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Resolución de Empates |
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Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación técnica (puntaje PT).
En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate, la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el factor 1 “Calidad de la propuesta técnica”.
De mantenerse la situación previamente descrita, como tercer mecanismo de desempate, se establece la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el factor 3 “Calificación y composición del equipo profesional que participará en la ejecución del servicio requerido”.
Finalmente, si todavía existe empate, como regla final de clausura se adjudicará al proponente que primero haya ingresado su oferta al Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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El oferente que desee efectuar algún reclamo
u observación al proceso, deberá hacerlo a través del Portal de Compras
Públicas, www.mercadopublico.cl, de
acuerdo con lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de
la Ley Nº19.886.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido de la Dirección del Trabajo, esto es, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 183-C de la Ley Nº20.123, publicada el 16 de octubre de 2006, que modifica el Código del Trabajo al introducir un nuevo Título VII denominado “Del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios”, con el propósito de que el adjudicatario acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, respecto a los trabajadores de su empresa, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas de la misma con sus trabajadores, ello, a fin de hacer efectivos los derechos de información y de retención consagrados en los incisos 2º y 3º de la aludida norma legal, que le asisten a esta Defensoría Penal Pública, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada Ley.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La Comisión Evaluadora, en representación de Defensoría Penal Pública, tiene por rol recomendar a la autoridad respectiva la propuesta ofertada susceptible de ser adjudicada en el presente proceso de licitación, según los criterios definidos para su evaluación. Lo anterior, a partir de la revisión y evaluación de las propuestas técnicas y económicas que correspondan.
Defensoría Penal Pública, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salvaguarden los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o los que adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl.
En los casos, en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la Comisión Evaluadora podrá otorgar un plazo máximo de 2 días, para que él o los oferentes subsanen la omisión, complementan información o corrijan el error en las formalidades requeridas. Si él o los oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del proponente. Esta solicitud deberá efectuarse mediante publicación destinada a todos los oferentes en el Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, desde esta fecha de publicación se deberá contabilizar el plazo para subsanar los errores u omisiones.
En el evento que el plazo de 2 días, a que se hace referencia anteriormente, concluya después de las 18:00 horas, se extenderá hasta las 10:00 horas del día hábil siguiente. En el caso de que la solicitud corresponda a archivos o documentos, deberán ser enviados a través del Portal de Compras Públicas, www.mercadopuclico.cl. La Comisión Evaluadora tendrá expresamente facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores; de igual forma, podrá rechazar las ofertas que no se ajusten a las Bases, de forma previa a la evaluación técnica y económica.
Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes Bases, aquél o aquellos oferentes que presentaren antecedentes administrativos fuera de plazo destinado para la recepción de ofertas indicado en las presentes Bases y respecto de los cuales se haga efectiva la facultad especial de la Comisión Evaluadora de solicitud de corrección o complementación, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º del artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras, serán sancionados en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, factor 4 “Cumplimiento de requisitos formales”, que se detalla más adelante.
De acuerdo con lo anterior, Defensoría Penal Pública se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, de desestimar, desechar, y aceptar, cualquiera de las ofertas presentadas, independiente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. La Comisión Evaluadora, en representación del Servicio, se reserva el derecho a exigir información adicional y/o verificar la veracidad de la información provista. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación detallada en las presentes Bases. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de Defensoría Penal Pública.
Finalmente, la Comisión Evaluadora podrá designar una Subcomisión Técnica de profesionales expertos, para que la apoye en el proceso de evaluación de las ofertas, en conformidad a lo establecido en el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, y de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderación de las presentes Bases, dejando constancia en las actas respectivas de la designación y de los informes que esta subcomisión le proporcione.
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Normativa |
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2.1. Marco legal del procedimiento licitatorio.
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y de las presentes Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:
- Las correspondientes ofertas técnicas y económicas de los proponentes.
- Los antecedentes solicitados a cada postulante.
- Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas emitidas por Defensoría Penal Pública.
- Las aclaraciones que se efectúen a las Bases a iniciativa de Defensoría Penal Pública.
- Las aclaraciones a las ofertas que solicite Defensoría Penal Pública.
- El respectivo contrato firmado por ambas partes.
2.2. Aceptación de las Bases.
La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases del proceso de licitación, sin necesidad de declaración expresa.
Por la sola presentación de su propuesta el oferente acepta todas las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, como el de ejecución del contrato.
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Participantes |
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Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
3.1. Incompatibilidades.
El oferente no podrá incurrir en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar con Defensoría Penal Pública señaladas en el artículo 4 de la Ley Nº19.886.
Asimismo, tampoco podrán participar en la propuesta quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas.
Para acreditar lo exigido en los dos párrafos precedentes, los proponentes, sean personas naturales o jurídicas, deberán ingresar al momento de la presentación de las ofertas al Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, la declaración jurada cuyo formato se propone en el Anexo 1.
