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OBJETO DE LA PROPUESTA |
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La Dirección General de Aeronáutica Civil, llama a propuesta pública conforme a las presentes Bases de Licitación, para la contratación del “SERVICIO DE ASEO DEPENDENCIAS D.G.A.C. DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTÍNEZ DE PORVENIR”, según el siguiente detalle:
CANTIDAD U.E. DESCRIPCIÓN
24 MES SERVICIO DE ASEO EN DEPENDENCIAS DEL AERÓDROMO CAPITÁN FUENTES MARTÍNEZ DE PORVENIR, CONFORME A BASES TÉCNICAS QUE SE ADJUNTAN EN ANEXO B
CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA
DESCRIPCIÓN TIEMPO
1. PUBLICACIÓN DE LA PROPUESTA 1 DÍA
2. VISITA A TERRENO SE REALIZARÁ DURANTE EL PERIODO DE CONSULTAS Y UNA VEZ PUBLICADA LA LICITACIÓN SE INFORMARÁ LA FECHA
3. RECEPCIÓN DE CONSULTAS EN EL SISTEMA 5 DÍAS CORRIDOS DESDE LA PUBLICACIÓN
4. PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS EN EL SISTEMA 2 DÍAS CORRIDOS DESDE LA FECHA FINAL DE RECEPCIÓN DE PREGUNTAS
5. CIERRE DE LICITACIÓN
11 DÍAS CORRIDOS DESDE LA PUBLICACIÓN A LAS 15:01 HRS.
6. APERTURA DE LAS OFERTAS DIA DEL CIERRE DE LA LICITACION A LAS 15.02 HRS.
7. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS DENTRO DE 20 DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA APERTURA
8. INFORME DE EVALUACIÓN Y SUGERENCIA DE ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA DENTRO DE 5 DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE EVALUACIÓN DE OFERTAS
9. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA DENTRO DE LOS 5 DÍAS CORRIDOS SIGUIENTES DE EMITIDO EL INFORME DE EVALUACIÓN Y SUGERENCIA DE ADJUDICACIÓN.
10. CONSULTA RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN DENTRO DE LAS 48 HORAS SIGUIENTES A LA ADJUDICACIÓN
11. RESPUESTA A CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN 2 DÍAS CORRIDOS SIGUIENTES DESDE LA FECHA FINAL DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN.
12. CELEBRACIÓN CONTRATO, EMISIÓN Y ENVÍO DE LA ORDEN DE COMPRA. DENTRO DE LOS 30 DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA.
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II. GENERALIDADES |
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II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación, se efectuara a través de la Plataforma de licitaciones de la Dirección Chile compra (www.mercadopublico.cl), según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, conforme a los requerimientos de las presentes bases administrativas, bases técnicas, pauta de evaluación, formato de declaración, formato de identificación del oferente, formato listado de empresas y/o clientes, formato de presentación de presupuesto e instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la D.G.A.C. y texto del contrato, documentos que a partir de esta fecha se encuentran disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso.
Los “contactos durante la licitación y las aclaraciones” se realizarán exclusivamente por medio de los medios disponibles en el portal www.mercadopublico.cl quedando estrictamente prohibido todo contacto con los funcionarios de la entidad Licitante.
II.2 La presente propuesta y el Contrato de prestación de servicios que de ella se derive se regirán por estas Bases de Licitación, por las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, por las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la oferta que resulte favorecida con la adjudicación. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las Bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompras (www.mercadopublico.cl).
II.3 En la presente propuesta solo podrán formularse ofertas por el total del servicio requerido, por lo que no se aceptarán soluciones u ofertas parciales.
II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil, adjudicara la Propuesta Publica a aquel proponente que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de Licitación obtenga el mayor puntaje como resultado del proceso de Evaluación Técnica - Económica.
La Dirección General de Aeronáutica Civil, declarará inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que se fundamentará debidamente.
II.5 El presupuesto estimado y referencial informado en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), para el servicio de aseo dependencias D.G.A.C. del Aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, asciende a la suma de $16.185.000.- (Dieciséis millones ciento ochenta y cinco mil pesos), correspondiente a un período de veinticuatro (24) meses
II.6 Adjudicada la propuesta, la D.G.A.C. celebrará el Contrato de prestación de servicio con el oferente que resulte adjudicado, de acuerdo a lo estipulado en el punto XI.2.
II.7 Adjudicada esta propuesta, no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del Contrato.
