Observaciones respecto de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos. |
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
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Apertura de las ofertas: |
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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Adjudicación: |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
No obstante, aquellas ofertas que no obtengan un puntaje igual o superior a 50 puntos no podrá ser adjudicada.
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Re adjudicación: |
En caso de que el proveedor rechace la adjudicación, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe con mejor puntaje en la tabla de evaluación correspondiente.
CONAF, podrá, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la adjudicación original, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente licitación.
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Plazo de Adjudicación: |
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse éste mediante Resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate: |
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el factor de Experiencia acreditada., el que determine la adjudicación, si aún se mantiene el empate, será el factor Cumplimiento requisitos técnicos el que dirima la adjudicación.
Si aún persiste el empate, se adjudicará la primera oferta (entre las que empatan), que fue ingresada al sistema.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación: |
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Recepción de antecedentes: |
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos, administrativos ni económicos, a menos que sean solicitados por CONAF, mediante el foro inverso.
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Consultas a la adjudicación: |
Las consultas referentes a la adjudicación, podrán hacerse hasta 2 días hábiles posteriores a la adjudicación, al correo electrónico marco.soto@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad: |
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada
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Comisión Evaluadora: |
La comisión estará constituida por la Jefa del Departamento de Finanzas y Administración, o quien designe, Jefe DEPRIF, el Jefe de Prevención del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o quien designe, el Jefe (S) de la sección Administración del Departamento de Finanzas y Administración o quien designe, y como ministro de Fe la Jefa de la Unidad Jurídica o a quien lo designe.
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Modificación de Bases: |
De ser necesario podrán modificarse las presentes bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Del contrato: |
El contrato será elaborado por la Unidad Jurídica de la Corporación y deberá estar disponible para ser suscrito en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de aceptación de la orden de compra.
Si el adjudicatario no concurriere a la firma del respectivo contrato y/o no hiciere entrega de la garantía de fiel cumplimiento cuando corresponda, se entenderá que se ha desistido de su oferta, quedando entonces, facultada la Corporación, para dejar sin efecto la correspondiente adjudicación, y para proceder, de estimarlo conveniente, a readjudicar al oferente que continúe en la respectiva tabla de evaluación.
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Término anticipado del contrato: |
Se pondrá término anticipado al contrato por las siguientes causales, las que no son taxativas:
1) Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato.
2) El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
4) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
5) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
6) CONAF podrá dar término al contrato, y efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, si el proveedor no hace entrega de los informes a contar de los 21 días corridos del plazo de entrega señalado en las bases de licitación, para cada etapa.
7) No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos relativos al cumplimiento de la Ley N° 20.123, sobre subcontratación.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 3.
En estos casos, el pago del servicio se efectuará por la Corporación, contra la presentación de la factura respectiva y demás requisitos exigidos en el Punto “Modalidad de Pago del Contrato” de estas bases, la que será proporcional al estado de avance del servicio, hasta la fecha de término anticipado.
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Orden de Compra: |
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra para la aceptación por parte del proveedor adjudicado. El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para la aceptación de la orden de compra, en caso de no ser aceptada por el proveedor en el plazo indicado, CONAF podrá solicitar su cancelación de forma unilateral.
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Plazo de ejecución del servicio: |
Este plazo es de 12 meses contados desde la entrega del terreno, oportunidad en la que se levantará un acta suscrita por las partes.
Lo anterior, tendrá lugar con posterioridad a la firma del respectivo contrato en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles.
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Modalidad de Pago: |
El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF y una vez emitido el informe de aceptación conforme por parte del administrador del contrato. El pago se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago.
Este procedimiento se llevará a efecto, para el pago en cada una de las etapas: la factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será reclamada.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
Esta acreditación deberá enviarse a CONAF, cada vez que se facture el servicio, para los efectos de aceptación de la factura electrónica, la que una vez contabilizada pasará a pago.
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El pago del servicio se efectuará de la siguiente forma: |
N°
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Etapas
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Producto(s)
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Medio de verificación
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Duración (meses)
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% del monto adjudicado
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1°
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Evaluación de estado de suelo y presentación de plan de regeneración
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Análisis de estado de suelo y plan de regeneración
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Informe
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2
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25
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2°
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Implementación de equipos y desarrollo de insumos
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Equipamiento e insumos para la regeneración de suelo
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Informe
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2
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25
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3°
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Implementación de plan de regeneración
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Informe de avance de proyecto y estado de suelo regenerado.
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Informe
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6
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25
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4°
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Etapa final
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Informe final de proyecto y estado de suelo regenerado.
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Informe
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2
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25
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7. Multas: |
CONAF aplicará una multa equivalente a un 2% del pago correspondiente a cada etapa, por los 10 primeros días corridos de atraso en la entrega de cada una de ellas, esto es, a contar del plazo de entrega de cada etapa señalado en las bases.
Si a partir del informe entregado, CONAF solicita aclaraciones, completitud o correcciones, se dará un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud, para la entrega definitiva del informe. Pasado este plazo o no habiéndose cumplido lo solicitado por CONAF, se aplicará la multa señalada precedentemente.
CONAF aplicará una multa equivalente a un 5% del pago correspondiente a cada etapa, a contar de los 11 días corridos y hasta los 20 días corridos de atraso en la entrega de cada una de ellas, esto es a contar del plazo de entrega de cada etapa señalado en las bases.
