A.1 La ejecución de los trabajos contempla en cada proceso, la calidad de los materiales y mano de manera profesional de acuerdo con lo solicitado en las presentes bases y reglamentación según sea la obra que ejecutar. Adicionalmente, y de forma ineludible, el prestador de servicios estará sujeto a las siguientes normativas vigentes:
- Código del Trabajo, Libro II de la Protección a los Trabajadores.
- Ley N°20.123, que “Regula Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios”.
- Ley Nº17.288 Monumentos Nacionales y Normas Relacionadas.
- Ley Nº19.472 Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Ley 16.744; que “Establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”.
- Decreto Nº66/2007, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas.
- Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud, que establece el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo”.
- Decreto Nº20/2008, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles “Modifica Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas”.
- Decreto Nº50 del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado.
- Decreto Supremo Nº 76, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que “Aprueba Reglamento para la Aplicación del Artículo 66° Bis de la Ley N°16.744”, Sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en Obras, Faenas o Servicios que indica.
- Decreto N°44, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, subsecretaria de previsión social, que “Aprueba nuevo Reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable”.
- NCh de Electricidad Nº4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión.
- Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
- Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas que prestan servicios a la Dirección General de Movilización Nacional, Versión septiembre 2022; el cual se adjunta como anexo.
Dependiendo del tipo y/o características de los trabajos a realizar, se podrá mencionar otras normativas en los apartados de las Especificaciones Técnicas. Asimismo, cualquier asunto no aclarado en las especificaciones o planos (si existiese), deberán ser resueltas por el Inspector Técnico, mediante registro en el Libro de Obras.
A.1 Por otra parte, el Contratista será el responsable de ejecutar las reparaciones de todas aquellas instalaciones y edificaciones que hayan sido dañadas voluntaria o involuntariamente durante la ejecución de la obra, las cuales serán a su entero cargo y costo, hasta la recepción conforme por el Inspector Técnico.
A.2 Se entiende, además que los trabajos comprenden lo señalado en estas especificaciones técnicas y oferta del contratista, debido a lo cual, cualquier omisión del Contratista al respecto será corregido a su entero cargo y costo.
A.3 El Inspector Técnico, velará por el cumplimiento del presente documento y sólo él tendrá la capacidad de resolver cualquier error u omisión en el presente texto o en los planos si existiesen. Además, podrá ordenar a cuenta del Contratista ensayos de control de calidad, si se estima que algún material no cumple con los requisitos mínimos exigidos en estas especificaciones u oferta del contratista.
A.4 Todo aquel material que se emplee en los trabajos deberá ser nuevo, no admitiéndose la reutilización de materiales provenientes de los trabajos de demolición o de otras obras que esté ejecutando el contratista, autorizándose eventualmente y/o manteniendo únicamente, aquellos elementos expresamente mencionados en el Libro de Obras y en las presentes Bases Técnicas respectivamente.
A.5 La Inspección Técnica en terreno, podrá rechazar u ordenar el retiro dentro del plazo que fije por Libro de Obras, de todos aquellos materiales que no sean del tipo y calidad requerida o detallada.
A.6 El Contratista será a todo evento, el responsable de las cantidades y cubicaciones de su oferta; las cantidades informadas en el Itemizado son meramente referenciales para efectos del cuadro comparativo; por lo tanto, cada Contratista deberá efectuar sus mediciones y cubicaciones finales para su oferta.
Debiendo, en su oferta describir los productos a utilizar (tipo, cantidad, calidad, marca, color, espesor, etc.) y la ejecución del trabajo.
A.7 La adquisición y provisión de la maquinaria, herramientas, materiales necesarios para ejecutar la obra, instalación de faenas, almacenes, depósitos de materiales y en general, todos los gastos que directa o indirectamente origine la ejecución adecuada de las obras serán de cargo exclusivo del Contratista.
A.8 El Contratista será responsable del orden en las instalaciones o faenas, de los trabajos y de su permanente limpieza, eliminación de escombros, y del acopio de materiales.
A.9 El Contratista será responsable de las instalaciones y construcciones provisorias, con el fin de satisfacer las necesidades de los trabajos durante el período de las faenas, las cuales deberán cumplir con las normas y disposiciones establecidas en el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo, Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud, y ser retiradas al término de los trabajos.
A.10 El Contratista deberá dar cumplimiento a todas las normas legales, reglamentarias y administrativas vigentes en materia medioambiental, velando por la protección del medio ambiente y la preservación del entorno que pudiere verse afectado por la ejecución de los trabajos, haciéndose personalmente responsable de la reparación total de cualquier daño que pudiere causar. Será de su exclusiva responsabilidad la tramitación y obtención de cualquier permiso administrativo que los organismos públicos competentes en la materia pudieren exigirse a raíz de la ejecución de los trabajos.
