Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación técnica. En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el subtotal del factor “Mejoras a las características técnicas de la Solución”. Si aún persiste el empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el subfactor “Implementación”. Si todavía existe empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia de la empresa”. Finalmente, si aún existieren oferentes empatados, como regla final de clausura se adjudicará al proponente que primero haya ingresado su oferta al portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl.
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
El oferente que desee efectuar algún reclamo u observación, deberá hacerlo a través del Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Una condición ineludible para cursar el pago de las mensualidades, será la presentación, por parte de la empresa proveedora, del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y estar vigente en Estado Hábil en el Registro de Proveedores del Estado. En caso que la empresa que sea adjudicada en la presente licitación registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Defensoría, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o los que adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes directamente en el acto de apertura pública de las ofertas y a través del Sistema de Información del portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl.
En los casos, en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la Comisión Evaluadora podrá otorgar un plazo de 2 días hábiles, para que él o los oferentes subsanen la omisión complementen información o corrijan el error en las formalidades requeridas. Si él o los oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del proponente. Esta solicitud deberá efectuarse durante el período de evaluación de las ofertas y mediante publicación destinada a todos los oferentes en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl, desde esta fecha de publicación se deberá contabilizar el plazo para subsanar los errores u omisiones.
En el evento que el plazo de 2 días, a que se hace referencia anteriormente, concluya después de las 18:00 horas, se extenderá hasta las 10:00 horas del día hábil siguiente.
En el caso de que la solicitud corresponda a archivos o documentos por antecedentes omitidos, deberán ser enviados a través de la plataforma de compras públicas, www.mercadopublico.cl, en el mismo plazo y forma antes indicada.
La Comisión tendrá expresamente facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores; de igual forma, podrá rechazar las ofertas que no se ajusten a las Bases, de forma previa a la evaluación técnica y económica.
Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación pública, aquél o aquellos oferentes respecto de los cuales se haga efectiva la facultad especial de la Comisión de solicitud de rectificación, aclaración y/o complementación, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º del artículo 40º del Reglamento de la Ley de Compras, serán sancionados en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, (Criterio “Requisitos formales de presentación de la oferta”).
De acuerdo con lo anterior, la DPP se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, de desestimar, desechar, y aceptar, cualquiera de las ofertas presentadas, independiente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación detallada en el artículo 19º de las presentes Bases. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la DPP.
Todas las consultas que efectúe la Comisión se realizarán por medio de publicación en el Portal de Internet de compras públicas, www.mercadopublico.cl.
Finalmente, la Comisión podrá invitar profesionales expertos, para que la apoyen en el proceso de evaluación de las ofertas, en conformidad a lo establecido en el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, y de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderación del artículo siguiente, dejando constancia en las actas respectivas de la designación y de los informes que estos profesionales le proporcionen a este respecto.
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar y promover los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a realizar conductas atentatorias a los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar los efectos de esas conductas cuando se produzcan.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
Normativa |
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y de las presentes Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.
Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, para lo cual se entenderá que son aceptadas por el solo hecho de formular una oferta.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:
- Las correspondientes ofertas técnicas y económicas de los proponentes.
- Los antecedentes solicitados a cada postulante.
- Las consultas a las bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas emitidas por la Defensoría Penal Pública.
- Las aclaraciones que se efectúen a las Bases a iniciativa de la Defensoría Penal Pública.
- Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Defensoría Penal Pública.
- El respectivo contrato firmado por ambas partes.
DE LA ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las bases del proceso de licitación, sin necesidad de declaración expresa.
Por la sola presentación de su propuesta el oferente acepta todas las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, como el de ejecución del contrato.
|
|
|
Incompatibilidades |
Los participantes no podrán incurrir en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar con la Defensoría Penal Pública señaladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
Asimismo, tampoco podrán participar en la propuesta quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el artículo 463 y siguiente del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas.
Para acreditar lo exigido en los dos párrafos precedentes, los proponentes, sean personas naturales o jurídicas, deberán ingresar al momento de la presentación de las ofertas al portal Internet de compras públicas, www.mercadopublico.cl, la declaración jurada cuyo formato se propone en el Anexo A.1. y A.3 correspondiente al pacto de integridad.
Será requisito al momento de la contratación, si el adjudicado es persona jurídica, la presentación de la declaración jurada anexo A.2, en que afirma no haber sido condenada a la pena de prohibición perpetua o temporal de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del terrorismo y Delitos de Cohecho o del artículo 26, letra d) del Decreto Ley Nº 211 que fija normas para la defensa de la Libre Competencia, que establece la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de 5 años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
|
|
|
Consultas, Aclaraciones y Modificación a las Bases |
Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado para consultas en el artículo anterior.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, a través del portal, la Defensoría podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, detallar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad a la fecha de cierre de presentación de las ofertas consignada en el calendario.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual, podrán precisarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas como parte integrante de estas bases.
Las respuestas y aclaraciones de la Defensoría se considerarán, para todos los efectos, como integrantes de estas bases de licitación pública.
