9.1 Normativa Aplicable |
La presente convocatoria se ceñirá a las disposiciones en el D.F.L. MOP Nº 850/1997, la Ley de
Compra y Contrataciones Públicas Ley Nº 19.886/2003 y sus modificaciones, el Decreto
Hacienda Nº 250/2004 y sus modificaciones, el Decreto MOP Nº 1141/2006, Modificado por
Decreto MOP Nº 412/2007 que aprueba el Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles
Nacionales y por Importación y de Contrataciones de Servicios y el Manual de Carreteras en lo
que corresponda.
Se hace presente que los oferentes deberán cumplir con la toda la normativa ambiental aplicable
para la actividad objeto de las presentes Bases, tanto de carácter general como aquella contenida
en Reglamentos u otro instrumento normativo.
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9.2 Evaluación de Licitación Pública |
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente por un Revisor o una Comisión de
Evaluación (en adelante Comisión), según sea el caso, compuesta por tres integrantes. Estos
últimos deberán ser funcionarios públicos (profesionales o técnicos calificados) y/o agentes
públicos de la Dirección de Vialidad, designados por acto administrativo de la Autoridad
competente dando cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 37 del D.S. de Hda. 250/2004.
Estos podrán requerir asesorías y antecedentes que estime pertinentes para el cumplimiento de
su labor.
Se evaluaran únicamente las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en las
Bases de Licitación. Tanto la verificación del cumplimiento de los antecedentes exigidos por
Bases, como la evaluación de las Ofertas aceptadas, quedará consignado en el respectivo
Informe o Acta de Evaluación y someterse a lo establecido en el artículo 40 del D.S. de Hda.
250/2004.
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9.3 Derecho a desestimar las ofertas |
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de aceptar o desestimar cualquiera de las ofertas,
independiente de sus montos y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos
de esta decisión se incluirán en el Informe o Acta de Evaluación correspondiente y declarase
mediante Resolución fundada. En tales casos los proponentes no podrán reclamar indemnización
alguna en contra de la Dirección de Vialidad.
Asimismo, la Dirección de Vialidad podrá declarar INADMISIBLE las Ofertas o dejar DESIERTA la
Licitación conforme a lo dispuesto en el Art. N° 9 de la Ley de Compras Públicas N° 19.886.
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9.4 Contacto con los Oferentes |
Una vez realizada la apertura de las ofertas y antes de la Adjudicación, el Servicio, podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de
dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto
de los demás proveedores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las
bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los proveedores
a través del sistema de información. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad
del “FORO INVERSO” del portal www.mercadopublico.cl
Queda absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto por parte de los Revisores o
Comisión. Asimismo, no podrán tener contacto con terceros relacionados con esta licitación, ni
recibir donativos.
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9.5 Criterios de Evaluación |
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a los siguientes factores y sus respectivos puntajes
máximos:
9.5.1 Precio 70%
La evaluación del precio ofertado tendrá una ponderación del 70%.
La Comisión analizará el precio que presenten los oferentes, otorgándole mayor puntaje al
oferente que entregue el valor más conveniente:
70 Puntos. Para asignar este puntaje se aplicará la siguiente fórmula: I = (P mín. x I máx.) / P
Donde: I = Puntaje a asignar P mín. =Oferta de menor costo P = Precio de la oferta en análisis
I máx. = Puntaje máximo correspondiente a este criterio, 70 puntos.
9.5.2 Calificación de desempeño 10%
Para asignar este puntaje se tomará el promedio de notas obtenidas por calificaciones en
adquisiciones de material pétreo, efectuadas por la Dirección de Vialidad Región de Los Lagos
durante el periodo 2023-2024.
Aquellas empresas que no registren compras de material pétreo durante este período y/o que
no tengan calificaciones previas, se le otorgará el puntaje máximo de este factor.
9.5.3 Plazo de entrega del suministro 15%
Plazos de Entrega para el Suministro de Material Pétreo, será en días corridos y contados desde
las 24 horas siguientes al envío de la primera Orden de Compra:
Entrega entre 00 y 15 días = 15puntos;
Entrega entre 16 y 20 días = 05 puntos;
Entrega entre 21 y 25 días = 0 puntos;
La entrega del suministro con plazos superiores a 25 días o en formatos distintos al solicitado se
considerará fuera de bases.
9.5.4 Cumplimiento requisitos formales 5%
Para asignar este puntaje los Oferentes deberán dar cumplimiento a los requisitos formales y
presentar todos los documentos dentro del plazo para ofertar.
