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Vehículos Objeto de La Licitación |
1.-Dodge RAM 5500 N° Motor 58841368, VIN 3C7WRNFL6HG738118, Color Blanco, Diesel PBV5575k, Año 2017, Ejes S2S4, 325 HP, Tracción 4x4, Patente KDZT-96
2.-Dodge RAM 5500 N° Motor 58873629, VIN 3C7WRNFL6JG115622, Color Blanco, Diesel PBV5575k, Año 2018, Ejes S2S4, 325 HP, Tracción 4x4, Patente KGPS-90
3.-Dodge RAM 5500 N° Motor 58875906, VIN 3C7WRNFL8JG115623, Color Blanco, Diesel PBV5575k, Año 2018, Ejes S2S4, 325 HP, Tracción 4x4, Patente KGPS-83
4.-Dodge RAM 5500 N° Motor 58872561, VIN 3C7WRNFLXJG110553, Color Blanco, Diesel PBV5575k, Año 2018, Ejes S2S4, 325 HP, Tracción 4x4, Patente KRCW-86
5.-Dodge RAM 5500 N° Motor 58870955, VIN 3C7WRNFL6JG110548, Color Blanco, Diesel PBV5575k, Año 2018, Ejes S2S4, 325 HP, Tracción 4x4, Patente KPBG-26
6.- Dodge RAM 5500 N° Motor 58875294, VIN 3C7WRNFLXJG115624, Color Blanco, Diesel PBV5575k, Año 2018, Ejes S2S4, 325 HP, Tracción 4x4, Patente KTDF-63
Las Camionetas Dodge RAM 5500 objeto de la presente licitación llevan montados los equipos PC Code, y ambos elementos en su conjunto son unidades de primera intervención contra incendios forestales o de interfaz. De tal manera, el adecuado funcionamiento de estas unidades es esencial para garantizar la seguridad del personal, la protección de la población civil y la mitigación del impacto de los incendios. La correcta operación de estos vehículos permite una respuesta eficiente en situaciones de alto riesgo, como atrapamientos, amenazas directas del fuego a estructuras y equipos, y la necesidad de realizar maniobras de autoprotección.
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Antecedentes para incluir en la oferta |
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Cómo requisito esencial y dada las características de los vehículos, los talleres que postulen deben ser representantes o concesionarios autorizados de la marca, para lo cual, deben demostrarlo a través de la entrega la documentación correspondiente que valide tal condición. La Corporación se reserva el Derecho ve verificar dichos antecedentes.
La Oferta que no demuestre ser representante o concesionario autorizado de la marca de estos vehículos objetos de la licitación, será declarada inadmisible.
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OBSERVACIONES(Puntajes derivados de los criterios de evaluación aplicados) |
-El puntaje mínimo para adjudicar una oferta será de 60 puntos.
-El puntaje final no se aproximará al entero superior en caso que incluya cifras decimales. En tal situación el puntaje se cortará en el segundo decimal.
En caso que ninguna oferta obtenga un puntaje mayor o igual a 60 puntos éstas podrán declararse inadmisibles, dejando desierta la licitación.
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Presentación de Ofertas |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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Apertura de las ofertas |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo, a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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Observaciones a la apertura de las ofertas |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Errores u omisiones |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 56, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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De la Adjudicación |
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La adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente, de estimar la Corporación convenientes dichas ofertas.
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Readjudicación |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, no acompañe la garantía de fiel cumplimiento o desista de suscribir el contrato, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación, de estimar la Corporación convenientes dichas ofertas.
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Plazo de Adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta mediante resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate |
Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.
En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Precio”.
- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Ubicación del taller”.
- Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Horario de funcionamiento del taller”.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el Portal.
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Consultas a la adjudicación |
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Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación, al correo karina.araneda@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren.
En consecuencia, el adjudicatario y/o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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Aplazamiento del cierre de la licitación |
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En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Modificación a las Bases |
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En caso de ser requerida la modificación de las bases, CONAF podrá efectuar las correcciones y/o modificaciones necesarias, previa resolución fundada, procediendo a aumentar los plazos establecidos para el proceso licitatorio en el caso de ser necesario.
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Comisión Evaluadora |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por la Jefa del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe del Departamento de Protección contra Incendios Forestales o a quien designe, el Encargado de Vehículos Regional de la Sección Administración o a quien designe y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, la Jefa de la Unidad de Jurídica o a quien designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un acta o informe con el análisis de las ofertas evaluadas.
