Ítem | Observaciones | Ponderación |
1
A.- Precio: 40%
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El cálculo del puntaje de las ofertas económicas se medirá de manera inversamente proporcional a la más económica, según la siguiente formula:
(Menor precio/precio evaluado) x10)
Para la evaluación se considerará el valor total del servicio mensual, indicado por el oferente en el anexo N°3.
Si existiera diferencia entre este anexo y la oferta ingresada al portal, se puede deber solamente por efecto del IVA, ya que al Portal se ingresan valores netos. Si la diferencia no puede ser explicada por dicho impuesto, primará lo ingresado en el Anexo N°3, y de acuerdo a este se evaluarán las ofertas.
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40%
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2
B. EXPERIENCIA DEL OFERENTE [30%]
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B.1 EXPERIENCIA EN CONTRATOS EN SERVICIO PUBLICO [20%]
La evaluación de este criterio se hará en base a la información proporcionada por el oferente. Se considerará la experiencia del oferente, medida en cantidad de meses celebrados en el servicio público. El oferente deberá ingresar los datos solicitados en el Anexo N°3, para corroborar la experiencia.
Se aceptarán certificados o contratos públicos emitidos que hayan contratado los servicios con el oferente, los cuales deben tener contemplados los períodos DESDE (mes/año) – HASTA (mes/año o a la fecha de emisión), los documentos que no cumplan con las condiciones señaladas no serán sujetos a evaluación.
El puntaje será determinado de acuerdo al siguiente detalle:
Meses Puntaje
37 o más meses 10
De 24 a 36 meses 6
De 12 a 23 meses 3
Menor a 12 meses o sin experiencia 1
Para este criterio se considerará sólo la experiencia de los últimos 5 años, contados desde la fecha de la fecha de cierre de la licitación hacia atrás.
Se con
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30%
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3
D.- TIEMPO DE RESPUESTA CON EL ITO DE CONTRATO [5%
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Para evaluar este criterio, se medirá de manera inversamente proporcional a la menor cantidad de horas, según la siguiente formula:
(Cantidad de tiempo/Menor cantidad de tiempo) x10)
Para la evaluación se considerará el valor ingresado en el anexo N°3.
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5%
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4
C.- BENEFICIOS DEL PERSONAL [20%]
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Para la evaluación de este criterio se considerará la suma de los montos de los beneficios, que la empresa otorgue a sus trabajadores, los cuales deben ser adiciónales a la remuneración mínima solicitada en el punto N°1.2.9, de las bases técnicas.
La fórmula para evaluar es la siguiente:
(Monto beneficio Evaluado/ Mayor Monto Beneficio) x10)
Estos beneficios deberán indicarse en formulario N°3.
a) NOTA: Para el cálculo se considerará la suma total de todos los bonos que el proveedor informe en el anexo N°3, es decir, la suma total de bonos que percibirá cada trabajador durante los 12 meses. Para el cálculo no se considerarán beneficios obligatorios por ley, ni bonos eventuales o beneficios que dependan de la ocurrencia de otros eventos para que el trabajador los perciba, tales como, bono por asistencia/puntualidad, nacimiento, fallecimiento, matrimonio, y cualquier otro que no sea posible estimar con certeza y precisión
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20%
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5
E.- CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES [2%]
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10 PUNTOS: El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales.
5 puntos: No cumple con todos los requisitos formales contemplados en las bases al momento de presentar la oferta, pero corrige la omisión de certificaciones o antecedentes o salva errores u omisiones formales dentro del plazo indicado por la entidad licitante a través del Sistema de Información de Mercado Publico.
0 puntos: No cumple con los requisitos formales contemplados en las bases al momento de presentar la oferta y luego no corrige la omisión de certificaciones o antecedentes, y no salva errores u omisiones formales solicitados corregir, dentro del plazo indicado por la entidad licitante a través del Sistema de Información de Mercado Publico. Cada factor o Subfactor, se calificará con nota de 1 a 10, en donde no exista una escala específica, y con dos decimales.
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2%
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6
F.- COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DEL PROVEEDOR [3%]
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Se evaluará el comportamiento del proveedor en servicios prestados al Estado, registro según chileproveedores, conforme lo establecido en el artículo 96 BIS del D.S. 250, reglamento de la ley 19.886 y de acuerdo al siguiente cuadro:
REGISTRO EN CHILEPROVEDORES NOTA
Refleja término anticipado de contrato (no atribuible al proveedor) en la ejecución de contratos consultados mercadopublico; chileproveedores 1
Refleja aplicación de 9 o más multas en la ejecución de contratos en sistemas de información consultados mercado público; chileproveedores 2
Refleja aplicación de 4 a 8 multas, en la ejecución de contratos en sistemas de información consultados mercado público; chileproveedores 3
Refleja aplicación de 1 a 3 multas, en la ejecución de contratos en sistemas de información consultados mercado público; chileproveedores 5
No refleja término anticipado de contratos, ni multas. 10
Para la evaluación de este criterio se considerarán los últimos 12 meses.
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3%
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