Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven;
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas;
c. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma;
d. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio;
e. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase;
f. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma; y
g. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Del contrato |
El contrato respectivo será propuesto y/o coordinado por el Asesor Jurídico encargado de compras públicas de la DGMN, para el o los casos de adjudicarse una o más líneas y la sumatoria de estas superen los $ 20.000.000.- (Veinte millones de pesos). Se requerirá la suscripción de contrato y entrega de garantía fiel cumplimiento del contrato.
El cual deberá quedar suscrito y publicado en el portal mercado público, dentro de un plazo máximo de 30 días, contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal.
La contratación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra a excepción del caso indicado anteriormente, y la aceptación de ésta por el proveedor, la cual hará las veces de contrato para todos los efectos legales.
Dentro de los 06 días hábiles siguientes de notificada la Resolución de Adjudicación en el portal mercado público, y previo a la emisión de la orden de compra, el oferente adjudicado deberá:
• Encontrarse debidamente inscrito en el Registro Chile Proveedores a más tardar en esta fecha, si no lo estuviese al momento de ofertar, y acreditar su constitución legal en Chile si fuere persona jurídica extranjera.
• Además, deberá acreditar mediante certificado emitido por la autoridad competente o declaración jurada simple que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. En caso de no corresponder, indicar explícitamente dicha circunstancia.
• Presentar una declaración jurada simple suscrita por el representante legal, en que declare que la empresa no ha sido condenada a la pena contenida en el artículo 8 Nº2 de la Ley N° 20.393, esta es, prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del estado (punto 10. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Declaraciones juradas).
Si por causa imputable al adjudicatario, no presenta la documentación dentro del plazo indicado precedentemente, podrá la DGMN dejar sin efecto la adjudicación anterior y re-adjudicar esta licitación al segundo mejor oferente o llamar a una nueva propuesta pública, mediante resolución fundada, y sin perjuicio de poder hacer valer las acciones legales que procedan y la boleta de garantía de seriedad de la oferta.
Cualquier falta, descuido, error u omisión del proponente en la obtención de la información, no lo releva de la responsabilidad de apreciar adecuadamente las dificultades y los costos, para la eficiente y total ejecución de los servicios contratados, ni del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del contrato
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Documentación contractual |
Todos los documentos que sean parte de este proceso se entenderán que integran el respectivo contrato.
• Las presentes bases.
• Preguntas y respuestas aclaratorias emitidas a través del sistema.
• El texto del contrato u orden de compra, según sea el caso.
• La oferta presentada por el proveedor y documentos complementarios según lo solicitado en las bases técnicas.
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Contenido de las bases de licitación |
La única fuente de información para los proponentes serán las presentes bases de licitación y las aclaraciones que se produzcan conforme al punto b. siguiente. Si el proponente omite suministrar toda la información requerida, o presenta una oferta que no se ajuste sustancialmente a estas bases, se rechazará su oferta mediante resolución de inadmisibilidad.
Frente a cualquier discrepancia entre las presentes bases y la información contenida en la ficha digital, prima lo estipulado en las bases.
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Aclaración de las bases de licitación |
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el mismo portal, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
Todas las aclaraciones que se efectúen pasarán a ser parte integrante de esta licitación.
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Gastos, derechos e impuestos |
Serán de cargo de los oferentes todos los costos inherentes y/o asociados a su participación en la licitación, a la preparación y presentación de su oferta, así como todos los gastos, derechos e impuestos que tengan su origen en el contrato que se suscriba si lo hubiere o para la implementación o cumplimiento de lo solicitado.
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Evaluación y calificación de las ofertas |
Las ofertas serán sometidas a evaluación conforme criterios objetivos previamente establecidos en las presentes bases. La evaluación se efectuará a base de la documentación presentada y/o registrada por cada oferente en el sistema de información.
La comisión evaluadora determinará si cada propuesta cumple con los aspectos formales establecidos en las bases en cuanto a la presentación de documentación, antecedentes dentro del plazo y con los requerimientos técnicos mínimos solicitados.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la comisión evaluadora de la DGMN podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad de los oferentes, no signifique una alteración de la oferta, y se informe de dicha solicitud al resto de los participantes, a través del sistema de información.