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Servicios adicionales |
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En caso que CONAF requiera de la prestación de servicios adicionales a los descritos en el Anexo N° 12, el Taller adjudicado deberá entregar previamente un presupuesto al requirente de CONAF que lo haya solicitado, el que será aprobado solamente a través del envío de la orden de compra correspondiente y su posterior aceptación por parte del proveedor, momento en el cual se podrá iniciar el servicio requerido.
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Obligaciones que debe cumplir el proveedor adjudicado |
El proveedor adjudicado en la licitación debe cumplir las siguientes obligaciones adicionales, las que estarán expresamente indicadas en el contrato de servicios que se suscriba:
a) Disponibilidad para la atención de vehículos de CONAF, dentro del horario establecido para el funcionamiento del taller.
b) El adjudicatario deberá dar las facilidades necesarias para que personal de CONAF acceda a los procesos de inspección y de mantención y reparación de los vehículos.
c) El adjudicatario deberá disponer todas las medidas y precauciones necesarias para que los trabajos de mantención y reparación se realicen con las máximas medidas de seguridad.
d) Todos los servicios de mantención y reparación que el adjudicatario realice durante la vigencia del contrato deberán estar garantizados.
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Insumos adquiridos |
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La política de la Corporación es adquirir para sus vehículos los repuestos originales correspondientes. No obstante, en situaciones puntuales y con previa evaluación y autorización del personal competente de CONAF de la Región de Valparaíso, podrán utilizarse repuestos alternativos.
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De la mano de obra |
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El servicio a prestar debe contar con profesionales idóneos y capacitados, que proporcionen un servicio de calidad, responsabilizándose por las labores efectuadas.
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De la tecnología aplicada |
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El oferente deberá contar con las tecnologías adecuadas que le permitan garantizar los servicios prestados, de manera que los diagnósticos realizados sean certeros y las prescripciones y acciones efectuadas sean acordes al diagnóstico en cuestión. Para esto, deberá disponer de la infraestructura y toda la implementación necesaria para cumplir dicho objetivo.
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Del procedimiento formal de trabajo |
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Para llevar un adecuado control en el mantenimiento y reparación del vehículo, éste deberá ingresar al taller con una orden de trabajo, la que deberá ser firmada por el personal competente previamente autorizado por CONAF. Posteriormente, el proveedor deberá emitir una cotización a través de correo electrónico, señalando claramente el servicio de mantenimiento y/o reparación a realizar, detallando el precio de la mano de obra e insumos a utilizar, el precio de los repuestos y el plazo de entrega, en el caso de no tener disponible repuestos de forma inmediata los cuales deberán ser importados, el proveedor deberá señalarlo expresamente en su cotización con indicación del insumo o material a importar e incluir en el plazo de entrega y los tiempos adicionales que implicará esta gestión. Los materiales de insumos, serán evaluados por CONAF cuando corresponda, tomándose como base el precio mercado, resguardando siempre los intereses de la Institución.
El proveedor dispondrá tres días hábiles para la envío de la respectiva cotización al Encargado de Vehículo que le será informado previamente.
La aceptación de la cotización, se otorgará vía correo electrónico y posteriormente se enviará la respectiva orden de compra, la cual deberá ser aceptada en el portan www.mercado público.cl en un plazo no superior a dos días hábiles.
El plazo de ejecución de los trabajos se contabilizará desde la fecha de aceptación de la cotización, vía
correo electrónico.
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Suscripción del Contrato |
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el oferente adjudicado, el cual podrá ser firmado de manera digital o física en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación de la licitación pública. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de 5 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación de la licitación la documentación necesaria para la confección de este, incluida la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos solicitados.
Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:
Si el oferente es Persona Natural
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Fotocopia de su cédula de identidad.
Acreditar en el Registro de Proveedores
Si el oferente es Persona Jurídica
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.
Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada, garantía de fiel cumplimiento en el plazo y forma solicitada, o por desistimiento por parte del adjudicado, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar un nuevo proceso de contratación, declarando inadmisible la oferta y desierto el proceso.
Las presentes Bases de Licitación, sus anexos y la oferta formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido a un tercero bajo ningún título.
