Licitación ID: 1965-7-LE24
D.R CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS
Responsable de esta licitación: Dirección Regional de Gendarmeria - Pta. Arenas, Región de Magallanes
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 47
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Productos o servicios
1
Servicios integrados de gestión de plagas 1 Unidad
Cod: 70141605
SE SOLICITA CONTRATAR SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS PARA UNIDADES PENALES Y ESPECIALES DE LA RGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
D.R CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
CONTRATAR EL SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS PARA LAS UNIDADES PENALES Y ESPECIALES DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Dirección Regional de Gendarmeria - Pta. Arenas
Unidad de compra:
Región de Magallanes
R.U.T.:
61.004.054-3
Dirección:
Avenida Circunvalación N°2080
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-03-2024 16:30:00
Fecha de Publicación: 07-03-2024 16:35:48
Fecha inicio de preguntas: 08-03-2024 9:00:00
Fecha final de preguntas: 14-03-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-03-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-03-2024 16:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-03-2024 16:35:00
Fecha de Adjudicación: 27-03-2024 9:41:16
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
2.- ANEXO N°6. CRONOGRAMA VISITAS A TERRENO
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°2: RESOLUCIÓN SANITARIA.
 
2.- ANEXO N°3. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE.
 
3.- ANEXO N°4. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS TÉCNICOS.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°5. OFERTA ECONÓMICA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio (Precio más ventajoso x 100) /precio ofertado) 40%
2 Cumplimiento de los requisitos técnicos de la ofer Debe ceñirse a lo señalado en el Anexo Nº4 y el puntaje mínimo para ser considerado son 60 puntos. 35%
3 Experiencia del proponente en servicios de similar EXPERIENCIA EN SERVICIOS DE SIMILAR NATURALEZA PUNTAJE PONDERACIÓN De 10 o más serv. de similar naturaleza. 100 20% De 5 serv. a menos de 10 serv. de similar naturaleza. 70 14% De 1 serv. a menos de 5 servicios de similar naturaleza. 50 10% No informa 0 0% 20%
4 Cumplimiento de los requisitos formales CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA PUNTAJE PONDERACIÓN Cumplimiento oportuno de todos los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 100 5% Cumplimiento posterior de los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 50 2.5% No cumple con los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 0 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: DIRECCION REGIONAL GENDARMERIA DE CHILE
Monto Total Estimado: 16660000
Justificación del monto estimado Certificado de disponibilidad presupuestaria N. 11.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Posibilidad de renovación por un periodo de 11 meses contados desde la fecha de término del contrato anterior, siempre y cuando existan los recursos presupuestarios disponibles y previo informe del servicio entregado, el que deberá realizar el Prevencion
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: OSVALDO SANCHEZ SEPÚLVEDA
e-mail de responsable de pago: osvaldo.sanchez@gendarmeria.cl
Nombre de responsable de contrato: JENNIFER MORAGA
e-mail de responsable de contrato: jennifer.moraga@gendarmeria.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2202602-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GENDARMERÍA DE CHILE RUT 61.004.054-3
Fecha de vencimiento: 31-05-2025
Monto: 5 %
Descripción: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Glosa: “para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente a ID N°…”(Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso)
Forma y oportunidad de restitución: Una vez recibido los Servicios sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, y realizados los respectivos análisis técnicos de calidad, y previa certificación por parte del Prevencionista de Riesgo Regional, y vencido el plazo adicional de garantía de 120 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Institución, se reserva el derecho de readjudicar a la segunda o siguiente oferta más conveniente, en las siguientes oportunidades: 1°.- Si el adjudicatario retira su oferta antes de la firma del contrato; 2°.- Si el adjudicatario incurre en falsedad en los documentos que se le hubieren solicitado; 3°.- Si el adjudicatario se negare a firmar el contrato una vez notificado; 4°.- Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato; 5°.- Si el adjudicatario no cumple los requisitos necesarios para la suscripción del contrato; 6°.- Si la oferta del adjudicatario fuere falsa.