Se permitirá asimismo, conforme a lo señalado en el art. 40°, inciso 2 del Reglamento de la ley N° 19.886, si se detectan omisiones por parte de los oferentes, estos podrán presentar únicamente los certificados o antecedentes faltantes dentro del periodo de evaluación y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el día del cierre de la ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo breve, . Nno superior a 24 horas, para responder lo solicitado por la dirección o acompañar antecedentes requeridos por ella. La Comisión evaluadora no considerara las respuestas o documentos recibidos una vez vencidos dicho plazo.
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Comisión evaluadora |
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora, designada para este efecto y en este acto por el Director General, la cual será integrada por los siguientes funcionarios:
• Subdirector General, quien presidirá la comisión evaluadora.
• Jefe Depto. Apoyo Logístico o quien lo reemplace.
• Jefe de sección proyectos e infraestructura o quien lo reemplace.
Además, podrán asistir en calidad de asesores:
• Asesor Jurídico del DEAL, o quien lo reemplace.
• Jefe del Depto. Finanzas, o quien lo reemplace.
• Encargado de la Sección Adquisiciones, o quien lo reemplace, quien cumplirá a su vez la función de secretario.
• Jefe de talleres
La Comisión Evaluadora se constituirá a partir de la apertura de las ofertas en el Sistema de Información de Compras, y tendrá por objeto, entre otros aspectos, determinar si concurre alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad que impida contratar con la DGMN, para lo cual se encargará de analizar desde un punto de vista técnico, administrativo y económico las propuestas presentadas por los oferentes durante el proceso.
Deberá asimismo, examinar la situación legal administrativa de los oferentes y verificar el cumplimiento de los antecedentes y/o requisitos mínimos establecidos en las bases de licitación, para así, poder pasar a la etapa de calificación por la misma Comisión.
El proceso de evaluación se realizará mediante un proceso estandarizado señalado en el punto 10. “Requerimientos técnicos y otras cláusulas”, y en la “Matriz de evaluación” publicada en las presentes bases.
Por último, la Comisión Evaluadora dejará constancia de lo realizado en un Acta, la cual deberá contener lo resuelto por ésta con toda la documentación fundante y en la cual se propondrá adjudicar al oferente que obtuviere el mayor puntaje o a ninguno, según sea el caso, conforme a los criterios utilizados en el proceso de evaluación de las presentes bases y atendiendo a los intereses de la DGMN.
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Subcontrataciones |
El contratante no podrá ceder ni transferir totalmente la realización de las actividades a que se obligará con el contrato. Excepcionalmente podrá subcontratar la ejecución de alguna de ellas si tal subcontratación es autorizada por escrito por la DGMN para el caso específico.
En todo caso, la persona o entidad con la que se subcontrate, previa autorización de la DGMN deberá satisfacer igualmente los requerimientos que se exigieron al contratante adjudicado para la ejecución de estas actividades, sin perder éste la responsabilidad correspondiente, se regirá en todo por lo establecido en la Ley N° 20.123 del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios, y deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales mediante certificados emitidos por la Inspección del Trabajo o bien por otros medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
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Confidencialidad |
Todas las materias, documentación e información que se genere, antes, durante y después de los trabajos de planificación, desarrollo y ejecución del servicio encomendado, se deberán tratar con el correspondiente grado de confidencialidad y serán de uso exclusivo de la Dirección General de Movilización Nacional, la que se reserva el derecho de interponer las denuncias y/o demandas, ante los Tribunales de Justicia correspondientes por el mal uso de ellas.
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Período de validez de la oferta |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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Ejecución de la garantía seriedad de la oferta |
La garantía de seriedad de la oferta, póliza de seguro electrónico, vale vista o certificado de fianza, podrá hacerse efectiva por la DGMN en los siguientes casos:
• Si durante el período transcurrido entre la presentación de la oferta y la adjudicación, el proponente retira su oferta;
• Si la empresa no cumpliera con los plazos establecidos, en estas bases de licitación.
• Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en Registro Chileproveedores al momento de suscribir el contrato
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Ejecución garantía fiel cumplimiento del contrato |
La garantía de fiel cumplimiento del contrato, podrá hacerse efectiva por la Dirección General de Movilización Nacional en ocurrencia de alguno de los siguientes supuestos:
• Por manifiesto incumplimiento de los trabajos, calidad o alcance de las labores contratadas.
• Si la DGMN fuere demandada o perjudicada directa o indirectamente por la empresa contratada debido a la falta de pago de los trabajadores, de las obligaciones sociales y laborales, atendiendo lo señalado en las leyes N° 20.238 y N° 17.322.
• El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista (Artículo 72 del Reglamento de la Ley 19.886).
• Si hubiere que hacer efectiva alguna de las multas indicadas en la letra l. Aplicación de multas de las bases de licitación.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la DGMN puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
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Caso fortuito o fuerza mayor |
Todo incumplimiento de las obligaciones señaladas en las presentes bases por alguna de las partes constituirá una infracción de las mismas, salvo que dicho incumplimiento sea causado por fuerza mayor o caso fortuito (probado por la parte que lo alega).
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito el acontecimiento no imputable a las partes, imprevisible e inevitable, de tal naturaleza que impida total o parcialmente el cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la DGMN, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones.
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Aplicación de multas |
En caso que el proveedor adjudicado no dé cumplimiento al servicio contratado, la DGMN podrá en forma administrativa mediante resolución fundada y sin forma de juicio, aplicar una (s) multa (s) equivalente al porcentaje determinado sobre el promedio del consumo del mes precedente cancelado por cada evento o servicio incumplido, conforme a lo siguiente:
1. Se sancionará el incumplimiento de los plazos de entrega, según la siguiente tabla:
DÍAS DE ATRASO MULTAS
1 a 5 días 1 % por cada día
6 a 10 días 3 % por cada día
Los porcentajes serán calculados por el monto total de la Orden de Compra no podrá superar los 10 días de atraso.
2. Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases administrativas o especificaciones técnicas, prevalecerá el criterio de la DGMN, sin perjuicio de la facultad que compete a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contratación Pública y/o los tribunales de justicia.
3. La DGMN, estará facultada para exigir al proveedor la respectiva multa, la cual será informada mediante carta, y en la que se adjuntará la dictación de la resolución que aplica la sanción.
4. No obstante lo indicado en punto 1, cuando se produzcan atrasos sobre diez (10) días de corrido de los plazos contenidos en el contrato, será motivo suficiente para dejarlo sin efecto. La DGMN, podrá hacer efectiva la Garantía y se reserva el derecho de ejercer las acciones judiciales que puedan derivarse por daños y perjuicios producto de dicho atraso y multas que ahí surgieren.
5. La multa máxima será del 20% del monto total de la compra. La multa será notificada mediante resolución al proveedor, dicho pago deberá acreditarse dentro de cinco días hábiles desde la notificación de esta, en el Departamento de Finanzas de nuestra Dirección o de la boleta de Garantía por el Fiel Cumplimiento del Contrato.
NOTA: Se entiende por "Atraso en la entrega”, el tiempo transcurrido en días de corrido desde la fecha de entrega, según contrato y la fecha real de recepción.
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Vigencia del contrato |
El contrato tendrá vigencia desde la emisión de la correspondiente orden de compra hasta 30 días corridos después de haber terminado entregado el servicio contratado y entregada la factura correspondiente.