II.8 Todos los plazos que se señalan en esta Propuesta Publica serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con día sábado, domingo o festivo, estas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente.
II.9 Aquel proveedor adjudicado, sea persona natural o jurídica que no se encuentre inscrito en estado hábil en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (www.chileproveedores.cl), o cada una de las empresas que conformen la unión temporal de proveedores, estarán obligados a hacerlo dentro del plazo de quince (15) días corridos contado desde la notificación de la adjudicación y será requisito previo para suscribir el Contrato definitivo. La no inscripción, obligará a la entidad licitante a dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectiva la garantía por seriedad de la oferta y proceder, eventualmente, a la readjudicación de la licitación al siguiente oferente mejor evaluado o a realizar un nuevo llamado a licitación.
II.10 La D.G.A.C. podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
II.11 Todos los plazos establecidos en las presentes Bases Administrativas, a saber, para efectuar consultas, emitir respuestas, de cierre de la Licitación, de apertura de ofertas, de evaluación y para la emisión de la orden de compra, podrán ser modificados cualquiera o uno de ellos, hasta un máximo de 30 días, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los términos originalmente publicados. Las prorrogas antes señaladas, serán materializadas mediante la dictación de una Resolución exenta, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en el Portal.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes Bases de Licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
II.12 La Entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos, dará lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del Contrato, según corresponda, pudiéndose en este último caso y cuando la adjudicación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiese perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
II.13 Esta institución retiene por todas las compras un impuesto del 2% del total facturado (Art. 37 de la Ley 16.752).
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III DE LOS PARTICIPANTES |
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III.1 Podrán participar en esta Propuesta personas naturales, jurídicas y las uniones temporales de proveedores de dos o más empresas. Esta última al momento de ofertar deberá presentar documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Art.67° Bis, Reglamento Compras). Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que en caso de adjudicarse la Propuesta, están obligados a prestar los servicios requeridos y facultadas para cobrar y percibir el pago.
III.2 No podrán participar en esta Propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, Capítulo II “De los Requisitos para Contratar con la Administración del Estado”.
Asimismo, no podrán contratar con la D.G.A.C. aquellos proveedores afectos a la prohibición referida en los artículos 8º y 10º de la Ley Nº 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
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IV CONSULTAS Y RESPUESTAS |
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Toda solicitud de aclaraciones de las Bases de Licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) dentro de los cinco (5) días corridos siguientes contados a partir de la fecha de publicación de la propuesta.
Las consultas de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, en un plazo de dos (2) días corridos, contados desde la fecha final de recepción de preguntas.
Como consecuencia de las consultas y respuestas, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá hacer cambios en las Bases de Licitación, con el objeto que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma Resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas.
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V INTERPRETACIÓN DE LAS BASES |
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Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta, prevalecerá el criterio de la D.G.A.C., que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la Republica, del Tribunal de Contratación Pública y los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Ante una eventual discrepancia entre las Bases de Licitación y la Oferta, prevalecerán las primeras.
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VI GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA |
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Los gastos que demande participar en la presente Propuesta deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
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VII VISITA A TERRENO |
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Los proponentes podrán asistir a una visita a terreno a las instalaciones y dependencias de la D.G.A.C., ubicadas en el Aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, involucradas en la prestación del servicio objeto de esta licitación, esto con el fin que los proponentes puedan presentar una oferta en la que se ofrezca un servicio óptimo respecto de su calidad, siendo importante que los participantes evalúen en terreno y con acuciosidad los requerimientos exigidos en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.
La fecha y hora en que se realizará la visita a terreno será publicada en la Ficha de la Licitación publicada en el portal Mercado Público. El punto de reunión será el hall central del Aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir a las 15.00 hrs. No se aceptará un atraso mayor a cinco (5) minutos de la hora señalada.
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VIII DE LA PRESENTACIÓN |
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Las ofertas administrativas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas en forma electrónica por los oferentes a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de once (11) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma a las 15.01 hrs.
Las ofertas deberán presentarse en tres sobres separados en soporte electrónico.
Los sobres en soporte electrónico se deberán rotular: N°1 – “Aspectos Administrativos”, N°2 – “Aspectos Técnicos” y N°3 “Aspectos Económicos”. Estos sobres en lo posible, tienen que estar en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leídos en el sistema operativo Windows.
