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9.1 Normativa Aplicable |
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Para efectos del estudio, preparación y presentación de ofertas, los proponentes deberán considerar los siguientes antecedentes:
- Las Bases Administrativas y en todo lo no previsto por ellas, las disposiciones de la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Hacienda Nº 661/2024.
- Las Bases Técnicas.
- Los Anexos.
- Las aclaraciones y respuestas a las consultas entregadas a los oferentes a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl (en adelante, el “Portal”).
- La normativa vigente aplicable a la presente licitación. Dentro de ella, las disposiciones en el D.F.L. MOP Nº 850/1997, Decreto MOP Nº 1141/2006, Modificado por Decreto MOP Nº 412/2007 que aprueba el Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y de Contrataciones de Servicios y el Manual de Carreteras en lo que corresponda, y en especial toda la normativa ambiental aplicable para la actividad objeto de las presentes Bases, tanto de carácter general como aquella contenida en Reglamentos u otro instrumento normativo.
Los antecedentes antes indicados, para todos los efectos legales y administrativos, se aplicaran en el orden de prelación antes indicado y formarán parte integrante del contrato que se suscriba con el adjudicatario, y en consecuencia, estará obligado a dar cabal cumplimiento a todas las disposiciones establecidas en ellos.
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9.2 Consultas y Aclaraciones a las Bases |
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Los interesados podrán formular las consultas que estimen necesarias, tanto de carácter técnico como de índole administrativa, dentro del plazo señalado en el punto 3 de las presentes Bases y sola a través del Portal.
Las consultas se responderán, por esa misma vía, siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial.
Las comunicaciones entre la Entidad Licitante y los oferentes, desde el llamado a licitación y hasta la adjudicación de la misma, se realizarán exclusivamente a través del Portal, por lo que no se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado y/o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, la Dirección de Vialidad podrá efectuar a iniciativa propia las aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro. Dichas aclaraciones estarán disponibles en los archivos adjuntos de la licitación, si es que se efectuaren.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Los oferentes deberán revisar el Portal durante todo el proceso de la licitación, no pudiendo alegar desconocimiento de las comunicaciones realizadas en el mismo.
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9.3 Modificaciones a las Bases de Licitación |
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La Dirección de Vialidad podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes.
Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal Mercado Público, otorgando además, un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada y formarán parte integral de las Bases de Licitación.
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9.4 Presentación de las Ofertas |
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Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico y a través del Portal, serán de carácter irrevocable y no podrán estar sujetas a condición alguna.
Todos los anexos singularizados en las presentes Bases y los documentos que deban ser suscritos para la contratación, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en Registro de Proveedores por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta.
No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19886.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y las condiciones que regulan tanto el mecanismo de la licitación, selección y adjudicación, así como la correcta entrega del producto objeto de la licitación, sin necesidad de declaración expresa.
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9.5 Precio y Moneda |
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Los precios presentados por los oferentes se cotizarán en Pesos Chilenos, netos (sin IVA), y deben incluir todo gasto que sea requerido para cumplir con la compra o servicio en las condiciones exigidas en las presentes Bases de Licitación.
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9.6 Vigencia de las Ofertas |
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Las ofertas presentadas deben tener una validez mínima de 45 días hábiles, a contar desde la fecha de cierre de la licitación.
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9.7 Garantías |
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Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
En las adquisiciones superiores a 1.000 UTM, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y/o de las multas que se impusieren, el adjudicatario deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, que deberá ser emitida y entregada conforme lo dispone el numeral 8 de las presentes Bases.
Si el adjudicatario no presentare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, se podrá adjudicar al proponente que hubiere resultado calificado en segundo lugar en la evaluación, sin perjuicio de la facultad dela Dirección de Vialidad de declarar desierta la licitación.
En licitaciones inferiores a las 1.000 UTM, solo será exigida la presentación de esta garantía si el Servicio por razones fundadas, lo solicite expresamente en las presentes Bases de Licitación.
El Servicio podrá hacer efectiva esta garantía, si el proveedor no cumple con la entrega de suministro en los términos establecidos en las presentes Bases de Licitación o incurra en alguna causal de terminación anticipada del contrato, lo que deberá ser debidamente declarado mediante resolución fundada.
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9.8 Errores u omisiones y Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes |
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La Dirección de Vialidad, podrá solicitar a través del Foro Inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones y antecedentes complementarios, como asimismo, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de cuarenta y ocho horas, contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente entregue respuesta a las solicitudes.
