Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Servicio de Registro Civil e Identificación
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Fecha de vencimiento:
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25-04-2023
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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El CONTRATISTA deberá otorgar al momento de la firma del Contrato una o más Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, debiendo el SERVICIO aceptar cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones del artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Esta garantía debe ser pagadera a la Vista, con carácter de irrevocable, tomada por el Oferente o un tercero a su nombre, expresada en pesos chilenos, por un valor correspondiente al cinco por ciento (5%) del monto del contrato, incluido el Impuesto al Valor Agregado, y a nombre del “Servicio de Registro Civil e Identificación, RUT 61.002.027-5”, con la siguiente glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de la obra denominada Mejoramiento y Reparación de Oficina Chile Chico del Servicio de Registro Civil e Identificación en la región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo - ETAPA N°01 AÑO 2022”, la/s que deberán mantener su vigencia por toda la duración del contrato y hasta ciento ochenta (180) días corridos después de terminado el plazo de ejecución de la obra ofertado en Anexo N°2, Cotización de Obras y Plazo y será/n devuelta/s al CONTRATISTA, una vez finalizado el plazo mencionado.
En el evento de presentarse una o más garantías, que entre sus características o menciones, o atendida su naturaleza, no contemple una glosa, esta podrá anotarse al reverso del documento, o bien acompañarse como anexo una declaración jurada simple que la consigne, firmada por el OFERENTE o su representante, de modo que la glosa será exigible en lo que resulte procedente.
Esta garantía formará parte de la Oferta, de modo de caucionar el correcto cumplimiento, por parte del ADJUDICATARIO, de todos los compromisos derivados del contrato.
En caso que el OFERENTE sea una Unión Temporal de Proveedores la/s Garantía/s de Fiel Cumplimiento del Contrato podrán ser otorgada por cualquiera de los OFERENTES que forman parte de esa Unión, o por un tercero que no forme parte necesariamente de la Unión Temporal de Proveedores.
Para este último caso, la obligación asumida en calidad de codeudor solidario deberá constar por instrumento público o privado autorizado por Notario.
El SERVICIO, en caso de término anticipado del Contrato por causa imputable al CONTRATISTA, podrá hacer efectiva la/s Garantía/s de Fiel Cumplimiento del Contrato de acuerdo a lo especificado en la sección 7.2 MODIFICACIÓN O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO, de estas Bases.
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Glosa:
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El CONTRATISTA deberá otorgar al momento de la firma del Contrato una o más Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, debiendo el SERVICIO aceptar cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones del artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Esta garantía debe ser pagadera a la Vista, con carácter de irrevocable, tomada por el Oferente o un tercero a su nombre, expresada en pesos chilenos, por un valor correspondiente al cinco por ciento (5%) del monto del contrato, incluido el Impuesto al Valor Agregado, y a nombre del “Servicio de Registro Civil e Identificación, RUT 61.002.027-5”, con la siguiente glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de la obra denominada Mejoramiento y Reparación de Oficina Chile Chico del Servicio de Registro Civil e Identificación en la región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo - ETAPA N°01 AÑO 2022”, la/s que deberán mantener su vigencia por toda la duración del contrato y hasta ciento ochenta (180) días corridos después de terminado el plazo de ejecución de la obra ofertado en Anexo N°2, Cotización de Obras y Plazo y será/n devuelta/s al CONTRATISTA, una vez finalizado el plazo mencionado.
En el evento de presentarse una o más garantías, que entre sus características o menciones, o atendida su naturaleza, no contemple una glosa, esta podrá anotarse al reverso del documento, o bien acompañarse como anexo una declaración jurada simple que la consigne, firmada por el OFERENTE o su representante, de modo que la glosa será exigible en lo que resulte procedente.
Esta garantía formará parte de la Oferta, de modo de caucionar el correcto cumplimiento, por parte del ADJUDICATARIO, de todos los compromisos derivados del contrato.
En caso que el OFERENTE sea una Unión Temporal de Proveedores la/s Garantía/s de Fiel Cumplimiento del Contrato podrán ser otorgada por cualquiera de los OFERENTES que forman parte de esa Unión, o por un tercero que no forme parte necesariamente de la Unión Temporal de Proveedores.
Para este último caso, la obligación asumida en calidad de codeudor solidario deberá constar por instrumento público o privado autorizado por Notario.
El SERVICIO, en caso de término anticipado del Contrato por causa imputable al CONTRATISTA, podrá hacer efectiva la/s Garantía/s de Fiel Cumplimiento del Contrato de acuerdo a lo especificado en la sección 7.2 MODIFICACIÓN O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO, de estas Bases.
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Forma y oportunidad de restitución:
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deberán mantener su vigencia por toda la duración del contrato y hasta ciento ochenta (180) días corridos después de terminado el plazo de ejecución de la obra ofertado en Anexo N°2, Cotización de Obras y Plazo y será/n devuelta/s al CONTRATISTA, una vez finalizado el plazo mencionado.
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