Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, y coincidiendo en la zona efectuada en la oferta técnica y económica, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la Evaluación Técnica. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el Factor 3 “Calidad de la Propuesta”, en caso que se mantenga la situación de empate se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la oferta económica.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
El oferente que desee efectuar algún reclamo u observación, deberá hacerlo a través del Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 33° del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Una condición ineludible para cursar el pago de los informes será la aceptación de la orden de compra respectiva, la presentación, por parte de quien resulte contratada, de la acreditación del pago al día de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores dependientes (Formulario F-30 y/o F-30-1) y estar vigente en Estado Hábil en el Registro de proveedores, al momento de cursar el pago.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Defensoría, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o los que adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información del portal Internet de compras públicas, www.mercadopublico.cl.
En los casos, en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la Comisión Evaluadora podrá otorgar un plazo de 48 horas, para que él o los oferentes subsanen la omisión, complementen información o corrijan el error en las formalidades requeridas. Si él o los oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del proponente. Esta solicitud deberá efectuarse mediante publicación destinada a todos los oferentes en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl, desde esta fecha de publicación se deberá contabilizar el plazo para subsanar los errores u omisiones.
En el evento que, en el plazo de 48 horas, a que se hace referencia anteriormente, concluya después de las 18:00 horas, se extenderá hasta las 10:00 horas del día hábil siguiente. En el caso de que la solicitud corresponda a archivos o documentos, deberán ser enviados a través de la plataforma de compras públicas, www.mercadopublico.cl. La Comisión tendrá expresamente facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores; de igual forma, podrá rechazar las ofertas que no se ajusten a las Bases, de forma previa a la evaluación técnica y económica.
Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación pública, aquél o aquellos oferentes que presentaren antecedentes requeridos en el punto 10, de las presentes bases, y respecto de los cuales se haga efectiva la facultad especial de la Comisión de solicitud de corrección o complementación, -en conformidad a lo establecido en el inciso 2º del artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras-, serán sancionados en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, (Criterio “Cumplimiento de Requisitos formales de presentación de la oferta”).
De acuerdo con lo anterior, la DPP se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, de desestimar, desechar, y aceptar, cualquiera de las ofertas presentadas, independiente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. La comisión evaluadora, en representación del Servicio, se reserva el derecho a exigir información adicional y/o verificar la veracidad de la información provista. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Apertura y Evaluación detallada en el punto 14º de las presentes Bases. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la DPP.
Todas las consultas que efectúe la Comisión se realizarán por medio de publicación en el Portal de Internet de compras públicas, www.mercadopublico.cl.
Finalmente, la Comisión podrá designar una subcomisión técnica de profesionales expertos, para que la apoye en el proceso de evaluación de las ofertas, en conformidad a lo establecido en el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, y de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderación del punto siguiente, dejando constancia en las actas respectivas de la designación y de los informes que esta subcomisión le proporcione.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar y promover los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a realizar conductas atentatorias a los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar los efectos de esas conductas cuando se produzcan.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Normativa y aceptación de las bases |
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y de las presentes Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:
a) Las correspondientes ofertas técnicas y económicas de los proponentes.
b) Los antecedentes solicitados a cada postulante.
c) Las consultas a las bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas emitidas por la Defensoría Penal Pública.
d) Las aclaraciones que se efectúen a las Bases a iniciativa de la Defensoría Penal Pública.
e) Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Defensoría Penal Pública.
f) El respectivo contrato firmado por ambas partes.
La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las bases del proceso de licitación, sin necesidad de declaración expresa. Por la sola presentación de su propuesta el oferente acepta todas las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, como el de ejecución del contrato.
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Incompatibilidades |
Los participantes no podrán incurrir en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar con la Defensoría Penal Pública indicadas en conformidad a lo dispuesto en los artículos 4° y 35 quáter de la Ley Nº 19.886, también necesariamente deberán estar excluidos de todo conflicto de interés respecto de la institución; y respecto de los defensores se aplican las normas de probidad e inhabilidades de la ley 18.575, 18.834, y 19.718. Por lo tanto, los abogados que estén actualmente desempeñando funciones de jueces, fiscales o defensores penales públicos no podrán ser contratados para prestar este servicio por las inhabilidades legales existentes.
Asimismo, tampoco podrán participar en la propuesta quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores y no haber sido condenado a la pena de prohibición perpetua o temporal de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en los puntos 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del terrorismo y Delitos de Cohecho o del punto 26, letra d) del Decreto Ley Nº 211 que fija normas para la defensa de la Libre Competencia.
