1.-
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE
IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD PUNTO A PUNTO CON ADMINISTRACIÓN CENTRAL
ID de la licitación
FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL – FOSIS CENTRAL
2019
BASES ADMINISTRATIVAS
1. ORGANISMO DEMANDANTE
Razón social: FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL
Unidad de compra: Subdirección de Desarrollo e Innovación
Departamento: Departamento de Soporte y Operaciones TIC
RUT: 60.109.000-7
Dirección: Merced 480, Piso 5, Santiago Centro
2. NOMBRE Y DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
Nombre de la adquisición: Implementación de un sistema de seguridad punto a punto con administración central
Objetivo: Proveer una solución tecnológica de altas prestaciones que mejore la seguridad de hosts clientes y servidores con una consola integrada.
Cantidad: 14 paquetes de 100 unidades Forticlient para dos años, 1 licencia de servidor de management server su instalacion y despliegue.
Unidad de medida: 1400 licencias Forticlient más su instalación
Tipo de licitación: mayor o igual a 100 UTM y menor a 1000 UTM.
Moneda: Pesos.
Etapas del proceso de apertura: una etapa.
Toma de razón: no requiere envío a toma de razón por la Contraloría General de la República.
Publicidad de ofertas técnicas: las propuestas técnicas de los proveedores NO serán de público conocimiento a fin de no vulnerar la propiedad intelectual de los oferentes sobre su oferta técnica y para prevenir los posibles reclamos que se pudiesen generar por la divulgación de información estratégica del proveedor.
3. ETAPAS Y PLAZOS
3.1. Publicación de las bases.
La publicación de las presentes bases de licitación (las Bases), así como sus respectivos anexos se realizarán en el portal www.mercadopublico.cl, el miércoles, 23 de octubre de 2019.
3.2. Fecha inicio de preguntas.
Las consultas y/o aclaraciones a las bases se podrán realizar desde el miércoles, 23 de octubre de 2019, a través del portal www.mercadopublico.cl (el Portal).
3.3. Fecha final de preguntas.
Hasta las 20:15 horas del lunes, 28 de octubre de 2019.
3.4. Fecha de publicación de respuestas:
Las respuestas y/o aclaraciones serán publicadas el martes, 29 de octubre de 2019, en el mismo medio, hasta las 20:15 horas.
3.5. Fecha de cierre de recepción de ofertas.
La fecha de cierre de ingreso de la oferta económica y técnica electrónica en el portal www.mercadopublico.cl, será hasta las 15:00 horas del viernes, 8 de noviembre de 2019.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo N° 25, inciso penúltimo, del reglamento de la ley 19.886.
De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas, se modifica también en forma automática la fecha de apertura y fecha de adjudicación, según corresponda.
3.6. Fecha del acto de apertura técnica y económica:
La apertura electrónica y en soporte papel de las ofertas técnicas y económicas (en papel sólo si ha sido contemplado en las presentes bases), se realizará a las 15:15 horas del viernes, 8 de noviembre de 2019 en dependencias del FOSIS ubicada en Merced N° 480, Piso 5, de la ciudad de Santiago.
3.7. Tiempo estimado de evaluación de ofertas.
Las propuestas serán evaluadas en un plazo de 05 días hábiles, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
3.8. Fecha de adjudicación.
La adjudicación se realizará el día viernes, 15 de noviembre de 2019, la que se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl. De ser necesario, dicha fecha podrá ser modificada, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 41 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En los casos en que la adjudicación no se realice en los plazos indicados, el servicio publicará un nuevo calendario de adjudicación con los plazos definitivos, mediante resolución fundada, la que podrá dictarse hasta el mismo día en que se estableció la fecha original de adjudicación.
3.9. Fecha estimada de firma del contrato.
La firma del contrato se efectuará en un plazo de 10 días corridos, contados desde realizada la notificación de la adjudicación de conformidad al punto 3.8 precedente.
4. OTRAS FECHAS
No es aplicable a la presente licitación.
5. MODIFICACIONES A LAS BASES
El FOSIS (en adelante también “el Servicio”) podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por propia iniciativa o en consideración a aclaraciones solicitadas por alguno de los oferentes, durante la etapa de consultas y/o aclaraciones, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de propuestas a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
El FOSIS podrá, mediante resolución fundada, dejar sin efecto la convocatoria, motivado en haber dejado de ser necesarios los bienes o servicios, hasta 48 horas antes de la hora fijada para su cierre, debiendo comunicarse esta circunstancia a través del portal www.mercadopublico.cl.