El oferente que haya incumplido los requisitos formales o hayan omitido antecedentes o
certificaciones al momento de presentar su oferta, y sean acompañados con posterioridad a
solicitud del Servicio, de conformidad con el artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la Ley N°
19.886., obtendrá 0 puntos en este criterio.
Se exceptúan de lo anterior los documentos señalados en el punto 4.3. Antecedentes Oferta
Técnica” y 4.4. Oferta Económica, los que en caso de no presentarse dentro del plazo para
presentar la oferta o a solicitud del Servicio, se consideraran fuera de Bases.
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9.6 Resolución de Empates |
En caso de empate de las Ofertas evaluadas, se aplicarán las siguientes Reglas de solución de
empates:
CONDICIÓN ADJUDICACIÓN
Igual Puntaje. Se adjudica a empresa que presente el menor valor
en la oferta económica.
Igual Puntaje e igual valor en la Oferta
Económica.
Se adjudica a empresa con menor tiempo de
entrega.
Igual Puntaje e igual valor en la Oferta
Económica e igual plazo de entrega Se adjudica a empresa con mejor calificación por
desempeño.
En caso de persistir el empate, se elegirá al oferente que haya dado cumplimiento a la entrega
de la totalidad de documentación solicitada dentro del plazo para presentar Ofertas. Y en último
caso, de acuerdo a la fecha y hora que ingreso la oferta al portal www.mercadopublico.cl. Este
hecho quedará consignado en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, donde se indicará
el método que se utilizó para tal efecto.
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9.7 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El Servicio podrá solicitar información omitida o adicional a las empresas, con posterioridad al cierre de la
licitación, siempre que se trate de antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se trate de situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentar ofertas y el periodo de evaluación. Estos antecedentes no tendrán ponderación.
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9.8 Validez de la Oferta |
Las ofertas presentadas deben tener una validez mínima de 30 días corridos, a contar desde la fecha de cierre de la licitación.
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9.9 Fecha de Cierre |
La fecha de cierre de la licitación podrá ser modificada según las necesidades del Servicio, para asegurar una mayor participación por parte de los oferentes.
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9.10. De la Adjudicación |
La adjudicación deberá realizarse en el plazo señalado en las presentes Bases y publicarse oportunamente
en Portal. La fecha de adjudicación podrá ser modificada según las necesidades del servicio, informando en
el Sistema de Información Portal Mercado Público, las razones que justifican el incumplimiento y el nuevo
plazo de adjudicación.
La Adjudicación de la propuesta se materializará mediante Resolución de la autoridad competente y se
efectuará al proveedor que cumpla con los antecedentes requeridos y presente la mejor oferta del suministro
solicitado, a proposición del Revisor o Comisión Evaluadora, propuesta que podrá ser aceptada o rechazada
por la autoridad competente por resolución fundada.
Formarán parte integrante de esta Resolución las Bases Administrativas, las Bases Técnicas, la Oferta debidamente aceptada, las Garantías exigidas y el Informe o Acta de Evaluación.
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9.11. Precios Monedas |
Los precios presentados por los oferentes se cotizarán en Pesos Chilenos, netos (sin IVA), incluyendo el valor
de traslado o flete y cualquier otro gasto que sea requerido para cumplir con la compra en las condiciones
exigidas en las presentes Bases de Licitación.
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9.12. Notificación |
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl, una vez
tramitada la Resolución de Adjudicación.
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9.13. Suscripción de Contrato y Emisión de la Orden de Compra |
Por tratarse la presente adquisición de bienes y servicios de simple y objetiva identificación, no requerirá la
suscripción de contrato, salvo para compras que superen los 1.000 UTM en cuyo caso, la Orden de Compra
será emitida una vez tramitada la Resolución que aprueba el mismo.
En los demás casos, la adquisición se formalizara mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación
de ésta por el Proveedor.
El plazo para suscribir el contrato en caso que proceda, será de 5 días hábiles contados desde la notificación
de la Adjudicación.
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9.14. Inspección Fiscal o Contraparte Técnica |
La Dirección de Vialidad designará a un funcionario de su dependencia como Inspector Fiscal o Contraparte
Técnica del suministro, quien deberá velar por el cumplimiento de lo establecido en las Bases de Licitación,
Oferta debidamente aceptada, normativa aplicable y de las obligaciones del contrato en caso de requerir.
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9.15. Traspaso del Contrato |
El adjudicatario No podrá en caso alguno traspasar a terceros el contrato objeto de la presente Licitación.
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9.16. Servicio requerido |
El Suministro del material pétreo contratado, deberá ser entregado y acopiado por el proveedor dentro
del radio definido en el Croquis de Ubicación contemplado en las Bases Técnicas, en la forma y
dentro de los plazos contemplados en las presentes Bases y la Oferta debidamente aceptada.
