Observaciones respecto de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos. |
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
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Presentación de Ofertas |
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl. En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento.
Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público.
Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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Apertura de las ofertas |
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo con las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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Observaciones a la apertura de las ofertas |
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Errores u omisiones |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Adjudicación |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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Readjudicación |
En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a readjudicar la adquisición de los servicios licitados, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
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Plazo de Adjudicación |
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, ésta se podrá aplazar indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate |
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el primer factor de desempate será la Propuesta preliminar de trabajo la que determinará la adjudicación. En caso de persistir el empate, será el criterio “Precio” (monto de la oferta) que determinará la adjudicación. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
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Recepción de antecedentes |
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
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Consultas a la adjudicación |
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 02 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación al correo: marco.soto@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad |
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Orden de Compra |
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra. En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 02 días hábiles, CONAF solicitará su cancelación unilateral, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud. Según lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas de la Ley 19.886.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación |
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Modificación de Bases |
De ser necesario, podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Comisión Evaluadora |
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora nominada por Resolución de la Dirección regional e integrada por Jefe (a) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe (a) de la Sección Administración o a quien designe, Jefe(a) Departamento de Áreas Silvestres Protegidas o a quien designe, Jefe (a) de la Sección Monitoreo o a quien designe, Profesional de la Sección Participación y Vinculación para la Conservación y el Bienestar Social de la GASP o a quien designe y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, el Jefe (a) de la Unidad de Jurídica o a quién designe. Los integrantes de la comisión realizarán una declaración jurada sobre su ausencia de conflictos de interés en el proceso licitatorio; esto en virtud del Art. 37 del reglamento de la Ley 19.886 y el Art.62, N°6 de la Ley 18.575. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF.
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SUSCRIPCIÓN Y CONDICIONES DEL CONTRATO |
1. Suscripción del contrato
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, éste se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la aceptación de la Orden de Compra. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la aceptación de la orden de compra la documentación necesaria para la confección de éste.
Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl:
1. Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones;
2. Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial;
3. Certificado de vigencia de la sociedad;
4. Documento que acredite vigencia personería y facultades de representantes legales.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
El contrato podrá ser modificado de común acuerdo, sólo por razones de carácter operativo y/o funcional, sin contravenir lo establecido en las presentes bases de licitación, ni la calidad del servicio establecido.
Las presentes bases de licitación, sus anexos, y la oferta adjudicada, formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:
1. Ejecutar las actividades indicadas en el contrato, de acuerdo a los estándares de las actividades indicados en las en las bases y oferta técnica adjudicada en los plazos comprometidos.
2. Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en el Parque Nacional y en la Reserva Nacional Lago Peñuelas.
3. Cumplir por parte del contratista el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
4. Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor.
El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante, de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y se decida por parte de CONAF, continuar con el mismo proveedor del servicio, éste deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases.
Toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el proveedor y CONAF, respecto del cumplimiento, incumplimiento, interpretación, validez, nulidad o cualquiera otra cuestión o consecuencia relacionada, tanto respecto de alguna cláusula del contrato o de las bases referidas, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Viña del Mar.
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Término anticipado del contrato |
CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1. Por incumplimiento del contrato, de las bases, los anexos y oferta suscrita y comprometida por el proveedor adjudicado.
2. El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
4. En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviniente del adjudicatario.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
6. Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
7. Inhabilidad del proveedor en el portal Chile proveedores durante la ejecución del servicio.
8. El haberse cursado más de dos multas.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 4
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Finiquito del contrato |
Se procederá a elaborar el finiquito del contrato, previo informe técnico recepción conforme por parte del Jefe del Departamento de Áreas silvestres Protegidas o quien lo subrogue.
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Prórroga de contrato |
El contrato podrá ser prorrogado por caso fortuito o fuerza mayor o razones fundadas, situación que deberá ser evaluada por CONAF, quien podrá otorgar un nuevo plazo. La prórroga se regirá de acuerdo a los mismos términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento del monto adjudicado. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
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Sanciones y multas |
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma que en cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos, los que no son taxativos:
1) Atrasos en los estados de avance comprometidos, según lo comprometido en el Plan de Trabajo, salvo modificaciones acordadas con CONAF. Multa 0,5 UF/día
2) Intervenciones negligentes o fuera de los estándares internacionales establecidos.
3) Daños a los bienes patrimoniales que conforman la colección a intervenir.