MODIFICACIÓN A LAS BASES
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. De existir modificaciones a las bases, deberá establecerse un plazo prudencial para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
|
|
|
Comisión Evaluadora |
La Comisión Evaluadora estará integrada por:
a) El Director Administrativo Nacional, su subrogante o un profesional designado por aquél en su representación.
b) El Jefe del Departamento de Administración y Finanzas, su subrogante o un profesional designado por aquél en su representación.
c) El Jefe del Departamento de Informática y Estadísticas, su subrogante o un profesional designado por aquél en su representación.
d) El Jefe de la Unidad Jurídica de Control Legal y Transparencia, su subrogante o un profesional designado por aquél en su representación.
e) Un profesional del Departamento de Informática y Estadísticas designado por el Jefe del mismo Departamento.
Los representantes serán designados mediante Resolución Exenta de la Autoridad respectiva. Cada integrante designado, deberá suscribir una declaración jurada sobre ausencia de conflictos de interés, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
En el evento que un conflicto de interés o un hecho que le reste imparcialidad se hiciese patente a cualquier integrante de la comisión evaluadora, deberá abstenerse de participar en la mencionada comisión, debiendo informar en forma inmediata de dicha circunstancia a su superior jerárquico, a fin de ser reemplazado por otro funcionario no afecto a aquella implicancia, en los términos del artículo 62º, Nº 6, de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
|
|
|
Del Rechazo de Propuestas |
La Comisión Evaluadora, tendrá la facultad de rechazar fundadamente cualquier oferta que no se ajuste a las bases o no se estime conveniente para los intereses de la Institución. Se considerarán, especialmente como inconvenientes, las siguientes ofertas:
1. Aquella oferta económica cuyo valor total sobrepase el correspondiente presupuesto asignado a la licitación.
2. Aquella oferta que no presente completo el Anexo B.1 de los detalles de servicios ofertados, o que no presente documentación respecto de estos.
3. Aquella oferta que no presente el Anexo B.2 de plan de implementación detallado en su respectiva carta Gantt, o cuya cantidad de días excede los 90 días corridos.
4. Aquella oferta que no cumpla con las características técnicas mínimas indicadas en el numeral 7 de las BT.
|
|
|
Del Contrato |
1.- DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez adjudicada la propuesta y notificado el adjudicatario se procederá a la redacción, firma, aprobación y publicación del contrato y de la resolución que lo aprueba, en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl. La fecha de suscripción del contrato será a más tardar 30 días corridos, contado desde la notificación de la adjudicación.
El adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de 10 días corridos contados desde el momento en que le sea enviado formalmente el contrato para devolverlo revisado y firmado a la Defensoría Penal Pública.
Asimismo, la Defensoría podrá requerir que se acompañen los siguientes documentos en originales o copia autorizada ante notario, excepto si éstos se encuentran digitalizados y actualizados en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, o si fueron debidamente acompañados en la presentación de su propuesta, y toda la documentación adicional, que estime conveniente para contratar con la adjudicataria:
a) Copia de la escritura o estatuto en donde conste la personería del representante legal.
b) Copia del documento auténtico donde conste la constitución o creación de la persona jurídica.
c) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, esto es, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 183-C de la ley Nº 20.123, publicada el 16 de octubre de 2006, que modifica el Código del Trabajo al introducir un nuevo Título VII denominado “Del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios”, con el propósito de que el adjudicatario acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, respecto a los trabajadores de su empresa, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas de la misma con sus trabajadores, ello, a fin de hacer efectivos los derechos de información y de retención consagrados en los incisos 2º y 3º de la aludida norma legal, que le asisten a esta Defensoría Penal Pública, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley. Sin perjuicio de anterior, y mientras el contrato se encuentre vigente, la Defensoría se reserva el derecho a verificar, como mínimo cada mes, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, respecto a los trabajadores de la empresa adjudicataria, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas de la misma con sus trabajadores.
d) En el caso, que el oferente adjudicado sea una Persona Jurídica, deberá además presentar, antes de la suscripción del contrato, la Declaración Jurada Simple, de acuerdo al formato propuesto en el anexo A.2.
e) En el caso, que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá además presentar, antes de la suscripción del contrato el acuerdo en que conste la unión temporal, materializada mediante escritura pública.
Todos los antecedentes necesarios para la tramitación formal de la contratación se deberán remitir al Jefe del Departamento de Informática y Estadísticas de la Defensoría Penal Pública, a la dirección indicada en el artículo 8º de las presentes Bases.
En caso que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, deberá inscribirse en el plazo de 15 días hábiles desde que la Defensoría le notifique la adjudicación de su oferta. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y en estado hábil en el referido Registro de Proveedores.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de la Defensoría, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.
El contrato respectivo entrará en vigencia a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
2.- DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato derivado de la presente licitación entrará en vigencia a contar de la fecha de total tramitación de la resolución que lo aprueba, y tendrá una duración de hasta 3 meses para la etapa de implementación, de 60 meses para la etapa de operación y de hasta 3 meses para la etapa de retiro.