En caso de requerir antecedentes omitidos, estos podrán ser aceptados siempre que se trate de antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se trate de situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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9.9 Evaluación de las Ofertas |
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Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente, según sea el caso, por un Revisor o una Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión) compuesta por tres integrantes.
En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del organismo de la Administración del Estado respectivo o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes.
Los evaluadores no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
La integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.
Se evaluaran únicamente las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, la ley y Reglamento, y se declararan inadmisibles las ofertas que no cumplan con estos.
Tanto la verificación de cumplimiento de antecedentes a presentar, como la evaluación de las ofertas aceptadas, quedará consignado en el respectivo Informe o Acta de Evaluación y someterse a lo establecido en el párrafo 7 del Capítulo IV del Decreto de Hacienda N°661 de 2024 y artículos 59, 60 y 61 del mismo cuerpo normativo; artículo 9 de la Ley N°19886, y demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de la misma, tales como la solicitud de aclaraciones, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas o visitas a terreno que esta pudiese requerir durante la evaluación y siempre que hubieren sido previstas en las presentes Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
Los evaluadores, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, circunstancia que se dejará constancia en el Acta de Evaluación de las ofertas, por medio de una declaración jurada simple anexada a dicha acta.
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9.10 De los Requisitos de Admisibilidad |
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El Revisor o la Comisión, respectivamente, verificarán que las ofertas cumplan los requisitos de admisibilidad establecidos en las presente Bases de Licitación.
Tendrán dicho carácter los documentos señalados en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas, y que no sean objeto de asignación de puntaje, y aquellos que demuestren alguna inhabilidad o prohibición para contratar con Organismos del Estado.
Asimismo, los evaluadores podrán proponer, fundadamente, que se declare inadmisible cualquier oferta que no se ajuste a estas Bases o se estime inviable para la adecuada ejecución del contrato, como por ejemplo, cuando la oferta económica sea inferior a la mitad del precio promedio de las otras ofertas presentadas.
La presentación de documentación que contenga información notoriamente no fidedigna, o que venga en formato ilegible o enmendada, se tendrá por no presentada.
En el Acta de Evaluación se consignará si las ofertas son declaradas admisibles o inadmisibles y las razones que en cada caso lo justifican.
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9.11 Resolución de Empates |
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En caso de empate de las ofertas evaluadas, se aplicarán las siguientes reglas de solución de empates:
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CONDICIÓN
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ADJUDICACIÓN
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Igual Puntaje
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Se adjudica al proveedor que presente el menor valor en la oferta económica.
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Igual Puntaje e igual valor en la oferta Económica
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Se adjudica al proveedor con más años de experiencia
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En caso de persistir el empate, se elegirá al oferente que ingresó primero su oferta, de acuerdo a la fecha y hora de ingreso en el portal www.mercadopublico.cl. Este hecho quedará consignado en el Acta de Evaluación de ofertas, donde se indicará el método que se utilizó para su verificación.
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9.12 Revocación del Llamado y Desestimación de Ofertas |
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La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de licitación publicado en el Portal por razones de mérito, conveniencia u oportunidad, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N° 19.880.
Asimismo, la Dirección se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o estás no resulten convenientes al interés del Servicio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley de Compras Públicas N° 19.886, pudiendo desestimarlas independiente de sus montos y condiciones, antes de la adjudicación por razones de interés fiscal.
En todos estos casos, los proponentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna.
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9.13 Fecha de Cierre y Adjudicación |
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La fecha de cierre de la licitación podrá ser modificada por decisión del Servicio, para asegurar una mayor participación de oferentes.
Del mismo modo, la fecha de adjudicación podrá ser modificada por necesidades del Servicio, informando en el Sistema de Información del Portal Mercado Público, las razones que lo justifican y el nuevo plazo de adjudicación
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9.14 Adjudicación |
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La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo, al proveedor que a proposición del Revisor o Comisión cumpla con las exigencias de las presentes Bases y obtenga la mejor calificación según los criterios de evaluación. Esta propuesta, podrá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente por razones fundadas.
El resultado de la licitación se publicará en el Portal Mercado Público, la que se entenderá notificada al Adjudicatario y demás participantes, al día siguiente hábil de su publicación.
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9.15 Formalización de la Contratación |
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Se formalizara mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por el proveedor. En estos casos, la Orden de Compra se emitirá conjuntamente con la publicación de la Adjudicación en el Portal.