La redacción del contrato será efectuada por la Unidad Jurídica de CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el proveedor y CONAF, respecto del cumplimiento, incumplimiento, interpretación, validez, nulidad o cualquiera otra cuestión o consecuencia relacionada, tanto respecto de alguna cláusula del contrato o de las Bases referidas, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Viña del Mar.
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Observaciones |
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Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberían estar disponibles en el Registro de Proveedores.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
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Término anticipado del contrato |
La Corporación, queda facultada para declarar unilateral y administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurren algunas de las causales que se señalan:
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado: Aplicación de 5 multas durante la ejecución del contrato, negativa injustificada a hacer efectiva la garantía del servicio, cambio de los materiales y/o repuestos sin previo aviso y autorización de CONAF, paralización injustificada de un vehículo por un plazo superior a 5 días hábiles.
1.- Que la falla del vehículo en cuestión continúe después de la reparación y el proveedor no se haga responsable.
2.- El diagnóstico realizado por el proveedor sea errado o incompleto, provoque un daño irreparable.
3.- Cambios en los materiales y/o repuestos sin previo aviso ni la correspondiente autorización de la personal competente de CONAF.
4.- Evidente insolvencia económica o quiebra del proveedor.
5.-Cuando al proveedor se le haya cursado el monto máximo establecido para las multas, equivalente al 10% del precio del contrato.
6.- Reiterados atrasos en los plazos de entrega de los servicios.
7.- Decisión fundada de la Corporación.
8.- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
9.- Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato.
10.- El proveedor deberá permanecer en estado hábil en el portal Chileproveedores durante todo el período del presente contrato.
11.- Mutuo acuerdo de las partes.
12.-Incumplimiento de lo señalado en el contrato y en las respectivas bases de licitación.
13.- Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
14.- Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
15.-Muerte o incapacidad sobreviniente del adjudicatario.
16.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
17.- Renuncia o desistimiento de cumplir del contrato por parte del adjudicatario, facultará a CONAF para efectuar cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 4,11 y 15.
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Procedimiento término anticipado del contrato |
1) En caso de incurrir en alguna de las causales de término anticipado del contrato mencionadas anteriormente, la Corporación, por intermedio de su Director Regional, enviará una Carta Oficial comunicando su intención de poner término anticipado al contrato y la causal invocada para dicho efecto. Dicha carta será despachada mediante correo electrónico a la dirección indicada por el proveedor en el Sistema de Información, o a falta de ella en el respectivo contrato. Se entenderá notificado transcurridas 24 horas del envío de dicha comunicación.
2) El proveedor, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde su notificación, para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico enviado al Director Regional oficina.partes.valparaíso@conaf.cl con copia a karina.araneda@conaf.cl
3) Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, se hayan estos efectuado o no, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto dentro del plazo de 30 días hábiles.
4) Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
5) Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que resuelva el término anticipado del contrato, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional, debidamente firmada por el representante legal, la cual podrá ser enviada por correo electrónico dirigido a la casilla oficina.partes.valparaiso@conaf.cl, con copia Jefe de Finanzas y Administración luisa.morales@conaf.cl
6) El Director Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
7) Se podrá notificar dicha resolución al proveedor mediante correo electrónico, caso en el cual se entenderá notificado transcurridas 24 horas del envío de dicha comunicación. En caso de que la resolución sea enviada mediante carta certificada, se entenderá notificada al proveedor a contar del tercer día de efectuado el despacho.
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Modificación del contrato. |
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La Corporación Nacional Forestal de mutuo acuerdo con el contratante y en aquellos casos que lo establezcan las presentes bases de licitación podrá modificar el contrato, en tal caso no podrá alterarse la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
(Servicio adicionales) La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente.
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Orden de Compra |
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Cada vez que CONAF requiera la mantención y/o reparación de los vehículos señalados, se procederá al envío de la respectiva orden de trabajo, posteriormente se enviará la respectiva orden de compra a través de www.mercadopublico.cl, la que deberá ser aceptada por el proveedor en un plazo de 2 días hábiles o 48 horas. En caso de no aceptar la orden compra en el plazo antes indicado, CONAF podrá solicitar su cancelación, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud.
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Del pago del servicio |
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Los servicios se pagarán dentro de los siguientes 30 días seguidos a la prestación del servicio y presentación de la respectiva factura, previa conformidad por parte de Conaf. En la factura se debe indicar el número de la orden de compra en la referencia de esta, para que pueda ingresar al proceso de pago y además debe acompañar la correspondiente orden de trabajo. Este documento debe detallar claramente el o los trabajos realizados con la debida valorización.