A.11 El Contratista deberá adoptar todas las demás providencias razonables para proteger el medio ambiente en la zona de las obras y sus alrededores, especialmente, quedará estrictamente prohibido verter desechos o materiales de cualquier naturaleza en las calles y propiedades adyacentes a las instalaciones donde se realizan los trabajos, asimismo, deberá cumplir con las normativas vigentes de la administración o autoridad local sobre los ruidos molestos y horarios de trabajos.
A.12 El Contratista será el responsable de efectuar los trámites, solicitar los permisos municipales de vías públicas adyacentes a la faena, para la instalación de andamios, señalética, maquinaria y todo tipo de implementación necesaria para la ejecución de las obras que afecte indirectamente al uso de las vías públicas.
A.13 El Contratista que descubra en terreno artículos de valor o antigüedades y otros restos de objetos de interés o valor histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, deberá adoptar todas las precauciones razonables para impedir que su personal u otras personas retiren o dañen dichas especies y dar aviso inmediatamente al Inspector Técnico de ese hecho, quien procederá según lo establecido en la Ley Nº 17.288 “Monumentos Nacionales y Normas Relacionadas”.
A.14 La Empresa deberá entregar el nombre y el número celular del encargado de los trabajos (Supervisor) o Jefe de Obras, quien deberá permanecer a tiempo completo en la obra durante la ejecución de los trabajos, velando por las normas de seguridad de sus trabajadores, la correcta ejecución de los trabajos, las coordinaciones y gestiones necesarias que deriven, y en general el control completo, lo que será fiscalizado por el Inspector Técnico en conjunto con Prevencionista de Riesgos de la Organización, quién dejará constancia en el libro de obra de las anomalías que observare y, en caso de reincidencia, podrá aplicar las multas correspondientes. Así mismo en caso de detectar incumplimiento de normas de seguridad establecidas en estas bases y en la normativa legal vigente o se vulnere la integridad de los trabajadores, el Prevencionista de Riesgos de la parte mandante procederá a paralizar las faenas hasta que las condiciones subestándares sean corregidas.
A.15 Las marcas comerciales citadas en las Especificaciones Técnicas son las que representan la calidad esperada de los trabajos y se consignan a modo de referencia; por consiguiente, el Licitante podrá presentarse a la propuesta con materiales o equipos de marcas distintas de lo especificado, toda vez que estos sean los equivalentes técnicos de lo solicitados, debiendo entregar junto con su oferta un listado de los productos a utilizar.
A.16 El Contratista deberá considerar todos los elementos de protección personal (EPP) necesarios para la protección de la vida y salud de sus trabajadores, entre otros: guantes, arneses, cascos de seguridad, antiparras, zapatos de seguridad, cinturones de seguridad, cuerda vida, mascarillas para la protección respiratoria dependiendo del agente presente. La inspección será rigurosa en la exigencia de dichos elementos de protección en todo momento. La no existencia de alguno de estos elementos dará la facultad inmediata al Prevencionista de Riesgos e Inspector para detener los trabajos; sin perjuicio del cumplimiento de los plazos acordados.
A.17 Es responsabilidad de las empresas contratistas o subcontratistas:
- Controlar riesgos asociados a obras o servicios que ejecuten y considerar el control de riesgos en la propuesta de trabajo, así como en su ejecución.
- Dar fiel cumplimiento a lo establecido en el Código del Trabajo; la Ley Nº 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; la normativa complementaria de ambos cuerpos legales y a las instrucciones, normas y procedimientos impartidos y/ o dispuestos por el Ministerio de Salud.
- Suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección de la vida y salud, adoptando todas las medidas de prevención que correspondan, destinadas a controlar los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Informar oportuna y convenientemente a todos los trabajadores que realizan actividades en obra, faena o servicio, de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo seguro.
- Cumplir con los procedimientos de información y operación en caso de ocurrencia de accidentes graves o fatales en una faena, obra o servicio, entregando toda la colaboración e información a la Inspección del Trabajo y Secretaría Regional Ministerial de Salud correspondiente.
- Contar con un Departamento de Prevención de Riesgos, dirigido por un experto en prevención de riesgos, cuando la empresa cuente con más de 100 trabajadores.
- Asegurar que la salud de los trabajadores asignados al trabajo o servicio es compatible con las características del trabajo que desempeña, mediante las respectivas certificaciones médicas.
