DE LAS CONDICIONES DE LA PROPUESTA |
Artículo 1º. Las presentes Bases Administrativas norman el llamado a Propuesta Pública y el contrato de Prestación de Servicios que, con posterioridad se suscriba al efecto, para la contratación del “Servicio de Reparación y Montaje de Calderas en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas”.
El servicio a contratar deberá cumplir con los requerimientos técnicos que se señalan en las “Bases Técnicas” que se aprueban por medio de la presente resolución, las que se entenderán forman parte integrante del contrato, para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos.
Esta propuesta será llamada sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, participando todas las personas naturales o jurídicas que deseen hacerlo y que cumplan con las condiciones requeridas. La publicación correspondiente contendrá la información consignada en el Art. 24° del D.S. (H) N° 250, de 2004, que fija el reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las Bases Administrativas y Bases Técnicas, sus modificaciones y aclaraciones a las mismas, la adjudicación y formularios estarán disponibles al público en el Sistema Electrónico de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en forma gratuita.
Artículo 2º. Será aplicable al proceso regulado por las presentes Bases Administrativas, lo dispuesto por Ley Nº 19.886, de Bases sobre contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, de fecha 30 de Julio de 2003 y su respectivo Reglamento, contenido en el Decreto de Hacienda Nº 250, de fecha 24 de Septiembre de 2004.
Asimismo, lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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DE LOS REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LOS OFERENTES |
Artículo 3º. Podrán participar de esta Propuesta Pública, las Personas Naturales o Jurídicas que cumplan con los requisitos que establezcan las presentes Bases, y que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl al momento de concretar la adjudicación y firma del posterior contrato.
Las ofertas que sean presentadas, quedarán sujetas a su evaluación y posterior aceptación o rechazo, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas, como así mismo lo establecido en las Bases Técnicas insertas en este documento.
Sin perjuicio de lo anterior, Gendarmería de Chile, podrá requerir a los proponentes todas las aclaraciones o informaciones complementarias que estime conveniente, previo a resolver la adjudicación.
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DE LA VISITA A TERRENO |
Artículo 4º. En este proceso se tiene contemplada una visita guiada a terreno de carácter obligatoria, la que será el día y hora señalado en el cronograma de la Licitación, en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas, ubicado en Av. Circunvalación 2080, de la misma ciudad. La inasistencia a esta visita, dará lugar a la declaración de inadmisibilidad de la oferta del respectivo licitante.
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DE LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS |
Artículo 5º. Los proponentes tendrán la posibilidad de efectuar consultas o solicitar aclaraciones a las Bases Administrativas y Bases Técnicas y demás antecedentes de licitación, dentro del plazo indicado en el cronograma de la licitación, establecido en las presentes Bases; las respuestas a dichas consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, en la fecha señalada en dicho cronograma.
Tanto las preguntas como las respuestas a las mismas se harán a través del Sistema de Información, poniéndose en conocimiento de todos los participantes, sin indicar el autor de la consulta.
En todo caso, Gendarmería de Chile podrá efectuar aclaraciones a las Bases Administrativas, para precisar su alcance, como también, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que no haya quedado suficientemente claro. Estas aclaraciones se entregarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las preguntas de los licitantes, y deberán ser consideradas por los interesados en la preparación de sus ofertas, pasando a formar parte de las presentes Bases Administrativas.
Las respuestas y aclaraciones serán entendidas como interpretación a las presentes bases y los demás documentos que rijan los procesos en aquellos aspectos consultados.
Se considerará que estas aclaraciones y respuestas formarán parte integral de las Bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones y respuestas emanadas de parte del Servicio, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
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DE LA PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
Artículo 6º. Las propuestas constarán de 3 partes:
1) ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
2) OFERTA TÉCNICA Y
3) OFERTA ECONÓMICA.
La Oferta Técnica, los Antecedentes Administrativos y la Oferta Económica, deberán presentarse en idioma español y los valores netos expresados en moneda nacional.
Tanto la presentación de la “OFERTA TÉCNICA” y la “OFERTA ECONÓMICA”, se deberán enviar a través del Sistema de Información, en el sitio de la propuesta del portal www.mercadopublico.cl.