La factura emitida debe corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
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Multas |
1. El incumplimiento en los plazos comprometidos en la ejecución de los servicios podrá ser sancionado con una multa por cada día hábil de atraso en la entrega del servicio. La multa se aplicará a contar del día hábil siguiente al señalado en el plazo de entrega del vehículo, plazo que deberá indicarse por escrito en la cotización del servicio requerido. La multa por día hábil de atraso en la fecha de entrega del vehículo será el equivalente a 1 UF diaria, si persiste esta situación, la multa se incrementará a 2 UF diarias a contar del tercer día hábil de atraso en la entrega del servicio.
2. El incumplimiento del procedimiento formal de trabajo por parte del proveedor y las obligaciones del mismo, ambos puntos establecidos en el presente Requerimiento, conllevará una multa de 1 UF por cada incumplimiento detectado e informado por Conaf, complementariamente se podrá aplicar una multa de 1 UF por cada día en que dicho incumplimiento se mantenga en el tiempo, luego de que CONAF le ha requerido la corrección.
3. Se podrá aplicar una multa de 1 UF diaria por el retraso en el envío de la cotización, con un tope de 5 hábiles, de persistir el incumplimiento la multa se aumentará a 2 UF diarias.
Nota: El valor de la UF a considerar será el vigente a la fecha del incumplimiento.
Deberá el proveedor comunicar por escrito cualquier situación que pudiere significar un eventual retraso en el cumplimiento de sus obligaciones, dicha comunicación deberá efectuarse a la brevedad que tome conocimiento de aquella y antes de incurrir en incumplimientos, mediante correo electrónico dirigido a la Contraparte Técnica, tan pronto prevea cada situación, indicando expresamente las alternativas disponibles para su solución, las que serán evaluadas por la Corporación y se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en dicha presentación, pudiendo acoger los fundamentos y aceptar la propuesta, lo que será informado por la contraparte técnica vía correo electrónico o en su defecto, no acogerla y tener por verificado el incumplimiento cuando corresponda.
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Monto Máximo por cobro de Multas y forma de pago. |
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El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total de contrato, a valor impuestos incluidos. Excedido este monto la Corporación quedará facultada para darle término anticipado al respectivo contrato.
Las multas deberán ser pagadas directamente por el proveedor de acuerdo a lo establecido en el procedimiento de aplicación de multas, en el caso de que no cumpla esta obligación, la multa podrá ser descontada de la respectiva Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
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Procedimiento de aplicación de multas |
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1.- Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el Jefe del Depto. De Protección Contra Incendios Forestales, informará mediante Memorándum al Director Regional con copia a la Jefa de Unidad Jurídica y Jefa de Finanzas y Administración, las situaciones que ameriten la aplicación de multa si procede, a través de la entrega de un informe de las faltas incurridas y los respaldos que lo acrediten.
2.- El Departamento de Administración y Finanzas será responsable de realizar el cálculo de las multas aplicadas, y posteriormente, notificará de ello al proveedor, a través de una carta sencilla, visada por la contraparte técnica y la Unidad Jurídica respectiva, a través del correo electrónico único que el proveedor inscriba en el Sistema de Información, o en su defecto, el señalado en el respectivo contrato, y se entenderán como notificadas una vez transcurrido el plazo de 24 horas.
3.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en calle 3 Norte 555, Viña del Mar.
4.- Transcurrido el plazo indicado en el número anterior, y habiendo el proveedor presentado sus descargos, el Director Regional dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para emitir una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados y resolver sobre la aplicación de la multa. En el caso de que el proveedor no presentara descargos, el Director Regional contará con igual plazo para resolver sobre la aplicación de la multa.
5.- En el caso de que no se acepten los descargos a través de la misma resolución, se deberá detallar el contenido y las características de la sanción a aplicar.
La resolución deberá ser notificada al proveedor a través de carta certificada o correo electrónico, la cual deberá contener las características de la sanción y monto a aplicar.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
6.- Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponder fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional, debidamente firmada por el representante legal, la cual podrá ser enviada por correo electrónico dirigido a la casilla oficina.partes.valparaiso@conaf.cl, con copia Jefe de Finanzas y Administración luisa.morales@conaf.cl
7.- El Director Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
8.- Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta oficial, la que podrá ser enviada por correo electrónico al proveedor.