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Modificaciones Al Contrato |
1. Cuando la Dirección General de Movilización Nacional, requiera servicios adicionales por razones excepcionales, técnicamente fundadas, y por trabajos de las mismas características y complementarias a lo requerido en la presente licitación, podrá aumentarse el contrato hasta en un tope del 30% originalmente pactado. El pago de estos servicios se realizará de la siguiente manera:
a) El proveedor presenta una cotización por los trabajos requeridos.
b) El Inspector técnico evalúa la cotización, emite informe técnico y de aceptarse, la eleva al Sr. Jefe del Departamento de apoyo Logístico de la DGMN
c) El director de la Dirección General de Movilización Nacional, emitirá una resolución fundada autorizando los servicios adicionales, de acuerdo a informe técnico emitido por el Inspector técnico.
d) Se confecciona una modificación al contrato, la que debe ser aceptada y suscrita por el proveedor adjudicado.
e) El Proveedor al momento de suscribir el contrato deberá hacer entrega de las garantías correspondiente al 10% del monto total de las modificaciones, cuya vigencia será sujeta a los mismos términos de la garantía de fiel cumplimiento de los trabajos.
f) Se ejecuta el servicio solicitado, el contratista presenta estado de pago adicional único y por separado del original, de acuerdo a la modificación del contrato suscrito para tales efectos, el cual deberá ser autorizado por el Director de la Dirección General de Movilización Nacional, una vez aprobado el estado de pago el contratista emitirá la factura.
g) El Inspector aprobará los trabajos realizados, junto con todos los antecedentes, emitiendo informe técnico siguiendo las mismas formalidades para una recepción de estado de pago.
2. la Dirección General de Movilización Nacional por necesidades del servicio, podrá disminuir los trabajos contratados mediante resolución fundada, informando dicha disminución a través el Portal Mercado Público y al Proveedor adjudicado. La disminución de los trabajos se hará libremente, sin derecho a indemnización alguna para el Contratista/Proveedor.
Asimismo, cualquier modificación al contrato, ya sea plazo u otros atingentes, deberá ser respaldado mediante resolución fundada, autorizada por Director de la Dirección General de Movilización Nacional y suscrito entre las partes involucradas.
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Término anticipado del contrato |
La DGMN tendrá la facultad para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en forma unilateral y sin forma de juicio, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las siguientes causales:
• Si el adjudicado fuera declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
• Si se disuelve la empresa adjudicada.
• Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario y las contenidas en las especificaciones técnicas.
• Cuando de común acuerdo, la DGMN y el adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
• Por falta de pago a los trabajadores de obligaciones sociales y laborales, atendiendo lo señalado en la Ley N° 20.238 y Ley N° 17.322.
• Por las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley N° 19.886 y Artículo 77 de su Reglamento.
• En caso de cumplir con el tope de eventos según aplicación de multas.
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Forma de pago |
El pago se realizará en pesos chilenos, en un único pago al término del servicio contratado, previo recepción conforme por parte del funcionario designado por la DGMN.
Dicho pago se realizara en un plazo máximo de 30 días siguientes a la recepción de la factura emitida.
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Mecanismo de resolución de consultas de la adjudicación |
Los oferentes que deseen efectuar consultas a la adjudicación, deberán remitir una carta dirigida al Jefe del Servicio, y entregarla en Vergara Nº 262, Santiago Centro.
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Re adjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la DGMN podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Supervisión y coordinación del contrato |
Como contraparte técnica para la coordinación del contrato se desempeñará un funcionario designado por la DGMN, quien tendrá las siguientes funciones:
• Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
• Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del servicio contratado.
• Dar el visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también del trámite de los pagos y sanciones por incumplimiento del servicio contratado.
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Bases Técnicas |
Descripción General
A.- GENERALIDADES
A.1 La ejecución de las obras contempla los procesos de remodelación y calidad de los materiales, además de las aclaraciones oficiales de la propuesta. Adicionalmente, y de forma ineludible, estará sujeta a las siguientes normativas vigentes:
• Ley N°20.123, que “Regula Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios”.
• Decreto Nº66/2007, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas.
• Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud, que establece el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo”.
• Decreto Nº20/2008, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles “Modifica Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas”.
• NCh de Electricidad Nº4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión.
• Ley Nº17.288 Monumentos Nacionales y Normas Relacionadas.
• Ley Nº19.472 Ley General de Urbanismo y Construcciones.
• Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
• Decreto Nº50 del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado.
• Ley 16.744; que “Establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”.
