Contenido de las bases de licitación |
La única fuente de información para los proponentes serán las presentes bases de licitación y las aclaraciones que se produzcan conforme al punto b. siguiente. Si el proponente omite suministrar toda la información requerida, o presenta una oferta que no se ajuste sustancialmente a estas bases, se rechazará su oferta mediante resolución de inadmisibilidad.
Frente a cualquier discrepancia entre las presentes bases y la información contenida en la ficha digital, prima lo estipulado en las bases.
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Aclaración de las bases de licitación |
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl.
Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el mismo portal, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
Todas las aclaraciones que se efectúen pasarán a ser parte integrante de esta licitación.
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Gastos, derechos e impuestos |
Serán de cargo de los oferentes todos los costos inherentes y/o asociados a su participación en la licitación, a la preparación y presentación de su oferta, así como todos los gastos, derechos e impuestos que tengan su origen en el contrato que se suscriba si lo hubiere o para la implementación o cumplimiento de lo solicitado.
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Evaluación y calificación de las ofertas |
Las ofertas serán sometidas a evaluación conforme criterios objetivos previamente establecidos en las presentes bases. La evaluación se efectuará a base de la documentación presentada y/o registrada por cada oferente en el sistema de información.
La comisión evaluadora determinará si cada propuesta cumple con los aspectos formales establecidos en las bases en cuanto a la presentación de documentación, antecedentes dentro del plazo y con los requerimientos técnicos mínimos solicitados.
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Comisión evaluadora |
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora, designada para este efecto y en este acto por el Director General, la cual será integrada por los siguientes funcionarios:
• Subdirector General, o quien lo reemplace, quien presidirá la comisión evaluadora.
• Jefe Depto. DETIC o quien lo reemplace.
• Jefe de Sección Soporte o quien lo reemplace.
Además, asistirán en calidad de asesores:
• Un Asesor Jurídico.
• Jefe del Depto. Finanzas, o quien lo reemplace.
• Jefe de la Sección Adquisiciones, o quien lo reemplace, quien cumplirá a su vez la función de secretario.
La Comisión Evaluadora se constituirá a partir de la apertura de las ofertas en el Sistema de Información de Compras, y tendrá por objeto, entre otros aspectos, determinar si concurre alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad que impida contratar con la DGMN, para lo cual se encargará de analizar desde un punto de vista técnico, administrativo y económico las propuestas presentadas por los oferentes durante el proceso. Deberá, asimismo, examinar la situación legal administrativa de los oferentes y verificar el cumplimiento de los antecedentes y/o requisitos mínimos establecidos en las bases de licitación, para así, poder pasar a la etapa de calificación por la misma Comisión.
El proceso de evaluación se realizará mediante un proceso estandarizado señalado en el punto 10. “Requerimientos técnicos y otras cláusulas”, y en la “Matriz de evaluación” publicada en las presentes bases.
Por último, la Comisión Evaluadora dejará constancia de lo realizado en un Acta, la cual deberá contener lo resuelto por ésta con toda la documentación fundante y en la cual se propondrá adjudicar al oferente que obtuviere el mayor puntaje o a ninguno, según sea el caso, conforme a los criterios utilizados en el proceso de evaluación de las presentes bases y atendiendo a los intereses de la DGMN.
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Subcontrataciones |
El contratante no podrá ceder ni transferir totalmente la realización de las actividades a que se obligará con el contrato. Excepcionalmente podrá subcontratar la ejecución de alguna de ellas si tal subcontratación es autorizada por escrito por la DGMN para el caso específico. En todo caso, la persona o entidad con la que se subcontrate, previa autorización de la DGMN deberá satisfacer igualmente los requerimientos que se exigieron al contratante adjudicado para la ejecución de estas actividades, sin perder éste la responsabilidad correspondiente, se regirá en todo por lo establecido en la Ley N° 20.123 del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios, y deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales mediante certificados emitidos por la Inspección del Trabajo o bien por otros medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
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Confidencialidad |
Todas las materias, documentación e información que se genere, antes durante y después de los trabajos de planificación, desarrollo y ejecución del servicio encomendado, se deberán tratar con el correspondiente grado de confidencialidad y serán de uso exclusivo de la Dirección General de Movilización Nacional, la que se reserva el derecho de interponer las denuncias y/o demandas, ante los Tribunales de Justicia correspondientes por el mal uso de ellas. Se suscribirá adicionalmente un acuerdo de confidencialidad (NDA) con la empresa adjudicada, y además esta empresa deberá entregar copia de acuerdos de confidencialidad con cada profesional participante de este trabajo.