6. INDISPONIBILIDAD TÉCNICA DEL SISTEMA
En caso de que, a la fecha de presentación de las ofertas, el sistema de información presentase problemas para operar en él, el proponente estará habilitado para solicitar ante la Dirección de Compras y Contratación Pública, dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas siguientes al cierre de recepción de las ofertas, el certificado de indisponibilidad emitido por dicha Dirección, en el que dará cuenta de la situación antes descrita. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad por parte de la Dirección de Compras y Contratación Pública, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información.
En tal caso, el proveedor estará habilitado para presentar su oferta en soporte papel. Para tal efecto, deberá hacer entrega de aquella ante la oficina de partes del FOSIS, ubicada en calle Merced N° 480 piso5° de la ciudad de Santiago.
7. PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
7.1. Propuesta técnica.
Esta se deberá ingresar al portal www.mercadopublico.cl hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas publicada en el punto 3.5 precedente, de acuerdo con los requerimientos contenidos en los aspectos técnicos y anexos de las presentes bases.
7.2. Propuesta económica.
Deberá ser ingresada al portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas publicada en el punto 3.5 precedente.
La oferta económica deberá expresarse en pesos chilenos netos (sin incluir impuestos), salvo mención expresa en contrario. El valor bruto de la oferta económica deberá ajustarse al presupuesto indicado en el punto 12.1 de estas bases, y presentarse de conformidad al formato anexo a estas bases.
Tanto la propuesta técnica como la económica NO PODRÁN ser presentadas con posterioridad al cierre de recepción de ofertas.
7.3. Otros antecedentes.
Para asegurar la admisibilidad o elegibilidad de la propuesta y/o la obtención del máximo puntaje en la evaluación, se deberá acompañar la totalidad de los anexos y/o antecedentes solicitados, hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas. El FOSIS podrá requerir la presentación de estos antecedentes omitidos durante la etapa de evaluación, pero dicha presentación extemporánea será castigada con una rebaja del puntaje en el ítem “Presentación formal de la oferta”, de conformidad a lo señalado en el punto 11.5 de las presentes bases de licitación. No se admitirá la presentación extemporánea de aquellos antecedentes que, de conformidad al punto 10, sean objeto de evaluación de admisibilidad.
Es importante que el proponente constate que el envío de su propuesta haya sido efectuado con éxito, a través del portal www.mercadopublico.cl. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de envío de oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual se recomienda sea impreso por el proponente para su resguardo.
El FOSIS se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses, en ambos casos por resolución fundada, sin por ello incurrir en responsabilidad alguna respecto del proponente o proponentes afectados por esta decisión.
En cualquiera de los casos, el rechazo de algunas o todas las propuestas no generará ningún derecho a indemnización a favor de los postulantes.
8. TIPO DE PROPONENTE
Podrán participar del presente proceso de licitación las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, debiendo tener estas últimas domicilio o representación en Chile y, además, cumplir con los requisitos exigidos en las bases de esta licitación.
No podrán participar del proceso de licitación quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas, en conformidad a lo establecido en el artículo 4 inciso primero de la Ley 19.886, ni aquéllos que estén afectos a alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° inciso 6° de la ley N° 19.886, conforme al anexo N° 3 de estas bases.
Tampoco podrán participar del proceso de licitación, aquellas personas jurídicas que hayan sido condenadas, en virtud de los artículos 8° y 10° de la “Ley sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas”, Ley N° 20.393, y cuya inhabilidad se encuentre vigente a la fecha estimada de suscripción del contrato señalada en el punto N° 3.9 de las presentes bases de licitación.
9. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Podrán participar en el presente proceso de licitación, proveedores a través de la unión temporal de proveedores, definiéndose por tal la asociación de personas naturales y/o jurídicas para la presentación de una oferta, en conformidad al N° 37 del artículo 2° del reglamento de la ley N°19.886.