DE LAS CONDICIONES DE LA PROPUESTA
Artículo 1° Las presentes Bases de Licitación norman el llamado a propuesta pública y el contrato que, con posterioridad se suscriba al efecto, para la contratación de los “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS PARA LAS UNIDADES PENALES Y ESPECIALES DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA”, de conformidad con los requerimientos establecidos por Gendarmería de Chile, los que, a nivel nacional y con las características técnicas requeridas, no se encuentran comprendidos en ningún convenio marco. El servicio a contratar deberá cumplir con los requerimientos técnicos que se indican en las “Especificaciones Técnicas” que se aprueban por medio de la presente Resolución, las que se entenderán formar parte integrante del contrato, para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos. Esta propuesta será llamada sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, participando todas las personas naturales o jurídicas que deseen hacerlo y que cumplan con las condiciones requeridas. El aviso correspondiente deberá contener la información consignada en el artículo 24° del D.S. (H) N° 250, de 2004, que fija el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Las Bases Administrativas y Técnicas, sus modificaciones y aclaraciones a las mismas, la adjudicación y el respectivo contrato estarán disponibles al público en el Sistema Electrónico de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en forma gratuita. Artículo 2° El contrato de prestación de servicios que celebre la Institución se regirá por las normas contenidas en las presentes Bases Administrativas y en las Bases Técnicas, así como por la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de fecha 30 de Julio de 2003 y su respectivo Reglamento, contenido en el Decreto de Hacienda N° 250, de fecha 9 de marzo de 2004. Asimismo, lo dispuesto en la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN DE LOS SERVICIO CUYA PROVISIÓN SE REQUIERE CONTRATAR.
Artículo 3° Las presentes Bases Administrativas regulan el proceso de la Licitación denominada “SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS PARA LAS UNIDADES PENALES Y ESPECIALES DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA”, según lo que se indica: El listado de las Unidades Penitenciarias de la región objeto de la presente licitación se encuentra disponible en el ANEXO Nº6.
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA
Artículo 4° En la ejecución de este proceso se tiene considerada visita a terreno de carácter obligatoria a todas las Unidades Penales y Especiales de la Región, conforme al listado adjunto, ANEXO Nº6, coordinada con los distintos Jefes de Unidades y en compañía de Prevencionista de Riesgo Regional. En cada visita a terreno se realizará un acta, la cual será cargada en el portal, www.mercadopublico.cl, por tanto solo pasará a etapa de evaluación las ofertas de aquellos oferentes que cumplan con este requisito.
DE LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES
Artículo 5° Los proponentes tendrán la posibilidad de efectuar consultas o solicitar aclaraciones a las Bases Administrativas y Técnicas y demás antecedentes de licitación, dentro del plazo indicado en el cronograma establecido. Las respuestas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, en la fecha señalada en dicho cronograma. Gendarmería de Chile podrá efectuar aclaraciones a las Bases, como también, complementar o interpretar algún elemento de su contenido. Estas aclaraciones se entregarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las preguntas de los licitantes, y ambas deberán ser consideradas por los interesados en la preparación de sus ofertas, pasando a formar parte de las presentes bases administrativas.
DE LA PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Artículo 6° Las propuestas constarán de tres partes: 1) ANEXOS ADMINISTRATIVOS; 2) ANEXOS TÉCNICOS; y 3) OFERTA ECONÓMICA. Los Anexos Administrativos, Anexos Técnicos y la Oferta Económica deberán presentarse en idioma español y los valores expresarse en moneda nacional. Tanto la presentación de los “ANEXOS ADMINISTRATIVOS”, “ANEXOS TÉCNICOS” como de la “OFERTA ECONÓMICA” se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl. 1) Los “Anexos Administrativos” que se deberán subir al sitio de la propuesta, son los siguientes: a) Anexo Nº1 de “Identificación del Proponente” Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, incorporándolos en el sitio de la propuesta. El licitante no podrá hacer mención alguna a su oferta económica en estos anexos. 2) Antecedentes técnicos a incluir en la propuesta del portal: a) Anexo Nº2 “Autorización Sanitaria”, la cual deberá estar vigente y ser emitida por la Seremi de Salud, que faculte como aplicador de pesticidas de uso doméstico o sanitario, al propio oferente, sea este persona natural o jurídica. b) Anexo Nº3 “Experiencia del proponente”, para lo cual acompañará un listado de servicios realizados o en ejecución, lo cual deberá acreditar mediante contratos y/u Órdenes de Compras sostenidas con organismos públicos o privados. c) Anexo N° 4“Cumplimiento de Requisitos Técnicos de la Oferta”, corresponde a la oferta del contratista, deberá incluir un detalle técnico del servicio ofertado, cumpliendo fielmente con todos los requerimientos exigidos en las Especificaciones Técnicas y ajustarse a lo solicitado en el Anexo Nº4. Para ser considerada su oferta, deberá cumplir un mínimo de 60 puntos. Todos estos antecedentes se acompañarán en formato digital, de preferencia en el orden solicitado en este artículo y en PDF, incorporándolos en el sitio de la propuesta. El licitante no podrá hacer mención alguna a su oferta económica en estos documentos. 3) La “Oferta Económica” incluirá solamente el valor total que tendrá para Gendarmería de Chile lo ofertado, valor que deberá ser neto, en moneda nacional. Sólo se abrirá para aquellos oferentes que hayan cumplido con la totalidad de los requerimientos solicitados en los Anexos Administrativos y Técnicos. En el anexo N° 5, deberá indicar de forma detallada, el valor que tendrá el servicio de acuerdo a cada unidad penal y especial de la región. El plazo máximo para presentar dichas ofertas a través de la mencionada página web será el fijado en el cronograma de la licitación, denominado por el portal “Fecha de Cierre de Recepción de Oferta”.