- Proporcionar todos los implementos de trabajo y de seguridad que sean necesarios o útiles para el más eficiente, seguro y oportuno desarrollo de los servicios y/o trabajos. Los elementos que deben ser entregados, como mínimo, son los siguientes, debidamente certificados de conformidad con la normativa aplicable:
ü Casco de seguridad.
ü Zapato de seguridad.
ü Guantes de Seguridad.
ü Lentes de Seguridad.
ü Buzo o tenida con logotipo distintivo de la empresa.
- Adoptar las medidas que permitan que los servicios sean ejecutados en forma coordinada con otros trabajos que él mismo, la Dirección General de Movilización Nacional y otro contratista o subcontratista, estén realizando en el lugar de la obra, faena o en sus proximidades.
- Estar adherido a un organismo administrador del seguro de accidentes laborales y enfermedades profesionales de la Ley Nº 16.744.
- Instruir a todo su personal, al inicio de cada faena y de manera permanente durante la jornada laboral, sobre los riesgos potenciales que presenta su propio trabajo y/o aquellos relacionados con las dependencias y operaciones que se ejecutan en las instalaciones de la Dirección General de Movilización Nacional, para lo cual el personal involucrado en la faena, firmará el documento correspondiente que acredite haber recibido la inducción relacionada al trabajo a realizar.
A.18 La empresa Contratista y/o Subcontratista deberá presentar y mantener un programa de trabajo seguro, considerando de supervisión permanente de los trabajos que se ejecuten de modo de evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo, enfermedades profesionales y/o daño a la propiedad.
Elaborar procedimientos de trabajo seguro en los siguientes casos:
ü Trabajo con sustancias peligrosas
ü Compresores de aire.
ü Trabajos en espacios confinados.
ü Esmeriles.
ü Trabajos con Andamios.
ü Trabajos de Soldadura.
ü Trabajo en altura.
ü Orden y Aseo.
ü Prevención de Incendio.
No obstante, a lo anterior la supervisión deberá estar a cargo de un experto en prevención de riesgos acreditado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI), para los trabajos indicados a continuación: que puedan originar caídas de más de 1,8 metros de altura de la superficie del suelo; que se realicen en techumbre o en altura; o que sean considerados de alto riesgo, por la Oficina de Prevención de Riesgos de la DGMN.
A.19 La empresa Contratista o Subcontratista que preste servicios por más de treinta días, deberá entregar mensualmente a la Dirección General de Movilización Nacional, un informe de las actividades desarrolladas en materia de Prevención de Riesgos, en donde se deberá incluir como mínimo:
- Nómina del Personal, con nombre completo, cedula de identidad, cargo, lugar y horario de trabajo.
- Registro de Inspecciones y observaciones de seguridad.
- Registro de charlas de seguridad desarrolladas.
- Registro de ocurrencia de cualquier accidente del trabajo o el diagnóstico de cualquier enfermedad profesional.
- Registro de Investigaciones de accidentes.
- Estadísticas (tasa de accidentabilidad y tasa de siniestralidad)
- Copia de la última cotización por concepto de seguro de accidentes del trabajo y enfermedad profesional del organismo administrador al cual se encuentra afiliado.
A.20 La empresa para incorporar a un nuevo trabajador a las dependencias de la Dirección General de Movilización Nacional deberá entregar según corresponda a la Oficina de Prevención de Riesgos de la DGMN., con 24 horas de anticipación al ingreso de la persona, los siguientes antecedentes:
- Copia del contrato de trabajo.
- Fotocopia carnet por ambos lados.
- Registros de:
ü Charla de Inducción.
ü Entrega de los elementos de protección personal.
ü Recepción del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.
ü Examen ocupacional que acredite que la persona se encuentre apta para la labor a realizar (según corresponda).
ü Otro antecedente requerido para efectuar la labor
Una vez entregados estos antecedentes, la Oficina de Prevención de Riesgos de la DGMN los evaluará y si se encuentran conforme a la legislación, emitirá un certificado, el cual permitirá el ingreso del trabajador a las dependencias de La Dirección General de Movilización Nacional. Sin el certificado no se autorizará el ingreso a las instalaciones de la organización.
Cautelar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos para el acceso de sus trabajadores, a las instalaciones de la Dirección General de Movilización Nacional en forma oportuna, lo mismo para el ingreso de vehículos, maquinarias y otros recursos necesarios para la ejecución del trabajo o servicio.