1. Los Antecedentes Administrativos que se deberán subir al sitio de la propuesta, en esta oportunidad serán los siguientes:
a) Declaración Jurada Simple de Conocimiento de Bases Administrativas y Técnicas, lo que se hará en el Anexo N° 1, denominado: “Declaración de Conocimiento de Bases Administrativas”, elaborado para tal efecto.
b) Identificación del Oferente, lo que hará en el Anexo N°2, denominado: “Identificación del Proponente”, que corresponde a la persona que firmará posteriormente el contrato y aceptará la OC respectiva.
Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, Incorporándolos en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Administrativos (botón “Anexos Administrativos”). El licitante no podrá hacer mención alguna a su oferta económica en estos anexos.
2. Los "Anexos Técnicos" que corresponden a la oferta propiamente tal, que tienen que publicarse en el sitio de la propuesta. Deberá completar el Anexo N° 3, denominado: “Plazo de entrega del servicio” indicando los días que se demorará en la entrega y ejecución del servicio, los cuales deben ser, días corridos. En el Anexo N°4 de las presentes bases, denominado “Experiencia en servicios similares” se contemplará la experiencia del proveedor en montaje de calderas para centrales térmicas, de acuerdo al puntaje en los criterios de evaluación, debiendo acreditar mediante Órdenes de Compra o Factura, además deberá adjuntar certificado SEC de Instalador de Gas, clase 1.
Todos estos anexos se acompañarán en formato digital, incorporándolas en el sitio de la propuesta y se subirán a éste como Anexos Técnicos (botón “Anexos Técnicos”). El licitante no podrá hacer mención alguna a su oferta económica en estos documentos.
3. La "Oferta Económica", incluirá solamente el valor total neto que tendrá para Gendarmería de Chile lo ofertado, sin incluir el impuesto respectivo, lo que deberá indicarse en el Anexo N° 5 adjunto a las presentes bases.
El plazo máximo para presentar dichas ofertas a través de la mencionada página web será el fijado en el cronograma de la licitación, denominado por el portal "Fecha de Cierre de Recepción de Oferta".
En el caso que un oferente se encuentre en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 40° del Decreto de Hacienda N° 250, la Institución otorgará un plazo fatal de 02 días hábiles, contado desde el día siguiente de aquel en que se realice la apertura de los anexos administrativos y técnicos, dentro del cual los oferentes podrán salvar los errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Lo que se informará a través del Sistema.
La solicitud respectiva la hará el Servicio habilitando la opción correspondiente en el sitio de la propuesta, en el cual el oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se requieran.
La oferta de aquel proponente que, en definitiva, no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la evaluación de su oferta.
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DE LA APERTURA DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y LA OFERTA ECONÓMICA |
Artículo 7°. Los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos solicitados en estas Bases, serán abiertos y revisados por la operadora encargada del proceso, de dotación de la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena, en la fecha y hora indicadas en el cronograma de la licitación. Estos antecedentes se liberarán automáticamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en dependencias de la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena.
En primera instancia la mencionada funcionaria verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los antecedentes administrativos y técnicos solicitados en las presentes Bases Administrativas.
En caso de ser necesarios una revisión o análisis más detallado de estos documentos, ésta se efectuará posteriormente, durante el período de evaluación y selección de las ofertas recibidas.
En casos excepcionales podrá admitirse la presentación de antecedentes en soporte papel, especialmente cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y en los demás casos indicados en el artículo 62° del Reglamento Decreto de Hacienda N° 250 de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
El cuadro resumen con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el Sistema de Información.
Artículo 8°. Posteriormente, y una vez efectuada la presentación de los oferentes, se procederá a abrir la Oferta Económica de los proponentes que continúan en competencia.
Finalizada esta apertura, se levantará un acta de lo obrado. Copia de esta acta se insertará en el portal www.mercadopublico.cl.
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DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
Artículo 9°. Se considerarán como criterios de evaluación de las ofertas recibidas, los siguientes factores:
a) Precio;
b) Plazo de entrega del Servicio
c) Experiencia en servicios similares;
Artículo 10°. Los puntajes y ponderaciones que se asignan a cada uno de los factores señalados en el artículo precedente, serán los siguientes:
N° CRITERIO PONDERACIÓN
1 PRECIO 50%
2 PLAZO DE ENTREGA DEL SERVICIO 30%
3 EXPERIENCIA EN SERVICIOS SIMILARES 20%
Para obtener el puntaje total de la evaluación, se sumarán los puntajes finales ponderados de cada criterio ya referido.