No obstante, en la postulación como Unión Temporal de proveedores, la propuesta deberá ser presentada por un representante o apoderado común con poder suficiente al que se denominará “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de ésta y será responsable directo de la propuesta ante el FOSIS, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de quienes la componen.
Los proveedores que oferten al presente proceso de licitación mediante la unión temporal de proveedores deberán cumplir con los siguientes requisitos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886:
1. Establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el FOSIS y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
2. Por tratarse de un proceso de licitación inferior a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal será responsable de presentar, junto a su propuesta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo celebrado entre las partes para participar.
3. De acuerdo con lo establecido en el numeral 10.2 de las presentes bases de licitación, cada proveedor de la unión temporal, en forma individual y por separado deberá inscribirse en el registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública para suscribir el contrato, con el fin de acreditar su calidad de proveedor hábil en el sistema ChileProveedores.
4. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato, incluyendo la renovación que se contemple en las presentes bases.
10. ANTECEDENTES LEGALES
10.1. Documentos requeridos al momento de ofertar en forma electrónica.
Los antecedentes indicados deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl, donde se realizará la revisión de su admisibilidad electrónica.
a) Declaración jurada simple de aceptación y conocimiento de las bases (Anexo N°2).
b) Declaración jurada simple sobre inhabilidades artículo 4°, inciso 6 de la Ley N° 19.886 (Anexo N°3).
c) Propuesta económica (Anexo N° 8).
d) Propuesta técnica (Anexo N° 9).
Los documentos indicados en las letras a, b, c, d precedentes son requisitos de admisibilidad. Tanto la propuesta técnica (Anexo N° 9) como la propuesta económica (Anexo N° 8) no podrán ser presentadas más allá de la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas. El resto de los anexos solicitados que no se presenten en el momento de la apertura podrán presentarse hasta dentro de las 48 horas siguientes posteriores a la solicitud de la presentación de estos, siempre y cuando se trate de certificados o antecedentes que se hayan producido y obtenido con anterioridad a la apertura o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Lo anterior considerará una rebaja del puntaje que se define en la pauta de evaluación adjunta.
Durante la etapa de apertura se realizará una revisión meramente formal (presentado/no presentado) de documentos relacionados con la acreditación de aspectos administrativos y/o técnicos solicitados en las presentes bases, sin que la declaración de admisibilidad signifique reconocer el cumplimiento de lo requerido en el fondo. Por lo anteriormente señalado, será durante la etapa de evaluación de propuestas que se verificará si el oferente cumple o no con lo solicitado en las bases, pudiendo la comisión evaluadora declarar la oferta como técnicamente no elegible o no asignarle puntaje alguno, según sea el caso.
De conformidad a lo señalado en el inciso final del artículo 3° de la ley N° 19.799 “SOBRE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS, FIRMA ELECTRÓNICA Y SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE DICHA FIRMA”, en concordancia con lo señalado en la letra f) del artículo segundo de la misma ley, se entenderá que por el solo hecho de haber ingresado un documento mediante un usuario registrado y autenticado en el portal www.mercadopublico.cl, éste se entiende firmado por el proponente o en su representación, según corresponda.
En caso de que el proponente tenga declaraciones respaldadas por ChileProveedores y no las entregue digitalmente como está solicitado en el párrafo anterior, estas serán revisadas en el acto de apertura electrónico.
10.2. Requeridos al momento de contratar.
El oferente adjudicado deberá, previamente a su contratación, acreditar su calidad de proveedor hábil en el sistema ChileProveedores. En el caso de la unión temporal de proveedores, cada uno de los integrantes de dicha unión deberá encontrarse inscrito y habilitado en dicho sistema.
Persona Natural.
Declaración jurada, según formato Anexo N° 3 de las bases, “Declaración jurada inhabilidades artículo 4°, inciso 6 de la ley N° 19.886”, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades para suscribir contratos con los órganos de la Administración del Estado”
Persona jurídica.
Declaración jurada, según formato Anexo N° 3 de las bases, “Declaración jurada inhabilidades artículo 4°, inciso 6 de la ley N° 19.886”, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades para suscribir contratos con los órganos de la Administración del Estado”
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social.