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9.17. Plazo de Entrega |
El plazo de entrega del material comenzará a más tardar el quinto día hábil siguiente al de envío de la
respectiva Orden de Compra por el portal www.mercadopublico.cl, la cual deberá ser aceptada, en caso
contrario se solicitará su rechazo.
Las empresas proveedoras podrán ofrecer un plazo menor al plazo máximo de entrega aceptado, lo que será
evaluado de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Prorroga y Modificaciones:
El contrato no estará sujeto a modificación o ampliación de plazo alguno, salvo casos debidamente
justificados, como caso fortuito, fuerza mayor u otra situación imprevista no imputable al proveedor.
En estos casos, el proveedor deberá informar y entregar al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, antes del
vencimiento del plazo del contrato, los antecedentes y medios de verificación que justifiquen el hecho que
origina la situación de excepción.
En caso de proceder, el Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser
remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada o rechazada por la Dirección.
La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
El aumento plazo de ejecución y/o de vigencia de la contratación que se conceda, deberá ser aprobada
mediante resolución fundada y será proporcional a la situación, hecho o causa que le ha dado origen.”
Si el plazo venciera en un día sábado, domingo o festivo, extenderá automáticamente al día hábil siguiente.
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9.18. Del Acopio del Material |
El acopio deberá ubicarse en un recinto que reúna las condiciones de seguridad y resguardo necesarios para
la debida custodia del material, lugar que debe ser autorizado por el Inspector Fiscal y dejarse constancia en
un Acta de Entrega de Terreno que se levantará al efecto.
La entrega de terreno deberá practicarse dentro del plazo de 5 días hábiles señalados en el numeral 9.17 de
las presentes Bases.
El adjudicatario deberá preparar el lugar de acopio, dejando una superficie firme y plana, para que personal
de topografía de la Dirección de Vialidad, tome línea de tierra antes de la entrega y acopio del material.
En caso que el lugar de acopio se encuentre en un predio particular, la empresa proveedora deberá asumir
todo costo que por esta razón se genere y remitir a la Dirección Regional de Vialidad, a través del Inspector
Fiscal, una declaración jurada ante notario, donde el dueño del terreno (calidad que debe ser acreditada
mediante copia inscripción de dominio vigente), declare lo siguiente:
a) Que el material acopiado en su predio es de propiedad de la Dirección de Vialidad.
b) Que, se compromete a mantenerlo a buen resguardo por un período de 12 (doce) meses en un recinto
cerrado y a denunciar cualquier daño que pueda sufrir el material.
c) Que, esta custodia no tendrá ningún costo para la Dirección de Vialidad y pueda ser retirado por la Dirección
durante el período antes mencionado.
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9.19. Prevención de Riesgos y Seguridad Vial |
Será responsabilidad del proveedor adoptar todos los medios de seguridad necesarios, durante la faena de
extracción del material.
Asimismo ante un eventual tránsito por caminos públicos durante el proceso de entrega del material, el
proveedor estará obligado a mantener el buenas condiciones de tránsito, asegurando la fluidez del mismo y
procurando la mayor seguridad para los usuarios del camino, debiendo instalar los letreros y señales de
peligro diurnos y nocturnos, conforme a lo establecido en la sección 7.205 del MC-V7, durante todo el periodo
que duren las faenas. Esta señalización deberá ser retirada inmediatamente al término de las obras.
El proveedor deberá tomar todas las medidas de seguridad exigidas por el Ministerio de Transportes, e
implementar a su personal con los elementos de protección que exigen las disposiciones vigentes. Se deja
establecido que ante la ocurrencia de cualquier daño o Accidente que se pudiera afectar a la maquinaria,
operadores o terceros durante el traslado u operación, esta será de exclusiva responsabilidad de la empresa
adjudicataria.
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9.20. Control de las ET del Material |
El adjudicatario deberá contar con Ensayes de Autocontrol, para lo cual deberá contar con los servicios de un
laboratorio particular reconocido por la Dirección de Vialidad, que efectúe los ensayes y certifique que el
material adquirido cumpla con las especificaciones solicitadas. Este certificado debe hacerlo llegar a la
Inspección Fiscal durante la provisión del suministro. No obstante lo anterior, se deja establecido que el
Laboratorio de Vialidad, efectuará un muestreo del material una vez terminado y cubicado el acopio, para lo
cual se establece lo siguiente:
a) Se deberá informar oportunamente por parte de la Empresa al Inspector Fiscal y al Jefe de Laboratorio
que corresponda, vía correo electrónico, indicando fecha de término del suministro.