Emitida la orden de compra, se entenderá notificada al Adjudicatario al día siguiente hábil a su envío a través del Portal Mercado Público, y el proveedor tendrá un plazo máximo de 24 horas contados desde su notificación para aceptarla, de lo contrario, el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
En casos de licitaciones superiores a 1.000 UTM se formalizará mediante la suscripción de un contrato en un plazo no superior a 10 días hábiles a contar de la notificación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl
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9.16 Habilidad del Proveedor |
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El proveedor adjudicado debe encontrarse en estado “hábil” para contratar con organismos del Estado en el Registro de Proveedores.
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9.17 Readjudicación de la Licitación |
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Una vez adjudicada la propuesta, el proveedor se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento, o incurra en cualquier otro incumplimiento de las obligaciones que impone las presentes Bases o la Ley, previo al inicio de la ejecución del contrato, la Dirección de Vialidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación a la siguiente oferta mejor evaluada, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad podrá declarar desierta la licitación a conveniencia del Servicio.
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9.18 Monto y Plazo de Vigencia del Contrato |
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El Contrato tendrá una vigencia de 24 meses y comenzará a contar del día 01 de enero 2026.
Si el plazo de inicio o término de la contratación, venciera en un día sábado, domingo o festivo, extenderá automáticamente al día hábil siguiente.
El monto total del contrato será el valor mensual total propuesto por el proveedor en su oferta y aceptado por el Servicio mediante la correspondiente Resolución de Adjudicación.
El valor propuesto por el oferente tendrá vigencia por la totalidad del contrato y no estará afecto al pago de reajustes ni intereses.
Sin perjuicio del plazo de vigencia del contrato y su monto final, se deja constancia que el presupuesto autorizado aproximado por el periodo total del contrato asciende a $ 175.200.000.- (ciento setenta y cinco millones doscientos mil pesos)
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9.19 Inspección Fiscal o Contraparte Técnica |
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Con el objetivo de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la Dirección de Vialidad designará en la Resolución de Adjudicación, a un funcionario de su dependencia como Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, quien velarán por el fiel cumplimiento de los plazos y demás obligaciones establecidas en las Bases Técnicas, Bases Administrativas y Oferta del proveedor debidamente aceptada.
Toda instrucción que realice el Inspector Fiscal debe constar por escrito.
El inspector Fiscal podrá requerir, por razones fundadas, el cambio de equipo y/o material a utilizar durante la ejecución del servicio, indicando las razones y el plazo dentro del cual se debe dar cumplimiento a la instrucción, lo cual deberá ser enviada con un una antelación mínima de 15 días hábiles a efectuar el cambio.
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9.20 Modificaciones del contrato |
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El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
a) Cuando así se haya previsto en las bases de licitación o el contrato, como lo es, la variación de cantidades contemplada en el numeral 9.28 de las presentes Bases de Licitación.
b) Excepcionalmente, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor el proveedor esté impedido de cumplir sus obligaciones y que no se haya previsto en las bases o el contrato.
El organismo del Estado estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento, por lo que será proporcional a la situación, hecho o causa que le ha dado origen.
En estos casos, el proveedor deberá informar y entregar al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, antes del vencimiento del plazo del contrato, los antecedentes y medios de verificación que justifiquen el hecho que origina la situación de excepción.
En caso de proceder, el Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada o rechazada por la Dirección. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
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9.21 Del Inicio y Ejecución de los Servicios |
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El lugar de la ejecución del servicio será en las dependencias de la Dirección de Vialidad Osorno, ubicadas en:
- Ø Manuel Antonio Matta 838, Osorno
- Ø Guillermo Francke esquina Luis Cruz Martínez, Osorno
El plazo de ejecución de cada servicio comenzará el 01.01.2026, fecha que quedará establecida en la suscripción del contrato y tendrá vigencia por 24 meses.
Se debe considerar servicio de lunes a domingo y festivos de 24 horas (8:00 a 20:00 y 20:00 a 08:00 horas) en Maestranza Francke y Lunes a Viernes de 12 horas (07:00 a 19:00 horas) en otros recintos fiscales DVO donde se resguarde maquinaria, vehículos o equipos, por el período 2026-2027.
Agregar que recinto donde se realice servicio de lunes a viernes debe considerar servicio día sábado mismo horario 4 veces en el año para eventualidades requeridas por la Dirección de Vialidad Osorno. Asimismo, en casos excepcionales y previa autorización de la Contraparte Técnica (no deberían ser más de 10 veces en el año y un máximo de 2 horas por evento), considerar horas extras (lunes a viernes) que deberán ser absorbidas por el adjudicatario.
