Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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GENDARMERIA DE CHILE DIRECCION REGIONAL TEMUCO
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Fecha de vencimiento:
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15-09-2024
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Monto:
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2000000
Peso Chileno
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Descripción:
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ARTÍCULO 12º.- La seriedad de la oferta se garantizará mediante cualquier instrumento que cumpla con las características y condiciones establecidas en el artículo 31º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, como por ejemplo:
a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista; un Depósito a la Vista; o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable, ser pagadero a la vista y extenderse a la orden de GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCIÓN REGIONAL TEMUCO, RUT 61.004.087-K, por un monto de $ 2.000.000.- (dos millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica.
b) Una Póliza de Seguro, cuyo asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE RUT: 61.933.800-6, por el mismo monto y vigencia señalados en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento, vigente al día de emisión de la póliza. Esta póliza de garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 31 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable. No se aceptarán cheques como instrumentos de caución.
El documento de garantía, deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la licitación ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa, ella deberá ser escrita en el reverso, o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento.
La entrega de la garantía de seriedad de la oferta será requisito necesario para la entrega de las Bases Técnicas. El referido documento deberá presentarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Cuando se acompañe en forma física deberá hacerse en original, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile Región de la Araucanía, ubicada en calle Diego Portales Nº 787, Temuco, en horario de 09:00 a 12:00, y entre las 15:00 y 17:00 horas, de lunes a viernes, con indicación del nombre del proponente, la individualización de la propuesta, el número ID, correo electrónico y teléfono de contacto. El oferente que no entregue el referido documento en la oportunidad indicada, quedará automáticamente fuera de la propuesta.
Sólo si la garantía cumple con todos los requisitos exigidos en este artículo, se podrá proceder a la apertura de los anexos administrativos y oferta técnica del respectivo oferente.
En todo caso, el Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de dos (2) días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
La garantía de aquellos proponentes cuyas ofertas fueren desestimadas, les será devuelta transcurridos cinco (5) días de haberse aprobado, mediante resolución del Servicio, el contrato respectivo.
En el caso de declararse desierta la licitación, las garantías de seriedad serán devueltas a los proponentes una vez transcurridos cinco (5) días hábiles desde que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que declare la deserción.
Al proponente adjudicado se le devolverá dicho documento, previa firma del contrato y recepción conforme de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
El documento de garantía se cobrará, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente:
1.- Se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de la perfección del contrato.
2.- Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente.
3.- Si, habiéndosele adjudicado el contrato en la licitación:
a) Se negare a firmar el contrato una vez notificado de que se encuentra a su disposición. Se entenderá que existe negativa, cuando el contrato no sea retirado desde las dependencias de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile Región de la Araucanía, y posteriormente devuelto con la firma ante notario del representante legal de la empresa, todo dentro del plazo de cinco (5) días hábiles; o bien, cuando dicho contrato no sea firmado mediante firma electrónica avanzada dentro del mismo plazo ya indicado;
b) No se inscribe dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la adjudicación, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en caso de no estar inscrito;
c) No posee la calidad de “hábil”, al tiempo de dictarse la resolución de adjudicación, conforme a la información entregada por el Sistema de Información;
d) No entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo fijado para ello;
e) No entrega los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la notificación de la adjudicación;
4.- Si no prorroga la vigencia del documento de garantía de seriedad de la oferta o no toma una nueva garantía en las mismas condiciones en que tomó la primitiva, en caso que, encontrándose próxima la fecha de vencimiento de la garantía entregada originalmente, aún estuviese en curso el proceso de adjudicación, re adjudicación, o de suscripción del contrato.
5.- Incumpliera el o los representantes legales, o cualquier dependiente de la empresa oferente, la obligación de confidencialidad.
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Glosa:
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“para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la licitación ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso)
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Forma y oportunidad de restitución:
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ARTÍCULO 12º.- La seriedad de la oferta se garantizará mediante cualquier instrumento que cumpla con las características y condiciones establecidas en el artículo 31º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, como por ejemplo:
a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista; un Depósito a la Vista; o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable, ser pagadero a la vista y extenderse a la orden de GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCIÓN REGIONAL TEMUCO, RUT 61.004.087-K, por un monto de $ 2.000.000.- (dos millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica.
b) Una Póliza de Seguro, cuyo asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE RUT: 61.933.800-6, por el mismo monto y vigencia señalados en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento, vigente al día de emisión de la póliza. Esta póliza de garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 31 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable. No se aceptarán cheques como instrumentos de caución.
El documento de garantía, deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la licitación ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa, ella deberá ser escrita en el reverso, o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento.