DE LA APERTURA DE LA OFERTA ECONÓMICA, LA OFERTA TÉCNICA Y LOS ANTECEDENTES ANEXOS
Artículo 7° Las propuestas se abrirán en el lugar, día y hora fijados por en el cronograma de la presente licitación mediante la liberación automática de las ofertas en la hora y fecha establecida en www.mercadopublico.cl, ante la Comisión Técnica Evaluadora de la Propuesta. En primera instancia se verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los Anexos Administrativos y Anexos Técnicos solicitados en las presentes Bases. En caso de ser necesaria una revisión o análisis más detallado de estos documentos, ésta se efectuará posteriormente, durante el período de evaluación y selección de las ofertas recibidas. El oferente que no haya acompañado en su oferta algún antecedente administrativo exigido en estas Bases, tendrá la posibilidad de presentar los mismos, en forma posterior, dentro de un plazo de 48 horas, desde la solicitud de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile. Esta situación se verá reflejada al momento de realizar la evaluación de conformidad a los criterios fijados en las presentes bases, y sólo será aceptada cuando la incorporación tardía de los antecedentes faltantes no le represente una ventaja sobre los demás oferentes. En casos excepcionales podrá admitirse la presentación de antecedentes en soporte papel, especialmente cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y en los demás casos indicados en el artículo 62° del Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El cuadro comparativo y el acta de apertura con las ofertas recepcionadas, se publicará en el Sistema de Información. Artículo 8° Posteriormente, y una vez efectuada la preselección por parte del Servicio, los proponentes que hayan acompañado todos los Anexos Administrativos y Anexos Técnicos requeridos en el artículo 6° de las presentes Bases, se llevará a cabo la apertura de la Oferta Económica.
DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Artículo 9° Efectuada la recepción de las propuestas técnica y económica se constituirá la Comisión Evaluadora quién analizará los antecedentes validados de cada oferente. Luego que sean analizados los antecedentes de los oferentes por parte de esta comisión, y considerando los aspectos globales del servicio ofertado por los proveedores, a través del portal de la licitación y de comprobar que cumplen con las exigencias señaladas en las "Bases Administrativas y Técnicas" y demás documentos de la presente Licitación, se considerarán como criterios de evaluación de las ofertas recibidas, los siguientes: a) Precio b) Cumplimiento de los requisitos técnicos de la oferta c) Experiencia del proponente en Servicios de Similar naturaleza d) Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta.