b) El Inspector del Suministro deberá coordinar con el Topógrafo, con el Jefe de Laboratorio que corresponda
y con la Empresa Proveedora, para que realice la medición topográfica y la toma de muestras
correspondientes, todo dentro de los siete días corridos siguientes a la fecha de término del suministro. Para
este efecto, y en la fecha acordada, la Empresa Proveedora deberá tener disponible una máquina excavadora
en el lugar del acopio, a objeto de mover el material según lo indique el personal de Laboratorio, para que
ellos tomen muestras desde donde estimen conveniente.
c) El Certificado que emitirá Laboratorio de Vialidad será el documento oficial para la recepción en cuanto al
cumplimiento de las Especificaciones Técnicas del material.
d) Este certificado, además de los resultados de
los ensayes, deberá establecer la fecha de emisión, número y fecha de la Resolución de Adjudicación, el ID
de la Licitación, fecha de la toma de muestras en terreno, el nombre y tipo de licencia del laboratorio
responsable y nombre y cargo de quien firma dicho Certificado.
e) En caso de incumplimiento de las especificaciones técnicas del material suministrado, según informe del
Laboratorio de la Dirección de Vialidad a la Empresa, se procederá al rechazo del material, lo que será
comunicado vía oficio por el Inspector Fiscal. En este caso, el Proveedor deberá corregir el suministro, para
dar cumplimiento a las Especificaciones Técnicas, estableciéndose para estos efectos un plazo de 10 días
corridos desde el oficio de comunicación dado por el Inspector Fiscal, este plazo será prorrogable por el
Inspector Fiscal, en las medidas y por el número de días que la situación lo requiera. Una vez concluida esta
tarea, la empresa deberá presentar la certificación de autocontrol externo correspondiente, informando al
Inspector Fiscal. Esta Certificación será contrastada con nuevos análisis por una única vez que al efecto
practique el Laboratorio de Vialidad.
f) Una vez realizado el Re-Muestreo y si el material granular acopiado no cumple con las Especificaciones
Técnicas, la Dirección de Vialidad se reserva el derecho de ACEPTAR o RECHAZAR la totalidad del material
acopiado. En caso de RECHAZO del material acopiado, el Proveedor deberá retirarlo a su costa. En este caso
se harán efectivas las multas descritas en el acápite “Multas por Incumplimiento de Especificación Técnica”
las presentes bases
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9.21. Del Control de Cantidad |
La unidad de medida será en m3 del material suministrado y acopiado de acuerdo a especificaciones. El
sistema de control y recepción del material pétreo será por medición topográfica, para lo cual la Dirección de
Vialidad designará un funcionario topógrafo, quien para estos efectos deberá realizar lo siguiente:
- Efectuar un levantamiento de la cancha, previo al acopio del material, dejando puntos de referencia para
que el proveedor deposite el material.
- Solicitar a la empresa entregar el acopio en forma de prisma geométrico a objeto de facilitar su medición.
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9.22. Respaldo Fotográfico |
La empresa que se adjudique la adquisición del suministro y acopio de material pétreo, deberá tomar
fotografías de remoción de la cancha de acopio, antes, durante y al término de éste. Se exigirá como mínimo
6 fotografías a color de 12x15 cm., en tres hojas de papel tamaño oficio, estableciendo el N° de licitación,
N° resolución, ubicación del acopio y fecha de la toma fotográfica. Estos antecedentes deben ser presentados
al Inspector, junto al comunicado de término del suministro.
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9.23. Facturación Electrónica y Forma de Pago |
El pago al proveedor se generara en un plazo no superior a 30 días hábiles a contar de la presentación de
la factura, previa recepción conforme de los servicios y/o trabajos solicitados por parte del Inspector Fiscal
y firma de la factura por quien corresponda. Conforme a la Ley N° 20.727, que obliga a los Contribuyentes
a emitir documentos electrónicos, el Ministerio de Obras Públicas está incorporado en la modalidad de
contribuyente electrónico, a contar del 01 de marzo de 2017, operando Bajo esta modalidad como receptor
de Facturas Electrónicas. En Los proveedores en su calidad de emisores de facturas electrónicas al
Ministerio de Obras Públicas, deberán realizar ciertos ajustes en el XML de la Factura, de manera que ésta
refleje el lugar del País donde se efectuó la compra de bienes y/o servicios. En efecto, las Facturas emitidas
deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar de pago, en donde se
produjo la compra, para una identificación rápida y que el documento se derive automáticamente a los
correos electrónicos que se diseñarán para tal efecto, y contener los siguientes datos:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: DE LOS LAGOS
Domicilio: MANUEL ANTONIO MATTA N° 838 Comuna: OSORNO
RUT: 61.202.000-0
Giro: SERVICIO PUBLICO
CÓDIGO FACTURACIÓN: 1270
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9.24 Autorización de Pago a través de Bancos |
Los proveedores adjudicados podrán optar digitalmente al trámite “Autorización de pagos a través de Bancos”
lo que permitirá a personas naturales y jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y
Finanzas, para abonar a la cuenta bancaria que indiquen, los valores presentados a cobro como proveedor.