La entrega de la garantía de seriedad de la oferta será requisito necesario para la entrega de las Bases Técnicas. El referido documento deberá presentarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Cuando se acompañe en forma física deberá hacerse en original, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile Región de la Araucanía, ubicada en calle Diego Portales Nº 787, Temuco, en horario de 09:00 a 12:00, y entre las 15:00 y 17:00 horas, de lunes a viernes, con indicación del nombre del proponente, la individualización de la propuesta, el número ID, correo electrónico y teléfono de contacto. El oferente que no entregue el referido documento en la oportunidad indicada, quedará automáticamente fuera de la propuesta.
Sólo si la garantía cumple con todos los requisitos exigidos en este artículo, se podrá proceder a la apertura de los anexos administrativos y oferta técnica del respectivo oferente.
En todo caso, el Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de dos (2) días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
La garantía de aquellos proponentes cuyas ofertas fueren desestimadas, les será devuelta transcurridos cinco (5) días de haberse aprobado, mediante resolución del Servicio, el contrato respectivo.
En el caso de declararse desierta la licitación, las garantías de seriedad serán devueltas a los proponentes una vez transcurridos cinco (5) días hábiles desde que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que declare la deserción.
Al proponente adjudicado se le devolverá dicho documento, previa firma del contrato y recepción conforme de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
El documento de garantía se cobrará, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente:
1.- Se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de la perfección del contrato.
2.- Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente.
3.- Si, habiéndosele adjudicado el contrato en la licitación:
a) Se negare a firmar el contrato una vez notificado de que se encuentra a su disposición. Se entenderá que existe negativa, cuando el contrato no sea retirado desde las dependencias de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile Región de la Araucanía, y posteriormente devuelto con la firma ante notario del representante legal de la empresa, todo dentro del plazo de cinco (5) días hábiles; o bien, cuando dicho contrato no sea firmado mediante firma electrónica avanzada dentro del mismo plazo ya indicado;
b) No se inscribe dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la adjudicación, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en caso de no estar inscrito;
c) No posee la calidad de “hábil”, al tiempo de dictarse la resolución de adjudicación, conforme a la información entregada por el Sistema de Información;
d) No entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo fijado para ello;
e) No entrega los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la notificación de la adjudicación;
4.- Si no prorroga la vigencia del documento de garantía de seriedad de la oferta o no toma una nueva garantía en las mismas condiciones en que tomó la primitiva, en caso que, encontrándose próxima la fecha de vencimiento de la garantía entregada originalmente, aún estuviese en curso el proceso de adjudicación, re adjudicación, o de suscripción del contrato.
5.- Incumpliera el o los representantes legales, o cualquier dependiente de la empresa oferente, la obligación de confidencialidad.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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GENDARMERIA DE CHILE DIRECCION REGIONAL TEMUCO
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Fecha de vencimiento:
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17-08-2026
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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ARTÍCULO 38°.- Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá entregar al Servicio, dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación, un documento de garantía que cumpla con las condiciones y características establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros que, en conjunto, representen el monto o porcentaje total a caucionar y que den cobertura total durante toda la vigencia exigida para dicho instrumento en las presentes bases.
Podrá entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, de 2002, Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de Dicha Firma, y enviarse al correo electrónico compras.araucania@gendarmeria.cl, dentro del plazo señalado en el inciso primero de este artículo.
Este documento, que puede ser Vale Vista Bancario; Depósito Bancario a la Vista; Boleta de Garantía Bancaria, tomada en un banco chileno o con agencia en Chile; o cualquier otro instrumento que cumpla con tales requisitos, deberá ser pagadero a la vista, y tener el carácter de irrevocable.
En caso de tratarse de póliza de garantía, también debe tener el carácter de irrevocable, ser pagadera a la vista, y el monto deberá expresarse en pesos chilenos y en su equivalente en Unidades de Fomento. La póliza deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión Para el Mercado Financiero, y sin cláusula de exclusión, debiendo contemplar el pago de multas y, su ejecución íntegra, en los casos en que el término anticipado del contrato lo contemple. Además, deberá excluir las cláusulas compromisorias, quedando sujetos, los eventuales conflictos, a la competencia de los tribunales ordinarios de justicia. En este caso, previo a su entrega, el proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al periodo de vigencia de la Póliza respectiva.
No se aceptarán cheques como instrumento de garantía.
El documento de garantía sea cual sea su naturaleza deberá extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCIÓN REGIONAL TEMUCO” RUT 61.004.087-K”, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato adjudicado, I.V.A. incluido, expresándose el valor en pesos chilenos; el cual deberá llevar la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario en licitación ID….(indicando el número ID asignado al respectivo proceso)”. Si la garantía no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
La vigencia mínima de la garantía deberá ser de veinticuatro meses, a contar de la fecha que fije el adjudicatario para la entrega de los trabajos.
