Licitación ID: 1888-1-LE22
ARRIENDO DE VEHICULO OFICINA MOVIL FNDR
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO, Sernam VII Región
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
Contratación de arriendo de vehículo acondicionado como oficina móvil para ejecución de proyecto FNDR GORE para las comunas de Licantén, Hualañé y Vichuquén, ejecutado por Sernameg Maule  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE VEHICULO OFICINA MOVIL FNDR
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El proyecto entrega una intervención focalizada a las comunas de Hualañé, Licantén y Vichuquén, la cual tiene 2 líneas de acción que se implementan en el territorio por un periodo de 2 años, conforme proyecto y ficha de presentación, sin perjuicio de ello el plazo de licitación y contrato posterior de la empresa adjudicada, tendrá plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2023, prorrogable por el plazo que se extienda y apruebe el programa, lo cual quedará sujeto a la autorización del Gobierno regional del Maule, en su oportunidad. 1.- atención integral psicosociojurica a mujeres que viven violencia, a través de dos modalidades: a.- atención móvil en terreno; dada la dispersión geográfica del territorio que se caracteriza por presencia de localidades y villorrios ubicados entre la cordillera de la costa y planicies litorales con poca conectividad rutas y transporte publico con los sectores más urbanos generando barreras a las personas para acceder a la oferta pública, por ello se busca acercar la atención especializada para las mujeres que viven violencia mediante un dispositivo móvil que dispondrá de profesionales del área social, legal y psicológica. b.- atención fijo en oficina comunitaria; por la naturaleza de la intervención que se realiza en el área de violencia contra las mujeres, es pertinente contar con un espacio particular para atender demanda que pueda requerir la comunidad, es por ello que el programa buscara implementar vía protocolos de acuerdos con los municipios un espacio que permita intervenir a las mujeres que requieren del apoyo en el ámbito de violencia. 2.- capacitación a agentes locales, la cual consiste en instalación de competencias en la red local: por medio de capacitaciones y traspaso metodológico se transmitirá a losas profesionales de las instituciones presentes en el territorio herramientas que les permitan dar continuidad a la demanda local de atención en el ámbito de violencia contra las mujeres una vez que el programa finalice su ejecución.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Unidad de compra:
Sernam VII Región
R.U.T.:
60.107.000-6
Dirección:
1 Sur 531
Comuna:
Talca
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-10-2022 20:00:00
Fecha de Publicación: 22-09-2022 13:53:15
Fecha inicio de preguntas: 22-09-2022 15:00:00
Fecha final de preguntas: 25-09-2022 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-09-2022 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-10-2022 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-10-2022 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 14-10-2022 18:25:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 19-10-2022
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1. DATOS DE OFERENTES
2.- ANEXO N° 2 DECLARACION JURADA SOBRE AUSENCIAS DE INABILIDADES
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA
 
2.- ANEXO N° 4 EXPERIENCIA DEL CONDUCTOR
 
3.- ANEXO N° 5 AÑO DE FABRICACION DEL VEHICULO
 
4.- PROPUESTA TECNICA EN FORMATO LIBRE
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 6 OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA El oferente deberá indicar en el Anexo N° 6, Oferta Económica, el valor neto por los servicios requeridos y el valor total y final, donde deberá considerar el monto ofertado el IVA. (Precio menor ofertado/ Precio ofertado evaluado) x 100) x 10% 10%
2 CONDICCION TECNICA DEL VEHICULO Se evaluará la disponibilidad del servicios requeridos, señalados por el oferente en la propuesta técnica. 15%
3 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA Se acreditará la experiencia del oferente en lo que dice relación con la habilitación de vehículos especiales. Para la evaluación de este criterio, el oferente deberá ingresar los datos solicitados en Anexo 3 de estas bases y posteriormente deberá incluirlo como documento adjunto en su oferta, donde se revisará la experiencia previa del proveedor en servicios similares 20%
4 EXPERIENCIA DEL CONDUCTOR Para la evaluación de este criterio, el oferente deberá ingresar los datos solicitados en Anexo 4 de estas bases y posteriormente deberá incluirlo como documento adjunto en su oferta, donde se revisará la experiencia previa del/la conductor/a propuesto para el manejo del móvil, en servicios similares 20%
5 AÑO FABRICACIÓN Y CALIDAD DEL VEHÍCULO Para la evaluación de este criterio el oferente deberá ingresar los datos solicitados en el Anexo 5 de estas bases. 30%
6 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, pero los incorpore con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 50 puntos en este criterio, aquel que no cumple con los requisitos formales obtendrá 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FONDOS EXTRAPRESUPUESTARIO GORE