DE LOS PUNTAJES Y PONDERACIONES ASIGNADOS A CADA CRITERIO
Artículo 10° Los puntajes y ponderaciones que se asignan a cada uno de los criterios señalados en el artículo precedente, serán los siguientes: CRITERIO PUNTAJE PONDERACIÓN Precio 0-100 40% Cumplimiento de los requisitos técnicos de la oferta 0-100 35% Experiencia del proponente en Servicios de similar naturaleza 0-100 20% Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta 0-100 5% Corresponderá a la Comisión Evaluadora del Servicio asignar los puntajes por cada criterio, de acuerdo a las siguientes fórmulas: 1) En el caso del criterio de evaluación "Precio" (40% de ponderación), el puntaje ponderado se determinará aplicando la siguiente fórmula: (Precio más ventajoso x 100) /precio ofertado). 2) En el caso del criterio de evaluación "Cumplimiento de los requisitos técnicos de la oferta" (35% de ponderación), debe ceñirse a lo señalado en el Anexo Nº4 “Cumplimiento de los Requisitos Técnicos de la Oferta”, y el puntaje mínimo para ser considerado son 60 puntos; y ponderado se calcula como sigue: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS TECNICOS DE LA OFERTA PUNTAJE TABLA PONDERACIÓN Según puntaje obtenido en el Anexo Nº5 en cumplimiento de los requisitos técnicos, (PUNTAJE*0.35) 100 35% 3) En el caso del criterio de evaluación "Experiencia del proponente en Servicios de Similar Naturaleza" (20% de ponderación), y según lo indicado en el Artículo Nº6 N°2 letra b) de las presentes Bases, el puntaje de cada proponente se determinará así: EXPERIENCIA EN SERVICIOS DE SIMILAR NATURALEZA PUNTAJE PONDERACIÓN De 10 o más servicios de similar naturaleza. 100 20% De 5 servicios a menos de 10 servicios de similar naturaleza. 70 14% De 1 servicios a menos de 5 servicios de similar naturaleza. 50 10% No informa 0 0% 4).- En el caso del criterio de evaluación "Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta" (5% de ponderación), el puntaje ponderado se calcula como sigue: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA PUNTAJE PONDERACIÓN Cumplimiento oportuno de todos los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 100 5% Cumplimiento posterior de los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 50 2.5% No cumple con los requisitos formales exigidos en las presentes Bases para la presentación de la oferta 0 0 De producirse una igualdad o empate en el resultado final de la evaluación, se privilegiará en primer término la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación "Precio"; de mantenerse dicha igualdad, se continuará comparando los puntajes de los restantes criterios de evaluación, según la importancia asignada en su ponderación. Si, aun así, persiste el empate, se aplica lo establecido en el artículo 14° de estas Bases.
DE LA ADJUDICACIÓN
Artículo 11° Para efectos de la adjudicación de la presente propuesta, se conformará una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios: • Jefe Administrativo Regional. • Jefe Operativo Regional • Encargada de Salud Regional. En ausencia de alguno de los titulares éstos serán reemplazados por sus respectivos subrogantes. La comisión podrá tenerse por constituida y funcionar, con la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros. El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y Gendarmería de Chile. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y Gendarmería de Chile, es el acto administrativo aprobatorio del contrato del servicio, totalmente tramitado. De este modo la adjudicación podrá dejarse sin efecto si no se firma el contrato en los plazos y condiciones establecidos en las presentes Bases, por causa imputable al adjudicatario. Artículo 12° Desempeñará la labor de Secretario de Acta de la Comisión, pero sin formar parte de ella, la Encargada de Logística Regional o quien la subrogue. Artículo 13° Para que la Comisión pueda sesionar se requerirá la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros. Cada uno tendrá derecho a un voto. Artículo 14° La decisión que tome la Comisión de Evaluación se materializará a través de acto administrativo totalmente tramitado, emanado del Director Regional, conforme a lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Artículo 15° De los acuerdos tomados por la Comisión Evaluadora, se dejará constancia en un Acta que será firmada por todos los miembros asistentes. Artículo 16° La referida Comisión tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles para resolver sobre la adjudicación de las propuestas, contados desde la fecha de apertura de la oferta económica. Artículo 17° El Servicio aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación mencionados en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones. El acto administrativo por el cual el Servicio acepte y adjudique una determinada oferta, será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante su publicación en el Sistema de Información. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N°19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la evaluación y/o adjudicación, dentro del plazo fatal de 02 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución que la materializa, mediante correo electrónico dirigido al e-mail: logistica.magallanes@gendarmeria.cl, el cual deberá indicar el nombre del proponente, correo electrónico y la individualización de la propuesta que se consulta y su respectivo número ID. Las respuestas serán remitidas dentro de los 03 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para efectuar las consultas aludidas, a través de correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta. Junto al correo señalado, las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación, dentro del mismo plazo señalado para el envío de los correos electrónicos. Artículo 18°Gendarmería de Chile procederá a declarar inadmisibles las ofertas, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en estas bases. Declarará desierta la licitación, cuando concurra al menos una de las siguientes circunstancias: 1.- No se presente oferente alguno a la licitación. 2.- Presentándose uno o más postulantes, ninguno cumpla con lo establecido en las presentes Bases. 3.- Presentándose uno o más postulantes, ninguna de las ofertas califique, de acuerdo a los criterios de evaluación técnica y/o económica establecidos en las presentes Bases. 4.- Presentándose uno o más postulantes y habiéndose presentado en forma la propuesta Técnica y Económica, esta última sea desestimada por resultar inconveniente para los intereses del adecuado funcionamiento económico de Gendarmería de Chile, o se estime inviable la adecuada ejecución del contrato. La declaración de deserción del proceso licitatorio se hará por el respectivo acto administrativo fundado y los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna. Artículo 19° La Institución, se reserva el derecho de readjudicar a la segunda o siguiente oferta más conveniente, en las siguientes oportunidades: 1°.- Si el adjudicatario retira su oferta antes de la firma del contrato; 2°.- Si el adjudicatario incurre en falsedad en los documentos que se le hubieren solicitado; 3°.- Si el adjudicatario se negare a firmar el contrato una vez notificado; 4°.- Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato; 5°.- Si el adjudicatario no cumple los requisitos necesarios para la suscripción del contrato; 6°.- Si la oferta del adjudicatario fuere falsa.
DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 20° El proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y dentro del plazo establecido en el artículo 26° de las presentes Bases, algunos de los siguientes documentos de Garantía: a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna Institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE RUT 61.004.054-3”, por un monto ascendente al 5% del monto total del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos; o b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea Gendarmería de Chile, R.U.T.: N° 61.004.054-3, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase. El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si la garantía no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada ante Notario Público acompañada a tal instrumento. Los oferentes ubicados en el segundo, tercer o lugares siguientes, en caso de ser readjudicado deberán cumplir con la entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 07 días corridos, contado desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación. El referido documento de Garantía reemplazará a aquél destinado a garantizar la seriedad de la oferta en caso de existir este último. La Garantía podrá entregarse en uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. c) El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, es decir, el plazo que se fije para la entrega, aumentado en un período de 120 días corridos, a contar del término de aquel. Una vez recibido los Servicios sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, y realizados los respectivos análisis técnicos de calidad, y previa certificación por parte del Prevencionista de Riesgo Regional, y vencido el plazo adicional de garantía de 120 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna. En el evento que se cobre la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá renovar dicha Garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de Garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Artículo 21° Tanto la forma de prestación de los servicios como sus plazos se regirán por lo dispuesto, en estas materias, en las respectivas Bases Técnicas, así como lo ofertado por el respectivo licitante. El oferente adjudicado deberá designar un profesional para dirigir personalmente los trabajos y atenderlos en forma que el avance de los servicios encomendados esté de acuerdo al programa de trabajo requerido y necesario para cumplir con las Bases técnicas de la licitación y en definitiva para dar cumplimiento a lo establecido en todos los documentos que forman parte de este contrato. El servicio deberá prestarse en las Unidades Penitenciarias indicadas en las Bases Técnicas, previa coordinación con el funcionario que se indica en el ANEXO 5. Artículo 22° En el caso de rechazo del servicio prestado, por incumplimiento de las Bases Técnicas, el proveedor tendrá la obligación de ejecutarlo nuevamente a sus expensas, dentro de las 48 horas siguientes, contados desde la fecha de notificación del rechazo; después del cual podrá resolverse administrativamente el contrato, mediante la dictación de una resolución fundada que lo deje sin efecto, de conformidad con lo estipulado en el artículo 30° de estas Bases. Como consecuencia, el proveedor perderá, en favor de Gendarmería de Chile, la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de darse aviso de inmediato a la Dirección de Compras y Contratación Pública.
DE LAS MULTAS
Artículo 23° En casos de incumplimiento, así como de cumplimiento imperfecto, parcial o tardío en la prestación del Servicio licitado, debido a causas imputables al proveedor, Gendarmería de Chile cobrará, por el simple retardo, una multa, por cada día de atraso (incluyendo días inhábiles), equivalente al cinco por mil sobre el monto total del contrato. Transcurridos más de 10 días corridos en que se haya estado aplicando dicha multa, el Servicio podrá, a su arbitrio, mantener la aplicación de dicha multa por otros 10 días corridos más, o resolver administrativamente el contrato, en cuyo caso se procederá al cobro íntegro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del mismo. En todo caso, una vez transcurridos 20 días corridos de aplicación de la multa el Servicio resolverá administrativamente el contrato, aplicando las sanciones correspondientes. La aplicación de esta multa se efectuará por el Servicio administrativamente, sin forma de juicio y en el evento que el proveedor no la pagare, se cobrará de los pagos que se encuentren pendientes y, en segundo lugar, de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal. Sólo en caso que el contrato contemple entregas parciales, y para el evento que el proveedor no cumpla con los plazos fijados para dichas entregas, se aplicará la multa indicada precedentemente, en forma proporcional, de acuerdo al número de días que contemple el atraso parcial y a la cantidad de productos no entregados. Estas multas se descontarán en la forma antes mencionada. No se aplicará multa si el atraso es imputable a Gendarmería de Chile, o si ha ocurrido por caso fortuito o fuerza mayor. La Dirección Regional a través del Jefe Administrativo Regional notificará el cálculo de la respectiva multa al proveedor, el cual podrá reclamar de su monto y procedencia a Gendarmería de Chile dentro de los 05 días hábiles siguientes de la referida notificación. El Servicio resolverá la reclamación presentada, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor o bien, se rechazará confirmando la multa respectiva. En definitiva, en el caso que el Servicio determine cursar la multa, se le notificará al proveedor el acto administrativo respectivo, en la forma y dentro del plazo establecido en el artículo 38° de las presentes Bases. El plazo para pagar la multa será de 10 días corridos, contados desde la mencionada notificación.