A.21 Será responsabilidad del Contratista, la eliminación de los desechos que genere su actividad depositándolos en contenedores destinados exclusivamente a tal objeto. A su vez deberá proporcionar, conservar y reponer todos los contenedores que sean necesarios para el cumplimiento de dicho procedimiento de eliminación e identificarlos consignando en cada uno de ellos las palabras “desecho doméstico”, “desecho industrial no peligroso”, “desecho industrial peligroso”, según corresponda.
A.22 El Contratista será responsable de mantener instaladas todas las señaléticas provisorias, inherentes a los trabajos, y de acuerdo a lo establecido en el titulo 8 art. 102 de la Ley de tránsito, debiendo indicar las zonas de trabajo y posibles desvíos, lo que deberá coordinar previamente con la autoridad local.
A.23 El Contratista, hará entrega de un Libro, foliado y en triplicado, teniendo la obligación de mantenerlo en el lugar de faenas, el cual será retirado por el Inspector Técnico al término de los trabajos. Dicho libro, contendrá todas las anotaciones, aclaraciones e instrucciones durante la ejecución de los trabajos.
A.24 El Contratista está obligado a dejar constancia, en un libro de asistencia, el nombre, fecha, hora y firma al ingreso y salida de la obra de cada uno de sus trabajadores, a fin de establecer con exactitud los períodos durante los cuales estos realizaron los trabajos para la Institución.
A.25 La Empresa será responsable en todo momento de la seguridad de sus trabajadores e instalaciones donde se encuentra ejecutando los trabajos, no obstante, el Prevencionista de Riesgos de la DGMN o cualquier persona de la organización que detecte un incumplimiento al respecto, paralizará de forma inmediata la obra, hasta que se corrija lo observado.
A.26 Para los trabajos que deban desarrollarse en altura física, sobre 1,8 mts., el contratista o subcontratista, además de contar con los exámenes pre-ocupacionales de los trabajadores que realizarán dicho trabajo, deberá contar con los equipos necesarios para prevenir caídas, los cuales deben estar en perfectas condiciones, deben ser certificados y nunca actuados (En caída). Como así también contar con el personal idóneo, debidamente capacitado para el arme y desarme de los andamios.
A.27 El Contratista, deberá presentar las respectivas capacitaciones de los trabajadores para la labor que se desempeñan cada uno de ellos, es decir, todas las hojas de control de capacitaciones e inducciones, incluyendo todos los datos de los participantes, tema tratado y quien la realizó, esto en cumplimiento al Decreto N° 76 que, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios que indica”.
A.28 El Contratista deberá coordinar con el responsable de la dependencia intervenida, el lugar de acopio de materiales y herramientas de trabajo y la factibilidad de utilización de inodoros durante el desarrollo de ellos, objeto sea considerado o no en la instalación de faenas.
A.29 El contratista deberá tomar conocimiento de lo dispuesto en el “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de la Dirección General de Movilización Nacional”, el cual se adjunta como anexo.
B.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
B.1. MANTENIMIENTO DE 158 EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DEL EDIFICIO CENTRAL, CANTONES DE RECLUTAMIENTO DE LA REGIÓN METROPOLITANA, VALPARAISO Y LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O´HIGGINS.
La DGMN requiere el servicio de mantenimiento planificado preventivo y correctivo para 158 equipos de aire acondicionado, de acuerdo con el siguiente detalle:
- 138 equipos de aire acondicionado del Edificio Central.
- 20 equipos de aire acondicionado en los Cantones de Reclutamiento de la Región Metropolitana, Valparaíso y Libertador General Bernardo O’Higgins.
B.1.1. SERVICIO DE EMERGENCIA:
La DGMN, posee tres equipos de aire acondicionado (2 equipos de la sala servidores y 01 equipo de la central telefónica) que funcionan las 24 horas del día, los siete días de la semana; los cuales tienen como propósito mantener el correcto funcionamiento de la sala servidores y la central telefónica. Por tal motivo, el oferente debe contar con un servicio de asistencia ante emergencias que pueda atender eventuales fallas de estos tres equipos (requisitos de admisibilidad).
La respuesta para el servicio de emergencia de estos equipos no puede ser superior de 2 horas, las 24 horas y los siete días de la semana.
B.1.2. PLAN DE MANTENIMIENTO:
La empresa deberá confeccionar un plan anual de conformidad a los manuales de mantenimiento del fabricante, o en su defecto deberá confeccionar uno que a lo menos contenga lo siguiente:
B.1.2.a: PLAN DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO SEMESTRAL Y MENSUAL:
Este plan incluirá una mantención semestral a cada uno de los 158 equipos, a excepción de los 2 equipos de la sala servidores y 01 equipo de la central telefónica que deben ser mantenidos de forma mensual.