Monto Total Estimado: 45000000
Justificación del monto estimado El pago de los servicios se realizará mensualmente, y éste no podrá exceder de los 3.000.000.- impuestos incluidos, mensuales.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: La vigencia del contrato se computará a partir de la notificación de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato y cuyo plazo de vigencia corresponderá al periodo que va desde su firma y hasta el 31 de diciembre del año 2023, pud
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 15 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JORGE VALDES TORRES
e-mail de responsable de pago: sernamegrecepcion@custodium.com
Nombre de responsable de contrato: CHRISTIAN DOMINGUEZ ARAVENA
e-mail de responsable de contrato: cdominguez@sernameg.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25498641-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad y su cumplimiento permanecerán en el contratista adjudicado. Para los efectos de la subcontratación corresponderá lo establecido en
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO, RUT 60.107.000-6
Fecha de vencimiento: 29-02-2024
Monto: 5 %
Descripción: La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, en la oportunidad establecida en el numeral 7 de las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso de las garantías otorgadas en forma física, estas se recepcionarán en la en oficina de partes del SERNAMEG, ubicada en 1 Sur #531 de Talca, de lunes a viernes, desde las 09:00 horas hasta las 16:30 horas.. Esta garantía sólo será entregada por el proveedor adjudicado.
Glosa: Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID……….……….” (ID de la licitación), de los pagos de multas y de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación Proyecto CÓDIGO BIP 40.028.500-0”., del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de ésta. Se realizará su devolución previa conformidad de la unidad técnica y recepción conforme total del servicio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
NORMAS LABORALES
Normas Laborales El proveedor adjudicado, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de su trabajador/a, quién preste el servicio como conductor/a del vehículo en arriendo. En consecuencia, el proveedor adjudicado será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a su trabajador/a, quién preste el servicio como conductor/a del vehículo en arriendo. El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al proveedor adjudicado, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de su trabajador/a, quién preste el servicio como chofer del vehículo en arriendo. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que el proveedor adjudicado, su trabajador/a, quién preste el servicio como conductor/a del vehículo en arriendo, no adquieren la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador. Por último, en relación con la subcontratación de servicios por parte del proveedor, queda a su expresa responsabilidad civil según lo establecido en el Código Civil en sus normas pertinentes, debiendo cumplir estrechamente con lo solicitado e indicado en ley de compras y lo señalado en N°16 de bases administrativas.
acreditacion de l cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales
SERNAMEG podrá solicitar al contratante, en cualquier tiempo, mientras dure la ejecución de los servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y Sociales. Será obligación del contratante cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los Seguros exigidos. Para el caso que el contratante registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de los servicios licitados deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar al Departamento de Administración y Finanzas, mediante certificados emanados de la autoridad competente que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas antes de efectuar cualquiera de los pagos. El incumplimiento de estas obligaciones será causal de término anticipado de la prestación.
RETENCIONES
SERNAMEG, se reserva el derecho a deducir administrativamente de cualquiera de los estados de pago, siempre que lo comunique al adjudicatario por escrito, cualquier suma que éste adeude por multas, suministros, servicios prestados, daños causados a la propiedad o al personal o bienes de SERNAMEG o por requerimientos judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud, Inspección del Trabajo o trabajadores del adjudicatario, multas de atraso en el cumplimiento de las obligaciones y plazos establecidas en las presentes bases, multas por incumplimiento en general, multas administrativas, así como cualquier suma derivada de otro concepto. Además, se podrá retener el pago de uno o más estados de pagos pendientes a la fecha, en que SernamEG haya sido notificado válidamente de la existencia de demandas por concepto de su responsabilidad subsidiaria en juicios laborales o previsionales por el personal de la empresa contratista. En este caso, podrá convertirse una retención ajustada al monto de la demanda.
