salida de los traslado desde los lugares de embarque, siendo este un requisito excluyente de participación, se requiere que el oferente señale expresamente en su oferta lo solicitado.
c) Los proponentes deberán contar con un sistema de venta de pasajes en línea, además de contar con oficinas repartidas a nivel nacional, siendo este un requisito excluyente de participación, se requiere que el oferente señale expresamente en su oferta lo solicitado.
d) Los viajes que por motivos justificados deban variar su fecha programada, deberán quedar pendiente sin costo adicional, indicando claramente el límite de tiempo que la DGMN debe comunicar a la empresa adjudicada del mencionado cambio, siendo este un requisito excluyente de participación, se requiere que el oferente señale expresamente en su oferta lo solicitado.
e) En caso de ser necesario el reemplazo de un bus u otro medio terrestre utilizado, durante el viaje, ya sea por fallas técnicas o atingentes al proveedor, estos se deberán efectuar en menos de 2 horas desde que ocurra el incidente. Para ser calificado lo anterior se requiere que el oferente señale expresamente que acepta esta condición y señale el tiempo máximo para ello.
f) Asimismo, el oferente debe considerar en su oferta que, ante posibles fallas técnicas o problemas del proveedor, que se produzcan durante el viaje, éste deberá dar solución al problema, otorgando alojamiento, alimentación y medio de transporte, a los soldados conscriptos que traslada, siendo este un requisito excluyente de participación, se requiere que el oferente señale expresamente en su oferta lo solicitado.
g) Las fechas y horarios de los traslados, serán informados por la DGMN, la tercera semana de Julio, a la Empresa Contratante.
h) Los medios terrestres (buses) deberán encontrarse en las Unidades Militares con 01 (una) hora de anticipación a la hora de salida programada, para el embarque de los pasajeros a sus respectivos buses, tanto de ida como de regreso.
i) En caso de cambios de horarios de salida de los buses por imprevisto, se deberá dar pronta solución e informar las nuevas horas de salida.
j) Los proponentes deberán considerar que los medios contratados cuenten con soporte logístico, que aseguren una adecuada alimentación a los pasajeros, según corresponda acorde a las horas de viajes.
k) En los viajes interprovinciales terrestres los buses solicitados serán Semi-Cama y en los trayectos de más de 05 horas, éstos deberán contar con la alimentación que corresponda al horario (desayuno, almuerzo y/o cena).
l) El Oferente debe asegurar que tanto los medios utilizados como el personal empleado para los desplazamientos cuenten con toda su documentación al día como:
- Revisión técnica y emisión de gases de los buses al día.
- Seguro obligatorio de pasajeros vigente, exigido por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
- Conductores con su licencia de conducir al día.
- Cantidad de conductores por bus (02), para relevo de acuerdo a la cantidad de horas de conducción y que cuenten con su respectivo descanso.
m) Los proponentes que no cumplan con la totalidad de las características técnicas formales solicitadas, no serán evaluados y su oferta será rechazada.
n) Los proponentes deberán indicar si el bus cuenta con las siguientes necesidades básicas para el traslado de los soldados conscriptos, las que serán evaluadas:
- Cinturón de seguridad (obligatorio, por lo tanto, es un requisito excluyente).
- Aire acondicionado.
- Baño.
- Televisión.
- Control de velocidad por GPS.
- Sistema Control de tiempo de conducción.
Se requiere que el oferente señale expresamente en su oferta lo solicitado.
El adjudicatario deberá dar cumplimiento estricto a las medidas sanitarias dispuestas para tales efectos por la Autoridad Sanitaria en el contexto de Covid-19.
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t. Matriz de evaluación |
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El procedimiento de evaluación consiste en calificar dos criterios de la oferta: los Aspectos Técnicos y los Aspectos Económicos, cada uno de los cuales será ponderado de acuerdo a sus factores y conforme al “Cuadro de criterios y ponderación”.
Con la suma de los dos puntajes ponderados se obtiene el puntaje total de cada oferente. La oferta que obtenga mayor calificación será la seleccionada, siempre y cuando su ponderación sea igual o superior a 60 (con dos decimales).
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t. Matriz de evaluación |
El procedimiento de evaluación consiste en calificar dos criterios de la oferta: los Aspectos Técnicos y los Aspectos Económicos, cada uno de los cuales será ponderado de acuerdo a sus factores y conforme al “Cuadro de criterios y ponderación”.
Con la suma de los dos puntajes ponderados se obtiene el puntaje total de cada oferente. La oferta que obtenga mayor calificación será la seleccionada, siempre y cuando su ponderación sea igual o superior a 60 (con dos decimales).
Cuadro de criterios de evaluación y ponderación:
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Nº
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Ítem
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Ponderación
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1.
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Aspectos técnicos
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40 %
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2.
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Aspectos económicos
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60 %
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Total
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100%
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- Aspectos técnicos.
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Factores
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Ponderación
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Puntaje
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1.1.
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Confort
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8%
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a.
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Posee aire acondicionado y televisión
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10
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b.
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Posee aire acondicionado o televisión
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5
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c.
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No informa
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0
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1.2.
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Seguridad
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8%
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a.
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Posee control de velocidad por GPS y sistema de control de tiempo de conducción.
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10
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b.
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Posee control de velocidad por GPS o sistema de control de tiempo de conducción.
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5
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c.
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No informa
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0
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Ponderación
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16%
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En caso de ser necesario el reemplazo de un bus durante el viaje:
1.3. Tiempo de reemplazo = Menor tiempo de reemplazo X 100 X 24%
Tiempo a evaluar
- Aspectos económicos.
Oferta económica = Oferta más económica X 100 X 60%
Oferta económica a evaluar
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Puntaje final
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Ponderación
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Aspectos técnicos
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Aspectos económicos
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Total
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u. Mecanismo de desempate. |
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En caso de empate entre dos o más oferentes, que obtuvieren la mayor ponderación, el desempate será para el oferente que obtenga mayor puntaje en los Aspectos Económicos. De mantenerse el empate, será para el oferente que obtenga mayor puntaje en el factor 1.3. “Tiempo de reemplazo” de los Aspectos Técnicos.
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