DEL PAGO
Artículo 24° El pago se efectuará al contado, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de la respectiva factura certificada, por parte del área Salud Regional, quien haya certificado, a plena satisfacción, la ejecución total de los Servicios y el cumplimiento de todos los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas y en las Bases Técnicas. Respecto de la cancelación de los compromisos esta será por transferencia bancaria. Para cursar el pago, previamente se deberá verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que afecten al personal del proveedor, para cuyos efectos Gendarmería de Chile, exigirá como requisito para cursar el pago que el proveedor acompañe a la factura correspondiente, los siguientes documentos: 1.- Certificado o comprobante de Pago de Cotizaciones Previsionales y de Salud del mes anterior, de las personas que prestaron servicio el mes anterior al que se está pagando. 2.- Informe Final con la descripción de los servicios realizados en cada instalación y las respectivas sugerencias. La no presentación de dichos documentos, significara la inmediata suspensión del trámite de pago, el que no se cursara hasta su total regularización.
DEL CONTRATO
Artículo 25° Para poder suscribir el contrato respectivo, el proveedor adjudicado deberá cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 4° de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y, además, estar inscrito en el Registro de Contratistas y Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chileproveedores). Para los efectos de suscribir el contrato el proponente adjudicado, deberá acompañar, dentro del plazo de 07 días corridos, contados desde la notificación de adjudicación de la propuesta, los documentos y antecedentes que se mencionan a continuación: Tratándose de una Persona Jurídica: a) Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, un Vale a la Vista o una Póliza de Seguro, que garantice el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 21°, de las presentes Bases; b) Declaración Jurada simple de no encontrarse afecto a las penas establecidas en el artículo 10° de la Ley N° 20.393 que establece responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica; c) Anexo N° 1 de “Identificación del proponente”; y d) Boletín laboral y previsional de la Dirección del Trabajo, de una antigüedad no superior a 60 días corridos. Tratándose de Personas Naturales: a) Fotocopia de la cédula nacional de identidad, por ambos lados; b) Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos; y c) Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, un Vale a la Vista o una Póliza de Seguro, que garantice el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 20°, de las presentes Bases. Los proveedores que se encuentren inscritos en Chileproveedores y que tengan acreditados los referidos documentos no necesitarán acompañarlos. En todo caso deberán señalar expresamente dicha circunstancia. Artículo 26° El contrato, cuyo texto deberá ser publicado en el Sistema de Información, será suscrito entre Gendarmería de Chile y el adjudicatario de la propuesta, debiendo este último suscribirlo dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de encontrarse listo para tal efecto. Mientras el contrato no esté suscrito por ambas partes, no podrá dictarse la resolución aprobatoria del mismo. Artículo 27º En el caso que el adjudicatario no cumpla con los requisitos necesarios para la suscripción del contrato, no suscriba el contrato en el plazo establecido en el artículo precedente, no entregue la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato o la documentación exigida en las presentes Bases, se entenderá que éste retira su oferta o se desiste de ella, pudiendo Gendarmería de Chile suscribir el contrato respectivo, con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar en la calificación y así sucesivamente, si el anterior retira su oferta o se desiste de ella, o bien, declarar desierta la licitación. De presentarse la situación descrita, el oferente que haya sido readjudicado, deberá concurrir a la celebración del contrato, haciendo entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de la documentación aludida en el artículo 26° de las presentes Bases, dentro del plazo de 07 días corridos, contados desde la notificación de la readjudicación. Artículo 28° Con todo, la validez del respectivo contrato quedará sujeta a la condición de que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe; mientras ello no acontezca no producirá efecto legal alguno. En consecuencia, la vigencia del contrato comenzará a partir de la fecha en que la resolución que lo apruebe se encuentre totalmente tramitada, y notificada, según en derecho corresponda. Artículo 29° El contrato que se suscriba, se entenderá en días hábiles y comenzará a regir a contar de la fecha en que la Resolución que lo apruebe se encuentre totalmente tramitada, teniendo como tope máximo de ejecución hasta el 31 de enero del 2025, con posibilidad de renovación por un periodo de 11 meses contados desde la fecha de término del contrato anterior, siempre y cuando existan los recursos presupuestarios disponibles y previo informe del servicio entregado, el que deberá realizar el Prevencionista de Riesgo Regional., contemplando el reajuste anual y por una sola vez, el que será calculado en base al aumento o disminución del indicador acumulado al mes de enero del 2024, del índice de precios al consumidor.