Previo a la suscripción del contrato, el oferente adjudicado deberá acompañar una declaración jurada, en la que señale si posee o no deudas por conceptos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores dependientes, que actualmente trabajen o que hayan trabajado para él en los últimos dos años. En caso de poseer saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social, debe especificar su monto, origen y data, mediante el formato Anexo N° 4 de las presentes bases. En caso de faltar a la verdad o alterar los montos en esta declaración, el FOSIS estará facultado para poner término anticipado al contrato, hacer efectivas las garantías e interponer las demás acciones legales que correspondan. En caso de que el adjudicatario no tenga ni haya tenido durante el periodo solicitado, trabajadores dependientes, deberá realizar una declaración jurada en tal sentido.
La existencia de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los trabajadores del adjudicatario, no constituyen en ningún caso, un impedimento para contratar, sin perjuicio de que el FOSIS y el Proveedor se encuentran sujetos al cumplimiento de la Ley N° 19.886.
Declaración jurada responsabilidad penal de personas jurídicas (Anexo N° 5).
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, la adjudicada deberá adjuntar al momento de la suscripción del contrato, una declaración jurada con respecto a lo previsto en los artículos 8° y 10° de la Ley sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, Ley N° 20.393, según los cuales las personas jurídicas condenadas por los delitos que indica, se encuentran impedidas de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, conforme a lo establecido en el formato Anexo N°5 de estas Bases.
El FOSIS, por su parte, examinará la habilidad legal del oferente adjudicado a partir de los antecedentes que se encuentren publicados digitalmente en el sistema ChileProveedores.
No obstante, lo anterior, el FOSIS podrá solicitar antecedentes adicionales o no comprendidos en dicho sistema. El oferente adjudicado deberá, en tal caso, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la solicitud, hacer llegar al gestor de compras, para efectos del contrato, los documentos solicitados. Si no se diere cumplimiento a lo anterior, se procederá a adjudicar al siguiente mejor evaluado de acuerdo con el “Informe Final de la Comisión Evaluadora” o declarar desierta la licitación, si lo estima procedente.
11. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
11.1. Criterios de evaluación.
Las propuestas admisibles, se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos subcriterios establecidos en la “Pauta de evaluación”:
Criterio de evaluación
Ponderación (%)
Propuesta económica.
70 %
Sustentabilidad e inclusión social.
5 %
Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta.
5 %
Propuesta Técnica 20 %
El detalle y desglose de los criterios de evaluación técnica se consignan en la pauta de evaluación adjunta a las bases técnicas.
El resultado final de la evaluación se contendrá en el informe final de la comisión evaluadora, en conformidad al punto 11.6, el que será incorporado como antecedente de la resolución aprobatoria de la adjudicación.
11.2. Desempate.
En caso de producirse empates de puntajes entre los oferentes participantes en el proceso de evaluación, se aplicarán en el mismo orden en que se presentan, las siguientes reglas de desempate:
1) Mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
2) Mayor puntaje en el criterio “Propuesta técnica”
3) Mayor puntaje en el criterio de sustentabilidad e inclusión social.
El FOSIS podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de estos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl. Las consultas formuladas deben ser respondidas por el proponente en un plazo no superior a las 24 horas.
Cualquier descargo respecto del proceso de selección que los oferentes deseen formular, deberán realizarlo de acuerdo con lo que establece la normativa legal vigente.
11.3. Comisión evaluadora.
La comisión evaluadora para esta licitación deberá estar conformada por a lo menos tres funcionarios públicos de las siguientes áreas:
Un Profesional de la Sub Dirección de Desarrollo e Innovación
Un Profesional de la Sub Dirección de Administración y Finanzas
Un Profesional de la Sub Dirección de Personas
La comisión evaluadora podrá ser integrada, en forma excepcional y por razones fundadas, por personas ajenas a la administración o por personal contratado a honorarios en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
Un experto del área relacionada con la compra del bien o servicio, deberá formar parte de la comisión evaluadora. Asimismo, esta comisión tampoco podrá ser integrada por la jefatura del gestor de compras de la unidad requirente respectiva.
Los integrantes de la comisión evaluadora serán sujetos pasivos de la Ley N° 20.730, que regula el lobby, en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esta comisión.
La resolución exenta que designe a los integrantes de la comisión evaluadora se publicará en el sistema de información de compras y contratación pública. El resultado de la evaluación se contendrá en un consolidado de evaluación que elaborará el gestor de compras para su posterior publicación en el sistema de información.