Corresponderá a la Comisión Evaluadora del Servicio asignar los puntajes por cada criterio, de acuerdo a las siguientes formas:
1. En el caso del criterio de evaluación “Precio”, el puntaje se determinará obteniendo los puntajes de costo fijo y costo variable, de acuerdo a lo siguiente:
Puntaje = ((Precio más ventajoso x 100) / (Precio Ofrecido)) x Ponderación del criterio
2. En el caso del criterio de evaluación “Plazo de Entrega del Servicio” se considerarán los siguientes puntajes ponderados:
Puntaje = ((Plazo de entrega más ventajoso x 100) / (Plazo de entrega Ofrecido)) x Ponderación del criterio
Plazo de entrega Ponderación Puntaje Ponderado
35 a 44 días hábiles 30% 3.0
De 45 a 50 días hábiles 15% 1.5
51 o superior 0% 0
NOTA: Con respecto al plazo de entrega del servicio, deberá indicarlo en el anexo N°3, indicado en el Artículo 6° numeral 2°).
3. En el caso del criterio de evaluación “Experiencia en Servicios Similares” se considerarán los siguientes puntajes ponderados:
Experiencia Servicios Similares Ponderación Puntaje Ponderado
7 años o superior 20% 2.0
6 a 4 años 15% 1.5
Menos de 3 años 5% 0.5
No informa 0 0
NOTA: La experiencia en servicios similares en montaje de calderas para centrales térmicas deberá acreditarse mediante Órdenes de Compra o Facturas, además debe contar con su carnet de instalador autorizado de gas clase 1, el cual deberá adjuntarlo dentro de los antecedentes técnicos en anexo N° 4, artículo 6°, numeral 2°.
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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Artículo 11°. En caso que exista un empate entre oferentes, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se establecerá las siguientes condiciones para definir la adjudicación:
- En primer lugar, se optará por el proveedor que haya obtenido mayor ponderación en el criterio “Precio”.
- Como segunda instancia de resolución, la Comisión considerará el criterio “Plazo de Entrega del Servicio”.
En caso de continuar el empate se continuarán comparando las ofertas, en base a los restantes criterios, según la importancia asignada a la ponderación.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
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DE LA ADJUDICACION Y COMISIÓN EVALUADORA |
Artículo 12°. Para efectos de la adjudicación de la presente propuesta, se conformará una Comisión integrada por los siguientes funcionarios:
1°. Jefe Unidad del CP, o quien lo subrogue
2°. Jefe Operativo Regional, o quien lo subrogue.
3°. Jefe Administrativo Regional, o quien lo subrogue.
El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y Gendarmería de Chile.
Artículo 13°. Hará las veces de secretario de Acta de la Comisión, la encargada de logística regional o quien la subrogue.
Artículo 14°. Para que la comisión pueda sesionar se requerirá la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros. Cada uno tendrá derecho a un voto.
Artículo 15°. De los acuerdos tomados por la Comisión de Adjudicación se dejará constancia en un acta que será firmada por todos los miembros asistentes.
Artículo 16°. La referida Comisión tendrá un plazo de 5 días corridos para resolver sobre la adjudicación de las propuestas, contados desde la fecha de apertura de la Oferta Económica.
Artículo 17°. El Servicio aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación mencionados en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones.
El acto administrativo por el cual el Servicio acepte y adjudique una determinada oferta, será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante su publicación en el Sistema de Información.
Gendarmería de Chile declarará desierta la licitación, mediante acto fundado, cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses institucionales y/o no se presenten ofertas, y además se declararán inadmisibles las ofertas, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases. En tal caso, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna.
Artículo 18°. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra si corresponde, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Artículo 19°. La validez de la oferta tendrá una vigencia mínima de 60 días corridos, desde su presentación. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
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DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
Artículo 20°. El proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, al momento de suscribir el contrato y para el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del mismo y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la Vista, un Depósito a la Vista o un Vale Vista, documento que deberá tener el carácter de irrevocable, tomada en un banco nacional o con agencia en Chile, extendida a la orden de “DIRECCIÓN REGIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE, EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA” RUT: 61.004.054-3, por un monto equivalente al 5% del valor del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos.
Este documento de garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente al Servicio de Reparación y Montaje de Calderas del Complejo Penitenciario de Punta Arenas y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores”.