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9.22 Prevención de Riesgos y Seguridad Vial |
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Será responsabilidad del proveedor adoptar todas las medidas de seguridad necesarias durante los trabajos que involucren el cumplimiento del servicio, velando porque sus funcionarios usen los elementos de protección personal.
Con la finalidad de proteger la vida y salud de todos los trabajadores que se desempeñen en las dependencias de la Dirección de Vialidad, durante la ejecución de las tareas encomendadas, el oferente adjudicado deberá respetar la legislación vigente asociada a la Ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y Ley 20.123, que regula el trabajo en régimen de subcontratación.
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9.23 Recepción de los Servicios |
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La recepción de cada servicio, se efectuará por el Inspector Fiscal designado, a quien le corresponderá efectuar la recepción de los servicios contratados, debiendo verificar su correcta ejecución, según lo establecido en las Bases Administrativas, Técnicas y Oferta del Proveedor debidamente aceptada y normativa vigente de manera mensual.
Será causal de no recepción de los trabajos, si el IF detectaré algún incumplimiento respecto al Alcance de los servicios o Especificaciones Técnicas contenidas en las Bases Técnicas de las presente Licitación, en cuyo cado deberá informarlo por escrito al proveedor.
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9.24 Forma de Pago |
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El pago de los Servicios se efectuara en forma mensual, por los servicios debidamente ejecutados y recepcionados por el Inspector Fiscal durante dicho periodo.
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9.25 Documentos de Respaldo para Pago |
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Una vez recibido el servicio por el encargado de la Inspección y previa recepción conforme, el Inspector dará visto bueno al pago, debiendo adjuntar los siguientes documentos:
- Acta de Recepción conforme firmada por Inspector Fiscal y funcionario designado.
- Copia de factura.
- Planilla de multas por atrasos si corresponde.
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales Previsionales F-30-1 del periodo
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9.26 Facturación Electrónica y Forma de Pago |
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El pago al proveedor se generara en un plazo no superior a 30 días hábiles contados desde la presentación de la factura, previa recepción conforme del suministro y firma de la factura por el Servicio.
De acuerdo a la Ley N° 20.727 del Ministerio de Hacienda y sus Modificaciones, que establece el uso obligatorio de la factura electrónica, el proveedor deberá emitir sus respectivas facturas al Ministerio de Obras Públicas, de forma electrónica, para lo cual deberán realizar ciertos ajustes en el formato XML de la misma, de manera que ésta refleje el lugar donde se efectuó la compra de bienes y/o servicios.
Para ello, las facturas emitidas deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar de pago en donde se produjo la compra, con el objeto de su correcta identificación y envío automático del documento a los correos electrónicos que se disponen.
Asimismo, deberá contener los siguientes datos:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: LOS LAGOS
Domicilio: MANUEL ANTONIO MATTA N° 838
Comuna: OSORNO
RUT: 61.202.000-0
Giro: SERVICIO PUBLICO
CÓDIGO FACTURACIÓN: 1270
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9.27 Autorización de Pago a través de Bancos |
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Para efectos del pago, el proveedor deberá efectuar el trámite “Autorización de Pago a Través de Bancos”, que permite a personas naturales y jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas, abonar a la cuenta bancaria que indique el proveedor, el monto presentado a cobro.
Para acceder a la autorización deberá dirigirse al enlace https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio , acceder mediante clave única y completar el formulario web.
El mecanismo especifico de uso de esta herramienta, se detalla en documento ORD. N° 708 de fecha 29/12/2021, del Director Nacional de Contabilidad y Finanzas del MOP, que Instruye Sobre la Modalidad de Pago Electrónico a contar del año 2022.
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9.28 Variación de Cantidades |
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La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta en un 30% las cantidades adjudicadas, de acuerdo a las necesidades de orden técnico o administrativo, sin que esto afecte los precios ofrecidos.
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9.29 Multas y Sanciones |
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Ante un eventual incumplimiento, la Dirección de Vialidad aplicará una multa de acuerdo a lo descrito a continuación:
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a. Multa por atraso en el horario de ingreso de los guardias
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Sanción de atraso en la implementación del servicio de vigilancia convenido
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El retraso en el horario de ingreso en cualquier dependencia, por causa imputable al adjudicatario, conforme a la fecha establecida para el inicio de la vigencia del contrato, genera una multa equivalente al 1% por hora, calculado sobre el monto mensual del contrato, IVA incluido, con un tope del 3%, de dicho monto.
