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CLAUSULAS DE READJUDICACION |
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La Institución se reserva el derecho de readjudicar la propuesta, a la siguiente oferta mejor evaluada, en los siguientes casos:
1) Si el oferente adjudicatario se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de haberse aceptado la orden de compra.
2) Si la oferta del oferente adjudicado o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente.
3) Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo indicado en las presentes bases.
4) Si encontrándose inscrito en el Registro de Proveedores, no posee la calidad de hábil.
5) Si el oferente adjudicado no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo fijado para ello.
6) Si el adjudicatario o sus representantes, o su personal dependiente no observan el estándar ético exigible durante la realización de la presente licitación o si propician o ejecutan prácticas corruptas, tal como lo señala el artículo 34 de las presentes bases.
La readjudicación se hará dentro del plazo dispuesto en el artículo 58 inciso final del Reglamento de Compras Públicas.
Verificado lo anterior se dará aviso de inmediato de dicha situación, a la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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RESOLUCUION DE EMPATE |
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De producirse un empate en el resultado final de la evaluación, se privilegiará, en primer término, la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación “precio”; de mantenerse dicha igualdad, se continuará comparando los puntajes de los restantes criterios de evaluación, según la importancia asignada en su ponderación. En caso que aún con aplicación de esta regla se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en conformidad al certificado de presentación de oferta emitido por el mencionado portal.
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MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTA RESPECTO A LA ADJUDICACION |
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La decisión que tome la Autoridad se materializará a través de resolución fundada, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley de compras públicas. El Servicio aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación mencionados en estas bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, aun cuando ella no sea la de menor valor, lo que deberá expresarse en la resolución. El procedimiento se realizará con estricta sujeción a las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas. Para estos efectos, el Servicio deberá publicar, en el sistema, la mayor cantidad de información respecto del proceso de evaluación. No se podrá adjudicar la licitación a ofertas que no cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en las bases, ni a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar.
El acto administrativo por el cual el Servicio acepte y adjudique una determinada oferta, será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante su publicación en el sistema de información.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del reglamento de la ley N° 19.886, de 2003, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles siguientes a la respectiva notificación del acto, consultas que se harán mediante el correo electrónico compras_valpo@gendarmeria.cl, indicando el nombre del proponente, dirección de correo electrónico y nombre e ID de la propuesta.
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ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
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En el caso que un oferente se encuentre en alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 56° del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 661, la Institución otorgará un plazo fatal de 02 días hábiles, contado desde el día siguiente de aquel en que se realice solicitud al proveedor, dentro del cual el o los respectivos oferentes podrán salvar los errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, lo cual se informará a través del Sistema.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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Se presume que los proponentes, por el sólo hecho de participar en la presente propuesta y presentar sus respectivas ofertas, conocen y aceptan el contenido de las Bases Administrativas y Técnicas que se suben al sitio de la propuesta.
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