VIII.1 El sobre electrónico “Aspectos Administrativos”, deberá contener los siguientes antecedentes:
VIII.1.1 Identificación completa del proponente con indicación de:
• Razón social y/o nombre completo del Proponente.
• RUT del Proponente.
• Domicilio del Proponente.
• Número de Teléfono y Correo Electrónico (e-mail)
• Nombre y Rut del Representante Legal o Convencional.
VIII.1.2 Una declaración jurada simple emitida y firmada por el Proponente Persona Natural, Jurídica, o Unión Temporal de Proveedores que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo III.2 del Capítulo III, de las presentes Bases Administrativas, según formato de declaración que se adjunta como anexo.
VIII.1.3 Cuando el oferente sea una unión temporal de proveedores, deberá presentar un documento público o privado que acredite la unión, donde conste el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
NOTA: La declaración a que hace mención en el numeral VIII.1.2 de las presentes Bases Administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes Bases Administrativas como también en las Bases Técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma.
VIII.2 El sobre electrónico “Aspectos Técnicos”, deberá contener los siguientes antecedentes:
VIII.2.1 Descripción técnica del servicio de aseo: el oferente deberá ingresar una descripción del servicio ofertado para dar cumplimiento al requerimiento de servicio de aseo para dependencias del Aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, conforme a lo solicitado en las Bases Técnicas.
VIII.2.2 Presencia en el mercado: El oferente deberá presentar listado de empresas y/o clientes, a las que en el pasado o actualmente se estén prestando los servicios de la naturaleza a que se refiere la presente propuesta, según formato entregado por la D.G.A.C. en anexo.
VIII.2.3 Experiencia en el rubro del servicio licitado: El oferente podrá adjuntar certificados emitidos por las empresas en donde este o haya prestado servicios similares al requerido.
VIII.2.4 Contratación personal discapacitado: El oferente en caso de contar con personal discapacitado contratado en su empresa, deberá presentar certificado o carnet emitido por alguna entidad competente.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este sobre electrónico, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en la Pauta de Evaluación, que permita a la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario no se asignará puntaje en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
VIII.3 Sobre Electrónico “Oferta Económica”, deberá proporcionar la siguiente información que se indica:
VIII.3.1 Oferta económica para la contratación del servicio de aseo dependencias D.G.A.C. del Aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir, en moneda nacional, (no se aceptarán ofertas en U.F. o en otras monedas). Detallada en el formulario de presentación de presupuesto desglosado, según formato entregado por la D.G.A.C. en anexo.
NOTA: EN CASO, QUE EL OFERENTE CUENTE CON FACTURA EXENTA DE I.V.A. DEBERÁ INFORMARLO EN SU OFERTA.
VIII.3.2 La oferta económica también deberá registrarse en la línea del producto o servicio requerido en el Sistema de Información de Chile Compra, indicando valores netos.
VIII.3.3 En este presupuesto el oferente deberá considerar, además, todos los gastos que se deriven del cumplimiento de las normas o reglamentos aplicables a otros Servicios de la Administración del Estado y que tengan relación con los servicios objeto de la presente licitación, como asimismo aquellos eventuales gastos que se deriven de los trámites que sea necesario realizar en la licitación.
VIII.3.4 Cuando existan discrepancias entre los precios ofrecidos en el comprobante de ingreso de oferta y los informados en en el formulario de presentación de presupuesto, prevalecerán siempre los primeros.
VIII.3.5 Plazo de validez de la oferta, no podrá ser inferior a noventa (90) días corridos contados desde la fecha de cierre de la propuesta pública. Para las ofertas que no mencionen validez de la oferta, se entenderá que aceptan la validez señalada en las presentes Bases Administrativas.
Los sobres mencionados en los puntos VIII.1, VIII.2 y VIII.3, serán abiertos en conformidad a lo establecido en el Capítulo IX de las presentes Bases Administrativas.
RECOMENDACIÓN:
Para optimizar el proceso de revisión de los antecedentes en la sesión de apertura de la Propuesta, se solicita a los participantes que en la documentación que se debe incluir en los sobres Nº 1, 2 y 3, se respete la secuencia en que ellos se solicitan, tal como se indica en los puntos VIII.1, VIII.2 y VIII.3 de las presentes Bases Administrativas.