Las multas aplicadas serán de carácter acumulable y se descontarán en la facturación del siguiente estado de pago. El proveedor estará obligado a efectuar el descuento en la factura por el concepto de multa, en la oportunidad que se realiza la facturación en pago por el avance del servicio, CONAF informará el valor que corresponda a el proveedor.
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Procedimiento de aplicación de las multas |
En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF lo registrará y comunicará esta situación a través de un acta emitida por la contraparte técnica la cual será enviada vía correo electrónico, al adjudicatario.
La aplicación de las multas, será informada al adjudicatario a través de correo electrónico indicado en la oferta.
El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla oficina.partes.valparaíso@conaf.cl y con copia obligada al jefe del Departamento de Áreas Silvestres Protegidas marcelo.perez@conaf.cl . Una vez transcurrido el plazo para realizar los descargos, se hayan o no efectuado, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880. Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
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Modalidad de Pago |
Se establecerán tres estados de pago, mediante boleta o factura emitida y el correspondiente informe de la contraparte técnica para el segundo y tercer estado de pago.
Estados de pago
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Primer estado de pago
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15% contra entrega de un diagnóstico preliminar de estado de conservación de la colección, ajuste metodológico a los 30 días de firmado el contrato.
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Segundo estado de pago
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15% contra entrega de un informe de avance del trabajo realizado según el cronograma comprometido por el adjudicatario al cuarto mes, que deberá contener diagnóstico de estado de conservación, fichas clínicas e informe de intervención de las obras.
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Tercer estado de pago
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25% contra entrega de un informe de avance del trabajo realizado según el cronograma comprometido por el adjudicatario al séptimo mes, que deberá contener diagnóstico de estado de conservación, fichas clínicas e informe de intervención de las obras
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Cuarto estado de pago
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45% contra entrega de los informes de intervención final de las piezas y correspondiente registro fotográfico de los procesos y el trabajo terminado.
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Los informes deben ser entregados el último día hábil del mes, según corresponda. Cada pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación de la factura o boleta respectiva. Se deja expresa constancia que la factura o boleta será pagada una vez recibido conforme el servicio los bienes o productos, lo que deberá acreditarse mediante el respectivo informe por la Contraparte Técnica a cargo.
En cada estado de pago deberá acompañarse un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales vigente, emitido por la Inspección del Trabajo (si correspondiere).
Las facturas o boletas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores (si los hubiere). En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
Esta acreditación deberá enviarse a CONAF, cada vez que se facture el servicio, para los efectos de aceptación de la factura o boleta electrónica, la que una vez contabilizada se gestionará el respectivo pago.
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Anticipo |
El adjudicatario podrá solicitar y, si así lo estima conveniente un anticipo no superior al 20% del monto total adjudicado del contrato, una vez suscrito éste.
Este anticipo deberá ser garantizado mediante una garantía pagadera a la vista de carácter de irrevocable, a nombre de la Corporación Nacional Forestal, Rut 61.313.000-4, por un monto total equivalente al 100% del anticipo solicitado, y cuya vigencia no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato.
Esta garantía no será devuelta al contratista sino después de efectuada la total devolución del anticipo solicitado.
En cada estado de pago, se descontará el porcentaje correspondiente al valor del anticipo, de tal modo de restituir gradualmente el valor del mismo.
El Adjudicatario solicitará la devolución de la garantía por anticipo dentro de los 5 días hábiles siguientes al término del contrato.
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OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO |
1. El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, y por los de sus trabajadores. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.
2. El adjudicatario deberá disponer el espacio de trabajo adecuado para ejecutar el servicio adjudicado.
3. El adjudicatario deberá informar ante CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
4. En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución del servicio, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en el servicio. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF solicitará al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia.
5. Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.
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Trabajadores dependientes del adjudicado |
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Implementación de seguridad |
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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Otras disposiciones |
Ley Subcontratación
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de iniciar los servicios asociados a cada orden de compra enviada, exhibir los siguientes documentos:
1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
4. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
5. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
6. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
7. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
8. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
9. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
11. Seguros COVID 19 de los trabajadores (Según las disposiciones de las autoridades sanitarias y laborales vigentes, al período de ejecución del servicio, si las hubiere).
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. |
1.- ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO A EJECUTAR
1. Generalidades.
La Corporación Nacional Forestal Región de Valparaíso, requiere contratar el Servicio de Manejo Integral de Colecciones individualizado a continuación, en el marco de la ejecución del Programa de Transferencia “Protección, Valorización y Conservación de Recursos Naturales y Culturales del PN La Campana y RN Lago Peñuelas”, Código Bip Nº 40045969, financiado por el Gobierno Regional de Valparaíso.