• Decreto Supremo Nº 76, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que “Aprueba Reglamento para la Aplicación del Artículo 66° Bis de la Ley N°16.744”, Sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en Obras, Faenas o Servicios que indica.
• Código del Trabajo.
• Decreto N°40, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, subsecretaria de previsión social, que “Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales”.
Dependiendo del tipo y/o características de los trabajos a realizar, se podrá hacer mención de otras normativas en los apartados de las Especificaciones Técnicas. Asimismo, cualquier asunto no aclarado en las especificaciones o planos (si existiese), deberán ser resueltas por el Inspector Técnico, mediante registro en el Libro de Obras.
A.2 Por otra parte, el Contratista será el responsable de ejecutar las reparaciones de todas aquellas instalaciones y edificaciones que hayan sido dañadas voluntaria o involuntariamente durante la ejecución de la obra, las cuales serán a su entero cargo y costo, hasta la recepción conforme por el Inspector Técnico.
A.3 Se entiende además, que los trabajos comprenden lo señalado en estas especificaciones técnicas y oferta del contratista, debido a lo cual, cualquier omisión del Contratista al respecto será corregido a su entero cargo y costo.
A.4 El Inspector Técnico, velará por el cumplimiento del presente documento y sólo él tendrá la capacidad de resolver cualquier error u omisión en el presente texto o en los planos si existiesen. Además, podrá ordenar a cuenta del Contratista ensayos de control de calidad, si se estima que algún material no cumple con los requisitos mínimos exigidos en estas especificaciones u oferta del contratista.
A.5 Todo aquel material que se emplee en los trabajos deberá ser nuevo, no admitiéndose la reutilización de materiales provenientes de los trabajos de demolición o de otras obras que esté ejecutando el contratista, autorizándose eventualmente y/o manteniendo únicamente, aquellos elementos expresamente mencionados en el Libro de Obras y en las presentes Bases Técnicas respectivamente.
A.6 La Inspección Técnica en terreno, podrá rechazar u ordenar el retiro dentro del plazo que fije por Libro de Obras, de todos aquellos materiales que no sean del tipo y calidad requerida o detallada.
A.7 El Contratista será a todo evento, el responsable de las cantidades y cubicaciones de su oferta; las cantidades informadas en el itemizado son meramente referenciales para efectos del cuadro comparativo; por lo tanto, cada Contratista deberá efectuar sus mediciones y cubicaciones finales para su oferta.
Debiendo, en su oferta describir los productos a utilizar (tipo, cantidad, calidad, marca, color, espesor, etc.) y la ejecución del trabajo.
A.8 La adquisición y provisión de la maquinaria, herramientas, materiales necesarios para ejecutar la obra, instalación de faenas, almacenes, depósitos de materiales y en general, todos los gastos que directa o indirectamente origine la ejecución adecuada de las obras, serán de cargo exclusivo del Contratista.
A.9 El Contratista será responsable del orden en las instalaciones o faenas, de los trabajos y de su permanente limpieza, eliminación de escombros, y del acopio de materiales.
A.10 El Contratista será responsable de las instalaciones y construcciones provisorias, con el fin de satisfacer las necesidades de los trabajos durante el período de las faenas, las cuales deberán cumplir con las normas y disposiciones establecidas en el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo, Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud, y ser retiradas al término de los trabajos.
A.11 El Contratista deberá dar cumplimiento a todas las normas legales, reglamentarias y administrativas vigentes en materia medioambiental, velando por la protección del medio ambiente y la preservación del entorno que pudiere verse afectado por la ejecución de los trabajos, haciéndose personalmente responsable de la reparación total de cualquier daño que pudiere causar. Será de su exclusiva responsabilidad la tramitación y obtención de cualquier permiso administrativo que los organismos públicos competentes en la materia pudieren exigirse a raíz de la ejecución de los trabajos.
A.12 El Contratista deberá adoptar todas las demás providencias razonables para proteger el medio ambiente en la zona de las obras y sus alrededores, especialmente, quedará estrictamente prohibido verter desechos o materiales de cualquier naturaleza en las calles y propiedades adyacentes a las instalaciones donde se realizan los trabajos, asimismo, deberá cumplir con las normativas vigentes de la administración o autoridad local sobre los ruidos molestos y horarios de trabajos.
