a. Obras de conservación de Aguas y Suelos a construir |
Las OCAS se encuentran descritas de manera técnica en el Anexo N°8 de las presentes bases, y se solicita que su construcción sea acorde a lo establecido. Si el adjudicatario tiene una propuesta técnica que mejore la construcción de las OCAS, y por su propia iniciativa desea mejorar el diseño, este debe ser acordado por CONAF con su contraparte técnica respectiva, y debe quedar consignado en el libro manifold dispuesto para las faenas; y su implementación no puede significar por ningún motivo el alterar el valor ya acordado mediante el proceso de licitación.
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b. Predios |
Los predios donde se ejecutarán las OCAS, se encuentran claramente identificados, y su ubicación y condiciones se asume como conocida por el adjudicatario, dada la visita a terreno efectuada en el proceso de licitación. Además, los propietarios han dado su autorización a la ejecución de obras en los mismos, lo cual se encuentra refrendado por la carta compromiso que han firmado ante CONAF. Por otra parte, queda estrictamente prohibida la corta de vegetación arbórea en los predios, y solo se autorizará en casos puntuales, podas que impidan el correcto desempeño de las cuadrillas y/o maquinarias para la construcción de las OCAS, lo cual debe ser informado y acordado con el supervisor de CONAF, quien dejará registro por escrito de las intervenciones acordadas en el libro Manifold.
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c. Plazos de Ejecución de obras |
Las obras ejecutadas deben ceñirse a lo establecido en el plan de trabajo indicado en el anexo N°7, y podrán extenderse hasta el 25 de noviembre de 2022. Si no se ejecutan la totalidad de las obras contempladas para cada línea de servicio dentro de este plazo, se pagará lo efectivamente realizado, según informe técnico emitido por CONAF, de acuerdo a los valores indicados en el anexo N°7, por el proveedor, o según los valores determinados por CONAF para cada una de las obras, en caso que el proveedor no los indique.
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d. Horarios de ejecución de obras |
Los horarios de ejecución de las obras podrán ser acordados con los propietarios de los predios, los cuales deben quedar consignados en el manifold que se dispondrá a cada faena. De todas formas, los horarios de operación de la faena deben necesariamente respetar los horarios de trabajo de los trabajadores contratados, y no exceder la jornada contratada.
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CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN |
Objeto de la contratación: Se han definido 3 líneas de servicios, una por cada provincia donde se implementarán OCAS , consistente en zanjas de infiltración, surcos medialunas, muretes y limanes, según corresponda, en predios de pequeños y medianos propietarios forestales que ya han manejado sus bosques nativos mediante planes de manejo de la ley 20.283, y que como medida complementaria se les construirán las OCAS ya descritas para mejorar la captura de aguas lluvias, contribuir a la resiliencia de los bosques nativos, y a las recargas de las napas freáticas. Las OCAS propuestas fueron desarrolladas por el equipo profesional de CONAF Valparaíso perteneciente al Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y xerofíticos, y para cada predio se realizó un análisis de las formaciones vegetacionales presentes, tipo de suelo, y pendientes. La superficie total a intervenir a nivel regional es de 247,72 hectáreas.
Tabla 1: 3 Líneas de productos: Construcción de OCAS en predios de las Provincias de Petorca, San Felipe y Marga-Marga. Según el siguiente cuadro
Líneas de Servicios
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Provincia
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Predio
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Superficie a intervenir (ha)
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Tipo de OCAS
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Cantidad de OCAS (unidades y/o metros lineales)
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Línea 1
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Petorca
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Parcela de secano N°75
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32
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Surco Medialunas
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800
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El Sobrante
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30
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Muretes, limanes y surco medialunas
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25 Muretes
10 limanes
650 surcos medialunas
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La Mora
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20
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Limanes y Surco medialunas
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5 limanes
457 surcos medialunas
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Línea 2
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Marga Marga
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hijuela del plano y la hijuela del cerro
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8
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Zanjas de infiltración
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2998 m/l
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lote a-3
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8,1
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Zanjas de infiltración
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3035 m/l
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lote a-2
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16,1
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Zanjas de infiltración
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6033 m/l
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los pozos
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9
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Zanjas de infiltración
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3372 m/l
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cerro quebrada seca
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6,2
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Zanjas de infiltración
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2323 m/l
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El emparrado
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34,0
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Zanjas de infiltración
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12740 m/l
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Línea 3
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San Felipe
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Bien Común General N°5 El Ñilhue
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34,35
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Zanjas de infiltración
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1752 m/l
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Comunidad de Campo Jahuel
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34,54
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Zanjas de infiltración
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1914 m/l
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Lote D1
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15,43
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Zanjas de infiltración
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787 m/l
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a) Apertura de las ofertas |
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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b) Adjudicación |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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c) Cláusula de readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, CONAF podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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d) Plazo de Adjudicación |
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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e) Metodología de desempate |
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el desempate se efectuará aplicando los criterios de evaluación, en un orden de mayor a menor porcentaje de ponderación, en este orden 1. Propuesta técnica, 2. Experiencia del oferente, 3. Precio, 4 condiciones de remuneraciones. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
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f) Recepción de antecedentes |
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en su puntaje en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
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g) Consultas a la adjudicación |
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación al siguiente correo: marco.soto@conaf.cl
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h) Cláusula de confidencialidad |
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
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i) Orden de Compra |
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor en un plazo de 2 días hábiles o 48 horas. En caso de no aceptar la orden compra en el plazo antes indicado, CONAF podrá solicitar su cancelación, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud, según lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas.