11.4. Contactos durante la evaluación.
Los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la licitación, tales como: solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, y entrega de muestras o pruebas que se requieran durante la evaluación y que hubieren sido previstas en estas bases, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.
Los evaluadores deberán suscribir, dentro del plazo que va desde la fecha de apertura de ofertas y hasta antes de sesionar como comisión evaluadora, la declaración de inexistencia de conflictos de interés que forma parte de las presente bases, como Anexo N° 6.
11.5. Errores u omisiones detectados durante la evaluación.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 40 del reglamento de la ley N° 19.886, durante la evaluación de las propuestas el FOSIS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo para salvar dichos errores u omisiones será de 48 horas, contadas desde realizada la solicitud a través de la plataforma de www.mercadopublico.cl.
Lo anterior implicará la no obtención de puntaje en el ítem “Presentación formal de la oferta”, cuya ponderación se define en la pauta de evaluación adjunta.
Además de la rebaja en el ítem señalado en el párrafo anterior, de no cumplirse con lo requerido, en el plazo fijado, la oferta podrá ser declarada técnicamente no elegible o castigar el puntaje en el ítem de evaluación relacionado, según la naturaleza del error u omisión.
11.6. Informe final de la comisión evaluadora.
Este informe deberá contener las siguientes materias:
a. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
b. Las ofertas que deben declararse inadmisibles o técnicamente no elegibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
c. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien cuando la comisión evaluadora estime que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del FOSIS.
d. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
e. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
11.7. Adjudicación.
El proceso de licitación será adjudicado al oferente mejor evaluado según los resultados obtenidos de la aplicación de la metodología de evaluación definida para el proceso concursal en particular, metodología que es la que será utilizada por la comisión evaluadora.
El proceso licitatorio se adjudicará en la fecha señalada en el punto N° 3.8 de las presentes bases administrativas. Para tal efecto se publicarán oportunamente los resultados del proceso de licitación conforme al párrafo siguiente.
El FOSIS adjudicará la licitación a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. En el caso de que la institución no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, se informará a través del sitio de mercado público (www.mercadopublico.cl) dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y, asimismo, indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, inciso número 2 del reglamento de la Ley N° 19.886.
11.8. Mecanismo para presentación de consultas respecto a la adjudicación.
Los proponentes que deseen presentar objeciones o realizar consultas con respecto del proceso de adjudicación podrán hacerlo a través de la plataforma de información.
12. PRESUPUESTO
12.1. Presupuesto total disponible por el FOSIS (impuestos incluidos) para esta licitación.
$ 23.000.000.- ( veintitrés millones de pesos chilenos), todos los impuestos incluidos
Cuando la propuesta supere el monto disponible, ésta no podrá ser ni evaluada ni adjudicada.
12.2. Fuente de financiamiento del contrato.
29.07.001 “PROGRAMAS COMPUTACIONALES”
12.3. ID certificado de disponibilidad presupuestaria.
FOLIO SIGFE 1154 del 2019
13. CONTRATO
13.1. Suscripción de contrato:
Se requerirá la suscripción de un contrato que regule la relación entre las partes.
El oferente adjudicado tendrá 10 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación, para suscribir el contrato, constituir las garantías y entregar las declaraciones juradas o los certificados solicitados. La responsabilidad de la gestión y la recepción de los antecedentes será del/de la gestor/a de compras.
Si no se diere cumplimiento a lo anterior, se procederá a adjudicar al siguiente mejor evaluado de acuerdo con el informe final de la comisión evaluadora.
13.2. Modificación del contrato.
No se contempla ninguna modificación al contrato durante la vigencia del mismo.
13.3. Cesión de contrato.
El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, ya sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el FOSIS.
13.4. Duración del contrato.
Será de 6 semanas a contar de la fecha de de la suscripción del contrato.
13.5. Prórroga o renovación del contrato.
No aplicable al presente contrato.
13.6. Tipo de contrato.
Ejecución en el tiempo.
13.7. Subcontratación.
Se permite la subcontratación.
Circunstancias y Alcances de la Subcontratación: Se permite la subcontratación parcial de los servicios de toma de datos en terreno con empresas especializadas indicando, en la propuesta, la relación de subcontratación y presentando carta/certificado de disponibilidad de la empresa subcontratada.