Será requisito al momento de la contratación, si el adjudicado es persona jurídica, la presentación de la declaración jurada Anexo 2, en que afirma no haber sido condenada a la pena de prohibición perpetua o temporal de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la Ley Nº20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del terrorismo y Delitos de Cohecho o del artículo 26, letra d) del Decreto Ley Nº211 que fija normas para la defensa de la Libre Competencia.
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Comunicaciones y Plazos |
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Todas las comunicaciones que deben efectuarse
con motivo de esta licitación pública, se harán por medio del Portal de Compras
Públicas, www.mercadopublico.cl.
Los plazos a que se haga referencia en estas Bases
son en días hábiles, salvo que se señale expresamente que son en
días corridos. Se entenderán por hábiles los días lunes a viernes no festivos,
y por inhábiles los días sábados, domingos y festivos, ello, en conformidad a
lo dispuesto en el inciso primero del artículo 25 de la Ley Nº19.880.
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Consultas, Aclaraciones y Modificación a las Bases |
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Los oferentes podrán formular consultas a las Bases a través del foro que estará habilitado en el Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado para consultas en el apartado anterior.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
A través del Portal de Compras Públicas, Defensoría Penal Pública podrá efectuar aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, detallar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad a la fecha de cierre de presentación de ofertas consignada en el calendario de la licitación.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual, podrán precisarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de estas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas como parte integrante de estas Bases.
Las respuestas y aclaraciones de Defensoría Penal Pública se considerarán, para todos los efectos, como integrantes de estas Bases de licitación pública.
4.1. Modificación a las Bases.
Se podrán modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia de Defensoría Penal Pública, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las Bases.
Las modificaciones de Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. De existir modificaciones a las Bases, deberá establecerse un plazo prudencial para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
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Comisión Evaluadora |
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7.1. Facultades de la Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora, en representación de Defensoría Penal Pública, tiene por rol recomendar a la autoridad respectiva la propuesta ofertada susceptible de ser adjudicada en el presente proceso de licitación, según los criterios definidos para su evaluación. Lo anterior, a partir de la revisión y evaluación de las propuestas técnicas y económicas que correspondan.
Defensoría Penal Pública, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salvaguarden los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o los que adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl.
En los casos, en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la Comisión Evaluadora podrá otorgar un plazo máximo de 2 días, para que él o los oferentes subsanen la omisión, complementan información o corrijan el error en las formalidades requeridas. Si él o los oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del proponente. Esta solicitud deberá efectuarse mediante publicación destinada a todos los oferentes en el Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, desde esta fecha de publicación se deberá contabilizar el plazo para subsanar los errores u omisiones.
En el evento que el plazo de 2 días, a que se hace referencia anteriormente, concluya después de las 18:00 horas, se extenderá hasta las 10:00 horas del día hábil siguiente. En el caso de que la solicitud corresponda a archivos o documentos, deberán ser enviados a través del Portal de Compras Públicas, www.mercadopuclico.cl. La Comisión Evaluadora tendrá expresamente facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores; de igual forma, podrá rechazar las ofertas que no se ajusten a las Bases, de forma previa a la evaluación técnica y económica.
Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes Bases, aquél o aquellos oferentes que presentaren antecedentes administrativos fuera de plazo destinado para la recepción de ofertas indicado en las presentes Bases y respecto de los cuales se haga efectiva la facultad especial de la Comisión Evaluadora de solicitud de corrección o complementación, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º del artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras, serán sancionados en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, factor 4 “Cumplimiento de requisitos formales”, que se detalla más adelante.
De acuerdo con lo anterior, Defensoría Penal Pública se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, de desestimar, desechar, y aceptar, cualquiera de las ofertas presentadas, independiente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. La Comisión Evaluadora, en representación del Servicio, se reserva el derecho a exigir información adicional y/o verificar la veracidad de la información provista. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación detallada en las presentes Bases. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de Defensoría Penal Pública.
Finalmente, la Comisión Evaluadora podrá designar una Subcomisión Técnica de profesionales expertos, para que la apoye en el proceso de evaluación de las ofertas, en conformidad a lo establecido en el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, y de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderación de las presentes Bases, dejando constancia en las actas respectivas de la designación y de los informes que esta subcomisión le proporcione.
7.2. Integrantes de la Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora estará integrada por:
- Un Defensor(a) Regional, designado para tal efecto por el Director Administrativo Nacional o quien lo subrogue.
- El Jefe(a) o quien lo subrogue del Departamento de Estudios y Proyectos (en adelante DEP), o un(a) profesional designado en su representación.
- El Jefe(a) o quien lo subrogue del Departamento de Evaluación, Control y Reclamaciones o su subrogante, o un(a) profesional designado en su representación.