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IX DE LA APERTURA |
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La apertura de los sobres electrónicos, Nº 1 “aspectos administrativos”, Nº 2 “aspectos técnicos” y Nº 3 “aspectos económicos”, se efectuará en un solo acto, el día de cierre de la Licitación a las 15:02 horas, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
Primeramente, se procederá a la apertura del Sobre electrónico Nº 1 “Aspectos Administrativos”, prosiguiendo luego con la apertura de los Sobres Electrónicos Nº 2 “Aspectos Técnicos” y Nº 3 “Aspectos Económicos”.
Si en la apertura del sobre electrónico N° 1 denominado aspectos administrativos, se verifica la omisión o insuficiencia de los documentos exigidos, se procederá al rechazo inmediato de la oferta presentada por el proponente incumplidor y posterior declaración de inadmisibilidad. Esta decisión será ingresada de inmediato en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), entendiéndose él o los proponentes notificados luego de las veinticuatro (24) horas, transcurridas desde su publicación en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
En la apertura de los sobres electrónicos Nº 2 “aspectos técnicos” y Nº 3 “aspectos económicos” sólo se efectuará la descarga del contenido de los mismos de la Plataforma de Licitaciones de Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis de detalle del contenido de los sobres antes citados, corresponderán exclusivamente a la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación.
Una vez concluido el acto de apertura administrativa, técnica y económica, se confirmará el acta de apertura electrónica emitida por la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las 24 horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), las que serán resueltas por la D.G.A.C. dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente.
En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de ofertas. En tal caso él o los oferentes afectados podrán presentar su oferta fuera del Sistema de Información en el plazo que estipula el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N° 250 del 2004, Publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de septiembre de 2004 y sus modificaciones posteriores).
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X DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN |
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X.1 Las ofertas “aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el Portal Electrónico, serán remitidas para su evaluación a la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación, designada para tal efecto mediante la Resolución que aprueba las presentes Bases, e integrada por dos (2) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Si del examen y análisis de detalle de las ofertas por parte de la comisión evaluadora y de sugerencia de adjudicación, ésta concluyera acerca de la omisión o insuficiencia de antecedentes, documentos y/o información de carácter esencial, relevante y excluyente, señalados en el párrafo tercero del Capítulo VIII de las presentes Bases Administrativas, se abstendrá de proceder a evaluar la propuesta infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad.
X.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la pauta de evaluación que forma parte de las Bases de Licitación, en un plazo no superior a veinte (20) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 60% para los Aspectos Técnicos y con un 40% para los Aspectos Económicos. La D.G.A.C. adjudicará la Licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de las Bases de Licitación, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación respectivos.
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio PRESENCIA EN EL MERCADO.
En caso de mantenerse el empate, se establecerá como segundo criterio de desempate el criterio PRECIO, de persistir el empate, se establecerá como tercer criterio de desempate EXPERIENCIA EN EL RUBRO DEL SERVICIO LICITADO.
Durante el período de evaluación, veinte (20) días corridos contados desde la apertura de las ofertas, la comisión evaluadora y de sugerencia de adjudicación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
Culminada la evaluación técnica y económica, la comisión evaluadora y de sugerencia de adjudicación deberá emitir un informe de evaluación técnica y económica. A continuación, y en capítulo separado, la comisión evaluadora emitirá el informe de evaluación y sugerencia de adjudicación, actuación que deberá verificarse, dentro del plazo de cinco (5) días corridos contados desde la evaluación de las ofertas.
X.3 Dentro de los cinco (5) días corridos siguientes a la fecha de emisión del informe de evaluación y sugerencia de sdjudicación, la D.G.A.C., dictará la Resolución de adjudicación, la que se notificará al proponente favorecido a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada.
Los oferentes tendrán 48 hrs. para efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la plataforma de licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), y serán contestadas por la D.G.A.C. a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos.
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XI DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS |
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XI.1 Luego de dictada la Resolución de adjudicación, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes de notificado en el portal dicho acto administrativo, la D.G.A.C. celebrará el Contrato de prestación de servicio con el adjudicatario favorecido.
XI.2 Para celebrar el Contrato de prestación de servicio, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la adjudicación, la que se efectuará a través del sistema de información de Mercado Público, los siguientes documentos:
XI.2.1 Si se tratare de persona jurídica, deberá presentar:
• Copia de la patente municipal vigente, si corresponde.
• Copia legalizada de la escritura de Constitución y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado; los documentos que acrediten la publicación de sus extractos en el Diario Oficial y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio.
• Certificado de Vigencia de la Sociedad, expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a 60 días corridos a la fecha de su presentación.