Para este caso, será siempre la adjudicada la que mantendrá la responsabilidad ante la entidad licitante por los servicios. Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al adjudicado un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por otros documentos que garanticen la veracidad de dichos montos y estado de cumplimiento respectivo a los trabajadores de la empresa oferente.
Asimismo, se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los respectivos subcontratistas con sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos los derechos que le asisten al FOSIS, de ser informado y de efectuar la retención indicados en los incisos 2 y 3 de la referida norma, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
La persona subcontratista o sus socios o administradores estarán afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, en relación con lo indicado en el numeral 2, del inciso segundo, del Art. 76, ambos del Reglamento de la Ley Nº19.886, debiendo presentar la declaración jurada establecida como Anexo 4.
13.8. Responsable del contrato.
El nombre del responsable del contrato será comunicado al adjudicatario una vez concluido el proceso de adjudicación.
14. NATURALEZA Y MONTO DE LAS GARANTÍAS.
14.1. Garantía de seriedad de la oferta.
Para la presente licitación NO SE REQUIERE la presentación de una garantía de seriedad de la oferta, esto es, una caución con el fin de asegurar la firma del contrato en los términos propuestos por el oferente.
14.2. Garantía de fiel, cabal y oportuno cumplimiento del contrato.
SE REQUIERE la presentación de una garantía de fiel, cabal y oportuno cumplimiento del contrato, esto es, una caución con el fin de asegurar la ejecución del contrato en los términos convenidos.
El adjudicatario deberá constituir esta garantía a favor del Servicio, la cual deberá, además, asegurar el pago de obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario (artículo 11 Ley N° 19.886, sólo para el caso de prestadores de servicios que cuenten con trabajadores dependientes).
La garantía de fiel, cabal y oportuno cumplimiento de contrato podrá ser otorgada por un instrumento financiero de cualquier tipo, cuyo cobro asegure el pago de manera rápida y efectiva como, por ejemplo, vale vista. El instrumento deberá ser tomado a nombre del Fondo de Solidaridad e Inversión Social (RUT Nº 60.109.000-7).
Monto en pesos chilenos.
10% (diez por ciento) del valor del contrato.
Glosa.
“Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato (especificando contrato y fecha) y las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratado”. Para el caso de que el proveedor no cuente con trabajadores dependientes, debe eliminarse la segunda parte de la glosa.
En virtud de la amplitud del texto de la glosa se autoriza a continuar su descripción en el reverso del documento.
La garantía deberá ser pagadera a la vista, tomada por uno o varios integrantes del adjudicatario, tener carácter de irrevocable y deberá expresarse en pesos chilenos.
Plazo de vigencia.
A lo menos 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato, esto es, a lo menos hasta el día viernes, 27 de marzo de 2020. Sin perjuicio de lo anterior, esta fecha podrá sufrir algún tipo de variación, lo que dependerá, en definitiva, de la fecha efectiva de la suscripción del contrato.
Haga clic aquí o pulse para escribir una fecha.Fecha devolución de garantía.
Una vez recibido a conformidad de la contraparte técnica el producto y/o servicio, circunstancia que informará por escrito la subdirección o departamento a cargo de la convocatoria. El/la Gestor/a del contrato solicitará al departamento de finanzas la liberación de la garantía, liberación que deberá ser firmada por el subdirector del área respectiva (o el encargado de administración y finanzas regional, en su caso), y contar con la confirmación del responsable de administración de las garantías, en caso de ser un funcionario distinto. Dicha entrega se realizará siempre en las dependencias del Servicio.
La fecha de devolución de garantías es fijada sin perjuicio del aseguramiento del pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, de conformidad a lo señalado en el inciso primero del artículo 11 de la Ley Nº 19.886.
14.3. Garantía de anticipo.
No se requiere, toda vez que no se anticiparán fondos para el cumplimiento del contrato.
15. MODALIDAD DE PAGO DEL CONTRATO.
Una vez que el gestor del contrato certifique la totalidad de los compromisos emanados del contrato, emitirá un informe técnico de cierre, con el cual el proveedor podrá emitir la factura correspondiente.
El pago deberá efectuarse dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura en la oficina de partes de la institución. Con todo, para proceder al pago, se requerirá que previamente el FOSIS certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos.