3.- DEL VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato se calculará sumando los costos mensuales del servicio de alimentación eléctrica ininterrumpida, incluidos en los Formularios definidos en el Anexo C.1 de las presentes Bases multiplicado por los 60 meses de operación.
En ningún caso, el valor total del contrato podrá exceder el presupuesto asignado para el total del proyecto, el que corresponde a 15.400 U.F. (quince mil cuatrocientas Unidades de Fomento mensuales) impuestos incluidos por el periodo de 60 meses de operación.
|
|
|
Modificación de las Prestaciones |
La Defensoría podrá requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, o extender el contrato, de común acuerdo con el contratista adjudicado, debiendo entregarse un nuevo documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en proporción al aumento de las prestaciones y a los límites establecidos en los artículos 77 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras. Las modificaciones acordadas no podrán alterar el precio total del contrato en más de un 20%. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas por resolución fundada totalmente tramitada del Defensor Nacional, además deberán ser de la misma naturaleza de las prestaciones que son objeto de la presente contratación.
|
|
|
De las Multas |
1.- EN CUANTO AL RETRASO EN LA IMPLEMENTACIÓN
El periodo de instalación y plazo será aquel ofertado por la adjudicataria en el anexo B.2, y usando como base la carta Gantt propuesta en la oferta técnica, plazos que serán formalizados en el respectivo contrato.
La DPP cobrará por cada día corrido de atraso en la puesta en operación del servicio, el equivalente a 1 UF (una unidad de fomento) por cada unidad retrasada en su implementación.
2.- EN CUANTO AL INCUMPLIMIENTO DE LA PRIVACIDAD DE LA INFORMACIÓN
Toda información sobre configuraciones, plataformas, procedimientos, planos, diagramas de red y/o acceso a cualquier información que el adjudicatario pudiera obtener como parte de la implementación y entrega del servicio de este proyecto, es propiedad de la Defensoría Penal Pública. El incumplimiento de esta disposición facultará a la Defensoría Penal Pública a la aplicación de una multa por evento, por el equivalente al 2.5% del valor total del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
3.- RESPECTO AL SERVICIO DE SOPORTE
La DPP cobrará por cada día hábil de incumplimiento injustificado en la solución de cada reporte generado el equivalente a 1 UF (una unidad de fomento) diaria, guiándose para ello por el cuadro mostrado en el punto 7.4. Etapa de Operación, punto b). Nivel de disponibilidad (SLA).
4.- RESPECTO DEL RETIRO DEL EQUIPAMIENTO
El periodo de retiro quedará definido de común acuerdo entre la Defensoría Penal Pública, no pudiendo de exceder los 3 meses desde la fecha término de la operación del servicio.
La DPP cobrará por cada día corrido de atraso en el retiro de la totalidad o parte de los equipos, el equivalente a 1 UF (una unidad de fomento) por cada unidad retrasada en su retiro.
El monto máximo de las multas a aplicar será el 5% del valor total del contrato.
En el caso que por un mismo evento corresponda la aplicación de más de una multa, se procederá a aplicar la de mayor valor.
Además, en el contrato se establecerán como causales objeto de multas, las siguientes infracciones:
a) Instalación o reparación en condiciones distintas a las convenidas.
b) Cambios en el diseño y/o marca de la plataforma tecnológica contratada, sin la aprobación de la DPP.
c) No reposición del servicio en las mismas condiciones iniciales contempladas en el contrato.
d) La no entrega de informes de actividades relacionadas con las actividades de soporte.
Para estas últimas causales la DPP estará facultada para aplicar como monto máximo de multa el equivalente al 0,25% del valor total del contrato.
En todo caso en que el contratista incurra en alguna causal que dé lugar a la aplicación de los referidos supuestos de multa, la Defensoría Penal Pública a través del Jefe del Departamento de Informática y Estadísticas comunicará el incumplimiento en que se estima ha incurrido el contratista, mediante notificación por correo electrónico, conforme lo indica el artículo 19º de la Ley Nº 19.880, señalando expresamente cuál es el incumplimiento. Desde la fecha de la recepción de la comunicación el contratista tendrá un plazo de 5 días para presentar en la oficina de partes de la Defensoría Nacional o electrónicamente sus descargos.
Transcurrido el plazo señalado y habiéndose o no evacuado por parte de la prestadora alegaciones, la DPP resolverá sobre la aplicación de la multa a través de una resolución fundada, la que se notificará a la contraparte, procediéndose al descuento en el estado de pago del servicio que corresponda, o bien de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a elección de la DPP. En este último caso, el monto de la garantía deberá completarse dentro del plazo que se le fije al infractor.
Sin perjuicio de ello, la justificación de los atrasos será calificada única y exclusivamente por la DPP.
En contra de la resolución exenta que aplique la correspondiente multa, procederán los recursos dispuestos en la referida Ley Nº 19.880.
|
|
|