Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCION REGIONAL DE VALPARAISO
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Fecha de vencimiento:
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31-03-2025
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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PÁRRAFO IX
DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 18º.- El proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y dentro del plazo establecido en el artículo 26° de las presentes Bases, algunos de los siguientes documentos de Garantía:
a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna Institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCION REGIONAL DE VALPARAISO R.U.T. N°61.004.024-1”, por un monto ascendente al 5% del monto total del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos;
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Valparaíso, R.U.T. N°61.004.024-1, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si la Garantía no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
El oferente ubicado en el segundo, tercer o lugar siguiente, en caso de ser readjudicado, el Servicio podrá solicitarle la entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, quienes deberán cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
La Garantía podrá otorgarse en uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2024, aumentado en un período de 90 días corridos, a contar del término de aquel.
Una vez prestados los servicios sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional de Valparaíso de Gendarmería de Chile, certificados tales hechos por el encargado de Compras Regional, y vencido el plazo adicional de Garantía de 90 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, habilitará a Gendarmería de Chile, a proceder en conformidad al inciso primero del artículo 34° de las presentes Bases Administrativas.
Se deja establecido en las presentes Bases que, en el caso de producirse la renovación de la presente contratación, el Servicio devolverá el documento primitivo en el plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de entrega de la nueva Garantía que asegura la contratación para el siguiente período.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original,
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, Gendarmería de Chile estará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que Gendarmería de Chile pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
Se deja establecido en las presentes bases, que si ninguna de las partes manifiesta dentro del plazo establecido para poner término al contrato, esto es 60 días antes del término de la contratación, su intención de ponerle término, operará la renovación de la contratación para el periodo siguiente, y el proveedor deberá reemplazar el documento dejado en Garantía, por otro documento de igual validez, vigencia y monto, que asegure en los mismos términos la contratación para el segundo período; el mencionado cambio de garantía deberá realizarse dentro del mes de diciembre de 2024, posibilitando al Servicio dictar el acto administrativo que dé cuenta de la nueva garantía que cauciona el segundo periodo.
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Glosa:
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para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso).
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Forma y oportunidad de restitución:
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El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2024, aumentado en un período de 90 días corridos, a contar del término de aquel.
Una vez prestados los servicios sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional de Valparaíso de Gendarmería de Chile, certificados tales hechos por el encargado de Compras Regional, y vencido el plazo adicional de Garantía de 90 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
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