Si a partir del informe entregado, CONAF solicita aclaraciones, completitud o correcciones, se dará un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud, para la entrega definitiva del informe. Pasado este plazo o no habiéndose cumplido lo solicitado por CONAF, se aplicará la multa señalada precedentemente.
CONAF podrá dar término al contrato, y efectuar el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, si el proveedor no hace entrega de los informes a contar de los 21 días corridos del plazo de entrega señalado en las bases de licitación, para cada etapa.
Excepcionalmente CONAF podrá ampliar el plazo de entrega a solicitud del adjudicatario por escrito y de manera fundada, en los casos que así lo estime pertinente.
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7.1. Procedimiento de aplicación de las multas: |
Verificado el atraso en la entrega del informe correspondiente a alguna de las etapas, CONAF, notificará al proveedor adjudicado de ello, mediante correo electrónico o por carta certificada, informándole de la aplicación de la multa y sobre los hechos que la fundamentan.
De esta misma manera, si fuera necesario, se notificará al proveedor de la solicitud de CONAF, para efectuar aclaraciones, completitud o correcciones.
A contar de la notificación o notificaciones, según corresponda, singularizadas en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito al Director Regional, a la casilla oficina. partes.valparaiso@conaf.cl, con copia a marco.soto@conaf.cl, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos o estos no fuesen acogidos por CONAF se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante, caso contrario, si CONAF acoge favorablemente los descargos, no se procederá a aplicar la multa.
Si procediere la aplicación de la multa, esta deberá ser descontada de la correspondiente factura.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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8. Trabajadores dependientes del adjudicado: |
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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9. Implementación de seguridad: |
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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10. Otras disposiciones: |
Ley Subcontratación. El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de iniciar los servicios asociados a cada orden de compra enviada, exhibir los siguientes documentos:
1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
4. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
5. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
6. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
7. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
8. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
9. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
11. Seguros COVID 19 de los trabajadores (Según las disposiciones de las autoridades sanitarias y laborales vigentes, al período de ejecución del servicio, si las hubiere).
Además, se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 21.389, sobre Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. CONAF supervisará dicho cumplimiento al inicio y/o durante la ejecución del contrato.
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11. Pacto de Integridad: |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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12. Requerimientos técnicos: |
El oferente debe presentar al menos los siguientes productos o servicios, para cada etapa, según el siguiente detalle:
Etapa 1: Evaluación de estado de suelo y presentación de plan de regeneración:
- Análisis físico de suelo, realizado en laboratorio acreditado.
- Análisis químico de suelo, realizado en laboratorio acreditado.
- Análisis cromatográfico de suelo. Metodología de papel circular. Con entrega de informe de interpretación.
- Plan de Regeneración de suelo, basado en la aplicación de consorcios microbianos endémicos del sector a intervenir. El plan debe considerar aplicaciones en forma mensual a través del sistema de riego.
- Entrega de parámetros de consorcio de microorganismos nativos.
Etapa 2: Implementación de equipos y desarrollo de insumos:
- Instalación de un equipo biorreactor de 1.000 litros con sistema de calefacción y aireación con microburbujas. Soporte técnico en la instalación Bio-reactor. Capacitación al personal que manejará el equipo. Puesta en marcha del equipamiento. Entrega de instructivo de operación. Al término del contrato el equipo quedará a disposición del adjudicatario.
- Multiplicación de consorcios microbianos endémicos del sector a intervenir.
- La microbiología generada deberá cumplir con las características para ser utilizada como starter para manejo adecuado de residuos en planta de compostaje.
- Procedimientos de trabajo, que incluyan recomendaciones de manejo, dilución y dosis mensuales.
- Capacitación del equipo de trabajo definido por CONAF- JBN.
Etapa 3: Implementación del plan de regeneración:
- Aplicaciones en forma mensual, a través del sistema de riego de consorcios microbianos endémicos del lugar a intervenir.
- Evaluación de la Evolución de la Microbiología del Suelo a través de:
- Análisis físico de suelo, realizado en laboratorio acreditado.
- Análisis químico de suelo, realizado en laboratorio acreditado.
- Análisis cromatográfico de suelo. Metodología de papel circular. Con entrega de informe de interpretación.
- Entrega de informe de avance.
Etapa final: Informe final del proyecto y estado de suelo regenerado:
- Entrega de informe de final.
Los informes de avances y el informe final deberán ser entregados quince (15) días hábiles anteriores al plazo de término establecido para cada etapa.
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Descripción del Servicio a Licitar |
El servicio solicitado, busca recibir la asesoría y soporte técnico para identificar y devolver al suelo afectado por el incendio forestal del año pasado, las capacidades para aportar en el equilibrio del ecosistema del JBN. Este proceso, debe fundamentarse en la Restauración Biológica de Suelo.
Restauración o Regeneración Biológica de Suelo, es un proceso donde se busca recuperar la salud del suelo y sus capacidades para sustentar vida.
Debiéndose identificar la microbiología endémica y beneficiosa para aportar a la regeneración del suelo, y trabajar en lograr la multiplicación de estos microorganismos y, posteriormente, ser aplicados o reinstalados exitosamente en las áreas donde se hace necesario recuperar la salud del suelo para optar al desarrollo de las coberturas vegetales propias del lugar y el equilibrio del ecosistema endémico.
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