• Certificado de personería, expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a 60 días corridos a la fecha de su presentación.
XI.2.2 Si se tratase de persona natural, deberá presentar:
• Fotocopia del formulario de iniciación de actividades
• Fotocopia de su cedula de identidad.
Si el adjudicatario tuviese registrado, acreditado y vigentes los documentos solicitados en el XI.2.1 y XI.2.2 en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile proveedores), administrado por la cámara de comercio de Santiago, no estarán obligados a entregar materialmente la información requerida.
XI.2.3 Asimismo, en ambos casos, deberá presentar lo siguiente:
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del artículo 4° de la Ley N° 19.886 (Formulario F30).
• Declaración cláusula de proveedores de bienes y servicios, según formato entregado por la D.G.A.C. en anexo.
XI.3 Cumplido el plazo de quince (15) días corridos indicado en el punto XI.2, sin que el adjudicatario haya presentado los documentos exigidos, la D.G.A.C. dejará sin efecto la adjudicación quedando facultada para readjudicar la propuesta al proponente que sigue en orden de precedencia en el proceso de evaluación o declararla desierta y efectuar una nueva Licitación.
Lo anterior sin perjuicio de su facultad de ejercer las acciones legales que correspondan.
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XII CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO |
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El Contrato de prestación de servicio contendrá, entre otras cláusulas, el objeto, la vigencia, el precio y la forma de pago. Se entenderá que son parte integrante del citado Contrato, las Bases de Licitación y las aclaraciones que pudiera emitir la D.G.A.C., las consultas de los proponentes, las respuestas recaídas en estas y la oferta que resulte favorecida con la adjudicación.
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XIII MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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La D.G.A.C. estará facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el Contratista adjudicado, si concurre alguna de las causales señaladas en el Artículo 13 de la Ley 19.886 en relación con el artículo 77 de su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (H) N° 250/2004 o las que se señalan a continuación:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave del prestador, entre otros:
- Si el Contratista suspendiese la prestación del servicio o incurriere en paralizaciones por más de tres (3) veces consecutivas, o bien tuviese impuestas tres (3) multas por infracciones, por cualquier causal señalada en el punto XVIII de las presentes bases.
- Si el Contratista no diere cumplimiento por cuarta vez a una orden reiterada del Inspector Fiscal.
- Si el Contratista subcontrata con terceros la ejecución de los trabajos o parte de estos.
- Si el Contratista no responde por los daños, deterioros, perjuicios o pérdidas de bienes de propiedad fiscal o particular que se produzcan en dependencias D.G.A.C. y que sean provocados por actos u omisiones imputables a sus trabajadores.
b) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos (2) años.
e) Si el Contratista se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el Contratista, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
Para el caso de UTP también serán motivos de término anticipado del Contrato las siguientes causas:
i) La constancia de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
j) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de esta, y dicho integrante reuniese unas o más características objeto de la evaluación de la oferta
k) Ocultar información relevante para ejecutar el Contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
l) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el Contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
m) Disolución de la UTP.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el Contratista, debiendo la D.G.A.C. concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la D.G.A.C. y el respectivo Contratista podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
Las partes podrán efectuar modificaciones a los servicios previstos en el contrato, acordar la ejecución de tareas nuevas o extraordinarias, o el empleo de materiales no considerados en las tareas. El monto máximo de esta modificación no podrá superar el 30% del valor total del Contrato. Estas modificaciones deberán estar en estricta relación con los servicios contratados y considerar la ampliación del plazo de acuerdo a la naturaleza de los servicios adicionales. En la evaluación de posibles modificaciones al proyecto durante la etapa de ejecución del servicio contratado deberá participar personal perteneciente al área que intervino, u otro personal debidamente calificado.
XIII.1 Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia, sometiendo el Contrato a la jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando al efecto ambas partes domicilio en Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena, Chile.
XIII.2 Toda la documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la D.G.A.C. proporcione a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto.
XIII.3 El Contrato de prestación de servicio que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes Bases de Licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del Contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee.
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XIV DE LAS GARANTÍAS |
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XIV.1 Con anterioridad a la firma del Contrato el adjudicatario deberá entregar a la Institución una Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza a la Vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, cuya glosa debe expresar:
“Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato por el servicio de aseo en dependencias de la D.G.A.C. del Aeródromo Capitán Fuentes Martínez de Porvenir y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador, según lo indicado en Licitación N° 1960-108-LE19”. (Si el documento no permite ingresar glosa o esta no alcanza en su totalidad en el anverso de la garantía, favor indicarla al reverso.)
Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco D.G.A.C., por un monto equivalente al 5% del valor total del Contrato. La caución que se constituya deberá ser irrevocable y pagadera a la vista o de ejecución inmediata, tomada en un Banco o institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile o en una Compañía de Seguro con Agencia en Chile, según corresponda y deberá tener una vigencia que contemple el plazo de vigencia del Contrato, más ciento veinte (120) días corridos.
En el evento que la Garantía que se constituya sea una Póliza de Seguro, esta podrá expresarse en moneda nacional, UF o dólar americano y el tomador deberá solicitar al emisor de la Póliza incluir en las condiciones particulares de ella, que ésta cubre el pago de multas. Tanto la Póliza de Seguros como el Certificado de Fianza, ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva.
XIV.2 El monto de la Garantía por el fiel cumplimiento del Contrato, podrá asociarse a las etapas, hitos o períodos de cumplimiento del Contrato permitiendo al Contratista la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento, debiendo en todo caso respetarse los porcentajes precedentemente indicados en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución, incluido el plazo de vigencia adicional de ciento veinte (120) días corridos. Todo ello de conformidad al Artículo 68, inciso primero, del Reglamento de Compras Públicas.
Si al momento de entrar en vigencia el Contrato, la vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo señalado, en el punto XIV.1 párrafo tercero, el Contratista, en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte de la D.G.A.C., deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo.
XIV.3 Si el adjudicatario no entrega la Garantía por el fiel cumplimiento del Contrato y/o no firma el Contrato dentro de plazo señalado, o se desiste de él, la D.G.A.C. dejará sin efecto la adjudicación. Quedando la D.G.A.C. facultada para adjudicar la propuesta al proponente que sigue en orden de precedencia en el proceso de evaluación dentro de un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación o declararla desierta y efectuar una nueva Licitación. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan.
XIV.4 En el evento que fuere necesario, por cualquier causa, ampliar el plazo asignado a una etapa o hito de ejecución del Contrato y ello importare la necesidad de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo del Contratista gestionar dicho trámite, con independencia de quien sea la parte a quien esté asociada la ampliación de la ejecución del contrato.
XIV.5 En caso de aumento del servicio, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato.
XIV.6 La Garantía por el fiel cumplimiento de Contrato deberá entregarse en forma física, en dependencias de la Oficina Logística del Ap. Pdte. Carlos Ibáñez del Campo, de acuerdo a los plazos estipulados en el punto X.1.
XIV.7 La devolución de la Garantía por el fiel cumplimiento de Contrato se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la caducidad del documento.
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XV DEL PAGO |
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El precio mensual del servicio deberá ser facturado por el Contratista, por mes vencido y en moneda nacional, una vez que la inspección fiscal del servicio haya emitido el respectivo certificado de conformidad. Dicho precio será pagado por la D.G.A.C. dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción conforme de la factura.
El Contratista podrá emitir la factura solo una vez que se le notifique que el certificado de conformidad, por el servicio antes mencionado, se encuentre firmado por la inspección fiscal.
La factura respectiva deberá indicar en su glosa que es pagadera a treinta (30) días desde la fecha de recepción conforme, que se encuentra afecta a eventuales retenciones y multas y que se encuentra afecta al impuesto del 2%, establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752. Además, el Contratista deberá incluir en su factura el número de la Orden de Compra correspondiente a la ejecución del servicio.
La D.G.A.C. a través de la Sección Gestión de Contratos, rechazará la factura electrónica en los siguientes casos:
- Si es presentada en forma anticipada.
- Si la factura no cuenta con el respectivo certificado de conformidad visado por el Inspector Fiscal.
- Si no es presentada junto al formulario F-30-1 (si corresponde).
- Si su glosa no contiene la información mínima exigida en el punto anterior.
Será requisito indispensable para cursar los pagos a que se refiere el Contrato, que la Empresa acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y previsionales (mes que presentó el servicio), al tenor de lo dispuesto en el Artículo 183-C del Código del Trabajo, lo que deberá justificarse mediante la presentación del formulario F 30-1 mensual y la nómina de pago o copias de liquidación de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social.