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Período de validez de la oferta |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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Caso fortuito o fuerza mayor |
Todo incumplimiento de las obligaciones señaladas en las presentes bases por alguna de las partes constituirá una infracción de las mismas, salvo que dicho incumplimiento sea causado por fuerza mayor o caso fortuito (probado por la parte que lo alega).
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito el acontecimiento no imputable a las partes, imprevisible e inevitable, de tal naturaleza que impida total o parcialmente el cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la DGMN, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones.
La DGMN podrá solicitar por escrito al adjudicatario alguna acción extraordinaria impredecible que permita facilitar el cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato que no genere mayor tiempo de ejecución ni costos asociados, y en cuyo caso el tiempo transcurrido no será imputable al proveedor.
Toda aplicación de obra, cambios o modificaciones y en general todo aquello que genere costos adicionales al contrato, deberán ser consensuadas por las partes antes de su ejecución, previa evaluación técnica y económica por parte de ambas partes.
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Aplicación de multas |
En caso de que el proveedor adjudicado no dé cumplimiento al servicio contratado, la DGMN podrá en forma administrativa mediante resolución fundada y sin forma de juicio, aplicar una (s) multa (s) equivalente al porcentaje determinado sobre el promedio del consumo del mes precedente cancelado por cada evento o servicio incumplido, conforme a lo siguiente:
- Se sancionará el incumplimiento de los plazos de entrega, según la siguiente tabla.
DÍAS DE ATRASO MULTAS
1 a 5 días 1 % por cada día
6 a 10 días 3 % por cada día
Los porcentajes serán calculados por el monto total de la Orden de Compra no podrá superar los 10 días de atraso.
- Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases administrativas o especificaciones técnicas, prevalecerá el criterio de la DGMN, sin perjuicio de la facultad que compete a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contratación Pública y/o los tribunales de justicia.
- La DGMN, estará facultada para exigir al proveedor la respectiva multa, la cual será informada mediante carta, y en la que se adjuntará la dictación de la resolución que aplica la sanción.
- No obstante lo indicado en punto 1, cuando se produzcan atrasos sobre diez (10) días de corrido de los plazos contenidos en las presentes bases, será motivo suficiente para la cancelación de la orden de compra. La DGMN, se reserva el derecho de ejercer las acciones judiciales que puedan derivarse por daños y perjuicios producto de dicho atraso y multas que ahí surgieren.
- La multa máxima será del 20% del El monto total de la compra. de lLa multa será notificadoa mediante resolución al proveedor, Ddicho pago deberá acreditarse dentro de cinco días hábiles desde la notificación de esta, resolución, en el Departamentoto. de Finanzas de nuestra Dirección. .
NOTA: Se entiende por "Atraso en la entrega”, el tiempo transcurrido en días de corrido desde la fecha de entrega, según contrato y la fecha real de recepción.
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Vigencia del contrato u orden de compra |
El contrato tendrá vigencia desde la emisión de la correspondiente orden de compra hasta 30 días corridos después de la entrega total de los productos solicitados y entregada la factura correspondiente.
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Término anticipado del contrato u orden de compra. |
La DGMN tendrá la facultad para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en forma unilateral y sin forma de juicio, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las siguientes causales:
• Si el adjudicado fuera declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
• Si se disuelve la empresa adjudicada.
• Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario y las contenidas en las especificaciones técnicas.
• Cuando de común acuerdo, la DGMN y el adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
• Por falta de pago a los trabajadores de obligaciones sociales y laborales, atendiendo lo señalado en la Ley N° 20.238 y Ley N° 17.322.
• Por las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley N° 19.886 y Artículo 77 de su Reglamento.
• En caso de cumplir con el tope de eventos según aplicación de multas.
• En el evento en que la contraparte se encuentre en infracción de lo dispuesto en el Artículo 4° inciso 6to, de la Ley N° 19.886.
• Por incumplimiento del acuerdo de Confidencialidad por parte de la empresa o por parte de alguno de sus participantes en el trabajo.
• Por infracción de la Ley de Control de Armas por parte de alguno de sus participantes en el trabajo.