Para acceder al trámite los Proveedores deberán dirigirse al siguiente enlace:
https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio
Para lo anterior, deberán identificarse mediante clave única y completar el formulario web.
El mecanismo especifico de uso de esta herramienta, se detalla en documento adjunto a las presentes Bases,
ORD. N° 708 de fecha 29/12/2021, del Director Nacional de Contabilidad y Finanzas, instruye
sobre la sobre modalidad de pago electrónico para pagos a contar del año 2022.
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9.25. Recepción Definitiva |
Para la Recepción Final de este suministro se designara una comisión de Recepción integrada por el
Coordinador Regional de Suministros o un representante y un funcionario de la provincia), quienes junto al
Inspector Fiscal supervisaran en terreno el trabajo realizado, cumplimiento de Bases Administrativas y
Especificaciones y Bases Técnicas; y evaluaran el desempeño del proveedor asignado una nota dentro de una
escala de 1 a 10. Esta Nota quedara estampada en el Informe de Calificación y en la Hoja de Vida de La
respectiva empresa. La Comisión de Recepción será designada en la Resolución de Adjudicación del
suministro.
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9.26. Documentos de Respaldo para Pago |
El Inspector Fiscal podrá dar Visto Bueno al pago la cancelación del suministro, una vez terminado y recibido
por parte de la Comisión de Recepción, debiendo adjuntar los siguientes documentos:
- Informe de Término de Suministro.
- Acta de Recepción Definitiva.
- Informe de Calificación del Proveedor.
- Registro Fotográfico.
- Autorización para resguardo del acopio de material desde la fecha de entrega, con autorización Notarial del
propietario del predio debidamente acreditado, señalando expresamente lo siguiente: Que el material pétreo
acopiado en su predio es de propiedad de la Dirección de Vialidad; que se compromete a mantenerlo a buen
resguardo por un período de 12 meses en un sector cerrado; a denunciar cualquier daño que pueda sufrir el
material; que la custodia no tendrá ningún costo para la Dirección de Vialidad; y que puede ser retirado por
la Dirección durante el período antes mencionado (numeral 9.18 Del Acopio de Material).
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9.27. Derecho a Variar las Cantidades |
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta en un 30% las cantidades
adjudicadas, de acuerdo a las necesidades de orden técnico y/o administrativo, sin que esto afecte los precios
ofrecidos. En caso de aumento de plazo, se otorgará aumento proporcional del mismo en caso de proceder.
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9.28. Multas por Atrasos |
El incumplimiento de los plazos de entrega, se multará con un 2% sobre el valor total del suministro por
cada día de atraso con un tope del 20% del total del monto ofertado.
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9.29. Multas por Incumplimiento de Especificaciones Técnicas |
Si el Proveedor no cumple con el plazo establecido en la letra e) del numeral 9.20 (Control de ET del Material)
se multará con un 2 % del valor total del suministro por cada día de atraso, una vez superados los 5 días de
multa, contados desde el vencimiento del plazo de 10 días corridos desde el oficio de comunicación dado por
el Inspector Fiscal a que se refiere la letra e) antes referida, se podrá poner término al Contrato, haciéndose
efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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9.30. Incumplimiento del Contrato |
Si el incumplimiento de los plazos de entrega supera los 10 días corridos contados desde la fecha de su
vencimiento, sin que exista una fuerza mayor calificada por la Dirección de Vialidad que lo justifique, se
pondrá término al Contrato, haciendo efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento. Lo mismo procede en caso de
incurrir en las causales señaladas en el artículo 77° del Dto. Hda. N°250 de 2003.
Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir indemnización por los
daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento imputable al proveedor.
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9.31. Solución de Controversias |
Toda controversia entre la Dirección de Vialidad y la Empresa adjudicataria, durante el desarrollo del contrato,
será sometida a la consideración del Señor Fiscal de Obras Públicas, quien emitirá un Informe en derecho,
sin perjuicio de las facultades que correspondan al Sr. Ministro de Obras Públicas y al Sr. Contralor General
de la República.
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9.32. Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o
los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o
en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a
no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o
afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y
documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas
que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de
la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y
acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos
integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las
consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que
sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio
es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.-
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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