DE LA MODIFICACIÓN Y EL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Artículo 30° El contrato regulado por las presentes Bases podrá terminarse o modificarse anticipada y administrativamente, mediante resolución fundada, según lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N° 250, que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, por las siguientes causales: 1°.- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2°.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, en las siguientes situaciones: a) Incumplimiento de los plazos estipulados en el artículo 22° de las presentes Bases, relacionado con el rechazo de los servicios contratado; b) La existencia de tres o más sanciones impuestas al adjudicatario, por incumplimiento del contrato; c) El caso contemplado en el artículo 23° de las presentes Bases, a propósito del no pago de las multas, dentro de los 10 días corridos contados desde la notificación del acto administrativo que la aplica. 3°.- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4°.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5°.- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato o su modificación, deberán ser fundadas y deberán publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas.
DE LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES
Artículo 31° En el evento que el Servicio modifique las Bases Administrativas o Técnicas, antes del cierre de recepción de ofertas, habrá un plazo de 02 días para que los proponentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, contados desde que el acto aprobatorio de dichas modificaciones se encuentre totalmente tramitado y haya sido publicado en el sitio www.mercadopublico.cl El Servicio otorgará, antes del cierre de recepción de ofertas un plazo mínimo de 02 días, para que los proponentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 32° El Servicio podrá efectuar los análisis técnicos ante los organismos acreditados que estime pertinentes, con el objeto de verificar que la calidad del servicio corresponda a la calidad ofrecida y contratada. Estos análisis técnicos se podrán efectuar, en primer término, antes de la adjudicación de la propuesta, para mejor resolver y, en segundo lugar, con posterioridad a la misma, es decir, una vez que el contrato se encuentre en plena vigencia y por el número de veces que Gendarmería estime adecuado. Artículo 33° El proponente que se adjudique la propuesta se compromete a mantener en absoluta reserva todos los documentos y antecedentes que la Institución ponga a su disposición o a los cuales tengan acceso con motivo del desarrollo del presente proceso; sin perjuicio, de las normas y principios sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa. Artículo 34° La Institución ha estimado conveniente que las ofertas técnicas publicadas por los proveedores, sean públicas y visibles, una vez adjudicada la presente licitación. Artículo 35° El servicio podrá, por resolución fundada, aumentar o disminuir, hasta en un 30% los servicios que se contratan, en cuyo caso el proveedor deberá ajustarse a tales requerimientos. De producirse alguna de estas circunstancias, el precio del contrato deberá también aumentarse o disminuirse, proporcionalmente, según las nuevas condiciones y de acuerdo a lo ofrecido por el proveedor. La Institución podrá decidir estas modificaciones al momento de la adjudicación del servicio de que se trate o, con posterioridad, una vez adjudicado y celebrado el respectivo contrato y ellas requerirán de una modificación del contrato primitivo, la que deberá ser aprobada por resolución totalmente tramitada. Artículo 36° El Cronograma de las principales fechas del proceso se indica en el siguiente cuadro: Parámetro Fecha Publicación 0 Visitas a terreno Serán el 2°, 3° y 4° día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal www.mercadopublico.cl en conformidad al anexo número 7. Período de Consultas. Será del 1° al 5° día hábil siguiente a la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl. Publicación de Aclaraciones y/o respuestas a las consultas Será el 6° día hábil siguiente a la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl. Cierre recepción antecedentes anexos, oferta técnica y oferta económica en el portal www.mercado.publico.cl Será el 8° día hábil siguiente a la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl, a las 16:30 hrs Apertura antecedentes anexos y oferta técnica en el portal www.mercadopublico.cl Será el 8° día hábil siguiente a la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl a las 16:35 horas. Apertura oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl. Será el 8° día hábil siguiente a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl a las 16:40 horas. Adjudicación. Será hasta el 12° día hábil siguiente a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl Se deja constancia que, para todos los efectos a que haya lugar, se considerarán días hábiles los comprendidos entre los días lunes a viernes, ambos inclusive, salvo los festivos. Artículo 37° Se presume que los proponentes, por el solo hecho de participar en la presente propuesta y presentar sus respectivas ofertas, conocen y aceptan el contenido de las Bases administrativas y técnicas que se suben al sitio de la propuesta. Artículo 38° Todas las notificaciones, salvo aquellas que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y de su reglamento, así como de lo dispuesto en estas Bases, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Servicio publique, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Artículo 39° Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el Proveedor adjudicado tendrá las siguientes obligaciones: 1.