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j) Aplazamiento del cierre de la Licitación |
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse su cierre por 10 días corridos desde la fecha de cierre original.
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k) Modificación de Bases |
De ser necesario podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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l) Comisión Evaluadora |
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por el jefe (a) del Departamento Finanzas y Administración o por quien designe, el jefe(a) de la Sección Administración o por quien designe, el jefe (a) del Departamento de Bosques y Cambio Climático o por quien designe, Jefe Provincial de Petorca, y Jefe Provincial San Felipe y como Ministro de Fe la jefe (a) de la Unidad de Jurídica o por quién designe.
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ll) Visita Técnica a los predios |
Los oferentes deberán realizar visitas a terreno a las líneas de servicio que postulan, y deberán firmar el anexo N°4, el cual es obligatorio y las ofertas que hayan realizado ninguna visita a terreno, no serán evaluadas y serán rechazadas en acto de apertura electrónica. Para coordinar las visitas a terrenos, se deben contactar y coordinar la visita con el encargado técnico de cada línea de servicio, según el siguiente listado:
Línea
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Nombre
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Celular
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Correo electrónico
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1
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Ariel Alejandro Sagredo Pichón
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+56964344996
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Ariel.sagredo@conaf.cl
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2
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Daniel Efraín Valdivieso Barrales
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+56951046038
|
Daniel.valdivieso@conaf.cl
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3
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Aldo Botti
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35-2442772
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Aldo.botti@conaf.cl
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4
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Adolfo Herrera Soto
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+56986561667
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Adolfo.herrera@conaf.cl
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Como se indicó en el punto 4.2. de las presentes bases, si por condiciones de lejanía entre los predios de cada línea de trabajo, el oferente no pudiera realizar la visita a todos los predios, se considerará válido para efectos de la presentación de su propuesta el haber realizado a lo menos una visita a un predio por línea de servicio. Mediante este acto, se da por conocido el tipo de terreno de la línea de trabajo donde postula, y no podrá esgrimir como argumento el desconocimiento de los predios donde se requiere ejecutar las obras, posterior a la adjudicación.
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m) Suscripción del contrato |
El o los adjudicatarios deberán suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados desde la aceptación de orden de compra. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.
Para suscribir el contrato el adjudicatario debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar un nuevo proceso de contratación, declarando inadmisible la oferta y desierto el proceso.
Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la aceptación de orden de compra, la documentación necesaria para la confección de éste. Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial.
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta de adjudicado, formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:
1) Ejecutar la entrega total de las obras contratadas y requisitos técnicos solicitados
2) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en las instalaciones de los predios.
3) Incumplir por parte del contratista el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
4) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor.
El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante, de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contra to, y se decida por parte de CONAF, continuar el mismo, el proveedor del servicio deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases.
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n) Término anticipado del contrato |
CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
- El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
- En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
- Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de los particulares destinatarios del proyecto o de funcionarios de CONAF.
- Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del contrato.
- El haberse cursado más de tres (3) multas.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 1 y 3.
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o) Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato |
1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección indicada en el contrato, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde el envío de la carta certificada, señalado precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia al administrador del contrato, a la casilla claudio.ilabaca@conaf.cl
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, efectuados o no, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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p) Finiquito del contrato |
Se procederá a elaborar el finiquito del contrato previo informe técnico de recepción conforme del Departamento de Bosques y Cambio Climático. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días corridos, contados desde el término del contrato.
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q) Prórroga de contrato |
El contrato podrá ser prorrogado, de común acuerdo entre las partes. Asimismo, ésta se regirá de acuerdo a los demás términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato, ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual, no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
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r) Forma de Pago |
El pago del servicio se efectuará siempre contra estados de avance recibidos conforme por parte de CONAF, de acuerdo con el siguiente plan de avance, salvo que el proveedor adjudicado desee recibir solo un pago por el 100% de la superficie recibida conforme.
Plan de Pagos
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Primer Pago (40% del valor ofertado)
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40% de avance de OCAS
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Segundo Pago (Saldo Pendiente)
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60% de avance de OCAS
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Total
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100 % (obras concluidas)
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Una vez enviada la orden de compra respectiva, el pago de la compra se efectuará contra la recepción conforme por parte de CONAF de la totalidad o parcialidad de obras contratadas, según el programa de trabajo indicado en el Anexo N°7, el que deberá llevar el visto bueno del administrador del contrato, y se solicitará la factura electrónica al oferente adjudicado respectivo, solo por las obras efectivamente realizadas y que cumplan con las prescripciones técnicas de las presentes bases, procediéndose a la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF solo si coincide con lo informado que se ha recibido en conformidad.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona natural o jurídica que fue adjudicado. Si así no fuere la facturación será rechazada.