PAGO
El pago de los servicios se realizará mensualmente, y éste no podrá exceder de los $3.000.000.- impuestos incluidos, mensuales. - Para el proceso de pago, se deberá enviar la factura mensualmente a la casilla sernamegrecepcion@custodium.com, la cual se pagará dentro de 30 días corridos, contados desde la fecha de emisión de la factura, previa recepción conforme, por parte de la unidad técnica. - El proveedor adjudicado, deberá enviar la(s) factura(s) al correo electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo pertinente de la mencionada factura, señalando forma de pago crédito, para evitar el rechazo del documento en el Servicio de Impuestos Internos. - En los casos en que se trate de UTP y que el apoderado o representante de la Unión Temporal se desista de prestar el servicio y los otros integrantes decidan continuar, éstos deberán notificar formalmente a SernamEG, la continuación de la Unión Temporal y señalar al nuevo miembro que asuma la representación y emitirá las facturas para el pago respectivo, debiendo éste tener poder suficiente para ello. ara dar cumplimiento al pago, el proveedor adjudicado deberá acompañar al momento de la presentación de su factura, mensualmente, los siguientes antecedentes de respaldo a saber: a) La liquidación de sueldo del conductor/a, que permita verificar que el pago correspondiente ha sido realizado. b) Si se trata de transporte conducido por su propio dueño: Para acreditar la calidad de propietario/a se acompañará certificado de dominio vigente del vehículo. c) Si se trata familiares y /o parientes del dueño/a: para acreditar la calidad de familiar y/o pariente se acompañará declaración jurada ante notario indicando el desempeño de sus funciones, individualizando características y placa patente del vehículo, la relación de subcontratación que lo liga con el ente comprador, estipulándose expresamente que sus cotizaciones previsionales en la AFP respectiva declarada y pagada. d) Conductor/a cuya relación laboral se encuentra sujeta a honorarios: Deberá acompañar contrato de prestación de servicios, boleta de honorarios de servicio individualizando el mes respectivo, libro electrónico de boleta de honorarios, comprobante de transferencia y/o depósito a nombre del conductor y formulario 29. Conjuntamente declaración jurada simple del conductor, que indique que el impuesto retenido y enterado en arcas fiscales será destinado a cotizaciones previsionales de seguridad social y de salud. e) Conductor cuya relación laboral se encuentra sujeta a contrato de trabajo: Deberá acompañar contrato de trabajo, certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F-30-1) y la liquidación mensual del conductor.
DEL PRESUPUESTO
La disponibilidad presupuestaria corresponderá a recursos del Gobierno Regional del Maule, a través de los Fondos de Inversión Regional asignados a SernamEG, pertenecientes a cuenta contable número 2103001, Adm. Fdos FNDR SernamEG – “TRANSFERENCIA DE INTERVENCIÓN FOCALIZADA PARA ATENCION A MUJERES QUE VIVEN VIOLENCIA EN LAS COMUNAS DE LICANTEN HUALAÑE Y VICHUQUEN”, Código BIP N°40.028.500-0, programa 02, subtitulo 33, ítem 03 asignación 589, subasignación C, transferencia de capital a otras entidades públicas, del presupuesto del año 2022 del Gobierno Regional del Maule.
CONTRAPARTES
El proveedor adjudicado deberá contar con una contraparte administrativa que se haga cargo del servicio, así como SernamEG tendrá contraparte técnica y encargada de programa, quienes en conjunto deberán velar por el correcto funcionamiento de los itinerarios programados, estado de mantención del vehículo y de cualquier otro punto a resolver, procurando que cada uno de ellos tenga responsabilidad y perfil que permita el análisis técnico de la implementación del programa en lo referente al móvil SernamEG.
ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación pública podrán formular sus consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto 4 de estas bases administrativas, a través de un foro electrónico disponible en la página web www.mercadopublico.cl, conectando el ID correspondiente a la presente licitación. Las respuestas y las aclaraciones, si las hubiere, serán emitidas por las instancias técnicas del SERNAMEG que tendrán participación en el presente proceso licitatorio, de acuerdo a lo señalado en el cronograma de la presente licitación y dentro del horario que determine el Portal www.mercadopublico.cl, SERNAMEG pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en la referida cláusula "Cronograma de la licitación". Se deja constancia que las respuestas y aclaraciones solo se efectuarán a través del foro electrónico existente en el portal www.mercadopúblico.cl. No se responderán consultas fuera de este medio. Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones se entenderán incorporadas a las presentes Bases Administrativas en todo aquello que las aclare.