A.13 El Contratista será el responsable de efectuar los trámites, solicitar los permisos municipales de vías públicas adyacentes a la faena, para la instalación de andamios, señalética, maquinaria y todo tipo de implementación necesaria para la ejecución de las obras que afecte indirectamente al uso de las vías públicas.
A.14 El Contratista que descubra en terreno artículos de valor o antigüedades y otros restos de objetos de interés o valor histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, deberá adoptar todas las precauciones razonables para impedir que su personal u otras personas retiren o dañen dichas especies y dar aviso inmediatamente al Inspector Técnico de ese hecho, quien procederá según lo establecido en la Ley Nº 17.288 “Monumentos Nacionales y Normas Relacionadas”.
A.15 La Empresa deberá entregar el nombre y el número celular del encargado de los trabajos (Supervisor) o Jefe de Obras, quien deberá permanecer a tiempo completo en la obra durante la ejecución de los trabajos, velando por las normas de seguridad de sus trabajadores, la correcta ejecución de los trabajos, las coordinaciones y gestiones necesarias que deriven, y en general el control completo, lo que será fiscalizado por el Inspector Técnico, quién dejará constancia en el libro de obra de las anomalías que observare y, en caso de reincidencia, podrá aplicar las multas correspondientes.
A.16 Las marcas comerciales citadas en las Especificaciones Técnicas, son las que representan la calidad esperada de los trabajos y se consignan a modo de referencia; por consiguiente, el Licitante podrá presentarse a la propuesta con materiales o equipos de marcas distintas de lo especificado, toda vez que estos sean los equivalentes técnicos de lo solicitados, debiendo entregar junto con su oferta un listado de los productos a utilizar.
A.17 El Contratista deberá considerar todos los elementos de protección personal (EPP) necesarios para su personal, entre otros: guantes, arneses, cascos de seguridad, antiparras, zapatos de seguridad, cinturones de seguridad, cuerda vida, mascarillas para la protección del polvo. La inspección será rigurosa en la exigencia de dichos elementos de protección en todo momento. La no existencia de alguno de estos elementos dará la facultad inmediata al Inspector para detener los trabajos; sin perjuicio del cumplimiento de los plazos acordados.
A.18 El Contratista será responsable de mantener instaladas todas las señaléticas provisorias, inherentes a los trabajos, y de acuerdo a lo establecido en el titulo 8 art. 102 de la Ley de tránsito, debiendo indicar las zonas de trabajo y posibles desvíos, lo que deberá coordinar previamente con la autoridad local.
A.19 El Contratista, hará entrega de un Libro, foliado y en triplicado, teniendo la obligación de mantenerlo en el lugar de faenas, el cual será retirado por el Inspector Técnico al término de los trabajos. Dicho libro, contendrá todas las anotaciones, aclaraciones e instrucciones durante la ejecución de los trabajos.
A.20 El Contratista está obligado a dejar constancia, en un libro de asistencia, el nombre, fecha, hora y firma al ingreso y salida de la obra de cada uno de sus trabajadores, a fin de establecer con exactitud los períodos durante los cuales estos realizaron los trabajos para la Institución.
A.21 Para trabajos en altura que superen los 1.8 (m) o trabajos de alto riesgo, el Contratista deberá contar con un profesional en PREVENCIÓN DE RIESGOS (Ingeniero o Técnico debidamente registrado en MINSAL), quien deberá elaborar un “PLAN DE TRABAJO SEGURO” y hacerlo de conocimiento público, dejándolo en forma permanente en un lugar visible de la obra, debiendo efectuar una charla de inducción e instruir al Jefe de terreno para que éste a su vez, efectúe una charla de inducción diaria que no supere los 5 minutos.