La información para realizar la transferencia electrónica se obtendrá del ANEXO N° 1 FICHA IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE de las presentes Bases.
Los pagos de bienes y servicios se realizarán mediante el sistema de transferencia electrónica implementado por el Banco del Estado.
Si el proponente adjudicado desease que el pago se efectúe con cheque (documento que se extenderá nominativo y cruzado), deberá adjuntar una declaración jurada notarial suscrita por su o sus representantes legales, en la que explicite claramente tal voluntad, indicando el nombre de las personas autorizadas para su retiro; esta individualización deberá tener nombre completo y RUT de la/s persona/s autorizada/s. De no requerirlo cruzado, deberá señalarlo expresamente, dejando al FOSIS liberado de toda responsabilidad en caso de pérdida o robo de dicho documento.
15.1. Responsable del pago.
Nombre responsable del pago: Nelson Flores Vilches
E-mail: nelson.flores@fosis.gob.cl
Teléfono: +5628383694
16. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
El FOSIS, con el objeto de mantener un registro de evaluación de proveedores, calificará el comportamiento mostrado por sus contratistas mientras dure el vínculo entre las partes interesadas.
El registro contendrá la información relativa al comportamiento contractual de los proveedores, información que podrá ser empleada por el FOSIS en la futura evaluación de propuestas.
La evaluación que aplicará el FOSIS contendrá elementos objetivos tales como: el cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones, cumplimiento de los plazos comprometidos y la aplicación de multas u otras medidas que hayan afectado la relación contractual.
17. TÉRMINO ANTICIPADO
El FOSIS podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 20 de las presentes bases administrativas, en los siguientes casos:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, lo que se entenderá cuando se produzca alguno de los siguientes eventos, entre otros:
i. Trabajos mal ejecutados que evidentemente provoquen daños a las áreas destinadas al firewall como también los equipos de clientes.
ii. No cumplir con la calidad y especificaciones técnicas comprometidas por ejecutor en relación a los profesionales que ejecuten los trabajos de implementación.
iii. Exceder el monto máximo de la multa, señalado en el punto 18.1”
3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El FOSIS podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en cualquiera de los casos señalados, con excepción de aquellos casos en que la causal de término es la “resciliación o mutuo acuerdo entre las partes” o “por exigirlo el interés público o la seguridad nacional”. Lo anterior es sin perjuicio de iniciar las acciones legales destinadas a exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
Todas estas causales serán debidamente calificadas por el FOSIS mediante una resolución fundada, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl dentro de las 24 horas de dictada, y comunicada por escrito al adjudicatario, mediante carta certificada.
Resuelto el término anticipado del contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el FOSIS concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de la liquidación del contrato.
18. INCUMPLIMIENTO
18.1. Multas:
En caso de que el adjudicatario no diera fiel cumplimiento al contrato que se suscribe entre las partes, en cuanto a plazos, trabajo o al alcance de las labores contratadas, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por el FOSIS, este se reserva el derecho de aplicar la siguiente sanción:
Se aplicará una sanción del 0.5% del total neto de la oferta por cada día de atraso en la fecha de entrega acordada en carta Gantt con un tope de 5% del total del contrato. Superado este porcentaje, se pondrá término anticipado al contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que el FOSIS deba efectuar al adjudicatario en los pagos más próximos.
La multa se aplicará sin perjuicio del derecho del FOSIS de recurrir ante los tribunales ordinarios de justicia. Si los perjuicios ocasionados al FOSIS por el incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario exceden el monto de las sanciones aplicadas, éste podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondientes.
18.2. Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato:
La garantía de fiel cumplimiento de contrato DEBERÁ ser ejecutada en los siguientes casos:
1. Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del Proveedor con sus trabajadores, cuando habiendo transcurrido la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses, el proveedor adjudicado no ha acreditado que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas.
2. Cuando el proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
3. Cuando por causa que sea imputable al proveedor adjudicado se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en los números 17 (Término anticipado), 18.1 (porcentaje máximo de multa) y/o 20 (Confidencialidad) de las presentes bases de licitación.
4. Por incumplimiento de las obligaciones impuestas en las Bases y el respectivo contrato.
18.3. Procedimiento para la aplicación las sanciones:
El FOSIS estará facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, en las causales contempladas en presentes bases de licitación.