• Por infracción a la Ley de Delitos informáticos de la empresa o de alguno de sus participantes en el trabajo.
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Forma de pago |
El pago se realizará en pesos chilenos en un único pago al término de la entrega total de los productos solicitados por cada línea, previa recepción conforme por parte del Jefe de Sección Soporte del DETIC.
El pago se realizará dentro del plazo de 30 días siguientes a la recepción de la factura, conforme a las normas establecidas para el sector público.
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Mecanismo de resolución de consultas de la adjudicación |
Los oferentes que deseen efectuar consultas a la adjudicación, deberán remitir una carta dirigida al Jefe del Servicio, y entregarla en Vergara Nº 262, Santiago Centro.
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Re adjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra, o no se inscribe en ChileProveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la DGMN podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Supervisión y coordinación del contrato |
Como contraparte técnica para la coordinación del contrato se desempeñará un funcionario designado por la DGMN, quien tendrá las siguientes funciones:
• Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
• Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del servicio contratado.
• Dar el visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también del trámite de los pagos y sanciones por incumplimiento del servicio contratado.
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Bases Técnicas |
Descripción General
La necesidad de la DGMN de adquirir insumos computacionales conforme al siguiente detalle:
Valores:
El oferente deberá indicar en su oferta económica el detalle de los valores unitarios, y totales incluidos los impuestos y despacho, en pesos, las ofertas que se presente en otra moneda quedaran fuera de la etapa de evaluación, requisito excluyente.
Plazo de entrega:
El plazo máximo de entrega de los productos será indicado en bases técnicas de cada línea, requisito evaluable y excluyente.
Se deberá señalar en la oferta el plazo de entrega en días hábiles.
El oferente que resulte adjudicado deberá despachar los productos en el plazo ofertado contemplando para estos efectos, Dicho plazo comenzara a correr desde el día siguiente hábil enviada la orden de compra a proveedor es decir en estado “enviada a proveedor” a través del portal www.mercadopublico.cl.
Dirección de despacho:
El despacho total de los productos se realizará en Vergara 262 comuna de Santiago, Región Metropolitana.
Horario de lunes a viernes de 08:30 a 17:00 hrs.
La Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), requiere contratar los servicios de mantención y reparación de diferentes dependencias, las cuales se detallan en los ANEXOS 1 AL 13.
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Matriz de evaluación |
El procedimiento de evaluación consiste en verificar en primera instancia el cumplimiento de los requisitos exigidos por ley, como segunda instancia el cumplimiento de los requisitos mínimos de participación y en tercera y última instancia evaluar dos aspectos de la oferta: los aspectos técnicos y económicos, cada uno de los cuales será ponderado de acuerdo al “Cuadro de ponderaciones”.
Con la suma de los dos puntajes ponderados se obtiene el puntaje total de cada oferente. La que obtenga mayor calificación será la oferta seleccionada.
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Mecanismo de desempate |
En caso de empate entre dos o más oferentes, que obtuvieren la mayor ponderación, el desempate será en el factor “Técnico”. De haber empate nuevamente será para el que obtenga mayor ponderación en el factor “Económico”, de haber empate nuevamente será para quien ingreso primero su oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl para finalmente proponer la adjudicación de un oferente o declarar inadmisibles las ofertas.
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Declaraciones juradas |
a. Declaración jurada para ofertar
El declarante (representante legal) expresa bajo juramento, que no le asiste a él ni a los socios ni ejecutivos de la empresa que participa en esta licitación, ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del Artículo 4 de la Ley N° 19.886, ni las relaciones de familia a las que se refiere la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales
En Santiago a xx días del mes de xxxx de xxxx
b. Declaración jurada para contratar
El proponente (persona jurídica debidamente representada por su representante legal) declara bajo juramento que la empresa no ha sido condenada a la pena contenida en el Artículo 8 N°2 de la ley N°20.393, sobre responsabilidad penal de personas jurídicas, esta es, prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado.
En Santiago a xx días del mes de xxxx de xxxx
Las declaraciones juradas deberán venir firmadas, por quien tiene poder legal para hacerlo, con indicación expresa de su fecha de emisión.
La Dirección General de Movilización Nacional se reserva el derecho a solicitar que éstas sean nuevamente emitidas si fuere ilegible su texto o firma, atendiendo a lo señalado en el punto 10. Letra c. de las Bases Administrativas, con el consecuente menor puntaje.
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