RECTIFICACIÓN DE ERRORES Y PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES
La Comisión de Evaluación, una vez realizado el acto de apertura, podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre que estás no afecten el principio de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes, solicitud que deberá comunicarse a través del portal a los/las interesados/as y a los/las demás proponentes. Con todo, los antecedentes omitidos que se presenten con posterioridad al cierre de las ofertas, a propósito de las rectificaciones de dichos vicios u omisiones ya indicados, no les conferirán a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Los oferentes, tendrán un plazo máximo 48 horas, para responder lo solicitado y rectificar los vicios o errores y dar respuesta a las consultas planteadas por ese mismo medio. En tanto el portal de compras públicas no habilite la opción para adjuntar estos antecedentes a través del mismo sistema, la presentación deberá realizarse en soporte papel en la Dirección Regional del SERNAMEG a través de oficina de partes. En todo caso y ante la existencia de la situación descrita en el punto anterior, la comisión evaluadora procederá a evaluar el cumplimiento de los requisitos formales conforme el criterio de evaluación contenido en el punto 15 de las bases técnicas de la presente licitación, evaluando con mayor o menor puntaje la oportuna y correcta presentación de los antecedentes, según se fija en la pauta de evaluación.
MODIFICACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS O TÉCNICAS Y DE ANEXOS
SERNAMEG podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas, y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deben ser aprobadas mediante resolución publicada en el portal mercado público, y en caso de ser necesario debe fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS/AS OFERENTES
La omisión de cualquier documento, antecedente o dato de los referidos en las presentes bases, será considerada dentro del proceso de licitación obteniendo mayor o menor evaluación conforme los criterios preestablecidos en bases técnicas. No obstante lo anterior, SERNAMEG se reserva el derecho de admitir ofertas que presenten errores u omisiones que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa, errónea u omitida no sea de fondo y se deduzca de la sola lectura de los restantes antecedentes que acompañen la propuesta y cuando ello no signifique alterar el tratamiento igualitario de los oferentes ni impida la correcta evaluación de las propuestas, solicitando rectificación de errores u omisiones conforme lo indicado en el punto Nº 6 de esta bases administrativas. Sin embargo, no se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta cuya obtención sea posterior al vencimiento del plazo para presentar ofertas. Art 40 del Decreto Nº 250 que aprueba la Ley Nº 19.886. El plazo para presentar dichos antecedentes será de 48 horas contado desde el requerimiento que se efectúe por la Comisión a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
MECANISMO PARA RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN.
Los oferentes que tengan dudas respecto del PROCESO DE ADJUDICACIÓN podrán enviar un correo electrónico a la casilla cdominguez@sernameg.gob.cl para formular la respectiva consulta. La respuesta será enviada por la/el encargada/o del proceso de compras dentro de las 48 hrs. siguientes.
ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Para exigir el pago, el oferente adjudicado deberá presentar un certificado emitido por la Dirección del Trabajo que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los/as trabajadores/as contratados/as en los últimos dos años. Ante el evento que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, habilitará a SERNAMEG, para poner término anticipado al contrato.
SUBCONTRATACIÓN DE DERECHOS
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad y su cumplimiento permanecerán en el contratista adjudicado. Para los efectos de la subcontratación corresponderá lo establecido en el artículo 74 y siguiente del decreto N° 250 que aprueba la ley de compra 19.886.