La(s) factura(s) electrónica(s) deberán ser remitidas a la casilla de correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, con la mayor información posible para su destino interno y respectivo pago.
La D.G.A.C. en conformidad a lo dispuesto en la Ley de presupuesto año 2019 N° 21.125 Articulo 8, pagara los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos.
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XVI DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA |
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El Contratista se obliga a lo siguiente:
1. Sera de cargo del contratista la contratación del personal necesario para prestar el servicio convenido, contratación que debe efectuarse conforme a las disposiciones laborales vigentes, durante el periodo de vigencia del Contrato.
2. El personal contratado por el Contratista no tendrá relación de subordinación ni dependencia laboral alguna con la D.G.A.C., siendo exclusivamente trabajadores dependientes del Contratista adjudicado. En esta relación laboral deberá dar cumplimiento oportuno a todas las obligaciones que la Ley le impone como empleador.
3. Sera responsabilidad del Contratista, mantener al día el pago de los sueldos e imposiciones, dando estricto cumplimiento a las obligaciones previsionales de sus trabajadores.
4. Sera responsabilidad del Contratista, el cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio a contratar, en caso de accidente en el trabajo de dicho personal.
5. El Contratista deber a entregar a la D.G.A.C, con cinco (5) días hábiles de anterioridad al inicio de la prestación del servicio, la nómina del personal asignado, para la prestación del servicio contratado, indicando: nombre, domicilio particular, fotocopia de la cedula de identidad y certificado de antecedentes. Lo anterior para efectos que la D.G.A.C. pueda efectuar las verificaciones de los antecedentes correspondientes.
Las personas que como resultado de dichas verificaciones fueren calificadas por la D.G.A.C. como no idóneas para el desempeño del servicio, deberán ser reemplazadas por el Contratista siendo el nuevo personal sometido al mismo procedimiento.
6. Que el personal que preste los servicios contratados deberá al momento de iniciar los servicios, contar con una tarjeta identificación (TICA), que lo acredita y autoriza a circular por las dependencias aeronáuticas
7. El Contratista deberá tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas a sus trabajadores, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral en vigencia.
8. El Contratista prestar el servicio dando cumplimiento como mínimo con todos los requerimientos técnicos contemplados en las bases técnicas, bases administrativas y su oferta Técnico-Económica.
9. Mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal de la D.G.A.C., a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del Contrato.
10. Dar cumplimiento a las órdenes de la Inspección Fiscal vinculadas directamente a los servicios contratados y/o con las obligaciones del Contratista
11. El Contratista estar sujeto a lo indicado en el instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la D.G.A.C.
12. En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al prestador del servicio o sus dependientes en los bienes de la D.G.A.C. donde se estén prestando el servicio, el Contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta D.G.A.C.
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XVII LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS |
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Será obligación del prestador del servicio, dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la D.G.A.C. cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
Asimismo, en el caso que el prestador del servicio no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la D.G.A.C., de conformidad con lo que dispone la Ley 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedores.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. (H) N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, la D.G.A.C podrá hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento del Contrato en caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, estando facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Asimismo, el incumplimiento por parte del Contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente, será considerado por la D.G.A.C. como causal grave de incumplimiento del Contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato y aplicar las sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
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XVIII DE LAS MULTAS Y/O DESCUENTOS |
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Cada vez que la empresa prestadora del servicio no cumpla con los niveles de servicio definidos en las Bases Técnicas y Administrativas, la D.G.A.C., podrá aplicar administrativamente multas y/o descuentos, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por la Empresa ante la Inspección Fiscal.
DESCUENTOS
a. DESCUENTO POR SERVICIOS NO PRESTADOS
Descuento por día servicio no prestado de acuerdo a lo definido en las Bases Técnicas., establecido el servicio no prestado correspondiente al servicio de aseo, se aplicará por cada día un descuento que resulte de la aplicación de la siguiente razón:
(PMN/CDPSM)*CDSPS
Donde “PMN” es el precio mensual neto del servicio, “CDPSM” es la cantidad de días que se debe prestar el servicio en el mes y “CDSPS” cantidad de días sin la prestación del servicio en el mes.
b. DESCUENTO POR ATRASO
Descuento por cada minuto de atraso en el horario de inicio de la prestación del servicio de aseo definido en las Bases Técnicas, establecido el atraso en el horario de inicio de la prestación del servicio de aseo, se aplicará por cada minuto de atraso el descuento que resulte de la siguiente razón:
((PMN/CDPSM)/CHD)/60*CMA
Donde “PMN” es el precio mensual neto del servicio, “CDPSM” es la cantidad de días que se debe prestar el servicio en el mes, “CDH” es la cantidad de horas diarias en que se ejecuta el servicio, “60” corresponde a la cantidad de minutos que tiene una hora y por último “CMA” son la cantidad de minutos de atraso en el inicio de la prestación del servicio de aseo.