Para esta mantención, la empresa que se adjudique el mantenimiento deberá presentar un programa de mantenimiento semestral por equipo, donde se incluyan todos los equipos detallados en B.1.3 y B.1.4, en la cual se realizará lo siguiente:
- Lavado químico a unidad interior.
- Lavado químico a unidad exterior.
- Limpieza de evaporador.
- Limpieza de rodete de evaporador.
- Limpieza de condensador.
- Limpieza del circuito desagüe del condensador.
- Limpieza y verificación de funcionamiento de la bomba de condensado.
- Chequeo de funcionamiento del compresor.
- Chequeo de motor y ventilador de la unidad interior.
- Chequeo de motor y ventilador unidad exterior.
- Chequeo de anclajes de unidad exterior, sellar en caso de posibles filtraciones de agua.
- Chequeo de dispositivo de expansión.
- Chequeo del funcionamiento estado de conservación del sistema de control eléctrico, cambiar capacitores en caso de ser necesario.
- Limpieza de carcasa unidad interior.
- Limpieza de carcasa unidad exterior.
- Lavado de todos los filtros de aire.
- Verificar estado de carga del refrigerante, observando posibles fugas en uniones y circuito de refrigeración completo, reparar en caso de filtración, cargar con refrigerante y realizar pruebas operacionales.
- Verificar estado del aislante térmico de las cañerías entre unidad interior y exterior, reparar o reemplazar en caso de ser necesario, objeto no desperdiciar el trabajo del equipo.
- Verificación de circuito eléctrico y ajustar piezas si corresponde.
- Verificar el reapriete mecánico completo.
- Efectuar medición de consumo eléctrico y verificar rendimiento del compresor.
- Verificación de aletas difusoras de temperatura y corregir si están dobladas o fuera de su posición.
- Verificación del correcto funcionamiento del desagüé de los equipos y corregir o remplazar si es necesario.
B.1.2.b: MANTENIMIENTO CORRECTIVO:
En caso de falla de alguno de los sistemas y se requiera cambio de componentes dañados no descrito en el punto anterior, se deberá presentar un informe técnico que detalle los motivos que produjeron la falla, la solución y 02 cotizaciones del elemento a reemplazar, en distintas empresas distribuidoras del repuesto, más 1 cotización de la empresa adjudicada. Para el reemplazo o reparación no se considerarán costos por mano de obra debido a que es parte del servicio contratado y será asumido por la empresa que se adjudique la presente licitación. Asimismo, indicará el tiempo involucrado en la reparación.
En el caso que la falla se deba a un mal mantenimiento o trabajo, la empresa será la responsable de efectuar la reparación a su total coste y de su pecunio; en caso contrario, la empresa deberá acreditar origen de la falla.
Los trabajos de reparación, se iniciarán previa autorización de la DGMN y una vez emitida una nueva orden de compra.
B.1.2.c. MANTENIMIENTO PREDICTIVO:
En caso de que la empresa mantenedora o algún funcionario de la DGMN evidencien alguna anomalía o falla que se pueda presentar a futuro, la empresa deberá confeccionar un informe técnico al respecto y seguir procedimiento estipulado en punto anterior para su corrección.
B.1.3. DISTRIBUCION DE EQUIPOS EN EDIFICIO CENTRAL:
|
DISTRIBUCIÓN Y UBICACIÓN
|
|
CANT.
|
BTU
|
DESCRIPCIÓN
|
UBICACIÓN
|
FRECUENCIA DE MANT.