Para acreditar lo exigido en los párrafos precedentes, los proponentes, sean personas naturales o jurídicas, deberán ingresar al momento de la presentación de las ofertas al portal Internet de compras públicas, www.mercadopublico.cl, la declaración jurada cuyo formato se propone en el Anexo B.1.
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Consultas y Aclaraciones |
Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado para consultas en el punto anterior.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, a través del portal, la Defensoría podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, detallar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad a la fecha de cierre de presentación de ofertas.
Las respuestas y aclaraciones de la Defensoría se considerarán, para todos los efectos, como integrantes de estas bases de licitación pública.
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl.
Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
De existir modificaciones a las bases, deberá establecerse un plazo prudencial para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
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Comisión Evaluadora |
La Comisión Evaluadora estará integrada por:
a) Un (a) Defensor(a) Regional, designado para tal efecto por el Defensor Nacional.
b) Un Jefe de Estudios Regional o un (a) profesional designado por el Jefe del Departamento de Estudios y Proyectos de la Defensoría Nacional.
c) La Jefa del Departamento de Evaluación, Control y Reclamaciones o su subrogante.
La Comisión será designada mediante Resolución Exenta de la Autoridad respectiva. Cada integrante designado, deberá suscribir una declaración jurada sobre ausencia de conflictos de interés y confidencialidad, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886 y los artículos 6 Bis y 37 de su Reglamento. En el evento que un conflicto de interés o un hecho que le reste imparcialidad se hiciese patente al cualquier integrante de la comisión evaluadora, deberá abstenerse de participar en la mencionada comisión, debiendo informar en forma inmediata de dicha circunstancia a su superior jerárquico, a fin de ser remplazado por otro funcionario no afecto a aquella implicancia, en los términos del artículo 64, N° 6, de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Del Rechazo de Propuestas |
La Comisión Evaluadora, tendrá la facultad de rechazar fundadamente cualquier oferta que no se ajuste a las bases o no se estime conveniente para los intereses de la Institución. Se considerarán, especialmente como inconvenientes, las siguientes:
- Aquella oferta que no sea remitidas electrónicamente, a través del portal de Internet de compras públicas, www.mercadopublico.cl según el punto 13.
- Aquella oferta técnica que no alcance el puntaje mínimo de 25 puntos sumados entre el Factor 1 y 2 de evaluación.
- Aquella Oferta técnica que tenga puntaje 0 en el subfactor 3.1 Coherencia de la propuesta técnica
- Aquella oferta técnica que no alcance el puntaje mínimo de 40 puntos sumados los Factores 1, 2, 3 y 4.
- Aquella oferta económica cuyo valor total sobrepase el presupuesto asignado a la zona de licitación, o que arroje un valor total de la oferta (Anexo E) inferior al 80% de los fondos disponibles para la zona de licitación.
- Aquella oferta que no presente la información de todos los profesionales del proyecto en el formato requerido, según el anexo C “EXPERIENCIA Y ESPECIALIZACIÓN DEL ABOGADO Y EXPERIENCIA DEL OFERENTE”, sometiéndose a evaluación solo al profesional del cual se presente el anexo C referido, descartándose los restantes profesionales.
- Aquella oferta que no presentare la Declaración jurada requerida en punto 10, letra c), en el formato del Anexo B.1. o bien, en el formato electrónico dispuesto en el portal de compras
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De la Selección y Adjudicación |
Concluida la evaluación técnica y económica se elaborará un listado de las ofertas ordenadas por sus puntajes finales de manera decreciente, seleccionando al o los oferentes mejor evaluados, esto es a las propuestas que hayan obtenido el mayor puntaje final, conforme a los artículos 17, 18 y 19 precedentes.
Cada proponente persona jurídica o natural podrá postular a más de una zona de licitación para la Auditoría, con al menos un profesional específico y diverso para cada zona. La propuesta que obtenga el mayor puntaje final tendrá preferencia en las zonas en las que postula, con el/los abogados nominados en ella. Cada zona sólo será adjudicada a un proponente, sea persona natural o jurídica, y en el caso de esta última, al/los abogados/s incluidos en su nómina.