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Sin embargo, si el atraso supera las 3 horas, se podrá poner término anticipado al contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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b. Multa por incumplimiento durante la ejecución del contrato
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Sanción por incumplimiento durante la ejecución del contrato
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En caso de incumplimiento, en a lo menos de 3 oportunidades en un mismo sector de una dependencia dentro de un mes calendario, de cualquiera de las tareas que se encuentren definidas en el letra F de las Bases Técnicas, se generará una multa de un 1%, calculado sobre el monto total mensual del contrato, IVA Incluido. Tope de la multa 3%.
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Si el incumplimiento fuera reiterado y su ocurrencia superarán las 3 oportunidades en un mismo sector de una dependencia, en un período de 3 meses consecutivos, la Dirección de Vialidad estará facultada para poder término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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c. Multa por reclamos de usuarios por servicio
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Sanción por reclamos de los usuarios
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En caso reclamos de los usuarios mediante correo electrónico al Inspector Fiscal, en a lo menos de 3 oportunidades en un mismo sector de una dependencia dentro de un mes calendario, de cualquiera de las tareas que se encuentren definidas en el letra H de las Bases Técnicas, se generará una multa de un 1%, calculado sobre el monto total mensual del contrato, IVA Incluido. Tope de la multa 3%.
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Si los reclamos fueran reiterados y su ocurrencia superarán las 3 oportunidades en un mismo sector de una dependencia, en un período de 3 meses consecutivos, la Dirección de Vialidad estará facultada para poder término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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d. Multa por presentación personal
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Sanción por presentación personal
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En caso de no mostrar impecable presentación personal y ser advertido por el Inspector Fiscal del Contrato en a lo menos 3 oportunidades en el mes en una misma dependencia, se generará una multa de 0,5% calculado sobre el monto total mensual del contrato, IVA Incluido. Tope de la multa 1,5%.
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Si las advertencias fueran reiteradas y su ocurrencia superarán las 3 oportunidades en un mismo sector de una dependencia, en un período de 3 meses consecutivos, la Dirección de Vialidad estará facultada para poder término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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e. Multa puesta en marcha
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Sanción puesta en marcha
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En caso de atraso en la puesta en marcha del servicio se aplicará una multa diaria de 1 UTM, con un tope máximo de 5 UTM.
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Si el atraso de la puesta en marcha supera los 5 días corridos, la Dirección de Vialidad estará facultada para poder término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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f. Multa por no cumplimiento de prohibiciones del servicio de guardias
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Se procederá a cobrar una multa de 1 UF, en caso que los guardias incumplieran cualquiera de los puntos indicados en la letra I de las Bases Técnicas. El tope de la multa será de 8 UF. Si esto ocurre, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
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g. Sanción por exceder la multa del 5% del monto total del contrato
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El monto máximo de las multas aplicadas durante la vigencia del contrato, no podrá exceder el 5% del monto total del contrato, IVA incluido. Si esto ocurre se podrá poner término anticipado al contrato y se procederá a cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento.
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La multa se hará efectiva al momento del pago mensual, descontándose del monto a pagar por el servicio contratado.
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9.30 Procedimiento para la Aplicación de Multas |
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En caso de incumplimiento en la entrega, deberá ser informado por el Inspector Fiscal mediante correo electrónico enviado al proveedor, indicado los hechos que lo configuran.
Si existiesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que justifiquen el incumplimiento, será responsabilidad del proveedor comunicar y entregar los antecedentes y medios de verificación al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, a más tardar, dentro de los 5 días hábiles contados desde la comunicación por correo electrónico efectuada por el Fiscalizador.
El Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada total o parcialmente, o bien, rechazada por este último. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
La Dirección de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y deberá publicarse oportunamente en el Portal. La notificación de la misma, se entenderá efectuada luego de las 24 horas siguientes a su publicación.
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9.31 Recursos |
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Las decisiones que adopte la Dirección de Vialidad, serán susceptibles de los recursos administrativos que correspondan de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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9.32 Término Anticipado del Contrato |
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El contrato podrá terminar anticipadamente con arreglo al artículo 13 bis de la Ley Nº 19.886 de 2003, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entiende por incumplimiento grave del contrato haber incurrido en incumplimientos reiterados de aquellos señalados en el numeral 9.29 o multas que representen un 5% del valor total del contrato IVA incluido.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley Nº 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter. De la Ley 19.886.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
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9.33 Solución de Controversias |
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Toda controversia entre la Dirección de Vialidad y el proveedor, que se verifique durante el desarrollo del contrato, será sometida a la consideración del Señor Fiscal de Obras Públicas, quien emitirá un Informe en derecho, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.