- No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases. 2.- Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato. 3.- Ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados. 4.- Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos. 5.- Es responsable de todos los accidentes o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal, bienes o a las dependencias de Gendarmería de Chile, que sean imputables al proveedor. 6.- De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc. 7.- Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, robo, desgastes producidos por el mal uso, u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y el caso fortuito. 8.- El proveedor deberá designar un Representante que estará debidamente autorizado y facultado para actuar en su nombre y representación, para efectos de coordinación de actividades. Todo cambio relativo a su designación debe ser informado a Gendarmería de Chile, dentro de las 24 horas siguientes de haberse efectuado. Artículo 40° De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4° inciso 3°, de la Ley N° 19.886, su Reglamento, y por la Ley N° 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios, el adjudicatario podrá concertar con terceros la subcontratación de uno o más de los servicios que se licitan de conformidad a lo estipulado en estas Bases, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en él. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el adjudicatario desee subcontratar alguno de los servicios licitados o modificar un subcontratista deberá, en forma previa, solicitar con a lo menos 03 días hábiles de anticipación la aprobación por escrito del Servicio, mediante carta dirigida al Jefe Administrativo Regional, quien deberá pronunciarse sobre la solicitud dentro de los 02 días hábiles siguientes a la fecha de su recepción. Si la modificación del prestador subcontratado fuere, urgente para mantener el correcto funcionamiento del servicio, podrán acordarse con la Contraparte Técnica plazos inferiores para el reemplazo. En conformidad con lo dispuesto en el precitado artículo 4° de la Ley de Compras, y artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al oferente un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por medio idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto a los trabajadores del oferente, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas de la misma con sus trabajadores, ello, con el propósito de hacer efectivos los derechos que le asisten al licitante de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley. Artículo 41º Gendarmería de Chile no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los empleados que laboren para el prestador. Sin embargo, y en conformidad con lo dispuesto en el precipitado artículo 4° de la Ley de Compras, y articulo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al prestador un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitidos por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Lo anterior, con el propósito de hacer efectivos el derecho a ser informado y el derecho de retención que le asisten a Gendarmería de Chile y que están consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D del Código del Trabajo. Artículo 42° Toda dificultad que se produzca entre el Servicio y el proponente acerca de la validez, nulidad, interpretación, aplicación, cumplimiento o resolución del contrato que se suscriba o con cualquiera otra materia que con él se relacione, será resuelta por la Justicia Ordinaria, para cuyos efectos las partes del contrato fijan y constituyen domicilio en la ciudad de Punta Arenas, sin perjuicio de las atribuciones propias de la Contraloría General de la República contenidas en la Ley Nº10.336 y del Tribunal de Contratación Pública creado por la Ley N°19.886. Artículo 43° Salvo disposición expresa en contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases se entenderán de días hábiles, entendiéndose inhábiles los sábado, domingo y festivos. Artículo 44° Si el oferente, el adjudicatario o el proveedor, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible durante la ejecución del presente contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de Gendarmería de Chile, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo oferente, adjudicatario o proveedor y el servicio. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario de Gendarmería durante la ejecución del presente contrato. c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de Gendarmería. Facultará a Gendarmería de Chile para, declarar inadmisible la oferta, readjudicar a la segunda o siguiente oferta más conveniente, o terminar anticipadamente el contrato, según corresponda, lo que se ejecutará en forma administrativa, mediante resolución fundada.