|
|
4
|
24.000
|
CASSETTE CLARK
|
2° PISO CASINO
|
SEMESTRAL
|
|
3
|
24.000
|
SPLIT PISO CIELO
|
1° PISO CASINO (AUDITORIO)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
PISO -1° CASINO (BODEGA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
PISO -1º CASINO (CONDUCTORES)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
VENTANA
|
GARITA (GUARDIA 2 GRAJALES)
|
SEMESTRAL
|
|
2
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
SALA PRATT
|
SEMESTRAL
|
|
3
|
12.000
|
VENTANA PANASONIC
|
CASONA ZENTENO
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
1º PISO ENTRADA CASONA (SEGURIDAD)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA SAMSUNG
|
6° PISO GRAJALES (OF. JEFE JURIDICA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA CLARK
|
6° PISO GRAJALES (OF. SEC. JURIDICA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA SAMSUNG
|
6° PISO GRAJALES (OF. ASESORES JURIDICA / PLANIF.)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
VENTANA CLARK
|
6° PISO GRAJALES (OF. ASESOR JURIDICA 2)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
24.000
|
VENTANA CLARK
|
5º PISO GRAJALES
( JEFE PLANIFICACIÓN)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO LENNOX
|
5° PISO GRAJALES (SECRETARIA PLANIFICACIÓN)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA PANASONIC
|
5° PISO GRAJALES (SALA REUNIONES PLANIFICACIÓN)
|
SEMESTRAL
|
|
2
|
9.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
5º PISO GRAJALES (ACESORES PLANIFICACION)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
|
5° PISO GRAJALES (SEC. SUBDIRECIÓN)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
CASSETTE CLARK
|
5° PISO GRAJALES (OF. SUBDIRECTOR)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA PANASONIC
|
5° PISO GRAJALES (OF. RESERVADO SUBDIRECTOR)
|
SEMESTRAL
|
|
2
|
18.000
|
CASSETTE CLARK
|
4° PISO GRAJALES (OF. DIRECTOR)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA PANASONIC
|
4° PISO GRAJALES (OF. RESERVADO DIRECTOR)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDALL
|
4° PISO GRAJALES (SECRETARIA DG)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
VENTANA PANASONIC
|
4° PISO GRAJALES (OF. 1)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
4° PISO GRAJALES (OF. 2)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
24.000
|
CASSETTE CLARK
|
4° PISO GRAJALES
(SALA DE MANDO)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
3° PISO GRAJALES (JEFE DGDP OF. 1)
|
SEMESTRAL
|
|
3
|
24.000
|
CASSETTE CLARK
|
3° PISO GRAJALES (DGDP OF. 2 y 3)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
3° PISO GRAJALES (DGDP OF. 4)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
3° PISO GRAJALES (DGDP OF. 5)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
3° PISO GRAJALES (DGDP
FISCALIA MILITAR)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
3° PISO GRAJALES (DGDP
JURIDICO)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
3º PISO GRAJALES (DGDP JEFE BIENESTAR)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
|
3° PISO GRAJALES (BIENESTAR)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
2° PISO GRAJALES (DECAE OF. 1)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA
|
2° PISO GRAJALES (DECAE OF. 2)
|
SEMESTRAL
|
|
2
|
18.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
2° PISO GRAJALES
(DECAE OF. 3)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
CASSETTE CLARK
|
2° PISO GRAJALES (DECAE OF. 4)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
|
2° PISO GRAJALES
(DECAE OF. 5)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
CASSETTE CLARK
|
2° PISO GRAJALES (DECAE OF. 6)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
2° PISO GRAJALES
(DECAE OF. 7)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
1° PISO GRAJALES (DECAE SECRETARIA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO GRAJALES (JEFE DECAE)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO GRAJALES (DECAE OF.1)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO GRAJALES
(DECAE PLANIFICACIÓN)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
1° PISO GRAJALES (DECAE)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA PANASONIC
|
1° PISO GRAJALES
(ANFUMOV)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDALL
|
PISO -1 GRAJALES
(SASTRERÍA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
PISO -1 GRAJALES
(PELUQUERIA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
MIDEA
|
5° PISO VERGARA (OF.1)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
5º PSO VERGARA (OF.2)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
5° PISO VERGARA (OF.3)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
5º PISO VERGARA (OF.4)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
5º PISO VERGARA (OF.5)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
VENTANA CLARK
|
5° PISO VERGARA (OF.6)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
4° PISO VERGARA (JEFE DEREC)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
KENDALL SPLIT ON OFF
|
4° SECRETARIA (DEREC)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
4° PISO VERGARA (DEREC SALA REUNIONES)
|
SEMESTARL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
4° PISO VERGARA (INSPECTORIA GENERAL)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
4º PISO VERGARA (JEFE DE DEAL DEREC)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT KENDAL
|
4° PISO VERGARA (PROCESO DEREC)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
24.000
|
SPLIT MURO
|
4° PISO VERGARA (OF. DEREC)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
4° PISO VERGARA (JEFE DECON)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
|
4° PISO VERGARA (DECON)
|
SEMESTRAL
|
|
3
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
5° PISO VERGARA (DECON)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT KENDALL ON OFF
|
4° PISO VERGARA (JEFE DEF)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO
|
4° PISO VERGARA (DEF SECRETARIA)
|
SEMESTRAL
|
|
3
|
18.000
|
KENDALL SPLIT ON OFF
|
4° PISO VERGARA (DEF SALA PRINCIPAL)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
4º PISO VERGARA (DEF. OF1)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
