Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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ENTREGA E INSTALACIÓN |
Artículo 19°.- El plazo de entrega de los bienes adquiridos e instalación de los mismos, se regirá conforme al cronograma presentado por el adjudicatario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5°, N°1 letra b) de las presentes Bases Administrativas, el cual no podrá exceder de 5 días corridos. Esta entrega se hará en los establecimientos penitenciarios que se indican en las Bases Técnicas y a cargo de los funcionarios que se señalan, bajo la supervisión del Nutricionista Regional, Fono: 32-2180239, Sr. Jorge Ibarra Díaz.
Ante cualquier consulta respecto a la entrega de los productos adquiridos, se deberá consultar con el Nutricionista Regional, Jorge Ibarra Díaz, fono 32-2180239, correo electrónico jorge.ibarra@gendarmeria.cl.
Los gastos de transporte y embalaje que pudieren originarse con motivo del traslado de los bienes que se adquieren serán de cargo exclusivo del adjudicado.
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DE LAS MULTAS |
Artículo 23°.- El adjudicatario podrá ser sancionado por la Entidad Licitante con el pago de multas, por atrasos en la entrega de los servicios, las cuales podrán hacerse efectivas a través de descuentos en el respectivo pago, o en pagos de la siguiente orden de compra.
En casos de incumplimiento, así como de cumplimiento imperfecto, parcial o tardío en la prestación de los servicios contratados, debido a causas imputables al proveedor, Gendarmería de Chile cobrará, por el simple retardo, una multa, por cada día de incumplimiento, equivalente al dos por mil, calculado sobre el monto total de lo contratado, sin iva, con un tope de 10 días hábiles.
La aplicación de esta multa se efectuará por el Servicio administrativamente, sin forma de juicio y se cobrará del pago que se encuentre pendiente. Sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal.
No se aplicará multa si el atraso es imputable a Gendarmería de Chile, o si ha ocurrido por caso fortuito o fuerza mayor.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos o servicios requeridos, se considerará que el plazo de ejecución comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Procedimiento para aplicación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, Gendarmería de Chile dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, Gendarmería de Chile tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.
Las notificaciones por carta certificada, se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda.
La presentación deberá efectuarse en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de Valparaíso, ubicada en Blanco N° 1090, segundo piso, comuna de Valparaíso, Región de Valparaíso.
Cobro de la multa
Quedará ejecutoriada la multa, con la notificación de la resolución o acto administrativo que la aplique. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.
El monto de las multas será rebajado del pago que Gendarmería de Chile deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento
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