El plazo de vigencia del documento de garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 180 días corridos, a contar desde el término de aquél.
Una vez recibidos la totalidad de los servicios sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile y vencido el plazo adicional de garantía de 180 días corridos, mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor.
Si la garantía de fiel cumplimiento del contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, el Servicio podrá adjudicar el contrato al siguiente oferente mejor evaluado.
En caso de darse las condiciones, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento del contrato, lo que se hará en forma administrativa y sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
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DEL CONTRATO |
Artículo 21°. El proponente adjudicado, deberá suscribir un contrato de consultoría con Gendarmería de Chile, en el que quedará establecido lo indicado en las presentes bases y todo aquello contenido en la oferta del proponente. Para poder suscribir el contrato respectivo, el proveedor adjudicado deberá estar inscrito previamente en el Registro de Contratistas y Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chile Proveedores).
Para los efectos de suscribir el contrato el proponente adjudicado deberá acompañar a la encargada de Contratos Regional, dentro del plazo de 07 días corridos, contados desde la notificación de adjudicación de la propuesta, los documentos y antecedentes que se mencionan a continuación:
Tratándose de personas naturales:
a) Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad;
b) Fotocopia simple de Inicio de Actividades del oferente.
c) Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato, señalada en el Art. 20° de las presentes Bases Administrativas.
Tratándose de una persona jurídica:
a) Fotocopia legalizada ante Notario Público de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones;
b) Certificado de Vigencia de la sociedad otorgado por el respectivo Registro de Comercio, con una fecha no superior a 60 días contados desde la notificación de la adjudicación.
c) Fotocopia legalizada ante Notario Público de la escritura pública donde conste la personería del representante legal de la sociedad.
d) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante legal de la sociedad.
e) Fotocopia simple de Inicio de Actividades de la respectiva persona jurídica.
f) Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato, señalada en el Art. 20° de las presentes Bases Administrativas.
Los proveedores que se encuentren inscritos en CHILE PROVEEDORES y que tengan acreditados los referidos documentos no necesitaran acompañarlos.
La legalización de los contratos ante Notario Público, será de costas del adjudicatario. Tanto la forma de prestación de los servicios como sus plazos se regirán por lo dispuesto en estas materias en las respectivas Bases Técnicas, así como el ofertado por el respectivo licitante y lo materializado a través del contrato respectivo.
Artículo 22°. Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
Artículo 23°. En cuanto a la cesión de contrato y subcontratación el proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en los respectivos contratos que se celebren
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DE LAS MULTAS |
Artículo 24°. En casos de incumplimiento, así como de cumplimiento imperfecto, parcial o tardío en la entrega de los servicios, debido a causas imputables al proveedor, Gendarmería de Chile cobrará, por el simple retardo, una multa, por cada día de atraso (incluyendo días inhábiles), equivalente al cinco por mil sobre el monto total del contrato.
Transcurridos 10 días corridos en que se haya estado aplicando dicha multa, el Servicio podrá, a su arbitrio, mantener la aplicación de dicha multa por otros 10 días corridos más, o resolver administrativamente el contrato, en cuyo caso se procederá al cobro íntegro de la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del mismo. En todo caso, una vez transcurridos 20 días corridos de aplicación de la multa el Servicio resolverá administrativamente el contrato, aplicando las sanciones correspondientes.
La aplicación de esta multa se efectuará por el Servicio administrativamente, sin forma de juicio y en el evento que el proveedor no la pagare, se cobrará de los pagos que se encuentren pendientes y, en segundo lugar, de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal.
Sólo en caso que el contrato contemple entregas parciales, y para el evento que el proveedor no cumpla con los plazos fijados para dichas entregas, se aplicará la multa indicada precedentemente, en forma proporcional, de acuerdo al número de días que contemple el atraso parcial y a la cantidad de productos no entregados. Estas multas se descontarán en la forma antes mencionada.
No se aplicará multa si el atraso es imputable a Gendarmería de Chile, o si ha ocurrido por caso fortuito o fuerza mayor.
El Servicio notificará el cálculo de la respectiva multa al proveedor, el cual podrá reclamar por escrito de su monto y procedencia a Gendarmería de Chile dentro de los 05 días hábiles siguientes de la referida notificación, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
El Servicio resolverá la reclamación presentada, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor o bien, se rechazará confirmando la multa respectiva.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 15 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
En definitiva, en el caso que el Servicio determine cursar la multa, se le notificará al proveedor el acto administrativo respectivo, en la forma y dentro del plazo establecido en el artículo 31° de las presentes Bases. El plazo para pagar la multa será de 10 días corridos, contados desde la mencionada notificación.