4º PISO VERGAR (DEF. OF2)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
4º PISO VERGARA (DEF. OF3)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
4º PISO VERGARA (DEF. OF4)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
4º PISO VERGARA (DEF. OF5)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
4º PISO VERGARA (DEF. OF6)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
3° PISO VERGARA (JEFE DETIC.)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
3° PISO VERGARA (SECRETARIA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
3° PISO VERGARA (SALA REUNIONES DETIC)
|
SEMESTRAL
|
|
2
|
18.000
|
CASSETTE CLARK
|
3° PISO VERGARA (DETIC.)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
36.000
|
SPLIT PISO CIELO
|
3° PISO VERGARA (SALA SERV. DETIC)
|
MENSUAL
|
|
1
|
24.000
|
VENTANA
|
3° PISO VERGARA (SALA SERV.DETIC)
|
MENSUAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
3° PISO VERGARA (DETIC. SOPORTE)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
3° PISO VERGARA (DETIC. SOP. TEC.)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
3° PISO VERGARA (JEFE UAI)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
VENTANA PANASONIC
|
3° PISO VERGARA (SUB-JEFE AUDITORIA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
24.000
|
CASSETTE CLARK
|
3° PISO VERGARA (AUDITIRIA INTERNA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
|
2° PISO VERGARA (IMPRENTA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
2° PISO VERGARA (JEFE MOVILIZACION)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
2° PISO (DEMOV. SECRETARIA)
|
SEMESTRAL
|
|
2
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
2° PISO (DEMOV OF. PRINCIPAL)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
2º PISO (DEMOV OF.1)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
2º PISO (DEMOV OF.2)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
2º PISO (DEMOV OF.3)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
VENTANA
|
2º PISO (DEMOV OF.4)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
2° PISO VERGARA (JEFE ADQUISICIONES)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
|
2° PISO VERGARA (ADQUISICIONES)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
2° PISO VERGARA (JEFE DEAL)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
2º PISO VERGARA (SECRETARIA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
2º PISO VERGARA (SEJU DEAL)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO MIDEA
|
2º PISO VERGARA (INVENTARIO)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
VENTANA CLARK
|
2° PISO VERGARA
(INFRAESTRUCTURA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
|
2° PISO VERGARA (FACTURACION DEAL)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
2° PISO VERGARA (PLANIF. DEAL)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO VERGARA (REGISTRATURA)
|
SEMESTRAL
|
|
2
|
24.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO VERGARA (DECO)
|
SEMESTRAL
|
|
4
|
9.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO VERGARA (DECO)
|
SEMESTRAL
|
|
2
|
24.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO VERGARA (CANTON SANTIAGO)
|
SEMESTRAL
|
|
3
|
9.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO VERGARA (CANTON Y OIR.)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO VERGARA (CENTRAL TELEF.)
|
MENSUAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO VERGARA (OIRS)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
1° PISO VERGARA (ENFERMERIA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO
|
1° PISO VERGARA (GUARDIA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
|
PISO MENOS 1 VERGARA (OFICINA)
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
48.000
|
SPLIT PISO CIELO
|
PISO MENOS 1 VERGARA (TRANSPORTE)
|
SEMESTRAL
|
B.1.4. DISTRIBUCION DE EQUIPOS EN CCRR.:
|
DISTRIBUCIÓN Y UBICACIÓN
|
|
CANT.
|
BTU
|
DESCRIPCIÓN
|
UBICACIÓN
|
FRECUENCIA DE MANT.
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
CANTON VALPARAISO
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
CANTON QUILLOTA
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
CANTON SAN FELIPE
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
CANTON LOS ANDES
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
CANTON COLINA
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
CANTON
SAN ANTONIO
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLACK
|
CANTON TALAGANTE
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
24.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
CANTON MAIPU
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
CANTON PUDAHUEL
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
CANTON PUDAHUEL
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO IDAPI
|
CANTON CONCHALI
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO IDAPI
|
CANTON PROVIDENCIA
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
24.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
CANTON SAN MIGUEL
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO KENDAL
|
CANTON LAS CONDES
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
24.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
CANTON LA FLORIDA
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
9.000
|
SPLIT MURO CLARK
|
CANTON PUENTE ALTO
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
24.000
|
SPLIT MURO IDAPI
|
CANTON
SAN BERNARDO
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
CANTON
RENGO
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
18.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
CANTON SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA
|
SEMESTRAL
|
|
1
|
12.000
|
SPLIT MURO
CLARK
|
CANTON
SAN FERNANDO
|
SEMESTRAL
|
C.- VISITA A TERRENO: La vista a terreno para la presente licitación, se efectuará solo para los equipos ubicados en Vergara N°262, Santiago Centro en la fecha y hora señalada para tal efecto, siendo de carácter “obligatoria y excluyente”, esto, con el objeto de que el oferente pueda cotejar y observar en terreno los detalles de los trabajos solicitados en las BBTT, para posteriormente presentar una detallada Oferta Técnica.