A.22 El contratista deberá acreditar que los trabajadores que desarrollen labores en altura, se encuentran APTOS Y CAPACITADOS (para desarrollar estos trabajos), mediante certificados médicos emitidos por el Organismo Administrador correspondiente, de igual forma deben ser entregados a la DGMN antes del inicio de los trabajos.
A.23 La Empresa será responsable en todo momento de la seguridad de sus trabajadores e instalaciones donde se encuentra ejecutando los trabajos, no obstante, el Prevencionista de Riesgos de la DGMN o cualquier persona de la organización que detecte un incumplimiento al respecto, paralizará de forma inmediata la obra, hasta que se corrija lo observado.
A.24 El Contratista, deberá presentar las respectivas capacitaciones de los trabajadores para la labor que se desempeñan cada uno de ellos, es decir, todas las hojas de control de capacitaciones e inducciones, incluyendo todos los datos de los participantes, tema tratado y quien la realizó, esto en cumplimiento al Decreto N° 76.
A.25 El Contratista deberá coordinar con el Usuario, el lugar de acopio de materiales y herramientas de trabajo y la factibilidad de utilización de inodoros durante el desarrollo de ellos, objeto sea considerado o no en la instalación de faenas.
La Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), requiere contratar los servicios de mantención y reparación de diferentes dependencias, las cuales se detallan en los ANEXOS 1 AL 33.
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Matriz de evaluación |
El procedimiento de evaluación consiste en calificar dos aspectos de la oferta: los aspectos técnicos y la oferta económica, cada uno de los cuales será ponderado de acuerdo al “Cuadro de ponderaciones”.
Con la suma de los dos puntajes ponderados se obtiene el puntaje total de cada oferente. La que obtenga mayor calificación será la oferta seleccionada, siempre y cuando su ponderación sea igual o superior a 65% (con dos decimales).
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Mecanismo de desempate |
En caso de empate entre dos o más oferentes, que obtuvieren la mayor ponderación, el desempate será en el factor “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”. De haber empate nuevamente será para el que obtenga mayor ponderación en el factor “PRECIO OFERTADO”. De haber empate nuevamente será para el que obtenga mayor ponderación en el factor“GARANTÍA TÉCNICA POSTVENTA”, .para finalmente proponer la adjudicación de un oferente o declarar inadmisibles las ofertas.
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Declaraciones juradas |
a. Declaración jurada para ofertar
Para personas jurídicas.
El declarante (representante legal) expresa bajo juramento, que no le asiste a él ni a los socios ni ejecutivos de la empresa que participa en esta licitación, ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del Artículo 4 de la Ley N° 19.886, ni las relaciones de familia a las que se refiere la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales
En Santiago a xx días del mes de xxxx de 2021.
Para personas naturales.
El declarante que suscribe esta declaración, expresa bajo juramento, que no le asiste ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del Artículo 4 de la Ley N° 19.886, ni las relaciones de familia a las que se refiere la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales, para participar en la presente licitación.
En Santiago a xx días del mes de xxxx de 2021.
b. Declaración jurada para contratar
El proponente (persona jurídica debidamente representada por su representante legal) declara bajo juramento que la empresa no ha sido condenada a la pena contenida en el Artículo 8 N°2 de la ley N°20.393, sobre responsabilidad penal de personas jurídicas, esta es, prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado.
En Santiago a xx días del mes de xxxx de 2021.
Las declaraciones juradas deberán venir firmadas, por quien tiene poder legal para hacerlo, con indicación expresa de su fecha de emisión.
La Dirección General de Movilización Nacional se reserva el derecho a solicitar que éstas sean nuevamente emitidas si fuere ilegible su texto o firma, atendiendo a lo señalado en el punto 10. Letra c. de las Bases Administrativas, con el consecuente menor puntaje.
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Horario y Fecha de Visitas de Terreno |
Listado de Direcciones y horario para las visitas de terreno
Visitas A Terreno OBLIGATORIAS
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Dirección
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Fecha
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Hora
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Línea N°1:
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Dirección: 7 de Junio N° 188, local 2. Ed. PP. I. Municipalidad de Arica.