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COBRO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
Artículo 25°. Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
• No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y el respectivo contrato.
• Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos y servicios adjudicados establecidos en el Contrato.
• Incumplimiento en el pago de las remuneraciones y/o Leyes Sociales a sus trabajadores.
• Atraso en el inicio de los servicios o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, superior a 10 días e inferior a 20 días hábiles.
• Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, siempre que estos sean imputables al proveedor.
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DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
Artículo 26°. La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
7) En caso de que el incumplimiento por atraso en el inicio de los servicios o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días hábiles.
8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total contratado con impuestos incluidos o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.
En todos los casos señalados, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento
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DEL PAGO |
Artículo 27°. El pago se efectuará, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de la respectiva factura certificada, en el Área de Contabilidad de la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena, luego que el Encargado de Infraestructura Regional o quien lo subrogue, haya certificado y comprobado, a plena satisfacción, la entrega del respectivo diseño y el cumplimiento de todos los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas y en las Bases Técnicas.
El adjudicatario deberá emitir una Factura, a nombre de Dirección Regional Gendarmería de Chile, Magallanes y Antártica Chilena, RUT 61.004.054-3, Dirección: Jorge Montt N° 710, Punta Arenas, señalando el nombre del contrato al que corresponde, el ID de la Orden de Compra respectiva y el monto de la misma, adjuntando, además:
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, F30-1 (emitido por la Dirección del Trabajo) y,
- Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.
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DISPOSICIONES GENERALES |
Artículo 28°. En cuanto a la confidencialidad el adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
El mandato de tratamiento de datos no exime de responsabilidad al órgano comprador, en especial, respecto de la utilización de los datos solo en materias propias de su competencia legal y de las obligaciones de cuidado de dicha información.
IMPORTANTE: Todo lo que tenga directa relación con autorizaciones, informaciones, u otro tipo de antecedente que este Servicio necesite estar en conocimiento, serán vistas, analizadas y consensuadas por el Encargado de Infraestructura Regional o su Subrogante Legal de Gendarmería de Chile en la región de Magallanes y Antártica Chilena.
Artículo 29°. El Cronograma de las principales fechas del proceso se indica en el siguiente cuadro:
Publicación Día 0
Visita a terreno a las dependencias del Complejo Penitenciario de Punta Arenas, de carácter obligatoria para todos los participantes, en Av. Circunvalación 2080 Punta Arenas. No se aceptará la participación de empresas que concurran fuera del horario señalado.
Será el cuarto día hábil, siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público, a las 15:00 hrs.
Período de Consultas. Será entre el primer y sexto día hábil siguientes a la fecha de publicación de las bases en el portal Mercado Público desde las 09:00 hasta las 15:00hrs,.
Publicación de Aclaraciones a las consultas. Será el octavo día hábil siguiente a la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl, 15:00hrs.
Cierre recepción de antecedentes anexos, técnicos y oferta económica en el Portal Mercado Público. Será el décimo cuarto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público, a las 15:00 hrs,.
Apertura antecedentes administrativos y técnicos en el Portal Mercado Público. Será el décimo cuarto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el Portal Mercado Público a las 15:05 hrs,.
Apertura oferta económica de los oferentes que calificaron su oferta técnica en el portal Mercado Público. Será el décimo cuarto día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público a las 15:10 hrs,.
Adjudicación Se realizará el duodécimo día hábil siguiente a la publicación de las presentes bases en el portal Mercado Público 16:00hrs,.
Se deja constancia que, para todos los efectos a que haya lugar, se considerarán días hábiles los comprendidos entre los días lunes a viernes, ambos inclusive.
Artículo 30°. Todas las notificaciones, salvo aquellas que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo V de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y de su reglamento, así como de lo dispuesto en estas Bases, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Servicio publique, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 31°. Será aplicable al proceso regulado por las presentes Bases Administrativas y al Contrato que se suscriba con posterioridad, lo dispuesto por Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de fecha 30 de Julio de 2003 y su respectivo Reglamento, contenido en el Decreto de Hacienda N° 250, de fecha 24 de Septiembre de2004.
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