SOLUCIÓN DE DISCREPANCIAS
Las diferencias que se puedan originar entre los proponentes y SERNAMEG serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Talca, sin perjuicio de las atribuciones que a la Contraloría General de la República competen y del Tribunal de Contrataciones Públicas. Para todos los efectos derivados del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Talca
EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DEL PROVEEDOR
20.1 DE LAS MULTAS CAUSALES PARA LA APLICACIÓN DE UNA MULTA: SERNAMEG, estará facultado para aplicar al adjudicatario una multa en los casos, forma y plazo que a continuación se indican, siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por SERNAMEG. Montos de las multas. El incumplimiento del Proveedor a las obligaciones establecidas en este Contrato, facultará al SernamEG de la Región del Maule para aplicar una multa por cada incumplimiento de acuerdo al siguiente detalle (las multas quedan sujetas a informes realizados por encargado de la unidad de Fiscalización o Movilización): INCUMPLIMIENTO PERIODICIDAD CLASIFICACIÓN VALOR MULTA Incumplimiento de alguna de las obligaciones previstas ley de tránsito. Por evento con un máximo de tres incumplimientos en el transcurso de la prestación del servicio. GRAVÍSIMA $500.000. (QUINIENTOS MIL PESOS). Incumplimiento por falla del vehículo o falta de conductor/a con retraso mayor de 24 hrs., para su reemplazo. Por evento con un máximo de dos incumplimientos en el transcurso de la prestación del servicio. GRAVE $250.000. (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS). Incumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en las bases de licitación. Por evento con un máximo de un incumplimiento en el transcurso de la prestación del servicio. LEVE. $125.000. (CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS) Todas las multas serán descontadas de los estados de pago que correspondan. Si el saldo pendiente que existe por concepto de estados de pago no cubre el monto total de la multa, se podrá recurrir a las retenciones e inclusive a la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato. 20.2 PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS 20.2.1 Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del contrato deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutor, mediante correo electrónico, informándole el cobro a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva. 20.2.2 A contar de la notificación singularizada en el numeral anterior, el adjudicado tendrá un plazo de cuatro días corridos hábiles para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante el administrador del contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. 20.2.3 Vencido el plazo indicado en el numeral precedente sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el adjudicado aceptase los hechos en que se funda la multa, se aplicará la correspondiente multa por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al proveedor mediante acto escrito. 20.2.4 Si el/la adjudicatario/a ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, SERNAMEG podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcial. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del adjudicatario/a, deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al proveedor mediante acto escrito. 20.2.5 Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. 20.2.6 La aplicación de la multa se hará administrativa y unilateralmente por SERNAMEG a través de la deducción de su monto del pago de la correspondiente factura o boleta (valor factura- monto multa= valor pagar). 20.2.7 Las multas se aplicarán siempre que el incumplimiento no hay sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por SERNAMEG.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
SERNAMEG podrá poner término anticipado a la contrato sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 20.3.1 Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el adjudicado deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al contrato. 20.3.2 Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del/a adjudicatario/a de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del Contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y que dicho incumplimiento le genere al adjudicatario/a un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. Se califican como incumplimiento grave, las obligaciones contraídas en los siguientes casos: 20.3.2.1 No prestación de los servicios de acuerdo a lo ofertado y/o acordado en el contrato aprobado. 20.3.2.2 Si el/la adjudicado/a no repone el vehículo o su conductor/a en caso de ser necesario, conforme plazo e indicaciones señaladas en las bases Técnicas. 20.3.2.3 Si el/la adjudicatario/a no da cumplimiento al pacto de integridad. 20.3.2.4 Si el adjudicado no comenzare con la ejecución del servicio, conforme las condiciones requeridas en las presentes bases de licitación y a lo ofertado, al octavo día corridos desde la firma del convenio. 20.3.2.5 Si el/la adjudicada/o, manifiesta que no está en condiciones de prestar el servicio, una vez firmado el contrato. 20.3.2.6 Si el/la adjudicado/a cede o traspasa total del contrato pactado. 20.3.2.7 Si un integrante de la unión temporal de proveedores ocultase información relevante para ejecutar el respectivo contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 20.3.2.8 Si se constatase que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. 20.3.2.9 Si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. 20.3.3 Quiebra o estado de notoria insolvencia del/a adjudicatario/a, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 20.3.4 Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 20.3.5 Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de Integridad”, si el/la adjudicatario/a, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del convenio marco, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: 20.3.5.1 Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar las decisiones de un/a funcionario/a público/a durante la ejecución del contrato, que tengan el propósito de generar acciones que resulten en su favor o en contra de otro adjudicatario. 