MULTAS
Se contempla el pago de multas por incumplimiento del servicio, cuya responsabilidad recaiga en el oferente o contratista adjudicado, conforme a lo siguiente:
a) Si los servicios fueren calificados por la inspección fiscal como deficientes, o bien se observare por este el incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera obligación establecida en las bases técnicas u oferta técnica, se aplicará una multa de 1 U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual).
b) Si el personal que presta el servicio, no cuente o no utilice los elementos de seguridad apropiados, se aplicará al contratista adjudicado una multa de 1 U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual).
Nota: La U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual) aplicable al mes en que ocurrió la falta.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
XVIII.1 Las multas y/o descuentos que resulten de la aplicación de los puntos anteriores, se enteraran a elección del Contratista, conforme a los siguientes mecanismos:
a) Pago directo del Contratista, en la Oficina de Finanzas del Ap. Pdte. Carlos Ibáñez del Campo en forma administrativa, dentro de cinco (5) días hábiles contados desde notificación del resultado de la reclamación por parte de la D.G.A.C.
b) Aplicándolas la D.G.A.C., directamente sobre la Garantía por fiel y oportuno cumplimiento del Contrato indicada en la Cláusula XIV de las presentes Bases Administrativas. Si se hiciere efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el prestador del servicio deberá proporcionar en forma preventiva y antes de la deducción una nueva Garantía dentro del plazo de quince (15) días corridos por el mismo período de vigencia y monto estipulados en la Garantía precitada, restableciéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. En la misma oportunidad la D.G.A.C deberá hacer devolución al prestador del servicio del remanente no destinado a multa.
c) Respecto a los descuentos que proceda practicar al precio mensual del servicio de aseo dependencias del Aeródromo Capitán Fuentes Martínez, estos se efectuarán de la factura por el servicio prestado.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la D.G.A.C. notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el Contratista tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el Contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la D.G.A.C. tendrá un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la D.G.A.C., en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El Contratista adjudicado dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La D.G.A.C. tendrá un plazo no superior a treinta (30) días hábiles para resolver el citado recurso.
La Resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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XIX CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN |
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El Contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen del Contrato, como tampoco, constituir gravámenes sobre éste. Asimismo, el Contratista se obliga a no subcontratar con terceros la ejecución de los trabajos.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el párrafo precedente será causal suficiente para que la D.G.A.C haga efectivo el cobro de la Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y, si lo estima procedente, en forma simultánea, poner término anticipado al contrato en forma inmediata, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan, circunstancia que éste declara conocer y que las partes elevan al carácter de esencial en el Contrato.
En el caso de la cesión de una Factura, conforme a la Ley N° 19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la Factura, deberá notificarse a la entidad obligada al pago de ésta, bajo apercibimiento de hacerse merecedor de las sanciones establecidas en dicho cuerpo legal.
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XX DE LA REAJUSTABILIDAD |
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El precio del Contrato, no se encontrará afecto a ningún tipo de reajuste durante su vigencia.
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XXI VIGENCIA |
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El período de vigencia del contrato de servicio se extenderá por un el período de veinticuatro (24) meses.
No obstante, lo anterior, las partes reconocen y declaran que por razones impostergables de buen servicio las partes podrán acordar dar inicio a la ejecución de los servicios en forma anticipada, con anterioridad a la total tramitación de la Resolución aprobatoria del mismo, expresando desde ya, que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se hayan pactado solo se cursarán una vez que la citada Resolución administrativa, se encuentre totalmente tramitada.
Asimismo, las partes expresan que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se han pactado sólo se cursará una vez que la Resolución que apruebe la contratación se encuentre totalmente tramitada.
La D.G.A.C. evaluará el comportamiento del Contratista adjudicado, mediante una evaluación del servicio realizada por el inspector fiscal designado, lo cual se reflejará mediante la calificación que se efectué el portal
www.mercadopublico.cl.
El Contrato que se derive de la respectiva propuesta publica, no podrá ser renovado.
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