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18-05-2021
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10:00 hrs
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Línea N°2:
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Dirección: O’Higgins N° 320, 2do. Piso Ed. Servicio Públicos
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18-05-2021
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10:00 hrs
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Línea N°3:
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Dirección: Traslaviña N° 972.
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18-05-2021
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14:00 hrs
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Línea N°4:
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Dirección: Esmeralda N° 387, 2do. Piso, Edificio Gobernación
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19-05-2021
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09:00 hrs
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Línea N°5:
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Dirección: Simón Bolívar N° 153.
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19-05-2021
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12:00 hrs
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Línea N°6:
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Dirección: Dos Oriente N° 1021.
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19-05-2021
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14:00 hrs
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Línea N° 7
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Dirección: Descartes N° 3040.
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19-05-2021
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10:00 hrs
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Línea N° 8
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Dirección: Av. Teniente Cruz N° 758.
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19-05-2021
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09:00 hrs
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Línea N° 9
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Dirección: Alférez Real N° 920
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19-05-2021
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14:45 hrs
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Línea N° 10
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Dirección: Paul Harris N° 1000.
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19-05-2021
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11:00 hrs
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Línea N° 11
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Dirección: María Auxiliadora N° 867.
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19-05-2021
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13:45 hrs
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Línea N°12
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Dirección: Av. Vicuña Mackenna N° 7322.
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19-05-2021
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12:15 hrs
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Línea N°13
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Dirección: Av. O’Higgins N° 1176, 2do. Piso, Edificio Gobernación Provincial.
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20-05-2021
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12:30 hrs
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Línea N°14:
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Dirección: Ortuzar N° 586, 2do. Piso, Oficina 3, Galería Amal.
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20-05-2021
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11:00 hrs
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Línea N°15:
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Dirección: Av. Arrayan N° 209, Tejas Verdes.
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20-05-2021
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09:00 hrs
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Línea N°16:
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Dirección: Balmaceda N° 500, Esquina Eyzaguirre.
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20-05-2021
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14:00 hrs
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Línea N°17:
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Dirección: Horacio Aranguiz N° 406.
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19-05-2021
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10:30 hrs
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Línea N°18:
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Dirección: Urriola N° 50
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19-05-2021
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09:00 hrs
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Línea N°19:
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Dirección: Chacabuco N° 167.
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19-05-2021
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12:00 hrs
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Línea N°20:
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Dirección: Av. O’Higgins N° 284.
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19-05-2021
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14:00 hrs
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Línea N°21:
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Dirección: Bernardo O'Higgins N° 1384
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19-05-2021
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10:00 hrs
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Línea N°22:
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Dirección: Independencia esq. Freire, Edif. Servicio Público.
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18-05-2021
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09:00 hrs
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Línea N°23:
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Dirección: Chacabuco s/n, costado de Regimiento Infantería N° 9.
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18-05-2021
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13:00 hrs
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Línea N°24:
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Dirección: Calle Mackay N° 370
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19-05-2021
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14:00 hrs
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Línea N°25:
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Dirección: Caupolicán N° 450, 3er. Piso, Edificio Servicios Públicos.
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20-05-2021
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09:00 hrs
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Línea N°26:
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Dirección: Sotomayor N° 740.
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20-05-2021
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10:00 hrs
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Línea N°27:
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Dirección: Baquedano N° 1150, Valdivia.
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19-05-2021
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12:00 hrs
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Línea N°28:
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Dirección: Vicuña Mackenna N° 371.
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20-05-2021
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11:00 hrs
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Línea N°29:
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Dirección: Miraflores N° 724
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20-05-2021
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14:00 hrs
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Línea N°30:
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Dirección: Arturo Prat N° 585, Edificio Servicio Público
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18-05-2021
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09:00 hrs
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Línea N°31:
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Dirección: Cayetano Letelier N° 225, Oficina 14
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18-05-2021
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14:30 hrs
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Línea N°32:
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Dirección: Ejército N° 226
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18-05-2021
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10:00 hrs
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Línea N°33:
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Dirección: Tehuelches N° 820, Villa Gobernador Viel.
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19-05-2021
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11:00 hrs
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