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9.34 Pacto de Integridad |
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La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a aumentar o disminuir las cantidades solicitadas hasta en un 30%, cualquiera sea el monto, precio y condiciones. Tal variación, no podrá significar una alteración del precio o plazos ofrecidos por el proveedor.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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BASES TÉCNICAS |
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Licitación Pública ID 1894-46-LP25, para Convenio por el servicio de vigilancia de maquinarias de conservación, en recinto fiscal Maestranza Guillermo Francke esquina Luis Cruz Martínez y Otros, Dirección de Vialidad Osorno, Región de los Lagos.
- SERVICIO A CONTRATAR
Se requiere la contratación de servicio de vigilancia de maquinarias de conservación, en recinto fiscal Maestranza Guillermo Francke esquina Luis Cruz Martínez y Otros, Dirección de Vialidad Osorno, Región de los Lagos, por el período 2026-2027.
- ALCANCE DE LOS SERVICIOS
La Dirección de Vialidad solicita ofertas por Servicio de Vigilancia de Maquinarias de Conservación y Control en el Recinto Fiscal ubicado en Guillermo Francke esquina Luis Cruz Martínez de la ciudad de Osorno y Otros Recintos Fiscales donde se resguarde maquinaria, vehículos o equipos, considerando:
- Guillermo Francke esquina Luis Cruz Martínez
Lunes a Domingo y Festivos 24 horas (08:00 a 20:00 horas y 20:00 a 08:00 horas)
Lunes a Viernes 12 horas (07:00 a 19:00 horas). Considerar servicio mismo horario día sábado 4 veces en el año que serán avisados previamente por el Inspector Fiscal por requerimientos propios del Servicio. Asimismo, en casos excepcionales y previa autorización de la Contraparte Técnica (no deberían ser más de 10 veces en el año y un máximo de 2 horas por evento), considerar horas extras (lunes a viernes) que deberán ser absorbidas por el adjudicatario.
- REQUISITO DEL PERSONAL DE GUARDIAS DE SEGURIDAD
El personal del oferente adjudicado deberá estar capacitado para el desarrollo de su función.
Asimismo, el personal evitará el recepcionar quejas y comunicaciones de los funcionarios de las unidades requirentes y viceversa, función que únicamente deberán ejercer el Inspector Fiscal.
La Dirección de Vialidad exige al contratista, lo establecido en la normativa vigente, es decir, lo establecido en el D.S. N° 93 de 21.10.85. Como requisito técnico que deben tener los trabajadores que desarrollen las funciones de guardia de seguridad, esto es:
- Ser chileno (el caso de ser extranjero, deberá estar debidamente acreditado para trabajar en el país, con todos sus antecedentes legales al día)
- Tener 18 años de edad cumplidos
- Tener a lo menos cuarto medio año aprobado
- No haber sido condenado por crimen o simple delito
- Tener salud y condiciones físicas compatibles con la función que va a desempeñar, las que serán comprobadas mediante certificado médico.
- Poseer la credencial de guardia de seguridad luego de haber aprobado el curso de OS-10 de Carabineros de Chile para este personal, y la presentación de la Directiva de Seguridad en el recinto donde presta el servicio.
- Deseable curso en uso y manejo de extintores
- Deseable curso de primeros auxilios o emergencias
- Seguro de accidentes de trabajo
- SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD REQUERIDOS PARA LOS GUARDIAS DE SEGURIDAD.
El adjudicatario tiene la obligación de suministrar a su personal el uniforme de trabajo, que cumpla todos los requerimientos establecidos por la Autoridad Fiscalizadora (Carabineros de Chile) y los estipulados por la Dirección de Vialidad, los cuales se consideran necesarios para un buen desempeño de sus labores. El uniforme debe contar con los siguientes elementos: tenida de invierno y de verano, pantalones, gorra o kepi, casaca, zapatos de seguridad y para las épocas donde se presenten malas condiciones meteorológicas, el contratista deberá suministrar traje de agua y parka.
Además para el buen desempeño de las operaciones que deben realizar los guardias de seguridad, será obligación por parte del contratista dotar a su personal de todos los elementos de seguridad necesarios para dicha labor:
Libro de recepción y entrega del servicio y novedades
Linterna
Silbato
Equipo de comunicaciones o celular
Libro de asistencia y turnos
Comunicación con su supervisor (ya sea celular o radio)
Útiles de escritorio necesarios para el servicio
- RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA
La empresa de seguridad deberá disponer de personal suficiente para prestar el servicio, que cuente con la experiencia, requisitos exigidos e idoneidad para el ejercicio de la función. Al momento de contratar el servicio se debe presentar copia de los respectivos contratos de trabajo de los vigilantes.