9.- En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la facturación del monto resuelto.
10- La Unidad de Finanzas será responsable de emitir la factura de cobro de multa al proveedor, hecho que será notificado y formalizado a través de carta que acompañará la Resolución de la multa, la factura por concepto de cobro de multa y los datos para realizar la transferencia de pago a CONAF.
11.- De acuerdo al las Bases del servicio, cumplido el monto máximo de aplicación de multas CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. En cuyo caso se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
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Repuestos e insumos. |
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Respecto del precio de los repuestos e insumos cotizados por el proveedor para mantenciones y/o reparaciones de los vehículos, CONAF podrá verificar que estos correspondan a un precio razonable de mercado, para lo cual podrá cotizar en el mismo mercado local a fin de asegurar que los precios de dichos repuestos e insumos no tengan una variación de precio de monto superior a un 20%. En caso de que los precios cotizados por el adjudicatario para los insumos y repuestos, sean superior al 20% del precio cotizado por CONAF, se informará al proveedor mediante correo electrónico adjuntando para estos efectos una o más cotizaciones. Asimismo, de producirse esta situación CONAF quedará facultada para acudir a un proveedor distinto a fin de salvaguardar la eficiencia en el uso de los recursos públicos.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
4- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
7- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Forma de pago |
El pago del servicio se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura electrónica respectiva, cumpliendo con lo siguiente:
• Recepción conforme de los servicios, efectuada por el Encargado de Vehículos Regional de la Sección Administración, o quien lo subrogue.
• Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
• Recepción conforme de la factura.
• Factura devengada en la plataforma dtedipres (https://dte.dipres.gob.cl/).
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
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Facturación |
La factura debe ser emitida en moneda nacional (pesos chilenos), a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII)
*La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en el campo Folio de la Referencia. y se deberá publicar el archivo de intercambio dentro de 24 horas.
*Emitir Factura electrónica una vez recibido conforme los BB y/o SS a windte_dte@custodium.com
* El monto de cada factura debe coincidir con la orden de compra asociada a la contratación.
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Duración del contrato |
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La duración del contrato de suministro será por un periodo de 24 meses como máximo, contados desde la fecha del respectivo contrato, con posibilidad de ser prorrogado por 12 meses adicionales al término de contrato, siempre y cuando el monto total del contrato no haya sido consumido, y previa evaluación del cumplimiento contractual del proveedor.
Con lo observado en el párrafo precedente, se determina que la duración del contrato será, como máximo, de 24 meses o al cumplimiento del monto máximo estimado del contrato, aproximadamente, lo que primero se cumpla, dándose en ese momento el término del contrato.
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Prórroga de contrato |
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El contrato podrá ser prorrogado por caso fortuito o fuerza mayor o razones fundadas, situación que deberá ser evaluada por CONAF, quien podrá otorgar un nuevo plazo. La prórroga se regirá de acuerdo a los mismos términos establecidos en el contrato original. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
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Daños por incorrecta ejecución del trabajo |
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El adjudicatario deberá reponer o reparar toda parte o componente que resulte dañado producto de la incorrecta ejecución del trabajo. En caso de reparación, el bien deberá quedar en condiciones iguales o similares a las que tenía antes del daño ocasionado.
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Trabajadores que ejecuten los servicios |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios serán dependientes exclusivos del proveedor adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tendrá ningún vínculo laboral, ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Reajuste de precios |
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En caso de renovación del contrato, el precio de la [hora-hombre] podrá ser reajustado de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) experimentada durante el período de vigencia del contrato (24 meses).
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Disposiciones generales |
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En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
Para todos los efectos legales derivados de esta licitación pública, se fija como domicilio de la
Corporación y de los oferentes a la misma, a la ciudad de Viña del Mar.
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Cláusula prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros. |
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.” Asimismo, y en el marco de la aplicación de la Ley 20.393, se adjunta al presente Anexo N° 4 Declaración Jurada sobre Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios, para firma de los oferentes y su incorporación como Anexo a su propuesta en la Licitación.
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Principio de igualdad y no discriminación arbitraria. |
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La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas: 1.- Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria. 2.- Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos. 3.- Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes. 4.- En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes. Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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Otras disposiciones |
Ley Subcontratación: El proveedor adjudicado podrá subcontratar, y para los efectos deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:
1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
4. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
5. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
6. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
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