El pago se informará en el Sistema de Pago Centralizado de la Tesorería General de la República www.tgr.cl, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
• Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
• Recepción conforme de la factura.
• Factura devengada en la plataforma dtedipres (https://dte.dipres.gob.cl/).
• La factura debe ser emitida en moneda nacional (pesos chilenos), a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII)
• La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en el campo Folio de la Referencia, y se deberá publicar el archivo de intercambio dentro de 24 horas.
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s) Registros de Terreno |
Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades objeto de la presente licitación, sean no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un “Registro de terreno con observaciones, amonestaciones o multas”, cuya notificación deberá ser obligatoriamente recibida por el Supervisor de terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento, en el libro manifold dispuesto para estos efectos.
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t) Sanciones y multas |
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma que en cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos, los que no son taxativos:
- Faltas relacionadas con el incumplimiento de los elementos de protección personal (EPP) para los trabajadores, EN ESPECIAL AQUELLOS QUE PREVIENEN CONTAGIOS VIRUS COVID19. Multa 1 UF por cada incumplimiento en uso de Equipamiento de protección personal adecuado.
- Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en el predio. Multa: El valor de reposición o reparación del daño determinado por el propietario del predio.
- No cumplimiento de la programación indicada en el anexo 7, salvo modificaciones acordadas con CONAF. Multa 1 uf por cada día de incumplimiento.
- Generar impactos ambientales o incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:
- Incumplimiento de prescripciones manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados. 1 UF/día según se mantenga la situación detectada.
- Incumplimiento de las prescripciones y/o parámetros técnicos de las OCAS que se deben aplicar en la ejecución de la faena 1 UF/por cada situación detectada.
- Manejo inadecuado de sustancias peligrosas. 2 UF/día, mientras se mantenga la situación detectada.
- Provocar amago o principio de incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales y de aplicación del punto n) de estas bases.
- Daño al interior de fajas o áreas de protección. 3 UF/árbol o arbusto cortado dentro de una faja de protección u otro tipo de daño detectado, como por ejemplo introducción de maquinaria o contaminación de cualquier tipo dentro de la faja o área de protección, las cuales serán identificadas previamente al inicio de las obras.
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u) Procedimiento de aplicación de las multas |
En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, a través de “Registro de Terreno con observaciones, amonestaciones o multas” dirigido al supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada, estando este obligado a recibir dicho documento.
La aplicación de las multas, será informada a través de correo electrónico indicado en la oferta.
El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a claudio.ilabaca@conaf.cl.
Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, con o sin éstos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880. Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación respectiva.
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v) Obligaciones generales del adjudicatario |
El adjudicatario deberá cumplir con todo rigor, las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Asimismo, cumplir con el protocolo COVID-19 .
El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.
En caso que se requiera, el adjudicatario podrá realizar las instalaciones de campamento o pernoctación que requiera para sus trabajadores, a su entero costo, y predio acuerdo con el propietario, para lo cual el supervisor CONAF levantará un acta donde se identificará el sector a utilizar, las condiciones y estado del sector, y se entregará la normativa de comportamiento a cumplir por parte de los trabajadores. Este documento será suscrito por el adjudicatario, el propietario y/o representante legal, y el supervisor CONAF como ministro de fe. En caso que no se cumpliera lo establecido en esta acta, se aplicará lo indicado en el punto t) de las presentes bases, no exento de las acciones legales que pueda ejercer el propietario del predio.
El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.
Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.
La vigilancia de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. En su caso, la nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente al propietario del predio y a CONAF
En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.
El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal.
Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato, de conformidad al registro de acta de entrega del predio, que consta en el libro manifold.
El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo con el tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros. En el caso de existan trabajadores motosierristas, estos deben tener experiencia en manejo de bosque, bajo condiciones de seguridad; requieren de equipo EPP completo y zapatos de seguridad caña alta.
Todo cambio de personal debe ser informado previamente y autorizado por escrito por CONAF, y registrado en el Manifold.
El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.
El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.
No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni sustancias sicotrópicas, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, los trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior del predio.
Al término del plazo de la faena, el adjudicatario dispondrá de 5 días hábiles para ejecutar todas aquellas actividades relacionadas al abandono de faena. Entre estas actividades se encuentran:
Retiro de todo el personal desde el predio.
Retiro de las instalaciones y maquinarias utilizadas en la faena
Mejoramiento de caminos, cercos y alcantarillas si correspondiese;
Eliminación de desechos sólidos y líquidos, etc.
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x) Trabajadores dependientes del adjudicado |
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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y) Implementación de seguridad |
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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z) Otras disposiciones |
Ley Subcontratación: El proveedor adjudicado podrá subcontratar la faena, y para los efectos deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del terreno y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:
Listado del personal que va a realizar el trabajo.
Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
Carta Gantt de actividad a realizar.
Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
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