La empresa deberá presentar al momento de suscribir el contrato de prestación de servicios, copia del seguro de responsabilidad civil y copia de los seguros de vida en beneficio de cada uno de sus trabajadores con los que prestará el servicio.
La empresa al momento de suscribir el contrato presentará un plan de trabajo de seguridad, vigilancia y control, el que podrá ser modificado por la Dirección de Vialidad y que formará parte del sistema de control y salidas de vehículos, sistema de resguardo de llaves de los vehículos y maquinarias u otros objetos o equipos de la Dirección de Vialidad, contemplar libro de novedades, etc. Se definirá la red de contactos de personas internas del servicio y todo aquello que permita establecer un adecuado sistema de seguridad, vigilancia y control del recinto e instalaciones. La empresa deberá contar con un sistema de comunicaciones propio, el que deberá estar en contacto directo con Carabineros de Chile.
La empresa deberá disponer de un sistema de supervisión de los vigilantes y estará obligado a remitir un informe semanal de los principales hechos detectados, independiente de los reportes y avisos diarios que se vayan generando como consecuencia de las labores de vigilancia.
La empresa será responsable en caso de activación de la alarma de emergencia. En caso que ocurra durante horario no laboral también debería asistir en caso necesario.
La empresa será responsable del pago de remuneraciones, horas extraordinarias, obligaciones derivadas de accidentes del trabajo, cumplir con el pago de las cotizaciones previsionales y de salud y todas las demás prestaciones laborales, según lo establezcan las leyes que regulan esta materia, eximiendo de cualquier responsabilidad a la Dirección de Vialidad.
Se deja establecido que el uso del teléfono es para realizar llamadas exclusivamente de uso fiscal.
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a solicitar fundadamente cambio de personas que realicen labores de vigilancia.
- FUNCIONES GENERALES U OPERATIVAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS GUARDIAS DE SEGURIDAD
- Disuadir cualquier intento de robo, vandalismo a las instalaciones a las instalaciones de la Dirección de Vialidad como asimismo impedir el ingreso indebido al establecimiento.
- Resguardar el patrimonio de la Dirección de Vialidad (instalaciones, sistemas de electrificación y comunicaciones de las instalaciones a cargo). En caso de emergencia, asistir al usuario y/o funcionario informando de inmediato a la empresa y organismos competentes o unidades de emergencia (carabineros, bomberos, policías de investigaciones, ambulancia, SAMU, etc) ante incidencias que ocurran, tales como desmayos, ataques cardíacos, incendios, robos, riñas sismos o de otra índole.
- Llevar un libro con el registro de novedades ocurridas en su servicio el que deberá constatar cada dos horas.
- Control de los bienes de propiedad del servicio, verificar si las personas que retiran bienes desde las dependencias los hacen con la respectiva autorización de la contraparte técnica.
- El sitio a resguardar será la parte externa e interna del recinto fiscal de la Dirección de Vialidad Osorno que corresponda, es decir, el perímetro exterior e interior, especialmente los accesos al recinto.
- La empresa de guardias coordinará y comunicará toda información y/o novedad al funcionario designado para estos efectos, quien administrará el cumplimiento del contrato en la parte operativa.
- MODALIDAD DE CONTROL
- Ø Se deberá controlar en portería, el ingreso de toda persona ajena a la Institución, mediante el respectivo registro en el Libro dispuesto para estos efectos. A las personas ajenas a la Institución que ingresen al recinto fiscal se les entregará una identificación de VISITA. Asimismo, se deberá registrar entrada y salida de todos los vehículos que ingresen y salgan del recinto, mediante la anotación de la patente respectiva y en horario de dicho registro.
- Ø Los guardias deberán realizar rondas por toda el área territorial de recinto. En horarios nocturnos, las rondas deberán ser cada una hora y deberán disponer de a lo menos tres puntos de control.
- Ø Los guardias se apoyarán de un equipo de comunicación portátil, para mantener una comunicación rápida y expedita con la empresa, y a su vez con el funcionario como nexo por la Dirección de Vialidad
- Ø Los guardias deberán evitar el ingreso de personas ajenas al recinto en sectores cerrados, imponer el orden cuando sea necesario, controlar los sistemas de luces, agua, puertas y rejas que deben permanecer cerradas durante los períodos de inactividad.
- Ø Los guardias deberán marcar ingreso y salida del recinto en un libro de control que dispondrá la empresa, el cual debe encontrarse permanentemente en la garita de control, para poder ser revisado en cualquier momento. En caso de inasistencia de algún guardia, la empresa deberá reemplazar por otro en su lugar.