En caso de verificarse una re adjudicación, el oferente re adjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones descritas en los incisos anteriores, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde que se le notifique la resolución de re adjudicación, mediante su publicación en el Sistema de Información.
Una vez cumplido el contrato, sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, certificado tal hecho por el Departamento de Tecnovigilancia de Gendarmería de Chile y, terminado el plazo adicional de garantía mencionado en este artículo, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna. La devolución de los documentos de garantía será gestionada por la institución con los respectivos proveedores, por medio de correo electrónico.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, se hará efectiva la garantía por seriedad de la oferta y se procederá a re adjudicar de conformidad a lo estipulado en el artículo 34 de las presentes bases.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será cobrada imputándose a ella el monto de las multas que no hayan sido pagadas voluntariamente dentro del plazo estipulado, también podrá cobrarse en su totalidad, en caso de resolverse el término anticipado del contrato.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el proveedor deberá entregar un nuevo documento de garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de cinco (5) días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el documento de garantía, la corrección de errores en el plazo de vigencia expresado, pudiendo incluso reemplazarse el instrumento, siempre y cuando este haya sido entregado oportunamente, para ello, otorgará un plazo de dos (2) días hábiles, debiendo informar dicha situación a través del sitio de la propuesta.
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Glosa:
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario en licitación ID….(indicando el número ID asignado al respectivo proceso)”
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Forma y oportunidad de restitución:
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ARTÍCULO 38°.- Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá entregar al Servicio, dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación, un documento de garantía que cumpla con las condiciones y características establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros que, en conjunto, representen el monto o porcentaje total a caucionar y que den cobertura total durante toda la vigencia exigida para dicho instrumento en las presentes bases.
Podrá entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, de 2002, Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de Dicha Firma, y enviarse al correo electrónico compras.araucania@gendarmeria.cl, dentro del plazo señalado en el inciso primero de este artículo.
Este documento, que puede ser Vale Vista Bancario; Depósito Bancario a la Vista; Boleta de Garantía Bancaria, tomada en un banco chileno o con agencia en Chile; o cualquier otro instrumento que cumpla con tales requisitos, deberá ser pagadero a la vista, y tener el carácter de irrevocable.
En caso de tratarse de póliza de garantía, también debe tener el carácter de irrevocable, ser pagadera a la vista, y el monto deberá expresarse en pesos chilenos y en su equivalente en Unidades de Fomento. La póliza deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión Para el Mercado Financiero, y sin cláusula de exclusión, debiendo contemplar el pago de multas y, su ejecución íntegra, en los casos en que el término anticipado del contrato lo contemple. Además, deberá excluir las cláusulas compromisorias, quedando sujetos, los eventuales conflictos, a la competencia de los tribunales ordinarios de justicia. En este caso, previo a su entrega, el proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al periodo de vigencia de la Póliza respectiva.
No se aceptarán cheques como instrumento de garantía.
El documento de garantía sea cual sea su naturaleza deberá extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCIÓN REGIONAL TEMUCO” RUT 61.004.087-K”, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato adjudicado, I.V.A. incluido, expresándose el valor en pesos chilenos; el cual deberá llevar la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario en licitación ID….(indicando el número ID asignado al respectivo proceso)”. Si la garantía no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
La vigencia mínima de la garantía deberá ser de veinticuatro meses, a contar de la fecha que fije el adjudicatario para la entrega de los trabajos.
En caso de verificarse una re adjudicación, el oferente re adjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones descritas en los incisos anteriores, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde que se le notifique la resolución de re adjudicación, mediante su publicación en el Sistema de Información.
Una vez cumplido el contrato, sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, certificado tal hecho por el Departamento de Tecnovigilancia de Gendarmería de Chile y, terminado el plazo adicional de garantía mencionado en este artículo, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna. La devolución de los documentos de garantía será gestionada por la institución con los respectivos proveedores, por medio de correo electrónico.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, se hará efectiva la garantía por seriedad de la oferta y se procederá a re adjudicar de conformidad a lo estipulado en el artículo 34 de las presentes bases.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será cobrada imputándose a ella el monto de las multas que no hayan sido pagadas voluntariamente dentro del plazo estipulado, también podrá cobrarse en su totalidad, en caso de resolverse el término anticipado del contrato.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el proveedor deberá entregar un nuevo documento de garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de cinco (5) días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el documento de garantía, la corrección de errores en el plazo de vigencia expresado, pudiendo incluso reemplazarse el instrumento, siempre y cuando este haya sido entregado oportunamente, para ello, otorgará un plazo de dos (2) días hábiles, debiendo informar dicha situación a través del sitio de la propuesta.
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