D.- OFERTA TÉCNICA: El contratista deberá presentar una oferta técnica de los mantenimientos a realizar, donde incluirá como mínimo: materiales, repuestos e insumos a utilizar, marca de insumos y productos, etc.).
Lo anterior tiene como finalidad comparar la calidad de materiales e insumos a utilizar en la obra. El oferente NO deberá subir como oferta técnica, las presentes bases (Imprimir Pantalla), debiendo realizar una propuesta propia y detallada de su oferta.
E.- PLAN DE TRABAJO: El oferente deberá presentar un plan de trabajo detallado, donde especifique cómo efectuará el trabajo, maquinaria y equipos especiales, herramientas, medidas de seguridad, etc. ("cómo", "cuándo" y "con qué" se realizarán los mantenimientos), incluyendo una carta Gantt del trabajo.
F.- VALIDEZ DE LA OFERTA: El contratista deberá indicar en su oferta, el tiempo de validez de esta, la que por motivos y plazos administrativos no podrá ser inferior a 60 días (excluyente).
G.- FECHA DE INICIO DE TRABAJOS: Los trabajos deberán ejecutarse según lo indicado en “B.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:” mencionado anteriormente, y posterior a emisión de la respectiva orden de compra o la suscripción del contrato.
H.- PLAZO DE ENTREGA: El contratista deberá ejecutar los trabajos de acuerdo a los plazos ofertados, para lo cual deberá presentar una carta Gantt con su programación desde el mes de junio 2026 hasta el mes de mayo 2027, estimando mantenimientos los últimos diez (10) días hábiles de cada mes y horarios de trabajo de lunes a jueves entre las 08:00 y 17:00 Hrs. y, hasta las 16:00 los días viernes (días hábiles).
I.- GARANTÍA DE LOS TRABAJOS: El contratista deberá indicar en su oferta una garantía post venta de los trabajos ejecutados, ya sean de mantenimiento preventivo o correctivo, no pudiendo ser inferior a 6 (seis) meses y no mayor a 12 meses (doce) (evaluable) y empezará a regir desde el día en que se efectúa la recepción conforme de los trabajos ejecutados. En caso de ofertar una garantía mayor a 12 meses, se considera para la evaluación un máximo de 12 meses.
J.- DISPONIBLE TOTAL: El valor descrito como “DISPONIBLE TOTAL $12.350.000 (IVA incluido)” (evaluable), será el monto máximo disponible para la presente licitación, toda oferta sobre este monto no será evaluada.
K.- FORMA DE PAGO: Se emitirá una sola orden de compra por el total adjudicado en mantenimiento preventivo. El pago será en doce (12) hitos iguales (total adjudicado/12), debiendo facturar mensualmente posterior a la recepción conforme de los trabajos realizados.
En el caso de realizarse mantenimientos correctivos, el pago será mediante una orden de compra independiente y como se indica en “B.1.2.b: MANTENIMIENTO CORRECTIVO”.
L.- GARANTIA DE PAGO ANTICIPADO: La DGMN realizará un pago anticipado por el 100% de los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo del año 2027. Para lo anterior, la empresa deberá suministrar una garantía, a nombre de la Dirección General de Movilización Nacional, de carácter irrevocable, a la vista, por anticipo de los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo del año 2027, la cual deberá entregar a más tardar el 27 de noviembre del 2026.
M.-MODIFICACIONES AL CONTRATO: Las partes, de común acuerdo, podrán modificar el contrato correspondiente por motivos fundados, siempre y cuando ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la DGMN. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del contrato, hasta un máximo del treinta por ciento (30%) durante su vigencia, en caso de falla de alguno de los componentes del sistema o partes que no se encuentren descritos en los mantenimientos mensuales o semestrales, tales como: falla del compresor, falla del ventilador, falla de la turbina, falla de las tarjetas electrónicas, falla de bomba de condensado, entre otras.
N.- PREVENCIÓN DE RIESGOS: El Contratista u oferente que se adjudique los trabajos, deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en el “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas que prestan servicios a la Dirección General de Movilización Nacional, Versión septiembre 2022; disponible en: https://dgmn.cl/wp-content/uploads/2022/11/REGLAMENTO-ESPECIAL-Sept.-2022.pdf, para lo cual, deberá evidenciar a la oficina de Prevención de Riesgos de la DGMN, los requerimientos señalados en el mencionado Reglamento especial, dando estricto cumplimiento a los plazos establecidos.