Los representantes serán designados mediante Resolución Exenta de la Autoridad respectiva. Cada integrante designado, deberá suscribir una declaración jurada sobre ausencia de conflictos de interés, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 del Reglamento de la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
En el evento que un conflicto de interés o un hecho que le reste imparcialidad se hiciese patente a cualquier integrante de la Comisión Evaluadora, deberá abstenerse de participar en la mencionada comisión, debiendo informar en forma inmediata de dicha circunstancia a su superior jerárquico, a fin de ser reemplazado por otro(a) funcionario(a) no afecto a aquella implicancia, en los términos del artículo 62, numeral 6, de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Admisibilidad |
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8.1. Admisibilidad y rechazo de las ofertas.
De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación, o en su caso se propondrá declarar desierto el proceso. En caso de que corresponda, también se deberá dejar constancia en el Acta de las ofertas que no fueron evaluadas, en atención a que serán declaradas inadmisibles por la Autoridad, especificando los artículos que habrían sido vulnerados.
La Defensoría Penal Pública se reserva el derecho de adjudicar fundadamente cualquiera de las ofertas presentadas, aun cuando no sea la de más bajo precio, adjudicar parcialmente el servicio, o rechazarlas todas por no resultar convenientes a sus intereses, declarando en este caso desierta la licitación, en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº19.886.
La Comisión Evaluadora, tendrá la facultad de rechazar fundadamente cualquier oferta que no se ajuste a las Bases o no se estime conveniente para los intereses de la Institución. Se considerarán, especialmente como inconvenientes, las siguientes ofertas:
- Aquella oferta económica cuyo valor total sobrepase el correspondiente presupuesto asignado a la licitación, declarado en Anexo 3.
- Aquella oferta que no presente el Anexo 4 con la nómina de todos los profesionales integrantes de la propuesta.
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Del Contrato |
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9.1. Suscripción del contrato.
Una vez adjudicada la propuesta y notificado el adjudicatario se procederá a la redacción, firma, aprobación y publicación del contrato y de la resolución que lo aprueba, en el Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. La fecha de suscripción del contrato será a más tardar 30 días corridos, contado desde la notificación de la adjudicación del proceso licitatorio.
El adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de 15 días corridos contados desde el momento en que le sea enviado formalmente el contrato para devolverlo revisado y firmado a Defensoría Penal Pública.
Asimismo, Defensoría Penal Pública podrá requerir que se acompañen los siguientes documentos, excepto si éstos se encuentran digitalizados y actualizados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, o si fueron debidamente acompañados en la presentación de su propuesta, y toda la documentación adicional, que estime conveniente para contratar con la adjudicataria:
- Copia de la escritura o estatuto en donde conste la personería del representante legal y su vigencia.
- Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido de la Dirección del Trabajo, esto es, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 183-C de la Ley Nº20.123, publicada el 16 de octubre de 2006, que modifica el Código del Trabajo al introducir un nuevo Título VII denominado “Del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios”, con el propósito de que el adjudicatario acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, respecto a los trabajadores de su empresa, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas de la misma con sus trabajadores, ello, a fin de hacer efectivos los derechos de información y de retención consagrados en los incisos 2º y 3º de la aludida norma legal, que le asisten a esta Defensoría Penal Pública, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada Ley.
Sin perjuicio de anterior, y mientras el contrato se encuentre vigente, Defensoría Penal Pública se reserva el derecho a verificar el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, respecto a los trabajadores de la empresa adjudicataria, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas de esta con sus trabajadores.
- En el caso, que el oferente adjudicado sea una Persona Jurídica, deberá además presentar, antes de la suscripción del contrato, la Declaración Jurada Simple, de acuerdo con el formato propuesto en el Anexo 2.
- En el caso, que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá además presentar, antes de la suscripción del contrato el acuerdo en que conste la unión temporal, materializado mediante escritura pública.
Todos los antecedentes necesarios para la tramitación formal de la contratación se deberán remitir al Jefe(a) del Departamento de Evaluación y Control y Reclamaciones de Defensoría Penal Pública, a través de la Oficina de Partes de la Defensoría Nacional ya especificada.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de Defensoría Penal Pública, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.
9.2. Vigencia del contrato.
El contrato derivado de la presente licitación entrará en vigencia a contar de la fecha de total tramitación de la resolución que lo aprueba, y tendrá una vigencia máxima hasta el 15 de diciembre de 2022 (inclusive).
Por lo tanto, el oferente deberá presentar un cronograma ajustado a los plazos de entrega para la realización de los trabajos con los hitos correspondientes y las fechas de entrega de productos y realización de actividades.
Los plazos del cronograma tendrán como supuesto que Defensoría Penal Pública ha hecho entrega al oferente adjudicado, de toda la información requerida para iniciar los trabajos de análisis, diseño y desarrollo de los productos.
9.3. Valor del contrato.
El valor total del contrato será el ofertado por el proponente, el cual no podrá superar los $80.000.000.- (ochenta millones de pesos) impuestos incluidos. Este monto máximo deberá distribuirse en relación con el(los) informe(s) comprometidos y definidos en las presentes Bases. Las ofertas que sobrepasen el monto máximo dispuesto para esta contratación serán declaradas inadmisibles.
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