Si en las diversas propuestas de los oferentes personas jurídicas figuran abogados (as) que se repiten en nóminas de proponentes diversos, dichos abogados serán considerados en una única propuesta para su adjudicación, en la que obtenga el mayor número de puntos en su evaluación, y se disminuirá por tanto de las restantes ofertas donde figure dicho profesional. La postulación subsistirá si la proponente persona jurídica, cuenta con un abogado subsistente que cumplan con los criterios establecidos. Esta operación se repetirá las veces que sea necesario hasta adjudicar la totalidad de las zonas, ordenándose las demás zonas a adjudicar con ese mismo criterio de ajuste.
Para efectos del ingreso de la(s) oferta(s) al portal de compras, el oferente debe tener presente que cada zona a adjudicar, corresponde a un “producto o servicio”, que estará debidamente singularizado en el portal www.mercadopublico.cl, por lo que deberá ofertar en cada producto o servicio que sea de interés.
La Defensoría adjudicará la(s) propuesta(s) en un único acto, mediante resolución fundada, previa acta de evaluación de la licitación y propuesta de adjudicación, efectuada por la Comisión Evaluadora.
Asimismo, la Defensoría podrá declarar desierta o inadmisibles la o las propuestas en la misma resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
Los resultados y todo aquello realizado por la Comisión en función de la evaluación, se publicarán en el Portal Internet de compras públicas (www.mercadopublico.cl) al final de todo el proceso.
La DPP no devolverá la información y documentos entregados por los proponentes con su oferta, salvo lo dispuesto en el artículo 9° de las presentes Bases.
22.1. Re – adjudicación
Si uno o todos los adjudicatarios se desistiesen de su oferta, no entregasen los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firmaren el contrato o no se inscribieren en el Registro de Proveedores (en estado hábil) en los plazos que se establecen en las presentes bases se dejará sin efecto la adjudicación sólo respecto de ese adjudicatario y de la zona determinada, procediendo la entidad licitante a seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y que hubiese priorizado esa zona, y así sucesivamente.
Conforme a lo expresado en el párrafo anterior, los oferentes ubicados en los lugares: segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, al momento de la firma del contrato.
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Del Contrato |
23.1.- DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez adjudicada (s) la(s) propuesta(s) y notificado el/los adjudicatarios se procederá a la redacción, firma y tramitación del contrato y de la resolución que lo aprueba, en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl. Tratándose de un proponente que se adjudique más de una zona de licitación, se elaborará un contrato por cada zona, en consideración a el/los abogados integrantes de su nómina, y la muestra ofertada en cada una de ellas.
El adjudicado dispondrá del plazo máximo de 5 días hábiles contados desde el momento en que le sea enviado formalmente el contrato para devolverlo revisado y firmado a la Defensoría Penal.
Asimismo, la Defensoría requerirá que se acompañen los documentos signados en el artículo 10.3 de las presentes bases, excepto si éstos se encuentran digitalizados y actualizados en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, o si fueron acompañados en la presentación de su propuesta.
En el caso, que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá además presentar, antes de la suscripción del contrato, el acuerdo en que conste la unión temporal, materializado mediante escritura pública.
Es un elemento de la esencia para la suscripción del contrato que, la prestación del servicio de auditoría se preste por él o los profesionales que fueron evaluados y luego seleccionados, salvo acuerdo expreso del servicio.
Todos los antecedentes necesarios para la tramitación formal de la contratación, se deberán remitir al Jefe del Departamento de Evaluación, Control y Reclamaciones de la Defensoría Penal Pública, a la dirección indicada en el artículo 8º de las presentes Bases.
En caso que el (los) oferente(s) adjudicado(s) no se encuentre(n) inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, deberá inscribirse en el plazo de 10 días hábiles desde que la Defensoría le notifique la adjudicación de su oferta. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y en estado hábil en el referido Registro de Proveedores.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de la Defensoría, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes, en caso de que éste sea persona jurídica.
23.2.- DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato respectivo entrará en vigencia a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y tendrá una duración hasta el 15 de enero de 2025.
Sin perjuicio de ello, el periodo de la auditoría, vale decir el tiempo destinado a la selección de la muestra y entrega de todos los informes requeridos, no podrá ser superior a 20 semanas. Este plazo regirá para cumplir íntegramente el encargo, salvo caso fortuito, fuerza mayor o impedimento justificado, no imputable al auditor a calificación de la Defensoría
23.3.- DEL VALOR DEL CONTRATO
El valor total del contrato será el ofertado por el proponente, con un límite de $13.000.000.- (trece millones,) impuestos incluidos, por cada zona adjudicada. El valor del contrato, se distribuirá en relación con el(los) informe(s) comprometidos y definidos en las presentes Bases.
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