El oferente, el adjudicatario o el proveedor, sus representantes, o el personal dependiente de aquéllos, deberán observar el más alto estándar ético exigible durante la realización de la presente licitación y en la ejecución de la contratación respectiva, y en ningún caso deberán propiciar o ejecutar prácticas corruptas. En caso contario Gendarmería de Chile podrá declarar inadmisible la oferta, readjudicar a la siguiente oferta mejor evaluada o terminar anticipadamente la contratación, según corresponda, lo que se ejecutará en forma administrativa, mediante resolución fundada, se entienden como prácticas corruptas, entre otras, las siguientes:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de Gendarmería de Chile, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo oferente, adjudicatario o proveedor y el Servicio.
b) Dar u ofrecer cualquier objeto de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario de Gendarmería.
c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la realización o resultados de la presente licitación, o la ejecución de la respectiva contratación.