- Ø Si durante el plazo de ejecución de los servicios la empresa adjudicada cambia algún integrante del personal proporcionado, la empresa comunicará su decisión y propondrá los antecedentes de un reemplazante. El personal reemplazante deberá estar operativo en 24 horas. El personal propuesto, tanto permanente como de reemplazo, podrá ser objetado por la Dirección de Vialidad mediante comunicación fundada, en cuyo caso la empresa procederé a su reemplazo.
- Ø La empresa deberá hacer entrega de los antecedentes de los guardias que prestarán servicios en las dependencias de la Dirección de Vialidad, como así también deberá presentar en forma semanal y anticipada, un informe con el calendario de los turnos para el personal asignado para este recinto.
- Ø El contrato podrá terminar si no se cumple lo aquí especificado. En caso de discrepancias entre la Entidad y el adjudicatario durante la ejecución del contrato, se podrán interponer los recursos establecidos en la Ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado ante esta autoridad, la cual dispondrá del plazo establecido en dicho cuerpo legal para resolverlos.
- CARACTERÍSTICAS DEL GUARDIA DE SERVICIO.
- Ø Ser cortes con las visitas y trabajadores en general, teniendo un trato cordial y amable.
- Ø Asegurar y vigilar que no haya personal en actitud sospechosa en lugar dentro de las instalaciones, especialmente en lugares poco transitados.
- Ø No abandonar su puesto antes del horario de salida de cada turno
- Ø Puntualidad en el cumplimiento de sus obligaciones en forma diaria en las instalaciones
- Ø Preocupación de forma permanente por su presentación personal en lo referido al uso correcto de uniforme e higiene personal
- Ø Control de identidad de personal ajeno al establecimiento.
- Ø Ejercer todas las funciones establecidas en las normas del puesto que indique el proveedor en su propuesta, así como los procedimientos definidos por la organización a objeto de prevenir acciones que afecten el normal desempeño y seguridad de la Institución. Estas pueden ser:
- Control de accesos
- Control de áreas perimetrales a los accesos
- Control baños, cafeterías, salas de reuniones y áreas comunes
- Control de pasillos y escaleras
- Control de salidas de emergencia
- Control luces, sistema control centralizados y posibles anomalías en tableros eléctricos
- Control en sistema de climatización.
- PROHIBICIONES DEL SERVICIO DE GUARDIAS
Queda estrictamente prohibido, entre otros, lo siguiente:
- Consumir y/o ingresar bebidas alcohólicas, drogas o similares, como asimismo permitir ingresar personal bajo influencia de estos elementos
- Usar televisores, asimismo escuchar radio a volumen excesivo o música estridente que interfiera la tensión del teléfono o de personas.
- Portar armas de fuego de cualquier tipo, en horas y lugares de trabajo
- Dormir en horas de trabajo
- Permitir el ingreso de promotores o funcionarios de Isapres, AFP, Seguros, Cooperativas, otros, sin la autorización de la Contraparte Técnica.
- Salir del lugar de trabajo o entidad sin autorización, durante su horario laboral, lo que será considerado abandono intempestivo de trabajo.
- Comerciar con mercadería de cualquier especie, dentro del recinto de trabajo.
- Jugar, correr, reñir o discutir en horas y lugares de trabajo
- SERVICIO DE MONITOREO
La empresa deberá presentar un sistema de monitoreo (considerado en el punto 4.3 de las BA, carácter excluyente) que incluye COMO MÍNIMO:
- 25 cámaras de vigilancia repartidas entre las distintas dependencias requeridas de 4 mpx como mínimo y grabación nocturna.
- 03 equipos de grabación las 24 horas del día con respaldo de al menos 30 días corridos
- Soluciones en caso de sobre voltajes o cortes de luz
- Equipo para la visualización de las imágenes de todas las cámaras habilitada a los guardias y encargados de recintos fiscales
- DESCRIPCIÓN METODOLOGÍA Y FRECUENCIA
La empresa deberá presentar un sistema describiendo la metodología a utilizar (considerado en el punto 4.3 de las BA, carácter excluyente) que incluye COMO MÍNIMO:
- 05 guardias de seguridad para las distintas dependencias y que logren dar la cobertura requerida en su totalidad
- Supervisor de manera permanente para el personal de guardias
- Rondas periódicas
- Sistema de comunicación
- Elementos que se entregarán a los guardias, uniformes, EPP, otros
- Habilitación módulo de trabajo en recinto fiscal que lo requiera.
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