20.3.5.2 Tergiversar hechos con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de esta Dirección o de otra Entidad pública. 20.3.5.3 Ejercer algún grado de extorsión, soborno o presión, declarando parentescos, relaciones con funcionarios de alto rango, beneficios o perjuicios, a quienes requieran hacer uso de la tienda electrónica y los productos adjudicados bajo este proceso licitatorio o a los encargados de la administración del contrato pertenecientes a esta Dirección. 20.3.6 No entrega o renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo establecido las bases de licitación. 20.3.7 Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 20.3.8 La comprobación de la falsedad o documentación incompleta de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser contratado. 20.3.9 En caso de muerte del prestador o socio que implique la imposibilidad de la prestación del servicio en los mismos términos contratados. 20.3.10 En caso de inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en la medida que ésta no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismo términos adjudicados. 20.3.11 En caso de disolución de la unión temporal de proveedores el/la adjudicatario/a, deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado, las cuales, a su vez, deberán ser Íntegramente pagadas por las respectivas Entidades. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo lo establecido en el número 20.3.1, procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulados en los puntos precedentes. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el/la Adjudicatario/a. De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto las de los números 20.3.1 y 20.3.4, además del término anticipado del convenio, procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento por parte del SERNAMEG.
PRODECIMIENTO PARA PONER TÉRMINO ANTICIPADO
20.4.1 En caso de requerir el término anticipado del contrato por la causal establecida en el número 20.3.1) y 20.3.2) del punto 20.3 de las Bases Administrativas, “Causales para término del contrato” de las presentes bases de licitación, éste se dispondrá por medio de un acto administrativo, fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse. 20.4.2 A su vez detectada una situación que amerite el término anticipado del contrato por alguna de las causales de término de contrato de las presentes bases de licitación, con la sola excepción del número 20.3.1 y 20.3.4, el/ la encargada de la administración del contrato deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutar, mediante correo electrónico, informándole sobre el término anticipado a aplicar y sobre los hechos en que ésta se motiva. 20.4.3 A contar de la notificación singularizada en el numeral anterior, el adjudicado tendrá un plazo de diez días corridos para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante el administrador del contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. 20.4.4 Vencido el plazo indicado en el numeral precedente sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el adjudicado aceptase los hechos en que se funda el término anticipado, se aplicará el correspondiente término anticipado por medio de un acto administrativo. El indicado acto administrativo deberá notificarse al proveedor a más tardar dentro de las 48 horas de dictada. 20.4.5 Si el adjudicatario ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, SERNAMEG podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del adjudicatario deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características del término anticipado a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al proveedor. 20.4.6 Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. 20.4.7 En caso de ponerse término anticipado al contrato, independiente de la causal que diera origen a éste, se pagará al adjudicado los servicios efectivamente prestados y recibidos a satisfacción por parte del SERNAMEG.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las bases, y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 22.1 El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 22.2 El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 22.3 El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 22.4 El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 22.5 El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 22.6 El/la oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 22.7 El/la oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 22.8 El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
SEGURIDAD DE LA INFORMACION
La entidad ejecutora será la responsable de resguardar los registros correspondientes a la intervención, como las fichas de las mujeres participantes y todos los documentos públicos concernientes al programa, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 19.628 sobre Protección a la Vida Privada, en términos tales que deberá cuidar de ellos con la debida diligencia, haciéndose responsable de los daños (Artículo 11). Las personas que trabajan en el tratamiento de datos personales, tanto en organismos públicos como privados, están obligadas a guardar secreto sobre los mismos, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con el banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo (artículo 7). Esto deberá quedar plasmado de manera explícita en los contratos que se suscriban, en su oportunidad, con cada profesional o integrante del equipo de trabajo. Los datos personales deben utilizarse sólo para los fines para los cuales hubieren sido recolectados, salvo que provengan o se hayan recolectado de fuentes accesibles al público (artículo 9).
PROPIEDAD INTELECTUAL
EL producto del trabajo que el adjudicado realice con ocasión del contrato, serán de propiedad de SERNAMEG, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto el contratista realizar ningún acto respecto de ellos, ajeno al contrato sin la autorización previa y expresa de SERNAMEG.