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2. Perfil profesional. |
Título profesional de Restaurador y/o Conservador, de alguna Institución de Educación Superior reconocida por el Estado. Profesional especializado(a) en restauración de obras patrimoniales, con experiencia demostrable.
El profesional deberá contar con sus herramientas de trabajo y disponer de un espacio con las condiciones adecuadas para el manejo de los materiales.
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3. Descripción del servicio. |
Objetivo: Ejecutar acciones de conservación en las colecciones de bienes patrimoniales de la Reserva Nacional Lago Peñuelas y del Parque Nacional La Campana, buscando la puesta en valor patrimonial de las mismas.
Las intervenciones de restauración son de carácter opcional y deberán ser previamente autorizadas por la contraparte técnica. Para lo cual, el adjudicatario deberá ingresar una solicitud de intervención restaurativa que incluya la justificación técnica y teórica de la necesidad de la misma, esta solicitud deberá ser ingresada a la contraparte técnica designada vía correo electrónico. La contraparte técnica tendrá un plazo de cinco días hábiles para responder la solicitud.
Descripción: Manejo integral de colecciones de objetos patrimoniales bajo estándares internacionales de conservación de objetos culturales, que consta de al menos las siguientes acciones:
- Diagnóstico
- Propuesta de intervención
- Catalogación
- Limpieza.
- Consolidación.
- Embalaje
- Propuesta de puesta en valor de la colección.
- Informe final y recomendaciones de conservación y exhibición.
El adjudicatario deberá entregar como primer hito un informe de diagnóstico de estado de conservación, con el cual respaldará una propuesta técnica ajustada, la cual deberá contener la descripción de las técnicas a utilizar para las intervenciones propuestas incluyendo todos los materiales propuestos para las intervenciones. La contraparte técnica tendrá un plazo de días hábiles para evacuar el informe de aprobación de la propuesta técnica o en su defecto, las observaciones correspondientes.
Esta propuesta podrá ser ajustada en términos metodológicos durante la ejecución del servicio si las condiciones de la colección así lo requiriesen o por razones de fuerza mayor. Toda modificación a la propuesta técnica aceptada deberá ser previamente autorizada por la contraparte técnica, para lo cual el adjudicatario deberá realizar una solicitud formal en la cual enumere y elabore los argumentos técnicos necesarios. No podrán realizarse intervenciones que no hayan sido previamente autorizadas por la contraparte técnica. Las solicitudes de modificación deberán ingresarse mediante una carta formal a la contraparte técnica, la cual contará con un plazo de 5 días hábiles para otorgar la autorización o emanar observaciones.
Las intervenciones de restauración sólo podrán ser realizadas una vez aprobada la propuesta específica para cada una de ellas. No se permitirán intervenciones con materiales irreversibles o incompatibles con la materialidad de los objetos.
Una vez finalizado el servicio, el adjudicatario deberá restituir las piezas a sus unidades de origen en un embalaje adecuado y contando con un sistema de catalogación validado por la contraparte técnica. El sistema de embalaje propuesto deberá permitir el traslado seguro de los bienes patrimoniales y su exhibición en los mismos, cumpliendo con la doble funcionalidad de embalaje de protección y exhibidor temporal.
El adjudicatario deberá realizar una presentación de los resultados de su trabajo, la cual será coordinada con la contraparte técnica designada por CONAF.
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4. El marco de referencia para las intervenciones será: |
- Estándares Mínimos De Registro Y Conservación Preventiva De Colecciones Arqueológicas Y Paleontológicas
- Estándares mínimos de registro del Patrimonio Arqueológico
- CRITERIOS DE CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DEL SIGLO XX Documento De Madrid - Nueva Dehli 2017
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5. Criterios mínimos de intervención: |
- Mínima intervención.
- Compatibilidad de los materiales
- Reversibilidad de los tratamientos.
- Respeto por el original.
- El tiempo de la obra.
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6. Plazo de entrega. |
El adjudicatario contará un plazo máximo de 11 meses para ejecutar el servicio. El cual se entenderá terminado una vez las colecciones sean devueltas a sus unidades de origen y emanado el informe de recepción conforme del servicio emitido por la contraparte técnica y visado por el coordinador del programa.
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7. Inventario de objetos a intervenir: |
Ver archivo adjunto a las bases.
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