Para la aplicación de multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento o para terminar anticipadamente el contrato, el FOSIS aplicará el siguiente procedimiento:
1. Detectada la situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato, el FOSIS notificará inmediatamente de ello al proveedor, mediante carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y los hechos en que aquélla se motiva.
2. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos por escrito ante el gestor del contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
3. Vencido el plazo sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del FOSIS, la que deberá ser notificada personalmente o por medio de carta certificada.
4. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el FOSIS tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción del descargo, para rechazarlos o acogerlos parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse mediante la dictación de una resolución fundada del FOSIS, en la cual deberá contener el detalle del contenido y las características de la sanción a aplicar. Esta resolución deberá notificarse al proveedor personalmente o mediante carta certificada.
5. El gestor de contrato será responsable de informar y dar cuenta a la autoridad competente para la dictación del acto administrativo por el cual se sancione el incumplimiento del proveedor.
6. Recurso de reposición: el proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación personal o por medio de carta certificada de la resolución fundada singularizada en los números 3 y 4 precedentes, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen dejar sin efecto, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El FOSIS resolverá el recurso de conformidad a lo señalado en la Ley N° 19.880.
7. La resolución fundada que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. En consecuencia, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los estados de pago más próximos que el FOSIS deba efectuar al proveedor.
19. READJUDICACIÓN
En el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue las garantías correspondientes en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o incurra en causal de inhabilidad para contratar con el Estado de acuerdo con los términos de la Ley N°19.886 y su reglamento, el FOSIS podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar al oferente que le siga en puntaje, en conformidad con el orden de prelación establecido en el consolidado de evaluación y los resultados de los puntajes de la evaluación. Lo anterior tendrá lugar en un plazo no superior a 60 (sesenta) días corridos computados a contar de la fecha de la publicación de la adjudicación original en el portal de www.mercadopublico.cl.
20. CONFIDENCIALIDAD
El Contratado deberá dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, y por consiguiente toda información a la cual tenga acceso con motivo del desarrollo de sus labores deberá mantenerse en estricta reserva, no pudiendo dar a conocer parte alguna de ella sin contar previamente con el consentimiento por escrito de la contraparte técnica del FOSIS. El incumplimiento de lo anterior facultará al Servicio a dar por terminado el contrato anticipadamente y ejecutar la garantía otorgada para resguardar el fiel cumplimiento del mismo, lo que no obstará a que se pueda perseguir judicialmente el pago de los perjuicios efectivamente causados.
El Contratado no podrá utilizar, para ninguna finalidad ajena a la ejecución de las tareas encomendadas, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato o de cualquier actividad relacionada con éste. Es así como todo su personal dependiente o contratado que, de una u otra manera se haya vinculado a la ejecución de las acciones licitadas en cualquiera de sus etapas, debe guardar secreto sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de dichas acciones. La responsabilidad del Contratado en este ámbito será solidaria respecto de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas. Lo anterior quiere decir que la divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida anteriormente, por parte del Contratado, sus dependientes, asalariados o contratados a cualquier título, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará motivo para que el FOSIS entable las acciones judiciales que correspondan en contra del Contratado, sin perjuicio de la persecución de la responsabilidad que, por los actos en infracción de esta obligación, corresponda a sus empleados o a cualquiera de las personas antes mencionadas.
21. PACTO DE INTEGRIDAD
Por el solo hecho de su participación en la presente licitación, el oferente acepta el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer, conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún/a funcionario/a público/a en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, por todas las personas con que aquel o aquellos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
22. PROPIEDAD INTELECTUAL
Tanto los insumos de información que se entregarán al Proveedor Adjudicado, como los productos resultantes del contrato suscrito en virtud de este proceso licitatorio, serán de exclusiva propiedad del FOSIS, por lo que se entiende que éste será también titular de todos los derechos de propiedad intelectual derivados de los servicios que se contratan. Por lo anteriormente señalado, los productos resultantes del servicio prestado no podrán ser difundidos ni utilizados como referencia por el Proveedor Adjudicado para otros estudios o publicaciones propias o de terceros, sin previa autorización por escrito del FOSIS.
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